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Documento BOE-A-2014-11141

Orden ECC/1992/2014, de 10 de octubre, por la que se declara la extinción y cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la Mutualidad Complementaria de Previsión Social para el Personal de la Caja de Ahorros de Asturias.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 30 de octubre de 2014, páginas 88539 a 88539 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2014-11141

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 19 de diciembre de 2012, la Asamblea General de la entidad Mutualidad Complementaria de Previsión Social para el Personal de la Caja de Ahorros de Asturias, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, adoptó el acuerdo de proceder a la disolución y liquidación de dicha entidad.

De la documentación que consta en el expediente se concluye que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, así como a la demás normativa vigente.

Por tanto, habiendo finalizado el proceso de liquidación de la referida entidad, y de conformidad con lo previsto en el artículo 28.5 del citado Texto Refundido, procede declarar la extinción y cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Mutualidad complementaria de Previsión Social para el personal de la Caja de Ahorros de Asturias.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:

Proceder a declarar la extinción y cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, a la entidad Mutualidad Complementaria de Previsión Social para el Personal de la Caja de Ahorros de Asturias.

Contra la presente Orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

Madrid, 10 de octubre de 2014.–El Ministro de Economía y Competitividad, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Íñigo Fernández de Mesa Vargas.

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