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Documento BOE-A-2014-12629

Resolución de 19 de noviembre de 2014, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Savia por el Compromiso y los Valores.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 4 de diciembre de 2014, páginas 100077 a 100079 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-12629

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Savia por el Compromiso y los Valores en el Registro de Fundaciones del Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación fue constituida el 14 de abril de 2014, en Priego de Córdoba (Córdoba), por Laboreo de Conservación, S.A.; Almazaras de la Subbética, Sociedad Cooperativa Andaluza; Exportaciones en Bioalimentación, S.L.; Rioma, S.A.; Agrobionest, S.L.; Almendras Francisco Morales, S.A.; Sociedad Cooperativa Limitada de Comercialización Agraria de Totona (COATO); Antonio Cano e Hijos, S.A.; Bio Crisara, S.L.; don Francisco Casero Rodríguez; Rústicas del Guadalquivir, S.L.; don Luis Gonzalo Blanco Domínguez, don Ezequiel Martínez Jiménez, doña Carmen Teresa Casa Ruiz, don José Luis Adame López y Alconeras y Sociedad Cooperativa Andaluza, según consta en escritura pública número 271, otorgada ante Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, doña María del Carmen Quirante Funes, subsanada por la número 2.017, otorgada ante el Notario del Ilustre colegio de Andalucía, don Victoriano Valpuesta Contreras, el 11 de noviembre de 2014.

Segundo. Domicilio y ámbito territorial de actuación.

El domicilio de la Fundación se establece en la calle Ramírez de Bustamante, número 12, 41013 - Sevilla. La Fundación desarrollará sus actividades en todo el territorio nacional, sin perjuicio de que pueda también realizar actividades de carácter comunitario o internacional.

Tercero. Fines.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución, figuran como fines de interés general los siguientes:

1. Promover, impulsar y cooperar en el desarrollo social, económico, patrimonial, paisajístico y cultural del entorno rural.

2. Promover y fomentar valores de identidad, conocimiento, sabiduría y autoestima del entorno rural.

3. Promover la defensa del medio ambiente y la producción ecológica.

4. Promover la investigación, proyectos I+D y la formación profesional.

5. Contribuir a impulsar iniciativas empresariales dentro del entorno rural para conseguir la autosuficiencia, permanencia y evitar el despoblamiento.

6. Motivar el relevo generacional de los hombres y mujeres del campo.

7. Motivar la participación activa de jóvenes en los fines de esta Fundación que garanticen la viabilidad de dichos fines.

8. Facilitar y proponer iniciativas que favorezcan la inserción laboral de personas en riesgo de exclusión social en el entorno rural motivada por la falta de tejido empresarial en la zona.

9. Apoyar iniciativas de emprendedores que contribuyan al desarrollo del entorno rural, basadas en la sostenibilidad medioambiental y en la producción ecológica.

Cuarto. Dotación.

Se establece como dotación inicial de la Fundación la suma de treinta mil euros (30.000 €). Dicha cantidad ha sido desembolsada íntegramente, siendo los importes de dichas aportaciones y los aportantes los reflejados en las certificaciones adjuntas a las escrituras de constitución y subsanación.

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se confía a un Patronato, cuyos miembros ejercerán el cargo de patrono gratuitamente. Las normas sobre la composición, el nombramiento y la renovación del Patronato constan en los Estatutos.

El Patronato inicial designado en el acta fundacional queda constituido por:

Presidente: Don Francisco Casero Rodríguez.

Vicepresidente: Don Juan Darío Casero Montes.

Secretario: Don Antonio Aguilera Nieves.

Vocales: Don Diego Granado Cumbres, don Francisco José Arenas Arenas, don Ezequiel Martínez Jiménez, don Luis Gonzalo Blanco Domínguez, don Plácido Osuna Boceta, doña Brígida Jiménez Herrera, doña Zaida Ana Casero Montes, don José Luis Fernández García, don Manuel Orellana de los Santos, don Manuel Pajarón Sotomayor, don José Gallego Frías, doña Francisca Muñoz Oliver, don Juan Hurtado Lissen, don Juan Miguel Ruiz Rivera, don Miguel López Delgado, don Emilio Gómez López, don Juan Antonio Moreno Cobo, don Rafael Alonso Aguilera, don Miguel Ángel Rojas Puerto, doña María Desirée Rubio Pérez, don Álvaro Barrera Fernández, don Ramón Iglesias Pérez, don Clemente Mata Moreno, don Concepción Arias Sánchez, don José Luis Adame López, doña Reyes Alonso Martín Coleto, doña Carmen Teresa Casas Ruiz, Laboreo de Conservación, S.A., representada por don Emilio Navarro Martínez, Almazaras de la Subbética, Sociedad Cooperativa Andaluza, representada por don Francisco Serrano Osuna, Explotaciones en Bioalimentación, S.L., representada por don Francisco Moya Martínez, Rioma, S.A., representada por doña Esther Ríos Ortega, Agrobionest, S.L., representada por don Juan Darío Casero Montes, Almendras Francisco Morales, S.A., representada por don Francisco Morales Jiménez, Sociedad Cooperativa Limitada de Comercialización Agraria de Totana (Coato), representada por don José Luis Hernández Costa, Antonio Cano e Hijos, S.A., representada por don José Antonio Vico Cano, Bio Crisara, S.L., representada por doña María del Carmen Román Reche, Fincas Rústicas del Guadalquivir, S.A. representada por don José García Giner y Alconeras Sociedad Cooperativa Andaluza, representada por doña Laura Garrido Rodríguez.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Sexto. Estatutos.

Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación queda recogido en los Estatutos por los que se rige, quedando expresamente sometido el Patronato a la obligación de presentación de cuentas y del plan de actuación anuales al Protectorado.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Vicesecretaría General Técnica, la gestión de los actos y documentos correspondientes al Registro de Fundaciones relacionadas por su materia con el departamento.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Savia por el Compromiso y los Valores, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Savia por el Compromiso y los Valores, domiciliada en la calle Ramírez de Bustamante, número 12, 41013 - Sevilla, así como, el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 19 de noviembre de 2014.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), la Vicesecretaria General Técnica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, María Luz Gómez-Jover Torregrosa.

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