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Documento BOE-A-2014-11474

Resolución de 27 de octubre de 2014, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Acondicionamiento de los cauces afectados por las escombreras del Grupo Perfectas-Riotorno (Antracitas de Guillón), término municipal de Cangas de Narcea (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 6 de noviembre de 2014, páginas 91629 a 91641 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-11474

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el artículo 3.2 apartado b) del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1.ª del capítulo II de la citada Ley, por decisión de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, de fecha 28 de septiembre de 2012, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Cantábrico del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).

El objeto del proyecto es dar cumplimiento al expediente sancionador incoado contra Antracitas de Guillón, S.A., y resuelto por el entonces Ministerio de Medio Ambiente el 28 de noviembre de 2001, de reponer las cosas a su estado primitivo mediante la restauración de las condiciones geomorfológicas y ecológicas de los arroyos La Raiz o Cuitada y La Braña, en las inmediaciones de la mina Perfecta, en Guillón. T.M. Cangas de Narcea (Asturias). El hecho infractor fue el depósito de estériles de mina a lo largo de 800 metros del cauce y zonas de policía de los arroyos mencionados. Estas explotaciones mineras mantuvieron su actividad desde la segunda mitad del siglo XX hasta el año 1991.

Las alternativas contempladas en el proyecto se recogen en el apartado 4.1 análisis ambiental para selección de alternativas de la presente declaración, que básicamente se refieren a la alternativa de actuación con las medidas recogidas en el expediente sancionador y a la alternativa cero o de no actuación.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

Las cuencas hidrográficas de los arroyos La Braña y La Raíz, que son afluentes del río Gillón por su margen izquierda, forman parte de la cabecera fluvial del río Narcea, que es uno de los principales cauces de la cordillera Cantábrica. El arroyo La Braña recorre unos 700 m desde su nacimiento hasta su confluencia con el río Gillón y los tramos afectados por las escombreras comienzan a unos 240 m de la confluencia extendiéndose a lo largo de 310 m aguas arriba. Por otro lado, el arroyo La Raíz tiene aproximadamente 3,6 km de longitud y el tramo afectado supone unos 610 m que dista 1.320 m del río Gillón.

El relieve montañoso de Cangas del Narcea repercute tanto en la pluviometría como en las temperaturas, siendo en los fondos de los valles las precipitaciones inferiores (Cangas del Narcea ciudad, registra unos 800 mm anuales) mientras que en la zona de estudio se superan claramente los 1.400 mm anuales.

En cuanto a la geomorfología, hay que indicar que el trazado de ambos cauces discurre por un fondo de valle estrecho, sin desarrollar llanuras de inundación. El valle se caracteriza por presentar laderas de pendientes moderadas y fuertes, desarrollándose sobre materiales estefanienses en la zona media alta sobre el sustrato representados por pizarras, areniscas, conglomerados y capas de carbón, pasando en el tramo medio bajo a afectar a las pizarras y areniscas de la Formación Narcea (Precámbrico).

Respecto a la clasificación de estos cauces públicos, el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental no define masas de agua en los arroyos La Braña y La Raíz, al tener éstos una superficie de cuenca inferior a 10 km2 y no haber sido incluidos en la red hidrográfica básica.

Sin embargo, ante la ausencia de datos del estado de los ríos La Raíz y La Braña, se ha considerado conveniente incorporar en el estudio de impacto ambiental una serie de análisis químicos para determinar la calidad de las aguas de los dos arroyos afectados por el proyecto. Los puntos de control seleccionados han sido tres, uno en el arroyo La Raíz, aguas abajo de la zona afectada por las escombreras, otro en el arroyo La Braña, también aguas abajo de la zona afectada y un tercero en el río Gillón, tras la incorporación de los dos arroyos.

De los resultados analíticos de las muestras tomadas durante los ejercicios de 2008, 2012 y 2013, se observa que las aguas del río Gillón y del arroyo La Raíz o Cuitada cumplen las normas de calidad ambiental (NCA) establecidas para la masa de agua en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico. En las aguas del arroyo La Braña, también se cumplen con carácter general las citadas NCA, aunque se ha detectado la presencia de ciertos parámetros contaminantes. Algunos de ellos, como el hierro y el manganeso, aparecen en concentraciones pequeñas en relación con las NCA del río; otros, como la conductividad, los sólidos en suspensión o los sulfatos, están presentes en cantidades más importantes, en torno a las NCA de la masa de agua.

No obstante, analizada la evolución en los tres puntos de muestreo, cabe señalar que en el río Gillón aguas abajo de las dos escombreras objeto del proyecto, se refleja en las analíticas a lo largo del tiempo una mejora en los niveles de concentración de prácticamente todos los parámetros, lo que parece indicar que se está produciendo una mejora en la calidad de dichas aguas.

Ambos arroyos se encuentran incluidos dentro del LIC y ZEPA ES000055 Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, que posee una superficie de 51.042 ha, y abarca las cabeceras de los ríos Narcea (afluente del Nalón) y del Ibias (afluente del Navia), teniendo también la categoría de Parque Natural.

Los hábitats de interés comunitario presentes en el ámbito del proyecto son: 4030 Brezales secos europeos, 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga, 9120 Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosque de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petrae o Ilici-Fagenion), 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno- Padion, Alnion incanae, Salicion albae) y 9230 Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pirenaica.

Respecto a la flora, en general el proyecto se desarrollará en una zona con una cobertura vegetal autóctona muy asentada que muestra su gran potencial al ser capaz de colonizar los espacios degradados sin presencia de especies invasoras. La vegetación existente se corresponde con un bosque mixto de ribera, con buen componente de hayedo y gran diversidad de árboles, y amplias zonas de brezales y piornales. Las especies dominantes del estrato arbóreo del bosque de ribera son Fagussylvatica, Castanea sativa, Fraxinus excelsior, Acer pseudoplatanus, Quercus orocantabric y Alnus glutinosa, asimismo las especies dominantes del estrato arborescente del bosque de ribera son Ilex aquifolium, Salix atrocinerea, Crataegus monogyna, Corylus avellana, además de diversas especies de helechos.

De las especies de fauna con presencia en la zona de actuación del proyecto, destacan el oso pardo (Ursus arctos) y el urogallo (Tetrao urogallus) por estar ambas clasificadas con En Peligro de extinción tanto en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas, como en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

Además de estas especies, las siguientes que se nombran están presentes en el ámbito del proyecto y cuentan con un Plan de Manejo o de Conservación aprobados por Decreto del Principado de Asturias: murciélago ratonero pardo (Myotis emarginatus), murciélago ratonero mediano (Myotis blythii), nutria (Lutra lutra), azor (Accipiter gentilis) águila real (Aquila chrysaetos), halcón peregrino (Falco peregrinus), pico mediano (Dendrocopos medius) y avión zapador (Riparia riparia).

En lo referente al patrimonio cultural, en un radio de 2 km de la zona de actuación del proyecto se presentan varios yacimientos arqueológicos inventariados: Tesu de Castro (Ar-114), Xalón (Ar-72) y Las Cavernas (Ar-155), aunque en ningún caso serían afectados por el proyecto.

Por último, señalar que la zona es asimismo Reserva de la Biosfera ya que en el año 2000 fue aprobada la Reserva de la Biosfera de Muniellos y ampliada a la totalidad del Parque Natural de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias en 2003.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto:

3.1.1 Entrada de la documentación inicial. La tramitación se inició el 10 de noviembre de 2011, al recibirse en la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el documento de inicio del procedimiento.

3.1.2 Consultas previas, relación de consultados y de contestaciones. Con fecha 24 de noviembre de 2011, la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del actual MAGRAMA inicia el periodo de consultas previas. En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación al documento comprensivo:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (actual Subdirección General de Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente).

X

Delegación del Gobierno en Asturias.

X

Dirección General de Medio Ambiente del Principado de Asturias.

X

Dirección General de Recursos Naturales del Principado de Asturias.

Dirección General de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias.

X

Centro Ibérico de Restauración Fluvial (CIREF).

Ayuntamiento de Cangas del Narcea.

Fondo en Asturias para la Protección de los Animales Salvajes (FAPAS).

Coordinadora Ecologista de Asturias.

X

Grupo Ecologista Cangües Azor.

Fundación Oso Pardo.

Ecologistas en Acción.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

La Delegación del Gobierno en Asturias indica que, pese a ser un proyecto que pretende aplicar medidas correctoras a los impactos producidos sobre los arroyos, por ubicarse en un espacio de la Red Natura 2000 con hábitats y especies protegidas, su ejecución puede suponer la aparición de nuevos impactos que es aconsejable sean objeto de evaluación previa, por lo cual recomiendan que el proyecto sea sometido al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental.

La Dirección General de Patrimonio Cultural informa que todos los proyectos de obras e instalaciones que hayan de someterse a procedimientos de evaluación de sus impactos ambientales, deberán contar con un apartado específico sobre la afección que puedan producir en los bienes integrantes del patrimonio cultural, que requerirá informe favorable de la Consejería de Educación y Cultura.

La Coordinadora Ecologista de Asturias apunta algunas medidas preventivas en la ejecución de las obras y propone ampliar el proyecto a otros cauces colindantes que también están afectados por minas abandonadas sin restaurar.

La Dirección General de Medio Ambiente del Principado de Asturias considera conveniente realizar una evaluación ambiental del proyecto que evalúe las potenciales repercusiones sobre los taxones incluidos en el espacio de la Red Natura 2000 indicado y se establezcan las medidas preventivas y correctoras que minimicen las afecciones sobre los mismos.

La Subdirección General de Medio Natural indica en su informe que la actuación prevista no tendrá repercusiones negativas significativas sobre los espacios de la Red Natura 2000 si se adoptan una serie de medidas adicionales recogidas en su escrito: utilización de caminos existentes, valoración de la utilización de técnicas de bioingeniería en sustitución de las escolleras previstas para el sostenimiento de taludes, evitar la afección a hábitats de interés comunitario, etc.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas.

Como hito previo al traslado de contestaciones al promotor, se realizó, con fecha 12 de julio de 2012, una visita al área del proyecto en la que asistió personal del Principado de Asturias, de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, en la que se pudo valorar la situación actual de la zona de actuación.

La Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural de decisión de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, junto con el resultado de las contestaciones a las consultas se remitió al promotor con fecha de 28 de septiembre de 2012, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental. Esta decisión se basa fundamentalmente en los potenciales impactos ambientales que se producirían en un espacio protegido de difícil acceso y presencia humana, en contraposición a los beneficios ambientales de la retirada de unas escolleras que invaden los dos cauces afectados.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental:

3.2.1 Información pública, resultado. La Confederación Hidrográfica del Cantábrico sometió el estudio de impacto ambiental al trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, número 264, de 14 de noviembre de 2013, y en el Boletín Oficial del Estado, número 275, de 16 de noviembre de 2013. Con fecha de 21 de febrero de 2014, se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente completo, que comprendía el proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública, remitido por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico.

Durante el proceso de información pública no se recibieron observaciones o alegaciones al proyecto ni al estudio de impacto ambiental.

3.2.2 Consultas a administraciones ambientales afectadas, resultado. Con fecha 7 de noviembre de 2013, la Confederación Hidrográfica del Cantábrico realizó, en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, consultas a los organismos a los que se les había solicitado informe en la fase de consultas previas.

El contenido principal de los informes recibidos en esta fase y las contestaciones del promotor son las siguientes:

La Dirección General de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias indica la presencia en la zona de implantación del proyecto de bienes integrados en el Inventario Arqueológico de Cabrales, por lo que entienden que el proyecto debe someterse a un control ambiental en el que se valore su viabilidad y se establezcan las medidas cautelares y correctoras pertinentes.

El promotor entiende que con esta respuesta no se realizan alegaciones al proyecto ni a su estudio de impacto ambiental.

La Dirección General de Calidad Ambiental del Principado de Asturias aunque comparte la apreciación del estudio de impacto ambiental respecto a las repercusiones ambientales negativas derivadas de la ejecución del proyecto, considera ineludible la ejecución de actuaciones que minimicen los impactos reconocidos en la zona y garanticen la recuperación del espacio protegido y la conservación de los hábitats y taxones vinculados al mismo.

El promotor responde que el objeto del proyecto es dar cumplimiento a la resolución del expediente sancionador incoado contra Antracitas de Guillón por depósito de estériles de mina a lo largo de 800 metros del cauce y zonas de policía de los arroyos La Raíz o Cuitada y La Braña, y por tanto no puede extenderse más allá de lo que en la resolución se obliga a la empresa sancionada, por lo que entienden que las alegaciones de esta Dirección General exceden al objeto del proyecto.

La Coordinadora Ecologista de Asturias solicita en su alegación la restauración de otros cauces afectados por la actividad minera y entiende que el proyecto propuesto no garantiza la solución de los problemas de calidad de las aguas, al no abordar la restauración de toda la zona afectada por la actividad minera.

En relación a estos aspectos, el promotor responde lo mismo que en la alegación anterior indicando que no se puede ir más allá de la resolución que obliga a la empresa sancionada. Además recuerda que la Confederación Hidrográfica no es competente en materia de planificación, promoción, oredenación y control de la minería.

También esta misma asociación ecologista sugiere en su escrito la adopción de medidas en la fase de obra (trabajar desde el punto más alejado del río, adoptar medidas preventivas y correctoras relativas a los impactos sobre la calidad de las aguas y evitar impactos sobre la vegetación de ribera) y solicita que se les informe del desarrollo de la obra.

El promotor indica que cumplirá con estas consideraciones.

El Centro Ibérico de Restauración Fluvial (CIREF) no considera la utilización de escolleras como la mejor opción desde el punto de vista de naturalización del cauce y recomienda un estudio previo para valorar la posibilidad de reperfilar los taludes o utilizar técnicas de bioingeniería.

Consideran que la retirada de escombros, una vez que el río se ha adaptado a su presencia, puede implicar afecciones por erosión y sedimentación en el resto de la cuenca.

Respecto a la revegetación prevista, recomiendan su realización mediante una plantación pluriespecífica y no alineada, más similar a la disposición de los bosques naturales de la zona y con utilización de vegetación autóctona.

El promotor responde que la ejecución de taludes más tendidos conllevaría la movilización de miles de metros cúbicos de material de escombrera ya revegetada, incrementando los impactos sobre la zona al tener que crear vertederos específicos para esos materiales.

Por otra parte, el empleo de técnicas de bioingeniería para el repié de grandes escombreras que son inestables, no es aconsejable, ya que se necesita un repié con peso y compacto para evitar que sea movilizado.

Respecto a las técnicas de revegetación, el promotor acepta esa consideración.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. El estudio de impacto ambiental ha analizado sólo dos alternativas para la consecución de los objetivos del proyecto. Por un lado ha desarrollado la alternativa de ejecución de las actuaciones necesarias para la retirada de los escombros de mina que invadieron el dominio público hidráulico y su zona de servidumbre, de acuerdo al procedimiento sancionador interpuesto contra la empresa Antracitas de Guillón, S.A., y por otro lado la alternativa de no actuación o alternativa cero, que implicaría la no intervención, dejando actuar a la naturaleza.

La alternativa de ejecución comprendería las siguientes actuaciones principales:

Implantación de instalaciones para el desarrollo de las obras y adecuación y creación de las pistas de acceso.

Retirada de residuos antrópicos de los cauces y zonas de actuación.

Construcción de las escombreras que acogerán los estériles de mina. Debido a la fuerte pendiente del terreno, incluirá muros de contención.

Excavación del lecho de los arroyos y retirada de estériles.

Construcción de las escolleras para la estabilización de los piés de los taludes una vez retirados los estériles.

Revegetación e hidrosiembra de las zonas afectadas por las obras.

La evaluación de los impactos que presenta el estudio de impacto ambiental se basa en calcular el denominado Índice Global de Impacto (IGI) considerando la naturaleza de los distintos tipos de impacto. El IGI es el resultado de sumar los Índices de Impacto (IIMP). El I IMP es el resultado de sumar, en cada fase, los impactos de cada tipo (severo, crítico, etc.) ponderado por su importancia relativa (I) y relativizados frente al número total de impactos de dicha fase (N).

Del análisis de los impactos ambientales de las dos alternativas, el estudio de impacto ambiental identifica cuatro impactos calificados como severos en la alternativa de ejecución por los siguientes factores ambientales: afección por fenómenos erosivos, deslizamientos e inestabilidades sobre la geología-geomorfología; afección a la vegetación autóctona de ribera y afección a la fauna por destrucción o creación de hábitats o microhábitats.

Del resultado del análisis anterior la alternativa que presenta un impacto menor es la alternativa cero o de no actuación, frente a la alternativa de ejecución del expediente sancionador.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida y sus medidas correctoras. En este apartado se han estudiado las interacciones entre las acciones del proyecto y las características específicas de los aspectos ambientales considerados. La identificación de impactos que pueden generar las alternativas planteadas se ha realizado tanto para la fase de construcción, como para la fase de funcionamiento en la alternativa de ejecución y sólo para la fase de funcionamiento en la alternativa cero o de no ejecución, ya que carece de sentido la identificación en la fase de construcción pues los impactos serían los mismos que en la fase de funcionamiento y no existe como tal ejecución alguna.

Respecto a las medidas correctoras, el estudio de impacto ambiental sólo ha definido aquellas necesarias para la alterantiva de ejecución, entendiendo que la alternativa de no actuación no demanda ninguna medida adicional al no intervenir en el medio.

Para la alternativa de actuación se han previsto una serie de medidas preventivas y correctoras de carácter general y otras específicas que se detallan para cada impacto concreto. Respecto a las primeras caben destacar las siguientes:

Se designará una persona para las labores de vigilancia ambiental que garantice la integración ambiental de la obra proyectada, asegurando el correcto cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras planteadas.

De igual modo, y de forma previa al comienzo de las obras, el contratista presentará un plan de obra en el que se detallarán las áreas a utilizar por las instalaciones auxiliares para su aprobación por el director de obra. Antes del inicio de la obra, se garantizarán que los jalonamientos de protección estén instalados. Finalmente, como tarea previa al inicio de la actividad de obra se incluye la preparación de las instalaciones auxiliares de obra y la elaboración de planes y proyectos de recuperación ambiental necesarios.

La adecuación y en su caso nueva apertura de accesos es una de las actividades que mayor deterioro puede provocar sobre el entorno, de ahí que sea uno de los trabajos en el que deben adoptarse mayor número de medidas preventivas. Con carácter previo se debe planificar la red de pistas necesarias para la ejecución de las obras con el fin de procurar el máximo uso de las existentes para reducir la apertura de nuevos accesos. Además, se reducirá al máximo la longitud de pistas de nueva creación (siempre que por acceder por el camino más corto no se provoque un daño mayor) y el ensanchamiento de las existentes. En los nuevos accesos se buscará en general la máxima adaptación al terreno, de forma que se sigan las curvas de nivel para evitar mayores movimientos de tierra que los estrictamente necesarios. El tratamiento de las pistas de nueva construcción será mínimo, siendo el firme el propio suelo compactado por el paso de maquinaria. En ningún caso se abrirán nuevos accesos que crucen los arroyos. Como medida correctora, una vez finalizadas las obras, si se hubieran abierto nuevos accesos cuya permanencia no se considere necesaria, se restaurará el terreno mediante una restitución topográfica del suelo, procediéndose posteriormente a la revegetación.

Se adoptará una adecuada gestión de residuos que tenga en cuenta los principios generales de fomento de su minimización, segregación en origen y valorización, contemplando todos y cada uno de los diferentes residuos que se generen.

Una vez terminadas las obras, se llevará a cabo una limpieza general de la zona, aplicable a todas las zonas de actuación, que implique la retirada, incluyendo recogida y transporte a vertedero o punto de reciclaje, de todos los residuos de naturaleza artificial existentes en la zona de actuación.

Se adoptará un plan de emergencia contra incendios y se pondrán en práctica las medidas concretas que establece la legislación ambiental en materia de prevención de incendios forestales de las distintas administraciones implicadas.

4.2.1 Impactos sobre la calidad atmosférica. Durante la fase de construcción, las principales afecciones sobre la calidad atmosférica se deberán al aumento de partículas en suspensión y contaminantes atmosféricos, a causa del esplazamiento de la maquinaria, movimiento de tierras y excavaciones.

Con la finalidad de minimizar el aumento de partículas derivado de los movimientos de tierra, para la alternativa de actuación el promotor propone que los maquinistas eviten soltar las tierras desde cierta altura sobre el suelo, limitar la velocidad de circulación y el riego periódico de las superficies alteradas.

Se producirá un incremento en los niveles sonoros, debido a los trabajos de construcción y al aumento del tránsito de vehículos durante la fase de obras en la alternativa de ejecución que podrían incidir sobre la fauna y la población, que desaparecerían en la fase de funcionamiento.

Sin embargo, debido a la corta duración de los trabajos y al área restringida de actuación, no se consideran impactos significativos para la alternativa de ejecución y son inexistentes para la alternativa de no actuación.

4.2.2 Impactos sobre la hidrología, hidrogeología y la calidad de las aguas. En fase de construcción, las distintas acciones de la obra, como los movimientos de tierra y de la maquinaria, llevadas a cabo en las inmediaciones de los cauces, pueden dar lugar a la ocurrencia de vertidos accidentales, que podrían ocasionar un deterioro de la calidad de las aguas cuya magnitud será función tanto de su estado actual como de su capacidad de dilución y autodepuración.

Además, la movilización de estériles puede producir potenciales impactos tanto en las aguas superficiales como subterráneas por el efecto de lavado por las aguas de escorrentía y/o proceso infiltración.

Durante la fase de funcionamiento, la retirada de los depósitos de estériles producirá un impacto positivo sobre la calidad de las aguas, en concreto, sobre parámetros como los sólidos en suspensión, la conductividad y los metales disueltos. Sin embargo, la ejecución de este proyecto es de carácter puntal y no considera, por las razones ya descritas, la actuación sobre otros elementos impactantes sobre la calidad de las aguas en la zona, sometida en el pasado a una fuerte actividad minera.

Mientras que la alternativa cero mantendría las alteraciones actuales existentes en los arroyos, la alternativa de ejecución supondría una mejora en los arroyos en la fase de funcionamiento. Si bien es cierto que dicha mejora seguiría siendo muy puntual. Como ejemplo de esos impactos que permanecerían deben citarse nuevamente, en el arroyo La Braña, la canalización del mismo en su desembocadura en el Gillón, y en el arroyo La Raíz, la canalización bajo la plaza que contenía los edificios de la antigua explotación.

Teniendo en cuenta que la alternativa de actuación prevé la ejecución de trabajos sobre los propios cauces y sus riberas, se establecerán barreras filtrantes para reterner los sedimentos movilizados que eviten su deposición en los lechos de los cauces. También se llevará un control del parque de maquinaria y de las instalaciones auxiliares para evitar vertidos incontrolados.

4.2.3 Impactos sobre la geología y la geomorfología. El objetivo principal de la alternativa de ejecución conllevaría una alteración de las condiciones actuales que deben entenderse como una mejora por su espíritu de restituir sus condiciones naturales. No obstante, estas acciones producen otras afecciones sobre otros factores ambientales, como pueden ser el suelo, la fauna que potencialmente pueda habitar en la zona y la vegetación que se ha recuperado sustancialmente en los últimos años.

En esta fase, las distintas acciones contempladas producirán efectos negativos que se considerarán como significativos, ya que no solo se actúa sobre los ríos invadidos de estériles sino sobre las márgenes, la coronación de las escombreras y parcialmente sobre las laderas.

Por otro lado, es preciso tener en cuenta la cantidad ingente de material estéril existente en la zona, y los problemas de inestabilidad que pueden generar cualquier actuación en la base de las escombreras (que es la zona que invade los arroyos y donde se proyecta la construcción de las escolleras) o en su coronación (lugar donde se pretende depositar el material estéril extraído de los arroyos) siendo un medio que está tendiendo de forma natural al equilibrio.

Las potenciales alteraciones sobre el suelo por alteración, compactación o contaminación serían propias de la fase de construcción. La destrucción iría ligada a los movimientos de tierras y la compactación al tránsito de maquinaria. La contaminación no debería ocurrir en condiciones normales y con un plan de medidas preventivas adecuado. Aún así debe identificarse el impacto potencial ligado a la probabilidad de ocurrencia de accidentes o malas prácticas que pudiera dar lugar a fugas o derrames de contaminantes (combustibles, aceites, etc.).

Teniendo en cuenta la situación actual del lugar donde se llevaría a cabo el proyecto de restauración, la no actuación a lo largo de estos años ha puesto de manifiesto la gran capacidad de revegetación natural de la zona que incide positivamente en la estabilización de los taludes, en la reducción de fenómenos erosivos y del impacto paisajístico, por lo que la alternativa cero se plantea como positiva.

Entre las principales medidas preventivas están el jalonamiento de las zonas de actuación, la planificación previa de los trabajos para minimizar las superficies de ocupación.

Como medida correctora se acondicionará y mantendrá la capa de tierra vegetal extraída para su posterior uso y se descompactarán los terrenos afectados por el tránsito de maquinaria.

4.2.4 Impactos sobre la Red Natura 2000 y otros espacios protegidos. Los espacios catalogados dentro de la Red Natura 2000 afectados por el proyecto son los siguientes (ES0000055):

ZEPA (Zona de Especial Protección para las Aves) Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias. Aprobada en 1995 (Degaña-Hermo) y ampliada en 2003.

LIC (Lugar de Importancia Comunitaria) Fuentes del Narcea y del Ibias. Acuerdo de Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 1999 (2.ª Propuesta LIC Principado de Asturias); modificación por Resolución de 8 de octubre de 2003 (BOPA núm. 265, de 15 de noviembre) (3.ª Propuesta LIC Principado de Asturias).

Además de estas figuras de protección, la totalidad de las actuaciones proyectadas se localizan sobre el Parque Natural de las Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias, declarado Parque Natural en 2002, Ley 12/2002, de 13 de diciembre (BOPA núm. 298, del 27) y Reserva de la Biosfera en 2003.

Si bien el LIC Fuentes del Narcea y del Ibias incluye 21 de los hábitats listados en el Anexo I de la Directiva Hábitats, el estudio de impacto ambiental sólo reconoce la presencia de cinco de estos hábitats en el entorno del proyecto de actuación: 4030 Brezales secos europeos, 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga, 9120 Hayedos acidófilos atlánticos con sotobosques de Ilex y a veces de Taxus (Quercion robori-petraneae o Ilici-Fagenion), 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno- Padion, Alnion incanae, Salicion albae) y 9230 Bosques galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica.

En general y debido a que la extensión de la Red Natura 2000 implicada es de más de 51.000 ha, el estudio de impacto ambiental no considera significativa la afección a estos espacios protegidos.

4.2.5 Impactos sobre la vegetación. Los impactos sobre la vegetación pueden ser directos o indirectos (por afección a otros aspectos ambientales como por ejemplo destrucción del suelo).

El proyecto se desarrollará en una zona con una cobertura vegetal autóctona muy asentada que muestra su gran potencial al ser capaz de colonizar los espacios degradados sin presencia de especies invasoras.

La presencia de esta vegetación no sólo asegura la estabilidad de las orillas, si no que actúa como filtro a la entrada de sedimentos y sustancias a los cauces, acumulan agua y sedimentos y funcionan como zonas de recarga de acuíferos, constituyendo el hábitat de una gran diversidad de especies animales, que viven, se alimentan y desarrollan en ella. Además de su importancia ecológica, posee un gran valor paisajístico.

Como consecuencia de los movimientos de tierra principalmente, es necesario eliminar la cobertura vegetal existente en el ámbito de actuación. La destrucción de la vegetación tendrá lugar tanto en los terrenos que ocuparían las escolleras, como en las propias escombreras con un alto grado de recuperación, como en los accesos, caminos auxiliares, zonas de acopio…

El estudio de impacto ambiental identifica un impacto positivo que se considera significativo la no actuación que plantea la alternativa cero, por la importancia de la vegetación de ribera en un espacio protegido. El impacto detectado en la alternativa de ejecución igualmente es calificado como significativo de distinto signo, pero tendría una intensidad baja debido a la alta capacidad de revegetación del medio.

En todo caso, la alternativa de actuación prevé el desarraigo del menor número posible de ejemplares arbóreos y el trasplante de los más valiosos (siempre que lo permita su porte y su estado fitosanitario). También, dentro de las medidas correctoras, se prevé la revegetación e hidrosiembra de todas las superficies alteradas, que continuaría con labores de mantenimiento durante los dos primeros años desde la finalización del proyecto.

4.2.6 Impactos sobre la fauna. El proyecto modificará sustancialmente las condiciones actuales de la zona de actuación y en menor medida los accesos. La destrucción de hábitats y microhábitats ocurrirá fundamentalmente en la fase de construcción (desbroce, movimientos de tierra…) mientras que la posible creación de nuevos ocurriría en la fase de funcionamiento, a medio o largo plazo, una vez que el medio hubiera asimilado los cambios inducidos, en la vegetación, laderas y presencia de escollera.

El estudio de impacto ambiental considera significativa la afección a la fauna en la alternativa de ejecución debido alto valor de la zona de actuación desde el punto de vista faunístico, ya que en ella se pueden encontrar potencialmente especies catalogadas como en peligro de extinción, el oso pardo y el urogallo, y numerosas especies con diversos grados de protección (la nutria, el desmán ibérico, salamandra rabilarga, diversos quirópteros…).

Se podrían producir migraciones de la fauna presente hacia otras zonas debidas al ruido generado por las acciones inherentes de esta fase, pudiendo tener consecuencias de especial gravedad si se hacen coincidir con las épocas más sensibles de cría y nidificación.

Entre las medidas preventivas de la alternativa de actuación está el evitar las labores de desbroce y despeje en los periodos de cría y nidificación. Tampoco se ejecutarán trabajos en los cauces en los periodos de freza de las especies piscícolas.

Además se aplicarán todas las directrices contenidas en los diferentes planes de recuperación, de conservación del hábitat y de manejo publicados por la administración autonómica para la protección de las diferentes especies afectadas en la zona de actuación.

4.2.7 Impactos sobre el paisaje. En la fase de construcción, la alternativa de ejecución del proyecto producirá un impacto significativo, según el estudio de impacto ambiental, en el aspecto de fragilidad paisajística.

Se aprecia esta afección como consecuencia de la realización de desbroces y movimientos de tierra que afectarán a la morfología actual de la escombrera y de las riberas fluviales donde se instalarán las escolleras. En este sentido, serán visibles apreciables discontinuidades paisajísticas de un entorno parcialmente revegetado actualmente. Las distintas unidades de obra del proyecto afectarán parcialmente a la textura del paisaje, pasando de vegetación densa a claros temporales con estaquillados puntuales.

En la fase de funcionamiento, el nivel de afección dependerá de la eficacia de las medidas de revegetación previstas en el proyecto y del grado de recolonización natural del área. En la alternativa de no actuación el impacto sobre el paisaje es nulo al no existir intervención sobre el medio.

Respecto a la intrusión visual, en la alternativa de ejecución no es previsible que las actuaciones focalicen la atención del observador en su fase de funcionamiento, debido a que en el área existe una gran diversidad de escombreras.

4.2.8 Impactos sobre el patrimonio cultural. Dentro del inventario realizado en el estudio de impacto ambiental en relación al patrimonio arqueológico, etnográfico e histórico industrial incluido en el presente estudio, cabe destacar el denominado Tesu de Castro, cuya localización parece estar muy próxima al área de actuación. Sin embargo, en el trabajo de campo realizado no fue localizado, por lo que no se consideran posibles impactos al mismo como consecuencia de la alternativa de ejecución del proyecto.

En todo caso, el promotor prevé para la alternativa de actuación que, si durante la ejecución de las obras se localizase cualquier tipo de hallazgo, se comunicaría a la administración competente para coordinar las labores de prospección y protección.

4.2.9 Impactos sobre el medio socioeconómico. No se prevén afecciones significativas sobre la población, pues las actuaciones se desarrollarán en zonas de monte relativamente separadas de los núcleos de población. Sin embargo aún no siendo significativa, el impacto sobre la población está presente en la alternativa de ejecución, ya que el tránsito de maquinaria hasta el lugar de las obras y el ruido generado que se propague y sea percibido en los núcleos puede afectar al día a día de las personas.

Tampoco se prevén afecciones sobre la economía de la zona, pues no es previsible que la actuación dinamice la población activa ni el consumo local, aunque ligeramente podría incidir sobre su potencial turístico, pues son zonas con un alto valor ecológico y la mejora de las antiguas pistas mineras podría favorecer actividades al aire libre como el senderismo.

Tampoco es previsible la afección a los usos tradicionales de la zona.

4.3 Valoración del órgano ambiental sobre el impacto ambiental del proyecto y la idoneidad de las medidas previstas por el Promotor para su corrección o compensación.

En primer lugar hay que tener en cuenta que, tal como señala el promotor, nos encontramos ante un supuesto de ejecución forzosa de una resolución administrativa, ya que la Confederación Hidrográfica del Cantábrico ha tenido que acudir a la figura de la ejecución subsidiaria ante la inactividad de la empresa minera que provocó la infracción. En consecuencia, no cabe plantear en el presente EsIA otras alternativas al proyecto que no sean la de ejecución y la de no ejecución o alternativa cero, puesto que, según indica el promotor, la alternativa de actuación debe circunscribirse a lo indicado en el expediente sancionador.

Tras el análisis de la documentación que obra en el expediente y las visitas de campo realizadas, se han podido deducir las siguientes consideraciones:

El estudio de impacto ambiental ha identificado como impactos severos de la alternativa de actuación la afección por fenómenos erosivos, deslizamiento e inestabilidad de laderas, la afección a la vegetación autóctona de ribera y la afección a la fauna por destrucción o creación de hábitats o microhábitats. Además valora negativamente esta alternativa desde el punto de vista de la conectividad de los cauces, al plantear actuaciones muy puntuales que no consiguen atajar otros problemas que sufren. En el arroyo La Raíz, no se plantea actuación alguna sobre la canalización del mismo bajo la plaza donde se ubicaron los edificios de la empresa minera (si bien es cierto que esta afección no se encuentra en el expediente sancionador, el cauce está literalmente encauzado y cubierto por una losa de hormigón), lo que sin duda genera mayor impacto que la invasión del cauce por estériles aguas abajo. En el arroyo La Braña la conectividad se ve interrumpida en su desembocadura en el río Gillón por un camino local.

El estudio de impacto ambiental valora la alternativa cero o de no actuación como positiva, teniendo en cuenta el largo periodo de inactividad de la actividad minera, que ha puesto de manifiesto la gran capacidad de revegetación natural de la zona (como se ha podido comprobar en los trabajos y visitas de campo realizadas), que incide positivamente en la estabilización de los taludes, en la reducción de fenómenos erosivos y del impacto paisajístico.

En relación a la vegetación, el estudio de impacto ambiental ha distinguido entre vegetación riparia y resto. Esta diferenciación se fundamenta en la importancia de la vegetación de ribera en el ecosistema fluvial, especialmente de su primera banda en la que se distinguen mayoritariamente especies arbóreas como Fraxinus excelsior, Alnus glutinosa y Fagus sylvatica y en menor medida especies arborescentes entre las que detacan Ilex aquifolium y Corylus avellana. La presencia de esta vegetación no sólo asegura la estabilidad de las orillas, si no que actúa como filtro a la entrada de sedimentos y sustancias a los cauces, acumulan agua y sedimentos funcionando como zonas de recarga de acuíferos y constituyen el hábitat de una gran diversidad de especies animales, que viven, se alimentan y desarrollan en ella. Además de su importancia ecológica, posee un gran valor paisajístico. Por todo ello, su conservación, protección y regeneración es imprescindible para el estado del ecosistema que resultaría afectado por la alternativa de actuación.

También es de señalar el alto valor de la zona de estudio desde el punto de vista faunístico, ya que en ella se pueden encontrar especies catalogadas como en peligro de extinción: el oso pardo y el urogallo, y numerosas especies con diversos grados de protección (la nutria, el desmán ibérico, salamandra rabilarga, diversos quirópteros…).

Las pistas de acceso existentes a los cauces afectados, con trayectorias superiores a los 2,5 km en pleno monte arbolado, son muy estrechas y están prácticamente cerradas por la vegetación en algunos tramos, por lo que la mejora de los mismos para dar acceso a la maquinaria pesada necesaria para la rectificación de los cauces y la ejecución de las escolleras en la alternativa de actuación, podría provocar una mayor intrusión humana en la fase de explotación, en una zona que hoy día presenta una elevada dificultad para su acceso rodado, lo que podría redundar en molestias sobre la fauna y en último caso migraciones hacia otras zonas menos accesibles.

Desde que dejaron de producirse los vertidos de estériles de mina en los cauces afectados han pasado más de 20 años, en los que la naturaleza ha tenido tiempo de ir acomodándose a la nueva situación, con una revegetación acusada de las riberas afectadas y una presencia de fauna con el máximo grado de protección. Esta situación contrasta con otras instalaciones también abandonadas: encauzamientos con hormigón, plataformas, residuos, escombreras de mayor porte, restos de otras construcciones, que no siendo objeto de este proyecto, generan un impacto superior al de las escombreras analizadas.

En relación con lo anterior y desde el punto de vista ambiental y sin entrar en las consideraciones del expediente sancionador o de las competencias territoriales, lo adecuado para la alternativa de actuación sería la propuesta de restauración global de todas las superficies afectadas en el ámbito de estudio, de tal manera que en el análisis ambiental se pudieran compensar los beneficios de esa restauración con los impactos identificados por intervenir en una zona de alto valor ambiental, con figuras de protección declaradas no sólo en el ámbito autonómico, sino también de la Red Natura 2000 y con la presencia de especies que ostentan el máximo grado de protección posible a nivel estatal y comunitario.

En este sentido y de acuerdo con la valoración global del impacto realizado en el estudio de impacto ambiental para cada alternativa y con las consideraciones antes indicadas, se entiende que, desde el punto de vista ambiental, la alternativa cero o de no actuación es la más favorable para conseguir los objetivos de restauración ambiental de las superficies afectadas por las escombreras en las zonas identificadas de los cauces La Raíz y La Braña.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Acondicionamiento de los cauces afectados por las escombreras del Grupo Perfectas-Riotorno (Antracitas de Guillón), T.M. Cangas de Narcea (Asturias), al concluirse que siempre y cuando se autorice en la alternativa cero o de no actuación, quedarán adecuadamente protegidos el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a Confederación Hidrográfica del Cantábrico para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 27 de octubre de 2014.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

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