Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-12268

Resolución de 5 de noviembre de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, Sección Sexta, de 18 de marzo de 2011, que ha devenido firme.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 26 de noviembre de 2014, páginas 96576 a 96576 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2014-12268

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante, Sección Sexta, de 18 de marzo de 2011, que ha devenido firme.

En el recurso de apelación número 638/2010, seguido ante la Audiencia Provincial de Alicante, Sección Sexta, interpuesto por la Procuradora de los tribunales, doña R. M. F., en nombre y representación de don Fernando Trigo Portela, registrador de la Propiedad de Alicante número 3, contra la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2008, dictada en autos de juicio verbal número 376/2008 del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Alicante que estimó la excepción de falta de legitimación activa invocada por la Dirección General de los Registros y del Notariado, representada y defendida por el Abogado del Estado y por «Inmobilien Und Sonne Alicante, S.L.», representada por la Procuradora Sra. E. S. y defendida por el letrado Sr. A. M., frente a la demanda presentada por la representación procesal del registrador apelante, dejando imprejuzgada la acción, todo ello con imposición de las costas causadas a la parte actora,

FALLAMOS:

Estimar el recurso de apelación interpuesto por el/la Procurador/ra don/ña R. M. F. en representación de don Fernando Trigo Portela contra la sentencia dictada por el señor Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número nueve de la ciudad de Alicante en fecha 29 de abril de 2009 y en los autos de los que dimana el presente rollo, y en su consecuencia revocar como revocamos la misma para estimar íntegramente la demanda formulada por el citado recurrente como demandante frente a los demandados Dirección General de los Registros y del Notariado y la entidad Inmobilien Und Sonne Alicante, S.L., y declarar como declaramos la nulidad de la resolución dictada por la primera en fecha 3 de enero de 2008 con todos sus efectos subsiguientes, con imposición de las costas de la primera instancia a los demandados al ser preceptivas y sin hacer especial declaración de las devengadas en esta alzada.

Así, por esta nuestra sentencia definitiva, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Don José María Rivas Seva, presidente, doña María Dolores López Garre y doña Cristina Trascasa Blanco, Magistrados de la Audiencia Provincial de Alicante.

Madrid, 5 de noviembre de 2014.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid