Edukia ez dago euskaraz
Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Hospitalaria Internacional de San Lázaro de Jerusalén, resultan los siguientes
Hechos
Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:
Denominación: Fundación Hospitalaria Internacional de San Lázaro de Jerusalén.
Fines: La fundación tiene por objeto coordinar en todo el mundo las iniciativas asistenciales, sanitarias, de atención a personas enfermas y necesitadas, y de fomento del humanismo y de la educación cristiana, que se llevan a cabo o se patrocinan por entidades de distintas nacionalidades que operan con el nombre de San Lázaro de Jerusalén.
Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la calle Claudio Coello, 112, Madrid, y desarrollará sus actividades en el ámbito estatal, sin perjuicio de que desde el territorio español pueda desarrollar su actividad en todo el mundo, y las instituciones a las que va a coordinar operan desde los cinco continentes, especialmente en beneficio de los países en vía de desarrollo.
Fundador: Don Carlos Gereda de Borbón.
Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por el fundador.
Escritura pública de constitución: Otorgada ante el Notario de Madrid, don Francisco Javier Cedrón López-Guerrero, el día 4 de septiembre de 2014, con el número 1.538 de orden de su protocolo, incorpora el texto íntegro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación, complementada mediante escritura de ratificación y aceptación de cargo otorgada ante el Notario de Marbella, don Miguel Ángel de la Fuente del Real, el día 9 de septiembre de 2014 con el número 819 de orden de su protocolo.
Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:
Presidente: Don Carlos Gereda de Borbón.
Vicepresidente primero: Don Ronald-Hendrikus-María Hendriks.
Vicepresidente segundo: Don Edward Baker White.
Vocales: Don Francisco de Borbón y Escasany y don Alejandro Manuel de Fortuny Gamache.
Tesorero no patrono: Don Sijt de Boom.
Secretario no patrono: Don José María Rodríguez-Ponga Salamanca.
Fundamentos de derecho
Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.
Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.
Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:
1.º Clasificar la Fundación Hospitalaria Internacional de San Lázaro de Jerusalén, cuyos fines de interés general son de asistencia social y sanitaria, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
2.º Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1766.
3.º Inscribir la constitución inicial del Patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Madrid, 24 de noviembre de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril