La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga, en sentencia número 430, de fecha 30 de julio de 2012, firme en casación, condenó al Inspector del Cuerpo Nacional de Policía don Carlos Farré Bustamante, con DNI número 52.578.340, destinado en la Comisaría Local de Marbella (Málaga), como autor, entre otros, de un delito de malversación de efectos públicos; un delito de quebrantamiento de condena; dos delitos contra la libertad individual; un delito de malversación de efectos públicos en concurso medial con un delito de falsedad en documento oficial, a las penas, entre otras, de inhabilitación absoluta por tiempo de seis años; inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete años; cuatro años; seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de ocho años, respectivamente.
Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 63.e) y 66 del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, «La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere. La pena principal o accesoria de inhabilitación especial cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia».
Esta Secretaría de Estado dispone:
Declarar la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía de don Carlos Farré Bustamante, por las distintas penas de inhabilitación absoluta y especial a que ha sido condenado.
Madrid, 7 de abril de 2014.–El Secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez Vázquez.
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