Padecido error en la publicación de los Acuerdos de 9 y 12 de diciembre publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 13 de diciembre, se procede a su rectificación.
En la página 101554, donde dice: «Contra la presente disposición podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este Acuerdo en el “Boletín Oficial del Estado”, conforme a lo establecido en los artículos 142 y 143 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común», debe decir: «Contra los presentes Acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a la publicación del mismo en el “Boletín Oficial del Estado”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 638.2 de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio de reforma del Consejo General del Poder Judicial».
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