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Documento BOE-A-2014-708

Orden INT/2553/2013, de 2 de diciembre, por la que se conceden subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2014, páginas 4401 a 4403 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2014-708

TEXTO ORIGINAL

Por Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre (BOE de 25 de septiembre), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles y por Orden INT/1904/2013, de 14 de octubre (BOE de 18 de octubre), se aprobó la convocatoria correspondiente, en la que se establecieron los plazos y demás requisitos procedimentales.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 establece, con cargo a la aplicación 16.04.132A.483 del presupuesto de gastos del Ministerio del Interior, una cuantía máxima de 60.000 euros para estas subvenciones, cuyo objeto es facilitar la organización y el funcionamiento general de las asociaciones profesionales de guardias civiles, fomentar el mayor dinamismo de cada asociación en el desarrollo de su actividad principal, promover la realización de actividades de formación y el estudio profesional sobre cuestiones de interés para la Guardia Civil y la publicación de contenidos de interés profesional.

En aplicación de lo dispuesto en las bases reguladoras contenidas en las Órdenes citadas, y de conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Proceder a la publicación de la relación de asociaciones profesionales de guardias civiles que han concurrido a la convocatoria de subvenciones dentro del plazo de presentación de solicitudes:

Asociación Española de Guardias Civiles.

Asociación Pro Guardia Civil.

Unión de Oficiales Guardia Civil-Profesional.

Asociación Unificada de Guardias Civiles.

Asociación de la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil Profesional.

Todas ellas cumplen los requisitos necesarios para ser beneficiarias de estas subvenciones en cualquiera de sus modalidades, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden INT/1715/2013, de 18 de septiembre, por la que se regula la concesión de subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles.

Segundo.

Siguiendo los criterios de distribución establecidos en la base tercera de la Orden INT/1904/2013, de 14 de octubre, por la que se convocan subvenciones a las asociaciones profesionales de guardias civiles para el año 2013, y de acuerdo con las modalidades solicitadas por cada asociación, conceder en régimen de concurrencia competitiva, los importes que, para cada una de ellas, se señalan en el anexo 1 de la presente Orden.

Tercero.

Las asociaciones beneficiarias quedan sujetas a las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia de subvenciones.

Cuarto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de los Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 2 de diciembre de 2013.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.

ANEXO 1
Relación de asociaciones profesionales beneficiarias

Asociación Española de Guardias Civiles-AEGC

Modalidad

Total a distribuir

Criterio

Importe concedido

1. Coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento:

 

 

 

1.a) a partes iguales entre todas las asociaciones solicitantes que acrediten implantación

14.400 €

14.400 / 4

3.600,00 €

1.b) proporcionalmente en función del número de asociados totales

21.600 €

1.676/a sobre 32.066

1.128,97 €

2. Para promover realización de actividades de interés:

 

 

 

Proporcionalmente de acuerdo con la puntuación obtenida

12.000 €

70 sobre 446

1.883,41 €

3. Derivada del grado de representatividad obtenido en las últimas elecciones al Consejo:

 

 

 

3.a) en función del número de votos válidos obtenidos

6.000 €

1.914/v sobre 20.166

569,47 €

3.b) a partes iguales entre todas asociaciones solicitantes con representación

6.000 €

6.000 / 5

1.200,00 €

Sumas

60.000 €

 

8.381,85 €

Asociación Pro Guardia Civil-APRO GC

Modalidad

Total a distribuir

Criterio

Importe concedido

1. Coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento:

 

 

 

1.a) a partes iguales entre todas las asociaciones solicitantes que acrediten implantación

14.400 €

No solicita

0 €

1.b) proporcionalmente en función del número de asociados totales

21.600 €

No solicita

0 €

2. Para promover realización de actividades de interés:

 

 

 

Proporcionalmente de acuerdo con la puntuación obtenida

12.000 €

No solicita

0 €

3. Derivada del grado de representatividad obtenido en las últimas elecciones al Consejo

 

 

 

3.a) en función del número de votos válidos obtenidos:

6.000 €

1.177/v sobre 20.166

350,19 €

3.b) a partes iguales entre todas asociaciones solicitantes con representación

6.000 €

6.000 / 5

1.200,00 €

Sumas

60.000 €

 

1.550,19 €

Unión de Oficiales Guardia Civil Profesional-UO

Modalidad

Total a distribuir

Criterio

Importe concedido

1. Coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento:

 

 

 

1.a) a partes iguales entre todas las asociaciones solicitantes que acrediten implantación

14.400 €

14.400 / 4

3.600,00 €

1.b) proporcionalmente en función del número de asociados totales

21.600 €

1.012/a sobre 32.066

681,69 €

2. Para promover realización de actividades de interés:

 

 

 

Proporcionalmente de acuerdo con la puntuación obtenida

12.000 €

55 sobre 446

1.479,82 €

3. Derivada del grado de representatividad obtenido en las últimas elecciones al Consejo:

 

 

 

3.a) en función del número de votos válidos obtenidos

6.000 €

892/v sobre 20.166

265,40 €

3.b) a partes iguales entre todas asociaciones solicitantes con representación

6.000 €

6.000 / 5

1.200,00 €

Sumas

60.000 €

 

7.226,91 €

Asociación Unificada de Guardias Civiles-AUGC

Modalidad

Total a distribuir

Criterio

Importe

concedido

1. Coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento:

 

 

 

1.a) a partes iguales entre todas las asociaciones solicitantes que acrediten implantación

14.400 €

14.400 / 4

3.600,00 €

1.b) proporcionalmente en función del número de asociados totales

21.600 €

26.830/a sobre 32.066

18.072,98 €

2. Para promover realización de actividades de interés:

 

 

 

Proporcionalmente de acuerdo con la puntuación obtenida

12.000 €

156 sobre 446

4.197,31 €

3. Derivada del grado de representatividad obtenido en las últimas elecciones al Consejo:

 

 

 

3.a) en función del número de votos válidos obtenidos

6.000 €

13.432/v sobre 20.166

3.996,43 €

3.b) a partes iguales entre todas asociaciones solicitantes con representación

6.000 €

6.000 / 5

1.200,00 €

Sumas

60.000 €

 

31.066,72 €

Asociación Escala de Suboficiales Guardia Civil Profesional-ASESGC

Modalidad

Total a distribuir

Criterio

Importe concedido

1. Coadyuvar a los gastos de organización y funcionamiento:

 

 

 

1.a) a partes iguales entre todas las asociaciones solicitantes que acrediten implantación

14.400 €

14.400 / 4

3.600,00 €

1.b) proporcionalmente en función del número de asociados totales

21.600 €

2.548/a sobre 32.066

1.716,36 €

2. Para promover realización de actividades de interés:

 

 

 

Proporcionalmente de acuerdo con la puntuación obtenida

12.000 €

165 sobre 446

4.439,46 €

3. Derivada del grado de representatividad obtenido en las últimas elecciones al Consejo:

 

 

 

3.a) en función del número de votos válidos obtenidos

6.000 €

2.751/v sobre 20.166

818,51 €

3.b) a partes iguales entre todas asociaciones solicitantes con representación

6.000 €

6.000 / 5

1.200,00 €

Sumas

60.000 €

 

11.774,33 €

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