Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-3568

Resolución de 1 de abril de 2014, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se nombran vocales del Comité de ayudas a la producción cinematográfica.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 3 de abril de 2014, páginas 28482 a 28483 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-3568

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por la que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, establece en su artículo 36 la composición y funciones del Comité de Ayudas a la Producción Cinematográfica.

Por su parte, los artículos 37 del mencionado Real Decreto y el artículo 104 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, regulan la duración del mandato de los Vocales y otros aspectos relativos al funcionamiento del Comité de Ayudas a la Producción Cinematográfica.

La permanencia de los Vocales en el cargo no puede ser superior, con carácter general, a los dos años, salvo para aquellos que, elegidos por sorteo, tienen un mandato de tres años. Una vez cumplido el mandato de varios Vocales, resulta preciso proceder a la renovación parcial del Comité.

En consecuencia, a la vista de lo estipulado en los citados preceptos del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, y de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, de acuerdo con el régimen relativo al nombramiento de los Vocales que en los mismos se establece, y en uso de las competencias atribuidas,

Esta Dirección General resuelve:

Primero.

Cesar, por cumplimiento de su mandato, como miembros del Comité de Ayudas a la Producción Cinematográfica a:

Francisco Javier Azpillaga Goenaga.

Sergio Castellote Giménez.

María Luisa Gutiérrez Gómez.

Sergi Schaaff i Casals.

Jara Yáñez Sancho.

M.ª Elena Cisneros Manrique.

Segundo.

Cesar, a petición propia, como miembro del Comité de Ayudas a la Producción Cinematográfica a:

Paz Piñar Llamas.

Pere Clos Muntsant.

Manuel Monzón Fueyo.

Tercero.

Nombrar miembros del Comité de Ayudas a la Producción Cinematográfica, a los que se refiere el artículo 36.2.c) del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, a los siguientes Vocales:

César Romero Fernández de la Pradilla.

Xavier Granada.

Jaime Fontán Charro.

Antonio Gil Aparicio.

Belén Herrera de la Osa.

Óscar del Caz de Diego.

Ángela Bosch Rius.

Rafael Carmona Ramos.

Lydia Senties Tamborero.

Nuria Vidal Villa.

La composición completa del actual Comité de Ayudas a la Producción Cinematográfica aparece recogida en el anexo.

Cuarto.

Los presentes nombramientos producirán efectos desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Siendo de aplicación lo establecido en el artículo 104.6 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, relativo a normas generales de actuación y permanencia en el cargo.

Madrid, 1 de abril de 2014.–La Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Susana de la Sierra Morón.

ANEXO
Comité de Ayudas a la Producción Cinematográfica

Lucía del Río Guillén.

Amalia Mato Vidal.

José Francisco Cerdán los Arcos.

Jesús Martínez Monroy.

Ángela Armero Biadiu.

César Romero Fernández de la Pradilla.

Xavier Granada.

Jaime Fontán Charro.

Antonio Gil Aparicio.

Belén Herrera de la Osa.

Óscar del Caz de Diego.

Ángela Bosch Rius.

Rafael Carmona Ramos.

Lydia Senties Tamborero.

Nuria Vidal Villa.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid