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Documento BOE-A-2014-12479

Resolución de 13 de noviembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de prórroga al Convenio marco con la Comunidad de Madrid para la implantación de una red de oficinas integradas de atención al ciudadano.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 1 de diciembre de 2014, páginas 98141 a 98143 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-12479

TEXTO ORIGINAL

Que con fecha 15 de noviembre de 2007 se firmó un Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Madrid para la Implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el Ámbito Territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de diciembre de 2007 y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» el 17 de diciembre de 2007. Así mismo, con fecha 23 de octubre de 2012 se formalizó una Adenda al mencionado Convenio, publicada en el «BOE» de 5 de enero de 2013 y en el «BOCM» de 28 de diciembre de 2012, corrección de errores publicada en el «BOCM» de 28 de enero de 2013.

Que en la cláusula novena de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron que surtiría efectos desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y que finalizaría el 31 de diciembre de 2014, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso, adoptado antes del fin de su vigencia, por las partes intervinientes por un periodo de cuatro años.

Próxima la finalización de la vigencia del convenio, el 31 de diciembre de 2014, y en virtud de la previsión anterior, mediante Acuerdo de 4 de noviembre de 2014, se acuerda prorrogar hasta el día 31 de diciembre de 2018 el Convenio suscrito el 15 de noviembre de 2007, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la cláusula quinta del Acuerdo de Prórroga al Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Madrid para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid, esta Secretaría de Estado de Administraciones Publicas dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de noviembre de 2014.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.

ACUERDO DE PRÓRROGA AL CONVENIO MARCO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA RED DE OFICINAS INTEGRADAS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

En Madrid, 4 de noviembre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, D. Antonio Germán Beteta Barreda, Secretario de Estado de Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 1852/2011, de 23 de diciembre, en nombre y representación de dicho Ministerio, actuando en ejercicio de las competencias que le han sido delegadas por el titular del Departamento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias.

De otra parte, el Ilmo. Sr D. Salvador Victoria Bolívar, Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 24/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por delegación de firma del Presidente de la Comunidad de Madrid, mediante Decreto 19/2014, de 10 de septiembre, conforme a lo establecido en el artículo 41 de la ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 15 de noviembre de 2007 se firmó un Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Madrid para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de de 28 de diciembre de 2007 y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», el 17 de diciembre de 2007. Así mismo, con fecha 23 de octubre de 2012 se formalizó una Adenda al mencionado Convenio, publicada en el «BOE» de 5 de enero de 2013 y en el «BOCM» de 28 de diciembre de 2012, corrección de errores publicada en el «BOCM» de 28 de enero de 2013.

Segundo.

Que en la cláusula novena de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron que surtiría efectos desde su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y que finalizaría el 31 de diciembre de 2014, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de los intervinientes adoptado antes del fin de su vigencia por un periodo de cuatro años.

Tercero.

Que las obligaciones asumidas entre las Administraciones intervinientes y las Entidades Locales adheridas a dicho Convenio, tal y como se establece en su cláusula décima, se entienden vigentes desde su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta la fecha la extinción del Convenio Marco o por el transcurso de los plazos establecidos en el mismo y de acuerdo con la cláusula segunda de la mencionada Adenda su período de vigencia finaliza cuando se extinga el Convenio.

Cuarto.

Que teniendo en cuenta los instrumentos que ofrece la normativa vigente y, en particular, lo establecido en el artículo 38.4. b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; este Acuerdo de Prórroga al mencionado Convenio se suscribe por las partes al amparo de lo dispuesto por los artículos 149.1.18 de la Constitución Española, relativo a la competencia del Estado y 26.1.3 y 27 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid relativos a las competencias de la Comunidad de Madrid en materia de procedimiento administrativo y régimen local.

Quinto.

Que a fin de dar continuidad a la prestación de los servicios integrados de información, orientación, atención y tramitación sobre determinados aspectos de la actividad administrativa a través de las Oficinas Integradas de atención a la ciudadanía, las Administraciones firmantes y las adheridas al mismo:

En consecuencia, las partes suscriben el presente Acuerdo de Prórroga al Convenio de 15 de noviembre de 2007, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga del Convenio suscrito con fecha 15 de noviembre de 2007, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid, cuyos efectos se extenderán desde el día 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2018.

Segunda.

Las Administraciones intervinientes firmantes de este Acuerdo y Entidades Locales que se hubieran adherido al mencionado Convenio así como aquellas que en un futuro se puedan adherir, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a la prestación de los servicios integrados que constituyen el objeto del Convenio Marco para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Madrid.

Tercera.

Las obligaciones asumidas entre las Administraciones Públicas mencionadas en la cláusula anterior, se entenderán vigentes hasta la extinción del Acuerdo de prórroga por el transcurso de los plazos o bien, por las causas previstas en las cláusulas novena y décima del precitado Convenio Marco y de acuerdo con lo establecido en la cláusula segunda de la mencionada Adenda.

Cuarta.

Cualquier referencia contenida en el Convenio suscrito el 15 de noviembre de 2007, del que este Acuerdo de Prórroga trae causa, al Ministerio de Administraciones Públicas, se entenderá realizada al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Asimismo, cualquier referencia contenida en dicho Convenio a la Dirección General de Modernización Administrativa, se entenderá realizada a la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos.

Por otra parte, cualquier referencia a la Administración de la Comunidad Autónoma de Madrid en el Convenio citado en el párrafo anterior, se entenderá realizada a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Quinta.

El presente Acuerdo de prórroga se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».

En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman y rubrican todas sus hojas por cuadruplicado el presente Acuerdo de Prórroga, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas. Antonio Germán Beteta Barreda.–El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, Salvador Victoria Bolívar.

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