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Documento BOE-A-2014-1455

Resolución de 15 de octubre de 2013, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los Estados Contables de los Partidos Políticos y de las Donaciones percibidas por las Fundaciones vinculadas orgánicamente, ejercicio 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2014, páginas 11601 a 11901 (301 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2014-1455

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 15 de octubre de 2013, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los Estados Contables de los Partidos Políticos y de las Donaciones percibidas por las Fundaciones vinculadas orgánicamente, ejercicio 2008,

ACUERDA:

1. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas asume el contenido del citado Informe.

Instar a los partidos políticos a:

2. Presentar las cuentas anuales en tiempo y forma.

3. Cumplir el requisito de identificar los donantes y especificar pormenorizadamente los créditos o préstamos a cierre del ejercicio en la Memoria de las cuentas anuales.

4. Ajustar sus actividades para lograr el necesario reequilibrio patrimonial, en caso de que su patrimonio neto sea negativo.

5. Realizar un plan de saneamiento plurianual para mejorar su situación patrimonial cuando sea negativa estableciendo, asimismo, una previsión de gastos ajustada a la situación en la que se hallen.

6. Precisar el destino de los gastos de seguridad al fin para el que fueron otorgados ajustándose más fielmente a los conceptos establecidos.

7. Mejorar el cumplimiento de los requisitos establecidos en materia de donaciones privadas recibidas.

8. Reforzar sus controles internos, establecer parámetros cuantitativos y cualitativos objetivos para la contratación de bienes y servicios, ajustar sus actividades económicas en punto al necesario equilibrio patrimonial y exigir a sus entidades vinculadas que la documentación de formalización de las relaciones contractuales para la prestación de determinados programas o actividades específicas, contenga de forma explícita y concreta las actuaciones a desarrollar cuantificadas económicamente. En particular, aquellos partidos políticos que presenten un patrimonio neto negativo deberán ajustar dicha situación mediante la presentación de un plan de saneamiento que permita corregir dicha situación en el plazo más breve posible, informe que deberá ser presentado para su evaluación y seguimiento, al Tribunal de Cuentas.

Instar al Gobierno a:

9. Reforzar los controles internos implantados de forma que los partidos políticos establezcan un registro de proveedores selectivo en función de parámetros cuantitativos y cualitativos objetivos a efectos de contratación de los bienes y servicios que precisen en el desarrollo de su actividad, así como que se prevea la existencia de procedimientos normalizados de contratación que garanticen la selección de la oferta más ventajosa y prevean la documentación necesaria que acredite los criterios aplicados, en aquellas operaciones cuyo importe unitario exceda de una cantidad que sea significativa, atendiendo al volumen de operaciones del partido político durante el ejercicio anterior.

10. Modificar la regulación del deber de colaboración de la Administración Tributaria y Organismos de la Seguridad Social de forma que tengan que facilitar toda la información necesaria para contrastar la información contable de los partidos políticos y fundaciones y asociaciones vinculadas y, en consecuencia, poder determinar el cumplimiento de las obligaciones mantenidas con dichas instituciones.

11. Establecer la obligación de que las entidades de crédito informen anualmente al Tribunal de Cuentas sobre las donaciones, debidamente identificadas en los términos exigidos por la Ley Orgánica 8/2007, que han sido ingresadas en las cuentas bancarias específicas que los partidos políticos previamente han comunicado a dichas entidades para el ingreso de los fondos de esta naturaleza.

12. Regular un procedimiento que resuelva aquellos casos excepcionales en los que, por causas involuntarias al partido, a éste le sea imposible proceder a la identificación del donante. Este procedimiento deberá pronunciarse sobre la utilización de estos fondos y su destino al final del ejercicio. A este respecto, por analogía con el artículo 12.1.b) de la Ley Orgánica 2/2002 de partidos políticos, se propone su traslado al Tesoro para su aplicación a actividades de interés social o humanitario.

13. Que las formaciones políticas afectadas ajusten sus actividades económicas en punto al necesario reequilibrio patrimonial, habida cuenta de que los ingresos públicos representan la mayor parte de los ingresos registrados, dado que del análisis de las cuentas anuales se ha observado que diversas formaciones presentan un patrimonio neto negativo durante el periodo fiscalizado, como se ha puesto de manifiesto en la Conclusión 8.ª del informe.

14. Regular adecuadamente las relaciones entre el Tribunal de Cuentas, la Administración Tributaria y las Entidades de la Seguridad Social para que la colaboración entre ellas resulte lo más eficaz posible en el control de la financiación irregular a los partidos políticos.

15. Promover las modificaciones normativas oportunas a efectos de establecer los criterios determinantes de la vinculación orgánica de las fundaciones y asociaciones con los partidos políticos para garantizar el ámbito subjetivo de la fiscalización, y la posibilidad de establecer su integración en el registro de Partidos Políticos, sin perjuicio de las normas propias que les sean de aplicación según su naturaleza.

16. Analizar la conveniencia de establecer de forma análoga a la regulación existente en el ámbito electoral, la obligación de que los proveedores que superen un determinado importe facturado informen anualmente al Tribunal de Cuentas sobre la facturación realizada con cada formación política y vincular el incumplimiento de esta obligación con la suspensión temporal para contratar los servicios de dicho proveedor, sin perjuicio de regular las sanciones pecuniarias que se estimen pertinentes.

17. Modificar la regulación del deber de colaboración con el Tribunal de Cuentas, de la Administración Tributaria y Organismos de la Seguridad Social para que faciliten toda la información necesaria a efectos de contrastar la información contable de los partidos políticos y fundaciones y asociaciones vinculadas y así determinar el cumplimiento de las obligaciones mantenidas con dichas Instituciones; así como a establecer la obligación por parte de las entidades de crédito de informar al Tribunal de Cuentas sobre las donaciones, debidamente identificadas, ingresadas en las cuentas bancarias específicas que les hayan comunicado los partidos políticos y entidades vinculadas a ellos para el ingreso de tales fondos.

18. Adoptar las medidas necesarias para endurecer las sanciones a los partidos políticos que no presenten la totalidad de sus cuentas en los plazos legalmente establecidos o que lo hagan de forma tan deficiente que no permita su correcta fiscalización por parte del Tribunal de Cuentas.

Instar al Tribunal de Cuentas a:

19. Elaborar los Informes de Fiscalización de Partidos Políticos en el plazo legalmente establecido, a efectos de permitir a esta Comisión el conocimiento de los resultados en un periodo cercano a los ejercicios a que se refieren.

20. Que, como ya quedó expuesto por esta Comisión mediante resolución de 12 de marzo de 2013, se proceda a restringir el ámbito objetivo de la fiscalización al previsto legalmente, esto es al estatal, autonómico y provincial, que integra también los fondos aportados por las sedes locales, comarcales y grupos institucionales municipales.

21. Utilizar los mecanismos previstos en su normativa reguladora a efectos de obtener el adecuado deber de colaboración de las formaciones políticas, a fin de evitar los recurrentes incumplimientos de este deber por parte de algunas de ellas.

Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de octubre de 2013.–El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Ricardo Tarno Blanco.– La Secretaria Primera de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Celia Alberto Pérez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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