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Documento BOE-A-2014-2847

Orden PRE/404/2014, de 14 de marzo, por la que se convoca la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2014, páginas 23528 a 23540 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2014-2847

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales y en el artículo 18 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, es competencia de los Ministerios de Justicia y de Educación, Cultura y Deporte convocar la prueba de evaluación de aptitud para el ejercicio de la profesión de abogado.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Ministros de Justicia y de Educación, Cultura y Deporte, dispongo:

Apartado único.

Se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para la profesión de Abogado para el año 2014, que se regirá por lo dispuesto en la presente convocatoria que figura como anejo a esta orden.

Madrid, 14 de marzo de 2014.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, P.D. (Orden PRE/934/2012, de 24 de abril), el Subsecretario de la Presidencia, Jaime Pérez Renovales.

ANEJO

1. Convocatoria

Se convoca la prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional para el acceso a la profesión de abogado dirigida a comprobar la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales y en particular la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por universidades o escuelas de práctica jurídica debidamente acreditadas. Esta convocatoria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, no contiene limitación alguna en el número de plazas.

La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el portal web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es), apartado «Trámites y Gestiones Personales–Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales», así como en la página web del Consejo General de la Abogacía Española.

2. Descripción de la evaluación

La celebración de la prueba de evaluación de la aptitud profesional se efectuará de conformidad con lo establecido en la presente convocatoria y será única e idéntica para todo el territorio español.

3. Programa

El programa que ha de regir la evaluación se encuentra en el anexo II de la presente convocatoria y contiene una descripción orientativa de las materias y competencias necesarias para el acceso a la profesión de abogado.

4. Requisitos de los candidatos

Podrán concurrir a la prueba de evaluación quienes, a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio o, en su caso, de las certificaciones sustitutorias provisionales de los mismos.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la credencial que acredite la homologación de su título al de Licenciado en Derecho o Graduado en Derecho expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

b) Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de abogado, y el período de prácticas externas tuteladas, acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte e inscritos en el Registro Administrativo del Ministerio de Justicia establecido al efecto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 a 8 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio.

c) Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de abogado.

d) No estar colegiado como abogado en alguno de los Colegios de Abogados de España, ni haberlo estado durante un plazo continuado o discontinuo no inferior en su cómputo total a 1 año antes de la fecha de entrada en vigor de la Ley 34/2006, de 30 de octubre.

5. Plazo y forma de presentación de las solicitudes y documentación

Quienes deseen participar en la prueba de evaluación para el acceso al ejercicio de la abogacía deberán cumplimentar el modelo de solicitud de inscripción dirigida al Secretario de Estado de Justicia, que podrá descargarse en el portal web del Ministerio de Justicia y que se adjunta como anexo I de la presente convocatoria.

Quienes dispongan de D.N.I. electrónico u otro certificado electrónico reconocido, podrán cumplimentar por vía telemática la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es), que quedará automáticamente incluida en una base de datos.

Aquellos ciudadanos que no dispongan de D.N.I electrónico o certificado electrónico reconocido, deberán descargarse el modelo oficial de solicitud para presentarla de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el registro general del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28012, Madrid, pudiendo remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias aludidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En la solicitud de admisión se incluirá una declaración responsable referente al cumplimiento de todos los requisitos a que se refiere el apartado 4 de la presente convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes de participación en la evaluación será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Al objeto de simplificar los trámites administrativos que deban realizar los participantes, éstos podrán autorizar expresamente a las autoridades convocantes el acceso a los sistemas de verificación de sus datos de titulación y de identidad en los términos establecidos en el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado. Los datos de carácter personal serán tratados conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. En el caso de que no se autorice expresamente el acceso a estos datos, el solicitante deberá presentar fotocopia compulsada del DNI o NIE.

6. Derechos de examen

La participación en la prueba de evaluación será gratuita.

7. Acceso de personas con discapacidad

Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y los medios de la evaluación a fin de asegurar su participación en la evaluación en condiciones de igualdad, de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional 5ª de la Ley 34/2006 y en el artículo 2.2 de su Reglamento.

Junto con la solicitud deberán presentar un certificado acreditativo de su condición. Si además solicitan adaptación del tiempo y/o medios para la realización de la evaluación deberán aportar el dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de dicha adaptación, emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

Si han cumplimentado la solicitud de forma telemática, deberán presentar la documentación indicada en el apartado anterior, dentro del plazo de presentación de solicitudes, en el registro general del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28012 Madrid, pudiendo remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias aludidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8. Admisión de aspirantes

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante en el plazo máximo de 15 días hábiles publicará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la prueba de aptitud, que podrá consultarse en el portal web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) apartado «Trámites y Gestiones Personales – Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales».

Se concederá un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación del listado provisional en el citado portal web del Ministerio de Justicia, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

Finalizado el plazo de subsanación, la autoridad convocante publicará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos que podrá consultarse en el portal web del Ministerio de Justicia, y fijará el lugar, la fecha y la hora para la realización del ejercicio.

9. Comisión evaluadora

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.4 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, teniendo en cuenta el número de aspirantes, se constituye una comisión evaluadora única que realizará la prueba de evaluación.

La comisión evaluadora única será designada conforme a lo dispuesto en el artículo 19.2 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre. A tal efecto, los Ministerios de Justicia y de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», designarán a los miembros de la comisión evaluadora única y a sus suplentes.

La composición de la comisión evaluadora única será la siguiente:

a) Un representante del Ministerio de Justicia, funcionario de carrera de especialidad jurídica perteneciente a alguno de los cuerpos integrados en el grupo A, subgrupo A1 de la Administración General del Estado.

b) Un representante del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, funcionario de carrera de especialidad jurídica perteneciente a alguno de los cuerpos integrados en el grupo A, subgrupo A1 de la Administración General del Estado.

c) Un representante de la Administración Autonómica, propuesto por las Comunidades Autónomas en cuyo territorio se haya impartido alguno de los cursos de formación especializada acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y de Educación, Cultura y Deporte, y que cuente con aspirantes que cumplan los requisitos exigidos para participar en la prueba de evaluación.

El representante propuesto deberá ser funcionario de carrera perteneciente a alguno de los Cuerpos de especialidad jurídica de dichas Comunidades.

d) Un abogado con más de cinco años de ejercicio profesional, propuesto por el Consejo General de la Abogacía Española.

e) Un profesor universitario de alguna de las distintas disciplinas jurídicas, designado por el Consejo de Universidades, entre el personal funcionario de los cuerpos docentes universitarios.

f) Un representante del Consejo General del Poder Judicial.

A efectos de comunicación y demás incidencias, la sede de la comisión evaluadora única radicará en la sede del Ministerio de Justicia, calle San Bernardo 21, 28071 Madrid, teléfono: 91 3902178, dirección de correo electrónico: acceso.abogacia@mjusticia.es

La comisión evaluadora única adoptará las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad realicen las pruebas conforme a los principios de no discriminación y accesibilidad universal. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las oportunas adaptaciones posibles en los medios y en los tiempos para su realización.

Corresponderá a la comisión evaluadora única la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la prueba, adoptando al respecto las decisiones que estimen pertinentes.

La comisión evaluadora única dependerá funcionalmente del Ministerio de Justicia, a cuyo representante corresponderá la presidencia, ostentando la secretaria el representante del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Las actuaciones de la comisión evaluadora se ajustarán en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en las demás disposiciones vigentes que resulten de aplicación.

10. Desarrollo de la prueba

La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples cuya duración será de 4 horas.

Su finalidad es medir los conocimientos teórico-prácticos de los participantes acerca del ejercicio de la profesión de abogado y tendrá como base el programa de materias que se contiene en el anexo II de la presente convocatoria.

Los aspirantes serán convocados para la prueba en llamamiento único, siendo excluidos de la prueba de evaluación los que no comparezcan.

A los aspirantes se les entregará un cuaderno de examen que contendrá:

a) 50 preguntas, sobre las materias que figuran en el apartado A «Materias comunes al ejercicio de la profesión de abogado» del anexo II de la presente convocatoria.

b) 25 preguntas sobre una especialidad jurídica a elegir entre las cuatro que figuran en el apartado B, «Materias específicas», del anexo II de la presente convocatoria.

c) Además, el cuestionario incluirá doce preguntas de reserva, para el apartado A «Materias comunes ejercicio de la profesión de abogado» del anexo II de la presente convocatoria, y dos por cada especialidad jurídica del apartado B, «Materias específicas» de citado anexo II.

Las preguntas de reserva solamente se valorarán en el caso de que las comisión evaluadora anule alguna/s de las preguntas de la prueba y sustituirá, por su orden y en función del apartado al que pertenezcan, a la/s anulada/s, de tal modo que en todo caso el cuestionario contará con 75 preguntas válidas.

Junto con el cuaderno de examen se les hará entrega de una hoja de respuestas con las correspondientes instrucciones para su cumplimentación.

La hoja de respuestas estará dividida en dos partes: una primera parte de 50 respuestas, cada una con 4 alternativas de las que sólo una es la correcta, que se referirán a las materias relacionadas con el apartado A «Materias comunes al ejercicio de la profesión de abogado» y una segunda parte con cuatro bloques de 25 respuestas cada bloque y cada respuesta con 4 alternativas de las que igualmente solo una de ellas es correcta, con la mención en la parte superior de la especialidad jurídica de que se trate. En esta segunda parte, los aspirantes únicamente deberán elegir una especialidad jurídica entre las cuatro posibles. En el supuesto en el que en la hoja de respuestas se conteste a más de una especialidad jurídica, el aspirante resultará eliminado de la prueba.

No estará permitido el uso de textos legales ni manuales jurídicos ni otros documentos de apoyo. Tampoco se permitirá el uso de teléfonos móviles, ni de cualquier otro dispositivo con capacidad de almacenamiento de información o posibilidad de comunicación mediante voz o datos dentro del recinto de examen, una vez iniciado el ejercicio y hasta el final del mismo.

Durante la celebración del ejercicio no se permitirá el acceso al centro de examen y a las diferentes aulas de personas ajenas al mismo o de aspirantes que no hayan comparecido al llamamiento. Los aspirantes no podrán abandonar el aula, salvo causa excepcional e inaplazable, hasta transcurrida una hora del comienzo del ejercicio. Posteriormente podrán hacerlo momentáneamente en caso de necesidad, debidamente autorizados, disponiéndose lo necesario para garantizar su incomunicación. Estas ausencias no darán derecho a prórrogas en el tiempo hábil para contestar el cuestionario.

Finalizada la sesión se levantará acta que será suscrita por todos los miembros de la comisión evaluadora. El original se entregará a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, y en ella se hará sucinta referencia al desarrollo de la prueba y, en particular, al número de aspirantes presentados y retirados de su práctica, así como los abandonos del aula y cualquier otra circunstancia relevante que se haya producido en el transcurso de la prueba.

11. Resultados de la prueba y calificación de la evaluación

1. Resultado de la prueba.

El cuestionario se valorará sobre una escala de 0 a 75 puntos, obteniéndose 1 punto por cada respuesta correcta, descontándose 0,33 puntos por cada respuesta incorrecta y no obteniendo ninguna puntuación las preguntas no contestadas. La calificación total se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas por las respuestas correctas deduciéndose las incorrectas.

Tras la celebración de la prueba, en un plazo de cinco días naturales, se harán públicas las plantillas provisionales de las respuestas consideradas correctas por la comisión evaluadora única, mediante su publicación en el portal web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) apartado «Trámites y Gestiones Personales – Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales».

Una vez publicadas las plantillas provisionales, los interesados, en un plazo de cinco días naturales a contar desde el día siguiente al de su publicación, podrán presentar la/s reclamación/es que estimen pertinente/s, respecto a la formulación de las preguntas y de las correspondientes respuestas correctas dirigidas a la siguiente dirección de correo electrónico: acceso.abogacia@mjusticia.es.

Esta/s reclamación/es será/n resuelta/s por la comisión evaluadora que la/s estimará/n o rechazará/n, anulando o sustituyendo la/s respuesta/s, que en su caso considere necesaria/s, al tiempo que ratificará la/s que considere correcta/s. La resolución del Presidente de la comisión única que resuelva la/s reclamación/es pondrá fin a la vía administrativa, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. Una vez resuelta/s la/s reclamación/es se publicará en el portal web del Ministerio de Justicia (apartado «Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales») la plantilla definitiva de respuestas.

2. Calificación de la evaluación.

La nota final de la evaluación será de apto o no apto.

La calificación final resultará de la media ponderada entre el 70 % de la calificación obtenida en la prueba de evaluación y el 30% de la nota obtenida en el curso de formación especializada.

Para obtener la calificación de apto será necesario obtener una nota igual o superior al 50 % de la media ponderada de ambas calificaciones en base 10, esto es, 5 puntos.

La calificación de no apto no impedirá la participación en futuras convocatorias.

Cada aspirante recibirá su calificación final de la evaluación de forma individualizada y anónima a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es.).

Los aspirantes que no hayan aprobado la evaluación podrán presentar por escrito ante la comisión evaluadora solicitud de revisión en el plazo de tres días desde la fecha en que se publique la resolución del Presidente de la comisión que ponga fin al proceso de evaluación en el portal web del Ministerio de Justicia (apartado «Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales»).

La resolución del Presidente de la comisión resolviendo la reclamación pondrá fin a la vía administrativa quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

12. Presentación de documentación

El Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, expedirá los títulos profesionales de Abogado de todos los aspirantes que hayan resultado aptos y hayan acreditado documentalmente el cumplimiento de los requisitos exigidos.

Quienes, dentro del plazo que se fije al respecto, y salvo causa de fuerza mayor, no presenten la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos, no podrán obtener el título profesional de Abogado, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

13. Norma final

Contra la presente convocatoria, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante la titular de este Departamento.

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ANEXO II
Programa de materias

A. Materias comunes al ejercicio de la profesión de abogado

A.1 Deontología profesional, organización y ejercicio de la profesión de abogado:

1. Los principios esenciales de la profesión de abogado.

2. Los derechos y deberes de los abogados. El secreto profesional.

3. Los conflictos de intereses.

4. La ley de protección de datos en el ejercicio profesional.

5. El código deontológico español.

6. El código de deontología de los abogados europeos.

7. El estatuto general de la abogacía española.

8. La organización colegial.

9. Formas de ejercicio de la profesión (I): el abogado individual, abogado colaborador, abogado asociado.

10. Formas de ejercicio de la profesión (II): el abogado asalariado. La relación laboral especial: características.

11. Formas jurídicas del ejercicio de la profesión de abogado: tipos de despachos.

12. Los honorarios, pacto de quota Litis y los fondos.

13. La provisión de fondos y el tratamiento de fondos ajenos.

14. La reclamación de los honorarios del abogado ante los órganos jurisdiccionales: procedimientos, competencia, legitimación y título.

15. Las medidas provisionales.

16. La impugnación de honorarios.

17. La contabilidad.

18. La fiscalidad del abogado.

19. Las infracciones disciplinarias.

20. El procedimiento disciplinario.

21. La cobertura de la responsabilidad civil profesional.

22. El campo de actividad de la profesión de abogado.

23. Las incompatibilidades en el ejercicio de la profesión de abogado.

24. La publicidad personal del abogado.

25. Las relaciones del abogado con sus clientes.

26. La relaciones entre abogados.

27. Las relaciones con los tribunales.

28. El arreglo de diferencias entre abogados.

A.2 Cuestiones generales de derecho, el proceso y la asistencia letrada:

29. Los principios e instituciones básicas de la Constitución Española.

30. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: los Estatutos de Autonomía. Rasgos de las instituciones de autogobierno de las Comunidades Autónomas.

31. La protección de los derechos fundamentales en España. La tutela judicial: el amparo judicial y el amparo constitucional. El procedimiento preferente y sumario de protección de los derechos fundamentales y libertades públicas. La protección de los derechos humanos en el Consejo de Europa. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

32. El sistema jurisdiccional de la Unión Europea. El Tribunal de Justicia de la UE. El Tribunal General. Los tribunales especializados. El ámbito de competencia del Tribunal de Justicia de la UE. Procedimientos y recursos.

33. El poder judicial. La Administración de Justicia. La planta y organización de los Juzgados y Tribunales. El Consejo General del Poder Judicial.

34. Los órdenes jurisdiccionales y el principio de unidad jurisdiccional. Jurisdicción y competencia. Extensión y límites de la Jurisdicción en cada orden jurisdiccional.

35. La relación jurídica. El derecho subjetivo y el deber jurídico. El ejercicio de los derechos subjetivos. La buena fe, el abuso de derecho y el fraude de ley.

36. El proceso: clases. Los principios procesales contenidos en la Constitución: Especial referencia a los principios de gratuidad, publicidad y oralidad.

37. El derecho a la tutela judicial efectiva. El derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley. Derecho a la defensa y asistencia letrada. Derecho a ser informado de la acusación. Derecho a un proceso público con todas las garantías. Derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa. Derecho a no declarar contra sí mismo y a no declararse culpable. Derecho a la presunción de inocencia. El derecho al secreto profesional.

38. La acción procesal. Acción, pretensión y demanda. La pretensión como objeto del proceso. Clases de pretensiones.

39. Hechos y actos procesales. Aclaración del proceso. Actos preparatorios de los juicios; diligencias preliminares establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Cuestiones incidentales; supuestos; procedimiento para su tramitación.

40. Principales conceptos y mecanismos jurídicos de defensa. Tipos de defensas. La defensa en los mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos: el arbitraje, la mediación, la conciliación judicial, la transacción, la negociación y otros.

41. Beneficio de la justicia gratuita.

42. El turno de oficio.

43. Efectos económicos del proceso; costas y tasas judiciales. Supuestos de devengo de tasas. Criterios para la imposición de costas en los distintos órdenes jurisdiccionales. Tasación de costas.

B. Materias específicas

B.1 Especialidad jurídica en civil y mercantil:

1. Principios generales de la actuación en los procesos civiles.

2. Formalidades de la demanda, contestación y la reconvención: en especial el petitum.

3. Criterios de competencia en el orden civil y mercantil

4. Los plazos procesales en el orden civil y mercantil.

5. La regulación de los principales procedimientos: juicio verbal, juicio ordinario, procesos sobre la capacidad de las personas, procesos matrimoniales y de menores, proceso monitorio, juicio cambiario, diligencias preliminares, medidas cautelares, ejecución provisional, ejecución definitiva.

6. La condena y las costas. La tasación de costas.

7. La actuación en sala por parte de abogado.

8. Actos de desarrollo del proceso civil. La prueba; su objeto y valoración. Carga de la prueba. Disposiciones generales en materia de prueba.

9. La rebeldía en el proceso civil.

10. Las relaciones internacionales jurídico-privadas. Ley aplicable y determinación de la competencia jurídica internacional.

11. Los Derechos civiles forales y especiales. Comunidades Autónomas y territorios de Derecho foral o especial. Su fundamento constitucional. Principales normas de Derecho foral o especial. El Derecho interregional en España.

12. Cuestiones generales de los contratos. Principales tipos de contratos: Compraventa y otras formas de trasmisión de la propiedad, la donación, contratos de obra y de servicio, mandato y cuestiones vinculadas con la vivienda y la edificación.

13. La representación en el negocio jurídico. Representación directa e indirecta. Representación voluntaria y legal. El poder irrevocable. El negocio consigo mismo (autocontrato). La subsistencia del poder extinguido.

14. Ineficacia de los contratos. Inexistencia, nulidad y anulabilidad: Sus causas y efectos. Confirmación de los contratos. Rescisión; contratos y pagos rescindibles. La acción revocatoria o pauliana.

15. Arrendamientos urbanos.

16. Responsabilidad por daños.

17. Contrato de seguro: en particular, seguro de responsabilidad civil.

18. Protección de la propiedad.

19. Hipoteca y otras garantías reales.

20. Fianza y otras garantías personales.

21. Cuestiones matrimoniales: crisis y regímenes económicos.

22. Edad e incapacitación: protección de personas con discapacidad; tutela y patria potestad.

23. Testamento, legítimas y sucesión intestada. Partición de la herencia.

24. El Registro Civil: su organización; secciones. Promoción de asientos. Eficacia de los asientos. Prueba del estado civil. Publicidad y rectificación de los asientos

25. Cuestiones más relevantes en el derecho de sociedades. Constitución y establecimiento de la empresa en el exterior: sucursales, filiales, agrupaciones de empresas.

26. La sociedad mercantil: Concepto, naturaleza y clases. Personalidad de la sociedad. El objeto social: su determinación y efectos. Requisitos generales de constitución de la sociedad mercantil. La sociedad irregular. Derecho Europeo de Sociedades. La Sociedad Anónima Europea. Las sociedades profesionales.

27. Contratos bancarios. Otros contratos mercantiles (en particular, agencia y distribución). Cuestiones básicas de Derecho cambiario.

28. Cuestiones procesales en materia concursal.

B.2 Especialidad jurídica en penal:

1. Imputabilidad, culpabilidad y causas que las excluyen. Anomalía o alteración psíquica. Intoxicación plena. Alteraciones en la percepción. La menor edad. Miedo insuperable.

2. La punibilidad. Las excusas absolutorias. Las condiciones objetivas de punibilidad Circunstancias atenuantes eximentes y agravantes. Circunstancia mixta de parentesco.

3. Las causas de exclusión de la antijuridicidad: las causas de justificación. Legítima defensa. Estado de necesidad. Obrar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.

4. Delitos. Clases de delitos. Dolo e Imprudencia.. El error Clases de error. Consecuencias jurídicas.

5. Formas de intervención delictiva. La conspiración, la proposición y la provocación para delinquir. La tentativa y actos preparatorios. El delito imposible.

6. La responsabilidad civil derivada de la infracción penal y las costas procesales.

7. Extinción de la responsabilidad criminal. La cancelación de antecedentes penales

8. Responsabilidad penal de las personas jurídicas. Penas y criterios de determinación. Responsabilidad civil.

9. El Derecho Penal de Menores: Principios informadores de La Ley 5/2000, de 12 de enero, de Responsabilidad Penal del Menor. Responsabilidad penal de los menores y medidas comprendidas en la Ley.

10. La jurisdicción como presupuesto del proceso; jurisdicción penal ordinaria. Competencia objetiva y funcional. Aforamientos y privilegios procesales. La competencia territorial. La competencia por conexión. Recusación e inhibición.

11. Tipos de procedimiento: sumario, procedimiento abreviado. Procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. Procesos ante el Tribunal del Jurado, juicio de faltas.

12. Incoación del proceso: denuncia; querella; atestado; incoación de oficio. La investigación preprocesal. La investigación por el Ministerio Fiscal. Las actuaciones de la Policía Judicial. Primera intervención del abogado en centros policiales y judiciales.

13. Periciales durante la instrucción, clases de periciales, número de peritos en función del tipo de procedimiento, causa y forma de recusación de los peritos.

14. Medidas cautelares personales. Detención y prisión provisional. La libertad provisional y otras medidas cautelares personales. El procedimiento de «habeas corpus». Medidas cautelares reales: Conservación de los efectos e instrumentos del delito. Aseguramiento de responsabilidades pecuniarias: fianzas y embargos.

15. Incidentes de nulidad de actuaciones.

16. Sobreseimiento o transformación de la causa.

17. Las calificaciones provisionales de las partes. Conformidad del acusado.

18. El juicio oral en los distintos procedimientos penales.. Asistencia del acusado al juicio oral. Efectos de la inasistencia. Interrogatorios en juicio.

19. La prueba. Medios de prueba. Proposición, admisión o denegación; prueba anticipada; proposición en el acto del juicio; prueba acordada «ex officio». Auto de admisión de prueba: elementos determinantes y actuaciones ante la denegación de pruebas.

20. Informe final del juicio: contenido y posibilidades de variación respecto de las conclusiones provisionales.

21. La sentencia. Recursos, ejecución de sentencia y alternativas al ingreso en prisión.

22. Ejecución de las penas. Suspensión y sustitución. de las penas privativas de libertad. Libertad condicional.

23. Medidas de seguridad: Duración de la medida de seguridad de internamiento. Concurrencia de penas y medidas de seguridad.

24. Juzgados de violencia sobre la mujer. Especialidades procesales. Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas.

25. Cumplimiento de condenas. Indulto, refundiciones, revisiones de condena.

26. Responsabilidad penal y responsabilidad civil en los procesos penales.

B.3 Especialidades jurídica en administrativo y en contencioso-administrativo:

1. El procedimiento administrativo. Fases, cómputo de plazos y terminación. El silencio administrativo.

2. Los actos administrativos. La nulidad y la anulabilidad. La revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos. La reclamación previa a las vías civil o laboral.

3. La posición jurídica del ciudadano ante la Administración. La lesión del patrimonio de los administrados: la responsabilidad de la Administración; la cobertura por la Administración de la responsabilidad del funcionario. La garantía contencioso-administrativa.

4. Autorizaciones, concesiones, declaraciones previas, declaraciones responsables y potestad de veto de la Administración.

5. Los contratos del sector público: ámbito subjetivo de la Ley de Contratos del Sector Público. Contratos sujetos a regulación armonizada.

6.  Régimen jurídico de los contratos administrativos y los de derecho privado, régimen de invalidez de los contratos y al recurso especial en materia de contratación.

7. Subvenciones: elementos, revisión y reintegro.

8. La responsabilidad patrimonial de la Administración.

9. La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador.

10. La expropiación forzosa. Procedimiento general; especial referencia a la determinación del justiprecio: elementos que comprende, procedimiento y criterios de valoración. Peculiaridades del procedimiento de urgencia.

11. Organización de la jurisdicción contencioso-administrativa: Identificación del órgano jurisdiccional competente.

12. El procedimiento contencioso-administrativo. Régimen jurídico. Las partes en el proceso contencioso administrativo. Capacidad, legitimación representación y defensa.

13. El procedimiento contencioso-administrativo ordinario.

14. Los procedimientos especiales. Los procesos de protección de derechos fundamentales; materia de personal y contencioso electoral. El proceso de lesividad.

15. Características y estructura del procedimiento abreviado.

16. Requisitos para la interposición del recurso contencioso-administrativo y los incidentes en cuanto a su admisión.

17. Medidas cautelares. Requisitos y procedimiento para su adopción.

18. Escrito de formalización de la demanda y de la contestación a la misma. Tipos de pretensiones de las partes y su eventual acumulación.

19. La solicitud y práctica de la prueba.

20. Las sentencia en el proceso contencioso-administrativo. Otras formas de terminación del proceso. La cuestión de ilegalidad.

21. Ejecución de sentencias en el proceso contencioso-administrativo. La extensión de efectos de sentencias.

22. Determinación de los costes del proceso: Exigencia de abogado y/o procurador, determinación de las tasas y aplicación de las costas.

23. Cuestiones prejudiciales: penal, civil, laboral, mercantil. En particular, la cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional y la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE.

24. Recursos contra resoluciones del secretario judicial, recursos contra autos y diligencias y recurso de apelación.

25.  El recurso de casación común. El recurso de casación para la unificación de doctrina y recurso de casación en interés de la ley.

26. Requisitos y tramitación del incidente de nulidad de actuaciones en el orden contencioso-administrativo.

B.4 Especialidad jurídica en laboral:

1. El contrato de trabajo.

2. La contrata o subcontrata de propia actividad y garantías de los trabajadores sujetos a contrata o subcontrata

3. La transmisión de empresa y garantías a los trabajadores en supuestos de transmisión de empresa.

4. El trabajador a tiempo parcial, trabajador fijo periódico y régimen de jornada de los trabajadores a tiempo parcial. Trabajadores fijos discontinuos concepto y diferencia con los trabajadores a tiempo parcial.

5. Los contratos temporales: causa y posible duración de cada uno de ellos (eventual, obra, interino)

6. Los contratos formativos: causa, posible duración de cada uno de ellos, régimen de retribución y jornada.

7. Derechos y deberes de los trabajadores.

8. El despido y sus consecuencias

9. Ejecuciones dinerarias.

10. La Inspección de Trabajo y las infracciones administrativas en el orden social

11. El derecho sindical. La representación sindical de los trabajadores. Conflictos colectivos. El derecho de huelga.

12. Los convenios colectivos

13. El proceso laboral: competencia del orden social.

14. El beneficio de justicia gratuita.

15. Las partes en el proceso laboral. El litisconsorcio. Defensa.

16. Evitación del proceso. Conciliación previa. Reclamación previa a la vía judicial. Reconvención. Actos preparatorios y medidas precautorias. El embargo preventivo,

17. El proceso ordinario. La demanda. Acumulación de acciones, autos y recursos. Conciliación y juicio. Diligencias de mejor proveer.

18. Reglas especiales en materia de procesos por despido.

19. Reglas especiales en materia de procesos de tutela de derechos fundamentales.

20. El proceso en materia de Seguridad Social.

21. Procesos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios colectivos.

22. Los medios de impugnación: recurso de suplicación, de casación y de casación para unificación de doctrina en el orden social. Motivos de estos recursos.

23. Las prestaciones que depara el Fondo de Garantía Salarial: supuestos y cuantías.

24. La intervención del FOGASA y el Ministerio Fiscal en el procedimiento laboral.

25. Ejecución definitiva de sentencias firmes de despido.

26. Ejecución provisional de sentencias recurridas: sentencias condenatorias de pago de cantidad, anticipo reintegrable, sentencias condenatorias en materia de Seguridad Social, sentencias de despido, sentencias recurridas en otros procesos.

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