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Documento BOE-A-2014-10514

Resolución de 3 de julio de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifica un captador solar, modelo ST3500, fabricado por Solaris Energía Solar, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 16 de octubre de 2014, páginas 83892 a 83893 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2014-10514

TEXTO ORIGINAL

El captador solar fabricado por «Solaris Energía Solar, S.A.» fue certificado con la contraseña y la fecha de resolución que aparece a continuación

Modelo

Contraseña

Fecha Resolución

SOLARIS CP1

NPS – 25613

21/06/2013

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por «Lumelco, S.A.», con domicilio social en Avda. Matapiñonera nº 7- 28703 San Sebastián de los Reyes (Madrid), para la certificación de un captador solar con una denominación comercial diferente pero con las mismas características técnicas.

Habiendo sido presentado escrito en el que la empresa fabricante de los captadores solares – autoriza a la empresa «Lumelco, S.A.», para usar su propia marca para los paneles en España y en el que dicho fabricante confirma que los captadores son técnicamente idénticos.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto certificar el citado producto con la contraseña de certificación:

Modelo

Contraseña

ST3500

NPS – 23914

Y con fecha de caducidad el 21 de junio de 2015.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.

Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/401/2012, de 28 de febrero. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, ante el Secretario de Estado de Energía previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1. Modelo con contraseña NPS – 23914

Identificación:

Fabricante: «Solaris Energía Solar, S.A.»

Nombre comercial: ST3500

Tipo de captador: plano

Año de producción: 2007

Dimensiones:

Longitud: 2050 mm

Ancho: 1055 mm

Altura: 80 mm

Área de apertura: 2,00 m2

Área de absorbedor: 2,00 m2

Área total: 2,16 m2

Especificaciones generales:

Peso: 32,80 kg

Presión de funcionamiento Máx.: 10 bar

Fluido de transferencia de calor: agua + propilenglicol

Resultados de ensayo

Rendimiento térmico:

ηo

0,799

 

a1

3,40

W/m2K

a2

0,026

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

 

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1000 W/m2

10

566

1046

1525

30

389

869

1348

50

171

650

1130

Madrid, 3 de julio de 2014.–El Director General de Política Energética y Minas, Jaime Suárez Pérez-Lucas.

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