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Documento BOE-A-2014-12566

Acuerdo de 25 de noviembre de 2014, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca la provisión de plaza de Magistrado del Gabinete Técnico de Información y Documentación del Tribunal Supremo.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 3 de diciembre de 2014, páginas 99427 a 99428 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2014-12566

TEXTO ORIGINAL

Con la finalidad de proveer una plaza de Magistrado del Gabinete Técnico de Información y Documentación del Tribunal Supremo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en el artículo 23.1, 2 y 3 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión del día 25 de noviembre de 2014, ha acordado la convocatoria pública de la expresada plaza, en la que regirán las siguientes bases:

Primera.

Podrán tomar parte en la misma los/las miembros de la Carrera Judicial con la categoría de Magistrado que al tiempo de finalizar el plazo para la presentación de solicitudes se encuentren en situación administrativa de servicio activo o de servicios especiales.

Segunda.

Los/as Magistrados/as interesados/as presentarán sus solicitudes en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial, Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado». Las solicitudes se dirigirán al Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

Las peticiones que se cursen a través de las oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto para que el funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.

Tercera.

A las solicitudes se podrá acompañar una Memoria en la que harán constar los peticionarios cuantos méritos y circunstancias personales estimen oportunos, y en especial los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia en el área de organización, gestión e investigación, acompañando la documentación justificativa de tales extremos.

En atención a las necesidades del servicio se valorará, junto a los demás méritos, preferentemente el perfil jurídico propio del orden jurisdiccional penal.

Cuarta.

Transcurrido el plazo para la presentación de solicitudes, se dará traslado de todas las recibidas y de la documentación acompañada al excelentísimo señor Presidente del Tribunal Supremo, quien a la vista de las mismas formulará a este Consejo General propuesta de selección.

Quinta.

Recibida la propuesta a que se refiere la base anterior, el Consejo General resolverá y efectuará el nombramiento del/la Magistrado/a seleccionado/a a tenor de dicha propuesta, que tendrá el carácter vinculante que se establece en el artículo 23.2 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre.

Sexta.

Quien resulte nombrado/a se presentará a tomar posesión de su destino dentro de los plazos establecidos en el artículo 319.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, quedando sometido a las condiciones que para el desempeño del mismo se establecen en el artículo 23.3 de la Ley 38/1988, de 26 de diciembre, en relación con el artículo 351.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En el supuesto de que quien resulte nombrado/a para la plaza objeto de convocatoria se encontrase en la situación administrativa de servicios especiales en la Carrera Judicial, deberá incorporarse inmediatamente al Gabinete Técnico del Tribunal Supremo y, de no poder hacerlo, decaerá el nombramiento.

Séptima.

El presente procedimiento se declara de tramitación urgente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

Octava.

Los/as aspirantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Contra el presente Acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de noviembre de 2014.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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