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Documento BOE-A-2014-1470

Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, por la que se publica el Acuerdo por el que se modifica el Convenio de colaboración con la Junta de Andalucía para la rehabilitación del Convento de la Trinidad en Málaga.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2014, páginas 12452 a 12454 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-1470

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Autónoma de Andalucía han suscrito el Acuerdo por el que se modifica la cláusula sexta del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura (actualmente de Educación, Cultura y Deporte) y la Consejería de Cultura (actualmente de Educación, Cultura y Deporte) de la Junta de Andalucía para la rehabilitación del Convento de la Trinidad en Málaga, y la cláusula segunda del Acuerdo de modificación de fecha 29 de junio de 2010, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho acuerdo, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 20 de enero de 2014.–La Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, Teresa Lizaranzu Perinat.

ANEXO
Acuerdo por el que se modifica la cláusula sexta del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura (actualmente de Educación, Cultura y Deporte) y la Consejería de Cultura (actualmente de Educación, Cultura y Deporte) de la Junta de Andalucía para la rehabilitación del Convento de la Trinidad en Málaga, y la cláusula segunda del Acuerdo de Modificación de fecha 29 de junio de 2010

En Madrid, a 30 de diciembre de 2013

REUNIDOS

De una parte, D. José María Lassalle Ruiz, Presidente de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos, competente en virtud del artículo 4.2.d) del Real Decreto 1379/1999, de 27 de agosto, de Regulación del Organismo Autónomo, y el artículo 2.c) del Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Luciano Alonso Alonso, Consejero de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, nombrado por el Decreto de la Presidenta 6/2013, de 9 de septiembre, por el que se dispone dicho nombramiento, y en uso de las facultades que le atribuye el artículo 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente la capacidad legal suficiente para la celebración del presente Acuerdo de Modificación de la cláusula sexta del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía para la rehabilitación del Convento de la Trinidad en Málaga y la cláusula segunda del Acuerdo de Modificación de fecha 29 de junio de 2010, y a tal fin

EXPONEN

I. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 6, faculta al Gobierno de la Nación y a los Órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas para la celebración de convenios de colaboración entre sí en el ámbito de sus respectivas competencias, señalando, asimismo, el contenido mínimo de los mismos.

II. Con fecha 18 de julio de 2005, la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía firmaron un Protocolo General de Colaboración Patrimonial en virtud del cual ambas Administraciones, estando recíprocamente interesadas en adquirir la propiedad de inmuebles que corresponden a la otra, acuerdan iniciar expediente de permuta respecto de cuatro inmuebles, tres de titularidad estatal y uno de la Junta de Andalucía.

Cada Administración asumió el compromiso de practicar la tasación de los inmuebles de su titularidad y, en caso de que los bienes no tuvieran valor coincidente, acordaron que la diferencia se compensase en metálico hasta igualar la valoración.

III. Uno de los inmuebles objeto de la permuta a que se refiere el expositivo anterior, es el denominado Cuartel de la Trinidad, de Málaga, de titularidad estatal, que en virtud de la permuta pasaría a la propiedad de la Junta de Andalucía.

En relación con el citado inmueble, ambas Administraciones estimaron necesario contribuir a la realización de las importantes obras de rehabilitación, reforma y adecuación requeridas por el mismo para los futuros usos previstos, principalmente culturales y con esta finalidad se firmó, también el 18 de julio de 2005, otro Protocolo General de Colaboración entre el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Fomento, la Consejería de Cultura y la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.

En el Protocolo General las partes asumieron el compromiso de firmar un Convenio de colaboración mediante el cual se obligaban a la financiación del proyecto y de las obras a ejecutar en el Cuartel de la Trinidad. La concreción de las obligaciones financieras que debía asumir cada parte se pospuso a la firma del Convenio pero en el protocolo se contemplaron unos límites máximos de cinco millones de euros de aportación por parte del Ministerio de Cultura, un millón de euros por el Ministerio de Fomento y tres millones con cargo a la Junta de Andalucía.

IV. Realizados los informes de valoración de los inmuebles incluidos en la permuta a que se refiere el Expositivo II, resultó una diferencia de valor entre los mismos de cuatro millones ochocientos noventa y un euros y treinta y dos céntimos (4.000.891,32 €), favorable a la Junta de Andalucía. El Ministerio de Cultura propuso sufragar esta diferencia de valor mediante aportaciones económicas al proyecto y las obras del Cuartel de la Trinidad, mostrándose conformidad por parte de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

V. En cumplimiento del compromiso adquirido en el Protocolo General de Colaboración firmado el 18 de julio de 2005, el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura firmaron, con fecha 9 de diciembre de 2008, un Convenio de colaboración para la rehabilitación del Convento de la Trinidad de Málaga.

En el Convenio se establecieron los compromisos que asumía cada parte que, para el Ministerio de Cultura consistían en una aportación económica a través del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura y, para la Consejería de Cultura en tareas propias de su condición de órgano de contratación del proyecto de rehabilitación. A los efectos de programar y controlar los fines del Convenio, se constituyó en el mismo una Comisión de Seguimiento.

VI. En el Presupuesto de Gastos para 2009 de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, del Ministerio de Cultura, figuraba un importe de 2.000.000,00 de euros para el «Convenio con la Junta de Andalucía para la rehabilitación del Convento de la Trinidad en Málaga», que se ejecutó en dicha anualidad.

VII. Para la anualidad 2010 estaba previsto un crédito de 1.000.000,00 de euros para la rehabilitación del mencionado Convento. Sin embargo, como consecuencia de los reajustes presupuestarios que tuvo que efectuar la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Cultura, dicha cantidad se minoró en 100.000,00 euros, cantidad que se pospuso para la anualidad 2011. Dicho cambio se recogió en el «Acuerdo por el que se modifican las cláusulas segunda y sexta del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía para la rehabilitación del Convento de la Trinidad en Málaga», formalizado el 29 de junio de 2010.

Este «Acuerdo», además de modificar el número de anualidades en el que se iba a percibir el 1.000.000,00 de euros, tuvo que reajustar las fechas de justificación de la inversión por parte de la Consejería de Cultura.

De acuerdo con la cláusula segunda «La justificación de la aportación del Ministerio de Cultura, a través de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, deberá realizarse antes del 31 de diciembre de 2012 en el caso de la transferencia de 2009; antes del 31 de diciembre de 2013 en el caso de la transferencia de 2010 y antes del 31 de diciembre de 2014 en el caso de la transferencia de 2011».

La justificación de la subvención de 2009 se efectuó correctamente antes del 31 de diciembre de 2012.

VIII. El 17 de julio de 2013 se ha recibido en esta Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos, ahora dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la solicitud de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía de retrasar la justificación de los 900.000,00 euros recibidos en 2010 hasta el 31 de diciembre de 2014.

Dicha solicitud es consecuencia de la suspensión de las obras de consolidación, que se encuentran a la espera de un proyecto modificado cuya necesidad viene determinada por razones de carácter arqueológico.

Por todo lo expuesto las partes firmantes han acordado suscribir el presente Acuerdo de modificación con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El párrafo primero de la cláusula sexta del Convenio y de la cláusula segunda del Acuerdo de Modificación, «Justificación», queda redactado de la siguiente manera:

«La justificación de la aportación del Ministerio de Cultura, a través de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, deberá realizarse antes del 31 de diciembre de 2012 en el caso de la transferencia de 2009 y antes del 31 de diciembre de 2014 en el caso de las transferencias de 2010 y de 2011.»

Segunda.

El resto de las cláusulas del Convenio de colaboración suscrito el 25 de noviembre de 2009 permanecen inalterables.

Y en prueba de conformidad, firman las partes el presente Acuerdo, en ejemplar duplicado, en el lugar y fecha indicados al inicio.

Por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos, el Presidente, José María Lassalle Ruiz.–Por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, el Consejero, Luciano Alonso Alonso.

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