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Documento BOE-A-2014-12200

Orden SSI/2196/2014, de 7 de noviembre, por la que se clasifica la Fundación Alma Tecnológica y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 24 de noviembre de 2014, páginas 96303 a 96304 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-12200

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Alma Tecnológica resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación Alma Tecnológica.

Fines: Los fines de interés general de la fundación son la promoción y mejora de las condiciones de vida de las personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social, que ayuden a la plena integración familiar, social y laboral y al desarrollo de una vida normalizada, prestando una especial atención al impulso y desarrollo del acceso universal a las tecnologías y medios de comunicación e información.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la calle Génova, número 11, 5.ª planta, pta. izquierda, 28004 Madrid, y desarrollará sus actividades y funciones en todo el territorio del Estado.

Fundador: Don Carlos Delgado Suárez.

Dotación inicial: Treinta mil euros aportados por el fundador.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el Notario de Madrid, don José Luis Ruiz Abad, el día 10 de abril de 2014, con el número 696 de orden de su protocolo, subsanada por otras dos escrituras otorgadas ante el mismo Notario, los días 5 de agosto y 8 de octubre de 2014 con los números 1.519 y 1.883 de orden de su protocolo, respectivamente, incorporan el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Nicolás Redondo Terreros.

Vicepresidente: Don Aurelio Delgado Martín.

Vocal: Don Carlos Delgado Suárez.

Secretario no patrono: Don Guillermo Molina Delgado.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Alma Tecnológica, cuyos fines de interés general son de promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad, así como la asistencia e inclusión social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1750.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 7 de noviembre de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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