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Documento BOE-A-2014-2280

Resolución de 25 de febrero de 2014, de la Dirección General de Ordenación Profesional, por la que se corrigen errores en la de 27 de enero de 2014, por la que se publican las bases comunes de la prueba objetiva prevista en el artículo 3 del Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, aplicables a las convocatorias realizadas por las distintas comunidades autónomas para los aspirantes admitidos al procedimiento excepcional de obtención del título de médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2014, páginas 19786 a 19786 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-2280

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 27 de enero de 2014, de la Dirección General de Ordenación Profesional, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publican las bases comunes de la prueba objetiva prevista en el artículo 3 del Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 45, de 21 de febrero de 2014, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 17207, en la Base Primera, punto 2, apartado b) donde dice:

«Aspirantes que desarrollan su ejercicio profesional o, en su defecto cuyo domicilio de notificaciones se sitúe dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña: Localidad: Barcelona»,

Debe decir:

«Aspirantes que desarrollan su ejercicio profesional o en su defecto, cuyo domicilio de notificaciones se sitúe dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña y de la Comunidad Autónoma Illes Balears: Localidad: Barcelona».

Por error se consignó como localidad de examen de los aspirantes de Illes Balears la localidad de Fuenlabrada (Madrid), en lugar de Barcelona.

En la página 17207, en la Base Primera, punto 2, apartado c), donde dice:

«Aspirantes que desarrollan su ejercicio profesional o, en su defecto cuyo domicilio de notificaciones se sitúe dentro del ámbito territorial de la C.A. de Aragón, C.A. de Canarias, C.A. de Cantabria, C.A. de Castilla-La Mancha, C.A. de Extremadura, C.A. de Galicia, C.A. de la Región de Murcia, C.A. de La Rioja, C.A. de las Illes Balears, C.A. del País Vasco, C.A. del Principado de Asturias, C. de Castilla y León, C. de Madrid, C. Foral de Navarra y C. Valenciana y ciudades de Ceuta y Melilla, así como aspirantes que desarrollan su ejercicio profesional o, en su defecto cuyo domicilio de notificaciones se sitúa en el extranjero: Localidad: Fuenlabrada (Madrid)»,

Debe decir:

«Aspirantes que desarrollan su ejercicio profesional o, en su defecto cuyo domicilio de notificaciones se sitúe dentro del ámbito territorial de la C.A. de Aragón, C.A. de Canarias, C.A. de Cantabria, C.A. de Castilla-La Mancha, C.A. de Extremadura, C.A. de Galicia, C.A. de la Región de Murcia, C.A. de La Rioja, C.A. del País Vasco, C.A. del Principado de Asturias, C. de Castilla y León, C. de Madrid, C. Foral de Navarra y C. Valenciana y ciudades de Ceuta y Melilla, así como aspirantes que desarrollan su ejercicio profesional o, en su defecto cuyo domicilio de notificaciones se sitúa en el extranjero: Localidad: Fuenlabrada (Madrid)».

Madrid, 25 de febrero de 2014.–El Director General de Ordenación Profesional, José Javier Castrodeza Sanz.

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