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Documento BOE-A-2014-7001

Resolución de 7 de abril de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se renueva la certificación de un captador solar, modelo Solaris Cp - 3, fabricado por Solaris Energía Solar, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 3 de julio de 2014, páginas 52095 a 52096 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2014-7001

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud de renovación de certificación de los captadores solares térmicos presentada por:

Titular: «Solaria Energía Solar, S.A.».

Domicilio Social: Pol. Ind. La Redonda C/ XIV parcela 108.

04710 El Ejido (Almería).

Fabricante: «Solaris Energía Solar, S.A.».

Lugar de fabricación: Almería.

De los captadores solares que fueron certificados con las contraseñas y la fecha de resolución que ser relaciona a continuación:

Modelo

Contraseña

Fecha resolución

Solaris Cp - 3

NPS – 12012

20/02/2012

Conforme a los ensayos emitidos por:

Laboratorio emisor

Clave

CENER

30.1613.0-2-1, 30.1716.0-1-1, 30.1613.0-1-1

Resultando que se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones, actualmente establecidas por la Orden IET/401/2012, de 28 de febrero, sobre exigencias técnicas de los paneles solares.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto renovar la certificación de los citados productos, con las contraseñas de certificación:

Modelo

Contraseña

Solaris Cp - 3

NPS – 14714

Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de la resolución definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación.

Esta renovación de certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

El titular de esta resolución presentará dentro del período fijado para someterse al control y seguimiento de la producción, la documentación acreditativa, a fin de verificar la adecuación del producto a las condiciones iniciales, así como la declaración en la que se haga constar que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta renovación de vigencia de certificación podrá dar lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, ante el Secretario de Estado de Energía previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1. Modelo con contraseña NPS – 14714

Identificación:

Fabricante: «Solaris Energía Solar, S.A.».

Nombre comercial: Solaris Cp - 3.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2011.

Dimensiones:

Longitud: 2092 mm.

Ancho: 1090 mm.

Altura: 84 mm.

Área de apertura: 1,98 m2.

Área de absorbedor: 2 m2.

Área total: 2,28 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 36,8 kg.

Presión de funcionamiento Máx.: 10 bar.

Fluido de transferencia de calor: agua/propilenglicol.

Resultados del ensayo.

Rendimiento térmico:

ηο

0,791

 

a1

3,644

W/m2K

a2

0,017

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

 

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1000 W/m2

10

551

1021

1491

30

380

849

1319

50

182

651

1121

Madrid, 7 de abril de 2014.–El Director General de Política Energética y Minas, Jaime Suárez Pérez–Lucas.

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