A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, y en aplicación de los artículos 40 y 41 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, dispongo:
Que se ejercite el derecho de tanteo para las Cortes de Aragón, con cargo a sus presupuestos, sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada por la El Remate, en Madrid, el día 16 de octubre de 2014, con los números y referencias siguientes:
Lote 272. Manuscrito. Pedro IV de Aragón (1319-1387). «Privilegio del rey don Pedro a los habitantes de la ciudad de Zaragoza». Zaragoza, 1336.
Lote 278. Manuscrito de los Fueros de Sobrarbe. «Empezamos este libro por siempre… de los Fueros de Sobrarbe». S.l.n.a. [Jaca?, Siglo XV].
Para el abono a la sala subastadora del precio de remate de tres mil doscientos euros (3.200 €), más los gastos inherentes, así como para la custodia de los bienes subastados, el representante de la entidad de derecho público afectada habrá de acordar directamente con los subastadores las medidas que estime convenientes.
Madrid, 28 de octubre de 2014.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle Ruiz.
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