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Documento BOE-A-2014-6648

Resolución de 10 de junio de 2014, de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que publica la convocatoria del procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o formación no formal.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 24 de junio de 2014, páginas 49058 a 49060 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Referencia:
BOE-A-2014-6648

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de dar publicidad a la Orden de 6 de junio de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se realiza en la Región de Murcia una convocatoria del Procedimiento de Reconocimiento, Evaluación, Acreditación y Registro (PREAR) de las unidades de competencia incluidas en diversas cualificaciones del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13.4 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, procede remitir un extracto de la misma para su inserción en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud, resuelvo:

Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al extracto de la convocatoria en la Región de Murcia del Procedimiento de Reconocimiento, Evaluación, Acreditación y Registro (PREAR) de las unidades de competencia incluidas en diversas cualificaciones del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, que se inserta como anexo.

Murcia, 10 de junio de 2014.–El Secretario General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, Manuel Marcos Sánchez Cervantes.

ANEXO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13.4 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral («BOE» n.º 205, de 25 de agosto de 2009), una vez firmada la Orden de 6 de junio de 2014 de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se realiza en la Región de Murcia una convocatoria del Procedimiento de Reconocimiento, Evaluación, Acreditación y Registro (PREAR) de las unidades de competencia incluidas en diversas cualificaciones del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y remitida al «Boletín Oficial de la Región de Murcia» para su publicación, procede remitir un extracto de la misma para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de las competencias atribuidas por el artículo 6 del Decreto de la Presidencia 4/2014, de 10 de abril, de reorganización de la Administración Regional, dispongo:

Primero.

Anunciar en el «Boletín Oficial del Estado» que mediante Orden de 6 de junio de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades se convoca en la Región de Murcia el Procedimiento de Reconocimiento, Evaluación, Acreditación y Registro (PREAR) de las unidades de competencia incluidas en las cualificaciones de:

– Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos (nivel I), código de convocatoria ADG306_1/2014.

– Actividades auxiliares de comercio (nivel I), código de convocatoria COM412_1/2014.

– Operaciones básicas de restaurante y bar (nivel I), código de convocatoria HOT092_1/2014.

– Mantenimiento del motor y sus sistemas auxiliares (nivel II), código de convocatoria TMV048_2/2014 y,

– Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos (nivel II), código de convocatoria TMV197_2/2014.

Segundo.

El número de aspirantes que participarán en el presente procedimiento se limitará, para cada una de las cualificaciones profesionales arriba señaladas a 50.

Tercero.

La citada Orden de 6 de junio de de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades estará disponible además de en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» (www.carm.es/borm) en la página web del Instituto de las Cualificaciones de la Región de Murcia (ICUAM), www.icuam.es.

Cuarto.

Las personas interesadas en participar en el procedimiento convocado deberán presentar la solicitud según el modelo establecido en el anexo I (A, B, C, D o E según la cualificación a la que se presenten) de la Orden de convocatoria, que estará disponible en formato electrónico en los siguientes lugares:

– Página web Comunidad Autónoma www.carm.es/guiadeservicios

– Página web del Instituto de las Cualificaciones de la Región de Murcia (ICUAM), www.icuam.es

Una vez cumplimentada, en su caso se deberá imprimir para su presentación en los lugares señalados en el artículo siguiente de esta Orden.

Quinto.

La solicitud referida en el artículo anterior podrá presentarse en los siguientes lugares:

– Registro General de la Consejería competente en materia de Educación,

– Registros de las distintas Consejerías u Organismos de la Comunidad Autónoma

– Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano (antes Oficinas de Ventanilla Única de la Comunidad Autónoma),

– Oficinas de Correos.

– En cualquiera de las dependencias a las que alude el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En las Oficinas de Correos la presentación se hará en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja de la solicitud, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales.

Sexto.

El plazo para llevar a cabo la inscripción para las cinco cualificaciones profesionales es desde el 1 al 15 de julio de 2014, ambas fechas inclusive.

Séptimo.

Los lugares previstos para llevar a cabo las fases de asesoramiento y evaluación del procedimiento como sedes del mismo se establecerán en las respectivas Órdenes de designación de asesores y evaluadores para el desarrollo de las correspondientes fases de asesoramiento y evaluación.

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