Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-11873

Resolución de 3 de noviembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de prórroga al Convenio marco con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la implantación de una red de oficinas integradas de atención personalizada al ciudadano.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 17 de noviembre de 2014, páginas 94213 a 94215 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-11873

TEXTO ORIGINAL

Que con fecha 21 de mayo de 2007 se firmó un Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención Personalizada al Ciudadano en el ámbito territorial de Extremadura, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 14 de junio de 2007 y en el «Diario Oficial de Extremadura» el 9 de junio de 2007.

Que en la cláusula séptima de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron que surtiría efectos desde la fecha de su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura» y que finalizaría el 31 de diciembre de 2014, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de los intervinientes adoptado antes del fin de su vigencia.

Próxima la finalización de la vigencia del convenio, el 31 de diciembre de 2014, y en virtud de la previsión anterior, mediante Acuerdo de 27 de octubre de 2014, se acuerda prorrogar hasta el día 31 de diciembre de 2020 el Convenio suscrito el 21 de mayo de 2007, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención Personalizada al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la cláusula cuarta del Acuerdo de Prórroga al Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención Personalizada al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, esta Secretaría de Estado de Administraciones Publicas dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de noviembre de 2014.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.

Acuerdo de prórroga al Convenio marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención Personalizada al Ciudadano en el ámbito territorial de Extremadura

En Madrid, a 27 de octubre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, don Antonio Germán Beteta Barreda, Secretario de Estado de Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 1852/2011, de 23 de diciembre, en nombre y representación de dicho Ministerio, actuando en ejercicio de las competencias que le han sido delegadas por el titular del Departamento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias.

De otra parte, don Clemente Juan Checa González, Consejero de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 25/2014, de 19 de junio, así como del Decreto del Presidente 18/2014, de 19 de junio, por el que se crea, extingue y modifica la denominación y se distribuyen competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, autorizado por Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 22 de julio de 2014, previa delegación de firma del Presidente de la Junta, otorgada por Resolución de 2 de julio de 2014.

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 21 de mayo de 2007 se firmó un Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención Personalizada al Ciudadano en el ámbito territorial de Extremadura, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 14 de junio de 2007 y en el «Diario Oficial de Extremadura» el 9 de junio de 2007.

Segundo.

Que en la cláusula séptima de dicho Convenio, las partes firmantes acordaron que surtiría efectos desde la fecha de su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura» y que finalizaría el 31 de diciembre de 2014, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de los intervinientes adoptado antes del fin de su vigencia.

Tercero.

Que las obligaciones asumidas entre las Administraciones intervinientes y las Entidades Locales adheridas a dicho Convenio, tal y como se establece en su cláusula octava, se entienden vigentes desde su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura» hasta la extinción del Convenio Marco o por el transcurso de los plazos establecidos en el mismo.

Cuarto.

Que teniendo en cuenta los instrumentos que ofrece la normativa vigente y, en particular, lo establecido en el artículo 38.4. b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; este Acuerdo de Prórroga al mencionado Convenio se suscribe por las partes al amparo de lo dispuesto por los artículos 149.1.18 de la Constitución Española, relativo a la competencia del Estado y noveno puntos 3 y 5, de la de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura relativos a las competencias de Extremadura en materia de procedimiento administrativo y régimen local.

En consecuencia, y a fin de dar continuidad a la prestación de los servicios integrados de información, orientación, atención y tramitación sobre determinados aspectos de la actividad administrativa a través de las Oficinas Integradas de atención a la ciudadanía, las partes intervinientes suscriben el presente Acuerdo de Prórroga al Convenio de 21 de mayo de 2007, de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga del Convenio suscrito con fecha 21 de mayo de 2007, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención Personalizada al Ciudadano en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyos efectos se extenderán desde el día 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2020.

Segunda.

Las Administraciones firmantes de este Acuerdo y Entidades Locales que se hubieran adherido al mencionado convenio así como aquellas que en un futuro se pudieran adherir, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a la prestación de los servicios integrados, que constituyen el objeto del Convenio Marco para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención Personalizada al Ciudadano en el ámbito territorial de Extremadura.

Tercera.

Las obligaciones asumidas entre todas las Administraciones Públicas mencionadas en la cláusula anterior, se entenderán vigentes hasta la extinción del Acuerdo de prórroga por el transcurso de los plazos o bien, por las causas previstas en las cláusulas séptima y octava del precitado Convenio Marco.

Cuarta.

Cualquier referencia contenida en el Convenio suscrito el 21 de mayo de 2007, del que este Acuerdo de Prórroga trae causa, al Ministerio de Administraciones Públicas, se entenderá realizada al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Asimismo, cualquier referencia contenida en dicho Convenio a la Dirección General de de Modernización Administrativa, se entenderá realizada a la Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos.

Por otra parte, cualquier referencia a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Convenio citado en el párrafo anterior referida a la Consejería de Presidencia se entenderá realizada a la Consejería Hacienda y Administración Pública. Asimismo, cualquier referencia contenida en dicho Convenio a la Dirección General de Coordinación e Inspección se entenderá realizada a la Dirección General de Función Pública, Recursos Humanos e Inspección.

Quinta.

El presente Acuerdo de Prórroga se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Extremadura».

En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman y rubrican todas sus hojas por cuadruplicado el presente Acuerdo de Prórroga, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.–El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Clemente Juan Checa González.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid