De conformidad con las competencias que le atribuye el artículo 21.3 de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, el Consejo de Ministros en su sesión de 5 de julio de 2013 en relación con el procedimiento sancionador incoado a don José Enrique Gómez Espinar, que desempeñó el cargo de Consejero Delegado de la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), desde el 22 de diciembre de 2009 al 2 de marzo de 2012, cargo que está incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, ha acordado que la actuación de don José Enrique Gómez Espinar es constitutiva de infracción muy grave, prevista en el artículo 17.1.a, que se refiere al incumplimiento de las normas de incompatibilidades previstas en el Título II de la Ley 5/2006, de 10 de abril, correspondiéndole la sanción de declaración de incumplimiento de la ley y su publicación en el BOE, así como que no pueda ser nombrado para ocupar ninguno de los cargos previstos en el artículo 3 de la referida Ley 5/2006, de 10 de abril, durante un periodo de 7 años.
Contra este acuerdo el Sr. Gómez Espinar interpuso recurso potestativo de reposición que fue desestimado por acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de marzo de 2014.
Madrid, 25 de junio de 2014.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.
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