Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-2526

Orden ECC/341/2014, de 3 de marzo, por la que se sustituye a un vocal titular y a un vocal suplente del Comité Consultivo de Contabilidad del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 10 de marzo de 2014, páginas 22243 a 22243 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2014-2526

TEXTO ORIGINAL

El artículo 29.2 del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, determina que los órganos rectores del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas son el Presidente, el Comité de Auditoría de Cuentas y el Consejo de Contabilidad. El Comité Consultivo de Contabilidad es el órgano de asesoramiento del Consejo de Contabilidad. Dicho artículo contempla el régimen de propuesta y nombramiento de los miembros del Comité Consultivo de Contabilidad del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Asimismo, la disposición adicional duodécima del Reglamento, aprobado por Real Decreto 1517/2011, del 31 de octubre, que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, regula la composición de los órganos colegiados del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. En concreto, en el apartado 3, el Comité Consultivo de Contabilidad.

La Orden EHA/3251/2004, de 29 de septiembre, por la que se nombran los miembros del Comité Consultivo de Contabilidad del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, dio cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 296/2004, de 20 de febrero, que, a su vez, desarrollaba reglamentariamente el régimen de propuesta y nombramiento de los miembros de este Comité, con la finalidad de nombrar a los miembros así como de establecer su régimen de suplencia.

El artículo 17.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquéllos.

Considerando lo anterior, una vez propuesta por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones la sustitución del vocal titular y del vocal suplente del Comité Consultivo de Contabilidad nombrados a propuesta de dicha Dirección General, resuelvo:

Primero. Designación de vocal titular del Comité Consultivo de Contabilidad del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Se nombra como vocal titular del Comité Consultivo de Contabilidad, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, a don José Antonio Fernández de Pinto, en sustitución de don Francisco Cuesta Aguilar.

Segundo. Designación de vocal suplente del Comité Consultivo de Contabilidad del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Se nombra como vocal suplente del Comité Consultivo de Contabilidad del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, a doña Silvia Martín Ceballos en sustitución de don José Antonio Fernández de Pinto.

Madrid, 3 de marzo de 2014.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Subsecretario de Economía y Competitividad, Miguel Temboury Redondo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid