Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-1403

Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Gobierno de Navarra para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos rutas literarias, escuelas viajeras y rutas científicas durante 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2014, páginas 11363 a 11369 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-1403

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Gobierno de Navarra han suscrito un Convenio para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos rutas literarias, escuelas viajeras y rutas científicas durante 2012, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio.

Madrid, 20 de enero de 2014.–El Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, Alfonso González Hermoso de Mendoza.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Y EL GOBIERNO DE NAVARRA PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNOS RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS, RUTAS CIENTÍFICAS DURANTE 2012

REUNIDOS

De una parte, D. José Ignacio Wert Ortega, Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en virtud del Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. José Iribas Sánchez de Boado, Consejero de Educación del Gobierno de Navarra.

EXPONEN

Que el artículo 149.1.30) de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Que la Ley de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, aprobada por la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, dispone en su artículo 47 que corresponde a la Comunidad Foral de Navarra la competencia de regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30) y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, encomienda al Estado la promoción de programas de cooperación territorial dirigidos a alcanzar objetivos educativos de carácter general, a favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como a contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. La Ley determina, asimismo, que los referidos programas podrán llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos con las diferentes Administraciones educativas competentes.

Que, de conformidad con esta normativa el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Foral de Navarra, han venido colaborando desde hace años en diversos programas de cooperación territorial. En el año 2012 esta colaboración se extenderá a los siguientes programas:

Rutas Literarias.

Escuelas Viajeras.

Rutas Científicas.

Para poder realizar estos Programas, se hace preciso articular la colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Foral de Navarra en dicho año 2012.

Consecuentemente con todo lo anterior, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad Foral de Navarra, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio para la ejecución de dichos programas, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del presente Convenio.

Constituye el objeto del presente convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Gobierno de Navarra de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo para llevar a cabo los Programas de Cooperación Territorial para el alumnado de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras y Rutas Científicas durante el año 2012.

Segunda. Desarrollo de los Programas de Cooperación Territorial incluidos en el presente convenio y financiación.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convocará en régimen de concurrencia competitiva ayudas para participar en los programas que se relacionan en la cláusula anterior. Estas ayudas se librarán una vez resueltas las citadas convocatorias. Asimismo, contratará la organización y prestación del transporte durante el desarrollo de los programas de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras y Rutas Científicas y el seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes en todos los programas.

El Gobierno de Navarra, por su parte, difundirá entre los centros docentes la oferta de los programas. Asimismo, efectuará la selección de los grupos participantes de su Comunidad de acuerdo con los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria. Del mismo modo, el Gobierno de Navarra llevará a cabo la organización de estos programas en su Comunidad.

El alumnado participante en las actividades estará acompañado por los profesores o profesoras que les imparten clase habitualmente, en el número que se establezca en la correspondiente convocatoria, que prepararán la actividad previamente con el grupo que va a participar en la ruta, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de su alumnado durante la misma.

Todos los compromisos económicos con cargo al presupuesto de 2013 recogidos en el presente convenio están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes. Por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte las aportaciones en 2013 ascenderán a un máximo de 34.986,12 con el desglose por programas que se indica a continuación.

1. Programa de Rutas Literarias

1.1 Descripción del programa:

«Rutas Literarias» es un programa educativo dirigido al alumnado de 3.º y 4.º cursos de Educación Secundaria Obligatoria, que pretende promover el interés hacia la lectura mediante el desarrollo de una ruta literaria apoyada en textos de escritores cuya obra está vinculada con los lugares que la ruta recorre. Los grupos de la Comunidad Foral de Navarra recorren rutas de otras comunidades y grupos de otras Comunidades realizan rutas en la Comunidad Foral de Navarra.

Las rutas tendrán una duración de una semana, girarán en torno a un libro, personaje o autor, y tendrá como objetivos generales:

– Suscitar en el alumnado una actitud de aprendizaje permanente, tanto dentro como fuera del aula.

– Desarrollar el hábito lector como fuente de aprendizaje, conocimiento y desarrollo personal.

– Conocer los aspectos básicos de la diversidad cultural, natural y social con el fin de poder valorarlos y respetarlos.

– Apreciar y disfrutar con el placer que aporta la lectura y la posibilidad de recrearla vivencialmente.

– Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos que comparten la actividad y el trabajo en equipo.

La selección se efectuará de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia al alumnado con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, se valorará positivamente la ubicación de los centros en zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. El alumnado participante durante la actividad estará acompañado por dos profesores o profesoras de los que les imparten clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con el grupo, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de su alumnado.

El recorrido del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar a los alumnos y alumnas largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades presupuestarias.

1.2 Alumnado y profesorado participante:

– Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y alumnas y 2 profesores o profesoras, procedentes de la Comunidad Foral de Navarra que participarán en el Programa: 4 grupos.

– Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y alumnas y 2 profesores o profesoras, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta literaria» de la Comunidad Foral de Navarra: 4 grupos.

1.3 Recursos financieros por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

a) Gastos del programa: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la «Ruta Literaria» establecida en dicha Comunidad hasta un importe máximo de 25.328,16 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, libra a la Comunidad Foral las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, por importe 11.074,00 euros.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con cargo al ejercicio presupuestario 2012 ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.04.324N.489.02 del presupuesto de 2011, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante la primavera del curso 2011/2012, por Resolución de 29 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.

2. Programa de Escuelas Viajeras

2.1 Descripción del programa:

La Escuela Viajera es un programa educativo que permite al alumnado continuar el aprendizaje iniciado en el aula, contribuyendo, especialmente, a potenciar el conocimiento de las distintas Comunidades que constituyen España, de su riqueza y características peculiares mediante el seguimiento, durante una semana, de una determinada ruta. El alumnado de la Comunidad Foral de Navarra de 5.º y 6.º de Educación Primaria, acompañado de su profesor o profesora, recorre las rutas de Escuelas Viajeras establecidas en otras Comunidades Autónomas y los grupos de otras Comunidades recorren las de la Comunidad Foral de Navarra.

Son objetivos generales de esta actividad:

– Lograr un adecuado nivel de conocimiento, comprensión y respeto de la Comunidad visitada, sus gentes y costumbres, su historia y sus recursos.

– Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos de alumnos y alumnas que comparten la actividad enseñándoles a aceptar y respetar sus diferencias lingüísticas y culturales.

– Crear hábitos de apreciación y respeto del Patrimonio y del Medio Ambiente.

– Suscitar en el alumnado una actitud de aprendizaje permanente tanto dentro como fuera del aula.

La selección se efectuará de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia al alumnado con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, se valorará positivamente la ubicación de los centros en zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. El alumnado durante la actividad estará acompañado por un profesor o profesora de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con el grupo, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables de los mismos.

El recorrido del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar a los alumnos y alumnas largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades presupuestarias.

2.2 Alumnado y profesorado participante:

– Número de grupos de 12 a 15 alumnos y alumnas y un profesor o profesora procedentes de la Comunidad Foral de Navarra que participarán en otra ruta: 18.

– Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos y alumnas procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la ruta de la Comunidad Foral de Navarra: 18.

2.3 Recursos financieros por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

a) Gastos del programa: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos participantes, así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta establecida en dicha Comunidad hasta una cuantía máxima de 25.214,94 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, librará a la Comunidad Foral las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, por importe de 42.290,00 euros.

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento no suponen coste para el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con cargo al ejercicio presupuestario 2013 ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.04.324N.489.02 del presupuesto de 2011, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa durante 2012 por Resolución de 29 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.

No obstante, con cargo a 2013 está previsto un libramiento complementario por importe de 2.550,00 euros, debido al cambio de la ruta de destino de un centro seleccionado con cargo al crédito 18.04.322L.489.02.

3. Programa de Rutas Científicas

3.1 Descripción del programa:

El programa «Rutas Científicas» es un programa educativo dirigido tanto a alumnos y alumnas de la Comunidad Foral de Navarra como del resto de Comunidades Autónomas que cursen estudios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en centros públicos ordinarios y tiene una duración de cinco días. Los grupos procedentes de otras Comunidades y Ciudades Autónomas recorren los itinerarios de la Ruta Científica de la Comunidad Foral de Navarra en tanto que grupos de la Comunidad Foral de Navarra recorren las rutas científicas establecidas en otras Comunidades Autónomas.

Son objetivos generales de esta actividad:

– Aumentar el interés por las Ciencias e incrementar la matrícula en los estudios relacionados con las Ciencias.

– Descubrir y ampliar el conocimiento de campos de trabajo relacionados con las ciencias.

– Avanzar en la comprensión del alcance e importancia que para la sociedad tiene el desarrollo de estudios e investigaciones científicas.

– Conocer sobre el terreno la importancia del trabajo científico y la tecnología para el desarrollo y la mejora de la vida de las personas y sociedades.

– Conocer las riquezas económicas y sociales de la Comunidad visitada.

– Convivir con el alumnado de otras Comunidades.

Se trata de apoyar los procesos educativos y ofrecer una herramienta que colabore a la formación integral del alumnado, a mejorar sus conocimientos científicos y apoyar el desarrollo del espíritu investigador.

La selección se efectuará de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia a los alumnos y alumnas con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, se valorará positivamente la ubicación de los centros en zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. El alumnado durante la actividad estará acompañado por dos profesores o profesoras de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con el grupo, velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y serán responsables del alumnado.

El recorrido diario del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar a los alumnos y alumnas largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades de financiación.

3.2 Alumnado y profesorado participante:

– Número de grupos de 20 a 24 alumnos y alumnas y 2 profesores o profesoras de la Comunidad Foral de Navarra que participarán en otra «Ruta científica»: 4.

– Número de grupos de 20 a 24 alumnos y alumnas y 2 profesores o profesoras procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta científica» de la Comunidad Foral de Navarra: 4.

3.3 Recursos financieros por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

a) Gastos del programa de la «Ruta científica» de la Comunidad Foral de Navarra: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad hasta un máximo de 18.736,12 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, libra a la Comunidad Foral de Navarra el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta científica» asignada, para su posterior transferencia a los centros, por un importe de 13.700,00 euros.

Las ayudas concedidas se financiarán por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con cargo a la aplicación 18.04.322L.489.02 de los presupuestos de 2013.

Tercera. Justificación.

La Comunidad Foral de Navarra justificará los libramientos efectuados en aplicación del presente convenio mediante la presentación de la documentación especificada y en los plazos establecidos en las correspondientes convocatorias debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas en la normativa vigente.

Cuarta. Comisión Mixta.

Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión Mixta paritaria, compuesta de seis miembros, tres de los cuales serán designados por la Comunidad Foral de Navarra, dos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Foral de Navarra que actuará en representación de la Delegación del Gobierno de dicha Comunidad.

Corresponde a la Comisión Mixta realizar la evaluación de los programas a que se refiere el presente convenio en sus aspectos pedagógicos, organizativos y administrativos.

La Comisión Mixta se reunirá cuando una de las partes lo solicite.

Quinta. Resolución de controversias.

Según dispone expresamente el artículo 4.2 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público se aplicarán los principios de dicha ley a la resolución de las dudas que pudiera plantear el cumplimiento de este convenio. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre su ejecución e interpretación, deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho Acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Sexta. Naturaleza.

El presente convenio de colaboración será del tipo de los mencionados en el artículo 4.1.c) del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, siéndole de aplicación igualmente, en defecto de normas especiales, los principios de dicho texto legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran producirse.

Séptima. Difusión.

Ambos firmantes se comprometen a hacer constar la participación de la otra parte en la difusión en cualquier ámbito de los programas a que se refiere el presente convenio. Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por la Comunidad Foral de Navarra por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Octava. Vigencia.

El presente convenio entrará en vigor el día del inicio de las actuaciones, teniendo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, pudiendo prorrogarse para años sucesivos con la manifestación expresa de las partes.

En caso de prórroga, se incorporará un Anexo al presente Convenio, en el que se especificarán las aportaciones de cada una de las partes para el año de que se trate.

Novena. Causas de Resolución.

No obstante la vigencia establecida en la cláusula anterior, será causa de resolución el mutuo acuerdo, con al menos dos meses de antelación a la fecha en que vaya a terminar su vigencia, o el incumplimiento del Convenio por cualquiera de las partes con los efectos legales que ello comporta.

Y en prueba de conformidad con todo lo estipulado, se firma este Convenio por ambas partes en Madrid, a cinco de diciembre de 2013.–Por el Misterio de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert Ortega.–Por el Gobierno de Navarra, José Iribas Sánchez de Boado.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid