Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a la entidad Banco Santander, S.A. por la comisión de una infracción grave tipificada en la letra t) del artículo 100 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 103 de dicho texto legal, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 13 de junio de 2012 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
Imponer a Banco Santander, S.A., por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 100.t) de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, vigente con anterioridad al 21 de diciembre de 2007, por no disponer de la información necesaria sobre sus clientes en el proceso de suscripción de la emisión «Valores Santander», una sanción consistente en multa por importe de 10.000.000 de euros (diez millones de euros).
La resolución que impone las sanciones indicadas en la presente publicación, únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que en su caso se hayan interpuesto o pudieran interponerse.
Madrid, 16 de enero de 2014.–La Presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, María Elvira Rodríguez Herrer.
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