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Documento BOE-A-2014-6262

Resolución de 2 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para participar en el programa nacional para la educación complementaria de alumnos "Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados" durante los turnos de verano de 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 13 de junio de 2014, páginas 44942 a 44951 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-6262

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 25 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 6 de diciembre), modificada por Orden de 15 de junio de 2000 («BOE» del 21), regula la actividad de Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados, estableciendo en su disposición cuarta que el Ministerio de Educación y Ciencia convocará, con cargo a los créditos correspondientes del presupuesto de gastos del Departamento, ayudas para la participación en este Programa.

Por Resolución de 31 de marzo de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se convocan ayudas para la participación de grupos de alumnos durante el periodo lectivo de 2014 en la actividad de Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados.

De conformidad con dichas disposiciones y previo acuerdo con los Ministerios de Fomento y de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla-La Mancha y Extremadura, que contribuyen al desarrollo del Programa en Búbal (Huesca), Umbralejo (Guadalajara) y Granadilla (Cáceres), respectivamente, procede ahora convocar ayudas para la participación individual de alumnos en las actividades que se desarrollarán durante el periodo estival en los citados pueblos.

Por el Acuerdo de cooperación suscrito por el Ministerio de Educación y Ciencia y el Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 6 de febrero de 1996, se estipula la participación en este Programa de alumnos beneficiarios de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Por todo lo anterior, y de conformidad con la normativa reguladora de la concesión de subvenciones, he resuelto:

Objeto de la convocatoria y financiación

Primero.

1. Se convocan ayudas para su concesión en régimen de concurrencia competitiva, para participar en la actividad de Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados que se desarrolla en Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara), con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322L.489.02 de los Presupuestos Generales del Estado, durante el periodo comprendido entre el 4 al 31 de agosto de 2014.

2. El importe máximo destinado a esta convocatoria será de 69.590,32 euros. Con este presupuesto se atenderán los gastos de desarrollo del programa incluido el seguro de accidentes y responsabilidad civil para el alumnado y personal organizador, así como el transporte en autobús desde la estación de ferrocarril o autobuses más cercana al pueblo asignado hasta éste y viceversa al regreso, servicios referidos en el apartado duodécimo de la convocatoria. La gestión de dicho crédito se realizará a través de una encomienda con empresa considerada medio propio instrumental de la Administración.

Beneficiarios de las ayudas

Segundo.

Podrán solicitar su participación los alumnos matriculados en centros docentes españoles del territorio nacional que cursen 3.º y 4.º de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio y Programas de cualificación profesional inicial o alumnos de secciones españolas en centros de otros países miembros de la Unión Europea. En cualquier caso, la edad máxima para la participación será de 18 años.

Distribución de las ayudas

Tercero.

1. Los alumnos participantes desarrollarán sus actividades en periodos de 7 días, de acuerdo con la siguiente distribución de turnos:

a) Alumnos de 3.º y 4.º de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Programas de cualificación profesional inicial:

1.er turno: del 4 al 10 de agosto.

2.º turno: del 11 al 17 de agosto. En este turno se reservarán diez ayudas en los pueblos de Granadilla y Umbralejo y cinco en Búbal para los alumnos beneficiarios de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. (MUFACE).

b) Alumnos de Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio:

3.er turno: del 18 al 24 de agosto.

4.º turno: del 25 al 31 de agosto. En este turno se reservarán diez ayudas en los pueblos de Granadilla y Umbralejo y cinco en Búbal para los alumnos beneficiarios de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE).

2. Las ayudas disponibles por turno, en cada pueblo, se distribuyen de la siguiente forma: Búbal: 50, Granadilla: 75, Umbralejo: 50.

3. Para alumnos de secciones españolas en centros de la Unión Europea cuya edad estará comprendida entre los 15 y los 18 años, en cada turno se dispondrá de 2 plazas en los pueblos de Búbal y Umbralejo y 3 en Granadilla.

4. En el caso de que las plazas que no se cubran con alumnos beneficiarios de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado o de las secciones españolas en centros de la Unión Europea, las vacantes se ofrecerán al resto de alumnos de acuerdo con la distribución por niveles educativos expuesta anteriormente.

Presentación de las solicitudes y documentación:

Cuarto.

1. Los alumnos que reuniendo los requisitos exigidos, deseen participar en las actividades convocadas, deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es, sección «Trámites y Servicios». Para cumplimentar la solicitud telemática y adjuntar toda la documentación preceptiva en formato informático, se procederá del siguiente modo:

a) Si se posee el DNI electrónico o un certificado electrónico de otra autoridad de certificación reconocida (http://www.dnielectronico.es/seccion_aapp/rel_autoridades.html), puede completarse el proceso de registro de la solicitud a través de la vía electrónica disponible.

b) En caso contrario, a través de la aplicación informática se obtendrá un impreso oficial de la solicitud en soporte papel con el fin de, una vez firmado, pueda presentarse en el registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (c/ Los Madrazo, 15-17, 28014 Madrid) o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. A estos efectos los registros de los centros docentes no se considerarán incluidos dentro de las dependencias enumeradas en el artículo 38.4 de la referida Ley.

En caso de que la documentación se presente en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su certificación. El impreso oficial a presentar por registro presencial incluye un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del impreso oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.

2. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación (original o fotocopia compulsada):

a) Impreso oficial de la solicitud obtenido a través de la cumplimentación de la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (https://sede.educacion.gob.es) debidamente firmado por el solicitante y en el caso de los alumnos menores de edad, también por el padre, madre o tutor.

b) Certificación académica con las calificaciones obtenidas en el curso 2012-2013.

c) Certificación de los estudios en los que el alumnado está matriculado en el curso 2013-2014 expedido por el secretario del centro de estudios o jefe de secretaría

d) En casos excepcionales, y sólo cuando ello proceda en razón de alguna característica personal, social o familiar relevante, informe del tutor o profesor del alumno con el visto bueno del Departamento de Orientación del centro, sobre las circunstancias personales que aconsejen su participación en el Programa, de acuerdo con el Anexo II.

e) En su caso, fotocopia del carnet de MUFACE.

3. Únicamente se presentará una solicitud y en ella se especificará el pueblo que se solicita, o en el caso de estar interesado en más de uno, se reseñará el orden de preferencia. Sólo se adjudicará una ayuda para participar en un turno de uno de los pueblos solicitados, entendiendo que si no se ha conseguido plaza en la primera opción de pueblo indicada, se podrá adjudicar la segunda o tercera preferencia en función de la valoración del Jurado y las plazas disponibles.

4. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de junio de 2014. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes bases de convocatoria en particular, y a los efectos previstos en el artículo 28.1 de la Ley 11/2007, se acepta la práctica de las notificaciones por el medio al que se refiere el apartado sexto.

Quinto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, si la solicitud de iniciación no reuniese los requisitos precisos, la Subdirección General de Cooperación Territorial, que actúa como órgano instructor del procedimiento, requerirá al interesado para que en un plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sexto.

Las notificaciones resultantes del proceso administrativo se realizarán mediante la práctica de notificación por comparecencia electrónica (artículo 40 del RD 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos), utilizando los servicios disponibles en la sede electrónica del Ministerio.

Séptimo.

Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán consultar el estado de su solicitud accediendo a la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte indicada en el apartado cuarto, punto dos, o dirigirse a la Subdirección General de Cooperación Territorial (Servicio de Actividades de Alumnos) del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, calle Los Madrazo, 15-17, 28014 Madrid. El expediente se identificará por el nombre del solicitante de la ayuda.

Valoración de las solicitudes

Octavo.

1. La selección de las solicitudes presentadas se realizará por el Jurado de selección constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El Director General de Evaluación y Cooperación Territorial o persona en quien delegue.

Vicepresidente: La Subdirectora General de Cooperación Territorial o persona en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Un representante de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Un representante de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Un representante de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Un representante de la Subdirección General de Inspección.

Un representante de la Subdirección General de Cooperación Territorial.

Secretario: Un funcionario de la Subdirección General de Cooperación Territorial.

2. El Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Criterios de valoración

Noveno.

1. Para la formulación de la propuesta de adjudicación de las ayudas, el Jurado tendrá en cuenta, los siguientes criterios:

– Rendimiento académico del alumno durante el curso 2012-2013: se tomará la nota media calculada de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 11 de abril de 2008 («BOE» del 24), de la Secretaría General de Educación: hasta 10 puntos.

– El hecho de que el solicitante no haya participado anteriormente en los turnos de verano o de no haber participado en los últimos tres años: hasta 5 puntos con el siguiente desglose:

• Haber participado en 2013: 0 puntos.

• Haber participado en 2012: 1 puntos.

• Haber participado en 2011: 2 puntos.

• No haber participado anteriormente o no haberlo hecho en los últimos tres años: 5 puntos.

– Informes de los tutores o profesores de los alumnos con el visto bueno de los Departamentos de Orientación del centro (Anexo II): hasta 2 puntos con el siguiente desglose.

• Por estar en situación de desventaja social: 1 punto.

• Por estar en situación de desventaja educativa: 1 punto.

2. En el supuesto de que se produjera algún empate en la valoración de las solicitudes, para efectuar la propuesta de adjudicación de las ayudas, el Jurado favorecerá en primer lugar la participación de alumnos que no lo hayan hecho antes, en segundo lugar, se tendrá en cuenta la nota media del expediente académico del curso 2012-2013, y por último de persistir el empate, el hecho de que residan en Comunidades Autónomas distintas a aquélla en la que se desea realizar la actividad.

3. El Jurado emitirá un informe con el resultado de la evaluación de las solicitudes que contendrá:

a) Relación de los alumnos a los que se les ha adjudicado una plaza con indicación de pueblo y turno.

b) Relación de alumnos que han quedado en reserva en cada turno ordenados por orden decreciente de puntuación.

c) Relación de alumnos excluidos con indicación de la causa de exclusión

Adjudicación de las ayudas

Décimo.

1. De acuerdo con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a la vista del expediente y del informe del jurado, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución provisional que deberá notificarse a los interesados y se concederá un plazo de 3 días para formular alegaciones. Una vez transcurrido ese plazo, la propuesta de resolución formulada tendrá carácter de definitiva.

2. El órgano instructor elevará la propuesta de resolución definitiva al Director General de Evaluación y Cooperación Territorial. Dicha propuesta expresará la relación de solicitudes para las que se propone la concesión con la asignación de pueblo y semana y las solicitudes denegadas, especificando el resultado de la evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.

3. El Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, por delegación de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades contenida en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo («BOE» del 9), resolverá la adjudicación de las ayudas convocadas a través de esta Resolución antes del 4 de agosto de 2014, pudiendo realizarse resoluciones parciales y sucesivas de concesión. La Resolución de adjudicación contendrá igualmente una relación de las solicitudes que queden en reserva por turno y una relación de solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión.

Una vez efectuada la adjudicación de ayudas, la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, notificará a los alumnos beneficiarios el pueblo y turno concedidos y les facilitará la documentación relativa al pueblo y turno adjudicado.

Igualmente, dicha Dirección General, notificará a los alumnos solicitantes no adjudicatarios, la denegación de la ayuda solicitada mediante comparecencia electrónica a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

4. La mencionada Resolución de adjudicación de las ayudas que pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado o ser impugnada mediante la interposición de recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

5. A través de la página Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se harán públicas las relaciones provisionales y definitivas de alumnos adjudicatarios de ayuda. Posteriormente, la adjudicación definitiva de alumnos se hará pública en el «Boletín Oficial del Estado».

Undécimo.

Se autoriza a la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades para dictar las instrucciones necesarias en desarrollo de la presente Resolución.

Desarrollo de las actividades

Duodécimo.

1. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte pondrá a disposición de los alumnos beneficiarios un autobús que los trasladará al pueblo asignado desde la estación de ferrocarril o autobuses más cercana a éste de acuerdo con las instrucciones de participación. El traslado desde el domicilio hasta ese punto de encuentro correrá por cuenta de los interesados, y viceversa a la finalización de la actividad.

2. Durante la estancia en el pueblo, el alumnado participante estará asistido por un seguro de accidentes y responsabilidad civil.

3. Las actividades a realizar se adecuarán a la descripción recogida en el anexo I de la presente Resolución.

4. Durante el desarrollo de la actividad, los participantes deberán cumplir las normas de régimen interno del pueblo. La compra, consumo o posesión de alcohol, drogas o cualquier otra sustancia tóxica nociva, está estrictamente prohibida. Cualquier infracción a este respecto será motivo de suspensión inmediata de la participación en el programa. Asimismo cualquier tipo de hurto o robo, bien sea en tiendas o a otro participante, así como cualquier otra infracción tipificada como delito o falta en el Código Penal, supondrá la inmediata obligación de abandonar la actividad.

Decimotercero.

Las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla-La Mancha y Extremadura, en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad, remitirán al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Subdirección General de Cooperación Territorial), la siguiente documentación:

1. Relación certificada de los alumnos participantes en la actividad.

2. Memoria final de la actividad elaborada por el coordinador del programa en el pueblo correspondiente que contenga los siguientes aspectos:

– Evaluación y seguimiento de la experiencia: revisión, análisis y valoración del programa. Resultado de los instrumentos de evaluación cumplimentados por los participantes y el equipo del pueblo.

– Actualización y propuestas de mejora.

– Infraestructura: cuestiones resultas y pendientes.

– Personal, en su caso.

– Inventario general: cambios producidos en el año.

Recursos

Decimocuarto.

Contra esta Resolución se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Regulación y efectos

Disposición final primera.

En todo lo no dispuesto en la presente Resolución serán de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, la Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio («BOE» del 15), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia.

Disposición final segunda.

La presente resolución producirá sus efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de junio de 2014.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Montserrat Gomendio Kindelan.

ANEXO I
Orientaciones generales

1. Descripción del programa

El programa «Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados» que forma parte de los programas nacionales para la educación complementaria de alumnos, pretende un acercamiento a la vida rural de los jóvenes que, en su mayoría, viven en un mundo urbano, brindándoles la posibilidad de comprender la necesidad de un cambio de actitudes para asegurar el equilibrio futuro del hombre con su entorno.

Además, contempla el trabajo en distintos ámbitos: medioambiental, salud, respeto y convivencia, recuperación cultural y física, incidiendo de forma especial en la educación ambiental y el reconocimiento del importante papel que juega el medio ambiente en la vida de las personas y en el desarrollo de la sociedad, así como la necesidad de tomar decisiones y de actuar para evitar su deterioro.

Se desarrolla en tres pueblos: Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara), transmitidos, en el primer caso, a la Comunidad Autónoma de Aragón, y en los otros dos, adscritos al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en el marco de sus competencias en el Organismo Autónomo Parques Nacionales, a través del Patrimonio del Estado.

2. Objetivos educativos

Los objetivos a conseguir en favor de los alumnos con esta actividad serán fundamentalmente los siguientes:

2.1 Aplicación de los contenidos curriculares adquiridos en los procesos de aprendizaje y su enriquecimiento y mejora a través de actividades en entornos más reales.

2.2 Colaborar en el proceso educativo para que aprecien la riqueza y variedad del patrimonio natural, social y cultural, respetando su pluralidad y favoreciendo su conservación.

2.3 Fomentar actitudes de respeto y tolerancia mediante la participación en actividades de grupo, a la vez que se desarrollan hábitos de vida saludable tanto individuales como colectivos.

3. Aspectos de diseño y metodología

El Programa está diseñado para cubrir amplias áreas de actividad y conocimiento:

– Aplicación práctica de los contenidos de las materias curriculares correspondientes.

– Recuperación cultural y mantenimiento.

– Educación ambiental para un desarrollo sostenible.

– Salud.

– Respeto y convivencia.

Para la cobertura de las citadas áreas se desarrollarán talleres de antropología, ciencias, matemáticas aplicadas, carpintería, cerámica, expresión corporal, salud, reciclaje y transformaciones, etc.

A través de la página WEB del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, https://sede.educacion.gob.es/catalogo-tramites/becas-ayudas-subvenciones/extraescolares/becas-pueblos-abandonados-verano.html, podrán ampliar la información sobre el programa en cada uno de los pueblos.

4. Datos generales de los pueblos

4.1 Búbal. El pueblo de Búbal se encuentra situado en el Valle de Tena, pertenece al municipio de Biescas (Huesca) y ofrece una posibilidad excepcional para conocer y profundizar el estudio de la vida tradicional de la montaña, así como de la propia realidad de este valle pirenaico.

Su clima es propio de montaña con importantes precipitaciones y amplios contrastes entre las estaciones.

Ofrece una interesante diversidad geomorfológica y de vegetación con ambientes y suelos bien diferenciados, desde zonas de ribera próximos al río Gállego (900 m.s.n.m.) hasta zonas de alta montaña que alcanzan los 2.800 m.s.n.m.

El paraje pirenaico que alberga el pueblo, define sus peculiaridades, con una arquitectura de alta montaña, perfectamente recuperada y adaptada a las nuevas necesidades.

Actualmente el pueblo consta de 35 edificios o infraestructuras recuperadas, algunas de ellas son: casas y salas para los alumnos y profesores, museo etnológico, pista polideportiva, biblioteca, distintos talleres, invernadero, depuradora de aguas, sala informática y wifi, lugares de reunión para ocio, cuadras, jardines, huertos y rocódromo.

Estas instalaciones sirven de recursos para las muchas y diversas actividades que se desarrollan a lo largo de todo el día, como son:

– Tajos: trabajos que el pueblo necesita para su funcionamiento.

– Tajetes: meteorología y cambio climático, problemática del agua, energía, dieta saludable, etc.

– Talleres: actividades en la naturaleza, artesanías varias, taller de folklore pirenaico, taller de antropología, juegos tradicionales.

– Actividades interdisciplinares: descubre Búbal, Ciudadanos del mundo.

– Excursiones: dos semanales.

– Actividades de convivencia: todos los días.

4.2 Granadilla. La villa de Granadilla es un Conjunto Histórico Artístico desde 1980, situada al norte de Cáceres y enclavada sobre una roca de pizarra con forma de península, al estar rodeada por el Embalse Gabriel y Galán y tener exclusivamente una sola vía terrestre de acceso por su lado norte.

Su entorno está repoblado con pinos y eucaliptos aunque, recientemente, se ha iniciado una reforestación con especies autóctonas: encina y alcornoque, protagonistas de la singular dehesa extremeña.

Notoria es su riqueza faunística: junto a las grullas, las cigüeñas, buitres, rapaces, ciervos y jabalíes entre otros, el lince ibérico hace su reaparición gracias al vecino Centro de Recuperación.

Actualmente el pueblo cuenta con unas 50 edificaciones recuperadas, utilizadas todas y cada una de ellas por el Programa Educativo: viviendas para los alumnos, profesores y equipo de Granadilla, talleres, Iglesia, biblioteca, museo etnográfico, escuela antigua, casas típicas, sala de reuniones, pista polideportiva, piscina, anfiteatro, vivero, salón de usos múltiples, sala de animación y convivencia, almacenes, lugares para los aperos de agricultura y ganadería, instalaciones propias para los animales: vacas, cerdos, ovejas, gallinas, pavos, patos, burro.

El pueblo se mantiene vivo gracias a las actividades que se llevan a cabo en él como son:

– Oficios: agricultura, ganadería, jardinería, tahona, telar, restauración, recuperación de espacios, albañilería y servicios generales.

– Talleres: alfarería, cestería, cuero, reciclaje, carpintería, medio ambiente, vivero, apicultura, radio, recursos naturales, botica y salud.

– Actividades interdisciplinares: Comida Ecológica, En torno a Granadilla, Prepárate para el asedio, Circuito fotográfico, Cluedo Histórico basado en la expropiación de Granadilla),

– Actividades de convivencia: que fomentan la cohesión de los grupos, favorecen la integración y crean el clima necesario para trabajar en armonía.

Debido a su enclave, por el impacto medioambiental que supone, Granadilla no posee conexión a la red eléctrica convencional, pudiendo surgir alguna incidencia debida al suministro por otras fuentes energéticas.

4.3 Umbralejo. El pueblo de Umbralejo se encuentra situado en plena Sierra de Ayllón, en la provincia de Guadalajara, a 1.260 metros de altitud.

De procedencia medieval, forma parte de la arquitectura negra de la sierra Norte de Castilla-La Mancha. Fachadas de cuarcita y cubiertas de pizarra, son las características más relevantes de estos pueblos tradicionales de montaña, llamados también pueblos negros, por la singularidad de sus construcciones.

El clima es propio de montaña, con fuertes contrastes entre día y noche. Se encuentra enclavado sobre una ladera de pendiente suave con una amplia variedad de vegetación: robledales, encinares y vegetación de ribera, junto con gran cantidad de arbustos y plantas aromáticas de aprovechamiento apícola.

El Pueblo cuenta con 39 edificios recuperados para el desarrollo del Programa Educativo: casas para alumnos y profesores, comedor, talleres, casa museo, aulas para proyecto de centro, biblioteca, fragua, salón de actos, huertos, agropecuario…

– Tajos: trabajos de mañana para el funcionamiento y mantenimiento del pueblo (huertos-jardines, ganado-reciclaje, reconstrucción-mantenimiento y servicios-salud).

– Talleres: centrados en artesanías (fragua, cerámica, apicultura, cestería, telares, cocina tradicional, carpintería,…) medioambiente (interpretación del entorno, reciclaje, sensaciones en la naturaleza…), salud (primeros auxilios, masajes-relajación, cosmética natural,…) y convivencia (danzas del mundo, juegos populares,…)

– Actividades de convivencia: actividades grupales para una mejor integración y cohesión de los grupos participantes.

– Actividades globales: excursión por el entorno, actividad etnográfica y concejo.

ANEXO II

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