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Documento BOE-A-2014-12324

Resolución de 9 de octubre de 2014, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, de certificación del producto fabricado por Baxi Kingspan Environmental Limited, con contraseña GPS-8555: panel solar.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 27 de noviembre de 2014, páginas 96835 a 96836 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2014-12324

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Empresa y Empleo, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por Baxi Calefacción, S.L.U., con NIF B-63772305 y domicilio social en la calle Salvador Espriu, 9, municipio de Hospitalet de Llobregat, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por Kingspan Environmental Limited, en sus instalaciones industriales ubicadas en 180 Gilford Road, Portadown (Reino Unido) correspondiente a la contraseña de certificación GPS-8555: panel solar.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el laboratorio ISFH (Insititut Für Solarenergieforschung GmbH) ha emitido informes con clave de referencia 46-12/KD, de fecha 8 de junio de 2012, 50-14/KD, de fecha 27 de agosto de 2014 y 90-12/KD, de fecha 27 de agosto de 2014 donde ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 891/1980, de 2 de abril (BOE de 12 de mayo), la Orden ITC/71/2007, de 22 de enero (BOE del 26) y por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre (BOE de 6 de febrero de 1996), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo (BOE de 26 abril). Y de acuerdo con la Orden ITC/2761/2088, de 26 de septiembre, por la que se amplia el plazo de la disposición transitoria segunda de la Orden ITC/71/2007. También ha presentado el certificado de cumplimiento de la norma UNE-EN ISO 9001 del fabricante.

De acuerdo con lo establecido en las referidas disposiciones, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986 y el Decreto 52/2011, de 4 de enero, de estructuración del Departamento de Empresa y Empleo, he resuelto:

Certificar el tipo del citado producto, con contraseña de certificación GPS-8555, con fecha de caducidad el 9 de octubre de 2016, disponer como fecha límite el día 9 de octubre de 2016, para que el titular acredite que en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado, los que se detallan a continuación:

Identificación: Baxi AR 20.

Dimensiones del colector y especificaciones generales:

Fabricante: Kingspan Environmental Limited.

Marca y modelo del colector: Baxi AR 20.

Área de apertura: 2,147 m2.

Área total: 2,83 m2.

Fluido de trabajo: Agua/glicol mezcla.

Presión máxima: 8 bar.

Tipo constructivo: Tubo de vacío.

Peso colector vacío: 52,8 kg.

Resultados de ensayo:

Rendimiento térmico:

η0

0,768

 

a1

1,36

W/m2K

a2

0,0053

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

 

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1.000 W/m2

10

629

1.123

1.618

30

561

1.056

1.550

50

484

979

1.473

Dimensiones del colector y especificaciones generales

Fabricante:

Kingspan Environmental Limited.

Marca y modelo del colector: Baxi AR 30.

Área de apertura: 3,22 m2.

Área total: 4,15 m2.

Fluido de trabajo: Agua/glicol mezcla.

Presión máxima: 8 bar.

Tipo constructivo: Tubo de vacío.

Peso colector vacío: 79,2 kg.

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan, y por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 9 de octubre de 2014.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

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