Ante la Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo, Sección 3.ª del Tribunal Supremo, Africana Energía, S.L.; EDP Cogeneración, S.L.; José Manuel Burgos Pérez y María del Amor Guinea Bueno, Asociación Española de la Industria Solar Termoeléctrica (Protermosolar), Seroga, S.A.; Hidroeléctrica del Arenal, S.L., e Hidroeléctrica de Villa de los Angeles, S.L., han interpuesto recursos contencioso-administrativos núms. 489/2014, 492/2014, 496/2014, 500/2014, 502/2014, 551/2014 y 554/2014 contra Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
En consecuencia, esta Subsecretaría ha resuelto emplazar a los interesados en los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la publicación de la presente resolución.
Madrid, 6 de octubre de 2014.–El Subsecretario de Industria, Energía y Turismo, Enrique Hernández Bento.
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