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Documento BOE-A-2014-6372

Resolución de 10 de junio de 2014, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2014, páginas 45353 a 45356 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Tribunal de Cuentas
Referencia:
BOE-A-2014-6372

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y en los artículos 2.1.b), 88 y 93.1 y 2 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas,

Esta Presidencia, previo acuerdo de la Comisión de Gobierno, ha resuelto anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se detallan en el anexo I de la presente Resolución, y que figuran en la Relación de Puestos de Trabajo del Tribunal de Cuentas, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Podrán tomar parte en esta convocatoria:

Uno. Los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos Superiores de Letrados y de Auditores del Tribunal de Cuentas, que reúnan las condiciones establecidas en el Anexo I para cada puesto de trabajo.

Dos. Los funcionarios pertenecientes a Cuerpos y Escalas del Subgrupo A1 de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Administración Local que, igualmente, reúnan las condiciones establecidas en el citado anexo I para cada puesto de trabajo.

Segunda.

Las solicitudes se presentarán en el modelo de instancia que figura como anexo II y se dirigirán, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», a la Presidencia del Tribunal de Cuentas (Registro General), calle Fuencarral, número 81, 28004 Madrid, o por cualquiera de las formas que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el supuesto de que un mismo solicitante optase por dos o más puestos de trabajo de los anunciados en el anexo I, deberá formular petición independiente por cada uno de ellos, indicando el orden de preferencia en el que los mismos se solicitan y acompañar los documentos que se mencionan en la base siguiente.

Tercera.

Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud su currículum profesional, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en el Tribunal de Cuentas o en las Administraciones Públicas, estudios y cursos realizados y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar de forma explícita y pormenorizada las características y contenidos del puesto de trabajo que vinieren desempeñando, el nivel del mismo y el grado personal que hayan consolidado. Asimismo, a dicho currículum podrá adjuntarse una memoria sobre el contenido y organización de los puestos solicitados, a juicio de los aspirantes.

Cuarta.

El Tribunal podrá convocar a los solicitantes para la celebración de entrevistas personales que permitan deducir de la experiencia profesional del candidato sus aptitudes para el desempeño de los puestos de trabajo que soliciten.

Quinta.

Previamente a la designación de los funcionarios seleccionados, si la designación fuera a recaer en un funcionario de alguna de las Administraciones Públicas citadas en la base primera.dos, el Tribunal de Cuentas requerirá informe favorable del Departamento u organismo donde estuviere destinado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Sexta.

La situación administrativa de los funcionarios de las Administraciones Públicas que accedan al servicio del Tribunal por ser designados para los puestos solicitados, será la de servicios especiales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 93.3 de la Ley de Funcionamiento, modificado por el artículo 29 de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.

Séptima.

Los funcionarios de las Administraciones Públicas incorporados al Tribunal de Cuentas como consecuencia de esta convocatoria que posteriormente causen baja en el mismo, se reincorporarán al Ministerio, Organismo o Administración de origen. Si la causa de la baja en el Tribunal de Cuentas fuera la elección o designación para otro puesto que diera lugar al pase a la situación de servicios especiales, cesarán en este Tribunal, debiendo ser el Ministerio, Organismo o Administración Pública de origen el que regularice la referida situación.

Octava.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, la presente convocatoria se resolverá por la Comisión de Gobierno del Tribunal, por medio de Resolución de esta Presidencia, que se hará pública en el Boletín Oficial del Estado.

Novena.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y con la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y con el contenido de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Pleno del Tribunal de Cuentas, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3.c) de la Ley 2/1982, de 12 de mayo, Orgánica del Tribunal y en el artículo 3.j) y disposición adicional primera, 1 y 4 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 10 de junio de 2014.–El Presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda García.

ANEXO I

Sección de Fiscalización. Departamento 2.º

Área Político-Administrativa del Estado

Número de orden: 1. Puesto de trabajo: Subdirector Técnico. Número de puestos: 1. Nivel: 30.2. Complemento específico: 48.775,02 euros. Tipo de puesto: S. Administración: TC, A3. Subgrupo: A1. Cuerpos: C.L.T.C., C.A.T.C. y C.S.A.P. Formación específica: Especialización en Auditoría y Contabilidad Pública. Experiencia en desempeño de puesto de trabajo similar.

Sección de Fiscalización. Departamento 4.º

Empresas Estatales y otros Entes Públicos

Número de orden: 2. Puesto de trabajo: Asesor Técnico. Número de puestos: 1. Nivel: 28. Complemento específico: 41.538,14 euros. Tipo de puesto: S. Administración: TC, A3. Subgrupo: A1. Cuerpos: C.L.T.C., C.A.T.C. y C.S.A.P. Formación específica: Especialización en Auditoría y Contabilidad Pública. Experiencia en desempeño de puesto de trabajo similar.

Sección de Fiscalización. Departamento 7.º

Entidades Locales

Número de orden: 3. Puesto de trabajo: Subdirector Técnico. Número de puestos: 1. Nivel: 30.2. Complemento específico: 48.775,02 euros. Tipo de puesto: S. Administración: TC, A3. Subgrupo: A1. Cuerpos: C.L.T.C., C.A.T.C. y C.S.A.P. Formación específica: Especialización en Auditoría y Contabilidad Pública. Experiencia en desempeño de puesto de trabajo similar.

Sección de Enjuiciamiento. Presidencia

Actuaciones Previas Exigencias Jurisdiccionales de Responsabilidad Contable

Número de orden: 4. Puesto de trabajo: Asesor Técnico Jurídico. Número de puestos: 1. Nivel: 29. Complemento específico: 42.569,38 euros. Tipo de puesto: S. Administración: TC, A3. Subgrupo: A1. Cuerpos: C.L.T.C. y C.S.A.P. Titulación: Licenciado en Derecho. Formación específica: Experiencia en emisión de informes, propuestas y consultas de carácter jurídico. Experiencia en desempeño de puesto de trabajo similar.

Sección de Enjuiciamiento. Departamento 2.º

Primera Instancia

Número de orden: 5. Puesto de trabajo: Director Técnico. Número de puestos: 1. Nivel: 30.1. Complemento específico: 53.452,00 euros. Tipo de puesto: S. Administración: TC, A3. Subgrupo: A1. Cuerpos: C.L.T.C. y C.S.A.P. Titulación: Licenciado en Derecho. Formación específica: Experiencia en emisión de informes, propuestas y consultas de carácter jurídico. Experiencia en dirección y coordinación de actividades. Experiencia en desempeño de puesto de trabajo similar.

Claves utilizadas según Orden de 6 de febrero de 1989 («BOE» número 32, de 7 de febrero de 1989), y Resolución de 28 de julio de 1989, del Presidente del Tribunal de Cuentas («BOE» número 197, de 18 de agosto).

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