En el recurso de Casación en Interés de la Ley n.º 588/2013, promovido por la Diputación Provincial de Huesca, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado Auto de fecha 7 de enero de 2014, por el que se rectifica el Auto de fecha 5 de diciembre de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
La Sala acuerda: Rectificar el error material padecido en el apartado primero de la parte dispositiva del auto de fecha 5 de diciembre de 2013 y donde dice: «contra la sentencia dictada el 13 de octubre de 2013…», debe constar: «contra la sentencia dictada el 7 de octubre de 2013…».
Así lo acordamos, mandamos y firmamos D. Rafael Fernández Montalvo; D. Manuel Vicente Garzón Herrero; D. Emilio Frías Ponce; D. Joaquín Huelin Martínez de Velasco; D. José Antonio Montero Fernández; D. Manuel Martín Timón; D. Juan Gonzalo Martínez Micó.
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