Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-4935

Resolución de 2 de abril de 2014, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, de certificación del producto fabricado por GREENoneTEC Solarindustrie GmbH., con contraseña GPS-8542: paneles solares.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 9 de mayo de 2014, páginas 35801 a 35802 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2014-4935

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por ACV España, S.A., con NIF A08649840 y domicilio social en la calle de la Teixidora 76, P.I. Les Hortes del Camí Ral, municipio de Mataró, província de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios de los siguientes productos fabricados por GREENoneTEC Solarindustrie GmbH, en sus instalaciones industriales ubicadas en Energieplatz, 1, en la ciudad de St. Veit an der Glan (Austria): Paneles solares.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios solicita y que el laboratorio Tüv Rheinland Energie Und Umwelt GmbH ha emitido los informes con claves de referencia números 21218501_EN_R_FK8250 y 21218501_EN_P_FK8250N4M, de fecha 22/03/2012, donde ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 2 de abril (BOE 12-05-80), la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero (BOE 26-01-07) y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, (BOE 6-02-96), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo (BOE 26-04-97) y el Decreto 200/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa. También ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 vigente.

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986 y el Decreto 52/2011, de 4 de enero, de estructuración del Departamento de Empresa y Empleo, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación GPS-8542, con fecha de caducidad el 02/04/2016, disponer como fecha límite el día 02/04/2016, para que el titular acredite que en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:

Dimensiones del colector y especificaciones generales:

Fabricante: GREENoneTEC Solarindustrie GmbH.

Marca y modelo del colector: ACV HELIOPLAN DB.

Área de apertura: 2,401 m2.

Àrea total: 2,52 m2.

Fluido de trabajo: Propilenglicol y agua.

Presión máxima: 1.000 kPa.

Tipo constructivo: Plano.

Peso colector vacío: 38 Kg.

Resultados del ensayo:

Rendimiento térmico:

ηο

0,788

 

a1

3,260

W/m2K

a2

0,015

W/m2K2

Nota: Referente al área de apertura

 

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

675

1.243

1.810

30

491

1.058

1.626

50

278

846

1.413

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 2 de abril de 2014.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid