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Documento BOE-A-2014-12048

Resolución de 30 de octubre de 2014, de la Universidad de Extremadura, por la que se integra en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a doña María Victoria González López-Arza.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 21 de noviembre de 2014, páginas 95640 a 95640 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2014-12048

TEXTO ORIGINAL

Este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13 de abril de 2007), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en uso de las atribuciones que le confieren, ha resuelto integrar con plenos efectos desde el día 1 de diciembre de 2014 en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, a los funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria, pertenecientes a esta Universidad, que se relacionan a continuación quedando adscritos/as al mismo Departamento, área de conocimiento y centro que estuvieran en su cuerpo de origen:

González López-Arza, María Victoria. DNI: 79263170-H.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo, a interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses desde su notificación o publicación, de conformidad con lo previsto, entre otros, en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE de 14 de julio), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Previamente y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, ante este mismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación de la presente resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Badajoz, 30 de octubre de 2014.–El Rector, Segundo Píriz Durán.

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