Por Resolución de 2 de junio de 2014, de la Dirección General de la Policía, (B.O.E. núm. 140, de 10 de junio), se convocó oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, y se designaron los Tribunales calificadores que habrían de intervenir en el desarrollo, ejecución y calificación de las pruebas.
Con posterioridad a la fecha indicada, por razones de servicio no pueden cumplir con las funciones inherentes a los miembros de los Tribunales Calificadores D. Eusebio Fraguas Sánchez, Comisario Principal, Vocal del Tribunal núm. 1; D. Jesús María Marín Zabala, Comisario, Presidente del Tribunal Suplente y D.ª M.ª Carmen Carrión Tapia, Inspectora, Vocal del Tribunal Suplente; lo que aconseja modificar la composición de los Tribunales calificadores al objeto de garantizar la necesaria armonía, eficacia y funcionalidad en el desarrollo del proceso.
En consecuencia, esta Dirección General, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 4, del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, acuerda:
Nombrar a D. Antonio Martín Zaragoza, Comisario Principal, en sustitución de D. Eusebio Fraguas Sánchez; a D. Jesús María García Muñoz, Comisario, en sustitución de D. Jesús María Marín Zabala; y a D.ª Gema Rayo Titos, Inspectora, en sustitución de D.ª M.ª Carmen Carrión Tapia.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Disposición Adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía en el plazo de un mes, en los términos establecidos por el art. 116 y concordantes de aquella Ley o contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.
Madrid, 25 de septiembre de 2014.–El Director General de la Policía, Ignacio Cosidó Gutiérrez.
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