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Documento BOE-A-2013-9873

Resolución CLT/1589/2013, de 14 de junio, por la que se archiva el expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de varios yacimientos en los términos municipales de Àger, Camarasa, Vilanova de Meià y Artesa de Segre y se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de los yacimientos de vertebrados de la Noguera, que incluye los yacimientos de la Mata de Viudà (Àger), de L'Espinau (Àger - Les Avellanes - Santa Linya), de la Massana, Masia de Marull y Carretera del Doll (Camarasa), Peralba (Vilanova de Meià) y de La Vall d'Ariet (Artesa de Segre), y se abre un periodo de información pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 2013, páginas 76928 a 76929 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2013-9873

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución CLT/1750/2006, de 10 de mayo («DOGC» núm. 4646, de 1-6-2006), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de varios yacimientos en los términos municipales de Àger, Camarasa, Vilanova de Meià y Artesa de Segre (Noguera).

El 6 de mayo de 2013 la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio emitió informe favorable al archivo del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de varios yacimientos en los términos municipales de Àger, Camarasa, Vilanova de Meià y Artesa de Segre y a la incoación del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de los yacimientos de vertebrados de la Noguera, que incluye los yacimientos de la Mata de Viudà (Àger), de L’Espinau (Àger - Les Avellanes - Santa Linya), de la Massana, Masia de Marull y Carretera del Doll (Camarasa), Peralba (Vilanova de Meià) y de La Vall d’Ariet (Artesa de Segre) y de apertura de un periodo de información pública.

Visto lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Archivar las actuaciones del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de varios yacimientos en los términos municipales de Àger, Camarasa, Vilanova de Meià y Artesa de Segre (Noguera), y en consecuencia, dejar sin efectos la Resolución CLT/1750/2006, de 10 de mayo, por la que se incoaba el expediente mencionado.

2. Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de los yacimientos de vertebrados de la Noguera, que incluye los yacimientos de la Mata de Viudà (Àger), de L’Espinau (Àger - Les Avellanes - Santa Linya), de la Massana, Masia de Marull y Carretera del Doll (Camarasa), Peralba (Vilanova de Meià) y de La Vall d’Ariet (Artesa de Segre). La delimitación de la zona paleontológica consta grafiada en los planos que figuran en el expediente administrativo.

3. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado a los ayuntamientos de Àger, Les Avellanes i Santa Linya, Camarasa, Vilanova de Meià y Artesa de Segre y hacerles saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación significa la suspensión de licencias municipales de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar que se hagan las obras que sea manifiesto que no perjudican los valores culturales del bien, autorización que debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, a menos de que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de esta resolución.

4. Abrir un período de información pública, de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Lleida, Rambla d’Aragó, 8, 25002 Lleida, o bien en la sede central de la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio del Departamento de Cultura, calle Portaferrissa, 1, 08002 Barcelona. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el mencionado expediente.

5. Comunicar esta resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 14 de junio de 2013.–El Consejero de Cultura, Ferran Mascarell i Canalda.

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