Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-9805

Resolución de 25 de junio de 2013, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los Sectores Públicos Autonómico y Local, ejercicios 2004 y 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 21 de septiembre de 2013, páginas 74842 a 75373 (532 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2013-9805

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 25 de junio de 2013, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los Sectores Públicos Autonómico y Local, ejercicios 2004 y 2005, acuerda:

1. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas asume el contenido del Informe de Fiscalización del Sector Público Autonómico y Local, ejercicios 2004 y 2005 y lamenta que la resolución de este informe acontezca nueve y ocho años respectivamente después de finalizar los correspondientes ejercicios presupuestarios.

Sector Público Autonómico:

2. Exigir el estricto cumplimiento de la rendición de cuentas del conjunto del sector público autonómico, que lo hizo fuera de plazo en un 22% en los años 2004 y 2005. Y el cumplimiento de esta obligación legal por parte del 7% que no lo hizo durante el mismo periodo.

3. En materia contractual, evitar el fraccionamiento en el objeto de los contratos, mediante el recuso al procedimiento negociado sin publicidad o a los contratos menores para eludir los requisitos de publicidad y concurrencia; adjudicación de contratos por concurso en detrimento de la subasta sin criterios objetivos de adjudicación; retrasos en la ejecución de los contratos, sin concesión de prórrogas y sin sancionar mediante la imposición de las penalizaciones previstas.

4. Exigir el estricto cumplimiento de la rendición de cuentas que afectó al 24% –1.983 Ayuntamientos– y al 27% –2.187 Ayuntamientos– en los ejercicios 2004, 2005, respectivamente.

5. Evitar, en materia contractual, la utilización abusiva e injustificada de procedimientos de urgencia; falta de objetivación en los criterios de adjudicación; ofertas económicas insuficientemente valoradas y demoras significativas en la ejecución de los contratos de obras, así como en el pago del precio al contratista.

Instar a las Comunidades Autónomas a:

6. Cumplir rigurosamente los objetivos de déficit fijados por el Gobierno.

7. Reflejar con claridad su situación patrimonial, actualizando los inventarios de bienes y derechos.

8. Poner los medios precisos para la reestructuración del sector público.

9. Establecer procedimientos de responsabilidad y sanción para las empresas del sector público que incumplan la obligación de rendición de cuentas.

10. Controlar el déficit del sector público.

Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de junio de 2013.–El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Ricardo Tarno Blanco.– La Secretaria Primera de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Celia Alberto Pérez.

INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS SECTORES PÚBLICOS AUTONÓMICO Y LOCAL, EJERCICIOS 2004 y 2005

El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida en los artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, y a tenor de lo previsto en los artículos 12 y 13 de la misma disposición y concordantes de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado en su sesión de 30 de noviembre de 2010, el Informe de Fiscalización de los Sectores Públicos Autonómico y Local, ejercicios 2004 y 2005, y ha acordado su elevación a las Cortes Generales.

ÍNDICE GENERAL

Presentación.

Sector público autonómico.

I. Introducción.

II. Rendición de cuentas y remisión de contratos.

III. Administraciones públicas.

IV. Empresas públicas.

V. Fundaciones públicas.

VI. Consorcios públicos.

VII. Estabilidad presupuestaria.

VIII. Endeudamiento.

IX. Subvenciones.

X. Avales.

XI. Contratación administrativa.

XII. Conclusiones.

Sector público local.

I. Introducción.

II. Rendición de cuentas.

III. Análisis de la liquidación de presupuestos.

IV. Sociedades mercantiles del sector público local.

V. Contratación administrativa.

VI. Conclusiones.

Anexos.

Apéndices.

PRESENTACIÓN.

Los informes que, en cada ejercicio, realiza el Tribunal de Cuentas con carácter global sobre los sectores públicos autonómico y local, tienen su fundamento en el artículo 136 de la Constitución española, que define al Tribunal de Cuentas como el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público, integrado, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 de su Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, entre otros, por las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales. En el mismo sentido, el artículo 153.d) de la Constitución dispone que el control de la actividad económica y presupuestaria de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá por el Tribunal de Cuentas.

El presente Informe complementa a los de las Declaraciones relativas a las Cuentas Generales del Estado de los ejercicios 2004 y 2005, pues comprende los sectores públicos autonómico y local, en consonancia con los objetivos previstos en el artículo 13 de la LOTCu. Para ello han sido esenciales tanto los informes del propio Tribunal de Cuentas como los de los órganos de control externo, ejercicios 2004 y 2005, de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Galicia, Illes Balears, Madrid, Navarra, País Vasco y C. Valenciana, así como el informe del Principado de Asturias para el ejercicio 2005.

Con fecha de 20 de julio de 2006, el Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó las Directrices Técnicas para los informes anuales de fiscalización de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía correspondientes al ejercicio 2004; posteriormente, analizada la situación de los trabajos de fiscalización del ejercicio 2004, así como las cuentas y demás documentación del ejercicio 2005 recibidas en este Tribunal y la próxima finalización del plazo de rendición de cuentas relativas a este último ejercicio, se planteó la conveniencia de realizar, simultáneamente, la fiscalización de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía de los ejercicios 2004 y 2005.

En consideración a lo anterior y con el propósito de acercar las actuaciones fiscalizadoras al tiempo en que se desarrolla la gestión, conseguir una mejor coordinación de las funciones del Tribunal de Cuentas desde un punto de vista global y evitar en la medida de lo posible los desfases temporales en la obtención de los resultados de las fiscalizaciones llevadas a cabo por el Tribunal y los Ocex de las Comunidades Autónomas, el Pleno, con fecha 24 de octubre de 2006, amplió el ámbito temporal de la fiscalización de las citadas Directrices Técnicas al ejercicio 2005.

Del sector público autonómico, se recogen, de forma resumida y con carácter global, los resultados derivados de los informes generales y específicos de cada una de las Comunidades y Ciudades Autónomas, destacando los aspectos más relevantes de la gestión económico-financiera de las mismas, en el marco del referido artículo 13 de la LOTCu. Al igual que en el informe correspondiente al ejercicio 2003, se ha tenido en cuenta lo interesado en la Resolución de 25 de septiembre de 2007, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, esto es, la continuación de los trabajos de coordinación con los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas en orden a conseguir una unificación tanto en las técnicas de fiscalización de dichos órganos, como en el contenido de los Informes anuales de las cuentas rendidas por los sectores públicos autonómico y local de cada Comunidad.

Como un primer paso en la dirección apuntada en la mencionada resolución, el Tribunal de Cuentas y los OCEX de las Comunidades Autónomas adoptaron en la reunión celebrada en Pamplona el 22 de octubre de 2009 un acuerdo sobre «Contenidos mínimos de la información común a disposición del Tribunal de Cuentas para la elaboración del Informe anual del sector público autonómico». Algunos de los puntos acordados ya tuvieron ocasión de ser tenidos en cuenta en el presente Informe.

Se parte del contenido de las Cuentas Generales y del grado de cumplimiento, tanto de la obligación de rendir las cuentas anuales como de remitir en el plazo establecido la documentación relativa a los contratos. A su vez, se efectúa un análisis global de la liquidación, de las modificaciones presupuestarias y del grado de ejecución presupuestaria, de la situación patrimonial y del nivel de endeudamiento, se relacionan las conclusiones más relevantes en cada una de las áreas examinadas y se adjuntan anexos con información complementaria.

En cumplimiento de lo previsto en el Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para 2008, aprobado por el Pleno el 28 de febrero de 2008, se recoge en un apartado específico una síntesis de los resultados ofrecidos en los informes singulares sobre la fiscalización de los diferentes proyectos financiados a través de los Fondos de Compensación Interterritorial.

Debe tenerse en cuenta, a su vez, que se ha realizado una fiscalización específica de la Ciudad Autónoma de Ceuta, sus organismos autónomos y sociedades, que comprende los ejercicios 2002 a 2004, conforme a lo interesado por la Resolución de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, de 24 de mayo de 2005, y que se realiza con arreglo a las Directrices Técnicas aprobadas por el Pleno del Tribunal el 28 de septiembre de 2006.

El apartado relativo al Sector público local recoge los resultados de las actuaciones fiscalizadoras realizadas por el Tribunal sobre las cuentas y la contratación de los ejercicios 2004 y 2005 de las Entidades locales situadas en Comunidades Autónomas que no tienen constituido Órgano de Control Externo, éste no ha comenzado todavía su actividad fiscalizadora o carece de competencias fiscalizadoras sobre la actividad económico-financiera de dichas Entidades, así como los que se deducen de los informes elaborados por los Órganos de Control Externo de Comunidades Autónomas con competencias fiscalizadoras y de la información adicional solicitada a los mismos.

Con carácter previo a la exposición de los resultados se define el ámbito de referencia, extensible a las 13.000 Entidades locales en los dos ejercicios, así como a 2.987 en 2004 y 3.024 en 2005 entes dependientes de las mismas, constituidos por los Organismos autónomos, Entidades públicas empresariales y Sociedades mercantiles en cuyo capital tengan participación total o mayoritaria aquéllas, y se precisan los objetivos y limitaciones del Informe sobre la actuación y situación del Sector público local. A continuación, se analiza el grado de cumplimiento de la obligación de rendir las cuentas anuales y el contenido de la documentación presentada en la Cuenta General.

Se ofrece, asimismo, un análisis de la liquidación de los presupuestos de ingresos y gastos, en sus distintas fases de ejecución, valorando la evolución interanual presupuestaria, y cuantificando diversos indicadores de la actividad económico-financiera desarrollada.

En el presente informe se ha continuado el análisis específico de las empresas públicas locales iniciado en el informe del ejercicio 2000, y se exponen los resultados obtenidos referidos al análisis económico-financiero de las sociedades mercantiles locales pertenecientes al ámbito territorial de las Comunidades Autónomas que no contaban con un Órgano de Control Externo en funcionamiento en los ejercicios 2004 y 2005 o que, teniéndolo, no tenía competencias sobre Entidades locales.

El análisis de este sector incorpora el examen de la contratación realizada por diversas Entidades locales, integradas en ámbitos territoriales en los que no se encontraban constituidos órganos autonómicos de control externo con competencia sobre Entidades locales durante los ejercicios 2004 y 2005, reseñándose los resultados más significativos de aquélla.

Por último, se incorpora un epígrafe para destacar las conclusiones más relevantes en cada una de las áreas examinadas.

El presente Informe puede ampliarse con los informes territoriales de fiscalización, aprobados por el Pleno del Tribunal, que se relacionan a continuación:

Informe anual de la Comunidad Autónoma de Aragón, ejercicios 2004 y 2005.

Informe anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicios 2004 y 2005.

Informe anual de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicios 2004 y 2005.

Informe anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja ejercicios 2004 y 2005.

Informe anual de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, ejercicio 2004.

Informe anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicios 2004 y 2005.

Informe anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2005.

Informe anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicios 2004 y 2005.

SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO

ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN.

I.1 Consideraciones previas.

I.2 Ámbito y objetivos.

I.3 Limitaciones.

II. RENDICIÓN DE CUENTAS Y REMISIÓN DE CONTRATOS.

II.1 Rendición de Cuentas.

II.2 Remisión de Contratos.

III. ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

III.1 Administración general, OO.AA. y Entes Públicos.

III.1.1 Liquidación del Presupuesto.

III.1.1.1 Modificaciones Presupuestarias.

III.1.1.2 Ejecución del Presupuesto.

III.1.1.2.1 Obligaciones y derechos reconocidos.

III.1.1.2.2 Incidencia del gasto sanitario en determinadas CC.AA.

III.1.1.3 Resultados y Saldos de la Ejecución Presupuestaria.

III.1.1.4 Financiación del ejercicio.

III.1.2 Situación Patrimonial.

III.1.2.1 Balance.

A) Inmovilizado.

B) Deudores.

C) Tesorería.

D) Acreedores.

III.1.2.2 Resultado económico-patrimonial.

III.1.2.3 Memoria.

A) Remanente de Tesorería.

B) Compromisos de gastos para ejercicios futuros.

III.2. Participación en el Fondo de Compensación Interterritorial.

III.2.1 Aspectos generales.

III.2.2 Dotaciones y Financiación de las mismas.

III.2.3 Ejecución de los Proyectos.

III.3 Universidades.

III.3.1 Introducción.

III.3.2 Rendición de cuentas.

III.3.3 Resultados de la fiscalización.

A) Análisis contable.

B) Gestión.

IV. EMPRESAS PÚBLICAS.

V. FUNDACIONES PÚBLICAS.

VI. CONSORCIOS PÚBLICOS.

VII. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA.

VIII. ENDEUDAMIENTO.

IX. SUBVENCIONES.

IX.1 Marco normativo.

IX.2 Resultados de las fiscalizaciones.

X. AVALES.

XI. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

XII. CONCLUSIONES.

ÍNDICE DE CUADROS

Cuadro 1.1. Entidades del Sector público autonómico 2004.

Cuadro 1.2. Entidades del Sector público autonómico 2005.

Cuadro 2.1. Rendición de cuentas 2004.

Cuadro 2.2. Rendición de cuentas 2005.

Cuadro 3.1. Contratos recibidos según su naturaleza. Administraciones Generales 2004.

Cuadro 3.2. Contratos recibidos según su naturaleza. Administraciones Generales 2005.

Cuadro 4.1. Contratos recibidos según forma de adjudicación. Administraciones Generales 2004.

Cuadro 4.2. Contratos recibidos según forma de adjudicación. Administraciones Generales 2005.

Cuadro 5.1. Liquidación del presupuesto por subsectores 2004.

Cuadro 5.2. Liquidación del presupuesto por subsectores 2005.

Cuadro 6.1. Créditos finales: ejercicios 2001 a 2004. Administraciones Generales.

Cuadro 6.2. Créditos finales: ejercicios 2002 a 2005. Administraciones Generales.

Cuadro 7.1. Previsiones finales: ejercicios 2001 a 2004. Administraciones Generales.

Cuadro 7.2. Previsiones finales: ejercicios 2002 a 2005. Administraciones Generales.

Cuadro 8.1. Gasto sanitario 2004.

Cuadro 8.2. Gasto sanitario 2005.

Cuadro 9. Evolución del gasto sanitario.

Cuadro 9.a. Evolución de las obligaciones del gasto sanitario. Obligac. reconocidas presupuestariamente.

Cuadro 9.b. Evolución de las obligaciones del gasto sanitario. Obligac. Pdte. de aplicar a Presupuesto.

Cuadro 10.1. Resultados y saldos presupuestarios agregados. Administraciones Generales 2004.

Cuadro 10.2. Resultados y saldos presupuestarios agregados. Administraciones Generales 2005.

Cuadro 11. Resultado presupuestario: 2002 a 2005. Administraciones Generales.

Cuadro 12.1. Incidencias y salvedades sobre resultados ppuestarios. Admones. Generales 2004.

Cuadro 12.2. Incidencias y salvedades sobre resultados ppuestarios. Admones Generales 2005.

Cuadro 13.1. Financiación de las Comunidades Autónomas 2004.

Cuadro 13.2. Financiación de las Comunidades Autónomas 2005.

Cuadro 14.1. Recursos. Ley 21/2001. 2004.

Cuadro 14.2. Recursos. Ley 21/2001. 2005.

Cuadro 15.1. Otros recursos 2004.

Cuadro 15.2. Otros recursos 2005.

Cuadro 16.1. Recursos propios 2004.

Cuadro 16.2. Recursos propios 2005.

Cuadro 17.1. Remanente de Tesorería. Administraciones Generales 2004.

Cuadro 17.2. Remanente de Tesorería. Administraciones Generales 2005.

Cuadro 18.1. Compromisos gastos ejercicios futuros. Administraciones Generales 2004.

Cuadro 18.2. Compromisos gastos ejercicios futuros. Administraciones Generales 2005.

Cuadro 19.1. Distribución por CCAA en la participación del FCI 2004.

Cuadro 19.2. Distribución por CCAA en la participación del FCI 2005.

Cuadro 20.1. Obligaciones reconocidas por materias de inversión del Fondo de Compensación 2004.

Cuadro 20.2. Obligaciones reconocidas por materias de inversión del Fondo de Compensación 2005.

Cuadro 21.1. Obligaciones reconocidas por materias del inversión del Fondo Complementario 2004.

Cuadro 21.2. Obligaciones reconocidas por materias del inversión del Fondo Complementario 2005.

Cuadro 22. Evolución por CCAA de las obligaciones reconocidas de los FCI.

Cuadro 23. Evolución por CCAA de los derechos reconocidos de los FCI.

Cuadro 24. Evolución de los derechos y obligaciones reconocidas de los FCI.

Cuadro 25. Informes de fiscalización de Universidades Públicas (UUPP) remitidos al TCu.

Cuadro 26. Liquidación Agregada de los Presupuestos de Gastos (UUPP).

Cuadro 27. Inversiones reales. Modificaciones y grado de ejecución (UUPP).

Cuadro 28. Financiación de las modificaciones presupuestarias (UUPP).

Cuadro 29. Ejecución del Presupuesto de gastos por Comunidades (UUPP).

Cuadro 30. Evolución de las obligaciones reconocidas (UUPP).

Cuadro 31. Ejecución del Presupuesto de Ingresos por Comunidades (UUPP).

Cuadro 32. Evolución de los derechos reconocidos (UUPP).

Cuadro 33. Derechos devengados por precios públicos (UUPP).

Cuadro 34. Evolución de las fuentes de financiación (UUPP).

Cuadro 35. Estructura de las fuentes de financiación (UUPP).

Cuadro 36. Variaciones de obligaciones y derechos reconocidos 2002/2005 (UUPP).

Cuadro 37. Resultado y Saldo Presupuestario (UUPP).

Cuadro 38. Situación Patrimonial. Resumen Balance (UUPP).

Cuadro 39. Estructura de financiación y su evolución (UUPP).

Cuadro 40. Evolución del resultado económico-patrimonial (UUPP).

Cuadro 41. Proporción de plazas de nuevo ingreso (UUPP).

Cuadro 42. Proporción de titulaciones ofertadas (UUPP).

Cuadro 43. Plazas ofertadas por titulación (UUPP).

Cuadro 44. Proporción de alumnos de nuevo ingreso (UUPP).

Cuadro 45. Satisfacción de la oferta (UUPP).

Cuadro 46. Proporción de créditos impartidos(UUPP).

Cuadro 47. Proporción de créditos matriculados (UUPP).

Cuadro 48. Proporción de alumnos matriculados (UUPP).

Cuadro 49. Dedicación del alumnado (UUPP).

Cuadro 50. Alumnos teóricos por grupo (UUPP).

Cuadro 51. Proporción de alumnos equivalentes (UUPP).

Cuadro 52. Proporción de alumnos graduados (UUPP).

Cuadro 53. Gestión de proyectos de investigación en 2005 (UUPP).

Cuadro 54. Evolución de los colectivos PAS y PDI (UUPP).

Cuadro 55. Evolución del conjunto de personal funcionado y contratado (UUPP).

Cuadro 56. Evolución del PAS, funcionario y laboral (UUPP).

Cuadro 57. Evolución del PDI, funcionario y laboral (UUPP).

Cuadro 58. Evolución de los gastos de personal – Agregado (UUPP).

Cuadro 59. Evolución de los gastos de personal – Universidades de la CA de Cataluña.

Cuadro 60. Evolución de los gastos de personal – Universidades de la Comunidad Valenciana.

Cuadro 61. Evolución de los gastos de personal (UUPP).

Cuadro 62. Créditos impartidos por PDI (UUPP).

Cuadro 63. Coste medio del crédito matriculado (UUPP).

Cuadro 64. Coste medio por curso del alumno equivalente a curso completo (UUPP).

Cuadro 65. Coste del titulado (UUPP).

Cuadro 66. Endeudamiento financiero (2004-2005). Empresas Públicas.

Cuadro 67. Cumplimiento objetivo estabilidad presupuestaria. Necesidad o capacidad de financiación.

Cuadro 68.1. Pasivos financieros. Administraciones Generales 2004.

Cuadro 68.2. Pasivos financieros. Administraciones Generales 2005.

Cuadro 69.1. Evolución de pasivos financieros: ejercicios 2001-2004. Administraciones Generales.

Cuadro 69.2. Evolución de pasivos financieros: ejercicios 2002-2005. Administraciones Generales.

Cuadro 70.1. Endeudamiento financiero 2004. Administraciones Generales y Empresas Públicas.

Cuadro 70.2. Endeudamiento financiero 2005. Administraciones Generales y Empresas Públicas.

Cuadro 71.1. Avales 2004. Administraciones Generales.

Cuadro 71.2. Avales 2005. Administraciones Generales.

Cuadro 72.1. Contratos examinados por el Tribunal de Cuentas 2004. Administraciones Generales.

Cuadro 72.2. Contratos examinados por el Tribunal de Cuentas 2005. Administraciones Generales.

Cuadro 73.1. Contratos examinados por su naturaleza 2004. Administraciones Generales.

Cuadro 73.2. Contratos examinados por su naturaleza 2005. Administraciones Generales.

Cuadro 74.1. Contratos examinados por forma de adjudicación 2004. Administraciones Generales.

Cuadro 74.2. Contratos examinados por forma de adjudicación 2005. Administraciones Generales.

I. INTRODUCCIÓN

I.1 CONSIDERACIONES PREVIAS

De conformidad con el artículo 156.1 de la C.E., «las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles». Por su parte, el artículo 157.3 C.E. dispone que una Ley Orgánica podrá regular el ejercicio de determinadas competencias financieras, así como las normas para resolver los conflictos que pudieran surgir, y las posibles formas de colaboración financiera entre las Comunidades Autónomas y el Estado.

El nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas, vigente desde 2002, incorporó importantes novedades en el ámbito de la corresponsabilidad fiscal, ampliando la autonomía financiera. En efecto, una mayor corresponsabilidad ha hecho depender en mayor medida los recursos regionales de los ingresos tributarios generados en el territorio de las Comunidades Autónomas. Las Leyes 17/2002 a 31/2002, de 31 de julio, regularon el régimen de cesión de tributos del Estado y la fijación del alcance y condiciones de dicha cesión para cada una de las Comunidades Autónomas de régimen general. La nueva financiación fue acompañada de transferencias competenciales, lo que explica que en el presente informe sigan teniendo atención relevante los servicios públicos transferidos y, entre ellos, especialmente, los sanitarios.

Además, la elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos de los ejercicios 2004 y 2005 se realizó en el marco de la estabilidad presupuestaria y de limitación del déficit público, de acuerdo con los principios derivados del Pacto de Estabilidad y Crecimiento acordado en el Consejo de Ámsterdam de 1997, que tuvieron su plasmación esencial en nuestro país en la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria y en la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la anterior. En el informe de fiscalización para estos ejercicios, tienen especial relevancia los efectos derivados de esas leyes, pues su aplicación se inició en el proceso de elaboración de los Presupuestos para 2003. Constituyen dichas normas, en definitiva, el marco legal de la estabilidad presupuestaria del sector público; esto es, de uno de los instrumentos más relevantes de la política económica nacional y de convergencia entre los países más avanzados de la Unión Europea.

La estabilidad presupuestaria debe ser compatible con el principio de autonomía financiera de las Comunidades Autónomas consagrado por la Constitución en el referido artículo 156, como fundamento de la plena disponibilidad de sus ingresos sin condicionamientos indebidos y en toda su extensión, para poder ejercer las competencias propias y, en especial, las que se configuran como exclusivas; la estabilidad presupuestaria debe contribuir a reforzar la competencia de las Comunidades Autónomas para elaborar, aprobar y ejecutar sus propios presupuestos, esto es, su competencia para decidir la estructura de su presupuesto de gastos de inversión y la ejecución de los correspondientes proyectos, de tal forma que permita destinar los recursos o ingresos de las Comunidades a los objetivos políticos, administrativos, sociales o económicos que estimen pertinentes.

En España, en relación con el PIB, el crecimiento del gasto público fue moderado hasta mediados de la década de los setenta, pasando desde poco menos del 25 % en 1975 hasta más del 40 % en 1985; el gasto siguió creciendo hasta mediados de los noventa, aunque de forma menor. Limitaron el crecimiento del gasto las restricciones al endeudamiento derivadas del pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC). El PEC, cuya aceptación fue un requisito para que la moneda de un país pudiera integrarse en la moneda única (el euro), limitó el déficit público al 3 % del PIB y el endeudamiento al 60 % del PIB. Como regla general, el gasto no podía financiarse con endeudamiento. El gasto se redujo por la coyuntura económica favorable con tipos de interés bajos, que permitía reducir el coste de la Deuda y el crecimiento en el empleo.

En el año 2005, también en relación con el PIB, el gasto público en España se encuentra situado por debajo de la mayoría de los países de la Unión Europea, casi 19 puntos porcentuales por debajo del promedio de la UE-15, ocupando el penúltimo lugar en gasto público en la UE-15, además por debajo del promedio de la OCDE. El 30 % del gasto público de 2005 corresponde a prestaciones sociales, dos tercios de las cuales son pensiones contributivas de la Seguridad Social y algo más del 25 % es remuneración de asalariados, cuya participación relativa en el gasto total ha permanecido estable en los últimos veinte años. Los consumos intermedios y los gastos de capital suponen en torno al 13 % y los intereses de la deuda un 5 %, frente al 12 % de 1985.

El Sector Público autonómico, además de prestar servicios públicos, se ha involucrado activamente en el mantenimiento de los niveles de vida de los ciudadanos, de forma que, en mayor o menor medida, todas las autonomías proveen, de forma gratuita o a un precio notoriamente inferior al de mercado, bienes esenciales como la Educación o la Sanidad.

En la evolución de la descentralización del gasto público entre 1988 y 2005 pueden destacarse varias etapas:

— Hasta mediados de la década de los ochenta se produce el grueso de traspasos, con la excepción de los servicios de educación y sanidad para las Comunidades Autónomas denominadas de vía lenta. Las Comunidades Autónomas alcanzan, en términos agregados, un 20 % del gasto público, frente al 45 % de la Administración central.

— En los años noventa las Comunidades Autónomas estabilizan su participación en el gasto en torno al 25 %.

— A partir de 1999 se produce el traspaso de la educación y sanidad a las Comunidades Autónomas que todavía no tenían asumidas estas competencias.

En los ejercicios 2004-2005 el Sector Público autonómico ha alcanzado prácticamente el techo competencial previsto en los primeros Estatutos de Autonomía, adoptando un modelo descentralizado de gasto público. En conclusión, la evolución del gasto de las Comunidades Autónomas y su participación en el gasto total del sector público está conectado con el proceso de cesión de competencias y servicios desde la Administración central.

I.2 ÁMBITO Y OBJETIVOS

El presente informe abarca a todo el sector público autonómico, según lo dispuesto en el artículo 136 de la Constitución Española que precisa que el Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, así como del sector público, en el que, conforme al artículo cuatro de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, se integran las Comunidades Autónomas. A la hora de concretar el sector público autonómico, a los efectos de este Informe, se ha tenido en cuenta lo previsto en el artículo 2.1.c de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria, que menciona a la Administración de las Comunidades Autónomas, así como los Entes y Organismos públicos dependientes de aquélla, que presten servicios o produzcan bienes que no se financien mayoritariamente con ingresos comerciales; se incluyen también los entes mencionados en el número 2 del citado artículo.

El informe tiene como objetivo analizar la rendición de cuentas, la ejecución presupuestaria, la situación patrimonial y la gestión en las áreas de endeudamiento, subvenciones, avales, operaciones de crédito y contratación administrativa desde la perspectiva del sometimiento a los principios de legalidad, eficiencia y economía. También están entre sus objetivos, junto a la verificación de la rendición de sus cuentas, analizar las empresas públicas autonómicas, sus principales resultados, los posibles supuestos de disolución, las subvenciones y ayudas recibidas de las administraciones públicas y el endeudamiento.

Cuadro 1.1 Entidades del Sector Público Autonómico (2004)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

1 Hay dos empresas Heliceuta, S.A. y Teleceuta, S.A. que no han tenido actividad y en el ejercicio no aportan información sobre su situación jurídica y económico-financiera.

Cuadro 1.2 Entidades del Sector Público Autonómico (2005)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

I.3 LIMITACIONES

Siguen siendo una limitación en la elaboración de este tipo de informe la diferente estructura y conformación de las Cuentas Generales elaboradas por las CC.AA. y la ausencia de homogeneidad en la estructura y contenido de los elaborados por los distintos órganos de control externo de las CC.AA.

Las Cuentas Generales no incluyen, con carácter general, la memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados con indicación de los previstos y alcanzados y del coste correspondiente, lo que supone una limitación a la verificación de la aplicación de los principios de eficacia, eficiencia y economía en la gestión de los recursos públicos. Andalucía la presenta a partir de 2004, si bien falta un análisis más detallado del coste de los Programas y de su medición; también la presenta este año el País Vasco y, a partir de 2005, el Principado de Asturias.

Se carece de contabilidad analítica por lo que no es posible conocer y analizar objetivamente el coste y el rendimiento de los servicios públicos; para verificar si la gestión económico financiera se ha ajustado a los principios de economía, eficacia y eficiencia son esenciales las memorias que contienen el grado de cumplimiento de los objetivos programados.

El sistema contable no permite el seguimiento adecuado de los gastos con financiación afectada, lo que impide conocer las desviaciones de financiación en el cálculo del superávit o déficit de financiación y del remanente de tesorería, así como para determinar los compromisos de ingresos susceptibles de financiar créditos para gastos del ejercicio en las CC.AA. de Andalucía, Aragón, Cantabria, Canarias, Extremadura, Foral de Navarra, Illes Balears, Madrid, Principado de Asturias y Ciudad Autónoma de Melilla.

La carencia en la mayoría de las CC.AA. de un inventario de bienes y derechos completo, actualizado y valorado, así como la no implantación en ambos ejercicios del PGCP en las CC.AA. de Illes Balears (lo implanta parcialmente) y Madrid no permiten el adecuado conocimiento de la situación patrimonial y de los resultados económico-patrimoniales registrados en el ejercicio. La Comunidad Foral de Navarra elabora los estados financieros según el del Estado de 1994 y el País Vasco según un Plan de Cuentas pendiente de aprobar.

II. RENDICIÓN DE CUENTAS Y REMISIÓN DE CONTRATOS

II.1 RENDICIÓN DE CUENTAS

El artículo 34 de la LFTCu preceptúa que todas las Entidades integrantes del sector público, entre ellas las Comunidades Autónomas, a tenor del artículo 4 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas (LOTCu), quedan sometidas a la obligación de rendir a este Tribunal las cuentas legalmente establecidas, con arreglo a sus respectivos regímenes de contabilidad y sin perjuicio de lo que disponen los artículos 27 y 29 de la LFTCu.

De acuerdo con lo anterior, el artículo 35 de la LFTCu, la Ley General Presupuestaria, las Leyes de Hacienda de las Comunidades Autónomas y las de creación de los correspondientes órganos de control externo, y los artículos 204 y 190.1 de la LHL en el caso de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, establecen los plazos de rendición de las cuentas y la documentación que las integran, así como la que debe acompañar a las mismas.

Según los datos que obran en este Tribunal, como consecuencia de las fiscalizaciones efectuadas directamente por el mismo y de las realizadas por los OCEX, se han rendido fuera de plazo las cuentas de la Administración General de 2 de las 17 Comunidades Autónomas (Aragón y Castilla y León); también rinden fuera de plazo las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

En la C.A. de Madrid no se aporta relación nominal de los Entes, Empresas y Universidades que no rinden o lo hacen fuera de plazo.

Se especifican a continuación los incumplimientos detectados:

A) Organismos Autónomos

Han rendido cuentas fuera de plazo:

Aragón 2004-2005: (5): Instituto Aragonés de la Juventud; Instituto Aragonés de la Mujer; Instituto Aragonés de Empleo; Instituto Aragonés de Servicios Sociales; Servicio Aragonés de Salud.

Cantabria 2005: (6) Servicio Cántabro de Salud; Servicio Cántabro de Empleo; Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria; Centro de Investigación del Medio Ambiente; Instituto Cántabro de Estadística; Oficina de Calidad Alimentaria.

Castilla y León 2004: (3) Gerencia Regional de Salud; Gerencia de Servicios Sociales; Servicio Público de Empleo.

Ceuta 2004-2005: (5) Instituto Ceutí de Deportes; Instituto de Estudios Ceutíes; Patronato Municipal de la Música; Residencia de la Juventud; Consejo Económico y Social.

Melilla 2004 y 2005: (2) Patronato del Centro Asociado de la UNED y Organismo Fundación de Asistencia al Drogodependiente.

No rinden cuentas:

Aragón 2004-2005: (1) Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores (sin actividad).

Cantabria 2004: (1) Ente del Agua y del Medio Ambiente (sin actividad).

Cataluña 2005: (1) Agencia de Protección de Datos.

Comunidad Valenciana 2004-2005: (1) Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (creado en 2004 y sin actividad).

B) Entidades Públicas

Han rendido cuentas fuera de plazo:

Aragón 2004: (5) Aragonesa de Servicios Telemáticos; Consejo Nacional de la Juventud de Aragón; Instituto Aragonés del Agua; Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud; Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Aragón 2005: (6) Aragonesa de Servicios Telemáticos; Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria; Consejo Aragonés de Personas Mayores; Instituto Aragonés del Agua; Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud; Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Cantabria 2005: (4) Consejo Económico y Social de Cantabria; Consejo de la Juventud de Cantabria; Consejo de la Mujer de Cantabria; Consejo Asesor de Radiotelevisión Española en Cantabria.

Castilla y León 2004: (4) Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León; Ente Regional de la Energía; Instituto Tecnológico Agrario; Consejo Económico y Social de Castilla y León.

La Rioja 2005: (1) Consejo de la Juventud.

Madrid 2004-2005: (1) No consta cuál.

Principado de Asturias 2004: (9) Caja de Crédito de Cooperación Local; Consejo Económico y Social; Consejo de la Juventud; Real Instituto de Estudios Asturianos; Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario; Servicio de Salud del Principado de Asturias; Asturias 112; Bomberos del Principado de Asturias; Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias.

Principado de Asturias 2005: (6) Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agrario; Asturias 112; Bomberos del Principado de Asturias; Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias; Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias; Caja de Crédito de Cooperación Local.

Melilla 2004-2005: (1) Organización Fundación Melilla Ciudad Monumental.

No han rendido cuentas:

Andalucía 2005: (1) Instituto Andaluz de Finanzas (sin constitución efectiva).

Aragón 2004: (2) Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria; Consejo Aragonés de Personas Mayores.

Aragón 2005: (3) Aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos; Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón; Consejo de la Juventud de Aragón.

Castilla y León 2004 y 2005: (1) Consejo de la Juventud de Castilla y León.

Principado de Asturias 2004: (2) Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias (sin actividad); Servicio de Salud del Principado de Asturias.

La Rioja 2005: (1) Consejo de la Juventud.

Madrid 2005: (1) No consta cuál.

C) Empresas Públicas

Han rendido cuentas fuera de plazo:

Aragón 2004: (22) Aragonesa de Avales, S.G.R. (AVALIA ARAGÓN, S.G.R.); Centro Dramático de Aragón, S.A.; Escuela Superior de Hostelería de Aragón, S.A.; Gestora Turística de San Juan de la Peña, S.A.; Inmuebles Gran Teatro Fleta, S.L.; Asitel Servicio de Interpretación Telefónica, S.A.; Centro Europeo de Empresas e Innovación de Aragón, S.A.; Ciudad del Motor de Aragón, S.A.; Instituto Aragonés de Fomento; Parque Tecnológico Walqa, S.A.; Instituto Tecnológico de Aragón; Nieve de Aragón, S.A.; Plataforma Logística de Zaragoza, S.A.; Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S.A.; Sociedad Infraestructuras Rurales Aragonesas, S.A.; Sociedad Instrumental para la Promoción del Comercio Aragonés, S.A. (Aragón Exterior, S.A.); Savia Capital Inversión, S.A.U.; Aeronáutica de los Pirineos, S.A.; Sociedad de Promoción y Gestión del Turismo Aragonés, S.A.; Platea y Gestión, S.A.; Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.; Institución Ferial de Calamocha.

Aragón 2005: (27) Aragonesa de Avales, S.G.R. (AVALIA ARAGÓN, S.G.R.); Aramón, Montañas de Aragón, S.A., Centro Dramático de Aragón, S.A.; Corporación Aragonesa de Radio y Televisión; Radio Autonómica de Aragón, S.A.; Televisión Autonómica de Aragón, S.A.; Escuela Superior de Hostelería de Aragón, S.A.; Estación; Gestora Turística de San Juan de la Peña, S.A.; Inmuebles Gran Teatro Fleta, S.L.; Asitel Servicio de Interpretación Telefónica, S.A.; Centro Europeo de empresas e Innovación de Aragón, S.A.; Ciudad del Motor de Aragón, S.A.; Instituto Aragonés de Fomento; Parque Tecnológico Walqa, S.A.; Instituto Tecnológico de Aragón; Nieve de Aragón, S.A.; Plataforma Logística de Zaragoza, S.A.; Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S.A.; Sociedad Infraestructuras Rurales Aragonesas, S.A.; Sociedad Instrumental para la Promoción del Comercio Aragonés, S.A. (Aragón Exterior, S.A.); Savia Capital Inversión, S.A.U.; Aeronáutica de los Pirineos, S.A.; Sociedad de Promoción y Gestión del Turismo Aragonés, S.A.; Platea y Gestión, S.A.; Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.; Institución Ferial de Calamocha; Institución Feria Oficial y Nacional de Muestras de Zaragoza.

Canarias 2004: (2) Proyecto Monumental Tindaya, S.A.; Compañía Energética de Vientos del Atlántico.

Cantabria 2004: (1) Empredinser, S.L.

Cantabria 2005: (22) Aberekin, S.A.; Ciudad de Transportes de Santander, S.A. (CITRASA); Ecoparque de Reocín, S.L.; El Soplao, S.L.; Empredinser, S.L.; Empresa Cántabra para el Desarrollo de Nuevas Tecnologías en la Administración, S.L. (EMCANTA); Gestión de Infraestructuras Educativas de Cantabria, S.L. (GIEDUCAN); Gestión de viviendas e Infraestructuras en Cantabria, S.L. (GESVICAN); Gran Casino del Sardinero, S.A.; Medio Ambiente, Agua, Residuos y Energía de Cantabria, S.A. (MARE, S.A.); Parque Empresarial de Cantabria, S.L.; Servicios de Emergencias de Cantabria, S.A. (SEMCA); Sistemas Medioambientales de Cantabria, S.A.; Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A. (SODERCAN); Sociedad Gestora de Activos Inmobiliarios de Cantabria, S.L. (GESAICAN); Sociedad Gestora del Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, S.L. (PCTAN); Sociedad Regional Cántabra de Promoción Turística, S.A. (CANTUR); Sociedad Regional de Coordinación Financiera de Empresas Públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria, S.L. (CEP CANTABRIA, S.L.); Sociedad Regional para la Gestión y Promoción de Actividades Culturales del Palacio de Festivales de Cantabria, S.A.; Sociedad Regional de Turismo de Cantabria, S.A.; Suelo Industrial de Cantabria, S.L. (SICAN); Suelo Industrial de Torrelavega, S.L. (SITOR).

Castilla y León 2004: (5) Sociedad de Gestión de Infraestructuras de Castilla y León, S.A. (CIGAL, S.A.); Sociedad de Promoción del Turismo de Castilla y León, S.A. (SOTUR); Parque Tecnológico de Castilla y León, S.A.; Sociedad de Gestión Urbanística de Castilla y León, S.A. (GESTUR, S.A.); Agrupación de Productores de Patata de Siembra de Castilla y León, S.A. (APPACALE, S.A.).

La Rioja 2005: (1) ADER Infraestructuras Industriales, S.L.

Madrid 2004: (1) No consta cuál.

Principado de Asturias 2004: (17) Ciudad Industrial Valle del Nalón (VALNALÓN); Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, S.A. (EASA) (en liquidación); Empresa Pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A.; Gestión e Infraestructuras Sanitarias del Principado de Asturias, S.A.U. (GISPASA); Hostelería Asturiana, S.A. (HOASA); Inspección Técnica de Vehículos de Asturias, S.A. (ITVASA); Parque de la Prehistoria, S.A.; Productora de Programas del Principado de Asturias, S.A.; Sedes, S.A.; Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, S.A. (SADEI); Sociedad Inmobiliaria Real Sitio de Covadonga, S.A.; Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A. (SOGEPSA); Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias, S.A. (SPR); SRP Participaciones, S.L.; Sociedad Regional de Recaudación del Principado de Asturias, S.A.; Sociedad Regional de Turismo, S.A.; Viviendas del Principado de Asturias, S.A. (VIPASA).

Principado de Asturias 2005: (18) Ciudad Industrial Valle del Nalón (VALNALÓN, S.A.); Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, S.A. (EASA) (en liquidación); Empresa Pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A.; Gestión e Infraestructuras Sanitarias del Principado de Asturias, S.A.U. (GISPASA); Hostelería Asturiana, S.A. (HOASA); Inspección Técnica de Vehículos de Asturias, S.A. (ITVASA); Parque de la Prehistoria, S.A.U.; Productora de Programas del Principado de Asturias, S.A.; Sedes, S.A.; Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, S.A. (SADEI); Sociedad Inmobiliaria Real Sitio de Covadonga, S.A.; Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias, S.A. (SPR); SRP Participaciones, S.L.; Sociedad Regional de Recaudación del Principado de Asturias, S.A.; Sociedad Regional de Turismo, S.A.; Viviendas del Principado de Asturias, S.A. (VIPASA); Albancia, S.A. (nueva creación); Radio del Principado de Asturias, S.A.U. (nueva creación); TV del Principado de Asturias, S.A.U. (nueva creación).

Región de Murcia 2004: (3) Caravaca Jubilar, S.A.; Cartagena Puerto de Culturas; Lorcatur, Lorca Taller del Tiempo, S.A.U.

Comunidad Valenciana 2005: (1) Aeropuerto de Castellón, S.L.

Ceuta 2004: (6) Aguas de Ceuta, S.A. (ACEMSA); Aparcamientos Municipales y Gestión Vial de Ceuta, S.A.; Empresa Municipal de la Vivienda, S.A.; Radiotelevisión de Ceuta, S.A.; Servicios Turísticos, S.L.; Sociedad para el Fomento y Promoción del Desarrollo Socioeconómico de Ceuta, S.A. (PROCESA).

Ceuta 2005: (12) Aguas de Ceuta, S.A. (ACEMSA); Aparcamientos Municipales y Gestión Vial de Ceuta, S.A. (AMGEVICESA); Empresa Municipal de la Vivienda, S.A. (EMVICESA); Obras, Infraestructuras y Medio Ambiente de Ceuta, S.A.U. (OBIMASA); Obimace, S.L.U.; Radiotelevisión de Ceuta, S.A.U; Servicios Tributarios de Ceuta, S.L.; Servicios Turísticos de Ceuta, S.L.; Sociedad para el Fomento y Promoción del Desarrollo Socioeconómico de Ceuta, S.A. (PROCESA); Acuicultura de Ceuta, S.A.; Parque Marítimo del Mediterráneo, S.A.; Puerta de África, S.A.

Melilla 2004-2005: (4) Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla, S.A. (EMVISMESA); Información Municipal de Melilla, S.A. (INMUSA); Proyecto Melilla, S.A. (PROMESA); Residuos Melilla, S.A. (REMESA).

No rinden:

Andalucía 2005: (7) Empresa para la Incorporación Social Fundagno, S.L.; Eurogate Servicios Logísticos, S.A. (en liquidación); Fomento Empresarial, S.A. (FOMESA) (sin actividad); Hijos de Andrés Molina, S.A. (en liquidación); Inversión y Gestión de capital Riesgo de Andalucia INVERCARIA); Sociedad para el Desarrollo Energético de Andalucía, S.A. (SODEAN); Tecnoparque Bahía de Cádiz, S.L.

Aragón 2004: (5) Aramón, Montañas de Aragón, S.A.; Corporación Aragonesa de Radio y Televisión; Estación Aduanera de Zaragoza y Servicios Complementarios, S.A.; Promoción Aeropuerto de Zaragoza, S.A.; Institución Feria Oficial y Nacional de Muestras de Zaragoza.

Aragón 2005: (2) Estación Aduanera de Zaragoza y Servicios Complementarios, S.A.; Promoción Aeropuerto de Zaragoza, S.A.

Canarias 2004: (1) SOFESA San Antonio (en liquidación).

Canarias 2005: (1) Proyecto Monumental Tindaya.

Cantabria 2004-2005: (3) Agua de Solares, S.A. en liquidación; Balneario y Agua de Solares, S.A. en liquidación; Sociedad Regional para la Representación de Cantabria en la Exposición Universal de Sevilla 1992, S.A. en liquidación.

Cataluña 2005: (1) Portal Salut i Qualitat de Vida, S.A., PSQV (en liquidación).

Madrid 2004-2005: No rinden 8 y 5 Empresas públicas, respectivamente, sin que conste cuáles.

Principado de Asturias 2005: (1) Albancia, S.A.

Región de Murcia 2004-2005: (1) Centro Turístico de Talasoterapia de S. Pedro del Pinatar, S.A.

C. Valenciana 2005: (2) Parque Empresarial Requena, S.L.; Técnicas y Tratamientos energéticos de residuos, S.A. (sin actividad)

Ceuta 2004: (8) Acuicultura de Ceuta, S.A.; Obras, Infraestructuras y Medio Ambiente de Ceuta, S.A.; Obimace, S.L.U.; Parque Marítimo del Mediterráneo, S.A.; Puerta de África, S.A.; Servicios Tributarios de Ceuta, S.L.; Heliceuta, S.A.; Teleceuta, S.A.

Ceuta 2005: (2) Heliceuta, S.A.; Teleceuta, S.A.

D) Fundaciones

Han rendido cuentas fuera de plazo:

Andalucía 2005: (23) Agreg. Fundación Benéfico-Particulares Prov. Jaén; Agreg. Fundación Benéfico-Particulares Prov. Sevilla; Fundación Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía; Fundación Andalucía Fondo de Formación y Empleo; Fundación Andaluza de Atención a Drogodependencias (FADA); Fundación Audiovisual de Andalucía (A.V.A.); Fundación Barenboim-Said.; Fundación Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada; Fundación Centro de Estudios Andaluces (CENTRA); Fundación Cultural Hospital Reina Sofía-Caja Sur; Fundación Hospital Clínico de Granada; Fundación para Avance Tecnológico y Entret.Profes.(IAVANTE); Fundación Inst. Medite. Avance Biotec. y Investiga. Sanit.; Fundación Juan Nepomuceno Rojas; Fundación Museo Picasso de Málaga; Fundación Para el Desarrollo del Legado Andalusí; Fundación Para el Desarrollo Sostenible de Doñana; Fundación Progreso y Salud; Fundación Real Escuela Andaluza de Arte Ecuestre; Fundación Red Andalucía Emprende; Fundación Reina Mercedes para la Investigación Sanitaria; Fundación Valme; Fundación Virgen de las Nieves.

Aragón 2004: (4) Fundación Conjunto Paleontológico de Teruel; Fundación Gran Teatro Fleta (en liquidación); Fundación jaca 2007. Juego de Invierno de la Juventud Europea; Fundación Torralba Fortún.

Aragón 2005: (5) Fundación Andrea Prader; Fundación Conjunto Paleontológico de Teruel; Fundación Gran Teatro Fleta (en liquidación). Fundación Jaca 2007. Juegos de Invierno de la Juventud Europea; Fundación Zaragoza Logistics Center.

Canarias 2005: (2) Fundación Canaria de Juventud Ideo; Fundación Canaria para el Fomento del Trabajo.

Cantabria 2005: (6) Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social (antes FUNDIS); Fundación Centro Tecnológico de Componentes; Fundación Centro Tecnológico en Logística Integral; Fundación Festival Internacional de Santander; Fundación Organismo de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales (ORECLA); Fundación Marqués de Valdecilla.

Castilla-La Mancha 2005: (5) Fundación Castilla-La Mancha Tierra de Viñedos; Fundación Cultura-Deporte de Castilla-La Mancha; Fundación Castellano Manchega de Cooperación; Fundación para la Investigación Sanitaria de Castilla-La Mancha; Fundación Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración.

Castilla y León 2004: (5) Fundación Santa Bárbara; Fundación Universidad de Verano de Castilla y León; Fundación Siglo para las Artes en Castilla y León; Fundación de Hemoterapia y Hemodonación de Castilla y León; Fundación General de la Universidad de Valladolid.

Cataluña 2004: (8) Fundació Centre de Documentación Política; Fundació Dr. Josep Trueta; Fundació Institut de Recerca Hospital Universitari Vall d’Hebrón; Fundació Jordi Gol i Gurina; Fundació Privada de l’Hospital Universitari de Tarragona Joan XXIII; Fundació Privada Doctor Ferran; Fundació Privada Dr. Pifarré; Fundació Privada Institut d’investigació Biomédica de Bellvitge.

Cataluña 2005: (8) Fundació Dr. Josep Trueta; Fundació Institut de Recerca Hospital Universitari Vall d’Hebron; Fundació Jordi Gol i Gurina; Fundació Privada de l’Hospital Universitari de Tarragona Joan XXIII; Fundació Privada Doctor Ferran; Fundació Privada Dr. Pifarré; Fundació Privada Hospital de Viladecans; Fundació Privada Institut d’investigació Biomédica de Bellvitge.

Extremadura 2004: (5) Fundación Academia Europea de Yuste; Fundación Centro Extremeño de Estudios y Cooperación con Iberoamérica; Fundación Orquesta de Extremadura; Fundación para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en Extremadura; Fundación de Relaciones Laborales de Extremadura.

Extremadura 2005: (6) Además de las anteriores, la Fundación para la Formación y la Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura.

Galicia 2004: (12) Fundación Betanzos; Fundación Chantada; Fundación Feiras e exposicions de Ourense; Fundación Fomento da cal Indust. E desenvolvemento tecnológico de Galicia; Fundación Fexdega; Fundación Mariña Oriental; Fundación Mariña Central; Fundación Os Ancares; Fundación Para prevención de riesgos laborales; Fundación Terra de Caldelas; Fundación Terra de Lemos; Fundación Valdeorras.

Galicia 2005: (5) Fundación Ordes; Fundación Semana Verde; Fundación Terra de Caldelas; Fundación Terra de Trives; Fundación Verín.

Islas Baleares 2004: (1) Fundación Tribunal de Arbitraje y Mediación de las Islas Baleares.

Islas Baleares 2005: (2) Fundación para el Desarrollo Sostenible; Fundación Juegos Mundiales Univesitarios Universiada-Palma 1999 (en liquidación).

La Rioja 2004-2005: (4) Fundación Patrimonio Paleontológico de La Rioja; Fundación San Millán de la Cogolla; Fundación Tribunal Laboral de Mediación, Conciliación y Arbitraje; Fundación General de la Universidad de La Rioja.

Principado de Asturias 2004: (7) Fundación Asturiana de Atención y Protección de Personas con Discapacidades y/o Dependencias (FASAD); Fundación Asturiana de la Energía; Fundación Barredo; Fundación Comarcas Mineras para la Formación y Promoción del Empleo (FUCOMI); Fundación para Fomento de la Economía Social; Fundación del Hospital del Oriente de Asturias «Francisco Grande Covián»; Fundación «Oso de Asturias».

Principado de Asturias 2005: (8) Fundación Asturiana y Protección a Personas con discapacidades y/o dependencias (FASAD); Fundación Asturiana de la Energía (FAEN); Fundación Barredo (incompletas); Fundación Comarcas Mineras para la Formación y Promoción del Empleo (FUCOMI); Fundación para el Fomento de la Economía Social (incompletas); Fundación del Hospital del Oriente de Asturias «Francisco Grande Covián»; Fundación de Investigación s/materiales y Materias primas (ITMA); Fundación Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos (SASEC).

Región de Murcia 2004: (5) Fundación Instituto de Comunicación de la Región de Murcia; Fundación para los Estudios de la Ingeniería Aplicada a la Integración del Discapacitado (FEID); Fundación Esteban Romero (Univ. de Murcia); Fundación Universidad Empresa de la Región de Murcia (Universidad de Murcia); Fundación de la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT) para el Progreso Científico y Tecnológico.

Región de Murcia 2005: (7) Fundación Instituto de Comunicación de la Región de Murcia; Fundación Cluster para la Protección y Conservación del Mar Menor; Fundación para la Formación e Investigación Sanitarias de la Región de Murcia; Fundación para los Estudios de la Ingeniería Aplicada a la Integración del Discapacitado (FEID); Fundación Esteban Romero (Univ. de Murcia); Fundación Universidad Empresa de la Región de Murcia (Universidad de Murcia); Fundación Instituto de Estudios Económicos Región de Murcia.

Comunidad Valenciana 2004: (1) Fundación de la Comunidad Valenciana para el Estudio Prevención y Asistencia a las Drogodependencias.

C.A. de Ceuta 2005: (1) Fundación Previno Convivencia de la Ciudad de Ceuta.

No rinden:

Andalucía 2005: (3) Fundación Agregación de fundaciones benéfico-particulares de la provincia de Cádiz; Fundación Agregación de fundaciones benéfico-particulares de la provincia de Málaga; Fundación Gastronomía Andaluza.

Aragón 2004: (7) Fundación Andrea Prader; Fundación Emprender Aragón; Fundación Desarrollo de Nuevas Tecnologías del Hidrógeno de Aragón; Fundación Jaca 2010 (en liquidación); Fundación Santa María de Albarracín; Fundación Tutelar Aragonesa de Adultos: Fundación Zaragoza Logistics Center.

Aragón 2005: (7) Fundación Agencia Aragonesa para I+D; Fundación Desarrollo de Nuevas Tecnologías del Hidrógeno de Aragón; Fundación Emprender Aragón; Fundación Jaca 2010 (en liquidación); Fundación Torralba Fortún; Fundación Santa María de Albarracín; Fundación Tutelar Aragonesa de Adultos.

Canarias 2004: (2) Fundación Canaria para el Instituto Tricontinental de la Democracia Parlamentaria y los Derechos Humanos; Fundación Canaria Juventud Ideo.

Canarias 2005: (1 Fundación Canaria para el Instituto Tricontinental de la Democracia Parlamentaria y los Derechos Humanos.

Cantabria 2005: (1) Fundación Campus Comillas (sin actividad).

Castilla-La Mancha 2004: (8) Fundación Jurado Arbitral de Castilla-La Mancha; Fundación Castilla-La Mancha Tierra de Viñedos; Fundación Cultura-Deporte de Castilla-La Mancha; Fundación Castellano Manchega de Cooperación; Fundación Socio-sanitaria de Castilla-La Mancha para la Integración socio-laboral del enfermo mental; Fundación para la investigación sanitaria de Castilla-La Mancha; Fundación Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración; Fundación Castilla-La Mancha para la Diabetes.

Castilla-La Mancha 2005: (1) Fundación Universitaria de Puertollano.

Castilla y León 2004-2005: (2) Fundación General de la Universidad de Salamanca; Fundación de la Investigación del Cáncer.

Cataluña 2004: (2) Fundació Germans Trias i Pujol; Fundació Privada Hospital de Viladecans.

Cataluña 2005: (1) Fundació Germans Trias i Pujol.

Galicia 2004: (1) Fundación Terra de Soneira.

Galicia 2005: (5) Fundación Fexdega; Fundación Meixonovo; Fundación Morrazo (tiene datos en la memoria; Fundación para la prevención de riesgos laborales; Fundación Valdeorras.

Illes Balears 2004: (4) Fundación Ayuda a la reinserción de las Islas Baleares; Fundación Balear contra la violencia de género; Fundación Juegos Mundiales Universitarios Universiada-Palma de Mallorca 1999» (en liquidación); Fundación Museu Textil «Sa Fábrica Nova» de Soller (sin actividad).

Illes Balears 2005: (2) Fundación Balear en el Exterior (sin actividad); Fundación Museu Textil «Sa Fabrica Nova» de Soller (sin actividad).

Región de Murcia 2004: (1) Fundación para la Formación e Investigación Sanitaria de la Región de Murcia.

Comunidad Valenciana 2005: (4) Fundación de la Comunidad Valenciana frente a la discriminación y a los malos tratos (FDMT); Fundación de la Comunidad Valenciana para la investigación en el Hospital Sanitaria Doctor Peset de Val (FIHDP); Fundación de la Comunidad Valenciana Consejo Mundial de las Artes (FCMM); Fundación de Derechos Humanos de la Comunidad Valenciana (todas ellas sin actividad).

Ceuta 2004: (2) Fundación Previno Convivencia de la Ciudad de Ceuta.

Ceuta 2005: (1) Patronato Fundación Patronato Vivienda S. Daniel.

E) Consorcios

Han rendido cuentas fuera de plazo:

Aragón 2004-2005: (1) Consorcio Hospitalario de Jaca.

Cantabria 2005: (4) Consorcio Cabo Mayor Buque Escuela para Cantabria; Consorcio Centro Asociado de la UNED de Cantabria; Consorcio de la Feria de Muestras de Cantabria; Consorcio Museo de Cantabria.

Castilla y León 2004: (1) Consorcio Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León.

Cataluña 2004: (14) Consorci Casa Aria; Consorci d’Atenció Primaria de Salut de l’Eixample; Consorci del Laboratorio Intercomarcal de l’Alt Penedes, Anoia i el Garraf; Consorci del Montsec; Consorci del Parc Fluvial del Llobregat; Consorci Hospitalari de Vic; Consorci Memorial Espais de la Batalla de l’Ebre; Consorci per a la Normalització Lingüística; Consorci Portal de la Costa Brava. Illa de Blanes. Consorci Sanitari de Barcelona; Consorci Sanitari de l’Anoia; Consorci Sanitari de Mollet del Vallés; Consorci Sanitari de Terrassa; Corporació de Salut del Maresme i la Selva.

Cataluña 2005: (10) Consorci Casa de Asia; Consorci Centre de Terminologia TERMCAT; Consorci d’Atenció Primaria de Salut de l’Eixample; Consorci Hospitalari de Vic; Consorci Memorial Espais de la Batalla de l’Ebre; Consorci Sanitari de Barcelona; Consorcio Sanitari de Mollet del Vallés; Consorci Sanitari del Maresme; Consorci Sanitari Integral; Patronato de la Val de Nuria.

Extremadura 2004-2005: (9) Consorcio Ciudad Monumental Histórico-Artístico y Arqueológico de Mérida; Consorcio Gran Teatro de Cáceres; Feval-Feria de Muestras de Extremadura; Centro de Cirugía de Mínima Invasión; Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción; Consorcio Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida; Consorcio Teatro López de Ayala Badajoz 2000; Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana; Consorcio Museo Vostell-Malpartida.

Principado de Asturias 2004: (2) Consorcio para la gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime; Consorcio de Transportes de Asturias.

Principado de Asturias 2005: (1) Consorcio de Transportes de Asturias.

Región de Murcia 2004: (12) Consorcio Agencia para el Desarrollo de la Comarca del Noroeste; Consorcio Cartagena Puerto de Culturas; Consorcio Centro Turístico de Talasoterapia de S. Pedro del Pinatar; Consorcio para la cooperación técnica, económica y administrativa de la Vía Verde del Noroeste; Consorcio para la construcción y financiación de una piscina cubierta climatizada en el municipio de Archena; Consorcio para la construcción y financiación de una piscina cubierta climatizada en el municipio de Abarán; Consorcio para el Desarrollo Turístico y Cultural de Lorca; Consorcio Piscina Municipal Cieza; Consorcio Turístico Murcia Cruce de Caminos; Consorcio Turístico Sierra Minera; La Manga Consorcio; Consorcio del Depósito Franco de Cartagena.

Región de Murcia 2005: (11) Consorcio para la cooperación técnica, económica y administrativa de la Vía Verde del Noroeste; Consorcio para la construcción y financiación de un palacio de deportes en Cartagena; Consorcio para la construcción y financiación de una piscina cubierta climatizada en el municipio de Abarán; Consorcio Piscina Municipal Cieza; Consorcio Turístico Desfiladero de Almadenes; Consorcio Turístico Mancomunidad Valle de Ricote; Consorcio turístico de Mazarrón; Consorcio Turístico Medina Nogalte de Puerto de Lumbreras; Consorcio Turístico Murcia Cruce de Caminos; Consorcio Turístico Sierra Minera; Consorcio Centro Turístico Talasoterapia de San Pedro del Pinatar.

Ceuta 2005: (1) Consorcio Rector del Centro Asociado de la UNED EN Ceuta.

No rinden:

Aragón 2004-2005: (1) Consorcio Urbanístico Canfranc 200.

Cantabria 2004: (1) Consorcio Cabo Mayor Buque Escuela para Cantabria.

Cataluña 2004: (2) Consorci de Promoció Comercial de Cataluña; Consorci Turisme de Cataluña.

Cataluña 2005: (1) Consorci de Promoció Comercial de Cataluña.

Illes Balears 2004: (10) Consorci d’Aigües de Banyalbufar; Consorci d’Aigües de Petra; Consorci d’Aigües de Consell; Consorci d’Aigües de Fornalutx; Consorci del Joc Hípic; Consorcio para el fomento de Infraestructuras Universitarias (COFIU) (todos ellos sin actividad); Consorci d’Aigües de Mancor de la Val (baja fiscal); Consorci d’Aigues Pollenca (baja fiscal); Consorci Formentera Desenvolupament; Consorci Instituto de Ramón Llull.

Illes Balears 2005: (12) Consorci d’Aigües de Banyalbufar; Consorci d’Aigües de Petra; Consorci d’Aigües de Consell; Consorci d’Aigües de Fornalutx; Consorci d’Aigües de sa Pobla; Consorci d’Aigües de Mancor de la Val (dado de baja fiscalmente ya en 2002); Consorci d’Aigües de Pollenca (dado de baja fiscalmente ya en 2002); Consorcio de recursos sociosanitarios y asistenciales de Menorca; Consorcio para la construcción del Velódromo de Palma; Consorcio para el desarrollo de Actuaciones de Mejora y construcción de infraestructuras en el Territorio de la Entidad Local Menor de Palmanyola; Consorcio del Pabellón deportivo Multifuncional (Menorca); Consorcio Formentera Desarrollo.

Región de Murcia 2004: (8) Consorcio para la construcción y financiación de un Palacio de Deportes de Cartagena; Consorcio para la construcción y financiación piscina cubierta climatizada en Alhama de Murcia; Consorcio para la construcción y financiación piscina cubierta climatizada en Ceutí; Consorcio para la construcción y financiación piscina cubierta climatizada en Alguazas; Consorcio Turístico Desfiladero de Almadenes; Consejo Turístico Mancomunidad Valle de Ricote; Consorcio Turístico de Mazarrón; Consorcio Turístico Medina Nogalte de Puerto Lumbreras.

Región de Murcia 2005: (3) Consorcio para la construcción y financiación de una piscina cubierta climatizada en Alhama de Murcia; Consorcio para la construcción y financiación piscina cubierta climatizada en Alguazas; Campus Universitario de Lorca.

Ceuta 2004: (1) Consorcio Rector del Centro Asociado de la UNED en Ceuta.

Ciudad de Melilla 2004-2005: (1) Consorcio Melilla Puerto Siglo XXI.

En los siguientes cuadros se resume la situación de rendición de cuentas del sector público autonómico en los dos ejercicios:

Cuadro 2.1 Rendición de cuentas 2004

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 2.2 Rendición de cuentas 2005

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En los cuadros núms. 2.1 y 2.2 se incluyen las 19 Administraciones Generales, que no figuran en el cuadro n.º 1. Todas los demás entidades públicas coinciden.

En 2004 las Cuentas de 23 Organismos Autónomos y 2 Entes Públicos figuran incluidas en las correspondientes de las Administraciones Generales (OO.AA.: 2 en Aragón, 2 en Cantabria, 1 en Extremadura, 9 en Navarra, 6 en Illes Balears, 2 en La Rioja y 1 en Melilla. Entes Públicos: 1 en Castilla-La Mancha y otro en Illes Balears). En 2005 se da esta circunstancia en un OOAA más de la Comunidad Valenciana y en un Ente Público de la de Extremadura. El crecimiento del conjunto de Entidades del Sector Público Autonómico, de las que se tiene conocimiento, ha sido de 51 en el ejercicio 2004 respecto a 2003 y de 99 en el 2005 respecto al ejercicio anterior. En 2004 el mayor incremento fue en Sociedades Mercantiles (26), seguido de Fundaciones (15) y Consorcios (9). En 2005 aumentan sobre todo las Fundaciones (38), seguidas de las Sociedades Mercantiles (32) y Consorcios (16).

En ambos ejercicios los porcentajes de rendición de cuentas en plazo (72 % y 71 % respectivamente), fuera de plazo (20 % y 2 %) y de no rendición (8 % y 7 %) se mantienen prácticamente en términos semejantes entre sí y en relación con el ejercicio 2003.

Continua siendo diversa y fragmentaria la legislación autonómica fundamentalmente en lo relativo a Consorcios.

II.2 REMISIÓN DE CONTRATOS

Las Comunidades Autónomas que no tenían constituidos OCEX y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, en coherencia con lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, TRLCAP) y con las instrucciones del Tribunal de Cuentas, remitieron los contratos administrativos adjudicados en 2004 y 2005 comprendidos en las siguientes categorías:

a) Contratos de obras y de gestión de servicios públicos con precios superiores a 601.012 euros.

b) Contratos de suministro con precios superiores a 450.759 euros.

c) Contratos de asistencia, consultoría o servicios y contratos administrativos especiales con precios superiores a 150.253 euros.

La remisión de contratos al Tribunal de Cuentas se realizó, en general, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del TRLCAP aunque se han observado las siguientes incidencias:

— La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias no remitió de oficio al Tribunal de Cuentas los expedientes de los contratos modificados formalizados en el ejercicio 2004 de cuantías superiores a las previstas en dicho artículo aunque, posteriormente y a instancias de este Tribunal, se remitieron algunos expedientes que fueron examinados.

— La Universidad de Oviedo no remitió de oficio al Tribunal de Cuentas los expedientes de dos contratos cuyas cuantías superaban a las previstas en el precitado artículo.

— La Ciudad Autónoma de Melilla no remitió de oficio al Tribunal de Cuentas los expedientes de dos contratos cuyas cuantías superaban a las previstas en el mencionado artículo aunque uno de ellos fue aportado posteriormente, junto con las alegaciones.

Junto con los documentos de formalización de los contratos, se remitieron de oficio los extractos de los respectivos expedientes, comprensivos de las diferentes actuaciones practicadas en la preparación, adjudicación, afianzamiento y formalización de los contratos, sin incluir con carácter general los documentos de la fase de ejecución aunque, con respecto a los contratos examinados y a requerimiento del Tribunal de Cuentas, se remitió posteriormente diversa documentación de ejecución.

Por otra parte, los centros, organismos y entidades públicas contratantes enviaron relaciones certificadas de los contratos adjudicados durante los ejercicios fiscalizados, con las siguientes excepciones:

— De la Ciudad Autónoma de Melilla, las Consejerías de Presidencia y Gobernación (2004), de Hacienda, Contratación y Patrimonio (2005), de Administraciones Públicas (2004), de Cultura y Festejos (2004), de Bienestar Social y Sanidad (2004), de Bienestar Social (2005), de Seguridad Ciudadana (2004 y 2005), de Economía, Empleo y Turismo (2004) y de Educación, Juventud y Mujer (2005).

— De la Comunidad Autónoma de Aragón, el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes (2004).

— La Universidad de Oviedo (2004).

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

III. ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

III.1 ADMINISTRACIONES GENERALES, OO.AA. y ENTES PÚBLICOS

En los siguientes cuadros se presenta, distribuido por subsectores, el resumen de las liquidaciones de los presupuestos de gastos e ingresos de las Administraciones Públicas, concepto que, a efectos de este informe, incluye la Administración General, Organismos Autónomos, Entes Públicos y Universidades.

III.1.1 Liquidación del Presupuesto

Cuadro 5.1 Liquidación del presupuesto por subsectores (2004)

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 5.2 Liquidación del presupuesto por subsectores (2005)

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En ambos ejercicios, la diferencia entre los créditos y las previsiones finales obedece a que, en algunas Comunidades, no se registran en el estado de ingresos las modificaciones presupuestarias que deben financiar las correspondientes del presupuesto de gastos, por lo que no se mantiene el equilibrio presupuestario (Canarias, Cataluña, Castilla-La Mancha y Galicia).

Los anexos I.1 y I.2 recogen los datos agregados correspondientes a las liquidaciones de presupuestos de gastos e ingresos del conjunto de las Administraciones Públicas distribuidos por Comunidades Autónomas (no se incluyen Universidades). En ambos ejercicios, en ninguna Comunidad las modificaciones superan el 30 % de los créditos y previsiones iniciales.

Para el análisis de los datos recogidos en los anexos, hay que considerar que en 2004 y en 2005 las Comunidades Autónomas de Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, C. Foral de Navarra, las Illes Balears, La Rioja, la Ciudad Autónoma de Melilla y Comunidad Valenciana en 2005 engloban en las cuentas presupuestarias de la Administración General datos de Organismos Autónomos y Entes Públicos. Estas entidades, que tienen personalidad jurídica independiente, plena capacidad de obrar y recursos propios, deberían disponer de presupuesto y contabilidad independientes.

Por subsectores, los datos más significativos que se desprenden de las liquidaciones rendidas de sus presupuestos, son los siguientes:

Administraciones Generales

Los créditos y las previsiones iniciales agregados ascienden a 117.344.232 miles de euros en 2004 y a 129.891.568 en 2005. Las modificaciones netas de los créditos para gastos han alcanzado 8.910.453 y 10.515.994 miles de euros respectivamente, lo que supone un incremento del 8 % en ambos ejercicios, resultando unos créditos finales de 126.254.685 miles de euros en 2004 y 140.407.562 en 2005. Las obligaciones reconocidas han ascendido a 121.148.635 y a 134.338.410 miles de euros respectivamente con un grado de ejecución del 96 % en ambos ejercicios.

Cuadro 6.1 Créditos finales: ejercicios 2001 a 2004

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 6.2 Créditos finales: ejercicios 2002 a 2005

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La evolución de las previsiones finales de los 4 últimos ejercicios se exponen a continuación:

Cuadro 7.1 Previsiones finales: ejercicios 2001 a 2004

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 7.2 Previsiones finales: ejercicios 2002 a 2005

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La causa del elevado incremento medio anual en algunas Comunidades Autónomas por encima del promedio total obedece a las nuevas competencias y al modelo de financiación autonómica que da lugar a la cesión de nuevas figuras tributarias.

Como en anteriores ejercicios, las Comunidades de Castilla-La Mancha (539.678 miles de euros en 2004 y 538.833 miles de euros en 2005), Cataluña (2.279.771 miles de euros en 2004 y 2.282.721 miles de euros en 2005), Navarra (707 miles de euros en 2004 y 652 miles de euros en 2005) y Galicia (718.030 miles de euros en 2004 y 725.290 miles de euros en 2005), incluyen indebidamente en los presupuestos el importe que corresponde a las Corporaciones Locales por su participación en los ingresos del Estado, fondos con respecto a los cuales son meros intermediarios financieros. Los derechos y obligaciones reconocidas por este concepto ascienden a 3.538.186 y 3.547.496 miles de euros en 2004 y 2005 respectivamente. Además, en ambos ejercicios Navarra incluye indebidamente 1.996 y 1.869 miles de euros de derechos y obligaciones reconocidas correspondientes a la participación de los entes locales en tasas de Telefónica, S.A. La Comunidad Autónoma de Madrid no incluye los ingresos y gastos aprobados para la Asamblea de Madrid por un total de 25.542 y 26.053 miles de euros, ni para la Cámara de Cuentas por 6.614 y 6.930 miles de euros.

En 2004 en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, el estado de ejecución del presupuesto de gastos de la Administración General en la sección correspondiente a las Cortes no coincide con la liquidación del presupuesto aprobado por la Mesa de las Cortes.

En el País Vasco, con excepción de los Fondos IFOP y FEOGA, el sistema de presupuestación utilizado no permite un adecuado control de la financiación de las partidas afectas a Fondos Estructurales Europeos, por lo que no se efectúa el seguimiento de la ejecución de los proyectos.

Organismos Autónomos

Según los datos reflejados en los correspondientes Anexos, los créditos iniciales para los OOAA fueron de 22.835.028 miles de euros en 2004 y de 26.128.773 miles de euros en 2005; las previsiones iniciales ascienden a 22.826.024 miles de euros y 26.126.367 miles de euros respectivamente. La diferencia entre créditos y previsiones iniciales se debe a que en los Anexos citados no se han incluido, por no haberse rendido, los datos correspondientes a las liquidaciones de ingresos de varios organismos autónomos (Galicia y Cantabria). Además, la Comunidad Foral de Navarra presenta la liquidación presupuestaria consolidada con la de la Administración General.

Las modificaciones netas incrementaron los créditos en un 9 y un 12 % cada ejercicio resultando unos créditos finales de 24.990.117 y 29.145.628 miles de euros en cada ejercicio.

La ejecución del presupuesto de gastos fue del 94 % en 2004 y 93 % en 2005 al ascender las obligaciones reconocidas a 23.417.971 y a 26.981.727 miles de euros en cada ejercicio; los derechos reconocidos ascendieron a 23.622.234 miles de euros en 2004 y 27.739.355 miles de euros en 2005, con un grado de ejecución del 99 % en ambos ejercicios (Anexos I.1.2 y I.2.2).

Entes Públicos

Con base en la información correspondiente a 50 entes públicos de 14 Comunidades Autónomas, se deduce que los créditos iniciales ascienden a 11.285.336 miles de euros en 2004 y a 11.321.148 miles de euros en 2005 y las modificaciones a 708.199 miles de euros en 2004 y a 575.917 miles de euros en 2005, lo que supone un incremento de los créditos iniciales del 6 y del 5 % cada ejercicio. Las obligaciones reconocidas ascienden a 11.735.830 miles de euros en 2004 y a 11.724.868 miles de euros en 2005, que suponen un grado de ejecución del 98 % en 2004 y del 99 % en 2005.

En cada ejercicio las previsiones iniciales ascienden a 11.284.853 y 11.321.148 miles de euros; las finales a 11.674.306 y 11.427.451 miles de euros, que se ejecutaron prácticamente en un 98 y 105 % respectivamente, al ascender los derechos reconocidos a 11.477.610 y a 12.053.000 miles de euros (Anexos I.1.3 y I.2.3).

III.1.1.1 Modificaciones presupuestarias

El importe global agregado de las modificaciones de crédito autorizadas por todas las Administraciones Públicas asciende a 11.773.741 miles de euros en 2004 y a 14.108.766 miles de euros en 2005. De aquellas cantidades 8.910.453 y 10.515.994 miles de euros corresponden a las Administraciones Generales. El reparto en estas últimas por figuras modificativas se recoge en el anexo I.3, en el que se observa que el tipo modificativo más empleado por las Comunidades es el de generaciones de crédito cuyo importe asciende a 4.550.043 miles de euros en 2004 y a 4.927.806 miles de euros en 2005, lo que supone un 50 % y un 47 % del total, respectivamente.

En 2004 y 2005 las modificaciones de las previsiones de ingresos ascienden, sin embargo, a 6.364.715 y 7.963.865 miles de euros, debido, como ya se ha mencionado anteriormente, a que algunas Comunidades no registran en el estado de ingresos modificaciones presupuestarias que deben financiar las correspondientes del presupuesto de gastos.

Del análisis de las modificaciones aprobadas en los ejercicios fiscalizados correspondientes a las Administraciones Generales, destacan los siguientes aspectos:

— En las Comunidades Autónomas de Canarias, Castilla-La Mancha, Cataluña y Galicia no se mantiene el equilibrio presupuestario entre previsiones y créditos finales, al no contabilizarse total o parcialmente las modificaciones de ingresos que deben financiar las correspondientes al presupuesto de gastos, como se indica anteriormente.

— Se han tramitado expedientes de modificación (Andalucía, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Illes Balears, La Rioja, País Vasco, Principado de Asturias y Ceuta) que no incluyen toda la documentación exigida por la normativa autonómica aplicable, destacando, entre otros, la ausencia de memorias justificativas e informes sobre la incidencia en los objetivos programados y sus indicadores.

— En 2004 las incorporaciones de remanentes de crédito, ampliaciones y generaciones de crédito financiadas mediante remanente de tesorería superan, en ocasiones, el saldo de dicho remanente que resulta de la liquidación del ejercicio anterior (Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Illes Balears, y en 2005 Castilla-La Mancha ), o el que resulta de aplicar las salvedades recogidas en los informes de fiscalización (Illes Balears y Ciudad Autónoma de Melilla), dando lugar a falta de cobertura financiera de las modificaciones realizadas. En Castilla-La Mancha las incorporaciones que se efectúan de fondos finalistas se trasladan de un año a otro, ejecutándose los mismos en un porcentaje bajo. En la Comunidad Foral de Navarra se producen incorporaciones de crédito con «aplicación del superávit de ejercicios anteriores «sin que conste información acerca del mismo. En Castilla y León los expedientes de incorporación no acreditan el saldo disponible, sino un remanente de tesorería genérico que ampara su financiación en contra de lo establecido en la Ley de Hacienda de Castilla y León de 1986. La Comunidad Valenciana no ha tramitado en este ejercicio un expediente específico de incorporación de créditos.

— En ambos ejercicios en la Comunidad Autónoma de La Rioja, la regulación de las incorporaciones de remanentes de crédito de operaciones de capital no fija limitación temporal para su aplicación, posibilitando su prórroga indefinida, distorsionando así el principio de anualidad presupuestaria.

— En 2005 Andalucía continúa con el progresivo aumento del importe de incorporaciones de remanentes de crédito, fundamentalmente a causa del bajo nivel de ejecución de los remanentes incorporados en el ejercicio anterior. Por otra parte se observa un fuerte incremento en la financiación de las modificaciones presupuestarias mediante la declaración de no disponibilidad de créditos y su posterior minoración al cierre del ejercicio como consecuencia de lo cual aparecen con saldo negativo los importes contabilizados en las generaciones de crédito de la Consejería de Economía y Hacienda.

— En 2004 en Cataluña se realizan ampliaciones de crédito sin indicar su financiación. En Castilla y León se generan créditos por mayores ingresos que figuran registrados como ingresos pendientes de aplicación en cuentas extrapresupuestarias, por lo que de acuerdo con su Ley de Hacienda no pueden ser objeto de generación. En Canarias se produce un desfase temporal en la contabilización de las transferencias del Estado que se utilizan como financiación de generaciones de crédito, que se efectúa con anterioridad a su ingreso efectivo en la C.A. En 2005 se tramitan expedientes de generaciones de crédito por mayores ingresos sin que se hayan reconocido ni recaudado los correspondientes derechos en las Illes Balears; en el Principado de Asturias y en la Comunidad Valenciana éstos se encuentran insuficientemente justificados, existiendo dudas sobre su expectativa de cobro.

— En los dos ejercicios fiscalizados, en la Comunidad Autónoma de Canarias y en Illes Balears, se realizan ampliaciones de crédito sin cobertura financiera de una gran importancia cuantitativa en relación con las efectuadas con cobertura. Asimismo, se produce una deficiente presupuestación inicial pese a ser previsible el gasto, amparándose en el carácter ampliable de los créditos, generándose un déficit encubierto en ambas Comunidades; esto mismo ocurre en mayor o menor medida en Castilla-La Mancha, Extremadura y Galicia. En 2004, en Canarias siguen sin incluirse en los presupuestos créditos previsibles en concepto de intereses y amortizaciones derivadas de operaciones de crédito formalizadas en ejercicios anteriores con vencimiento en 2004. Esta insuficiente presupuestación inicial ha dado lugar a ampliaciones de crédito por 3.300 miles de euros frente a los 93.102 del ejercicio anterior, lo que supone una importante mejora en la presupuestación. En 2005, tras esta sustancial mejora, han vuelto a producirse mayores modificaciones (66.733 miles de euros), justificado en la cancelación de la deuda de las Universidades, asumida por la C.A. en 2004, que se amortiza anticipadamente y se refinancia dado el elevado coste que representaba.

— En la Comunidad Autónoma de Extremadura, la utilización de los compromisos de ingresos como fuente de financiación del 98 % del total de la financiación de modificaciones con mayores ingresos, hace imprescindible la implantación de un sistema de gastos con financiación afectada, que permita un seguimiento mas adecuado de los mismos y de las desviaciones que surgen en su ejecución.

En Galicia en 2004, en los expedientes de ampliaciones de crédito financiados con retenciones en créditos del presupuesto de gastos, según prevé el artículo 6.4.1.g del TRLRFPG, no se aprobaron las modificaciones de crédito negativas, con lo que los créditos finales figuran sobrevalorados respecto al importe disponible. En 2005 se efectúan ampliaciones de crédito con cargo al resultado de la liquidación del presupuesto de la C.A., sin que esta fuente de financiación se recoja en la normativa autonómica aplicable; asimismo estas ampliaciones carecen de financiación al ser negativo dicho resultado. En otras ampliaciones se hace constar que se financiará con mayores recursos de los capítulos I y II sin especificar los mismos.

— En Madrid en los dos ejercicios, en el total de modificaciones netas no se incluyen las correspondientes a la Asamblea de Madrid ni las de la Cámara de Cuentas. Además, las transferencias sólo quedan saldadas considerando el presupuesto agregado que incluye las realizadas por la Administración General y los OOAA.

— En 2004 y 2005, el Principado de Asturias, en relación con los Fondos Mineros, realiza generaciones de crédito en función de los compromisos de ingresos que se establecen en los Convenios suscritos con la Administración General del Estado y de la ejecución de los gastos financiados con los correspondientes convenios; la normativa presupuestaria de la Comunidad no contempla este supuesto en la habilitación de crédito.

— En 2005, la Comunidad Autónoma Valenciana efectúa una transferencia de crédito en concepto de ajuste técnico a fin de imputar la facturación preceptiva de farmacia. En la práctica ha supuesto una reasignación de crédito y debería haberse procedido a la tramitación de un expediente de modificación técnica de acuerdo con los requisitos, plazos, publicidad establecidos en la normativa vigente, acreditando en el mismo la disponibilidad de los créditos que se utilizan.

III.1.1.2 Ejecución del Presupuesto

En los dos ejercicios fiscalizados, con carácter general, los presupuestos por programas de las Comunidades Autónomas no especifican suficientemente los indicadores que permitan el seguimiento de los objetivos programados. Dado que no se han implantado sistemas de contabilidad analítica y que no se elaboran memorias sobre el coste y rendimiento de los servicios públicos, así como sobre el cumplimiento de los citados objetivos, no es posible pronunciarse sobre el grado de eficiencia y economía en la gestión de los fondos públicos.

III.1.1.2.1 Obligaciones y derechos reconocidos

En el análisis de la ejecución del presupuesto de gastos e ingresos de las Administraciones Generales se han puesto de manifiesto salvedades a la imputación presupuestaria de determinadas operaciones, debido a que no se adaptan a los principios y normas contables públicos aplicables, cuya consideración, en su caso, darían lugar a las consiguientes modificaciones en los resultados y saldos presupuestarios y de los remanentes de tesorería.

— En las Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla y León y Madrid (parcialmente) no se recogen en los presupuestos de gastos o ingresos las variaciones netas negativas o positivas de las operaciones de endeudamiento a corto plazo, a las que se les da tratamiento extrapresupuestario, en contra de lo dispuesto en los principios contables públicos. En Andalucía la variación neta de 2005 respecto al 2004 es cero pero los saldos se siguen manteniendo en contabilidad extrapresupuestaria.

— En las Comunidades Foral de Navarra y Valenciana se reconocen obligaciones por el importe neto de la variación de las operaciones de endeudamiento a largo plazo en contra de los principios contables públicos. Por su parte, Madrid en 2005, en contra de lo dispuesto en los artículos 53.1 y 90.5 de la Ley de Hacienda, ha aplicado al presupuesto el neto total resultante al cierre del ejercicio de las obligaciones y derechos derivados de las operaciones para la cobertura del riesgo en tipos de cambio o de interés del endeudamiento a largo plazo. La Rioja compensa los ingresos por disposiciones de préstamos a largo plazo con los gastos derivados de la disminución neta producida en los pasivos financieros a corto plazo, lo que es contrario al principio de no compensación ingresos-gastos y al principio específico de contabilización del endeudamiento.

— En ambos ejercicios se reconocen obligaciones sin considerar la corriente real de bienes y servicios que las generan incumpliendo el principio contable público de devengo en las Comunidades Autónomas de Castilla y León, Cataluña, Galicia, Illes Balears, Madrid, País Vasco, Región de Murcia y Comunidad Valenciana y sólo en el ejercicio 2004 Castilla-La Mancha y Ceuta.

— Quedan pendientes de reconocer obligaciones derivadas de gastos realizados en 2004 y 2005 por falta de consignación presupuestaria en las Comunidades Foral de Navarra, Región de Murcia y C. Valenciana; en la Comunidad de Canarias quedan pendientes de reconocer únicamente obligaciones del ejercicio 2004. En la Ciudad Autónoma de Ceuta quedan pendientes de reconocer obligaciones del ejercicio 2004 correspondientes a gastos devengados y no registrados.

— Las Comunidades Autónomas de Cantabria, Illes Balears, Madrid y Principado de Asturias imputan inadecuadamente al presupuesto de gastos el IVA soportado deducible que debería contabilizarse extrapresupuestariamente, registrándose así un mayor gasto presupuestario y provocando errores en la cuantificación de los derechos reconocidos. Por su parte la Comunidad Foral de Navarra modifica en 2005 el criterio de devengo y contabiliza las liquidaciones negativas de IVA según el criterio de caja.

— En Aragón, Extremadura, Illes Balears, Castilla y León, Madrid (únicamente en 2005), La Rioja, Principado de Asturias (sólo en 2004) y Región de Murcia y Ciudad Autónoma de Ceuta los derechos reconocidos en presupuesto están infravalorados como consecuencia de ingresos registrados en cuentas extrapresupuestarias que deben aplicarse a presupuesto. La normativa de las Illes Balears permite el no reconocimiento de estos derechos en el ejercicio, con el objeto de generar crédito en el ejercicio siguiente, en contra de lo establecido en los principios contables públicos.

— Se detecta en La Rioja y en la Región de Murcia la ausencia de correlación de derechos y obligaciones, por la aplicación de la regulación contable actual estatal y autonómica, sobre la contabilización presupuestaria de las operaciones derivadas de la gestión de los proyectos y actuaciones cofinanciados con fondos estructurales y de cohesión europeos, que exige el reconocimiento e imputación al presupuesto de los gastos e ingresos que genera esa actividad siguiendo criterios contables diferentes, el criterio del devengo para los gastos y el de caja para los ingresos.

— En la Comunidad Autónoma de Canarias y Ciudad Autónoma de Ceuta se reconocen derechos incorrectamente en concepto de recursos de los FCI por importe superior a las peticiones realizadas, que es el criterio establecido en los principios de contabilidad pública. En la Ciudad de Melilla en 2004 no se imputan a presupuesto derechos por este concepto reconocidos incorrectamente en 2003.

— Con base en normativas autonómicas, en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Principado de Asturias y País Vasco, los derechos derivados de las operaciones de endeudamiento a largo plazo se contabilizan en el momento de su autorización y formalización, sin que se haya producido la disposición total, lo que se aparta de los principios contables públicos. En la Comunidad Autónoma de Andalucía se consigue ya un casi total ajuste entre lo autorizado, formalizado, reconocido y dispuesto.

— Se reconocen derechos con base en estimaciones o compromisos de ingresos, acuerdos y convenios sin atender al acto de liquidación del concedente en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón (los derechos reconocidos están infravalorados en una cantidad significativa), Canarias, Castilla y León, Cataluña (aunque en ésta la cuantía va disminuyendo), Principado de Asturias, y Comunidad Valenciana. En Madrid e Illes Balears sólo en 2004. Este hecho es especialmente significativo en lo que se refiere a los fondos estructurales y de cohesión procedentes de la Unión Europea; quedan de esta forma cantidades significativas pendientes de cobro. Asimismo, se mantienen saldos importantes de ingresos recaudados pendientes de aplicación al presupuesto procedentes fundamentalmente de la Administración citada y la del Estado, en algunas de dichas Comunidades (Illes Balears y Principado de Asturias). En Andalucía en 2004, se produce la liquidación del anterior sistema de financiación, correspondiente al período 1997-2001; como consecuencia percibe del Estado ingresos de los que sólo una parte se reconocen en 2004 y el resto entre 2005 y 2007; esto que se ampara en la LP de 2004, no se aviene con los principios contables públicos que establecen que se contabilicen en el ejercicio en que se dicte el acto de liquidación que los cuantifique (en 2004). En este mismo ejercicio la Comunidad de Madrid ha aplicado a cobros de la UE, derechos reconocidos en 1996-1997, que debían haberse reconocido en 2004.

— En algunas Comunidades autónomas se observan defectos en la imputación presupuestaria de los recursos del sistema de financiación regulado en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, al reconocer los derechos correspondientes a su liquidación definitiva antes de que se haya reconocido y contabilizado por el Estado la correspondiente obligación. Castilla y León reconoce en 2004 derechos por transferencias finalistas sin que conste la preceptiva liquidación por parte del Estado. En este mismo ejercicio, en Illes Balears se incluye en sus previsiones de ingresos y se reconocen derechos por la reclamación ante la Administración Estatal del déficit de financiación de ejercicios cerrados por asunción de competencias transferidas de sanidad y educación por importe de 582.654 miles de euros, lo que contraviene los principios contables públicos, pese a estar amparada en la LP de la comunidad autónoma para 2004. Esta deuda no ha sido reconocida por el Estado.

III.1.1.2.2 Incidencia del gasto sanitario en determinadas CC.AA.

La Constitución, en su artículo 43, universaliza la prestación de asistencia sanitaria; los números 16 y 17 del artículo 149.1 establecen que el Estado tiene competencia exclusiva, por un lado, sobre sanidad exterior, bases y coordinación general de la sanidad y legislación sobre productos farmacéuticos, y, por otro, sobre la legislación básica y el régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas. A su vez, la Constitución reconoce a las Comunidades Autónomas, en su artículo 148.1.21.º, la posibilidad de asumir competencias en materia de sanidad e higiene, aunque da un tratamiento diferente en materia de asistencia sanitaria de la Seguridad Social, pues ésta es, como se ha expuesto, una competencia exclusiva del Estado ex artículo 149.1.17º. En definitiva, los artículos 148 y 149 de la Constitución configuran una organización sanitaria de carácter descentralizado, en consonancia con la nueva organización territorial del Estado.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (LGS) creó un nuevo sistema de sanidad pública, mediante el «Sistema Nacional de Salud», acometiendo la universalización de la asistencia sanitaria y forjando un sistema de financiación del gasto público sanitario en el que la sanidad deja de ser una prestación social contributiva, entendiéndose como un derecho sin excepciones. En este sentido, el Real Decreto 1.088/1989, de 8 de septiembre, extiende la cobertura de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social a las personas sin recursos económicos suficientes.

El País Vasco en desarrollo de su Estatuto, que ya le atribuye competencias en sanidad interior, dicta la Ley de 19 de mayo de 1983 que regula el Servicio Vasco de Salud. La Comunidad Foral de Navarra dicta la Ley 8/1986 del 1 de julio del Régimen jurídico del Servicio Regional de Salud.

Se adoptó el criterio del coste efectivo en los Decretos de transferencia de la gestión sanitaria del INSALUD a las Comunidades Autónomas con competencias en la materia: Cataluña (RD 1612/1987, de 8 de julio), Andalucía (RD 400/1984, de 22 de noviembre), Comunidad Valenciana (RD 1612/1987, de 27 de noviembre), Galicia (RD 1679/1990, de 28 de diciembre) y Canarias (RD 446/1994, de 11 de marzo). De esta forma se transfirió al ente autonómico que asumía la gestión sanitaria una cantidad equivalente al gasto que la Administración central —el INSALUD— había destinado con anterioridad a dicha prestación.

Este itinerario se consolidó con los Reales Decretos de transferencias de las funciones y servicios del INSALUD a las Comunidades Autónomas que hasta el momento no los tenían transferidos: Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Illes Balears, La Rioja y Madrid (BOE de 28 de diciembre de 2001); Extremadura y Murcia (BOE de 29 de diciembre de 2001); y Asturias (BOE de 31 de diciembre de 2001).

En los ejercicios fiscalizados, según los datos de que dispone este Tribunal, el gasto sanitario de las Comunidades Autónomas y su evolución entre los ejercicios 2002 a 2005; así como la evolución de las obligaciones de dicho gasto en el mismo periodo, se detalla en los cuadros siguientes:

Cuadro 8.1 Gasto sanitario (2004)

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las prestaciones sanitarias en el ámbito de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla se realizan por la Entidad Gestora de la Seguridad social, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

Se observa que en las 17 CC.AA. que tienen transferidas las competencias sanitarias, el gasto público sanitario representa un volumen del 33 % en relación con los créditos finales de los presupuestos de sus Administraciones Generales, destacando por encima de esta media fundamentalmente Cataluña (41 %), la Región de Murcia y C. Valenciana (39 %), Canarias (38 %) y Madrid (37 %).

Cuadro 8.2 Gasto sanitario (2005)

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El gasto público sanitario de las CC.AA. (sin tener en cuenta la Comunidad Autónoma de Madrid ante la ausencia de datos) representa el 32 % en relación con los créditos finales de los presupuestos de sus Administraciones Generales, destacando por encima de esta media fundamentalmente C. Valenciana (40 %), Cataluña (39 %), la Región de Murcia (38 %), Canarias (37 %), Principado de Asturias (35 %), Aragón (34 %), Castilla-La Mancha (33 %).

Las obligaciones pendientes de reconocer de gastos devengados en los ejercicios 2004 y 2005 de las Comunidades, de las que se tienen datos, es de 3.877.674 y 2.974.946 miles de euros, respectivamente, destacando Cataluña (1.729.527 y 1.480.720 miles de euros) y C. Valenciana (1.240.100 y 1.129.800 miles de euros)

El análisis por CC.AA., en los dos ejercicios fiscalizados, permite destacar los siguientes resultados:

Andalucía

La asistencia sanitaria se gestiona por el Organismo Autónomo Servicio Andaluz de Salud, cuyos créditos finales ascienden a 6.581.044 miles de euros en 2004 y 7.104.810 en 2005 y las obligaciones reconocidas a 6.523.034 y 6.995.298 miles de euros, respectivamente. Además en el estado de situación de compromisos de gastos adquiridos con cargo a ejercicios futuros, 544.064 miles de euros en 2004 y 479.290 en 2005 corresponden a las operaciones de saneamiento con origen en obligaciones contraídas en ejercicios anteriores a 1998 y que fueron autorizados en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 11/1999, de 30 de noviembre, modificada por la Ley 15/2001 de 31 de diciembre y posteriormente por la Ley por la que se aprueban los presupuestos generales del Estado para 2003 que amplia el periodo de carencia a 9 años a contar desde 1-1-1995 y el periodo de moratoria hasta 2013 del principal de la deuda con la Seguridad Social reconocida por el Servicio Andaluz de Salud para el periodo anterior a 1996. Quedan pendientes de reconocer 281.346 miles de euros en 2004.

Aragón

Las competencias en materia de sanidad se gestionan a través del Organismo Autónomo Administrativo Servicio Aragonés de Salud cuyo presupuesto definitivo asciende en los ejercicios fiscalizados a 1.209.943 y 1.445.421 miles de euros respectivamente y las obligaciones reconocidas a 1.205.723 y 1.438.001 miles de euros. Además el Consorcio Hospitalario de Jaca gestiona los servicios sanitarios y socio-sanitarios del Hospital de Jaca con unos créditos finales y obligaciones reconocidas de 6.845 y 6.779 miles de euros en 2004 y 8.156 y 6.852 en 2005. No constan obligaciones pendientes de reconocer.

Canarias

En Canarias, la gestión de la sanidad compete al Organismo Autónomo Administrativo Servicio Canario de Salud, cuyos créditos finales ascienden a 2.068.769 miles de euros en 2004 y 2.165.462 en 2005, y las obligaciones reconocidas a 2.032.904 y 2.069.810 miles de euros, respectivamente. Durante el ejercicio  2004 se efectúan diversas transferencias de crédito a fin de dar cobertura a la cancelación de obligaciones de ejercicios anteriores a 31 de diciembre de 2003 pendientes de reconocer, así como a las desviaciones de gasto producidas en el 2004 por un total de 205.565 miles de euros, por lo que no constan obligaciones pendientes de reconocer; también se recurre a un suplemento de crédito y a un crédito extraordinario con este mismo fin. En 2005 el presupuesto definitivo de gastos supera en 18.100 miles de euros al de ingresos, a causa de ampliaciones de crédito que incrementan el capítulo 1 de gastos. Se han financiado con remanente de tesorería del ejercicio anterior 13.013 miles de euros; sin embargo a 31 de diciembre de 2004 no había remanente alguno por lo que no cabe tal financiación de acuerdo con los PCP. Figuran 48.739 miles de euros por obligaciones asumidas que no se han aplicado al presupuesto.

Cantabria

Tras la asunción de competencias sanitarias, la gestión en esta materia la efectúa el Organismo Autónomo Administrativo Servicio Cántabro de Salud, adscrito a la Consejería de Sanidad y que presenta su presupuesto integrado en el la Administración General de la Comunidad como una sección más (Sección 11). Los créditos finales han ascendido a 561.914 miles de euros en 2004 y a 639.765 en 2005 y las obligaciones reconocidas a 560.258 y 636.762 miles de euros. No constan obligaciones pendientes de reconocer.

Castilla-La Mancha

A partir del ejercicio 2002 el Organismo Autónomo Administrativo Servicio de Salud de Castilla-La Mancha asume la gestión de los servicios sanitarios públicos. Los créditos finales ascienden en 2004 y 2005 a 1.702.382 y 1.977.507 miles de euros, respectivamente, tras efectuarse modificaciones en 2004 por 54.475 miles de euros, de las que 54.253 no consta su financiación y por 152.600 en 2005. Se han reconocido obligaciones por 1.654.200 y 1.947.985 miles de euros. No constan en los informes de fiscalización de la Cuenta General obligaciones pendientes de reconocer en el ejercicio 2004; por el contrario, se imputan 71.299 miles de euros correspondientes a gastos devengados en el ejercicio 2003.

Castilla y León

Tras la asunción de competencias de sanidad en el 2002, la asistencia sanitaria se gestiona a partir de 2004 por el Organismo Autónomo Gerencia Regional de la Salud adscrito a la Consejería de Sanidad. Sus créditos finales en los dos ejercicios fiscalizados totalizan 2.374.605 y 2.734.398 miles de euros (8 % y 15 % de incremento en relación con 2003 y 2004) y se reconocen obligaciones por 2.341.869 y 2.684.370 miles de euros. No consta pendientes de imputar a presupuesto gastos devengados en el ejercicio.

Cataluña

La asistencia sanitaria se gestiona por las entidades gestoras Servicio Catalán de Salud e Instituto Catalán de Salud, cuyos créditos finales agregados en 2004 y 2005 ascienden a 8.744.648 y 9.653.506 miles de euros; las obligaciones reconocidas agregadas totalizan 8.701.350 y 9.606.140 miles de euros, respectivamente, quedando pendiente de reconocer por falta de consignación presupuestaria obligaciones por gastos devengados en el ejercicio 1.729.527 miles de euros en 2004 y 1.480.720 en 2005. En este ejercicio se imputa la casi totalidad del importe correspondiente a 2004 (1.727.392 miles de euros).

La comparación de estos importes con los créditos finales y obligaciones reconocidas de la Administración General (21.405.314 y 20.603.808 miles de euros respectivamente en 2004 y 24.696.102 y 23.672.634 en 2005) suponen un 41 % y un 42 % de los mismos en 2004 y un 39 % y un 41 % en 2005. Si a las obligaciones reconocidas por las entidades gestoras se añaden las pendientes de reconocer totalizarían 10.430.877 miles de euros en 2004 y 11.086.867 en 2005, que representan un 50 % y un 47 % de los créditos finales de la Administración general.

Extremadura

Por Ley 10/2001, de 28 de junio, se crea el Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud adscrito a la Consejería de Sanidad y Consumo para ejercer las competencias sanitarias. En los ejercicios 2004 y 2005 los créditos definitivos ascienden a 1.028.064 y 1.159.006 miles de euros, respectivamente. Las obligaciones reconocidas importan 1.025.913 miles de euros en 2004 y 1.157.288 en 2005. Quedan pendientes de imputar a presupuesto obligaciones acumuladas por 123.014 y 118.960 miles de euros en cada uno de los ejercicios.

Navarra

En esta Comunidad la Asistencia Sanitaria se gestiona a través de los OO.AA. Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea e Instituto Navarro de Salud Laboral, cuyos créditos finales agregados ascienden a 655.754 y 696.495 miles de euros en 2004 y 2005; las obligaciones reconocidas ascienden a 651.407 y 694.245 miles de euros; en 2004 quedan obligaciones pendientes de reconocer por 11.620 miles de euros por carecer de crédito presupuestario suficiente, que se imputan al ejercicio siguiente. En 2005 no se reconocen obligaciones por 12.100 miles de euros por la misma causa.

Galicia

La Sanidad se gestiona a través del Organismo Autónomo Servicio Gallego de Salud, cuyos créditos finales ascienden a 2.624.075 miles de euros en 2004, aunque el disponible asciende a 2.573.141, a causa de retenciones de crédito de no disponibilidad practicadas durante el ejercicio y a 3.084.880 miles de euros en 2005; las obligaciones reconocidas en ambos ejercicios se elevan a 2.572.151 y 3.079.948 miles de euros. El total de obligaciones pendientes de reconocer del ejercicio 2004 asciende a 319.760 miles de euros, de los que 308.500 corresponden al propio ejercicio. En 2005 importan 111.234 miles de euros, de los que 110.796 se han generado en el ejercicio.

Illes Baleares

La Sanidad de esta Comunidad se gestiona principalmente por los entes públicos Servicio de Salud de las Illes Balears (IBSALUT) con unos créditos finales en 2004 de 802.855 miles de euros (un 11 % mas que el ejercicio anterior); Gestión Sanitaria de Mallorca (GESMA) y las fundaciones Hospital de Manacor, Hospital de Son Llatzer y Fundación Mateu Orfila, todos ellos dependientes del IBSALUT, que ha reconocido en 2004 obligaciones por 801.092 miles de euros. No se contabilizan obligaciones de gastos devengados en el ejercicio por al menos 97.355 miles de euros, de los que 57.980 miles de euros se han aplicado al 2005.

En 2005 los créditos finales del IBSALUT ascienden a 949.307 miles de euros, un 18 % superiores a los del ejercicio anterior, y ha reconocido obligaciones por 947.359 miles de euros. No se han contabilizado obligaciones de gastos devengados en el ejercicio, por falta de crédito por al menos 56.789 miles de euros, si bien se han imputado a este ejercicio 57.980 miles de euros de obligaciones devengadas en 2004.

La Rioja

La sanidad pública en la Comunidad Autónoma de La Rioja está gestionada, fundamentalmente, por el Organismo autónomo Servicio Riojano de Salud, creado por la Ley 2/2002, de 17 de abril, que asumió en este ejercicio los servicios sanitarios transferidos por la Seguridad Social Estatal. En dicho proceso de transferencias se integró también en la Comunidad la Fundación Hospital de Calahorra, creada por el antiguo INSALUD en el año 2000, cuyo cometido se ciñe a la gestión del hospital del mismo nombre que presta servicio en la zona de La Rioja baja. La actividad sanitaria pública autonómica se completa con la realizada por la Fundación Rioja Salud, con responsabilidades principalmente en materia de docencia e investigación, y con las actuaciones de la Consejería de Salud del Gobierno riojano en la que, además de las actuaciones de coordinación y las tareas de los servicios generales de la sanidad pública riojana, asume desde el ejercicio 2005 la gestión de los recursos que financia el gasto farmacéutico.

En los ejercicios analizados los créditos o gastos gestionados por las entidades autonómicas descritas han ascendido a 267.134 miles de € en 2004 y a 280.481 miles de € en 2005, con incrementos interanuales del 8 % y del 5 %, respectivamente.

Madrid

En el ejercicio 2004, las competencias sanitarias se gestionan en esta Comunidad a través de los entes públicos Instituto Madrileño de Salud y Servicio Madrileño de Salud. Forman también parte de la gestión los Entes Públicos Fundación Hospital de Alcorcón, Instituto de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, Agencia Laín Entralgo para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid y Hospital de Fuenlabrada.

Según datos del informe de fiscalización de la Cuenta General, los créditos finales consolidados de los dos entes públicos citados en primer lugar, IMSALUD y SERMAS, ascienden a 4.705.000 miles de euros y las obligaciones reconocidas a 4.656.000; quedan obligaciones sin reconocer por gastos devengados en el ejercicio (y/o anteriores) por al menos 408 miles de euros (en este importe no están incluidos todos los centros sanitarios).

En 2005, en cumplimiento de la L. de Ordenación sanitaria de la Comunidad de Madrid mediante el Dto. 16/2005 de 27 de enero el ente público Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) se integra en el Instituto Madrileño de Salud (IMSALUD), formando un solo ente público denominado Servicio madrileño de Salud. La LP de 2005 aprueba unos créditos iniciales para los dos antiguos entes (al no estar aún integrados) de 5.082.299 y 4.714.809 miles de euros respectivamente. En el informe no constan datos de la liquidación presupuestaria del ente unificado, por lo que si agregamos los créditos iniciales de ambos entes, el SERMAS tendrá unos créditos iniciales de 9.797.108 miles de euros, importe que no es comparable con los créditos del ejercicio anterior ya que el dato se daba consolidado.

País Vasco

La asistencia sanitaria está gestionada por el Ente público empresarial Servicio Vasco de Salud-Osakidetza. En 2004 los presupuestos iniciales de explotación y capital del ente, ascienden a 1.497.335 y 56.150 miles de euros, respectivamente, que tras efectuar modificaciones pasan a 1.565.888 y 65.044 (1.630.932). Las obligaciones reconocidas ascienden a 1.565.009 y 69.143 miles de euros (1.634.152). En el ejercicio 2005 no se fiscaliza esta área, pero según datos facilitados posteriormente, los créditos finales de explotación y capital totalizan 1.764.214 miles de euros y las obligaciones reconocidas a 1.779.400.

Principado de Asturias

Las competencias sanitarias se gestionan a través del ente público Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), adscrito a la Consejería de Sanidad y Servicios Sanitarios. La LP del Principado incluye sus presupuestos dentro de los organismos autónomos. De acuerdo con el TREPPA, el SESPA por su objeto es un ente público y a los solos efectos de su régimen económico-presupuestario le serán de aplicación las previsiones relativas a organismos autónomos.

En 2004 y 2005 sus créditos finales ascendieron a 1.109.208 y 1.219.750 miles de euros respectivamente (4 y 10 % de incremento anual) y las obligaciones reconocidas a 1.107.639 y 1.218.772. Las obligaciones pendientes de reconocer a 31 de diciembre importan 2.356 y, al menos, 774 miles euros. Constan, además reclamaciones por demora en pagos a proveedores por 4.782 miles de euros.

Región de Murcia

La gestión de la sanidad la asume el Ente Público Empresarial Servicio Murciano de Salud, adscrito a la Consejería de Sanidad y Política Social, cuyos gastos totales en 2004 y 2005 han ascendido a 1.189.871 y 1.321.321 miles de euros respectivamente, mientras que los ingresos totales han sido de 65.878 y 63.978 miles de euros (6 % de los gastos). Las aportaciones para compensar pérdidas han totalizado 1.051.805 miles de euros en 2004 y 1.241.571 en 2005, quedando pendientes de financiación al 31 de diciembre de estos años pérdidas no cubiertas por 72.188 y 15.830 miles de euros respectivamente. El déficit global acumulado asciende al cierre del 2004 a 206.554 y a 222.385 miles de euros en 2005.

Comunidad Valenciana

La asistencia sanitaria durante el ejercicio 2004 se presta directamente por la Consejería de Sanidad, con unos créditos finales que ascienden a 4.078.700 miles de euros (12 % de incremento anual) reconociéndose obligaciones por 4.054.300 miles de euros en las que se incluyen 482.400 por gastos devengados en el ejercicio anterior; por el contrario quedan pendientes de reconocer obligaciones por gastos generados en este ejercicio y anteriores por un total de 1.240.100 miles de euros.

De acuerdo con estos datos el gasto real del ejercicio asciende a 4.173.000 miles de euros (obligaciones reconocidas más las no reconocidas al cierre del ejercicio menos las correspondientes a ejercicios anteriores, imputadas al corriente –1.121.400–).

En 2005 la Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad Valenciana crea la Agencia Valenciana de Salud (AVS), Organismo Autónomo Administrativo, para llevar a cabo la gestión del sistema valenciano de salud y de la prestación sanitaria, que inicia sus actividades en mayo de 2005. Durante 2005, la AVS continúa presupuestaria y contablemente integrada en la Administración general; sus créditos finales ascienden a 4.648.300 y las obligaciones reconocidas a 4.591.900 miles de euros; las obligaciones no reconocidas de los Programas de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad (PASCS) ascienden a 1.129.800 miles de euros de los que 863.100 corresponden a ejercicios anteriores y 266.700 al 2005.

Cuadro 9. Evolución del gasto sanitario

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 9.a Evolución de las obligaciones del gasto sanitario

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 9.b Evolución de las obligaciones del gasto sanitario

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

III.1.1.3 Resultados y saldos de la ejecución presupuestaria

Los anexos I.5 de 2004 y 2005 reflejan los datos agregados de los resultados y saldos presupuestarios del conjunto de las Administraciones Públicas. El resultado presupuestario es deficitario en 2004 en 1.054.602 miles de euros, y positivo en 27.949 miles de euros en 2005. La variación neta de pasivos financieros aplicados al presupuesto asciende a 2.888.597 miles de euros en 2004 y a 2.994.166 miles de euros en 2005, por lo que los saldos presupuestarios son positivos y se elevan a 1.833.995 y 3.022.115 miles de euros, respectivamente. Las anteriores magnitudes están referidas a 215 y 200 entes, respectivamente.

Los saldos presupuestarios de 2004 y de 2005 son superiores en un 61,5 % y en un 64,8 % a los de los respectivos ejercicios anteriores, debido a que la variación neta de los pasivos financieros aplicados ha sido superior a los del 2003 en un 142,6 % y a los del 2004 en un 36,5 %, respectivamente.

Los resultados y saldos presupuestarios de las Administraciones Generales para 2004 y 2005 se recogen en los anexos I.5.1 y se resumen en los siguientes cuadros:

Cuadro 10.1 Resultados y saldos presupuestarios agregados (2004)

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 10.2 Resultados y saldos presupuestarios agregados (2005)

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Los resultados presupuestarios del conjunto de las Administraciones Generales de las Comunidades y Ciudades Autónomas son negativos en 2004 y 2005 en 1.158.944 y 753.705 miles de euros, respectivamente. Este déficit es en 2004 superior al del ejercicio 2003 en 864.978 miles de euros (un 294 %) y en 2005 inferior en 405.239 miles de euros (un 65 %) al del 2004.

En la valoración de los saldos presupuestarios deben tenerse en cuenta las incidencias que afectan a la contabilización de pasivos financieros por parte de las CC.AA. que, en sus aspectos más significativos, se indican en epígrafes anteriores y que se refieren fundamentalmente al reconocimiento indebido de derechos por operaciones de endeudamiento no dispuestas en el ejercicio, así como a la no aplicación al presupuesto al final del ejercicio de la variación neta del endeudamiento a corto plazo, al que dan tratamiento extrapresupuestario.

En el primer supuesto se encuentran Andalucía, el País Vasco, el Principado de Asturias y la Ciudad Autónoma de Ceuta (en 2005). Andalucía ha reconocido derechos por endeudamiento no dispuesto por 72.110 y 78.520 miles de euros en 2004 y 2005 respectivamente; el País Vasco por 275.000 y 300.000 y el Principado de Asturias por 88.800 y 20.000 miles de euros. La LHP de Andalucía autoriza, a diferencia de lo establecido en el PGCP, el reconocimiento de derechos por el total de endeudamiento autorizado, aunque paulatinamente va ajustando ambas magnitudes. La misma autorización se produce en las Illes Balears mediante la Ley 3/1994 y el Decreto 77/2001.

La Ciudad Autónoma de Ceuta contabiliza los ingresos derivados del endeudamiento financiero en función del importe formalizado en las operaciones de crédito o préstamo, con independencia de la disposición de los fondos. Este criterio no es conforme con lo establecido en el documento n.º 5 de los principios contables públicos ni con la Regla 237 de la ICAL, por lo que los derechos reconocidos por endeudamiento en 2004 están infravalorados en 2.871 miles de euros y sobrevalorados en 2.281 miles de euros en 2005.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León en 2004 y la de Madrid en ambos ejercicios no han aplicado al presupuesto, al final del ejercicio, la variación neta del endeudamiento transitorio de Tesorería. Andalucía tampoco ha aplicado esta variación al presupuesto en cumplimiento de la LGHP de Andalucía, que establece que este tipo de endeudamiento tendrá tratamiento extrapresupuestario. Este criterio no se ajusta a lo establecido en los principios contables públicos ni en la orden de 31 de enero de 1997 que aprueba el PGCP de la Comunidad. En La Rioja, la disminución neta anual de pasivos financieros a corto fue indebidamente compensado en 2005 con ingresos por disposiciones de préstamos a largo.

La evolución de los resultados presupuestarios de los 4 últimos ejercicios se recoge en el cuadro siguiente:

Cuadro 11. Resultado presupuestario: ejercicios 2002 a 2005

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En las fiscalizaciones de las liquidaciones presupuestarias rendidas por las CC.AA., se ponen de manifiesto salvedades cuya corrección tendría un efecto neto negativo sobre los resultados presupuestarios de 1.364.612 miles de euros en 2004 y positivo de 141.719 miles de euros en 2005, como se refleja a continuación.

Cuadro 12.1 Incidencias y salvedades sobre resultados presupuestarios (2004)

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 12.2 Incidencias y salvedades sobre resultados presupuestarios (2005)

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

III.1.1.4 Financiación del ejercicio

El nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común, aprobado por Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera en sus sesiones de 27 de julio y 16 y 22 de noviembre de 2001, entró en vigor el 1 de enero del 2002, y se incorporó al ordenamiento jurídico por la Ley Orgánica 7/2001, de 27 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), de 22 de septiembre de 1980, y por la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, reguladora de las Medidas Fiscales y Administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía. Deben tenerse en cuenta la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley de Estabilidad presupuestaria, la Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los FCI y las Leyes de julio de 2002 en las que se establece el régimen de cesión de tributos del Estado a cada una de las Comunidades Autónomas de Régimen Común.

Este sistema de financiación amplía la capacidad normativa de las Administraciones autonómicas sobre los tributos cedidos, fundamentalmente en cuanto a tipos impositivos y beneficios fiscales, con la excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido y los Impuestos especiales de fabricación y sobre la electricidad, que están sujetos a armonización fiscal dentro de la Unión Europea. Además, se rige por el criterio de estabilidad, favorece los principios de solidaridad y coordinación entre las Administraciones y, con ello, la prestación homogénea de los servicios por todas las Comunidades Autónomas con independencia de su grado de desarrollo económico.

El nuevo sistema establece criterios para la determinación de las asignaciones de nivelación previstas en la LOFCA con el objetivo de garantizar un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos esenciales en todas las Comunidades Autónomas como la educación y la sanidad. La Disposición transitoria segunda de la citada Ley 21/2001, establece garantías para que las Comunidades Autónomas tengan cubierta una financiación mínima de los servicios de asistencia sanitaria durante los tres primeros años de vigencia del sistema de financiación.

Tanto en 2004 como en 2005, varias de las Comunidades con OCEX no presentan cuadro de financiación (Andalucía, Cataluña, Canarias, Galicia y C. Valenciana). La mayor parte de las restantes presentan cuadros de financiación cuya estructura no se adapta o se adapta parcialmente al sistema de financiación de las Comunidades Autónomas establecido por la Ley Orgánica 7/2001. La Comunidad Foral de Navarra y el País Vasco regulan su actividad financiera y tributaria partiendo del Concierto y el Convenio Económico, según establecen las Disposiciones Adicionales primera y segunda de la LOFCA, y en ninguna de ellas se trata específicamente este área en los informes de fiscalización.

En los cuadros siguientes se muestra la financiación de las Comunidades Autónomas en 2004 y 2005:

Cuadro 13.1 Financiación de las Comunidades Autónomas (2004)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(1) Los recursos Ley 21/2001 son Tributos concertados.

Cuadro 13.2 Financiación de las Comunidades Autónomas (2005)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(1) Los Recursos Ley 21/2001 son Tributos Concertados.

Los recursos percibidos según la Ley 21/2001 y los tributos concertados de las CC.AA. Foral de Navarra y del País Vasco suponen el 77  % del total de la financiación en 2004 y el 80 % en 2005.

El importe más elevado de los mismos corresponde al de tributos cedidos, un 28 % en ambos ejercicios, seguido en importancia del fondo de suficiencia, con un 24  % en 2004 y un 23  % en 2005, quedando la participación en el rendimiento de los impuestos especiales de fabricación y de electricidad en un 8  % en ambos ejercicios. Los importes derivados de la tarifa autonómica del IRPF y la participación en el rendimiento del IVA están muy nivelados, ambos suponen un 13 % en 2004 y 2005.

Tanto en 2004 como en 2005, la Comunidad de Madrid recoge dentro de los recursos de la Ley 21/2001, solamente tributos cedidos y fondo de suficiencia, que es negativo en ambos ejercicios. La Comunidad ha alcanzado el techo competencial previsto en su Estatuto de Autonomía, tras los traspasos en 2002 en materia de Sanidad y Justicia, por lo que en ambos ejercicios se reflejan íntegramente los recursos derivados del nuevo sistema de financiación, lo que se traduce en la consolidación de una estructura de financiación en la que los tributos cedidos representan cerca del 95 % de los ingresos de la Administración Autonómica.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Los otros recursos percibidos representan un 19 % y un 12 % del total respectivamente en 2004 y 2005 y proceden, fundamentalmente, de fondos de la Unión Europea (50 % en 2004 y 53 % en 2005) y de subvenciones y convenios (44 % en 2004 y 40 % en 2005). Los Fondos de Compensación Interterritorial representan sólo el 6 % y el 7 % del total, respectivamente.

Cuadro 15.1 Otros Recursos (2004)

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Recursos Propios

Esta fuente de financiación totaliza 9.588.456 y 10.757.736 miles de euros en 2004 y 2005 respectivamente y representa el 8  % del total en cada uno de los ejercicios. De ellos, el 20 % y el 16 % corresponden a ingresos tributarios y el 58  % y el 67 % a endeudamiento, que ascienden a 5.599.726 y a 7.159.164 miles de euros en 2004 y en 2005; lo que modifica la tendencia de los ejercicios 2002 y 2003 en los que el endeudamiento fue inferior en términos relativos a los ingresos tributarios.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

III.1.2 Situación Patrimonial

Las Comunidades Autónomas, en general, mantienen en los ejercicios 2004 y 2005 sistemas contables uniformes, con las siguientes incidencias:

— La Comunidad de Madrid no implanta en la Administración General el PGCP aprobado por Orden 2277/1996 hasta el 1 de enero de 2006, por lo que la información disponible no es homogénea.

— La Comunidad Foral de Navarra no tiene aprobado PGCP propio y elabora los estados financieros según el del Estado de 1994.

— Illes Balears lo implanta parcialmente, pero presenta el Balance y la cuenta del resultado económico-patrimonial conforme a su PGCP.

— El País Vasco presenta los estados financieros elaborados conforme a un Plan de cuentas que está pendiente de aprobación, aunque sigue en vigor el Plan General aprobado por Orden de 17 de diciembre de 1985.

— En Castilla y León se aplica por primera vez en 2004 en la contabilidad presupuestaria, el PGCP de la Comunidad; en esta Comunidad y en el Principado de Asturias los estados de liquidación del presupuesto de ingresos y gastos no se ajustan a la estructura establecida en los respectivos Planes Contables.

— Las Ciudades de Ceuta y Melilla aplican el Plan General de Cuentas adaptado por la Instrucción de Contabilidad para la Administración Local (O. de 18 de julio de 1990).

En cuanto a la aplicación de los principios contables, se observan algunas incidencias, entre las que cabe destacar:

— En la Comunidad Autónoma de Andalucía se cuantifican en 2004, por primera vez, derechos de dudoso cobro estableciéndose provisiones para insolvencias aunque aún insuficientes. En 2005 la información que recoge la contabilidad patrimonial presenta diferencias con la que se deduce del inventario y la cuenta del inmovilizado, ya que no existe conciliación entre estos dos estados y el balance de situación.

— La Comunidad Foral de Navarra modifica en 2005 los criterios contables de registro de determinadas desgravaciones fiscales, lo que implica unos mayores ingresos y gastos, y en la contabilización de las liquidaciones negativas del IVA, que pasan a registrarse por el criterio de caja.

— En el País Vasco se cambia en 2004 el criterio de contabilización de las sanciones en vía ejecutiva, que pasan a registrarse en su ejercicio de origen y en el corriente los recargos de apremio. En 2005 se incluye por primera vez el cálculo de Remanente de Tesorería.

En el Anexo II.1 figuran los resúmenes de los balances agregados de 218 entidades de las Administraciones públicas de aquellas Comunidades y Ciudades Autónomas que tenían en el ejercicio 2004 implantada contabilidad patrimonial. En términos agregados, el activo total asciende a 97.356.273 miles de euros, financiados con recursos ajenos por un total de 65.297.560 miles de euros, lo que representa un 67 % del total (1 % menos que en el ejercicio anterior). El Anexo II.1.1. los balances agregados de las Administraciones Generales (18) y el anexo II.1.2 de los Organismos Autónomos (120); el II.1.3 el de entes públicos (55) y el II.1.4 el de Universidades (38). Debe señalarse que en el anexo II.1.1 se incluyen 23 Organismos Autónomos y 2 Entes públicos tal y como se indica en el apartado de Rendición de Cuentas, cuyos datos constan integrados con los de sus respectivas Administraciones Generales.

En el Anexo II.1 figuran, por su parte, los resúmenes de los balances agregados de 229 entidades de las Administraciones públicas de aquellas Comunidades y Ciudades Autónomas que tenían en el ejercicio 2005 implantada contabilidad patrimonial. En términos agregados, el activo total asciende a 110.517.442 miles de euros, financiados con recursos ajenos por un total de 71.177.645 miles de euros, lo que representa un 64 % del total (3 % menos que en el ejercicio anterior). El Anexo II.1.1. los balances agregados de las Administraciones Generales (18) y el anexo II.1.2 de los Organismos Autónomos (122); el II.1.3 el de entes públicos (64) y el II.1.4 el de Universidades (33). Como en 2004, en el anexo II.1.1 se incluyen 24 Organismos Autónomos y 3 Entes públicos cuyos datos constan integrados con los de sus respectivas Administraciones Generales.

III.1.2.1 Balance

A) Inmovilizado

El valor del Inmovilizado del conjunto de las Administraciones Públicas excluidas las Universidades Públicas (Anexo II.1) es de 73.358.950 y 82.264.854 miles de euros, en 2004 y 2005 respectivamente, repartido de la siguiente forma: 64.468.352 y 72.462.519 miles de euros de las Administraciones Generales, 6.305.234 y 7.034.392 miles de euros de los Organismos Autónomos y 2.585.364 y 2.767.943 miles de euros de los Entes Públicos. En las Universidades Públicas asciende a 6.979.135 y 7.536.927 miles de euros.

En la gestión de estos activos por las Administraciones Generales y Organismos Autónomos, cabe destacar que, con carácter general, las CCAA no cuentan con inventarios de bienes y derechos completos y debidamente valorados y en algunos casos no hay concordancia entre los datos contables y los del inventario (Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, C. Foral de Navarra, Galicia, Illes Balears, Madrid, Región de Murcia —lo ha completado casi totalmente—, C. Valenciana y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla). El País Vasco en 2004 no dispone de detalle individualizado de algunas partidas del inmovilizado. Tampoco se han implantado subsistemas de gestión de inventario que permitan su correcta contabilización, reflejando las correcciones valorativas pertinentes, mediante las dotaciones de provisiones y amortizaciones correspondientes, que no se recogen. En 2005 no consta información de esta área en las C.A. de Canarias y País Vasco.

Con carácter más concreto se aprecian las siguientes incidencias:

Andalucía ha completado la implantación del inventario y rinde por primera vez en 2004 la Cuenta del Inmovilizado, no obstante la valoración de los registros del inventario aún no se ha completado; el subsistema de gestión del Inventario no se encuentra totalmente implantado y la información que se recoge sobre el Inmovilizado se deriva de la contabilización de los documentos de ejecución presupuestaria. Esto explica que no exista concordancia entre los datos de las valoraciones del Inventario y los reflejados en el Balance; sigue sin dotarse las amortizaciones del Inmovilizado.

En la Comunidad Autónoma de Aragón la representatividad del balance se encuentra condicionada por algunas salvedades, principalmente respecto al registro contable del activo inmovilizado, ya que no se ha desarrollado un sistema de contabilidad del patrimonio inmobiliario, lo que supone, entre otros, una desconexión entre la contabilidad y los correspondientes expedientes patrimoniales. En el pasivo exigible no tienen reflejo contable los intereses devengados y no vencidos a fin de ejercicio.

En Canarias, pese a avances producidos, el Inmovilizado reflejado en el Balance Agregado de las Administraciones Públicas, a 31 de diciembre de 2004, no coincide con la información del Inventario General de la Comunidad Autónoma remitida por la Dirección General de Patrimonio y Contratación, estando las principales diferencias en otro inmovilizado material.

El Principado de Asturias, con carácter general, no da de alta en su contabilidad los bienes de inmovilizado material adscritos o cedidos. La Rioja y Madrid no registran los bienes recibidos en adscripción en virtud del traspaso de los servicios del INSALUD, incumpliéndose la normativa reguladora al respecto. En el caso de La Rioja esta circunstancia afecta también a los bienes adscritos del INEM y no se formalizaron en tiempo las pertinentes actas de entrega y recepción. En la Comunidad de Madrid los bienes adscritos figuran en un listado a efectos de su gestión. En el País Vasco, en el ejercicio 2004, los centros cedidos en uso al Ente Servicio Vasco de Salud-Osakidetza siguen sin estar dados de alta en contabilidad y sin formalizarse la cesión.

En Castilla y León se detectan discrepancias entre la contabilidad presupuestaria y patrimonial en el Registro de inversiones financieras al no haberse imputado al presupuesto una transferencia de acciones de la Administración General a una Empresa pública y al haber imputado parcialmente el capital desembolsado de la suscripción de una ampliación de capital de una sociedad que debería haberse registrado por la totalidad, contabilizándose la diferencia como desembolso pendiente. Además, en relación con los créditos concedidos a corto y largo plazo las debilidades en los procedimientos adoptados para el registro de las cuentas se traducen en una incorrecta contabilización de las operaciones citadas, que no se ajustan a los criterios del PGCP.

Castilla-La Mancha no facilita información adicional sobre préstamos pendientes de reintegro, para la mejora de la vivienda rural, lo que motiva su ausencia del activo de la Junta, al activarse únicamente los importes amortizados e ingresados en cada ejercicio. Por otra parte en el reflejo contable de los préstamos a concesionarios no se aplica el principio de devengo en los intereses ni en las amortizaciones. Navarra tiene pendientes de regularizar préstamos concedidos a Entidades Locales.

La Comunidad de La Rioja no ha dotado provisiones por la depreciación del valor registrado para la participación de Valdezcaray, S.A., estimadas al cierre de los ejercicios fiscalizados en 5.717 y 6.592 miles de euros en 2004 y 2005, respectivamente.

En Galicia, las inversiones destinadas al uso general, que son objeto de recepción en el ejercicio 2004 de varias Consejerías, no se contabilizan en la Cuenta «Patrimonio entregado al uso general, tal y como recoge el PGCP. Dicha cuenta no presenta movimientos desde 1994. No se dotan provisiones por depreciación de valores negociables y de participaciones en patrimonio a largo plazo; tampoco provisión por insolvencias, ni para riesgos y gastos derivados del impuesto sobre la contaminación. En 2005, el balance de situación de la Administración General presenta importantes deficiencias que se concentran, fundamentalmente, en los importes registrados dentro del inmovilizado. Estas deficiencias se traducen en la falta de coordinación entre el inventario y el inmovilizado, en no dar de baja las inversiones entregadas al uso general, en la contabilización de gastos inmateriales de dudosa activación, en contabilizar amortizaciones que no reflejan la depreciación real de los bienes, así como en la sobrevaloración del inmovilizado financiero.

En Madrid figuran valorados solamente los valores cotizados, lo que se ha realizado en base a la información final de las entidades financieras depositarias, sin que se haya podido verificar si es correcta la valoración. Los valores no cotizados no figuran valorados, en contra de lo establecido en la Orden de la Consejería de Hacienda 1418/1992, que establece los criterios a seguir para la valoración de los mismos.

La Administración General de la Comunidad de Extremadura mantiene, formando parte de sus activos financieros, préstamos de diversa naturaleza sobre los que no existen registros completos que permitan delimitar vencimientos e intereses devengados, por lo que la contabilidad patrimonial no refleja los importes vencidos y no cobrados, ni los intereses devengados, en su caso, por los mismos.

En el Principado de Asturias, en relación con el Inventario de Bienes Inmuebles existente, que no está conectado al sistema económico-financiero del Principado (ASTURCON), se puso en funcionamiento a partir del ejercicio 2003, un tratamiento informático de los datos patrimoniales cuyo resultado constituye una base de datos con un procedimiento de actualización, pero que no ha permitido facilitar, durante la fiscalización, la situación del inventario a 31 de diciembre de 2004. No se dispone de un Inventario de Bienes Muebles que se haya actualizado desde 1991, llevándose únicamente el control de estos bienes a través de un sistema de fichas de alta y baja. Del resto de bienes y derechos no se tiene inventario alguno, ni siquiera se dispone de registros sistemáticos y actualizados que permitan un control adecuado de los mismos. Finalmente, sólo se registra contablemente, a partir del ejercicio 2002, la amortización de los bienes del Inmovilizado material incorporado al Inventario de Bienes Inmuebles; la dotación del ejercicio 2004 se contabiliza, incorrectamente, por el mismo importe del ejercicio anterior; asimismo, debe destacarse que no se han contabilizado bajas en el inmovilizado material por las entregas realizadas respecto a las inversiones destinadas al uso general y a las gestionadas para otros entes públicos, figurando en el activo del Balance la totalidad de estas inversiones desde 1996, en contra de lo establecido en el PGCP. Respecto a las inversiones financieras permanentes existen discrepancias entre su saldo en el balance y el capital total suscrito de la cartera de valores a largo plazo. La Comunidad no ha facilitado el estado de situación de diferentes préstamos concedidos pendientes de reintegro. Por otra parte las aportaciones patrimoniales a las Fundaciones y Consorcios se consideran inversiones financieras permanentes cuando de acuerdo con los principios y normas contables se tratan de transferencias de capital. El conocimiento de la composición y valoración del patrimonio queda afectado por todo lo señalado, condicionando la representatividad de la situación económico-financiera reflejada en el balance.

En la Ciudad de Melilla se observan diferencias entre los datos facilitados por los Servicios de Patrimonio y de Contabilidad. Se continúa contabilizando únicamente las operaciones de inmovilizado que conllevan movimientos de fondos.

En la Ciudad de Ceuta no se dan de alta en cuentas de inmovilizado los bienes recibidos del Estado en los distintos traspasos de competencias, especialmente el parque de viviendas públicas recibido en 1996, así como las inversiones en infraestructura realizadas, en particular por la sociedad municipal PROCESA por encargos de la Ciudad Autónoma.

B) Deudores

El importe agregado de los deudores de las Administraciones Generales de las CCAA en 2004 y 2005 asciende a 12.635.724 y 11.720.716 miles de euros, respectivamente. En el estado de Deudores de 2004 (Anexo II.1.5) se detecta una diferencia negativa entre el saldo final del ejercicio anterior y el inicial del ejercicio 2004 de 876.243 miles de euros; el origen está fundamentalmente en las Comunidades de Cataluña y en el País Vasco. En Cataluña la diferencia es de 149.593 miles de euros, y se debe a que en el ejercicio anterior en provisión para insolvencias no constaba si se trataba de deudores presupuestarios o de no presupuestarios, que sí es posible conocer en los ejercicios fiscalizados; en 2005 ya no consta esta diferencia. En el País Vasco, la diferencia, 743.411 miles de euros, obedece a que en 2003 se obtiene la información de los datos remitidos individualizadamente por el OCEX mientras que en los ejercicios fiscalizados se calculan a partir del Balance de los informes de la Cuenta General de 2004 y 2005; en 2005 ya no consta esta diferencia.

De los deudores pendientes de cobro cabe destacar, en ambos ejercicios, como mas significativo, lo siguiente:

— Los derechos presupuestarios pendientes de cobro están sobrevalorados en las CCAA de Canarias, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia en 2005, La Rioja en 2004 (e infravalorados en 2005), Madrid, País Vasco, Principado de Asturias. En la Ciudad Autónoma de Ceuta están infravalorados en el ejercicio 2004.

— Sería necesario depurar saldos de deudores con antigüedad superior a cinco años en las CCAA de Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Foral de Navarra, La Rioja, Madrid (aunque en 2005 se ha procedido a depurar parte de los mismos), Principado de Asturias, Región de Murcia y Comunidad Valenciana y Ciudad Autónoma de Ceuta.

— Aragón, Extremadura y el Principado de Asturias no dotan provisiones para insolvencias y en la C.A. de Andalucía y en el Principado de Asturias en 2005 se provisionan por primera vez, pero por un importe insuficiente.

— Las Comunidades de Castilla y León, Extremadura, Illes Balears y Principado de Asturias (en 2005) mantienen cuentas a cobrar de antigüedad o cuantía significativa sin analizar la posible prescripción de derechos. La C.A. de Extremadura imputa a presupuesto la recaudación sin haber reconocido previamente los correspondientes derechos de FEOGA Sección Orientación 2000 a 2006. por lo que el saldo de derechos pendientes de cobro es negativo. Además, en Extremadura, a partir de 2004 tiene lugar una modificación en el sistema de registro contable de deudores que supone la pérdida de información relativa al ejercicio de procedencia de los mismos y que, junto con la ausencia de datos en la memoria sobre el grado de exigibilidad de los derechos pendientes de cobro, condiciona las posibilidades de la información contable pública como instrumento de control de los deudores presupuestarios, fundamentalmente, en relación con el análisis de las posibles prescripciones.

— En la Comunidad Autónoma de Castilla y León, se mantienen en cuentas extrapresupuestarias ingresos pendientes de aplicación por importes significativos que deben aplicarse a presupuesto. La relación nominal de deudores presupuestarios es incompleta, figurando los deudores agrupados en varias rúbricas, por lo que no reúne los requisitos exigidos. No se dispone de la relación cuantificada de deudores no presupuestarios; los deudores en vía ejecutiva figuran solamente por el principal de la deuda.

— En Cataluña, los deudores no presupuestarios según Balance no coinciden con los saldos de la cuenta de operaciones de Tesorería al incluirse en aquél en 2004 y 2005 deudores a corto y largo plazo por aplazamiento y fraccionamiento que en dicha cuenta no se registran hasta el vencimiento del derecho a cobrar. Además en 2005 se incluyen en la cuenta de operaciones de tesorería las entregas de fondos a justificar, como deudores extrapresupuestarios mientras que en Balance son reclasificadas como tesorería conforme a lo establecido en el PGCP. Por otra parte, en 2004 las Tesorerías Territoriales no presentan relación de deudores presupuestarios que detalle la antigüedad de los importes pendientes de cobro.

— En la Comunidad Foral de Navarra en 2004, el saldo de deudores presupuestarios se compensa en gran parte con acreedores presupuestarios (en 2005 no se facilita información suficiente que permita conocer este dato). No se aporta información de los derechos pendientes de cobro de ejercicios cerrados. En Madrid, los deudores pendientes de aplicar a presupuesto, de ejercicios anteriores se compensan con acreedores extrapresupuestarios. En esta última Comunidad, se mantiene un sistema deficiente de contabilización del IVA, que implica que las cuentas extrapresupuestarias de deudores y acreedores no reflejen adecuadamente las operaciones realizadas, impidiendo conocer la posición financiera de la Comunidad respecto a la Hacienda del Estado por estas operaciones. En 2005 se regularizan los deudores extrapresupuestarios por este concepto. No se han anulado derechos pendientes de cobro reconocidos indebidamente con base en estimaciones de Fondos Europeos de ejercicios anteriores. En 2005 se ha procedido a anular y regularizar gran parte de estos saldos deudores presupuestarios y extrapresupuestarios, si bien continúa sin existir, en ninguno de los ejercicios fiscalizados un adecuado seguimiento y control de deudores presupuestarios de ejercicio corriente ni de cerrados, que deben considerarse de dudoso cobro y en algunos casos no se dan de baja deudores por incobrables, cuando existen indicios suficientes de incobrabilidad.

— En el País Vasco, en los ejercicios 2004 y 2005 la mayor parte de los deudores pendientes de cobro corresponden a préstamos formalizados en el ejercicio y ejercicios anteriores, pendientes de disponer. Del saldo pendiente de cobro del ejercicio por multas de tráfico en vía ejecutiva, el 65 % en 2004 y el 50 % en 2005 se considera incobrable; lo mismo ocurre en deudores de ejercicios cerrados con este tipo de multas y con avales ejecutados que se consideran de difícil cobro.

— En la C.A. de Cantabria las relaciones nominales de deudores engloban en un solo concepto los procedentes de la gestión competencia del servicio de recaudación, gestión tributaria, en vez de incluirse individualizados; los deudores se agrupan en función de la antigüedad, si bien los anteriores a cinco años figuran englobados en un solo grupo. Esta misma circunstancia se repite en la Ciudad Autónoma de Melilla.

— El Principado de Asturias presenta en 2004 una relación de deudores presupuestarios, en la que no se identifican la totalidad de los mismos y la Cuenta General rendida no recoge información sobre los derechos a cobrar de presupuestos cerrados que el Plan General de Contabilidad Pública establece como mínima a cumplimentar en la Memoria, lo que no permite un seguimiento de las actuaciones relacionadas con los derechos pendientes de cobro ni distinguir la causa de anulación de los mismos. En 2005 existen diferencias entre los saldos de deudores de corriente y de cerrados, entre la contabilidad presupuestaria y financiera por 25.000 miles de euros, por lo que deberían reclasificarse los saldos en esta última.

— La Región de Murcia mantiene sin contabilizar derechos pendientes de cobro, correspondiente a las cuotas de los adjudicatarios de viviendas de promoción pública devengadas con anterioridad al año 2000, cuya gestión asumió el Instituto de la Vivienda y Suelo de la Región de Murcia.

— En la Comunidad Valenciana en los ejercicios 2004 y 2005 continúan contabilizándose en ejercicios cerrados derechos definidos pendientes de cobro, 687.800 y 686.200 miles de euros respectivamente sobre los que al ser meras previsiones de ingresos, existe incertidumbre sobre su cobrabilidad sin que, no obstante, se hayan dotado provisiones para insolvencias. Por otra parte en deudores del ejercicio corriente ha mejorado la gestión de ingresos, lo que se refleja en una reducción de los derechos reconocidos pendientes de cobro, debido fundamentalmente al cambio de criterio de contabilización de los ingresos procedentes del Estado en 2004, de acuerdo con los principios contables públicos.

C) Tesorería

Los saldos agregados de las cuentas de Tesorería de las Administraciones Generales de las Comunidades Autónomas durante los dos ejercicios fiscalizados se recogen en los anexos II.1.6 y ascienden a 6.492.806 y 10.636.368 miles de euros, respectivamente. Durante 2004 se han efectuado cobros por 408.770.295 y pagos por 405.221.665 miles de euros. En 2005 estos importes han ascendido a 384.638.445 y 380.469.902, respectivamente.

Se observan unas diferencias en 2004 de 958 y en 2005 de –24.981 miles de euros entre los saldos finales de los ejercicios anteriores y los iniciales de los siguientes siendo varias las Comunidades Autónomas que modifican el importe que presentaban en 2003 y 2004, como Madrid con una diferencia negativa de 957 miles de euros; en 2005 figuran diferencias en Andalucía (–26 miles de euros) y Galicia (–1.108 miles de euros).

En Madrid el saldo de Tesorería está integrado por el de la Administración General, 11 Organismos Autónomos Administrativos, 2 de carácter comercial y 4 Entes Públicos.

En las fiscalizaciones efectuadas cabe destacar lo siguiente:

— Las Comunidades Autónomas que se detallan a continuación no incluyen en sus saldos de tesorería al menos los importes que se hacen constar, correspondientes fundamentalmente a cuentas restringidas de recaudación, de gestión de pagos, fondos a justificar y de gestión de centros públicos de enseñanza no universitaria:

— En 2004: Aragón (9.316 miles de euros), Cantabria (15.359 miles de euros), Castilla y León (36.180 miles de euros), Cataluña (7.022 miles de euros), Extremadura (544 miles de euros), Galicia (1.108 miles de euros), La Rioja (5.717 miles de euros), Madrid (12.165 miles de euros), región de Murcia (6.016 miles de euros), Región de Murcia (6.016 miles de euros) y Ciudad Autónoma de Ceuta (160 miles de euros).

En 2005: Aragón (122 miles de euros), Cantabria (13.683 miles de euros), Castilla y León (44.161 miles de euros), Cataluña (2.741 miles de euros), Extremadura (444 miles de euros), La Rioja (6.592 miles de euros), Madrid (2.403 miles de euros), Región de Murcia (9.224 miles de euros) y Comunidad Valenciana (5.000 miles de euros).

— En Castilla-La Mancha, en 2004, se detectan 22 cuentas bancarias más de las que figuran en al Tesorería General, con un saldo de 308 miles de euros en las 15 de las que se tienen datos; en 2005 constan 21 cuentas no incluidas con un saldo de 1.408 miles de euros y en Navarra en 2004 existen 607 cuentas, la mayor parte (420) del Departamento de Educación, no incluidas en el saldo de Tesorería, que disponen junto con las de Tasas, Tarifas y Fondos a justificar de una regulación específica. De las restantes cuentas (187) no se dispone de información sobre su identificación, objeto, funcionamiento y firmas autorizadas. Además se han detectado otras cuentas incontroladas en el Registro de Tesorería, algunas con saldos significativos y otras con saldos nulos. La Comunidad Valenciana no incluye las cuentas de fianzas utilizadas para la gestión de fianzas de los servicios territoriales que ascienden a 11.800 miles de euros en 2004 y a 14.400 en 2005.

— En Andalucía se detecta en 2004 una diferencia de 57.590 miles de euros entre el saldo final del estado de tesorería y el que consta en Balance, cantidad que se corresponde con el saldo de la cuenta deudora extrapresupuestaria de anticipos de caja fija. Por otra parte las conciliaciones bancarias que registran la recaudación tributaria de dos Delegaciones Provinciales presentan incidencias que generan ajustes en sus saldos contables por lo que debe minorarse el saldo final de Tesorería en 29.740 miles de euros.

— En Cantabria no se realizan por el Servicio de Tesorería conciliaciones entre las cuentas restringidas de pagos y los saldos bancarios; ni, por tanto, se regularizan las diferencias entre ambos a través de la cuenta «Provisiones de fondos pendientes de justificar». Tampoco se concilian las cuentas restringidas de recaudación al no contabilizarse. No se realiza el control y seguimiento de la actividad de las entidades colaboradoras como determina la normativa aplicable.

— En Castilla y León en el saldo de tesorería no se incluyen todas las cuentas bancarias de las que la Comunidad es titular. Además el Estado de Tesorería rendido en la Cuenta General no coincide con el saldo contable de la Tesorería recogido en el Balance; la diferencia se corresponde con el saldo contable conjunto de las cuentas de anticipos de caja fija. Existen cuentas certificadas por la Comunidad cuyos saldos deberían incluirse en la rúbrica de Tesorería del Balance.

— En Cataluña las cuentas deudoras y acreedoras de la Tesorería, cuentas extrapresupuestarias, no se diferencian por secciones presupuestarias, ni se analiza la composición de sus saldos al final de cada ejercicio; tampoco se analiza la composición de los saldos de las cuentas de fianzas y depósitos, tanto en efectivo como en valores. Las tesorerías territoriales concilian los saldos bancarios y contables englobando la totalidad de las cuentas con las que operan. Además, el modelo de conciliación bancaria utilizado es diferente al de la Tesorería General. Es preciso conciliar las cuentas individualmente y homogeneizar los procedimientos y los modelos de documentos.

— En la Comunidad de Galicia, en 2004 y 2005, el estado de los depósitos y fianzas pendientes de cancelar únicamente recoge los valores de la caja central y no de las territoriales, observándose que existen depósitos constituidos desde 1983 y que en muchos no consta la identificación del depositante y/o la entidad depositaria. Además en 2005 se detecta una diferencia de 2.600 miles de euros entre el saldo de efectivo reflejado en la cuenta de tesorería y el registrado en el Balance procedente de la aplicación «Remesas efectivo entre Delegaciones de Hacienda y al Dirección General de Política Financiera y Tesoro».

— En la Comunidad Foral de Navarra en 2004 y 2005 continúa sin figurar el número de cuentas gestionadas por ella y no se elabora el documento del estado anual de la Tesorería; en 2004 los centros responsables no remiten a la Sección de Tesorería la documentación exigida por las Ordenes Forales de cierre del ejercicio. En 2005 continúa sin completarse la regularización de las cuentas bancarias sin incluirse estados de conciliación de las cuentas de imposición.

— En la Comunidad de Madrid, el número de cuentas corrientes bancarias gestionadas por ésta es de 1.612; en este número no se incluyen en 2004 y 2005 al menos 249 y 234 cuentas de los centros públicos de educación no universitaria que fueron transferidos a la Comunidad Autónoma en 1999. Estas cuentas corresponden a algunas de las existentes con anterioridad a esta transferencia y no fueron comunicadas a la Tesorería General en su momento, por lo que en 2004 existe una diferencia entre el saldo de estas cuentas según el SIEF (Sistema de Información Económico-Financiero) y el saldo bancarios facilitado por la Consejería de Educación de 12.165 en 2004 y 12.403 miles de euros en 2005. De esto se deduce que la Tesorería no registra adecuadamente las cuentas auxiliares de los centros públicos de educación no universitaria, no efectuándose el control de los mismos hasta que no rinden sus cuentas anuales de gestión, si bien en los ejercicios la rendición se ha producido dentro del plazo establecido en el Decreto 149/2000. En 2005 se produce una importante modificación de las cuentas restringidas de pagos para adaptarse a la orden de marzo de 2005 que regula su funcionamiento.

— En el Principado de Asturias en 2004 y 2005 diversas entidades financieras incluyen cuentas de recaudación de tributos como entidades colaboradoras, de las que no consta su conocimiento o control por la Administración de la Comunidad; esta no ha facilitado al Tribunal de Cuentas la relación de cuentas existentes para posibilitar el control exigido en el Reglamento General de Recaudación. Por otra parte se han puesto de manifiesto diferencias pendientes de justificar entre la información facilitada por la comunidad y la obtenida de dos entidades financieras.

D) Acreedores

El saldo conjunto de acreedores de las Administraciones Generales (Anexo II.1.7) asciende a 63.439.275 miles de euros en 2004, representando las Comunidades Autónomas de Cataluña, Andalucía y Comunidad Valenciana conjuntamente el 55 %, con 13.595.115 (21 %), 12.182.050 (19 %) y 9.640.612 (15 %) miles de euros respectivamente. Del total de acreedores, 40.664.220 miles de euros son no financieros (64 %) y 22.775.055 miles de euros financieros (36 %).

En 2005 el importe es de 68.398.439 miles de euros y de dicho importe 43.116.102 miles de euros (63 %) son financieros y 25.282.337 (37 %) no financieros. La representación porcentual de las Comunidades Autónomas de Cataluña (23 %), Andalucía (18 %) y Valenciana (14 %) se mantienen semejantes al ejercicio anterior.

Del análisis de estos pasivos en los ejercicios fiscalizados destaca lo siguiente:

— En el ejercicio 2004, en las CC.AA. de Andalucía, Galicia, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, Principado de Asturias y C. Valenciana se mantienen saldos que por su antigüedad deben depurarse y proceder a su regularización. En 2005 se produce la misma situación en todas ellas a excepción de Canarias.

— En ambos ejercicios, las Comunidades Autónomas de Aragón, La Rioja, Madrid, Principado de Asturias, Región de Murcia, C. Valenciana y Ciudad Autónoma de Ceuta mantienen pendientes de aplicación saldos significativos que deben imputarse a presupuestos. En Canarias este hecho implica la existencia de obligaciones contraídas al margen del procedimiento legalmente establecido básicamente en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en el ejercicio 2004. La Comunidad de Madrid en ambos ejercicios ha depurado y regularizado acreedores extrapresupuestarios de ejercicios cerrados.

— En las Comunidades Autónomas de Cantabria, Castilla y León, Illes Balears, Madrid y Principado de Asturias las operaciones correspondientes al IVA soportado se contabilizan incorrectamente. Fundamentalmente se aplican al presupuesto de gastos y no extrapresupuestariamente tal y como prevé el PGCP; ello dificulta el análisis de la posición deudora o acreedora de la Comunidad con la Hacienda del Estado.

— Los saldos acreedores de las Administraciones Generales de las CCAA de Illes Balears, Madrid y Comunidad Valenciana están infravalorados en cantidades significativas; por el contrario en el País Vasco y Ciudad Autónoma de Ceuta está sobrevalorado. La C.A. de Aragón no contabiliza intereses devengados y no vencidos generados en el ejercicio (sin cuantificar). En Cataluña en el ejercicio 2005, los acreedores a corto plazo por intereses y gastos devengados al cierre del ejercicio y no vencidos están sobrevalorados aproximadamente en 290.000 miles de euros. Además esta Comunidad, en los dos ejercicios fiscalizados, incluye en acreedores extrapresupuestarios deudas a corto plazo con terceros cedidas a entidades financieras mediante convenios (confirming) por los que la Generalitat tiene la posibilidad de prorrogar al vencimiento de la deuda, pero con la obligación de un coste financiero en concepto de cláusula penal de 167.061 y 135.840 miles de euros en 2004 y 2005, respectivamente.

— En Castilla y León, la contabilidad de los acreedores presupuestarios no se atiene en ninguno de los ejercicios a lo previsto en el PGCP de la Comunidad, realizándose ajustes mediante documentación que carecen de regulación normativa.

— La Comunidad de Madrid no registra adecuadamente las cotizaciones a la Seguridad Social de trabajadores y patronales y la liquidación de las mismas, manteniendo saldos no reales que deben regularizarse. En 2005 registra indebidamente por el saldo neto acreedor las operaciones de intercambio financiero.

— En el País Vasco se anulan durante los dos ejercicios acreedores de ejercicios anteriores, fundamentalmente derivados de subvenciones a causa del criterio de registro establecido en el D.L. 1/1994, que produce desajustes entre los importes contabilizados previamente y las obligaciones realmente exigibles, como consecuencia del incumplimiento de requisitos por los beneficiarios o la realización de inversiones inferiores a las inicialmente previstas.

— En la Ciudad de Melilla, los saldos contables de los acreedores presupuestarios difieren de los que resultan de las relaciones de acreedores de esta naturaleza que figuran en la Cuenta General; en relación con los acreedores extrapresupuestarias, la Ciudad Autónoma sigue una práctica incorrecta en el registro de las cuotas a abonar a la Seguridad Social, lo que determina que el saldo final de las cuentas correspondientes a este concepto no reflejen un saldo representativo de la situación real; la cuenta extrapresupuestaria acreedora «Fianzas arrendamientos de viviendas» con un saldo de 1.157 miles de euros recoge el importe recibido del Estado en 1999 y que debiera haberse transferido a la empresa titular de la gestión de los arrendamientos.

III.1.2.2 Resultado económico-patrimonial

Los anexos II.2 recogen para 2004 y 2005 los resultados económico-patrimoniales agregados de 208 y 201 entes de las Administraciones Públicas, respectivamente, que suponen un ahorro de 4.566.217 y 8.114.747 miles de euros. Estos resultados no incluyen los de la Administración General de la C.A. de Madrid porque no ha implantado el PGCP. Se incluye, cuando ha sido rendido, el resultado económico-patrimonial de los Organismos Autónomos y otras Entidades públicas que tienen implantado el PGCP, aunque no se aplique con carácter general para la respectiva Comunidad Autónoma. Las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla presentan sus resultados de acuerdo con el Plan General de Cuentas de las Entidades Locales; la falta de homogeneidad entre los Planes de contabilidad ha impedido la inclusión de estos datos en los Anexos II.2 y II.2.1. No obstante, en ambos ejercicios, ha sido posible adecuar la información contable de la Cuenta general de la Ciudad Autónoma de Ceuta a la estructura del PGCP de las CC.AA., por lo que sus datos se han incluido en los citados anexos. Por estas razones y por las limitaciones que figuran en el epígrafe I.3, del análisis del resultado económico-patrimonial del conjunto de las CC.AA. no se pueden extraer conclusiones homogéneas.

Los anexos II.2.1, II.2.2 y II.2.3 contienen los resultados económico-patrimoniales de las Administraciones Generales, de los Organismos Autónomos y de los Entes Públicos, respectivamente. Los resultados agregados de las Administraciones generales presentan un ahorro de 4.502.313 miles de euros en 2004 y de 6.877.922 en 2005. Los resultados de los OO.AA. ascienden a 160.104 y 517.087 miles de euros de ahorro en dichos ejercicios respectivamente y los Entes Públicos arrojan un desahorro de 96.200 miles de euros en 2004 y un ahorro de 723.931 en 2005.

Tal como se ha reflejado en anteriores apartados, hay una serie de OO.AA. y entes públicos, dotados de personalidad jurídica que, sin embargo, integran sus cuentas en las correspondientes a las respectivas Administraciones generales a las que pertenecen (Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Comunidad Foral de Navarra, Illes Balears, La Rioja y Ciudad Autónoma de Melilla).

En gran parte de las Comunidades Autónomas, la representatividad de la cuenta del resultado económico-patrimonial se encuentra condicionada, entre otros, por la ausencia del registro de amortizaciones y provisiones o por lo inadecuado del procedimiento seguido para su cálculo y por la no contabilización de los gastos devengados y no vencidos derivados de operaciones de endeudamiento.

III.1.2.3 Memoria

Las Memorias de las Administraciones generales analizadas en los dos ejercicios presentan como deficiencias más significativas las siguientes:

— En la Comunidad Autónoma de Andalucía, con carácter general, la Memoria responde a los requisitos que para ella establece la normativa contable, continuando el proceso de mejora iniciado hace varios ejercicios. Aunque la inclusión de distintos gráficos colabora, sin lugar a dudas, en la comprensión de la información financiera contenida en la Cuenta General, resulta insuficiente la información relativa a los gastos con financiación afectada y los efectos que en la gestión de la Administración General tienen los cambios de la configuración del sector público autonómico; también debería incluirse una referencia más detallada al proceso de creación y desaparición de distintos organismos autónomos y a los procesos de adscripción de personal y medios materiales que los mismos han supuesto. Por otra parte, respecto a la memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados con indicación de los previstos y alcanzados y del coste de los mismos en 2004, se ha modificado el formato de presentación adaptándolo a lo fijado en la Ley de Presupuestos; sin embargo, se aprecian errores, contradicciones e incoherencias internas, por lo que aún se requiere un análisis más detallado del coste de los Programas y de su medición en términos que sean de utilidad para el diseño de las políticas de gasto.

— La Comunidad de Aragón no aporta en la Memoria la información correspondiente a los siguientes apartados del PGCP con base en la disposición transitoria 2ª de la O. de 30 de noviembre de 1994, debido a que no se han desarrollado los módulos correspondientes del sistema de información contable: desarrollo de los compromisos de ingresos; compromisos de ingresos con cargo a presupuestos de ejercicios futuros; gastos con financiación afectada e información del inmovilizado financiero. Además, tampoco se aporta información o la aportada es insuficiente de los apartados siguientes: Cuadro de Financiación, Remanentes de crédito (la Memoria no facilita información que permita distinguir los remanentes incorporables y no incorporables y los comprometidos y no comprometidos), Contratación (no se incluye la información relativa a la situación de los contratos), Transferencias y subvenciones concedidas y recibidas; Tasas, precios públicos y precios privados (la Memoria no aporta información sobre normativa por la que se regula su exacción, prestación en virtud de la cual se exige la tasa o precio público y en su caso, gastos a cuya financiación se afectan), Derechos presupuestarios según su grado de exigibilidad, Valores de renta fija y créditos.

— En Canarias, en 2004, se señala que la Memoria que acompaña a las Cuentas Anuales Agregadas de las Administraciones Públicas no es una auténtica Memoria en el sentido establecido en el PGCP sino una mera memoria explicativa del contenido de la Cuenta. Por su parte, la Memoria de la Administración General incluye en cada ejercicio mayor volumen de información, en especial en los aspectos relativos a la contabilidad financiera, aunque se estima insuficiente la relativa a compromisos de ingresos con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores; existencia de posibles contingencias y, en su caso, de posible cuantificación de las mismas (litigios e información sobre endeudamiento de las empresas públicas y gastos con financiación afectada); conciliación resultado presupuestario y financiero, que recoja una aclaración a dicha operatoria como un elemento esencial para que la información de las cuentas anuales refleje la imagen fiel. Además, algunos estados de los que se rinden formando parte de la liquidación del Presupuesto no se integran en la Memoria. En 2005 únicamente se alude a la necesidad de recoger las incidencias más relevantes del resultado de las conciliaciones realizadas a las cuentas corrientes que se incluyen en el Estado de Situación de Fondos.

— En la Comunidad Autónoma de Cantabria la Memoria se ha rendido formando parte de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma y su estructura sigue básicamente el modelo previsto en el PGCP. No obstante se detectan deficiencias en diversos apartados: Remanentes de crédito; Transferencias y subvenciones concedidas; Personal; Convenios; Gastos con Financiación Afectada. En la información sobre la ejecución del ingreso público; no se incluye lo siguiente: Transferencias y subvenciones recibidas; tasas, precios públicos y privados; aplicación del Remanente de Tesorería; derechos presupuestarios pendientes de cobro según su grado de exigibilidad; desarrollo de los compromisos de ingreso; compromisos de ingreso con cargo a presupuestos de ejercicios anteriores.

— En Castilla-La Mancha, en ambos ejercicios, la estructura y contenido de la Cuenta General de la Administración se adapta plenamente a la orden de 15/12/1997, por la que se aprueba el PGCP aplicable a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Dicha Orden, si bien se ajusta en lo fundamental al PGCP (cuarta parte), omite algunos apartados constitutivos de la Memoria que no se han confeccionado al no venir exigidos por la repetida Orden; pero cuya incorporación sería útil en lo sucesivo dada la información que suministran.

— En la C.A. de Castilla y León, La Memoria de las cuentas anuales de la Administración General se ha formado de acuerdo con el modelo establecido por el Plan General de Contabilidad Pública de la C.A. Sin embargo, la información exigida por éste se encuentra casi en su totalidad fuera de la Memoria y es incompleto el contenido previsto en la misma, destacando, entre otras, la ausencia de información y documentación en las áreas de proyectos de inversión, remanentes de crédito, acreedores por obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto, transferencias y subvenciones recibidas, inmovilizado financiero y no financiero, aplicación del remanente de tesorería y cuadro de financiación. No figuran datos de derechos anulados, devolución de ingresos ni derechos cancelados. No se distingue el remanente de tesorería afectado y no afectado ni los derechos afectados, los de dudoso cobro, y los recaudados pendientes de aplicación.

Por otra parte la «Memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados» no está completa, ya que sólo se refiere a algunos programas, ni es homogénea puesto que, frente a programas en los que objetivos e indicadores están bien definidos y cuantificados con mención, en su caso, de las causas de incumplimiento, figuran otros que se limitan a una enumeración de actividades llevadas a cabo sin que estén previstos objetivos ni indicadores, refiriéndose sólo al porcentaje ejecutado del presupuesto, y otros que enumeran actividades realizadas en cumplimiento de los objetivos pero que no están cuantificadas ni relacionadas con los indicadores previstos y en los que no se hace referencia a las causas de incumplimiento.

— En Cataluña, en el ejercicio 2004, se presenta una Memoria explicativa que, aunque ha mejorado en su contenido, debería incluir información sobre el estado de realización de los proyectos con financiación afectada, de cambios en los criterios de contabilización, de los recursos pendientes y de todos los hechos que tengan una importancia significativa en los estados financieros; no se detallan, dentro de los gastos plurianuales, los censos enfitéuticos. Tampoco se presentan memorias sobre la ejecución de los presupuestos por programas, razón por la cual no se puede analizar la gestión del gasto con criterios de eficacia, eficiencia y economía. Este ejercicio se incluye en la Memoria el Plan de Saneamiento de la Generalidad para el periodo 2005-2008.

En 2005, en relación con la liquidación del presupuesto incluye como novedad un detalle de las principales infraestructuras y equipamientos financiados con sistemas específicos, como las concesiones y los derechos de superficie, con indicación de las anualidades futuras a pagar. Además se señala que la implantación del Programa informático de la Generalidad de Cataluña (GECAT) para el año 2002 supone que se produzcan diferencias cada 31 de diciembre entre los saldos de las cuentas deudoras y acreedoras extrapresupuestarias del Balance y de la Cuenta de operaciones de la Tesorería.

— Extremadura rinde las Memorias de los ejercicios 2004 y 2005 formando parte de las Cuentas Generales y se atiene al modelo previsto en la cuarta parte del PGCP, aprobado por O. de 21 de diciembre de 1999, de la Consejería de Economía, Industria y Comercio. No obstante, como en ejercicios anteriores, continúan sin implantarse los módulos del sistema de información contable correspondientes a transferencias y al amparo de la Disposición Transitoria Segunda, de la mencionada Orden, no se han rendido formando parte de las memorias los siguientes estados: Transferencias y subvenciones concedidas; Convenios; Transferencias y subvenciones recibidas; Desarrollo de os compromisos de ingreso; Compromisos de ingreso de ejercicios posteriores; Gastos con financiación afectada.

Así mismo, la ausencia de un subsistema de inmovilizado formando parte del sistema de información contable limita la información rendida en las memorias en relación con el inmovilizado material e inmaterial, de forma que no se proporciona información sobre identificación, localización y situación jurídica de los bienes. Por otra parte, y en este caso sin amparo normativo, tampoco forman parte de la memoria rendida los siguientes apartados, previstos en el modelo del PGCP: Tasas, precio públicos y precios privados; Derechos pendientes de cobro según su grado de exigibilidad; Valores de renta fija y Créditos.

— En la Comunidad Foral de Navarra, la Memoria se presenta incompleta y en ella se aprecian, entre otras, las siguientes circunstancias: la liquidación del presupuesto no contiene la ejecución de cobros y pagos ni los remanentes de créditos anuales; el resultado presupuestario no se presenta con la estructura establecida en el PGCP, por lo que no se aporta información sobre las desviaciones de financiación en gastos con financiación afectada ni los créditos financiados con cargo al Remanente de Tesorería y no se aporta suficiente información sobre saldos y evolución de deudores y acreedores, ni sobre el Remanente de Tesorería.

— La Comunidad de Galicia presenta las Memorias formando parte de las Cuentas Generales de los ejercicios 2004 y 2005 de acuerdo con lo que indica el PGCP de Galicia, si bien su contenido y estructura no se ajusta fielmente al mismo al no haberse desarrollado estos puntos. Por tanto sigue rigiendo en esta materia la normativa anterior de la O. de 1 de diciembre de 1989 que implanta el sistema de información contable y, en su caso, la normativa de la Administración del Estado. De acuerdo con esto, las Memorias presentadas no contienen la información exigida en el Plan General de Contabilidad Pública de Galicia. Las omisiones que presenta dificultan su función básica de completar, ampliar y comentar el resto de estados contables, restringiendo así la transmisión de la información económica a los distintos usuarios.

En concreto, se omiten o están incompletos los siguientes puntos: no incluye el cuadro de financiación, descriptivo de los recursos financieros obtenidos en el ejercicio, de su aplicación o empleo, del efecto que produjeron tales operaciones sobre el capital circulante; en el estado de tesorería no se recoge el flujo neto de Tesorería del ejercicio ni distingue los cobros y pagos por tipo de operación; en la información sobre la ejecución del gasto público no se recoge la información relativa a los apartados de ejecución de proyectos de inversión, contratación administrativa, transferencias y subvenciones concedidas, convenios, acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto. En la información sobre la ejecución del ingreso público, no se recoge los datos relativos a transferencias y subvenciones, tasas y precios públicos y precios privados. No aporta información sobre el inmovilizado no financiero, inversiones financieras y endeudamiento. En 2005 se incorpora la información relativa a gastos con financiación afectada, si bien no constan las desviaciones acumuladas y la desagregación de la información es escasa.

— En La Rioja, las Memorias de los ejercicios 2004 y 2005 de la Administración de la Comunidad se integran dentro de sus cuentas anuales y se han formado de acuerdo con el modelo establecido en el PGCP de la Comunidad. En relación con su contenido debe señalarse que no se ha incluido la información descrita a continuación establecida por el Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja sobre las siguientes materias: Cuadro de financiación; Ejecución de proyectos de inversión; Transferencias y subvenciones recibidas (normativa aplicable, finalidad y reintegros del ejercicio); Tasas, precios públicos y precios privados (normativa que regula su exacción y prestación); Compromisos de ingresos con cargo a presupuestos futuros; Inmovilizado inmaterial; Inmovilizado material; Inversiones gestionadas para otros entes públicos; Inversiones destinadas al uso general; Inversiones financieras en capital (Desembolsos pendientes y provisiones); Intereses devengados y no vencidos de pasivos financieros a corto y largo plazo para el ejercicio 2004 (sí remitida para el ejercicio 2005) y Estado de avales del ejercicio 2005.

— En las Cuentas presentadas por el Principado de Asturias no se incluye la Memoria con la información mínima a cumplimentar establecida en el PGCP; respecto de los numerosos cuadros que deberían acompañar a los diferentes puntos de la memoria, en la Cuenta General rendida en 2004 figuran únicamente los siguientes estados: Estado del Remanente de Tesorería, Estado de la Tesorería, Estado de movimientos de la Tesorería, Modificaciones de crédito, Obligaciones y Derechos de Presupuestos cerrados, Compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros. En el ejercicio 2005, al menos, no constan los siguientes documentos: Ejecución de proyectos de inversión; Contratación administrativa; Transferencias y subvenciones concedidas; Convenios; Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto; Derechos cancelados; Transferencias y subvenciones recibidas; Tasas, precios públicos y precios privados; Gastos con financiación afectada; Información sobre el inmovilizado no financiero; Inversiones financieras en capital; Información sobre endeudamiento y avales.

— En la Comunidad Valenciana, la Memoria de 2004 ha aumentado y mejorado la información sobre diversos aspectos significativos (personal, ejecución de los Ingresos) respecto al ejercicio anterior. No obstante, se estima que debe continuar el proceso de mejora de diversos apartados, en línea con lo establecido en la parte cuarta «Normas de elaboración de las cuentas anuales», norma número 7, y en los modelos de cuentas anuales que detalla el PGCPGV. Deben indicarse más explícitamente las bases de presentación y normas de valoración aplicadas, en especial en lo que se refiere al inmovilizado y a la contabilización e imputación de los gastos.

— En la Ciudad Autónoma de Ceuta destaca la ausencia de memorias sobre el coste y rendimiento de los servicios públicos y el grado de cumplimiento de los objetivos programados y la no inclusión de los estados relativos a la deuda pública, a los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros y a los gastos con financiación afectada correspondientes a la Administración Autonómica.

A) Remanente de tesorería

Los remanentes de tesorería son positivos y ascienden a 1.051.067 y 1.776.903 miles de euros, en 2004 y 2005 respectivamente. No obstante, la corrección de las salvedades expuestas en los correspondientes informes de fiscalización supondría una disminución de dichos importes positivos en 3.100.595 y 2.297.719 miles de euros, respectivamente resultando unos remanentes agregados negativos de 2.049.528 y 520.816 miles de euros, respectivamente. Los siguientes cuadros muestran para cada Comunidad Autónoma y para las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla los importes de los remanentes, así como el efecto de las salvedades que figuran en los respectivos informes de fiscalización:

Cuadro 17.1 Remanente de tesorería (2004)

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 17.2 Remanente de tesorería (2005)

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La Comunidad Foral de Navarra no calcula el Remanente de Tesorería en ninguno de los ejercicios fiscalizados, ni facilita la información precisa para su conocimiento.

Las salvedades (aumentos o disminuciones) que afectan al remanente de tesorería se producen fundamentalmente como consecuencia de un registro inadecuado de los derechos pendientes de cobro, de las obligaciones pendientes de pago y de los fondos líquidos.

En ambos ejercicios gran parte de las Comunidades Autónomas no deducen los deudores de dudoso cobro (Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Foral de Navarra, La Rioja, Madrid, la Ciudad Autónoma de Melilla y la Ciudad Autónoma de Ceuta en 2004). En Andalucía, se provisionan por primera vez en 2004 y en Extremadura, Galicia y el Principado de Asturias se dotan provisiones por primera vez en 2005. Tanto en Andalucía, como en Illes Balears, Principado de Asturias y en la Comunidad Valenciana, la provisión es insuficiente; en esta última están infravalorados en 687.800 miles de euros y 686.200 miles de euros respectivamente en 2004 y 2005, y se corresponden con los denominados derechos definidos. Madrid en 2005 y la Comunidad Foral de Navarra en 2004 han procedido a regularizar deudores de dudosa exigibilidad.

La mayoría no diferencian ni en 2004 ni en 2005 los remanentes de tesorería afectados, ya que los sistemas contables que tienen implantados no permiten un seguimiento adecuado de los gastos con financiación afectada (Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Foral de Navarra, Galicia, Illes Balears, Madrid, País Vasco en 2004, Principado de Asturias, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de Ceuta en 2004 y Ciudad Autónoma de Melilla). En 2005, en Andalucía, la información relativa a la financiación afectada ha mejorado pero continúa sin ajustarse a los criterios del PGCP y el País Vasco calcula el remanente afectado por primera vez.

Al igual que en ejercicios anteriores, los informes de fiscalización de la mayor parte de las Comunidades Autónomas señalan incidencias en el registro de fondos líquidos (Andalucía, Galicia y Comunidad Valenciana en 2004 y Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Foral de Navarra, La Rioja, Madrid, Principado de Asturias y Región de Murcia en ambos ejercicios). La mayoría de las deficiencias provienen de la no inclusión de los saldos de cuentas restringidas de recaudación. En varios casos no se incluyen los saldos de las cuentas bancarias de gestión de los centros docentes no universitarios.

Asimismo, con carácter general, en ambos ejercicios se aprecian deficiencias en el registro de derechos pendientes de cobro que afectan a las Comunidades Autónomas de Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Foral de Navarra, Illes Balears, La Rioja, Madrid, País Vasco, Principado de Asturias, Región de Murcia, C. Valenciana y Ciudad Autónoma de Ceuta y en Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla en 2004.

En 2005 se aprecian en Galicia inconsistencias en los datos contenidos en el Remanente de Tesorería de la Administración General que no afectan al saldo final (inclusión de un importe mayor de deudores no presupuestarios pendientes de cobro que el existente en el estado de dichos deudores, e inclusión incorrecta de algún saldo de dudoso cobro).

Se registran deficiencias en la contabilización de las obligaciones pendientes de pago en la mayor parte de las Comunidades Autónomas en los ejercicios fiscalizados: Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Foral de Navarra, Illes Balears, La Rioja, Madrid, País Vasco, Principado de Asturias, Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de Ceuta, Ciudad Autónoma de Melilla, Cataluña y Extremadura en 2005 y Andalucía, Castilla-La Mancha y Galicia en 2004. En Madrid fundamentalmente en el 2005 y en ambos ejercicios en el País Vasco, se regularizan acreedores de ejercicios anteriores.

En Andalucía, el Remanente de Tesorería contable de 2004 presenta un superávit de 1.533.480 miles de euros, frente al déficit de 310.400 del ejercicio anterior; la causa está en el fuerte incremento del saldo final de la Tesorería respecto al 2003, como consecuencia del Acuerdo con la Administración del Estado relativo a la Liquidación del Sistema de financiación del periodo 1997-2001, fijado en 2.500.030 miles de euros, cobrados en su totalidad, lo que ha dado lugar a un incremento significativo de los fondos líquidos y a una disminución de los derechos pendientes de cobro.

En Aragón, en los ejercicios fiscalizados los remanentes de tesorería recogidos en las memorias están afectados, entre otras salvedades, por las diferencias entre los cobros pendientes de aplicación definitiva y las obligaciones pendientes de pago, la infravaloración de ambos incrementarían el importe negativo del remanente de tesorería de 2004 y 2005. Asimismo, la no dotación de insolvencias en ninguno de los ejercicios, minoraría el remanente obtenido.

De la Comunidad Foral de Navarra, no se incluyen en el balance, entre otros, los saldos de las cuentas en entidades financieras recogidas en el Registro de Tesorería (607) y gestionadas por la Administración, ni se aporta información suficiente de deudores, acreedores ni sobre cobros y pagos.

En Galicia, el déficit del Remanente de Tesorería ha pasado de 47.369 miles de euros en 2003 a 468.453 miles de euros en 2004. La causa, según se indica en la Memoria es que en ejercicios anteriores se practicaban unos ajustes extracontables no amparados en los principios de contabilidad pública, que en este ejercicio se han eliminado, entre ellos, los ajustes en concepto de saldos a largo plazo y desviaciones de financiación acumulada relativas al desfase de los gastos realizados por cuenta de otras Administraciones y los pagos a percibir de las mismas. No obstante de la verificación efectuada por el Consejo de Cuentas se concluye que el Remanente de Tesorería sería inferior en 32.634 miles de euros.

En el País Vasco, la disminución del Remanente de Tesorería obedece fundamentalmente al reconocimiento indebido de derechos por endeudamiento formalizado y no dispuesto, y en menor medida, a la falta de registro de otros gastos, entre ellos, al final del ejercicio los intereses de la deuda devengados y no vencidos, compensados en parte por el reconocimiento de obligaciones que no cumplen los requisitos para su exigibilidad. Esta Comunidad no aporta información sobre el Remanente de Tesorería afectado, sino que calcula lo que denomina Remanente de Tesorería disponible, resultado de deducir al Remanente de Tesorería contable una cifra estimada como dotación para contingencias. En 2005, calcula por primera vez el remanente afectado.

La disminución del Remanente de Tesorería de la C. Valenciana obedece a los denominados derechos definidos, que no constituyen verdaderos derechos y, como se ha indicado en un párrafo anterior, no se han provisionado.

B) Compromisos de gastos para ejercicios futuros

El siguiente cuadro muestra compromisos de gastos para ejercicios futuros adquiridos por las Administraciones Generales, en los ejercicios 2004 y 2005:

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Se carece de datos relativos a la Comunidad Autónoma de Madrid.

En el ejercicio 2004 en las CC.AA. de Aragón, Cataluña, C. Foral de Navarra, Galicia, Illes Balears, País Vasco y Principado de Asturias, no se incluye la carga financiera derivada del endeudamiento. En 2005 Galicia la incluye por primera vez.

En el análisis por CC.AA. se aprecian, entre otras, las siguientes incidencias:

— En Andalucía el importe de compromisos de gastos para ejercicios futuros, asciende a 13.756.800 miles de euros en 2004 y a 14.342.450 en 2005 correspondiendo a la carga financiera 7.988.000 (58 %) y 7.875.000 miles de euros (55 %) respectivamente, seguido de Obras Públicas y Transportes con 3.687.000 y 3.752.000 miles de euros.

— En Canarias, en 2004 el total de gastos comprometidos para ejercicios futuros, periodo 2005-2014, es de 2.498.079 miles de euros de los que 1.343.189 corresponden a la carga financiera derivada de endeudamiento (53 %). En 2005 para el periodo 2006-2015 el total asciende a 2.652.676 miles de euros, de los que 1.477.152 corresponde a la carga financiera (54 %).

— En Cantabria los compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros ascienden a 657.320 y 665.421 miles de euros en 2004 y 2005, de los que 359.212 y 349.821 corresponden a la carga financiera en cada ejercicio.

— En Castilla-La Mancha, los gastos comprometidos para ejercicios futuros en 2004 ascienden a 2.779.400 miles de euros, de los que 1.078.642 miles de euros (39 %) corresponden al Programa de Atención a Mayores y 948.817 (34 %) a la carga financiera derivada del endeudamiento. En 2005, de 4.653.028, sigue siendo el programa de atención a mayores el más elevado con 1.906.343 miles de euros (41 %), seguido de la carga financiera con 1.419.531 (31 %).

— En Castilla y León, los compromisos de gastos para ejercicios futuros totalizan 2.574.094 y 4.024.257 miles de euros. La carga financiera derivada de la Deuda Pública del periodo 2006 a 2025 asciende a 1.736.796 miles de euros (43 % del total). Le sigue Educación con 1.093.071 (27 %).

— En Cataluña, el estado de compromisos de gastos adquiridos con cargo a ejercicios futuros asciende a 6.811.306 y 7.537.924 miles de euros en 2004 y 2005 respectivamente. Continúan sin incluirse los compromisos correspondientes a la carga financiera derivada del endeudamiento estimada en 13.032.440 miles de euros en 2004 y 15.709.980 en 2005. Tampoco se incluyen el importe de los censos eufitéuticos suscritos por operaciones de adquisición de edificios por un importe estimado en 987.368 y 993.164 miles de euros. Además, en 2005, no se incluyen infraestructuras y equipamientos financiados con sistemas específicos por un total de 3.482.560 miles de euros.

— En Extremadura los gastos comprometidos para ejercicios futuros ascienden a 1.882.827 miles de euros en 2004 y 1.847.674 en 2005. En ambos ejercicios el programa presupuestario que concentra la mayor parte de estos compromisos es el de «Amortización y gastos financieros del endeudamiento público», con 1.010.464 y 1.021.544 miles de euros respectivamente.

— En la Comunidad Foral de Navarra los compromisos de gastos de ejercicios futuros ascienden a 517.745 y 528.917 miles de euros. Este importe no incluye la amortización e intereses de la Deuda a largo plazo que suponen para el periodo 2004-2015 un total de 769.400 miles de euros. Tampoco se incluye el cánon de demanda derivado de la entrada en servicio de la autovía del Camino (Pamplona-Logroño) a partir del 2007, ni las futuras aportaciones de capital a la Sociedad Canal de Navarra, que suponen un importe de 85.800 miles de euros hasta 2009.

— En Galicia se han comprometido gastos con cargo a ejercicios futuros, por un total de 1.640.036 miles de euros; no se incluyen los gastos derivados de la carga financiera por operaciones de endeudamiento que se estiman sólo en concepto de amortización (no se ha dispuesto de la información necesaria para valorar intereses) en 4.568.890 miles de euros, hasta el ejercicio 2018. En 2005 se incluye por primera vez la carga financiera asociada a la deuda por un total de 3.909.313 miles de euros, que representa el 48 % del importe total del estado de gastos comprometidos para ejercicios futuros –8.086.521–, lo que explica el fuerte incremento de estos gastos respecto al ejercicio anterior.

— En Illes Balears, los compromisos de gasto para ejercicios futuros en los ejercicios 2004-2005 ascienden a 415.921 y 1.096.343 miles de euros, según la Cuenta General; la diferencia, que no se explica en el informe, puede deberse a que en el ejercicio 2005, los compromisos abarcan hasta 2034, y en 2004 sólo consta el 2008 y siguientes. Por otra parte, en el ejercicio 2004, el importe total está infravalorado en 20.813 miles de euros; sigue sin incluirse en ambos ejercicios la carga financiera derivada del endeudamiento.

El estado de compromisos de gastos plurianuales incluido en la Cuenta General no se adapta al modelo establecido; no permite conocer el importe del gasto comprometido durante el ejercicio; su volumen global es erróneo y no permite hacer el seguimiento de las finalidades para las que se autoriza el compromiso de gasto plurianual. No siempre se recogen en los presupuestos de la Comunidad las anualidades previstas en los expedientes del estado de compromisos; así, la consignación de créditos iniciales de una partida de 2004 se encuentra infravalorada en 7.344 miles de euros, que sí se incluyen en el estado de compromisos de gasto de plurianuales.

— La C.A. de La Rioja compromete gastos para ejercicios futuros por un total de 416.791 miles de euros en 2004 y 514.937 en 2005; de este importe la carga financiera derivada de las operaciones de endeudamiento asciende a 169.674 y 136.131 miles de euros en 2004 y 2005, respectivamente, seguidos de los gastos de la Consejería y el Servicio Riojano de Salud con 151.990 miles de euros en 2004 y 118.232 en 2005.

— En el País Vasco los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros alcanzan 1.640.200 y 1.461.831 miles de euros. De estos totales de 2005, el 92 % son compromisos adquiridos durante los 4 últimos ejercicios. No están contabilizados la totalidad de los compromisos de gasto adquiridos. Entre otros no se incluyen los siguientes: los derivados del Plan Financiero del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao que suponen 836.200 miles de euros en los años 2006 al 2009, las cargas financieras del endeudamiento, no cuantificadas en los informes, ni los compromisos por pensiones complementarias de los funcionarios devengadas con anterioridad al 31 de diciembre del 2005, al carecer de estudios actuariales para su determinación, y que han supuesto pagos por 2.089 miles de euros en el ejercicio 2005 y 2.400 en 2004. Tampoco se ha contabilizado la totalidad del pago fijo por subsidiación de intereses y convenios de vivienda, que para el periodo 2006 al 2015 es superior en 12.400 miles de euros al importe registrado.

— El Principado de Asturias compromete gastos para ejercicios futuros por un total de 1.007.649 y 1.332.409 miles de euros. En este importe no se incluye la carga financiera derivada de endeudamiento.

— En la Región de Murcia el importe total de los compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros asciende en los dos ejercicios fiscalizados a 1.370.479 y 1.766.978 miles de euros, respectivamente. Las secciones presupuestarias más relevantes cuantitativamente son el Servicio de la Deuda Pública con unos compromisos de 687.727 miles de euros en 2004 y 639.559 en 2005, seguido de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transporte con 263.893 miles de euros y de la de Educación y Cultura con 130.276 en 2004. En el ejercicio 2005 la Consejería de Educación y Cultura compromete 468.665 miles de euros y la de Obras Públicas, Vivienda y Transporte 388.529.

— La Comunidad Valenciana presenta un volumen de gastos comprometidos para ejercicios futuros en 2004 de 16.163.524 miles de euros (12 % de incremento respecto a 2003), de los que 12.076.000 corresponden al servicio de la deuda (75 % del total); este ejercicio destaca el incremento experimentado en la Consejería de Sanidad al incluirse por primera vez los compromisos relativos a la construcción del nuevo Hospital de la Fe y a la gestión integral de los Hospitales de la Ribera y de Torrevieja.

En el ejercicio 2005 el importe de los compromisos con cargo a ejercicios posteriores ascienden a 19.615.600 miles de euros, lo que supone un incremento del 21 % en relación con 2004, debido principalmente al aumento en las Consejerías de Sanidad y de Infraestructuras y Transportes. El Servicio de la Deuda es el de mayor volumen con 13.476.300 miles de euros (69 % del total).

En ninguno de los ejercicios se incluyen los compromisos futuros derivados del acuerdo de financiación del plan de modernización de instalaciones de la Feria Muestrario Internacional de Valencia. Además, se deberían cuantificar y contabilizar las obligaciones con las Universidades relativas a planes de inversión que han sido asumidas por la Generalitat.

— En la Ciudad Autónoma de Ceuta no constan datos. Por su parte, la de Melilla no registra adecuadamente en cuentas de orden los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros ni elabora el correspondiente estado que debe acompañar a las cuentas anuales según dispone la Instrucción de Contabilidad para la Administración Local.

III.2 PARTICIPACIÓN EN EL FONDO DE COMPENSACIÓN INTERTERRITORIAL

III.2.1 Aspectos generales

El Fondo de Compensación Interterritorial (FCI) constituye un instrumento de financiación destinado a hacer efectivo el principio de solidaridad. Este principio lleva a concentrar el FCI en aquellas CCAA menos desarrolladas, cuya renta por habitante es inferior al 75 por cierto de la media comunitaria.

El Acuerdo del Consejo de Política fiscal y Financiera de 27 de julio de 2001, por el que se aprueba el Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común, introduce modificaciones en el Fondo de Compensación Interterritorial que hacen necesaria la creación de un nuevo marco legal. Las modificaciones introducidas consisten, por un lado, en reconfigurar los criterios que determinan quiénes pueden ser beneficiarios del fondo y, de otro, alterar en parte el destino de los recursos del Fondo.

La nueva Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial, modifica la Ley 29/1990 e introduce aquellos aspectos necesarios para dar cumplimiento al antecitado Acuerdo del Consejo. Cabe destacar dos modificaciones en relación con la regulación anterior.

En primer lugar, establece la dotación de dos Fondos de Compensación Interterritorial denominados Fondo de Compensación y Fondo Complementario. El Consejo de Política Fiscal y Financiera aprobó la propuesta consistente en que el Fondo pueda financiar no sólo gastos de inversión, sino también los gastos corrientes asociados a esa inversión. Debido a que la Constitución en su artículo 158.2 establece que el Fondo de Compensación se destinará a gastos de inversión, se ha separado el antiguo Fondo de Compensación Interterritorial en dos Fondos: el Fondo de Compensación, que se ciñe estrictamente al mandato constitucional, y el Fondo Complementario, que puede financiar la puesta en marcha o en funcionamiento de inversiones, hasta un máximo de dos años.

Esta división del antiguo Fondo de Compensación Interterritorial respeta el importe mínimo del 30 por 100 de la inversión pública que se recogía en la Ley anterior, distribuyendo dicho importe entre los dos Fondos que se crean en los porcentajes establecidos en el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 27 de julio de 2001. Esto es, atribuyéndose al Fondo de Compensación un 75 por 100 del importe total que correspondería al antiguo Fondo de Compensación Interterritorial y al Fondo Complementario el 25 por 100 restante.

Esta distribución se instrumenta a través de la dotación para el Fondo de Compensación destinado a Comunidades Autónomas de las tres cuartas partes del importe mínimo del 30 por 100 de la inversión pública (22,5 por 100) y al Fondo Complementario también para comunidades Autónomas de la cuarta parte restante (cantidad equivalente al 33,33 por 100 del Fondo de Compensación).

A su vez, esta división del antiguo Fondo no obsta para que los dos Fondos que se crean deban ser considerados, por su naturaleza, destino y gestión, como parte íntimamente ligadas de un único instrumento de financiación de las Comunidades Autónomas, vinculado a aquellos proyectos de inversión que promuevan el crecimiento de la renta y de la riqueza de sus habitantes.

La segunda modificación aprobada por el Consejo consiste en dar entrada en los Fondos a las Ciudades con Estatuto de Autonomía propio, Ceuta y Melilla, teniendo en cuenta las características particulares de su situación geográfica, Con ello, desaparece la norma recogida en la disposición adicional de la Ley 29/1990, al integrarse las Ciudades plenamente en el mecanismo de los Fondos de Compensación Interterritorial.

Esta integración no ha supuesto, siguiendo la recomendación contenida en el Acuerdo del Consejo, merma alguna en los recursos de los Fondos con destino a las Comunidades Autónomas, dado que estos fondos se han incrementado en la cuantía que corresponde a Ceuta y Melilla, según lo establecido en el Acuerdo y que se ha fijado en un porcentaje sobre el importe asignado a cada Fondo para las Comunidades. De esta forma, la cuantía destinada a Ceuta y Melilla variará en la misma proporción que lo haga la que corresponda a los Fondos de las Comunidades Autónomas.

El Fondo de Compensación se dotará anualmente con las siguientes cuantías:

— Una cantidad que no podrá ser inferior al 22,5 por 100 de la base de cálculo constituida por la inversión pública, tal y como se define en el artículo 3 de la Ley 22/2001. Adicionalmente, con el 1,5 % más el 0,07 por 100 de la cantidad determinada anteriormente, siendo este último porcentaje la cantidad que se adiciona en función de la variable «Ciudad con Estatuto de Autonomía».

— El Fondo de Compensación se destinará a financiar gastos de inversión en los territorios comparativamente menos desarrollados, que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y riqueza en el territorio beneficiario. El porcentaje correspondiente a cada año se aprobará por la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado.

— Una vez determinado el volumen del Fondo de Compensación, su importe se reparte entre las Comunidades beneficiarias, atendiendo a las siguientes variables de distribución: población (87,5 %), saldo migratorio (1,6 %), paro (1 %), dispersión de la población (6,9 %). Para Ceuta y Melilla se efectúa además una asignación específica.

El Fondo Complementario se dotará anualmente para cada Comunidad y Ciudad con Estatuto de Autonomía propio, con una cantidad equivalente al 33,33 % de su respectivo Fondo de Compensación.

El Fondo Complementario se destinará a financiar gastos de inversión que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y riqueza en el territorio beneficiario. No obstante, a solicitud de los territorios beneficiarios del mismo, podrá destinarse a financiar gastos necesarios para poner en marcha o en funcionamiento de las inversiones financiadas con cargo al Fondo de Compensación o a este Fondo, durante un período máximo de dos años. A este respecto, el cómputo de los años se iniciará en el momento en el que haya concluido la ejecución del proyecto.

III.2.2 Dotaciones y Financiación de las mismas

De acuerdo con lo que antecede, para los ejercicios 2004-2005, la distribución por CCAA en la participación del FCI se refleja en los siguientes cuadros, según datos facilitados por las Comunidades y Ciudades Autónomas:

Cuadro 19.1 Distribución por CC.AA. en la participación del FCI 2004

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 19.2 Distribución por CC.AA. en la participación del FCI 2005

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En el ejercicio 2004, el artículo 80 de la Ley de PGE para 2004, consigna unas dotaciones del FCI de 1.011.209 miles de euros. De este importe 758.426 miles de euros corresponden al Fondo de Compensación y 252.783 miles de euros al Fondo Complementario. En 2005 el artículo 99 de la Ley de PGE para 2005 consigna unas dotaciones del FCI de 1.061.815 miles de euros. De este importe 796.381 miles de euros corresponden al Fondo de Compensación y 265.434 miles de euros al Fondo Complementario. Estas dotaciones se destinan a las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Principado de Asturias, Región de Murcia, Comunidad Valenciana y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. El porcentaje que representa el Fondo de Compensación destinado a las Comunidades Autónomas sobre la base de calculo constituida por la inversión pública es del 26,26 % en 2004 y 26,27 % en 2005, y el porcentaje que representan los Fondos de Compensación Interterritorial destinados a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla es del 35,56 % y 35,57 %, respectivamente.

Las previsiones iniciales de los F.C.I. son inferiores a las dotaciones de los PGE en 913 miles de euros en el ejercicio 2004. Esta diferencia corresponde a Andalucía (300 miles de euros) y Canarias (613 miles de euros). En el ejercicio 2005 la diferencia total es de 2.829 miles de euros correspondientes a Canarias (29 miles de euros) y Galicia (2.800).

III.2.3 Ejecución de los Proyectos

La liquidación presupuestaria de los créditos y de las previsiones de ingresos correspondientes a los FCI en los ejercicios 2004 y 2005 se recogen en los anexos III.1.1, III.1.2, III.2.1 y III.2.2. En los siguientes cuadros se presenta la distribución sectorial de la inversión con financiación del FCI en las Comunidades que han facilitado esta información. Destacan por su importancia cuantitativa en el Fondo de Compensación las inversiones en materia de autopistas, autovías y carreteras, vivienda y sanidad. En el Fondo Complementario destacan las obligaciones reconocidas en el ámbito de autopistas, autovías y carreteras y desarrollo local.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 22. Evolución por CCAA de las obligaciones reconocidas de los FCI

miles de euros

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 23. Evolución por CCAA de los derechos reconocidos de los FCI

miles de euros

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 24. Evolución de los derechos y obligaciones reconocidas de los FCI

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Del análisis efectuado al F.C.I. se detectan las siguientes incidencias:

— En la Comunidad Autónoma de Canarias y en la Ciudad Autónoma de Melilla sólo constan el global de las obligaciones reconocidas, sin desglose entre los correspondientes Fondo de Compensación y Fondo Complementario.

— En Andalucía se han reprogramado el 76 % de los proyectos en 2004 y el 72 % en 2005, lo que desvirtúa significativamente la planificación contenida en el Presupuesto de la Comunidad, así como el seguimiento de su ejecución. Asimismo, se ha justificado el 5,7 % de los libramientos pendientes de justificar fuera de plazo correspondientes a anualidades anteriores derivadas de pagos materializados con financiación de los FCI.

— En la Comunidad Autónoma de Canarias y Castilla y León algunas peticiones de fondos cursadas a la Administración del Estado con cargo al FCI del ejercicio 2004 y 2005 se realizan en enero o febrero de 2005 y 2006, respectivamente, pero se contabilizan a 31 de diciembre de 2004 y 2005, cuando deberían reconocerse y contabilizarse en el momento que se realizan las solicitudes (ejercicios 2005 y 2006). En Canarias en 2005 las peticiones parciales de fondos no se han ajustado a los plazos temporales establecidos en el artículo 8 de la Ley 22/2001, de 27 de diciembre, reguladora de los Fondos de Compensación Interterritorial. Asimismo, se evidencia la subdivisión de Proyectos de Inversión de modo que las peticiones se realizan con base en el porcentaje de ejecución de dicha subdivisión y no del proyecto, lo que supone peticiones parciales superiores a las que legalmente corresponden.

— En la C.A. de Castilla-La Mancha, en ambos ejercicios, los proyectos aprobados carecen de una definición detallada de las obras que los componen; la generalidad con la que se definen los proyectos que van a financiarse con dotaciones de los FCI no permite conocer el grado de ejecución total, su evolución y avance, sino sólo el correspondiente a la dotación del ejercicio. Esta misma situación se produce en el Principado de Asturias en 2004 y en Extremadura, Región de Murcia y Ciudad Autónoma de Melilla en los dos ejercicios.

— Los Presupuestos de Cantabria no recogen de manera diferenciada las previsiones y créditos de los FCI, ni la ejecución de los mismos; carece de una contabilidad adecuada de los gastos con financiación afectada y la liquidación presupuestaria facilitada engloba en cada aplicación diferentes proyectos sin diferenciar aquellos vinculados a las dotaciones de crédito de los F.C.I., y por otra parte, la ejecución de un proyecto se puede reflejar en distintas aplicaciones presupuestarias. Todo ello ha impedido su adecuada fiscalización.

— En Extremadura, las solicitudes efectuadas en 2004, relativas al fondo de Compensación de 2001 han excedido la dotación pendiente de solicitar en 182 miles de euros, habiéndose cobrado no obstante, en su totalidad.

— En la Comunidad Autónoma de Galicia, en todos los ejercicios siguen quedando cantidades sin incorporar al ejercicio inmediato siguiente, circunstancia que retrasa la ejecución del proyecto en su totalidad (o de aquél que lo sustituya) e impide que se puedan efectuar las peticiones de fondos. En 2004 la información contable facilitada por la Consejería de Economía y Hacienda no proporciona directamente los datos de ejecución presupuestaria referida a cada uno de los proyectos financiados con los Fondos de Compensación sino que sólo incluye la ejecución de los proyectos gestionados por las Consejerías, debiendo recabarse dicha información de la contabilidad llevada por los distintos organismos autónomos y entes públicos que tienen encomendada la gestión de este fondo. Asimismo, no identifica el número de proyecto de la Comunidad Autónoma con el correspondiente número de proyecto de los Fondos y año de origen del mismo, lo que es imprescindible para tramitar cualquier modificación de proyectos, así como para efectuar las correspondientes peticiones de fondos a la Administración del Estado. Por otra parte, en ambos ejercicios, se ha verificado que en algunos proyectos las peticiones de fondos no responden a la realidad, en el sentido de que existen proyectos en los que se solicitó la totalidad de su dotación sin estar totalmente ejecutados y en otros ocurre lo contrario. No se proporciona información de los ingresos recibidos por cada uno de los proyectos de gastos.

— La ausencia de un sistema de contabilidad analítica no hace posible una contabilización separada y adecuada de la ejecución de cada proyecto de inversión, lo que impide determinar los costes de éstos y realizar un adecuado control y seguimiento de los mismos, incumpliéndose las previsiones del artículo 10.3 de la LFCI, relativas al control a realizar por las respectivas Asambleas Autonómicas (Principado de Asturias, Región de Murcia, Comunidad Valenciana y Ciudad Autónoma de Ceuta).

— En 2004 y 2005 en el Principado de Asturias la liquidación presupuestaria no diferencia la ejecución correspondiente a la dotación de los créditos de los FCI. Por otra parte esta Comunidad en 2004 continúa recuperando el importe de la inversión en viviendas financiadas con cargo a los FCI mediante los recursos obtenidos de la venta de dichas viviendas, sin que conste el destino dado a los mismos.

— En Castilla y León se reconocen derechos por importe superior a las peticiones de fondos al Estado; en 2004 las Ciudades de Ceuta y Melilla ha reconocido derechos por importe inferior y Ceuta en 2005 por importe superior, incumpliéndose la Ley reguladora de los Fondos y los Principios contables públicos; en ambos ejercicios la Ciudad de Melilla no sigue los criterios establecidos por el artículo 8 de la LFCI para la solicitud de recursos, condicionada, entre otros, por el hecho de no asociar los Fondos a proyectos sino a la ejecución de determinadas aplicaciones.

— La Ciudad Autónoma de Ceuta aplica el criterio contable de reconocer los derechos por las transferencias del Estado correspondientes al Fondo de Compensación Interterritorial en función de las dotaciones crediticias establecidas en los Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio, criterio que no es conforme con lo previsto en el documento n.º 4 de los principios contables públicos, que establece el reconocimiento presupuestario de estos ingresos por la cuantía solicitada al formalizar la petición de fondos al Ministerio de Economía y Hacienda, según el procedimiento previsto en la normativa reguladora del FCI.

De acuerdo con las solicitudes anuales de fondos realizados por la Administración de la Ciudad a dicho Departamento Ministerial, los derechos reconocidos correspondientes al ejercicio 2004 se encuentran infravalorados en 542 miles de euros, en tanto que los relativos al ejercicio 2005 están sobrevalorados en 3.442 miles de euros.

— Para la Ciudad Autónoma de Melilla, los Presupuestos Generales del Estado definen de manera general los proyectos de inversión que se financian con los FCI; esto y su atribución a un solo periodo anual implica la no asociación de los fondos a proyectos concretos sino a la ejecución de determinadas aplicaciones presupuestarias a las que se asignan las dotaciones que, en los ejercicios 2004 y 2005 han alcanzado una ejecución por importe de 1.762 y 747 miles de euros. Esto impide, asimismo, analizar el grado de avance de los proyectos.

III.3 UNIVERSIDADES

III.3.1 Introducción

En enero de 2002 entró en vigor la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades (LOU), derogando expresamente la anterior Ley Orgánica de Reforma Universitaria, aprobada en 1983.

De acuerdo con el artículo 1 de la LOU, la universidad realiza el servicio de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio. Las funciones de la universidad son la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura; la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística; la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico; y la difusión del conocimiento y de la cultura a través de la extensión universitaria y de la formación a lo largo de toda la vida.

La principal transformación normativa que supone la LOU respecto a la LRU viene referida a las competencias que otorga a las Comunidades Autónomas, y plasman normativamente el proceso de descentralización de las competencias en materia de enseñanza superior que se inicia en el ejercicio 1985, una vez aprobada la LRU y que culmina en el ejercicio 1996, tal y como figura en el siguiente cuadro:

 

Fecha Decreto

Andalucía

13/06/1986

Aragón

26/01/1996

Canarias

12/12/1986

Cantabria

07/06/1996

Castilla y León

02/06/1995

Castilla-La Mancha

23/02/1996

Cataluña

06/02/1985

Extremadura

21/04/1995

Galicia

18/12/1987

Región de Murcia

09/06/1995

La Rioja

26/01/1996

Illes Balears

18/10/1996

Madrid

09/06/1995

País Vasco

25/05/1985

Principado de Asturias

30/05/1995

Valenciana

20/11/1985

Foral de Navarra

*

* Se creó por Ley Foral 8/1987, de 21 de abril.

A continuación se relacionan las Universidades públicas, por Comunidad Autónoma:

Comunidad

Universidad

Andalucía

Almería

Cádiz

Córdoba

Granada

Huelva

Jaén

Málaga

Sevilla

Internacional de Andalucía

Pablo de Olavide

Aragón

Zaragoza

Canarias

La Laguna Tenerife

Las Palmas de Gran Canaria

Cantabria

Cantabria

Castilla-La Mancha

Castilla-La Mancha

Castilla y León

Burgos

León

Salamanca

Valladolid

Cataluña

Autónoma de Barcelona

Barcelona

Gerona

Lérida

Oberta de Cataluña

Politécnica de Cataluña

Pompeu Fabra

Rovira i Virgili

Extremadura

Extremadura

Foral de Navarra

Pública de Navarra

Galicia

A Coruña

Santiago de Compostela

Vigo

Illes Balears

Illes Balears

La Rioja

La Rioja

Madrid

Alcalá de Henares

Autónoma de Madrid

Carlos III de Madrid

Complutense de Madrid

Politécnica de Madrid

Rey Juan Carlos de Madrid

País Vasco

País Vasco

Principado de Asturias

Oviedo

Región de Murcia

Murcia

Politécnica de Cartagena

Valenciana

Alicante

Jaume I de Castellón

Miguel Hernández

Politécnica de Valencia

Valencia

III.3.2 Rendición de Cuentas

La LOU recoge en su artículo 81.5 la obligatoriedad de la rendición de sus cuentas para las universidades públicas, así como el procedimiento y órgano ante el que ha de efectuarse la rendición:

«Las universidades están obligadas a rendir cuentas de su actividad ante el órgano de fiscalización de cuentas de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas.

A los efectos de lo previsto en el párrafo anterior, las universidades enviarán al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma la liquidación del presupuesto y el resto de documentos que constituyan sus cuentas anuales en el plazo establecido por las normas aplicables a cada Comunidad Autónoma o, en su defecto, en la legislación general. Recibidas las cuentas en la Comunidad Autónoma, se remitirán al órgano de fiscalización de cuentas de la misma o, en su defecto, al Tribunal de Cuentas.»

Los datos acerca de la rendición de cuentas en los ejercicios 2004 y 2005 por parte de las universidades públicas, se recogen en el apartado II.1 de este Informe.

Las fiscalizaciones efectuadas han puesto de manifiesto que si bien en casi todas las Comunidades Autónomas se ha elaborado una normativa reguladora del proceso de rendición de cuentas de las universidades públicas, tal y como se reclamaba en anteriores informes, todavía persiste una falta de sincronización en la puesta en marcha del citado mecanismo. Esto se configura como uno de los factores más significativos entre las deficiencias detectadas en la rendición de cuentas.

En el cuadro siguiente figuran las universidades públicas fiscalizadas, con indicación del ámbito objetivo y temporal. Las universidades públicas fiscalizadas directamente por el Tribunal de Cuentas son las de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Oviedo, Politécnica de Cartagena y Zaragoza. El control se realiza tanto sobre las cuentas anuales de las citadas universidades, como sobre diversos aspectos de la gestión universitaria, como son la organización, la actividad docente y la actividad investigadora.

Cuadro 25. Informes de fiscalización remitidos al TCu

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(1) Económico financiero.

(2) Organización.

(3) Docencia.

(4) Investigación.

(5) Personal.

(6) Costes.

Al no disponer este Tribunal de los informes individuales de la universidades públicas catalanas, se ha tomado el informe agregado correspondiente a los ejercicios 2004 y 2005 de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, que ha elaborado con datos económicos rendidos por las universidades y de los informes de control financiero realizados por la Intervención General de la C.A. Los datos y conclusiones que se presentan en este informe agregado se refieren al conjunto del sistema universitario público catalán.

III.3.3 Resultados de la fiscalización

El artículo 79 de la LOU dispone que las Universidades Públicas tendrán autonomía económica y financiera, debiendo contar con recursos suficientes para el desempeño de sus funciones. En el ejercicio de su actividad económica y financiera, a las Universidades Públicas les será de aplicación la legislación financiera y presupuestaria aplicable al sector público.

El Presupuesto de las Universidades Públicas, de acuerdo con lo que dispone en el artículo 81 de la LOU, será un documento único y equilibrado, y comprenderá la totalidad de sus ingresos y gastos.

La estructura del Presupuesto, su sistema contable y los documentos que comprenden sus cuentas anuales deberán adaptarse, en todo caso, a las normas que, con carácter general, se establezcan para el sector público. En este sentido la LOU admite la posibilidad de que las Comunidades Autónomas puedan establecer un plan de contabilidad para las Universidades de su competencia.

De las 21 universidades de las que se dispone de información, 5 aplican el Plan General de Contabilidad Pública del Estado, debido a la falta de un PGCP de la Comunidad Autónoma o de la propia Universidad.

Algunas universidades públicas no aprueban los presupuestos antes del inicio del ejercicio, por lo que deben comenzar la gestión con los presupuestos del año anterior prorrogados. En el ejercicio 2004, iniciaron la gestión con los presupuestos prorrogados 12 universidades de las 18 de las que se dispone de información. En el ejercicio 2005, iniciaron la gestión con los presupuestos prorrogados 9 universidades de un total de 20 de las que se dispone de información.

Los indicadores que se presentan en este informe constituyen una aproximación a valores reales y se deben considerar orientativos, pero no concluyentes, ya que existen diferencias entre los modelos organizativos, contables y de gestión de las universidades que hacen que la información presentada por las distintas universidades no sea totalmente homogénea. Para la elaboración más precisa de estas ratios, sería necesario que el Plan general de contabilidad para las universidades públicas se aplicase en todas las universidades y se establecieran criterios de contabilización para que los diferentes capítulos de ingresos y gastos fuesen homogéneos entre universidades. También es necesario el desarrollo de la contabilidad analítica con criterios comunes en las diferentes universidades, y es especialmente importante establecer criterios para la separación entre coste de docencia y de investigación con el fin de poder obtener costes por titulación. Por último, sería conveniente que las universidades presentasen, además de sus cuentas individuales completas y auditadas, las cuentas del grupo consolidado, ya que en muchos casos las comparaciones se deberían hacer a nivel de grupo para que fuesen válidas.

A) Análisis contable

1) Liquidación presupuestaria

En el anexo I.1.4 se muestra la información de los presupuestos, inicialmente aprobados las modificaciones netas, los créditos finales y las obligaciones reconocidas agregadas por Comunidades Autónomas correspondientes a los ejercicios 2004 y 2005, de las 41 y 39 universidades públicas que han presentado la liquidación en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente.

De las universidades fiscalizadas en los ejercicios 2004 y 2005, 18 universidades han acompañado a las cuentas rendidas informe de auditoría externo a la universidad, que en el caso de las universidades de la Comunidad Valenciana es realizado por la Intervención General de la Generalitat.

1.a) Modificaciones presupuestarias

La media de las modificaciones reales para el ejercicio 2004 es del 39,6 %. Hay tres comunidades en las que se han sobrepasado el 30 % de los créditos iniciales. En el ejercicio 2005 la media ha sido algo inferior (26,8 %) y solamente las universidades de una comunidad han superado el 35 %.

UNIVERSIDADES PÚBLICAS

Cuadro 26. Liquidación agregada de los presupuestos de gastos

Modificaciones netas/créditos iniciales

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En las universidades públicas catalanas las modificaciones más importantes dentro del presupuesto de gastos en el ejercicio 2004 se han producido en pasivos financieros, 681 miles de euros, y en el capítulo de inversiones reales, 219 miles de euros; en el primer caso como resultado de la amortización de préstamos que fueron asumidos por la Generalidad y, en el segundo, como resultado del desfase entre la realización de las inversiones y el reconocimiento de los ingresos que las financian. En el ejercicio 2005 las modificaciones más importantes son las del capítulo relativo a las inversiones reales.

El mayor volumen de modificaciones en los presupuestos de gastos se han efectuado en el capítulo 6, inversiones reales, en los dos ejercicios analizados; tanto en las universidades catalanas, como en las valencianas y las seis fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas. En el cuadro siguiente figuran las modificaciones sobre los créditos iniciales y el grado de ejecución de las universidades públicas catalanas, valencianas y las seis fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas.

Cuadro 27. Inversiones reales

Modificaciones y grado de ejecución

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El elevado grado de modificación y bajo grado de ejecución en las inversiones reales es debido al funcionamiento de los gastos de investigación, cuando se recibe la financiación se genera crédito para poner a disposición de los investigadores el presupuesto necesario para acometer los distintos proyectos, realizándose, por lo tanto, el gasto en los dos o tres ejercicios siguientes. Estos créditos originan remanentes que, al tener afectada una financiación, son incorporados al ejercicio siguiente.

En los ejercicios analizados para las universidades fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas, las modificaciones presupuestarias y el tipo de financiación figuran en el siguiente cuadro:

Cuadro 28. Financiación de las modificaciones presupuestarias

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las universidades deberían realizar previsiones de los proyectos de investigación que se adjudicarán en el ejercicio, así como las anualidades que se percibirán en cada presupuesto, imputando al presupuesto los créditos.

En algunos informes de universidades, se pone de manifiesto el incumplimiento de la normativa estatal o autonómica para la tramitación de los expedientes de modificación de crédito que presentan deficiencias formales, falta de documentación, informes desfavorables de las unidades de control interno o insuficiente financiación.

Por todo ello, las universidades deberían elaborar con rigor sus presupuestos antes del comienzo del correspondiente ejercicio económico, incluyendo en los mismos toda su actividad docente e investigadora, de modo que, en su caso, las modificaciones de los créditos presupuestarios iniciales sean las menos posibles, y, en todo caso, debidamente justificadas y acompañadas de la correspondiente financiación.

1.b) Ejecución del Presupuesto de Gastos

Las obligaciones reconocidas ascienden en 2004 a 6.146.930 miles de euros para las 41 universidades públicas de las que se dispone información (anexo I.1.4). El grado de ejecución sobre los créditos definitivos ascendió al 85 %. En el ejercicio 2005, para 39 universidades públicas se reconocen obligaciones por un importe de 5.571.977 miles de euros que representan un grado de ejecución más bajo que el del ejercicio anterior, el 81 %.

En el cuadro siguiente figura el desglose por Comunidades Autónomas:

Cuadro 29. Ejecución del Presupuesto de gastos por Comunidades Universidades Públicas

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las universidades de Cantabria, Extremadura, Galicia, Illes Balears y de la Comunidad Valenciana, tienen un grado de ejecución menor del 80 % en 2004. En 2005 tienen un grado de ejecución igual o inferior al 80 % las universidades de 6 Comunidades Autónomas.

En el cuadro siguiente se representa la evolución que han tenido las obligaciones reconocidas de las universidades de las Comunidades Autónomas de Aragón, Cantabria, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia.

Cuadro 30. Evolución de las obligaciones reconocidas

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(*) TACA (Tasa Acumulada de Crecimiento Anual) indica la evolución del gasto en un período de tiempo determinado «n», siendo «n» el número de años transcurridos entre el año inicial y el final.

Las obligaciones reconocidas en el periodo 2002/05, han aumentado a una tasa acumulada anual del 8 %. El crecimiento más significativo se ha producido en inversiones reales, con un aumento acumulativo anual del 9 %. En operaciones corrientes este crecimiento ha sido del 7 %, con un aumento acumulado anual en los gastos de personal del 7 % y en los gastos corrientes y servicios del 5 %.

1.c) Ejecución del Presupuesto de Ingresos

Los derechos reconocidos en 41 universidades ascienden en 2004 a 6.344.253 miles de euros, con un grado de ejecución sobre las previsiones finales del 86,9 %. En 2005 el importe de los derechos reconocidos es de 5.924.199 miles de euros para 39 universidades, con un grado de ejecución del 86,5 %.

En el cuadro siguiente figura la ejecución del Presupuesto de ingresos por Comunidades Autónomas. Las universidades de Cantabria, Extremadura y Foral de Navarra presentan grados de ejecución inferiores al 80 % en 2004. En 2005 en todas las comunidades tienen grados de ejecución superiores al 80 %.

Cuadro 31. Ejecución del Presupuesto de Ingresos por Comunidades Universidades Públicas

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En el cuadro siguiente se pone de manifiesto la evolución que han tenido en los 4 últimos ejercicios los derechos reconocidos agregados de las universidades de las Comunidades Autónomas de Aragón, Cantabria, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia:

Cuadro 32. Evolución de los derechos reconocidos

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La tasa anual de crecimiento acumulado ha sido del 6,8 %. Destaca el crecimiento de las transferencias que ha sido del 25,9 %, equivalente a una tasa del 8,0 %

En el apartado Otros ingresos propios hay diferencias significativas entre las universidades. Para conocer los ingresos totales de cada universidad por otros servicios deberían considerarse los ingresos de las universidades a nivel de grupo, ya que el modelo escogido para la gestión de la investigación y de la formación de posgrado influye decisivamente en la cifra de ingresos de la universidad. El tratamiento contable de los ingresos generados por convenios de investigación no es uniforme en todas las universidades: en algunos casos se registran como ingresos por prestaciones de servicios dentro del capítulo 3 del presupuesto de ingresos, mientras que otras universidades los registran como ingresos de capital en el capítulo 7 del presupuesto de ingresos. Esto hace que, según cuál sea el tratamiento contable, las cifras de ingresos corrientes y de capital sean diferentes. Esta diferencia entre universidades en el tratamiento contable de este tipo de ingresos genera dificultades en la compensación de la liquidación del presupuesto de ingresos.

En el cuadro siguiente figuran los derechos devengados agregados por precios públicos de las Universidades de Cantabria, Politécnica de Cartagena, Extremadura, Murcia, La Rioja y Zaragoza:

Cuadro 33. Derechos devengados por precios públicos

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Del agregado se desprende que el 70,6 % de los ingresos por precios públicos corresponde directamente a los alumnos en 2004 y el 68,6 % en 2005.

La evolución de las fuentes de financiación para el periodo 2002/05, presenta un crecimiento acumulado anual del 6,9 %. Las fuentes de financiación propias lo han hecho a una tasa acumulada de crecimiento anual del 4,0 %, mientras que las ajenas lo han hecho a una tasa del 8,0 %.

Cuadro 34. Evolución de las fuentes de financiación

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Dentro de las fuentes de financiación propias destaca por su cuantía el crecimiento de las tasas y precios públicos con 12.352 miles de euros (con una tasa anual del 3,5 %), debido, fundamentalmente, a que la prestación de servicios ha crecido en 6.917 miles de euros con una tasa anual del 13,1 %. Destaca el bajo crecimiento de los precios públicos por matrículas ordinarias, el 0,5 % en el periodo 2002/05.

Las fuentes de financiación ajenas han crecido a una tasa anual del 8,0 % fundamentalmente por las transferencias corrientes.

En el cuadro siguiente figura la evolución de la estructura de las fuentes de financiación: disminuyen las propias y se incrementan las ajenas, fundamentalmente debido a las subvenciones corrientes.

Cuadro 35. Estructura de las fuentes de financiación

( %)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En el cuadro siguiente figuran las variaciones de obligaciones y derechos para el periodo 2002/05, para los universidades de Cantabria, Politécnica de Cartagena, Extremadura, Murcia, La Rioja y Zaragoza.

Cuadro 36. Variaciones de obligaciones y derechos reconocidos 2002/05

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El incremento de los derechos reconocidos por operaciones corrientes ha sido de 96.584 miles de euros, que ha permitido financiar los incrementos por operaciones corrientes y parte de las operaciones de capital. Sin embargo, ha sido necesaria la incorporación de derechos por la vía de los pasivos financieros.

1.d) Resultado presupuestario

El siguiente cuadro pone de manifiesto los resultados y los saldos presupuestarios que han tenido las universidades en los ejercicio 2004 y 2005, de acuerdo con las cuentas rendidas:

Cuadro 37. Resultado y saldo presupuestario

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Como puede observarse, el resultado presupuestario en ambos ejercicios ha sido positivo en 751.125 miles de euros en 2004 y en 367.977 miles de euros en 2005. El saldo presupuestario ha sido también positivo en ambos ejercicios, a pesar de la variación de los pasivos financieros en la Comunidad de Cataluña, principalmente por amortización de préstamos al ser asumidos por la Generalidad de Cataluña.

Formalmente, también hay que destacar que muchas universidades no han elaborado el estado del resultado presupuestario de acuerdo con el modelo que figura en el PGCP, no reflejando la incidencia que han tenido en el mismo los créditos gastados y financiados con el remanente de tesorería, ni las desviaciones positivas y negativas de financiación, en muchos casos, debido a que los sistemas informáticos implantados no realizan un seguimiento de estos conceptos.

En el cuadro siguiente se representa el desglose del resultado y saldo presupuestario para el agregado de las Universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Politécnica de Cartagena, Murcia y Zaragoza.

Resultado y Saldo Presupuestario

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El cambio de tendencia ha sido por el elevado crecimiento de los derechos reconocidos en operaciones no financieras, que ha supuesto un incremento de 55.332 miles de euros, compensando otros incrementos; como resultado, ha pasado de un saldo presupuestario negativo de 6.873 miles de euros en 2004 a 9.008 miles de euros en 2005, para estas universidades.

2) Balance

En el anexo II.1.4 figuran los balances de situación de los ejercicios 2004 y 2005, agregados por comunidades autónomas de las universidades según las cuentas rendidas.

En el ejercicio 2004 el balance agregado asciende a 8.464.081 miles de euros de las 32 universidades de las que se dispone de información. La media del activo circulante sobre el activo total es del 17 %. Destacan las universidades de Andalucía con un 28 % y las de la Comunidad Valenciana con un 24 %. El fondo de maniobra de las universidades de las Comunidades de Aragón, Cataluña, Principado de Asturias y Región de Murcia es negativo, lo que puede ser indicativo de tensiones de financiación.

En el ejercicio 2005, el balance agregado asciende a 9.237.722 miles de euros para las 33 universidades que han facilitado sus balances. Destaca las universidades de las Comunidades del País Vasco, Valenciana y Castilla-La Mancha con activos circulantes sobre el activo total de 29 %, 27 % y 23 %, respectivamente. El fondo de maniobra es negativo en el agregado de las Comunidades Autónomas de Cataluña, 7 % sobre el activo, y Principado de Asturias, el 4 %.

En el siguiente cuadro figura un resumen de la situación patrimonial del periodo 2002/2005 para el agregado de las Universidades de Cantabria, Politécnica de Cartagena, Extremadura, La Rioja, Murcia y Zaragoza.

Cuadro 38. Situación Patrimonial. Resumen Balance

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Los fondos propios en el periodo analizado no han crecido al nivel que lo han hecho los inmovilizados.

Los activos circulantes han seguido ligeramente la senda del descenso, por el contrario los acreedores tanto a largo como a corto plazo, han crecido a niveles más elevados.

En el cuadro siguiente figura agregado, para esas universidades, la estructura de financiación y su evolución en el periodo 2002/05.

Cuadro 39. Estructura de financiación y su evolución

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Los activos circulantes no monetarios disminuyen en el periodo, por el contrario los pasivos sin coste explícito crecen. Estos dos efectos contrarios producen una evolución negativa de las necesidades operativas de fondos, de tal manera que son financiadores netos de inmovilizados. Estos efectos son coherentes con la existencia de un alto volumen en la tesorería neta.

3) Resultado económico-patrimonial

En el anexo II.2.4 se representan los resultados económico-patrimoniales agregados por comunidades autónomas, en los ejercicios 2004 y 2005. En el ejercicio 2004 se incluyen 30 universidades con un resultado global de 290.837 miles de euros. Han tenido un desahorro las universidades de las Comunidades Autónomas de Cataluña, Galicia y La Rioja. Los ingresos ordinarios solamente han cubierto los gastos de funcionamiento en un 21,1 % de media, siendo los más elevados en Cataluña con un 24,6 %, La Rioja con un 23,7 % y Cantabria con 23,6 %. Los menores han sido en Canarias con un 15,7 % y en Galicia un 16,5 %.

En el ejercicio 2005 se incluyen 33 universidades, con un resultado global de 195.381 miles de euros.

Los ingresos ordinarios en el ejercicio 2005 han sido inferiores a los del ejercicio 2004, en relación a los gastos de funcionamiento, representando un 19,8 % en el ejercicio 2005, frente a un 21,1 % en 2004. Prácticamente en todas las comunidades los gastos de funcionamiento han crecido en mayor medida que los ingresos ordinarios.

En el cuadro siguiente figura la evolución del resultado económico-patrimonial agregado de las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza, para los ejercicios 2002 a 2005:

Cuadro 40. Evolución del resultado económico-patrimonial

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Los ingresos ordinarios han crecido a una tasa acumulada de crecimiento anual de 4,0 %, los gastos ordinarios lo han hecho a una tasa del 7,6 %. Este desigual crecimiento supone un crecimiento del margen negativo a una tasa anual del 8,7 %. Las transferencias y subvenciones netas lo han hecho a una tasa del 7,9 %, siendo la base financiera de la actividad docente e investigadora.

B) Gestión

1) Docencia

La actividad docente de las universidades públicas en los ejercicios 2004 y 2005 ha sido analizada en 15 de ellas, por lo que los datos que se reflejan a continuación están referidos a las siguientes entidades: Universidad de La Laguna, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Universidad de Cantabria, Universidad Autónoma de Barcelona, Universidad de Barcelona, Universidad de Girona, Universidad de Lleida, Universidad Pompeu Fabra, Universidad Politécnica de Cataluña, Universidad Rovira I Virgili, Universidad de Extremadura, Universidad de La Rioja, Universidad de Murcia, Universidad Politécnica de Cartagena y Universidad de Zaragoza.

La actividad docente ha sido analizada desde las distintas fases que se dan en el proceso de docencia:

A) Oferta académica.

B) Demanda académica.

C) Créditos impartidos.

D) Alumnos y créditos matriculados.

E) Graduados.

1.a) Oferta académica

Plazas de nuevo ingreso:

La oferta de plazas en la Universidad Pública se realiza conforme al RD 69/2000, de 21 de enero, por el que se regulan los procedimientos de selección para el ingreso en los centros universitarios de los estudiantes que reúnan los requisitos legales necesarios para el acceso a la universidad.

El artículo 1.3 de dicho RD establece que el Consejo de Coordinación Universitaria deberá fijar los módulos objetivos conforme a los cuales cada universidad fijará el número de plazas. En la disposición transitoria segunda se determina que en tanto el Consejo no establezca dichos módulos objetivos serán las universidades, de acuerdo con las comunidades autónomas, las que establezcan la capacidad y el número de plazas. La oferta de plazas que resulte se comunicará al Consejo, que aprobará la oferta general de enseñanzas que deberá estar publicada en el BOE con anterioridad al 30 de junio del año en curso.

Los módulos objetivos, a la fecha de cierre de este informe, no han sido aprobados por el Consejo de Coordinación Universitaria.

Las plazas ofertadas analizadas a continuación son las ofertadas para el curso 2005/2006 por las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza. En aquellas titulaciones en las que no existe «numerus clausus», el cálculo de las plazas ofertadas se ha realizado con base en las normas internas de las universidades que fijan el número de alumnos máximo para cada grupo de teoría.

La oferta de plazas se concentra fundamentalmente en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas, con un 41 % de las plazas, seguida de Técnicas con un 30 %. Las titulaciones de la rama de Ciencias de la Salud sólo suponen un 6 %.

Las plazas de nuevo ingreso de 1.er ciclo suponen el 49 % del total. El resto de plazas se dividen entre 1.º y 2.º ciclo, con un 42 %, y 2.º ciclo, con un 9 %.

En el cuadro siguiente figuran las proporciones absolutas de plazas de nuevo ingreso por ramas y ciclos en el curso 05/06.

Cuadro 41. Proporción de plazas de nuevo ingreso

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las Universidades de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuyos informes de fiscalización también recogen análisis de este tipo, presentan cifras similares a las plasmadas anteriormente en cuanto a las plazas ofertadas.

Titulaciones:

Las universidades de La Laguna, Las Palmas de Gran Canaria, Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza, ofertan un total de 366 titulaciones oficiales. El mayor volumen de títulos se concentra en la rama de Técnicas, con un 36 %, seguido de Ciencias Sociales y Jurídicas, con un 32 %. El volumen más bajo se da en Ciencias de la Salud, con un 7 %.

Por ciclos, el 2.º ciclo oferta un 13 % de las titulaciones. En 1.er ciclo, el 49 % de las titulaciones se concentra en las ramas de Técnicas y el 42 % en Ciencias Sociales y Jurídicas. En 1.º y 2.º ciclo, el mayor volumen de titulaciones se produce en la rama de Humanidades con un 33 %, seguido de Ciencias Sociales y Jurídicas, con un 29 %.

En el cuadro siguiente figuran las proporciones absolutas de titulaciones ofertadas por ramas y ciclos en el curso 05/06.

Cuadro 42. Proporción de titulaciones ofertadas

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La proporción de titulaciones por ramas presenta diferencias entre las titulaciones impartidas por el conjunto de universidades públicas consideradas y las titulaciones ofrecidas por el catálogo oficial, como puede observarse en el gráfico siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Proporción de titulaciones impartidas y catálogo oficial

Plazas ofertadas por titulación:

La media se sitúa en 133 plazas, para las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza. Destacando Ciencias Sociales y Jurídicas, tanto en 1.er ciclo, con 166, como en 1.º y 2.º ciclo, con 214, y en solo 2.º ciclo, con una media de 103.

Cuadro 43. Plazas ofertadas por titulación

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

1.b) Demanda académica

Alumnos de nuevo ingreso:

El número de alumnos de nuevo ingreso admitidos por las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza, en el curso 05/06, asciende a 20.047. Por ramas de enseñanza, la demanda se centra, al igual que la oferta, en Ciencias Sociales y Jurídicas y Técnicas, con un 52 % y un 24 %, respectivamente, del total. Los alumnos de nuevo ingreso en las ramas de Humanidades y Ciencias Experimentales se quedan en el 7 % del total. Los alumnos de nuevo ingreso en Ciencias de la Salud son el 11 %. Como se ve, existe una mayor concentración en los porcentajes de alumnos de nuevo ingreso que de plazas ofertadas y titulaciones en torno a las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas y de Técnicas.

Por ciclos, la demanda se concentra en las titulaciones de 1.er ciclo con un 57 % de los alumnos de nuevo ingreso, siendo la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas y Técnicas las que más absorben, con un 58 % y 29 % del total del ciclo. En la enseñanza de 1.º y 2.º ciclo, un 36 %, destaca la demanda en Ciencias Sociales y Jurídicas, con un 41 %. En solo 2.º ciclo, los alumnos de nuevo ingreso suman un 7 % del total.

En el cuadro siguiente figuran las proporciones absolutas de alumnos de nuevo ingreso por ramas y ciclos en el curso 05/06.

Cuadro 44. Proporción de alumnos de nuevo ingreso

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La evolución de los alumnos de nuevo ingreso en los últimos cuatro años ha experimentado una reducción del 6 % para las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza. Las titulaciones de Ciencias Experimentales han disminuido sus alumnos de nuevo ingreso un 20 %, las de Técnicas un 17 % y Humanidades un 11 %. Ciencias de la Salud y Ciencias Sociales y Jurídicas han experimentado crecimientos del 7 % y 1 %, respectivamente, en los últimos cuatro cursos.

Los alumnos de nuevo ingreso en 1.º y 2.º ciclo han experimentado una reducción del 6 %, en 1.er ciclo del 4 % y sólo 2.º ciclo del 20 %.

La universidades de la Comunidad Autónoma de Cataluña presentan una reducción menos acusada de alumnos de nuevo ingreso en el periodo comprendido entre los cursos 2001/02 y el curso 2004/05; así, las reducciones de alumnos de nuevo acceso a las titulaciones de 1.º y 2.º ciclo en un 1,72 % y de 1.er ciclo en un 0,57 %, son compensadas por el aumento de un 5,92 % de los alumnos de nuevo ingreso de solo 2.º ciclo. En 1.er ciclo Ciencias Experimentales ha aumentado un 34,8 %, mientras que en 1.º y 2.º ciclo las disminuciones más significativas son las de Ciencias Experimentales (8,7 %) y Ciencias de la Salud (2,26 %).

Satisfacción de la oferta:

Entendida como el porcentaje de plazas ofertadas de nuevo ingreso que son cubiertas, alcanza, en las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza, un 59 % de media en el curso 05/06. Este porcentaje es del 68 % en las titulaciones de 1.er ciclo, del 51 % en 1.º y 2.º ciclo y del 45 % en sólo 2.º ciclo.

Por ramas, Ciencias de la Salud tiene el mejor grado de satisfacción con un 106 %, seguido de Ciencias Sociales y Jurídicas con el 74 %.

Cuadro 45. Satisfacción de la oferta

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Esta situación, pone de manifiesto que, salvo en las titulaciones de Ciencias de la Salud y de Ciencias Sociales y Jurídicas, existe un sobredimensionamiento de la oferta docente frente a la demanda de formación universitaria.

Las universidades deberían analizar y adecuar la oferta interna a la demanda social de las enseñanzas mediante la asignación eficiente de los recursos necesarios para la provisión de los servicios docentes, teniendo, además en cuenta la tasa de abandono de los estudios universitarios. Las universidades deberían ajustar su capacidad productiva a la realidad de su demanda y de su capacidad financiera.

1.c) Créditos Impartidos

El estudio comparado de los créditos impartidos indica cómo se distribuye el esfuerzo docente de la universidad entre las distintas titulaciones. El análisis sólo dispone de datos completos de las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza.

El 39 % por ciento de los créditos se imparten en titulaciones de 1.er ciclo y el 57 % en titulaciones de 1.º y 2.º ciclo. Los créditos impartidos en 2.º ciclo alcanzan sólo un 4 %.

Por ramas de enseñanza, el esfuerzo docente se concentra en Ciencias de la Salud, con un 30 % de los créditos impartidos, y en Ciencias Sociales y Jurídicas y Técnicas, con un 26 % y 24 %, respectivamente. El alto índice de créditos impartidos en la rama de Ciencias de la Salud y Técnicas es debido a que los grupos de las asignaturas prácticas y laboratorios son mucho más reducidos que los de las asignaturas teóricas y los planes de estudio de estas titulaciones tienen un mayor número de asignaturas prácticas y de laboratorio.

En el cuadro siguiente figuran las proporciones absolutas de créditos impartidos por ramas y ciclos en el curso 05/06.

Cuadro 46. Proporción de créditos impartidos

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La evolución de los créditos impartidos en los últimos cuatro cursos revela una reducción del esfuerzo docente del 27 %. Destaca el incremento producido en la rama de Ciencias de la Salud, el 76 %, y la reducción experimentada en Técnicas, del 68 %, que soporta todo el peso del descenso global, puesto que el resto de ramas también han evolucionado con incrementos del 7 %, 2 % y 5 % respectivamente.

Por ciclos, es relevante el hecho de que tanto 1.er ciclo como 1.º y 2.º ciclo se reducen un 5 % y un 38 % respectivamente, mientras que solo 2.º ciclo se eleva un 15 %.

1.d) Alumnos y créditos matriculados

Créditos matriculados:

El estudio de los créditos matriculados aporta una idea homogénea, tanto cuantitativa como cualitativa, de cómo la enseñanza universitaria impartida es percibida por la sociedad.

Los créditos matriculados en el curso 05/06 en las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza ponen de manifiesto que el mayor volumen de demanda docente por parte de la sociedad se da en titulaciones de Ciencias Sociales y Jurídicas, con un 46 % del total de los créditos matriculados y en Técnicas, con un 26 %. Ciencias de la Salud tiene el 13 % de los créditos matriculados y el resto de ramas no superan el 8 %.

Por ciclos, tanto 1.er ciclo como 1.º y 2.º ciclo, tienen un 48 % de los créditos matriculados, y las titulaciones de solo 2.º ciclo, únicamente recogen un 4 % de los créditos matriculados. Destacan las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas en todos los ciclos.

En el cuadro siguiente figuran las proporciones absolutas de créditos matriculados por ramas y ciclos en el curso 05/06 en las seis universidades mencionadas.

Cuadro 47. Proporción de créditos matriculados

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La evolución de los créditos matriculados entre los cursos 02/03 y 05/06, presenta una tasa de reducción del 1 %. Por ramas de enseñanza, Ciencias Experimentales y Humanidades evolucionan con tasas de reducción del 19 % y 12 %, respectivamente, mientras que Ciencias de la Salud y Técnicas presentan tasas de incremento del 8 % y 4 %, respectivamente.

Por ciclos, los créditos matriculados de 1.er ciclo han aumentado a la misma tasa que se han reducido los de 1.º y 2.º ciclo en los últimos cuatro cursos, al 8 %, esto es, se ha producido un desplazamiento de los créditos matriculados desde 1.º y 2.º ciclo hacia 1.er ciclo.

En las universidades de la Comunidad Autónoma de Cataluña los créditos matriculados han disminuido en el periodo de 2001/02 a 2004/05, un 7 %. Los créditos matriculados en 1.er ciclo presentan una disminución de un 6 %, los matriculados en 1.º y 2.º ciclo han disminuido un 8 %, mientras que los matriculados en solo 2.º ciclo han aumentado en el periodo analizado casi un 13 %.

Alumnos matriculados:

El análisis de los alumnos matriculados debe ser considerado conjuntamente con el de los créditos matriculados, debido a la existencia en la Universidad Pública de asignaturas obligatorias, optativas, troncales y de libre configuración.

Los alumnos matriculados en las universidades tomadas en consideración, tras aplicar las mismas salvedades que para los créditos matriculados, ascienden para el curso 05/06 a 100.430. El reparto por ramas de enseñanza es similar a lo expresado con relación a los créditos matriculados.

En la distribución de alumnos por ciclos, tampoco existen variaciones dignas de reseñar. En el cuadro siguiente figuran las proporciones absolutas de alumnos matriculados por ramas y ciclos en el curso 05/06 en las universidades mencionadas.

Cuadro 48. Proporción de alumnos matriculados

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Los alumnos matriculados en las universidades mencionadas, entre el curso 02/03 y el curso 05/06 evolucionan con una tasa de reducción del 6 %, 5 puntos más de reducción que la presentada por los créditos matriculados.

Por ramas, presentan tasas anuales acumuladas de crecimiento negativo en todas, si bien en Ciencias Experimentales y Humanidades se encuentran las más altas tasas de reducción, la excepción es Ciencias de la Salud que presenta una tasa de crecimiento positivo del 2 %. Por ciclos, 1.º y 2.º ciclo tiene una tasa de reducción del 12 % mientras que el resto permanece invariable.

Relacionando la evolución de los alumnos y créditos matriculados con la de los créditos impartidos, se deduce que las ramas de Humanidades, Ciencias Experimentales y Ciencias Sociales y Jurídicas presentan tasas de crecimiento de créditos impartidos del 7 %, 5 % y 2 %, respectivamente, tienen tasas de reducción de créditos matriculados del 12 % y 19 % y de crecimiento del 1 % y de alumnos matriculados reducciones del 18 %, 21 % y 3 %, respectivamente.

Mientras en 1.er ciclo los créditos impartidos se reducen a una tasa del 5 %, los créditos matriculados crecen al 8 % y los alumnos matriculados no varían, sin que estén explícitas las causas de esta discordancia.

En las universidades de la Comunidad Autónoma de Cataluña el número total de alumnos en el curso 04/05 es de 147.184 y su evolución en los cursos 2001/02 a 2004/05 ha supuesto una reducción del 4 %. Los alumnos de 1.º y 2.º ciclo han disminuido un 7 % y los de 1.er ciclo lo han hecho un 2 %. Los alumnos matriculados en solo 2.º ciclo han aumentado en el periodo analizado casi un 24 %.

Dedicación del alumnado:

Las dos magnitudes anteriormente analizadas permiten obtener el grado de dedicación del alumnado como el número medio de créditos matriculados por alumno.

Cuadro 49. Dedicación del alumnado

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Con la excepción de Humanidades y Ciencias de la Salud en ambos ciclos, los créditos matriculados por alumno son inferiores a la media de créditos que tiene una titulación por curso.

Alumnos teóricos por grupo:

El indicador de alumnos teóricos por grupo se obtiene dividiendo los créditos matriculados por los créditos impartidos. Los resultados se exponen a continuación:

Cuadro 50. Alumnos teóricos por grupo

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En Ciencias Sociales y Jurídicas se da la mayor concentración de alumnos, mientras que en Ciencias Experimentales se da la menor. Con respecto a las ramas de Ciencias de la Salud y Técnicas, la existencia de asignaturas teóricas y de laboratorio, condiciona el número de alumnos por grupo.

Alumnos equivalentes:

El número medio de alumnos equivalentes por curso completo, igual al cociente entre créditos matriculados y el número medio de créditos por curso, asciende a 90.516 en las universidades antes mencionadas y objeto de este análisis. Del estudio de los alumnos equivalentes se extraen conclusiones similares a las anteriores, pero con algunas matizaciones:

El mayor volumen de alumnos equivalentes matriculados se produce en las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas y Técnicas con un 48 % y un 24 %, respectivamente. Humanidades y Ciencias Experimentales se quedan en el 8 % y Ciencias de la Salud en el 12 %.

Por ciclos, la mayor demanda de enseñanza universitaria se encuentra en 1.º y 2.º ciclo, con un 49 %. Los alumnos equivalentes de 1.er ciclo representan un 47 %. En el cuadro siguiente figuran las proporciones absolutas de alumnos equivalentes por ramas y ciclos en el curso 05/06 en las universidades antes enumeradas.

Cuadro 51. Proporción de alumnos equivalentes

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Alumnos equivalentes por profesor equivalente:

En el curso 05/06, la media de alumnos por profesor, con referencia a las 6 universidades de las que se ha podido disponer de los datos necesarios para calcular este indicador, es de 10 alumnos, destacando, por la parte superior, Ciencias Sociales y Jurídicas y, por la inferior, Ciencias Experimentales.

Humanidades

7

CC Sociales y Jurídicas

16

CC Experimentales

5

CC de la Salud

7

Técnicas

9

1.e) Graduados

Alumnos graduados:

El número de alumnos graduados en las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza, para el curso 05/06 asciende a 13.688. Por ramas de enseñanza, el mayor volumen se da en las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas y de Técnicas, con un 50 % y un 21 %, del total, respectivamente.

Los graduados de 1.er ciclo representan el 53 % y los de 1.º y 2.º ciclo el 40 %, mientras que los de 2.º ciclo un 7 % del total. En el cuadro siguiente figuran las proporciones absolutas de alumnos graduados por ramas y ciclos en el curso 05/06 en las universidades mencionadas.

Cuadro 52. Proporción de alumnos graduados

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Los alumnos graduados se han reducido en los últimos 4 años un 7 %. Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias Experimentales y Técnicas presentan reducciones del 27 %, 9 %, 3 % y 8 %, respectivamente, mientras Ciencias de la Salud ha aumentado un 13 %.

Por ciclos, 1.er ciclo se reduce un 5 % y 1.º y 2.º se reduce un 13 %, mientras que sólo 2.º ciclo aumenta un 11 %.

En las universidades de la Comunidad Autónoma de Cataluña en los cursos 2001/02 y 2004/05 el número de titulados ha descendido un 5 %. Los titulados de 1.º y 2.º ciclo lo han hecho un 10 %.

Tasa de éxito:

Este ratio mide el porcentaje de alumnos graduados con referencia a los alumnos equivalentes por curso y presenta valores máximos en las titulaciones de Ciencias de la Salud, Humanidades y Ciencias Experimentales.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Tasa de éxito

2) Área de investigación

La investigación se considera, junto a la actividad docente, una función primordial de la universidad. El artículo 1 de la LOU incluye, dentro de las funciones de la universidad al servicio de la sociedad, «la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura», y «la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de la vida, y del desarrollo económico».

La implantación de la investigación es bastante desigual en el conjunto de las Universidades Públicas, ya que en algunas el personal viene dedicando una parte importante de su tiempo a esta función desde hace muchos años, mientras que las universidades de nueva creación están empezando a dotar de recursos a esta función.

A continuación se recogen las notas comunes a la gestión universitaria de la investigación obtenidas de los informes de fiscalización relativos a las universidades de Cantabria, Politécnica de Cartagena, Extremadura, La Rioja, Murcia, Pública de Navarra y Zaragoza.

2.a) Planificación de la investigación

A pesar de la importancia teórica y práctica que tiene esta función en la actividad universitaria, en la mayoría de las universidades la investigación no está planificada de forma específica: las universidades que cuentan con un plan estratégico sí la incluyen como elemento específico, pero sus objetivos no se cuantifican adecuadamente, ni se realiza un seguimiento anual sobre los resultados obtenidos.

En el marco del artículo 2 de la LOU, que establece los términos que comprende la autonomía universitaria, la mayoría de las universidades elaboran anualmente, junto a sus presupuestos, un plan de actuación en materia de investigación que recoge únicamente las líneas de trabajo en que se invertirán los fondos que tiene presupuestados para esta materia y que se financian por la propia universidad.

Estos planes se dirigen fundamentalmente a la formación de los investigadores y a la dotación de medios complementarios a la actividad que realizan éstos con financiación externa.

La financiación externa a la universidad es la fuente de financiación más importante en materia de investigación y se concreta en proyectos de investigación realizados al amparo de concursos o convocatorias efectuadas por las entidades públicas o privadas y financiados mediante los contratos o convenios suscritos por las universidades con estas entidades públicas o privadas, al amparo de lo previsto en el artículo 83 de la LOU que prevé la celebración de estos contratos para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico.

2.b) Organización

El artículo 2 de la LOU concreta, entre los rasgos que definen la autonomía universitaria, «la creación de estructuras específicas que actúen como soporte de la investigación». Como consecuencia de ello, en las universidades hay un vicerrectorado de investigación que dirige la actividad investigadora, auxiliado por las oficinas de transferencias de resultados de la investigación (OTRI’S) y por los servicios de investigación, existentes en la mayoría de las universidades.

Estos órganos son los encargados de controlar la gestión de la actividad investigadora que es realizada directamente por la universidad; sin embargo una parte importante de la actividad investigadora en las universidades se gestiona externamente a ésta, por entidades con personalidad jurídica propia, creadas o participadas por la propia universidad.

La actividad investigadora se configura en la LOU como un derecho y un deber del profesorado docente (libertad de cátedra, de investigación y de estudio) que la realiza individualmente, en grupos de investigación o adscritos a institutos universitarios de investigación.

En el ejercicio 2005 las universidades arriba mencionadas, con excepción de la Universidad de Navarra, tenían constituidos 796 grupos de investigación, 136 más que en el ejercicio anterior, lo que arroja una media de 133 grupos por universidad. Además, cuentan con 4 institutos de investigación, todos ellos propios de la Universidad de Zaragoza.

En relación con la participación del personal en la actividad investigadora, el personal dedicado en exclusiva a la investigación, en el ejercicio 2005 en las seis universidades mencionadas ascendía a 2.818 personas, 183 más que el ejercicio anterior, con una media de 470 personas dedicadas en exclusividad a la investigación por universidad. El número de sexenios reconocidos al personal de las universidades mencionadas por investigación asciende a 5.122, en el ejercicio 2005, 256 más que en el ejercicio anterior, y con una media por universidad de 854 sexenios.

El número de patentes reconocidas oficialmente a favor de las seis universidades antes mencionadas, a 31.12.2005, es de 122, de las que 19 han sido reconocidas en este ejercicio.

2.c) Gestión

La actividad investigadora se gestiona directamente por la universidad o externamente a ésta por entidades con personalidad jurídica propia creadas o participadas por las propias universidades.

El resumen de los proyectos de investigación gestionados en el ejercicio 2005 por las seis universidades, desglosados los de gestión directa de los de gestión externa y, a su vez, desglosando los proyectos realizados por convocatorias y concursos de los contratos realizados al amparo del artículo 83 de la LOU es:

Cuadro 53. Gestión de proyectos de investigación en 2005

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El 99 % de los proyectos de investigación financiados mediante convocatoria se realizan directamente por la universidad, mientras que en los contratos suscritos al amparo del artículo 83 ese porcentaje se sitúa en el 92 %. En los derechos reconocidos y obligaciones reconocidas se presentan porcentajes similares.

De las 7 universidades cuyos informes de fiscalización recogen resultados relativos a la investigación, solo 3 han informado de la actividad investigadora realizada externamente a ellas.

Esta deficiencia podría subsanarse mediante la centralización y control de la gestión de la investigación, por ejemplo en los Vicerrectorados de Investigación, con el objeto de mejorar el control interno y de evitar la dispersión de las unidades y entidades que gestionan los proyectos de investigación. La actividad gestionada por entidades externas debería regularse, en todos los casos, mediante la suscripción de convenios o contratos en los que se establecieran las obligaciones de estas entidades en cuanto al control y a la información periódica que deberían suministrar a las universidades.

La ausencia de contabilidad analítica impide conocer la totalidad de los costes imputables a esta actividad. Para conocer el volumen total de gastos de esta actividad sería conveniente la implantación de un módulo de contabilidad analítica, que a su vez tenga en cuenta que parte de los gastos de personal deben de imputarse a la actividad investigadora. Todo ello, pone de manifiesto las carencias de las universidades a la hora de realizar los registros, el control y el seguimiento de los proyectos de investigación.

Aunque la mayoría de las universidades tienen un programa presupuestario para imputar todos los gastos de la actividad investigadora, sin embargo, en los informes individuales se pone de manifiesto la existencia de obligaciones reconocidas que no corresponden a actividades investigadoras, así como gastos de estas actividades imputados en otros programas presupuestarios. Asimismo, las imputaciones en los programas de investigación se realizan de forma global, fundamentalmente en el capítulo 6 «Inversiones reales», en lugar de imputar los créditos por su naturaleza económica en los distintos capítulos. Esta indebida ejecución presupuestaria provoca que las obligaciones reconocidas agregadas de todos los programas no se correspondan con su clasificación económica, fundamentalmente, en el capítulo 1.º, que no refleja la totalidad de los gastos de personal en que incurre la universidad.

La ausencia de presupuestación de los proyectos de investigación que gestionan directamente las universidades, implica que los derechos y obligaciones se imputen al presupuesto mediante la tramitación de los oportunos expedientes de modificaciones presupuestarias cuando se genera el ingreso, provocando un aumento significativo del número de expedientes de modificaciones presupuestarias y ofrece una imagen distorsionada de los presupuestos iniciales que aprueban los Consejos Sociales.

3) Gestión de personal

En términos generales y de conformidad con el contenido de los títulos IX y X de la LOU, los RRHH de las UUPP se agrupan en: Personal Docente e Investigador (PDI) y Personal de Administración y Servicios (PAS), cada uno de ellos con sus propias particularidades en cuanto a los regímenes jurídicos y económicos.

En ambos grupos coexiste el personal funcionario con el laboral contratado a lo que cabe añadir la existencia de personal becario de las convocatorias propias de las universidades y de otros organismos, así como los becarios cuya contratación tiene su origen en la investigación que gestiona la universidad.

Los recursos humanos de que disponen las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza, fiscalizadas por el TCu, a 31 de diciembre de 2004 y 2005, ascienden a un total de 13.712 y 13.987 personas, respectivamente.

En el cuadro siguiente figura la estructura de personal de las citadas universidades clasificados según la actividad que desarrollan:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En el ejercicio 2005 un total de 9.562 personas estaban adscritas a la función docente, distribuidas en los departamentos de las universidades mencionadas, frente a las 9.412 personas en el ejercicio 2004.

El 30,2 % y el 31,4 % del coste de personal corresponden a actividades de administración y servicios auxiliares, en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente.

Con dedicación exclusiva a la función administrativa y gestora y a la investigación, a la que designamos no docencia, estaban adscritas en el mismo período un total de 4.300 y 4.425 personas, en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente.

Como puede observarse en el cuadro siguiente, la variación de estos colectivos en el período 2002 al 2005 presenta tasas anuales de incremento acumulado de 2,49 % y 2,34 % para los PDI y PAS, respectivamente.

Cuadro 54. Evolución de los colectivos PAS y PDI

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En las universidades de Cataluña, el personal ha crecido a una tasa acumulativa anual del 6,56 %, mientras que en las de Canarias, lo ha hecho al 2,13 %, muy similar al crecimiento de las universidades mencionadas anteriormente y fiscalizadas por este Tribunal.

El cuadro siguiente muestra la evolución, en el período 2002/05, del personal al servicio de las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza en función de su régimen jurídico.

Cuadro 55. Evolución del conjunto de personal funcionario y contratado

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Se mantiene la tendencia, sin fluctuaciones significativas, a favor de la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario que en el año 2005 representaba el 59,46 % del total, cuando en el 2002 era del 52,05 %. Todo ello se analiza más adelante.

3.a) Personal de Administración y Servicios (PAS)

Al personal de administración y servicios le corresponde el apoyo, asistencia y asesoramiento a las autoridades académicas, en el ejercicio de la gestión y administración, particularmente en las áreas de recursos humanos, organización administrativa, asuntos económicos, informáticos, administrativos, habilitación, información servicios generales, así como tecnológicos, otros procesos de gestión administrativa y de soporte que se determina necesario para la universidad en el cumplimiento de sus objetivos.

El régimen jurídico aplicable al PAS de las Universidades Públicas viene establecido en el artículo 73 de la LOU.

El siguiente cuadro recoge la evolución experimentada por el PAS a lo largo del período 2002-2005 en las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza:

Cuadro 56. Evolución del PAS, funcionario y laboral

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El aumento de este colectivo en las universidades mencionadas, ha sido del 7,19 % equivalente a una tasa anual acumulativa del 2,34 %, sin embargo la relación entre PAS laborales y PAS funcionarios se inclina hacia estos últimos.

Se observa, por tanto, un trasvase de laborales a funcionarios, al experimentar los funcionarios una tasa media de aumento del 14,93 %, mientras que los laborales disminuyen a una tasa del 12,73 %, que se ha visto incrementada hasta llegar a suponer un laboral por cada 11 funcionarios en la Universidad de Murcia y por cada 4 funcionarios en la de Zaragoza en el ejercicio 2005, cuando en el ejercicio 2003 era prácticamente la misma proporción.

La evolución de la ratio PDI equivalente a tiempo completo/PAS, en las universidades de la Comunidad Autónoma de Cataluña, en el período 2002-2005, presenta una estabilización de este indicador en torno al 1,6.

En las universidades de la Comunidad Autónoma de Canarias, el crecimiento se ha producido fundamentalmente en el personal funcionario, con un ligero descenso en el personal laboral:

3.b) Personal Docente e Investigador (PDI)

De conformidad con la vigente LOU (art. 47), el personal docente e investigador (PDI) de las UUPP está integrado por funcionarios de los cuerpos docentes universitarios y personal contratado, cuyo número total no podrá superar el 49 % del total del PDI de cada universidad.

Los cuerpos docentes universitarios, que no han experimentado variación alguna en la LOU respecto a la derogada Ley de Reforma Universitaria son los siguientes:

— Catedrático de Universidad.

— Profesores Titulares de Universidad.

— Catedráticos de Escuelas Universitarias.

— Profesores Titulares de Escuelas Universitarias.

El régimen jurídico del profesorado universitario se rige también por la LOU (art.56.2), así como por la legislación general de funcionarios que le sea de aplicación y por los estatutos de cada universidad.

Asimismo, en el marco de sus competencias, las Comunidades Autónomas regularán el régimen de personal docente e investigador contratado de la universidad.

La LOU en su artículo 69.1 incluye la facultad del Gobierno de la Nación para determinar la promoción, con sus efectos retributivos correspondientes, entre niveles dentro de un mismo cuerpo, así como que, tanto el Gobierno como las CCAA, e incluso el Consejo Social, puedan establecer retribuciones adicionales.

El colectivo del PDI de las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza ha evolucionado tal como se indica en el cuadro siguiente:

Cuadro 57. Evolución del PDI, funcionario y laboral

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El número de profesores ha aumentado un 6,08 % en el período que abarca del curso 2001/2002 hasta el curso 2004/2005 para el conjunto de las universidades públicas de la C.A. de Cataluña. Este incremento ha sido desigual desde un 16,52 % en la Universidad de Girona, el más elevado, hasta un 2,52 % en la Universidad de Barcelona.

3.c) Gastos de personal

Presupuestarios:

El gasto presupuestario a 31 de diciembre correspondiente al capítulo de personal de las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza, asciende a 389.804 y 412.653 miles de euros en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente. El grado de ejecución en el capítulo 1 durante los ejercicios 2004 y 2005 es muy elevado, acercándose al 100 %.

En el cuadro siguiente se muestra la evolución de las obligaciones reconocidas en el capítulo 1, gastos de personal, en el presupuesto total de las universidades mencionadas.

Cuadro 58. Evolución de los gastos de personal – Agregado

(miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En las 6 universidades mencionadas, los gastos de personal (capítulo 1), suponen el 80 % del total de gastos corrientes, en el período analizado. Con relación al total de las obligaciones reconocidas tampoco presentan una sensible variación y se encuentran alrededor del 63 %.

Cuadro 59. Evolución de los gastos de personal – Universidades de la CA de Cataluña

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Por lo que se refiere a las 7 universidades públicas de la CA de Cataluña, tal como queda reflejado en el cuadro anterior, las obligaciones reconocidas del capítulo 1, con relación, tanto a los gastos corrientes como a la totalidad del presupuesto para los ejercicios 2004 y 2005, son inferiores a la media de la muestra anterior. En el cuadro siguiente se puede observar que las universidades de la Comunidad Valenciana se acercan a la media de la referida muestra.

Cuadro 60. Evolución de los gastos de personal – Universidades de la Comunidad Valenciana

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial:

En el cuadro siguiente figuran las obligaciones reconocidas, los gastos de personal de la Cuenta de Resultado Económico-Patrimonial y los gastos de personal del capítulo 1 del presupuesto de gastos de las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza.

Cuadro 61. Evolución de los gastos de personal

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Como peculiaridad del PDI, procede señalar que participa del régimen retributivo derivado del desarrollo de la actividad investigadora que permite el artículo 83 de la LOU, que, a su vez, está en relación con el contenido del artículo 68.1 de la citada Ley, el cual contempla la necesidad de hacer compatible las funciones propias del PDI (docente e investigadora) con las contenidas en el citado artículo 83.

En las fiscalizaciones efectuadas al efecto sobre el régimen de este personal, se observa lo siguiente:

— Por regla general, la contratación se realiza de forma directa por parte del investigador principal del proyecto, quien, además suele establecer la categoría y retribución, lo que evidencia una importante debilidad en el control interno de este procedimiento, en la medida que supone concentrar en una sola persona diversas facultades.

— Las universidades no aplican un sistema que permita ejercer de forma objetiva el control sobre el cumplimiento de horarios y jornada laboral de su PDI, por lo que, entre otros aspectos, se carece de una información, con base objetiva suficiente para sustentar el conocimiento de la dedicación del mencionado colectivo a la actividad investigadora, en general y, en particular, a la contemplada en el artículo 83 de la LOU.

— Las informaciones aportadas por las universidades sobre la actividad de investigación no permite ofrecer datos suficientes para asumir la razonabilidad de los gastos que se imputan a la docencia y a la investigación del profesorado, con especial énfasis en lo que se refiere a las retribuciones devengadas en función de las horas realmente trabajadas en la actividad investigadora.

— Las retribuciones del PDI correspondiente a la investigación, incluidos los vinculados al artículo 83 de la LOU, son imputadas generalmente al capítulo 6 del presupuesto (inversiones reales) y no al capítulo 1 (gastos de personal).

Relacionado con esta última observación, procede poner de manifiesto que el PDI tiene asignadas las funciones docente e investigadora sin distinción alguna entre ellas. Asimismo, la legislación aplicable no permite deducir que la dedicación de este personal a la investigación tenga una naturaleza especial que permita, ampare o aconseje un tratamiento presupuestario diferenciado del que corresponde a la función docente, por lo que la imputación de las retribuciones derivadas de la actividad investigadora a capítulos presupuestarios distintos al de gastos de personal desnaturaliza la información que debe ofrecer la liquidación del presupuesto, permitiendo a la vez la dispersión de unos gastos que tienen la misma naturaleza.

En el informe de fiscalización de la Universidad Pública de Navarra se señala que:

— El capítulo 1 de gastos de la Universidad no recoge la totalidad de gastos de esta naturaleza, puesto que las retribuciones del investigador principal de los proyectos de investigación se imputan incorrectamente, en nuestra opinión, al capítulo 2 del presupuesto. Estas retribuciones suponen en 2005 un importe de 0,95 millones de euros.

— Los servicios de nómina no abonan la totalidad de las retribuciones que corresponden al personal docente, puesto que los ya citados honorarios de investigación y las dietas se abonan directamente desde los servicios de contabilidad. Esta dualidad dificulta un control adecuado sobre dichas retribuciones.

— Para el PDI, no se efectúa un control sobre si las retribuciones complementarias derivadas de los proyectos de investigación y de cursos de especialización superan los límites legalmente establecidos tanto en cuantía como en dedicación.

3.d) Carga Docente

El Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen del profesorado universitario, establece que los profesores con dedicación a tiempo completo deberán impartir 8 horas lectivas semanales, que equivalen a 24 créditos en un curso académico (8 horas por semana en 30 semanas al año) y deberán dedicar 6 horas semanales a tutorías o asistencia del alumnado, excepto para los titulares de escuela universitaria, que tendrán una dedicación de 12 horas lectivas (36 créditos) y 6 de tutorías o asistencia al alumnado.

Las horas lectivas se distribuirán de acuerdo con las necesidades docentes de los departamentos, con salvedad de las actividades derivadas de los contratos con entidades públicas o privadas para la realización de trabajo científico, técnico o artístico o de cursos de especialización.

En el cuadro siguiente figuran los créditos impartidos por profesor equivalente a tiempo completo correspondientes a los cursos 2003/04, 2004/05 y 2005/06, de las universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza.

Cuadro 62. Créditos impartidos por PDI

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En todas las ramas, excepto en las de Ciencias de la Salud, la media de créditos impartidos por profesor equivalente es inferior a 24 créditos. En la rama de Ciencias de la Salud, los créditos impartidos son elevados y su justificación viene avalada por su propia naturaleza, ya que en esta rama los grupos han de ser reducidos como se puede observar en el análisis que se hace en el apartado «1) Docencia».

Las universidades deben elaborar las Relaciones de Puestos de Trabajo, diferenciando las funciones docentes e investigadoras y controlar la evolución de sus cargas de trabajo.

4) Costes

Los análisis de costes que se recogen a continuación han sido elaborados a partir de las estimaciones de costes de la universidades de Cantabria, Extremadura, La Rioja, Murcia, Politécnica de Cartagena y Zaragoza, referidas al ejercicio 2005, a los que se han añadido las estimaciones de costes de la Universidad de Oviedo referida al ejercicio 2004, con el objeto de disponer de una mayor población y por tanto de una base más extensa y más fiable.

Las universidades mencionadas, a excepción de la universidad de Zaragoza, no disponen de un sistema de contabilidad analítica con datos sobre los costes de la universidad, por lo que se han utilizado las estimaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas y recogidas en los respectivos informes de fiscalización aprobados.

4.a) Coste de la universidad

La estimación del coste de las universidades antes mencionadas arroja la cifra de 815.094 miles de euros.

Esta cifra ha sido estimada a partir de dos tipos de costes:

— costes de funcionamiento obtenidos de las liquidaciones presupuestarias de las universidades.

— costes calculados en base a datos contables.

 

Miles de euros

Costes del presupuesto

719.374

Costes calculados

95.720

Total costes

815.094

De esta cifra total, en las universidades consideradas, se ha extraído el coste incurrido de manera exclusiva por la investigación, un 16 %, resultando por diferencia el coste que puede ser atribuido a la otra actividad fundamental realizada por la universidad: la docencia. Este coste, ha sido separado entre la enseñanza oficial y los títulos propios en las universidades en las que se ha dispuesto de información y criterios adecuados para ello, obteniendo la siguiente distribución:

Miles de euros

Coste de la enseñanza:

684.801

Coste de la enseñanza oficial

644.784

Coste de los títulos propios

40.017

Coste de la investigación

130.293

4.b) Coste de la Enseñanza

El coste de la enseñanza en las universidades consideradas, para cada una de las ramas de enseñanza oficial y de los títulos propios, calculados mediante la aplicación de diversos portadores de coste, alcanza las siguientes proporciones:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Coste de la enseñanza por ramas

4.c) Indicadores de coste

Los datos del apartado anterior permiten establecer una serie de indicadores sobre los distintos aspectos de la enseñanza proporcionada por la universidad.

El coste medio del crédito matriculado revela que los más onerosos son los de Ciencias Experimentales, seguidos de Humanidades:

Cuadro 63. Coste medio del crédito matriculado

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El coste medio por curso de un alumno equivalente a curso completo pone de manifiesto que los alumnos más costosos son los de Ciencias Experimentales seguido de Ciencias de la Salud.

Cuadro 64. Coste medio por curso del alumno equivalente a curso completo

(en euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Con base del periodo medio de estudios, el coste medio del titulado sería:

Cuadro 65. Coste del titulado

(en euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En 1.er ciclo, los titulados más costosos, por término medio, son los de Ciencias Experimentales seguidos de los de Técnicas.

En 1.º y 2.º ciclo, los titulados más costosos, por término medio son los de Ciencias Experimentales, seguidos de los de Ciencias de la Salud y Técnicas muy igualados.

En 2.º ciclo, los titulados más costosos, por término medio son los de Técnicas, seguidos de los de Ciencias Experimentales.

5) Contratación Administrativa

El Tribunal de Cuentas ha examinado la contratación administrativa de las Universidades públicas de las Comunidades Autónomas carentes de OCEX en alguno de los ejercicios fiscalizados (Aragón, Principado de Asturias —ejercicio 2004—, Cantabria, Extremadura, Murcia y La Rioja) siguiendo los criterios establecidos en los artículos 39 y 40 de la LFTCu, tanto para la selección de muestras como para el examen de las diferentes actuaciones integrantes de los expedientes, constando en sus respectivos Informes las deficiencias, anomalías e irregularidades observadas.

Además de dichas Universidades, figuran resultados de fiscalización de la contratación de las Universidades públicas del principado de Asturias (ejercicio 2005), de las Illes Balears, de Navarra y del País Vasco (ejercicio 2005) en los informes de los correspondientes OCEX.

No consta que se haya realizado la fiscalización de los contratos de las Universidades públicas del País Vasco (ejercicio 2004) y de las restantes Comunidades Autónomas dotadas de OCEX (Andalucía, Canarias, Cataluña, Galicia, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana y Madrid, excepto la contratación de la Universidad Autónoma de Madrid del ejercicio 2005 sobre la que se ha realizado un Informe).

Efectuadas las anteriores consideraciones, en esta área se observan, en general, las deficiencias, anomalías o irregularidades más generalizadas que también se ponen de manifiesto en las Administraciones de las respectivas Comunidades Autónomas aunque, particular y específicamente, destacan las siguientes:

— En algunos casos, la fiscalización previa de los correspondientes gastos, prevista en la normativa de contratación pública, no se realizó ya sea por omisión de dicho trámite o por carencia de Interventores o funcionarios encargados del control interno económico-financiero.

— En contratos de suministro, en particular de material para investigación, no se justificó con precisión la necesidad de las adquisiciones por el servicio promotor o no se acreditó, fehacientemente, la existencia de un único proveedor como requisito previo necesario para adjudicarlos mediante procedimientos negociados sin publicidad ni concurrencia mínima de ofertas.

IV. EMPRESAS PÚBLICAS

El activo total de las empresas públicas, en términos agregados, supone en los ejercicios fiscalizados 32.002.267 y 34.635.863 miles de euros, respectivamente; financiados por un pasivo exigible de 19.612.846 y de 22.230.634 miles de euros y por fondos propios, ingresos a distribuir y provisiones que totalizan 12.387.421 y 12.405.229 miles de euros en los respectivos ejercicios. En los Anexos II.3.1 de los ejercicios correspondientes a 2004 y 2005, se incluyen los datos relativos a los balances agregados de las 462 y 508 empresas públicas autonómicas de las que consta información en el tribunal de Cuentas. Ha de tenerse en cuenta que en dichos Anexos se incluyen datos relativos a entes públicos y consorcios sujetos al PGC.

En la Comunidad de Madrid no se ha analizado esta área en ninguno de los dos ejercicios; lo que, dada la magnitud de su sector empresarial, repercute en los resultados del análisis, tanto en términos absolutos como relativos.

Destacan los subsectores empresariales de las Comunidades Autónomas de Cataluña y Comunidad Valenciana, que suponen el 53 % del activo total en 2004 y el 55 % en 2005. Por número de entidades de las que se ha tenido constancia a lo largo de las actuaciones fiscalizadoras, destacan al finalizar el ejercicio 2005 las Comunidades autónomas de Cataluña (65), País Vasco (57) Illes Balears (60) y Comunidad Valenciana (50).

En los Anexos II.3.2 de 2004 y 2005 se incluyen los datos agregados relativos a las cuentas de pérdidas y ganancias de las empresas y otras entidades públicas sujetas al PGC de las que consta información (439 y 484 respectivamente). El conjunto presenta unas pérdidas agregadas de 1.848.206 miles de euros en 2004 y de 2.646.481 miles de euros en 2005. Destacan las pérdidas de las empresas de la Región de Murcia que alcanzan 1.146.847 miles de euros y 1.281.792 miles de euros, como consecuencia de las pérdidas del Servicio Murciano de Salud, al ser esta la única Comunidad autónoma que gestiona la sanidad a través de una entidad empresarial. Le siguen las de la Comunidad Valenciana con 355.797 y 709.151 miles de euros y Cataluña con 407.117 y 420.976 miles de euros respectivamente.

Al igual que en ejercicios anteriores, el sector empresarial autonómico presenta de forma generalizada resultados de explotación negativos, antes de subvenciones públicas, por importe de 3.462.464 miles de euros en 2004 y 3.876.089 miles de euros en 2005, destacando los correspondientes a Región de Murcia, Andalucía, Cataluña, Comunidad Valenciana y País Vasco. Se mantiene la situación deficitaria de las actividades ordinarias, que han sido financiadas con subvenciones y ayudas públicas, cuya cuantía registrada se situó en 1.581.193 y 1.702.864 miles de euros, respectivamente. El 41 % y el 32 % de estos importes corresponden a las empresas de Andalucía en ambos ejercicios, seguidas de las de Cataluña y de las del País Vasco que alcanzan el 17 % y el 18 % en 2004 y el 15 % y el 23,5 % en 2005. Estas últimas presentan un incremento notable respecto de las de 2004. El sector empresarial de Castilla y León presenta, en 2005, beneficios de explotación antes de subvenciones y sus empresas no han aplicado subvenciones de explotación al resultado de ninguno de los dos ejercicios analizados.

Las subvenciones de capital aplicadas a los resultados de los ejercicios fiscalizados ascienden respectivamente a 303.096 y 240.001 miles de euros. De ellos, el 16 % en 2004 y el 20 % en 2005 lo han sido en las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La financiación del sector público empresarial sigue procediendo, en un importante porcentaje, de las subvenciones de explotación y de capital que perciben de la Comunidad autónoma respectiva y, en menor medida, de otras Administraciones (estatal o europea) y de los ingresos por la realización de trabajos, en muchos casos por encargo de las propias administraciones autonómicas. En algunas CC.AA. se aprecia la tendencia a sustituir o complementar la financiación mediante subvenciones por ampliaciones de capital o aportaciones de los socios al fondo social y por autorizaciones de endeudamiento avaladas por las respectivas administraciones autonómicas, que al vencimiento deberán ser abonadas por éstas si las empresas no pueden hacer frente a los pagos. El País Vasco modifica en 2004 el sistema de financiar los déficits de explotación de las empresas públicas mediante ampliaciones de capital con prima de emisión para sufragar pérdidas, pasando a realizarlo mediante transferencias corrientes.

Con respecto al cumplimiento de la legalidad y la aplicación de los principios contables, se destaca lo siguiente:

— Algunas Comunidades no incluyen en las respectivas leyes de presupuestos los de explotación y capital ni los PAIF de todas las empresas públicas (Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Illes Balears y Principado de Asturias) y con carácter general no efectúan el seguimiento de los presupuestos ni de los PAIF aprobados, ni acreditan las modificaciones y desviaciones de los mismos.

— En Andalucía no es posible conocer si se incluyen en la LP los presupuestos de explotación y capital de las empresas participadas indirectamente por la Junta, ya que no especifican cuáles de éstas se consolidan con las empresas dominantes de cada grupo; en 2005 la información incluida en el presupuesto y en la Cuenta General no se presenta de forma homogénea en 29 de las 124 empresas que integran el sector.

— En Extremadura el artículo 7.1.10 del Estatuto de Autonomía confiere a la Comunidad competencia exclusiva para «la creación y gestión del sector público regional propio», con la finalidad de fomento del desarrollo económico. El artículo 60.a) establece la inclusión en el presupuesto de la Comunidad de la totalidad de los ingresos y gastos de las empresas públicas de ella dependientes. La LH exige la elaboración de presupuestos para aquellas empresas que perciban subvenciones en función de su naturaleza (art. 64.3). La Ley de Presupuestos de 2004 sólo incluye el PAIF de la Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura, S.A. En 2005 la LP incluye los de esta empresa y los de Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura, S.A, a pesar de que el artículo 64.1 de la LH exige su elaboración por todas las empresas públicas. En ningún ejercicio consta la elaboración de los presupuestos de explotación y de capital de las cinco empresas que perciben subvenciones en 2004 y 2005.

— La Comunidad Valenciana incluye en la LP de 2004 los de explotación y capital de 28 empresas y entidades públicas participadas directamente por la Administración. No están incluidos los presupuestos de un ente público ni los de las 16 sociedades participadas mayoritariamente de forma indirecta. La Ciudad Autónoma de Ceuta no ha informado sobre la situación jurídica y económico-financiera de dos empresas, una sin actividad desde 1995 y otra declarada en quiebra fortuita mediante sentencia judicial en 1998.

— En varias Comunidades hay empresas que no cumplen las respectivas leyes de finanzas en cuanto a la dotación limitativa de los gastos corrientes y de capital. Empresas de Castilla-La Mancha, de Illes Balears y de Madrid (en 2004) presentan desviaciones en la ejecución de sus presupuestos de explotación y capital; casi todas las empresas de la primera no han presentado informe de gestión.

— Entidades que forman parte del sector público empresarial de Aragón no han rendido los estados a que les obliga el artículo 22 del D. 22/2003, del Gobierno de Aragón, que regula el sistema de información de la contabilidad de la Administración, organismos públicos y empresas. En particular, no han incluido los estados demostrativos de las subvenciones y transferencias concedidas y recibidas, lo que impide analizar aspectos de los resultados y de su situación económica financiera. Los informes de control realizados por la Intervención General de la Comunidad permiten deducir que los estados financieros elaborados y rendidos por dichas empresas no presentan la imagen fiel de su situación financiera, lo que supone una debilidad que afecta a la transparencia y eficacia del subsector.

— No existe homogeneidad en el tratamiento contable dado a las subvenciones de explotación y capital en el conjunto de las Comunidades Autónomas, ni por parte de las distintas sociedades, incumpliéndose en numerosos casos por las empresas los principios contables. En ocasiones, las subvenciones no se imputan según la naturaleza de las aprobadas en los presupuestos de la Administración (Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia e Illes Balears en 2004, Principado de Asturias y Región de Murcia en 2005). En otras, las subvenciones de explotación se aplican como ingresos de explotación en la cuenta de pérdidas y ganancias y no como aportación de los socios para compensación de pérdidas (Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha y Cataluña). Con frecuencia, las subvenciones de capital se contabilizan indebidamente como fondos propios y no como ingresos a distribuir en varios ejercicios, cuya aplicación debe estar correlacionada con las dotaciones de amortización de los bienes financiados. La imputación al ejercicio de las subvenciones de capital sin correlacionarlas con las aplicaciones previstas en la normativa incumplen las normas de valoración del PGCP.

— Hay empresas que han contabilizado ampliaciones de capital con anterioridad a su escrituración y a su inscripción en el Registro Mercantil, en lugar de haberlas contabilizado en el momento en que se produce la inscripción en dicho Registro (Comunidad Foral de Navarra, Principado de Asturias y Comunidad Valenciana).

— Numerosas empresas presentan deficiencias en los inventarios de inmovilizado; entre otras, mantener sin registrar en su activo las cesiones de bienes muebles, inmuebles o derechos de arrendamiento realizadas a su favor por las respectivas CC.AA. (Aragón, Castilla y León, Extremadura, Illes Balears, Madrid, país Vasco, Principado de Asturias, Región de Murcia, Comunidad Valenciana y Ciudad Autónoma de Ceuta). Con alguna frecuencia, las sociedades no disponen de la documentación acreditativa suficiente. En la Región de Murcia continúan sin formalizarse las actas de entrega y recepción de los bienes transferidos como consecuencia de las transferencias en materia de sanidad con efecto desde principios de 2002.

— Existen diferencias entre los datos de las cuentas anuales de las Administraciones Generales y los registrados en varias empresas, en relación con las aportaciones de las CC.AA. a estas, especialmente en gastos plurianuales (Extremadura, Castilla y León, Principado de Asturias, Cantabria e Illes Balears).

— Se han observado incumplimientos relativos a la obligación legal de someter las empresas a los respectivos planes de control financiero y de auditoría (Extremadura, Principado de Asturias, Canarias, Región de Murcia y Cantabria).

— Existen empresas cuyo objeto social coincide parcialmente con el de otras de nueva creación o con algunas que carecen de actividad, por lo que queda sin justificación la necesidad de la creación o permanencia de otras análogas (Aragón, Extremadura, Foral de Navarra y Principado de Asturias). A eso se añade que la mayor parte del sector empresarial de las CC.AA. presenta recurrentemente una situación deficitaria de los resultados de explotación de las empresas que aconsejaría una revisión y análisis de la oportunidad de mantener estas inversiones societarias de acuerdo con los criterios de eficiencia y economía en el empleo de recursos públicos, ya que estas situaciones deficitarias vienen originando la necesidad de aportaciones continuadas por parte de los socios.

— En ocasiones, no se cumplen los requisitos legales de autorización para la creación de empresas públicas, al rebajar en la práctica el rango de la normativa que las respectivas Leyes de Patrimonio exigen para la autorización. Las empresas creadas en la CA de Aragón incumplen el artículo 84.1 del Texto Refundido de la Ley de Administración de la Comunidad al no constar la existencia de los expedientes justificativos de la utilidad y oportunidad de su creación, lo que induce a concluir que en algunos supuestos se ha primado más la urgencia en crearlas que la reflexión y análisis sobre su necesidad.

— La mayoría de los informes del sector público empresarial no analizan el área de personal, limitándose, los que lo hacen, a indicar el número de empleados y/o el incremento interanual de puestos de trabajo. Han fiscalizado esta área, con mayor o menor amplitud, la Comunidad Valenciana, Galicia, País Vasco y Madrid. Entre los resultados más significativos, se refleja el incumplimiento de los requisitos legales en la selección y contratación de personal; en particular, los referidos a la garantía de los principios de igualdad mérito y capacidad.

— Están incursas en el supuesto de reducción obligatoria de capital (art. 163 del TRLSA), al menos, las siguientes sociedades:

Aragón 2004 y 2005: (1) Escuela Superior de Hostelería de Aragón.

Cataluña 2004: (4) Centro para la Empresa y el Medio Ambiente, S.A. (CEMASA), Forestal Catalana, S.A. (FOCASA), Sistema de Emergencias Médicas, S.A. (SEMSA) y Portal de Salud y Calidad de Vida, S.A. (PSQV).

2005: (7) CEMASA, SEMSA, Centro Integral de Mercancías y Actividades Logísticas, S.A. (CIMALSA), Saneamiento y Energía, S.A. (SAENSA), Energética de Instalaciones Sanitarias, S.A. (EISSA), Administración Promoción y Gestión, S.A. (ADIGSA) e Intracatalonia, S.A.

Cantabria 2005: (2) CITRASA y Sociedad Gestora del Parque Científico y Tecnológico de Cantabria (PCTCAN).

Extremadura 2004: (1) Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura, S.A. (GISVESA).

Foral de Navarra 2005: (1) Start Upcapital Navarra, S.A.

Illes Balears 2004: (2) Instituto de Biología Animal de Baleares, S.A. (IBABSA) y Servicio de Mejora Agraria, S.A. (SEMILLA).

2005: (1) Baleares Innovación Telemática, S.A. (BITEL).

Ciudad Autónoma de Ceuta 2005: (1) Acuicultura de Ceuta, S.A.

Están incursas en los supuestos de disolución por pérdidas (art. 260 del TRLSA) las siguientes sociedades y entidades públicas:

Andalucía 2004: (3) Canal Sur Radio, S.A., Canal Sur Radiotelevisión, S.A. y Santana Motor Andalucía, S.A.

2005: (1) Incubadoras de Emprendedores de Andalucía, S.A.

Aragón 2004: (4) Sociedad de Promoción y Gestión del Turismo Aragonés, S.A., Aeronáutica de los Pirineos (APIRSA), Gestora Turística San Juan de la Peña, S.A., que en 2005 se ha visto obligada a reducir su capital social y Aragón Exterior, S.A.

2005: (3) Las dos primeras mencionadas en 2004 y Promoción Aeropuerto de Zaragoza, S.A.

Cataluña 2005: (1) TVC Ediciones y Publicaciones, S.A.

Foral de Navarra 2005: (1) Natural Climate Systems, S.A.

Illes Balears 2004: (5) Ferias y Congresos de Baleares, S.A. (FICOBALSA), Caib Patrimonio, S.A., Infraestructuras y Obras Portuarias, S.A. (IOP), Radio de las Illes Balears y TV de las Illes Balears.

2005: (4) Continúan en igual situación las mismas empresas que en 2004 con la excepción de Caib Patrimonio, S.A.

Principado de Asturias 2004: (2) Sociedad Inmobiliaria del Real Sitio de Covadonga, S.A. y Sociedad Regional de Turismo, S.A.

Comunidad Valenciana 2004-2005: (4) Televisión Autonómica Valenciana (TVV), Radio Autonomía Valenciana (RAV), Circuito del Motor y Promoción Deportiva, S.A. y la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana, S.A. (SPTCV).

2005: (1) Proyecto Cultural de Castellón, S.A. (PCC)

Región de Murcia 2004-2005: (1) Caravaca Jubilar, S.A.U.

Ciudad Autónoma de Ceuta 2005: (1) Acuicultura de Ceuta, S.A.

Están incursas en disolución obligatoria del artículo 104 e) de la LSRL las siguientes empresas:

Andalucía 2004-2005: (1) Parque Tecnológico de Andalucía, S.L.

Cataluña 2004-2005: (1) TVC Multimedia, S.L.

Cantabria 2004: (1) Empredinser, S.L.

2005: (2) Gesvican, S.L. y Emprendinser, S.L.

Comunidad Valenciana 2004-2005: (3) el Museo de las Ciencias Principe Felipe de Valencia, S.L., Hemisféric de Valencia, S.L. y Aeropuertos de Castellón, S.L.

Presentan fondos propios negativos, al menos, las empresas y entes públicos empresariales siguientes:

Cantabria 2005: (1) Suelo Industrial de Torrelavega (SITOR)

Cataluña 2004-2005: (1) Corporación Catalana de Radio y Televisión

Illes Balears 2004: (3) FICOBALSA, Caib Patrimonio, S.A. y TV de las Illes Balears.

2005: (3) FICOBALSA, IOP y Radio de las Illes Balears.

Principado de Asturias 2004: (1) la Sociedad para el Desarrollo de las Comarcas Mineras, S.A. (Sodeco).

2005: (1) Sodeco Gestión, S.A.

Región de Murcia 2004: (1) Onda Regional de Murcia, sociedad que se extingue en 2005.

Comunidad Valenciana 2004-2005: (6) El Grupo Radio Televisión Valenciana (RTVV), la Agencia Valenciana de Turismo (AVT), el Instituto Valenciano de Atención a los Discapacitados (IVADIS), el Instituto Valenciano de Cinematografía Ricardo Muñoz Suay (IVC), el Instituto Valenciano de la Música (IVM) y Ferrocarriles de la Generalidad Valenciana, S.A., las aportaciones que recibe esta sociedad provienen, desde 2002, exclusivamente de la Generalidad, la cantidad aportada en 2004 resultó insuficiente tanto para la compensación de pérdidas como para la financiación de inversiones, por lo que ha recurrido al endeudamiento a largo plazo.

Ceuta 2005: (2) Acuicultura de Ceuta, S.A. y Obimace, S.L.

— El endeudamiento financiero de las empresas públicas a largo y corto plazo arroja en 2004 y 2005 unos saldos agregados respectivos de 8.763.984 miles de euros (el 69 % corresponde a los sectores empresariales de la Comunidad Valenciana y Cataluña) y 10.307.438 miles de euros (el 73 % del total corresponde a los sectores empresariales de esas mismas Comunidades). El siguiente cuadro muestra el importe del endeudamiento público empresarial de cada Comunidad Autónoma y de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Su variación respecto al ejercicio 2003 ha supuesto un incremento del 4,7 % en 2004 y del 17 % en 2005. En la mayoría de las Comunidades Autónomas el endeudamiento financiero se concentra en unas pocas empresas o entes públicos.

Cuadro 66. Endeudamiento financiero (2004-2005)

Empresas Públicas

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

V. FUNDACIONES PÚBLICAS

Marco normativo

En general, la normativa de Hacienda de las CC.AA. no ha establecido un sistema en paralelo con el vigente en la LGP en relación con la rendición de cuentas de las Fundaciones públicas y su reflejo en la Cuenta General.

La Comunidad Valenciana desarrolló la Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de Fundaciones, por el Decreto 139/2001, de 5 de septiembre, que aprobó el Reglamento regulador de las mismas. Mediante la Resolución de 30 de noviembre de 2001 se reguló el régimen de contabilidad y rendición de cuentas anuales de las referidas fundaciones. Estas entidades deberán formar y rendir sus cuentas de acuerdo con los principios y normas de contabilidad recogidos en la adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos aprobado por el Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, en tanto no se apruebe por la Intervención General el Plan especial de Contabilidad de las fundaciones de la Generalidad Valenciana.

La Disposición Adicional séptima de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y régimen presupuestario y administrativo de la Comunidad de Galicia estableció un nuevo régimen jurídico para las fundaciones sanitarias constituidas por esta Comunidad y estableció que las mismas debían transformarse en fundaciones de titularidad y naturaleza pública en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley. En cumplimiento de dicho mandato, se aprobó el Decreto 276/2001, de 27 de septiembre, mediante el que se estableció una regulación de carácter general para las fundaciones sanitarias y se transformó la naturaleza y adaptaron los estatutos de las fundaciones sanitarias ya constituidas.

Andalucía aprueba en 2005 la Ley 10/2005, de 31 de mayo, que regula las Fundaciones de la Comunidad Autónoma, definiendo en su artículo 55 las circunstancias que deben concurrir para considerar cuáles pertenecen al sector público autonómico.

El régimen contable aplicable a las fundaciones de Cantabria es el PGCP aprobado por Orden de 29 de noviembre de 2000 de la Consejería de Economía y Hacienda en su D.A. única, en la que se establece que rendirán sus cuentas de acuerdo con los principios y normas de contabilidad recogidos en el R.D. 776/1998 de adaptación del PGC a las entidades sin fines de lucro. El D. 26/1997, de 11 de abril crea y regula el Protectorado y el Registro de Fundaciones de la Comunidad.

En Aragón, el D. 22/2003, de 28 de enero, regula el sistema de información de la contabilidad de la Administración, de los OO.AA. y de las empresas de la Comunidad. En su artículo 2.4 establece que las fundaciones privadas de titularidad autonómica formarán sus cuentas de acuerdo con lo establecido en el R.D. 776/1998, que adapta las normas del PGC a las entidades sin fines lucrativos.

La disposición adicional 1.ª de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen jurídico de la Administración de la Región de Murcia señala que las fundaciones constituidas mayoritariamente o en su totalidad por aportaciones de la Administración Regional, se rigen por el derecho privado y la normativa específica que les resulte de aplicación.

En La Rioja, el artículo 53 de la Ley 3/2003, de 15 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, dispone que son fundaciones públicas de la Comunidad aquellas en cuya dotación fundacional participe mayoritariamente, directa o indirectamente, el Gobierno de la Rioja.

El proceso de constitución de fundaciones por parte de las CC.AA. se ha visto intensificado en los últimos años. Según el inventario de las fundaciones públicas autonómicas, en los ejercicios 2004 y 2005 existían 211 y 249 respectivamente, de las que han rendido cuentas 182 y 221 en cada uno de estos ejercicios.

Como resultado de la fiscalización efectuada se destaca lo siguiente:

— En las Comunidades Autónomas de Cataluña, Galicia, Madrid y País Vasco no constan actuaciones fiscalizadoras en relación con las fundaciones públicas en ninguno de los dos ejercicios, tampoco en Foral de Navarra en 2005.

— Castilla-La Mancha, Extremadura y Foral de Navarra no disponen de un registro que permita delimitar la totalidad de las entidades que forman parte del sector público autonómico. El artículo 95 de la LH de Extremadura se limita a someter al régimen de contabilidad pública a las fundaciones y demás entidades integrantes del sector público regional, sin definir las entidades que integran el mismo. Tampoco la Ley 1/2002, de 28 de febrero de Gobierno y Administración de Extremadura procede a la delimitación subjetiva del sector público autonómico, al menos en materia de fundaciones, consorcios u otras entidades. No han presentado informe de auditoría fundaciones de Extremadura (1), La Rioja (6), Cantabria (1 en 2004) y Principado de Asturias (1 en 2005).

— Castilla-La Mancha carece de normativa sustantiva sin que esté definido explícitamente el concepto de fundaciones del sector público comunitario. La Comunidad no ha desarrollado la legislación estatal excepto en aspectos relativos a organización y procedimiento.

— En Navarra en 2005 entra en vigor la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, que define el marco regulador de la creación, organización y régimen jurídico de los organismos públicos y demás entes que integran el sector público foral. La Ley no establece para las fundaciones la obligatoriedad de realizar la auditoría anual de las cuentas. La Comunidad tiene 8 fundaciones públicas en 2004 y 11 en 2005. También forma parte del sector la Fundación Universidad-Sociedad.

— En la Región de Murcia no se han auditado en ninguno de los dos ejercicios 5 fundaciones autonómicas, cuatro de éstas participadas por las Universidades de la Comunidad, pese a que la normativa autonómica establece que las fundaciones públicas deben de ser auditadas anualmente. Tampoco se han auditado en 2005 tres fundaciones que inician su actividad en ese ejercicio.

— Andalucía incluye en los Presupuestos de 2004 a dos de las quince fundaciones a que se refiere el artículo 6.bis de la LGHPA; sin embargo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57.3 de la nueva Ley de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía y atendiendo a los criterios de Contabilidad Nacional, enmarcados en el Sistema Europeo de Cuentas Económicas Integradas (SEC), la Cámara de Cuentas de Andalucía entiende que la Comunidad debería de integrar en los Presupuestos generales los de todas las fundaciones a que hacen referencia esas disposiciones. La normativa de la Comunidad Autónoma sólo obliga a elaborar en los modelos oficiales los presupuestos y la liquidación de las dos fundaciones incluidas en dichos Presupuestos por lo que los de las restantes fundaciones carecen de homogeneidad. La Cuenta General de la Comunidad incluye solamente los estados financieros de esas dos fundaciones. En 2005 en aplicación del artículo 55 de la Ley autonómica 10/2005, el número de fundaciones pasa a ser 28. Al igual que en 2004 los Presupuestos y la Cuenta General sólo incluyen los datos y los estados financieros de las dos fundaciones citadas: Fundación Andaluza de Servicios Sociales-FASS y Fundación andaluza para la Integración Social del Enfermo Mental —FAISEM—. La Cámara de Cuentas de Andalucía no ha podido fiscalizar las cuentas de dos de las Fundaciones incorporadas en 2005 por no disponer de información o ser ésta insuficiente.

— En Canarias la Cuenta General de Fundaciones incluye las cuentas de todas las fundaciones de competencia o titularidad pública de la Comunidad, excepto en 2004, las de la Fundación Canaria para el Instituto de la Democracia parlamentaria y los Derechos Humanos y las de la Fundación Canaria de la Juventud Ideo y en 2005 las de la citada en primer lugar.

— En las Illes Balears de las trece fundaciones públicas que forman parte del sector en 2004 y de las quince que lo forman en 2005 ninguna tiene aprobados sus presupuestos por la Comunidad ni sus cuentas anuales ni la liquidación de su presupuesto están incluidos en la Cuenta General.

— Las fundaciones forman sus cuentas, en la mayoría de los casos, según el modelo previsto en las normas de adaptación del PGC a Entidades sin fines lucrativos (Real Decreto 776/1998, de 30 de abril), de acuerdo con lo que establecen sus estatutos y/o las respectivas normativas comunitarias; sin embargo, a menudo no existe homogeneidad en la elaboración de los presupuestos ni en la rendición de las cuentas, que en muchos casos se presentan incompletas o no se presentan (Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Extremadura, Illes Balears, La Rioja y Región de Murcia), o no se adaptan a lo establecido en sus normativas o no las han adaptado al modelo del R.D. 776/1998 (Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Illes Balears y una en la Región de Murcia).

— Las cuentas anuales de dos fundaciones de Cantabria (Fundación Cántabra para la Incorporación Social (FUNDIS), denominada desde mayo de 2005, Fundación Cántabra para la Salud y Bienestar Social y en 2004 la Fundación Centro Tecnológico de Componentes) no figuran firmados por todos los patronos; tampoco constan debidamente formuladas y firmadas por todos los patronos las cuentas de la Fundación Aragonesa Torralba Fortún (en 2004) y de cuatro de la Región de Murcia (Fundación Orquesta Sinfónica de la Región de Murcia, Instituto Euromediterráneo de Hidrotécnica y Fundación Cluster para la Protección y Conservación del Mar Menor).

— En el conjunto de las fundaciones analizadas se observa un endeudamiento con entidades financieras por al menos 44.648 miles de euros en 2004 y 47.928 miles de euros en 2005, de los que al menos 16.092 miles de euros en 2004 y 18.363 miles de euros en 2005 son endeudamiento a corto; el endeudamiento total se distribuye por Comunidades de la forma siguiente: Andalucía (8.269 y 18.515 miles de euros en 2004 y 2005), Aragón (8.646 miles de euros en 2004 y 7.457 miles de euros en 2005), Cantabria (655 miles de euros en 2004 y al menos 200 miles de euros en 2005); Extremadura (570 y 1.364 miles de euros en 2004 y 2005), la Comunidad Foral de Navarra (2.615 miles de euros en 2004, en 2005 no se aporta información), La Rioja (6.371 y 1.018 miles de euros en 2004 y 2005), el Principado de Asturias (en 2004 sin especificar y al menos 839 miles de euros en 2005), la Región de Murcia (722 y 1.505 miles de euros en 2004 y 2005), la Comunidad Valenciana (16.800 y 17.000 miles de euros respectivamente) y la Ciudad Autónoma de Ceuta (30 miles de euros en 2005). No desglosan en balance los acreedores financieros ni a largo ni a corto plazo, y por tanto no puede obtenerse información al respecto en las Comunidades de: Castilla y León, Castilla-La Mancha e Illes Balears.

— La mayoría de las fundaciones presentan resultados negativos antes de subvenciones corrientes, que se saldan o convierten en positivos después de aplicarlas. Varias fundaciones de Andalucía en 2004 y 2005 no han recibido subvenciones. Presentan fondos propios negativos fundaciones de Canarias (1), de Cantabria (1), de Illes Balears (3 en 2004), de La Rioja (1 en 2005), de la Región de Murcia (3), de la Comunidad Valenciana (2) y de la Ciudad Autónoma de Melilla (1 en 2005).

— Se aprecian deficiencias en la contabilización de subvenciones, al menos, en dos fundaciones de Cantabria, una de Extremadura y dos de Illes Balears que aplican subvenciones de capital como subvenciones corrientes; en Andalucía no existe homogeneidad en el tratamiento contable de las y transferencias corrientes, que en unos casos se registran como aportaciones de los socios para compensación de pérdidas y en otras como ingresos de explotación, sin que la Junta de Andalucía establezca criterios que determinen cuándo se trata de uno u otro supuesto; en Extremadura una fundación registra como ingresos a distribuir en varios ejercicios subvenciones de las que es mera intermediaria entre la entidad gestora y los beneficiarios y en el Principado de Asturias al menos una fundación en 2004 no diferencia las subvenciones de explotación y capital. Dos fundaciones de la Región de Murcia mantienen saldos de excedentes de subvenciones de ejercicios anteriores no aplicados a su finalidad y que deberían de ser reintegrados. En Illes Balears, en ambos ejercicios, se encuentran pendientes de cobro derechos reconocidos en varias fundaciones por importe de al menos 13.085 miles de euros en 2004 y de 21.081 en 2005, en concepto de subvenciones de la Administración General, mientras que esta última sólo reconoce subvenciones a favor de tres fundaciones por 1.161 y 1.681 miles de euros respectivamente. Esto mismo sucede en La Rioja en 2004 y en una fundación de Cantabria en 2005. Se observan también diversas incidencias que afectan al registro del inmovilizado financiero, los deudores y en aportaciones de los socios. En una de las fundaciones de Cantabria se observan discrepancias entre las obligaciones reconocidas y pagadas en 2005 por la Comunidad (307 miles de euros) y los menores derechos reconocidos por transferencias por la fundación por el mismo concepto.

VI. CONSORCIOS PÚBLICOS

El artículo 2.1 h) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, incluye dentro del sector público estatal «los consorcios dotados de personalidad jurídica propia a los que se refieren los artículos 6, apartado 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local..», siempre que cumplan los requisitos que en el artículo al inicio reseñado se señalan. De lo anterior, con las matizaciones que se deducen de las disposiciones adicionales 9.ª y 13.ª de la Ley General Presupuestaria, cabe concluir que los consorcios forman parte del objeto de dicha Ley: «La regulación del régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y control financiero del sector público estatal» (artículo 1 de la LGP).

En el ámbito autonómico, las Leyes de Hacienda de Andalucía y Aragón establecen que los consorcios, sin perjuicio de su legislación especifica, se someterán al control financiero y estarán obligados a elaborar un presupuesto de explotación y capital si percibiesen subvenciones corrientes o de capital.

En la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha se señala que la Junta de Comunidades podrá participar en consorcios con otras Administraciones Públicas y entidades privadas para fines de interés público y social y se regirán por las bases de creación, las cuales respetarán los principios previstos en su Ley de Hacienda.

La Ley de Hacienda del Principado de Asturias, al definir el sector público, incluye a los consorcios y establece que su régimen legal y de funcionamiento será el establecido en su norma de creación.

En las leyes de Hacienda de Madrid y Comunidad Valenciana no se contemplan expresamente los consorcios, pero pueden incluirse en el grupo de «resto de entes del sector público».

Algunas Comunidades Autónomas han regulado el régimen jurídico de los consorcios de manera muy genérica, pero con pleno respeto a la normativa básica estatal recogida en el artículo 6.5 de la Ley 30/1992. Así, entre otras leyes autonómicas reguladoras de estos entes podemos señalar:

— Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

— Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de la organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

— Ley 3/2003, de 26 de marzo de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

— Ley 3/2003, de 15 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

Según datos obrantes en el Tribunal de Cuentas, en 2004 y 2005 constaba información de 114 y 130 consorcios respectivamente. De la información existente, con base en la suministrada por los OCEX, no constan actuaciones fiscalizadoras en relación con los consorcios en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia, Madrid, País Vasco y C. Valenciana. No figuran consorcios en el sector autonómico de La Rioja y de la Comunidad Foral de Navarra.

La Cuenta General de las Illes Balears de ambos ejercicios sólo incluye las cuentas anuales de un consorcio (Consorcio Centro Baleares Europa) de los 11 y 13 consorcios que dependen de la Comunidad en 2004 y 2005 respectivamente.

En general debe de insistirse en la necesidad de completar y delimitar con precisión el registro de entidades que conforman el sector público autonómico, especialmente en el caso de los consorcios, dada la variedad de entidades consorciadas, que dificulta la adscripción de los mismos al correspondiente sector local o autonómico.

Las cuentas rendidas por los Consorcios, que se relacionan a continuación, se presentan con frecuencia incompletas:

Cantabria 2004-2005 (2): Consorcio Feria de Muestras de Cantabria y Consorcio Museo de Cantabria, el primero elabora las cuentas conforme el PGC en lugar de hacerlo según el PGCP que le es de aplicación según sus Estatutos, y el último no ajusta la rendición de cuentas a ningún plan contable.

Extremadura 2004-2005: (3) Consorcio Ciudad Monumental Histórico-Artístico y Arqueológico de Mérida, Consorcio para la Gestión del Centro de Cirugía de Mínima Invasión y Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción, las Memorias no contienen la documentación exigida por la normativa contable que les es de aplicación.

En 2005 (1) Consorcio Institución Ferial Feval-Feria de Muestras de Extremadura no presenta la Memoria que permita completar e interpretar los estados financieros.

Región de Murcia 2004-2005: (1) Consorcio para el Desarrollo de la Comarca del Noroeste. Las Memorias del resto de consorcios que han rendido cuentas y han tenido actividad están incompletas, no informando en ningún caso de, entre otros, los gastos contraídos con cargo a ejercicios futuros.

En Extremadura, en 2005, las cuentas de dos consorcios no figuran aprobadas por los órganos competentes: Consorcio Teatro López de Ayala de Badajoz y Consorcio Gran Teatro de Cáceres, las del primero tampoco figuran aprobadas en 2004. Sucede lo mismo en ambos ejercicios en dos consorcios de la Región de Murcia (Consorcio Centro Turístico de Talasoterapia de San Pedro del Pinatar y Consorcio para la Cooperación Técnica Económica y Administrativa de la Vía Verde del Noroeste), y en 2005, en otro más (Consorcio del Depósito Franco de Cartagena). Un consorcio de Illes Balears (Consorcio Aubarca-es Verger) no tiene aprobado por órgano competente el presupuesto de 2004 ni su liquidación.

En el Principado de Asturias, en ambos ejercicios, el Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime no presenta la liquidación del presupuesto adaptado a sus estatutos; en el balance no figura ningún inmovilizado, pues está constituido exclusivamente por tesorería.

En Extremadura dos consorcios (Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana en 2004 y Consorcio Institución Ferial Feval-Feria de Muestras de Extremadura en 2005) no han presentado los informes de auditoría sobre las cuentas anuales a que obligan sus estatutos. Dos consorcios de esta Comunidad presentan saldos de Tesorería negativos, contrarios a su naturaleza (el Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana en ambos ejercicios y el Consorcio Museo Vostell-Malpartida en 2004). En la Región de Murcia durante 2004 y 2005 no han sido objeto de auditoría ni de control financiero ninguno de los consorcios, exceptuando dos de ellos: Consorcio del Depósito Franco de Cartagena y Consorcio Agencia para el Desarrollo de la Comarca del Noroeste.

En Illes Balears, seis consorcios en 2004 y nueve en 2005 incumplen la dotación limitativa de los gastos corrientes y de capital. Presentan fondos propios negativos un consorcio de Cantabria en 2004 y cinco consorcios de las Illes Balears en 2004 y siete en 2005; de los mismos, el 63 % en este último ejercicio y el 54 % en 2004 corresponden al Consorcio Desarrollo Económico de las Illes Balears.

Respecto a la contabilización de operaciones, en 2004, el Consorcio Hospitalario de Jaca en Aragón y tres consorcios de las Illes Balears han contabilizado indebidamente como transferencias corrientes (y aplicado a financiar gastos corrientes) subvenciones de capital por, al menos, 2.094 miles de euros. En la Región de Murcia, un consorcio ha registrado incorrectamente como transferencias corrientes las aportaciones de los miembros para la adquisición de activos financieros (ampliación de capital de una empresa filial) y otro en Cantabria, en 2005, aplica indebidamente como ingresos del ejercicio la totalidad de las transferencias de capital en lugar de considerarlas como ingresos a distribuir en varios ejercicios.

En las Illes Balears un consorcio ha reconocido obligaciones en 2004 por inversiones sin que se cumplan los requisitos para su reconocimiento y liquidación. En la Región de Murcia dos consorcios han reconocido derechos indebidamente por operaciones de crédito formalizadas y no dispuestas.

En 2005 en las Illes Balears se producen diferencias entre los derechos reconocidos pendientes de cobro registrados por los consorcios y las deudas reconocidas por la Administración General autonómica, en algún caso los derechos pendientes de cobro tienen antigüedad superior a un año. En el Balance de tres consorcios en 2004 y dos en 2005, no figuran registrados en el inmovilizado bienes recibidos en adscripción o en cesión de uso temporal por la Comunidad Autónoma.

VII. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA

Análisis de conjunto

El ejercicio 2004 fue el segundo en la aplicación del marco normativo sobre estabilidad presupuestaria que entró en vigor en el Estado español en 2003, consecuente con las medidas acordadas en el «Pacto de Estabilidad y Crecimiento» suscrito por los países de la UE en el Consejo Europeo de Ámsterdam de junio de 1997, en el que los Estados miembros se comprometieron a perseguir en sus políticas presupuestarias el objetivo de equilibrio o superávit, fijando los siguientes límites de referencia: el 3 % del Producto Interior Bruto (P.I.B.) para el déficit público y el 60 % del P.I.B. para la deuda pública.

La incorporación de estos compromisos a nuestro ordenamiento jurídico se concretó en la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, general de estabilidad presupuestaria y en la LO 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la anterior, normas que fueron reformadas por la Ley 15/2006, de 26 de mayo y por la LO 3/2006, de 26 de mayo, respectivamente, lo que aconsejó integrar el marco vigente de la estabilidad presupuestaria en un cuerpo normativo recogido en el Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.

La LO 5/2001, de 13 de diciembre, define los mecanismos de coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas y establece las competencias y compromisos de las Administraciones autonómicas en materia de estabilidad presupuestaria. En este marco regulatorio, el Consejo de Política Fiscal y Financiera se configura como el órgano que asume dicha coordinación y en el Ministerio de Economía y Hacienda se radica la información a recabar de las CCAA sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, así como sobre la deuda pública financiera formalizada por las Comunidades, para la que se crea una central de información dependiente de dicho Departamento.

Para dar cumplimiento a las previsiones legales descritas, el Consejo de Política Fiscal y Financiera adoptó dos acuerdos, el 6 de marzo de 2003 y el 10 de abril de 2003, el primero en relación con el endeudamiento de las CCAA y el segundo en relación con el suministro de información al Ministerio de Economía y Hacienda y al Consejo.

En el análisis de las actuaciones realizadas por la Administración estatal y por las Comunidades y Ciudades Autónomas en el marco de la estabilidad presupuestaria de los sectores públicos autonómicos se han puesto de manifiesto los hechos que se exponen a continuación:

La LO 5/2001, de 13 de diciembre, establece en sus artículos 3 y 11 que las CCAA están obligadas a adecuar su normativa presupuestaria al objetivo de cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria, tanto para el sector de sus Administraciones públicas, como para el sector denominado de mercado, financiado mayoritariamente con ingresos comerciales. En el periodo analizado se ha constatado que, con carácter general, las Comunidades y Ciudades Autónomas no han adoptado medidas legislativas ni administrativas de adecuación de su normativa presupuestaria en el sentido previsto por la citada Ley Orgánica.

Las Cortes Generales aprobaron el objetivo de estabilidad presupuestaria para el conjunto de las CCAA establecido por el Gobierno del Estado para los ejercicios 2004 y 2005, fijado en déficit cero para el 2004 y en déficit equivalente al 0,1 % del P.I.B. nacional para el 2005. El reparto nominal para cada una de las Comunidades y Ciudades Autónomas de dichos objetivos fue acordado por el CPFF en los siguientes términos:

— Ejercicio 2004: déficit cero para todas las CCAA. El acuerdo para este ejercicio fue adoptado con el voto favorable de nueve Comunidades; el voto desfavorable de seis Comunidades —Andalucía Aragón, Castilla-La Mancha, Extremadura, Illes Balears, Principado de Asturias— y con las ausencias de Cataluña, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y Ciudad Autónoma de Ceuta.

— Ejercicio 2005: déficit cero para todas las CCAA, con las excepciones de Cataluña y Galicia, para las que se fijó un déficit del 0,08 % y del 0,01 % del P.I.B. nacional, respectivamente.

El acuerdo para este ejercicio fue adoptado con el voto favorable de siete Comunidades —Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Cataluña y Principado de Asturias—; la abstención de tres Comunidades —Extremadura, Galicia e Illes Balears— y el voto desfavorable de cinco Comunidades —Castilla y León, Madrid, Región de Murcia, La Rioja y C. Valenciana— y de las dos Ciudades con estatuto de autonomía de Ceuta y Melilla.

Según las competencias otorgadas por la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, el cumplimiento del objetivo de estabilidad establecido para el conjunto de las Comunidades y Ciudades Autónomas debe verificarlo la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), debiendo elaborar un informe al respecto; por su parte, el Ministerio de Economía y Hacienda debe informar en el CPFF sobre el cumplimiento individualizado de cada Comunidad y Ciudad Autónoma para los ejercicios analizados. Dicho Centro directivo ha suministrado los datos que se recogen en el detalle siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La necesidad o capacidad de financiación de las CCAA, estimada según el sistema contable europeo de cuentas nacionales y regionales, se ha calculado tomando dos bases contables: la de 1995, que fue la considerada por el Gobierno para la fijación del objetivo de estabilidad de los ejercicios 2004 y 2005 y la base del 2000 que engloba la anterior más la incorporación de nuevos organismos, sociedades mercantiles, fundaciones y consorcios en el sector de las Administraciones públicas autonómicas, entidades que estaban pendientes de clasificación en 1995 siguiendo los criterios establecidos en el citado sistema contable, que es el que deben aplicar los Estados miembros para informar de sus cuentas nacionales a la UE. Al cierre del ejercicio 2005, aún permanecían pendientes de clasificación, en el sentido indicado, un número elevado de entidades de la mayor parte de las Comunidades Autónomas, principalmente sociedades mercantiles, fundaciones y consorcios. La relación nominal de las diferentes personificaciones jurídicas individuales que integran el sector público de cada una de las Comunidades Autónomas, se contiene en el inventario sobre las mismas formado y actualizado, de acuerdo con el mandato establecido en el citado Acuerdo del CPFF de 10 de abril de 2003, y actualmente publicado en las web de cada Comunidad.

Para el ejercicio 2004 la IGAE concluyó que el conjunto de las Comunidades y Ciudades Autónomas habían cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria, dado que el déficit agregado representaba el 0,02 % el P.I.B. nacional. No obstante, diez Comunidades presentaron sus cuentas con déficits o necesidad de financiación, destacando la Generalidad de Cataluña, Galicia y Comunidad Valenciana, lo que motivó que éstas debieran elaborar y presentar planes económico-financieros de saneamiento para reconducir sus cuentas al equilibrio presupuestario, según establece el artículo 8 de la LO 5/2001, de 13 de diciembre, los cuales fueron aprobados por el CPFF.

Respecto al ejercicio 2005, la IGAE concluyó que prácticamente para el conjunto de las Comunidades y Ciudades Autónomas se había cumplido el objetivo de estabilidad, ya que aunque el déficit o necesidad de financiación agregada había alcanzado el 0,3 % del P.I.B. nacional, superior al objetivo del 0,1 %, debía considerarse que el CPFF había aprobado, con posterioridad a la aprobación de dicho objetivo, planes de saneamiento con nuevos déficits incrementados para siete Comunidades –las tres ya referenciadas para el año 2004, más Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León e Illes Balears–, que no fueron rebasados por las mismas.

El acuerdo del CPFF, de 6 de marzo de 2003, estableció los principios y reglas que deben respetar las Comunidades y Ciudades Autónomas en relación con su endeudamiento financiero, normas complementarias y compatibles con la normativa sobre la estabilidad presupuestaria, entre las que se significa que, en situación de estabilidad presupuestaria, al cierre de cada ejercicio, el endeudamiento financiero del sector de autonómico de Administraciones públicas no debía superar el nivel existente al inicio del año. En la revisión de estas actuaciones, realizadas por la Administración estatal y por las Comunidades y Ciudades Autónomas, se han constatado los hechos siguientes:

— El Ministerio de Economía y Hacienda no ha implantado la central de información, de carácter público, sobre las operaciones de endeudamiento financiero concertadas por las Administraciones de las CCAA y demás entidades dependientes de las mismas, prevista en el artículo 10 de la LO 5/2001, de 13 de diciembre. A solicitud del Tribunal, dicho Departamento ministerial ha informado que aún no se había producido el desarrollo reglamentario previsto en el citado artículo.

— En el ejercicio 2004 las Comunidades han acordado con el citado Ministerio el programa anual de endeudamiento previsto en el citado Acuerdo. Por el contrario, en el ejercicio 2005, algunas Comunidades no han acordado los programas de endeudamiento anual, lo que supone un incumplimiento del procedimiento establecido.

— En cuanto al respeto en el periodo analizado del principio de no incrementar la deuda financiera en situación de estabilidad presupuestaria, debe señalarse que, como se recoge más adelante, la mayor parte de las Comunidades y Ciudades Autónomas aumentó su nivel de endeudamiento financiero en los dos ejercicios.

De acuerdo con lo expuesto, debe concluirse que en el periodo analizado, el incumplimiento de las reglas y principios descritos en los incisos anteriores incide negativamente en el rigor y la disciplina necesarios para el control de la deuda pública financiera en las Administraciones autonómicas.

Análisis por Comunidades Autónomas

El análisis del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria por las Comunidades Autónomas presenta los siguientes resultados con base en las actuaciones fiscalizadoras llevadas a cabo:

Las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Cantabria, Extremadura, La Rioja, Madrid, País Vasco, Principado de Asturias, Región de Murcia y Comunidad Foral de Navarra, han cumplido con el objetivo de estabilidad fijado para los ejercicios 2004 y 2005, de acuerdo con los informes emitidos por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).

Las Comunidades Autónomas de Galicia y Cataluña aprobaron los presupuestos del ejercicio 2004 con déficits, y la Comunidad Valenciana y Cataluña liquidaron los presupuestos del ejercicio 2003 con unas necesidades de financiación por encima de los objetivos fijados para dicho año, situación que exigió presentar en el año 2004 un Plan Económico-Financiero para corregir las situaciones de desequilibrio.

— En la Comunidad Valenciana, el Consell elaboró un Programa de estabilidad para el periodo 2005-2007, con el objetivo de alcanzar el equilibrio presupuestario en términos de contabilidad nacional en los próximos años, que fue declarado idóneo por el CPPF.

Los resultados obtenidos en 2004 por el conjunto de la Generalitat Valenciana en términos de contabilidad nacional, de acuerdo con los criterios del SEC-95 y el acta del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 7 de septiembre de 2005, ponen de manifiesto el cumplimiento del objetivo de estabilidad marcado para 2004 en el citado Programa, al situarse el déficit real en 852.000 miles de euros, frente a las previsiones de déficit estimadas en 876.000 miles de euros.

En cuanto al seguimiento del Programa de Estabilidad para el ejercicio 2005, el informe realizado por la Intervención General de la Administración del Estado sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria del ejercicio 2005 cuantificó el déficit de la Comunidad para este ejercicio en términos absolutos en 271.000 miles de euros, mejorando el objetivo previsto en el Programa antes citado para dicho ejercicio que se había fijado en un déficit de 730.000 miles de euros.

— El Plan Económico-Financiero presentado por la Xunta de Galicia para el período 2004-2007 establecía un objetivo de estabilidad cifrado en un déficit de 62.000 miles de euros para el ejercicio 2004, y de 125.000 miles de euros para 2005. De acuerdo con el informe de la IGAE sobre el grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria referido al ejercicio 2004, el déficit en dicho año alcanzó los 98.000 miles de euros, montante superior a las previsiones establecidas en el Programa presentado, incumpliéndose en consecuencia el objetivo fijado para dicho año.

Los resultados obtenidos en 2005 reflejan una necesidad de financiación de 142.000 miles de euros, frente a la previsión antes señalada de 125.000 miles de euros de déficit, que ha originado nuevamente un incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria fijado para dicho ejercicio. Esta circunstancia ha obligado a revisar el Plan en el año 2006 y presentarlo nuevamente al CPFF. En esta revisión, la Comunidad señala como causa del incumplimiento del objetivo de estabilidad la afloración en 2005 de un montante de gastos devengados que no estaban registrados por 403.000 miles de euros.

— La Generalidad de Cataluña, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley orgánica 5/2001, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria presentó al CPFF el preceptivo Plan de saneamiento para los ejercicios 2005-2008 al haber aprobado el Parlament de Catalunya los presupuestos de la Generalitat para el año 2004 en una situación de déficit en términos del SEC-95. En este Plan se recogían las principales medidas correctoras a aplicar en materia de ingresos y gastos y la evolución prevista de los presupuestos durante el período 2004-2008, para alcanzar el objetivo de equilibrio presupuestario en términos SEC’95 en el ejercicio 2008.

La evolución estimada del déficit financiero incluido en el Plan para los ejercicios 2004 y 2005 se cuantificaban en 854.000 y 651.000 miles de euros, que en términos relativos representaba unos porcentajes sobre el PIB estatal del 0,11 y 0,08, respectivamente. Los resultados finales han puesto de manifiesto unas necesidades de financiación de 821.000 miles de euros para el ejercicio 2004 y 700.000 miles de euros en 2005, habiéndose superado las previsiones establecidas para este último ejercicio.

En virtud de lo acordado en el Consejo de Política Fiscal y Financiera de 14 de septiembre de 2004, aquellas Comunidades Autónomas que tuvieran intención de solicitar incrementar su capacidad de endeudamiento estarán obligadas a elaborar un Plan de Equilibrio Económico-Financiero a medio plazo. De este modo, las Comunidades Autónomas de Illes Balears, Castilla León, Castilla La Mancha y Canarias han presentado en el año 2005 los correspondientes Programas Económico-Financieros, habiendo sido declarados idóneos por el CPFF. A continuación se detallan, de forma sucinta, las previsiones de déficit establecidas en los Programas presentados, así como los resultados alcanzados:

— En enero de 2005 el Govern de las Illes Balears presentó un Plan de Equilibrio Económico-Financiero para los ejercicios 2006-2008, con una previsión de déficit para el año 2005 de 386.000 miles de euros. De acuerdo con el informe de la Intervención General del Estado relativo al grado de cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria para el conjunto de Comunidades Autónomas, el conjunto de entidades incluidas en el sector público de esta Comunidad presentaron un déficit de acuerdo con los criterios del SEC’95 de 297.000 miles de euros en 2005, por lo que se ha respetado el objetivo de estabilidad para dicho ejercicio.

— El Gobierno de Canarias presentó en septiembre de 2005 un Plan de Saneamiento Económico-Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias para los años 2005-2008, estimándose que el déficit se situaría en torno a los 120.000 miles de euros en el año 2005. La Administración Autonómica cerró el ejercicio 2005 con un superávit de 20.000 miles de euros, cumpliéndose el objetivo presupuestario establecido para dicho año.

— El Plan de Saneamiento presentado por la Comunidad de Castilla y León fijaba para el ejercicio 2005 un objetivo de déficit estimado de 367.570 miles de euros, que ha sido finalmente cumplido al alcanzar una necesidad de financiación de 340.000 miles de euros.

— Castilla-La Mancha estableció en su Programa una previsión de déficit al cierre del ejercicio 2005 de 294.000 miles de euros, que también ha sido cumplida al obtener para dicho año una necesidad de financiación de 270.000 miles de euros.

Las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla han cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria fijado en los ejercicios 2004 y 2005. En relación con los cálculos realizados para determinar la capacidad de financiación de las Ciudades en el ejercicio 2004, cabe indicar que, en ambos casos, aquellos fueron realizados en base a estimaciones globales, sin detalle específico de las magnitudes afectadas, debido a que la IGAE no recibió en plazo la información establecida en los acuerdos del CPFF.

Por lo que se refiere al desarrollo normativo de las Administraciones Autonómicas para adecuar sus normas presupuestarias al cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria, cabe señalar que las Comunidades Autónomas no han aprobado ninguna disposición legislativa, ni administrativa de adecuación a la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, limitándose en algunos casos (como por ejemplo, Cantabria y Extremadura) a efectuar meras referencias marginales al cumplimiento del objetivo de estabilidad en sus normas de elaboración de los presupuestos o en las Ordenes de cierre de los mismos.

Finalmente, en relación a la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Disposición Final 5.ª de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria, y la Disposición Final 1.ª de la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria a la anterior, establecen que la aplicación de lo dispuesto en dichas leyes de estabilidad se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Concierto Económico, que en sus artículos 48 a 62 desarrolla los principios de coordinación y colaboración en las relaciones financieras con el Estado en materia de estabilidad presupuestaria y establece, entre las funciones de la Comisión Mixta del Concierto Económico, la de acordar los oportunos compromisos en esta dirección. En este sentido es necesario señalar que en los ejercicios fiscalizados no se ha desarrollado ningún acuerdo en la Comisión Mixta del concierto sobre estabilidad presupuestaria.

En cuanto al cumplimiento de las normas complementarias para la consecución del objetivo de estabilidad presupuestaria, en concreto al seguimiento de los principios establecidos en los acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera de 6 de marzo de 2003, en relación con el endeudamiento de las Comunidades autónomas, se pone de manifiesto lo siguiente:

— Incumplen los compromisos respecto de la evolución de la deuda seis Comunidades Autónomas y una Ciudad Autónoma (Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Comunidad Valenciana, La Rioja, Principado de Asturias, Región de Murcia y Ciudad Autónoma de Melilla).

— En las Comunidades Autónomas de Canarias y Extremadura no se toman en consideración todas las entidades clasificadas como administraciones públicas a efectos del cálculo del endeudamiento.

— La Comunidad Autónoma de Canarias cumplió con lo establecido en el Plan Anual de Endeudamiento del ejercicio 2005 según los datos del endeudamiento de las empresas públicas de que disponía el Banco de España, sin embargo, estos datos no son coincidentes con los que figuraban en las cuentas de los entes, según manifiesta la Audiencia de Cuentas de Canarias.

VIII. ENDEUDAMIENTO

El saldo del endeudamiento de las Administraciones Generales ha pasado de 37.235.224 miles de euros el uno de enero de 2004, a 40.752.414 miles de euros el 31 de diciembre de 2004, y a 43.187.868 miles de euros a finales del 2005, lo que supone unas variaciones anuales medias del 9 % y del 6 %. En esta variación destacan en el ejercicio 2004 el incremento del 39 % de Cataluña, seguido del 27 % de Castilla-La Mancha y el 26 % de la Ciudad Autónoma de Ceuta. En 2005 Illes Balears con un 54,4 %, Canarias y Castilla-La Mancha con aumentos del 35,7 % y el 32 %, respectivamente.

En el País Vasco, en cada ejercicio, se reconocen derechos por el importe total de endeudamiento autorizado en las leyes presupuestarias ( 275.000 miles de euros en 2004 y 300.000 miles de euros en 2005), sin que en ninguno de los dos ejercicios se haya dispuesto ni recaudado ningún importe. Se mantienen, en el saldo a 31 de diciembre de 2005, 1.031.900 miles de euros de derechos reconocidos sin disponer.

La deuda pendiente de amortización al final de los ejercicios fiscalizados, así como su evolución durante los mismos, se presenta en los cuadros siguientes:

Cuadro 68.1 Pasivos financieros (2004)

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 68.2 Pasivos financieros (2005)

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Con respecto a las operaciones de endeudamiento formalizadas por las Administraciones Generales de las CCAA y de la imputación al presupuesto de las mismas, destacan las siguientes incidencias:

— Como se indicó en el apartado de ejecución del presupuesto, la contabilización de este tipo de operaciones no se realiza atendiendo a los principios contables públicos en las CC.AA. de Foral de Navarra, La Rioja (en 2005), Madrid, País Vasco, Principado de Asturias, C. Valenciana y en la Ciudad Autónoma de Ceuta. En Andalucía, en ambos ejercicios, se ha ido ajustando el principio de anualidad presupuestaria con autorizaciones más acordes con las necesidades financieras. Tampoco se ajusta a los principios contables públicos la no aplicación al presupuesto, al final del ejercicio, de la variación neta del endeudamiento transitorio de Tesorería en Castilla y León (en 2004), en Madrid, en la Comunidad Valenciana (en 2005) y en Andalucía; esta última al amparo de lo dispuesto en la LGHP de Andalucía, que establece su tratamiento extrapresupuestario.

— La ausencia de sistemas contables auxiliares para el registro de los gastos con financiación afectada impide, con carácter general, pronunciarse sobre la aplicación de los recursos obtenidos a través del endeudamiento a gastos de inversión, tal y como exige el artículo 14.2 de la LOFCA. La Comunidad de Madrid ha suscrito en 2004 un préstamo a corto por 80.727 miles de euros, de los que 17.481 miles de euros financian inversiones; el resto se destina a financiar el presupuesto vigente.

— Andalucía, en 2004, no incluye en el saldo final de la deuda un importe significativo por diferencias de cambio. Por otra parte, en los gastos con financiación afectada no se incluye el correspondiente endeudamiento a largo plazo tal y como establece el documento n.º 8 del PGCP, pese al carácter de afectado que le otorga el artículo 14 de la LOFCA y el artículo 62 de la LGHPA. Tampoco se contabilizan en 2004 en la cuenta de la Deuda 9.610 miles de euros de obligaciones reconocidas relativas a intereses del programa de pagarés.

Se producen mejoras en la información sobre gastos con financiación afectada en 2005, aunque sigue siendo incompleta en lo relativo al seguimiento de estos gastos según lo requerido en el PGCP de la Junta de Andalucía y en el referido documento n.º 8 de los Principios de Contabilidad Pública. Al igual que en 2004, en 2005 no se han contabilizado 25.990 miles de euros de obligaciones reconocidas por intereses del programa de pagarés.

— En Castilla-La Mancha, no se consideran las operaciones de crédito a largo plazo como financiación afectada ni se refleja esta circunstancia en el sistema contable, en contra de lo establecido para el endeudamiento en el n.º 8 de los Principios Contables públicos y en la LOFCA.

— En Cataluña no se clasifican siempre las operaciones de endeudamiento de acuerdo con la Ley de Presupuestos que las autoriza, sino según su similitud con otras operaciones anteriores. La Comunidad ha asumido el endeudamiento de las Universidades Catalanas que ha sido considerado por la Intervención General como una inversión financiera permanente. La Sindicatura no lo considera correcto, por entender que la unificación de la deuda no supone una participación en los entes y, por ello, debe ser considerado como gasto del ejercicio. En este ejercicio la Comunidad asume también el endeudamiento del Servicio Catalán de Salud. En 2005, se cancela la deuda pendiente de este organismo y de las Universidades.

— Galicia aplica en 2004 unos criterios de valoración de las diferencias de cambio, que originan una diferencia entre el valor real de la deuda viva y la valoración contenida en la Cuenta General de 11.643 miles de euros. A 1 de enero de 2005 se detecta una diferencia de 12.700 miles de euros respecto al saldo final del 2004, que es debida al cambio de criterio adoptado en ese ejercicio, al pasar a considerar dichas diferencias como mayor deuda en lugar de cómo gastos financieros.

— La Comunidad Autónoma de Madrid, en contra de lo dispuesto en los artículos 53.1 y 90.5 de la Ley de Hacienda, ha aplicado en 2005 al presupuesto el neto total resultante al cierre del ejercicio de las obligaciones y derechos derivados de las operaciones para la cobertura del riesgo en tipos de cambio o de interés del endeudamiento a largo.

— La Ciudad Autónoma de Ceuta ha sobrepasado en los dos ejercicios fiscalizados los límites al nivel de endeudamiento financiero fijados en el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de marzo de 2003.

— En La Rioja se ha superado en 2.760 miles de euros el límite establecido en la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2005 con la formalización de un préstamo a largo plazo.

— Con base en disposiciones autonómicas, las CC.AA. de Andalucía, con la cuantificación señalada anteriormente, Illes Balears y Principado de Asturias, en contradicción con lo establecido en el documento n.º 5 de los Principios contables públicos, contabilizan los derechos derivados de las operaciones de endeudamiento a largo plazo en el momento de su autorización y formalización, con independencia del importe que se disponga. Estas Comunidades, excepto Illes Balears y País Vasco, reconocen derechos por pasivos financieros no dispuestos en ambos ejercicios. En 2004 en Castilla-La Mancha figura una operación de tesorería formalizada y no dispuesta y en Canarias un crédito a largo plazo formalizado y no dispuesto; además de lo anterior, el Principado de Asturias ha dispuesto en el 2004 el importe de operaciones de crédito concertadas en ejercicios anteriores cuyos derechos se reconocieron entonces y no debieron de registrarse hasta este ejercicio.

— Las Comunidades de Aragón, Foral de Navarra, Galicia (en 2004), Madrid, País Vasco y C. Valenciana, no contabilizan al final del ejercicio los intereses devengados y no vencidos generados por las operaciones de endeudamiento. En esta última Comunidad no se cuantifican los intereses de demora devengados pese a que su importe puede resultar significativo.

— En las CC.AA. de Andalucía, Castilla y León y Madrid (parcialmente), en 2004, no se recogen en los presupuestos de gastos e ingresos las variaciones netas negativas o positivas de las operaciones de endeudamiento a corto plazo, a las que se les da tratamiento extrapresupuestario, en contra de lo dispuesto en los principios contables públicos; en la Comunidad Valenciana las operaciones transitorias de Tesorería no han experimentado variación respecto al ejercicio anterior, por lo que no ha habido reflejo presupuestario. En 2005, la variación neta de estas operaciones de 266.700 miles de euros no se ha aplicado al presupuesto al final del ejercicio.

— Illes Balears ha concertado en 2004 una gestión de pagos con una entidad financiera por importe de 80.000 miles de euros. Esta entidad anticipó el pago a los acreedores y cargó el importe a la Comunidad al vencimiento. Los pagos efectuados por la entidad a 31 de diciembre de 2004, deberían de haberse contabilizado como «Deudas con entidades de crédito» y suponen un incremento del endeudamiento financiero de la Comunidad respecto al 1 de enero de 2004.

— Las Comunidades Foral de Navarra y Valenciana reconocen obligaciones por el importe neto de la variación de las operaciones de endeudamiento a largo plazo, en contra de los principios contables públicos.

— La Rioja, en 2005, compensa los ingresos por disposiciones de préstamos a largo con los gastos derivados de la disminución neta en los pasivos financieros a corto, contraviniendo los principios contables públicos de contabilización del endeudamiento y el principio de no compensación de ingresos y gastos.

— En Madrid, el saldo final de operaciones a corto en 2004 es superior en 233 miles de euros al que presenta el Estado de la Deuda; esta diferencia obedece a que la Comunidad contabiliza por el neto las operaciones de amortización (gastos) y de disposición (ingresos) del ejercicio. En 2005, el estado de la Deuda recoge amortizaciones y disposiciones de pólizas de crédito a corto que se contabilizan en el ejercicio siguiente.

La evolución de los Pasivos financieros desde el ejercicio 2001 al 2004 y del 2002 al 2005 ha experimentado unos incrementos anuales medios del 5 % y del 4 % respectivamente.

Cuadro 69.1 Evolución de Pasivos financieros: ejercicios 2001 a 2004

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 69.2 Evolución de Pasivos financieros: ejercicios 2002 a 2005

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Ha de tenerse presente que, junto al endeudamiento financiero de las Administraciones Generales, existe el de algunos OO.AA. y Entes Públicos.

La Región de Murcia no ha instrumentado ni desarrollado el contenido y la estructura de la información que los OO.AA., empresas públicas y otros entes públicos deben de remitir a la Administración General de acuerdo con lo establecido en el artículo 43.2 de la LP para 2005.

En Aragón las Leyes de Presupuestos de ambos ejercicios autorizan al Gobierno, a los Organismos Públicos y a las empresas públicas la concertación de endeudamiento a corto y largo plazo; sin embargo, sólo aparecen consignadas las autorizaciones de la Administración General y de una entidad pública, a pesar de haberse concertado endeudamiento por empresas públicas en ambos ejercicios. Existen diferencias entre el saldo final de deudas con entidades financieras del balance de 2004 y la información complementaria (resumen de endeudamiento) remitida al tribunal de Cuentas por el Instituto Aragonés del Agua, quien no ha proporcionado información detallada sobre las operaciones de endeudamiento.

El endeudamiento conjunto de las Administraciones Generales y de las Empresas Públicas asciende a 49.516.398 miles de euros en 2004 y a 53.495.306 miles de euros en 2005, según se indica en los cuadros siguientes:

Cuadro 70.1 Endeudamiento financiero (2004)

Administraciones Generales y Empresas Públicas

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 70.2 Endeudamiento financiero (2005)

Administraciones Generales y Empresas Públicas

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

IX. SUBVENCIONES

IX.1 MARCO NORMATIVO

La Ley 38/2003, 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), constituye la regulación general del régimen subvencional, aplicándose casi en su totalidad a cualesquiera Administraciones públicas, pues es básica en su mayor parte. Las subvenciones se rigen, además de por la normativa estatal básica, por la autonómica de desarrollo; las normas sin carácter básico son de aplicación a la Administración del Estado y, con algunas particularidades, a las Corporaciones Locales, sin perjuicio, además, de su aplicación supletoria a las Comunidades Autónomas.

Respecto de las normas autonómicas en materia de subvenciones, pueden destacarse:

En Andalucía, la Ley 5/1983, de 19 de julio, de Hacienda General de la Comunidad (art. 104 y ss) y el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento que regula los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas. Posteriormente la Ley 2/2004, de 28 de diciembre, de Presupuestos para 2005, y la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y financieras (art. 22 y 28).

En Aragón, la Ley 4/1998, de 8 de abril (art. 18), el Decreto 221/1999, de 20 de noviembre, por el que se regula la Concesión de Subvenciones y Ayudas, el Decreto 96/1984, de 29 de noviembre, por el que se regula el sistema de subvenciones no sujetas a convocatoria específica y el Decreto de 26 de noviembre de 1979, por el que se determinan los criterios de la Diputación General de Aragón para el otorgamiento de subvenciones. Por último, la Ley 11/2004, de 29 de diciembre, de presupuestos para 2005 (disp. ad. segunda).

En Asturias, el Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio (arts. 67 a 70) de la Ley de Hacienda y el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, la Resolución de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Hacienda y la Resolución del mismo órgano de 19 de marzo de 2001, que regulan el régimen de garantías para el abono anticipado de subvenciones.

En Canarias, el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Decreto 100/1999, de 25 de mayo, sobre medidas para garantizar el cumplimiento de las normas comunitarias que limitan la concesión de ayudas del Estado.

En Cantabria, la Ley 6/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos para 2005 (arts. 60 a 66).

En Castilla y León, el Decreto 61/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la acreditación, por los beneficiarios, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, el Decreto 15/2003, de 30 de enero, por el que se regulan las condiciones para la presentación de los avales necesarios para el cobro de los anticipos de subvenciones y el Decreto 331/1999, de 30 de diciembre, por el que se regula el Registro de Ayudas. Con posterioridad, el Decreto 80/2005, de 27 de octubre, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión de la Unión Europea de los proyectos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas. Además, el Decreto 28/2004, de 4 de marzo, por el que se determinan los extremos adicionales a comprobar en la fiscalización previa de requisitos esenciales y establece dicho régimen para los gastos correspondientes a subvenciones con convocatoria previa, y el Decreto 24/2004, de 12 de febrero, por el que se establece el procedimiento para la tramitación de expedientes de gasto en determinadas subvenciones.

En Castilla-La Mancha, el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre (arts. 69 a 81), el Decreto 89/2003, de 27 de mayo, sobre presentación de solicitudes de subvenciones, ayudas públicas o prestaciones de servicios sujetos a convocatorias públicas, el Decreto 91/2003, de 3 de junio, de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones y ayudas públicas y la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 13 de junio de 1995, sobre acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para los beneficiarios de subvenciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Por último, el Decreto 274/2004, de 9 de noviembre, por el que se establecen normas para la coordinación de bases reguladoras de subvenciones en el ámbito de la investigación científica e innovación tecnológica.

En Cataluña, el Decreto 314/1990, de 4 de diciembre, sobre procedimiento de comunicación a las Comunidades Europeas de las otorgadas por la Generalitat, y el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Finanzas de Cataluña (arts. 87 a 105).

En Extremadura, el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, está en vigor en 2004. La disposición adicional séptima de la Ley 9/2004, de Presupuestos para 2005, establece que las ayudas públicas con cargo a los presupuestos de la Comunidad se regirán por la normativa del Estado, por lo dispuesto en la LH Pública de Extremadura y en las leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma y el Decreto 64/2005, de 15 de marzo, por el que se adaptan los regímenes de ayudas de la de la Consejería de Economía y Trabajo a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La Comunidad Foral de Navarra, mediante Ley Foral 5/2001, de 9 de marzo, modificó el artículo 18 de la Ley Foral 8/1997, de 9 de junio, reguladora del régimen general para la concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración General y sus organismos autónomos. La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, aprobó una nueva ley de subvenciones, es la Ley Foral por la que se regula el régimen general para concesión, gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos. Posteriormente, la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (D.A. 9.ª).

En La Rioja la Ley 38/2003 y el Decreto autonómico 12/1992, de 2 de abril.

En Madrid, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad, el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas y el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995.

En el País Vasco, los artículos 48 a 53 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, la Ley 7/1997, de 19 de junio, por el que se regula el régimen de subvenciones y ayudas, el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, sobre garantía, reintegro y gestión por medio de entes públicos de derecho privado, sociedades públicas y organismos autónomos. Debe también tenerse en cuenta la Norma Foral de Vizcaya 5/2005, de 31 de mayo, sobre subvenciones.

En la Región de Murcia, se aprueba con fecha 18 de noviembre de 2005, la Ley 7/2005, de subvenciones de la Comunidad, pero entró en vigor el 1 de enero de 2006.

En la Comunidad Valenciana, el Decreto Legislativo, de 26 de junio de 1991, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalidad Valenciana (art. 47). La Ley 9/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización, reguló el silencio administrativo en los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas.

El régimen general de las ayudas y subvenciones en la Ciudad Autónoma de Ceuta en el ejercicio 2005 se encuentra regulado en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad, aprobado por Decreto de la Presidencia, de 14 de enero de 2005.

IX.2 RESULTADOS DE LAS FISCALIZACIONES

El anexo I.4.1 de 2004 y de 2005 recoge las obligaciones reconocidas por las Administraciones Generales de las Comunidades Autónomas, atendiendo a su clasificación económica, por capítulos presupuestarios. Los capítulos 4 y 7 correspondientes a transferencias corrientes y de capital, respectivamente, ascienden a un total de 73.658.563 miles de euros en 2004 y de 81.787.326 miles de euros en 2005, lo que supone un 61 % de las obligaciones reconocidas en ambos ejercicios.

De las obligaciones reconocidas hay que destacar que en el País Vasco el artículo 111 del Decreto Legislativo 1/1994 permite reconocer obligaciones por subvenciones (Capítulos 4 y 7) previamente al cumplimiento de los requisitos establecidos para su exigilidad, por lo que en aplicación de este criterio los importes totales citados en los anexos 1.4.1, en 2004 y 2005 incluyen, al menos, 66.300 y 414.500 miles de euros respectivamente de exceso en obligaciones reconocidas que no cumplen los requisitos para su pago.

En los ejercicios fiscalizados, las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Foral de Navarra y Madrid no analizan, con carácter general, el área de subvenciones; Galicia e Illes Balears no lo analizan en 2005.

Del análisis de las muestras de las líneas de subvenciones gestionadas por las Administraciones Públicas que figuran en los informes de las Comunidades Autónomas, cabe destacar las siguientes observaciones:

— En las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla-La Mancha, Illes Balears, La Rioja, Comunidad Valenciana y Ciudad Autónoma de Melilla, en 2004, algunas órdenes de convocatoria y bases o convenios reguladores presentan defectos de carácter formal en su contenido, no regulando aspectos que la normativa vigente en materia de subvenciones establece como obligatorios, haciéndolo de forma muy genérica. En ocasiones, las bases no recogen criterios objetivos y/o baremos para la selección de los beneficiarios (Cantabria, Illes Balears y País Vasco en ambos ejercicios y en 2004 Extremadura, Galicia, La Rioja, el Principado de Asturias, la Región de Murcia, la Comunidad Valenciana, la Ciudad Autónoma de Ceuta y la Ciudad Autónoma de Melilla), para cuantificar el importe de la subvención (Aragón, Illes Balears, y la Ciudad Autónoma de Ceuta en 2004, País Vasco en 2005 y La Rioja en ambos ejercicios), para determinar los gastos subvencionables o el porcentaje de inversión subvencionable (Ciudad Autónoma de Melilla). En Galicia los criterios de valoración para la selección de los proyectos subvencionables son insuficientes. En la Ciudad Autónoma de Ceuta, en las otorgadas por la Presidencia de la Ciudad, el procedimiento de concesión de las ayudas, en su mayor parte adjudicadas directamente, se limita a la cumplimentación de un informe técnico que propone de forma genérica la concesión o denegación sin fundamentar o motivar objetivamente la propuesta.

— En las líneas de ayudas que contemplan la posibilidad de conceder anticipos no se indican criterios objetivos para la concesión de los mismos, ni consta la exigencia de garantías al beneficiario, a pesar de que alguna contempla anticipos de hasta el 75 % de la subvención (Ciudad Autónoma de Ceuta en 2004). En Galicia en 2004, las cláusulas de algunos convenios establecen un porcentaje de pagos anticipados superior al fijado en la normativa. Estas deficiencias en la regulación de los anticipos suponen un riesgo en la gestión de los fondos públicos. En otros casos no constan los supuestos en que sea admisible la concesión de prórroga a los plazos de justificación ni el procedimiento para su solicitud y concesión (La Rioja). En la Ciudad Autónoma de Ceuta, las bases de convocatoria no regulan expresamente la obligación de justificar documentalmente la aplicación del 25 % de los fondos recibidos, después de haber percibido un anticipo del 75 % del importe de la subvención, lo que supone una debilidad significativa de control interno. Como requisito previo a la concesión de las subvenciones solamente se exige que el beneficiario se halle al corriente del pago de las obligaciones fiscales con la Ciudad.

Con carácter particular se observa lo siguiente:

— En Castilla-La Mancha, en 2004, en diversos convenios reguladores no se prevé ningún sistema por el que se acredite en la fase de justificación el importe, procedencia y aplicación de los fondos propios, subvenciones u otros recursos utilizados en la financiación de las actividades de forma que se garantice lo dispuesto en el artículo 75 del TRLHCM. Tampoco se establece la obligación de los beneficiarios de acreditar, previamente al pago de la subvención, encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, ni la de presentar la documentación que acredite haber realizado el gasto y el pago de la actividad subvencionada. En otros casos no se señala plazo ni forma para la justificación.

— En Illes Balears, en 2004, algunas órdenes de convocatoria no establecen con claridad y precisión el objeto de la subvención o no contienen los plazos de presentación ni la forma de justificación.

— En Extremadura se aprecia la imprevisión de la normativa en relación con los plazos y forma de justificación de los gastos subvencionables. En 2004, en una línea de ayudas concedidas no se prevé la emisión de informes que acrediten el resultado de las valoraciones en los procesos de concesión, lo que impide manifestarse sobre la adecuación de la misma; tampoco se establece el periodo al que deben circunscribirse los gastos subvencionados.

— En el Principado de Asturias, en el 2005, algunas órdenes no establecen el plazo de notificación al adjudicatario ni de publicación de las concesiones en el boletín oficial de la Comunidad, en otras no se regula el plazo máximo para la justificación de los gastos subvencionables, o la justificación exigida es muy genérica, o solamente se exige una memoria, lo que, en alguna línea, ha dado lugar a que las bases de la convocatoria hayan sido informadas desfavorablemente por el Consejo Consultivo.

— En Cantabria, se observan disposiciones reguladoras incompletas, las bases reguladoras no especifican el plazo de justificación ni del cumplimiento de la finalidad de la ayuda por parte del beneficiario. Tampoco recogen ponderaciones para la aplicación de los criterios de concesión.

— En la Comunidad Valenciana, en 2004, en las subvenciones genéricas se observan, con carácter general, discrepancias entre las órdenes de convocatoria y las delegaciones genéricas en al atribución de competencias al órgano concedente para la autorización y ejecución del gasto, no estando claramente diferenciadas en la normativa las competencias para la concesión de la subvención, la aprobación del gasto y la aprobación de los documentos justificativos presentados por los beneficiarios. En alguna línea de ayudas los criterios establecidos en la orden de convocatoria para la valoración de las solicitudes son excesivamente genéricos sin que se concreten en el acta de la comisión evaluadora.

— La Ciudad Autónoma de Ceuta ha concedido ayudas de forma directa en muchos casos sin elaborar ni aprobar bases de convocatorias específicas y sin que se haya realizado la correspondiente convocatoria, por lo que debe concluirse que en la gestión de la actividad subvencionadora no se han respetado los principios de publicidad, concurrencia y objetividad. La Ciudad no ha dado cumplimiento por tanto a los artículos 8.1, 17 y 22 de la Ley 38/2003. El tratamiento contable y la gestión presupuestaria dada en la Ciudad Autónoma a las líneas de ayudas a la vivienda declarada protegida y a la rehabilitación de edificios ha sido heterogéneo, sin adecuarse a la estructura de la clasificación económica prevista en la normativa que les es de aplicación.

— En la Ciudad Autónoma de Melilla, las órdenes de convocatoria de la línea de ayudas a las subvenciones al deporte de 2004 no detallan los requisitos que deben reunir los beneficiarios, ni la obligación de acreditar la solvencia y eficacia, tampoco establecen criterios objetivos de valoración de las solicitudes, ni para la cuantificación de las ayudas, ni la compatibilidad o no con otras ayudas, ni los criterios de reintegro en caso de incumplimiento parcial. En 2005, se subsanan estas deficiencias, si bien, las órdenes de convocatoria siguen sin adecuarse a lo establecido en la Ley 38/2003.

— En Aragón, Castilla-La Mancha (en 2004), País Vasco (en 2005) y Melilla se han adjudicado subvenciones, sin que quede justificado en los expedientes la excepcionalidad o imposibilidad de promover la concurrencia mediante convocatorias de carácter general, ni las razones que motivan la elección del procedimiento de adjudicación directa, incumpliéndose la normativa de las respectivas Comunidades Autónomas, tanto la específica que regula las subvenciones como las correspondientes leyes de Hacienda. En concreto, en el País Vasco las memorias de concesión de 3 subvenciones directas no acreditan que la adjudicación se haya efectuado mediante convocatoria de carácter general y al menos otras 6 no cumplen el requisito de excepcionalidad que caracteriza a las subvenciones directas. Otras varias a ayuntamientos, deberían de haberse tramitado como subvenciones nominativas.

— Las Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha, Illes Balears (en 2004), País Vasco y Ciudad Autónoma de Ceuta han tramitado y concedido subvenciones incumpliendo aspectos de la normativa reguladora o de la legislación vigente. En Cantabria, Castilla-La Mancha, La Rioja (en 2004), País Vasco (en 2004) y Melilla se detectan expedientes de concesión de ayudas en los que no figuran acreditados por los beneficiarios los requisitos y la documentación requerida para la concesión. En 2004, en algunas líneas de Illes Balears y en numerosos expedientes del País Vasco se han concedido para inversiones iniciadas con anterioridad a la fecha de solicitud y en algunos casos ya finalizada, en contra de lo establecido en las bases de las convocatorias o sin que esta posibilidad se contemple en las mismas. En Galicia se libran subvenciones sin que las empresas beneficiarias hayan efectuado la totalidad de los pagos relativos a la inversión y en otros casos no queda acreditada la aplicación de los fondos al fin previsto.

— Con carácter general, se observan expedientes incompletos: en varias convocatorias de Castilla-La Mancha, de Galicia y de la Rioja en 2004 y del Principado de Asturias y de la Comunidad Valenciana en 2005. En algunas convocatorias no queda constancia en la resolución de los criterios utilizados en la selección ni de los resultados correspondientes. En Galicia en 2004, País Vasco en 2005 y C. Valenciana no consta la declaración obligatoria de la concurrencia de las subvenciones solicitadas y/o concedidas para el mismo fin por las distintas Administraciones Públicas. En mas de la mitad de los expedientes tramitados en 2004 en Castilla-La Mancha no figura la consignación presupuestaria, en varios mas no figura la aprobación del gasto, algunas ayudas se imputan al presupuesto en el momento del pago sin que se fiscalicen y contabilicen las fases previas del expediente de gasto en el momento correspondiente. En el Principado de Asturias algunos expedientes de 2004 carecen de informe de fiscalización. Algunos expedientes de Illes Balears carecen de certificados de existencia de crédito. En la Comunidad Valenciana, en 2005, en las líneas de subvenciones nominativas no consta acreditada la personalidad jurídica del beneficiario, ni en algunos casos se ha controlado la adecuada formulación, soporte e imputación de los documentos contables.

— Se han constatado deficiencias en la tramitación de expedientes que afectan fundamentalmente a los procedimientos empleados para la evaluación de las solicitudes en las subvenciones tramitadas por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER), en varios expedientes del País Vasco, en los del Principado de Asturias en 2005 y en dos líneas de ayudas en la Ciudad Autónoma de Ceuta.

— En el País Vasco, las propuestas de resolución de una línea de ayudas en 2004 y de otra en 2005, se han informado desfavorablemente por la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Administración Pública como consecuencia de las deficiencias observadas en las muestras de expedientes fiscalizados. La evaluación de las solicitudes se ha efectuado por una entidad privada sin ánimo de lucro, que a su vez es beneficiaria de subvenciones por proyectos presentados. El pago a esta entidad por la gestión de las ayudas se instrumentaliza como subvención en lugar de realizarse mediante un contrato de consultoría.

— En la Comunidad Valenciana en las líneas de subvenciones nominativas o tramitadas mediante convenio en 2005, se observa con carácter general la insuficiente dotación inicial de los créditos presupuestarios que son inferiores al gasto real. En 2004, en las subvenciones de líneas genéricas, las resoluciones de algunas convocatorias no determinan ni el importe concedido ni el plazo máximo de presentación de instancias.

— Se evidencian con frecuencia deficiencias y debilidades en los procedimientos de gestión de las ayudas. En Extremadura y en el País Vasco (2004) se han producido demoras de hasta dos ejercicios en la resolución de la concesión de algunas subvenciones; en La Rioja (en 2005) se observan incumplimientos en los plazos de notificación establecidos en la correspondiente normativa reguladora. No queda constancia de la comprobación de la concurrencia con otras ayudas públicas en las tramitadas en Galicia, Illes Balears, País Vasco, Principado de Asturias y Región de Murcia.

— Se han producido incumplimientos de la obligación de publicar las subvenciones concedidas, en Illes Balears y en el País Vasco en 2004, o deficiencias en la publicación en algunas de Castilla-La Mancha en el 2004 y del Principado de Asturias en 2005.

— Se han puesto de manifiesto deficiencias en la concesión de prórrogas en el País Vasco en 2005, cuando se incumplen los plazos de ejecución de algunos proyectos subvencionados y no se justifican los retrasos ni se deja constancia en los expedientes de las prórrogas solicitadas.

— En numerosas comunidades se han constatado debilidades en los procedimientos de control por parte de las Administraciones en la verificación de los requisitos exigidos a los beneficiarios (Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Región de Murcia, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla, en Illes Balears en 2004 y en País Vasco y C. Valenciana en 2005) tanto en la evaluación técnica como en la falta de justificación suficiente y adecuada de la aplicación de la subvención al objeto subvencionado, de la comprobación de los gastos justificados y, en algunos casos, de los plazos exigidos para la justificación, tampoco se controlan adecuadamente los reintegros que los beneficiarios deberían de realizar por las subvenciones no aplicadas.

Con carácter particular se aprecian las siguientes deficiencias en el control de las justificaciones:

— En La Rioja, en las subvenciones concedidas, sin concurrencia, a los ayuntamientos en 2004 para la dotación de equipamientos y la realización de atenciones especiales y urgentes, no se ha habilitado un procedimiento para el seguimiento de la aplicación efectiva de las subvenciones concedidas al objeto subvencionado. En esta Comunidad y en la Región de Murcia, en las ayudas integradas en los programas de inversión en economía social, los órganos gestores no han implantado un sistema de control sistemático de verificación del mantenimiento de las inversiones durante el período establecido en la convocatoria y en la permanencia de los bienes financiados en los servicios públicos durante los periodos establecidos en las bases reguladoras. Por otra parte, la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER), tampoco ha establecido un procedimiento para comprobar el cumplimiento de los beneficiarios en las líneas en las que se adquieren compromisos temporales de mantenimiento del empleo y de las inversiones.

— Igualmente, en Extremadura, Región de Murcia y en la Ciudad Autónoma de Melilla en 2004, se han detectado deficiencias en la verificación del mantenimiento de los requisitos para ser beneficiario y ausencia de actuaciones de inspección sobre los mismos.

— En Castilla-La Mancha, Galicia, Illes Balears y País Vasco en 2004, y en algún caso en el Principado de Asturias en ambos ejercicios, los justificantes aportados no cumplen los requisitos exigidos por la normativa o por las bases reguladoras de la subvención. En algunos casos las facturas justificativas tienen fecha anterior a la solicitud de la subvención (Illes Balears), en otros los importes percibidos por los beneficiarios no están justificados o lo están deficientemente (La Rioja). En algunas subvenciones concedidas directamente, sin concurrencia (Extremadura en 2004), o en las respectivas convocatorias (en la Ciudad Autónoma de Melilla en ambos ejercicios), no se aporta la totalidad de los justificantes exigidos en los convenios. En las subvenciones a ayuntamientos en la Región de Murcia se limita a un certificado de los pagos efectuados desglosado por partidas subvencionadas emitido por los interventores municipales, sin que consten documentos justificativos de los pagos efectuados, lo que no acredita la aplicación de las ayudas a la finalidad para la que se concedieron.

— En Cantabria se han detectado en la gestión de las ayudas algunos expedientes con una insuficiente justificación de los gastos subvencionados.

— En Extremadura, en la convocatoria de una línea de ayudas de 2004, el sistema de justificación y control establecido por la normativa supone el riesgo de estar subvencionando gastos todavía no pagados en el momento de la certificación al FSE, en contra de lo dispuesto en el Reglamento 448/2004, de la Comisión Europea. En algún caso no se han justificado gastos de Seguridad Social, pese a haberse reclamado los justificantes al beneficiario, por lo que éste debería de proceder a reintegrarlos. No se establece un criterio uniforme en los plazos de justificación dejándolo a criterio de los beneficiarios, lo que conlleva el riesgo de que se solapen facturas justificativas de dos ejercicios consecutivos. En algunos casos los beneficiarios han incumplido la obligación de comunicar la concesión de otras ayudas.

— En Illes Balears, en 2004, se han detectado graves debilidades de control interno en la justificación, especialmente en los casos de concurrencia de subvenciones. Algunos expedientes presentan deficiencias en la justificación de la actividad subvencionada.

— En el País Vasco en 2005, en los expedientes fiscalizados de una línea de subvenciones gestionadas por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación no consta el control de los proyectos establecido en su normativa reguladora ni han sido revisadas las facturas justificativas, entre otros motivos porque los plazos de justificación establecidos en la convocatoria son insuficientes impidiendo su cumplimiento.

— En la Región de Murcia, en la línea de ayudas a Programas de Economía Social, gestionadas por la Consejería de Trabajo, se ha constatado la omisión en las órdenes de convocatoria de la exigencia de aportar en la justificación diversa documentación(entre otra, la memoria económica de los proyectos de inversión, los estados financieros de los últimos ejercicios de las empresas solicitantes) y de la especificación de que el otorgamiento de las mismas se hace bajo la denominada regla de mínimos, lo que ha dado lugar a que la Administración de la Comunidad haya tenido que eliminar las certificaciones de los expedientes afectados cofinanciados por fondos europeos (FEDER y FSE). También presentan diferencias los plazos establecidos para la justificación en las órdenes de convocatoria y los contenidos en la legislación estatal, que son de obligado cumplimiento.

Asimismo, en esta línea se han puesto de manifiesto deficiencias significativas en un elevado número de expedientes, que afectan a la justificación y cumplimiento por los beneficiarios de la finalidad dada a los recursos recibidos, lo que ha motivado, por una parte, que la Administración Autonómica haya tenido que contratar dos empresas privadas para realizar las verificaciones oportunas, y por otra, que dichas deficiencias hayan dado lugar a la tramitación de numerosos expedientes de reintegro, estando pendientes de comprobación, a la finalización del trabajo de campo de la fiscalización, un elevado número de los expedientes de los citados ejercicios.

— En la Ciudad Autónoma de Ceuta las bases de ejecución de los presupuestos anuales prohíben expresamente el otorgamiento de subvenciones a un beneficiado con cargo al presupuesto de más de una Consejería, sin embargo la Administración no ha establecido ningún mecanismo de control que permita verificar su cumplimiento. No se ha realizado ningún control financiero sobre las subvenciones concedidas en el ejercicio 2005 que, de acuerdo con las bases de la convocatoria, permita comprobar la aplicación de los fondos percibidos a la finalidad de las subvenciones. En las subvenciones de carácter social la documentación aportada para acreditar y justificar la aplicación de las ayudas concedidas se limita a una memoria en que se especifican las actividades realizadas sin que conste soporte documental que acredite fehacientemente los gastos en los que se ha incurrido.

X. AVALES

Los siguientes cuadros recogen la evolución en los ejercicios 2004 y 2005 de los avales otorgados por las Administraciones Generales.

Cuadro 71.1 Avales (2004)

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 71.2 Avales (2005)

Administraciones Generales

miles de euros

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las fiscalizaciones efectuadas ponen de manifiesto lo siguiente:

— Al igual que en anteriores ejercicios, la Comunidad Foral de Navarra no aporta información ni en 2004 ni en 2005 sobre el número de avales a los que corresponden los importes de existencias iniciales y finales del ejercicio. En la Comunidad de Madrid no se analiza este área ni aporta información sobre avales en ninguno de los dos ejercicios. En Galicia en 2004 y en la Comunidad Foral de Navarra en 2005 no se analiza este área.

— No se ha recibido la información solicitada del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA) ni de la Dirección General de Finanzas y Hacienda del Principado de Asturias en relación con el seguimiento de un aval atendido por la Comunidad Autónoma en 1997 por un total de 962 miles de euros. La Comunidad ha informado en 2004 que en el 2002 se dio de baja por incobrable otro aval de 1995, por 601 miles de euros, sobre el que se venía reiterando información. La situación del avalado no ha permitido la recuperación del pago atendido.

— Los avales de tesorería concedidos por la Comunidad Autónoma de Canarias al Consorcio Sanitario de Tenerife tienen un saldo final en 2004 y 2005 de 81.347 y 110.920 miles de euros, lo que representa el 61 % y el 68 % respectivamente de los avales vivos. Como hechos posteriores, en 2006, la Ley de Presupuestos prevé la asunción por la Administración Autonómica del endeudamiento del Consorcio, quedando los avales sin efecto al coincidir la condición de avalista y avalado.

— En términos absolutos los mayores importes en existencias finales de avales corresponden en ambos ejercicios a la Comunidad Valenciana y Cataluña. En la Comunidad Valenciana se han formalizado avales por 849.957 y 705.351 miles de euros y en Cataluña por 295.966 y 1.745.143 miles de euros en 2004 y 2005 respectivamente.

— Aragón ha superado en la concesión de un aval a una empresa el límite establecido en el artículo 31 de la Ley de Presupuestos de 2005.

— En Cantabria la información incluida en los estados sobre movimiento y situación de los avales concedidos no se adapta a la exigida por el PGCP, ya que no recoge información sobre fechas de vencimiento ni la normativa y finalidad que han servido de base a la concesión de los avales. Las existencias finales de avales concedidos a empresas lácteas a 31 de diciembre de 2004 y 2005, no reflejan la baja por un aval fallido de 242 miles de euros, por lo que están sobrevaloradas en ese importe.

— En Extremadura, la Memoria de la Cuenta General en ninguno de los dos ejercicios incluye información sobre finalidad, fecha de vencimiento y normativa que sustenta la concesión y que el PGCP requiere en materia de avales.

— En la Comunidad Foral de Navarra el saldo vivo de avales a 31 de diciembre de 2004 asciende a 57.563 miles de euros. Sin embargo los avales formalizados pendientes de cancelación a dicha fecha alcanzan la cifra de 72.432 miles de euros.

— En Illes Balears, se ha avalado en 2005 a dos empresas públicas (SEMILLA y FOGAIBA) préstamos por un total de 16.009 miles de euros para llevar a cabo actividades, principalmente de naturaleza corriente, que previamente realizaba la Administración General a través de la Consejería de Agricultura. Mediante estas operaciones se está financiando gasto corriente con deuda a largo plazo, eludiendo la limitación del Texto Refundido de la Ley de Finanzas que sólo permite concertar deuda para financiar inversiones.

— Galicia no incluye en el estado de avales ni en la Memoria de 2005 la situación de los avales financieros concedidos por el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE), a pesar de ser la Administración General quien responde de los riesgos procedentes de los avales fallidos. La dotación del Fondo de Garantía de avales, incluida en el capítulo 8 (activos financieros) del presupuesto de gastos de la Administración General no se realiza en función de los riesgos anuales existentes y de su valoración.

— Las Cuentas Generales de Ceuta de 2004 y 2005 no incluyen, al igual que en ejercicios anteriores, los estados de avales otorgados, información facilitada posteriormente durante la fiscalización. En la Ciudad Autónoma de Melilla al final de los ejercicios fiscalizados no consta la existencia de avales vivos.

Respecto de los datos sobre el riesgo vivo por avales facilitados por las Comunidades Autónomas, se destaca lo siguiente:

— Al riesgo vivo por avales de las Administraciones Generales habría que añadir, en su caso, los asumidos por los OO.AA., entes públicos y empresas públicas, que se indican en el correspondiente epígrafe.

— Andalucía no reconoce, ni en 2004 ni en 2005, en el capítulo 8 de ingresos los derechos por la reclamación a las empresas de los avales fallidos atendidos por la Comunidad.

Una empresa andaluza no ha atendido ninguno de los vencimientos de amortización e intereses de los ejercicios 2000 a 2003 que ascienden a un total de 9.789 miles de euros, a los que ha tenido que hacer frente la Junta de Andalucía, a la vez que ha iniciado las acciones judiciales pertinentes. En 2005 se efectúan retenciones de crédito por 9.410 miles de euros para atender estos impagos.

La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), no proporciona información ni en 2004 ni en 2005 sobre posibles ingresos por reintegros, como consecuencia de los derechos que surgen al atender el pago de los créditos avalados.

— En Aragón, al igual que en ejercicios anteriores, existen discrepancias entre los datos suministrados por la Diputación General de Aragón y el Servicio de Promoción Económica (que son coincidentes) y las cifras de la contabilidad extrapresupuestaria de la Comunidad.

— En Canarias destaca el elevado riesgo de los avales concedidos a un consorcio; de los 162.375 miles de euros de avales vigentes a 31 de diciembre de 2005, 110.900 corresponden al mismo.

— En Cantabria el riesgo vivo por avales al final de 2004 y 2005 asciende a 6.013 y 40.029 miles de euros, respectivamente. A estos importes habría que añadir el asumido por la empresa pública autonómica Sociedad para el Desarrollo de Cantabria, S.A. (SODERCAN) y por la Sociedad de Garantía Recíproca de Cantabria (SOGARCA) de la que es socio protector la Comunidad y cuyos saldos a 31 de diciembre de 2005 son 31.502 miles de euros y 22.483 miles de euros, respectivamente.

— En Cataluña, durante el ejercicio 2004, el riesgo por avales ha pasado de 2.172.694 a 2.098.457 miles de euros, en los que no se incluyen 96 miles de euros que han sido reclamados por la entidad prestamista a la Generalidad para su pago. A 31 de diciembre de 2005, el riesgo asciende a 3.539.735 miles de euros, en el que tampoco están incluidos 95 miles de euros por la misma causa.

— En la Cuenta General de Galicia figura registrado al final de 2005 un aval con vencimiento total en 1989 y saldo de 236 miles de euros, importe este que se corresponde con el reclamado en 1987 por las entidades financieras. A 31 de diciembre de 2005, el riesgo asumido por los saldos pendientes de vencimiento por las operaciones formalizadas por el IGAPE ascendía a 108.192 miles de euros.

— En Illes Balears el riesgo vivo por avales a 31 de diciembre de 2005, que figura en la Cuenta General (636.181 miles de euros), debería de aumentarse en 231 miles de euros, como resultado de la actualización del tipo de cambio de un aval concedido a un ente público.

— En el Principado de Asturias, el riesgo vivo por avales asciende en 2004 y 2005 a 86.592 y 82.307 miles de euros, de los que 3.328 y 98 miles de euros, respectivamente, corresponden a avales de tres empresas vencidos y pendientes de pago en ambos ejercicios. Gran parte de los avales concedidos por la Administración del Principado durante el ejercicio 2004 presentan elevado riesgo de que, ante la imposibilidad de que los prestatarios atiendan el pago de la deuda, la Comunidad tenga que hacer frente finalmente a los préstamos avalados.

Además de los riesgos derivados de los avales vivos que figuran en los cuadros núms 37.1 y 37.2, la Comunidad tiene asumidos riesgos procedentes de los afianzamientos vigentes con cargo al Fondo Patrimonial de Garantías con sucesivos compromisos de aportación que han sido destinados a compensar el abono de avales fallidos de una empresa de astilleros. En caso de tener que hacer frente a los afianzamientos en vigor otorgados por este Fondo, que ascienden a 111.947 miles de euros a final del 2004, la aportación de la C.A. al Fondo, al producirse el impago del crédito por esa empresa, debería ser proporcional a las aportaciones de la Sociedad Pequeños y Medianos Astilleros, Sociedad de reconversión, S.A., según el convenio suscrito con esta Sociedad partícipe del Fondo. La Comunidad ha registrado y abonado 2.803 miles de euros en el 2005, lo que supone un exceso de 1.300 miles de euros respecto a los compromisos adquiridos. No ha sido posible concluir sobre los posibles riesgos derivados de los afianzamientos vigentes a 31 de diciembre de 2005 con cargo al Fondo Patrimonial de Garantías. Estas aportaciones se han venido contabilizado indebidamente como aportaciones para compensación de pérdidas, cuando lo correcto hubiera sido registrarlas como pérdidas del ejercicio por gastos extraordinarios.

— En el País Vasco, el saldo final de avales ejecutados pendientes de cobro asciende en 2004 a 45.800 miles de euros y a 46.200 miles de euros en 2005, de los que 44.500 miles de euros en 2004 y 45.700 miles de euros en 2005 son de ejercicios anteriores. Ambos importes se consideran de difícil cobro y se han provisionado en un 98 % y por la totalidad en los respectivos ejercicios. La Comunidad ha deducido como contingencias para el cálculo del remanente de tesorería disponible 45.000 y 46.228 miles de euros que se corresponden con los avales ejecutados pendientes de cobro en 2004 y 2005 respectivamente.

— En la Comunidad Valenciana, se observa un incremento importante del riesgo por avales en 2004 y 2005, que ha pasado de 1.502.348 miles de euros en 2003 a 2.186.200 miles de euros en 2004 y a 2.916.100 miles de euros en 2005.

— Al cierre de 2004 y de 2005 los avales formalizados por la Ciudad Autónoma de Ceuta presentan un riesgo vivo de 44.193 miles de euros y 47.272 miles de euros, respectivamente, y corresponden en su totalidad a afianzamientos solidarios de operaciones de crédito formalizadas por OO.AA. y Empresas públicas autonómicas. La empresa pública PROCESA ha otorgado en 2004 un aval a favor de una sociedad filial por importe de 600 miles de euros que, al cierre de 2005, presenta un riesgo vivo de 464 miles, correspondiente al capital vivo de un préstamo formalizado en 2004.

— Durante el ejercicio 2004 se han atendido pagos por avales ejecutados en las CC.AA. de Andalucía (al menos por 9.789 miles de euros (además de los atendidos por el Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IFA), Aragón (por 107 miles de euros en 2004 y con la reclamación de una entidad financiera a la Diputación General de Aragón de 510 miles de euros correspondientes al saldo deudor, en 2005, de un préstamo avalado en 2004),Castilla y León (1.747 miles de euros, habiéndosele requerido el pago de 168 miles de euros más). En 2005, Galicia ha realizado pagos por avales fallidos por 544 miles de euros, y el Principado de Asturias por 2.134 miles de euros. Cataluña tiene reclamados y aún no pagados 96 y 95 miles de euros de 2004 y 2005 respectivamente y la Comunidad Foral de Navarra ha contabilizado el abono de avales impagados en el ejercicio 2004 por 1.119 miles de euros. En Canarias han resultado impagados tres avales en cada ejercicio por un total de 145 y 333 miles de euros, respectivamente en 2004 y 2005. En Galicia el importe de los pagos realizados desde el inicio del programa de avales en 1994 asciende a 26.540 miles de euros de los que 20.194 miles de euros (76 %) son avales fallidos en concepto de tasa suplementaria (cuota láctea), sobre los que se acordó no ejercitar las acciones de reclamación. En ninguno de los ejercicios se han producido ingresos por reembolsos de avales fallidos en las Comunidades de Andalucía y Principado de Asturias; tampoco consta la recuperación de ningún importe en Galicia en 2005.

— La mayoría de las Comunidades Autónomas no proporcionan información sobre la recuperación de los avales atendidos, por lo que no consta la realización de actuaciones por los órganos competentes para la recuperación de los pagos atendidos por avales fallidos. Tampoco existe constancia de que se promueva la presentación de garantías que permitan el reembolso en el caso de que la Administración deba de atender el pago de las cantidades avaladas.

XI. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

El Tribunal de Cuentas ha fiscalizado directamente la contratación de las Comunidades Autónomas que no tenían constituido OCEX en alguno de los ejercicios fiscalizados y de la Ciudad Autónoma de Melilla. De acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 39 de la LFTCu, se han fiscalizado contratos administrativos seleccionados de entre los siguientes:

a) Contratos de obras adjudicados mediante subasta de importes superiores a 601.012 euros.

b) Contratos de obras adjudicados por concurso de importes superiores a 300.506 euros.

c) Contratos de obras adjudicados mediante procedimiento negociado de importes superiores a 150.253 euros.

d) Contratos de suministro y de asistencia o consultoría de importes superiores a 150.253 euros, cualquiera que fuese el procedimiento o la forma de adjudicación utilizados.

Cuadro 72.1 Contratos del ejercicio 2004 examinados por el Tribunal de Cuentas

(en miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cuadro 72.2 Contratos del ejercicio 2005 examinados por el Tribunal de Cuentas

(en miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La fiscalización de contratos realizada por este Tribunal ha tenido como finalidad la comprobación del sometimiento de los mismos a los principios de legalidad, eficiencia y economía, y comprende los distintos momentos de la preparación, tramitación del expediente, procedimiento de adjudicación, afianzamiento, formalización, ejecución, modificación y extinción de los contratos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40.1 de la LFTCu aunque la fiscalización de la ejecución de los contratos adjudicados en este ejercicio cuyo plazo de ejecución excedía del mismo se ha limitado a la parte ejecutada de acuerdo con los documentos remitidos a este Tribunal hasta el momento de elaboración de los correspondientes Informes territoriales y no comprende, por tanto, en algunos casos, su finalización.

En los siguientes cuadros, figuran los datos de los contratos examinados de las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Aunque se aprecia una significativa heterogeneidad en el tratamiento que se ha otorgado a este área en los Informes redactados por los diferentes OCEX, se observan algunas coincidencias generalizadas en cuanto a las deficiencias, irregularidades o anomalías detectadas tanto por el Tribunal de Cuentas como por los OCEX.

No obstante, para poder valorar adecuadamente los resultados de la fiscalización de contratos públicos en el conjunto de las Comunidades Autónomas y en relación con los informes correspondientes a los ejercicios 2004 y 2005 remitidos a este Tribunal por los diferentes OCEX o publicados en sus respectivas webs, es preciso tener en cuenta lo siguiente:

— La Audiencia de Cuentas de Canarias no ha fiscalizado la contratación administrativa de su respectiva Comunidad Autónoma.

— El contenido de los informes de la Cámara de Comptos de Navarra sobre la Administración de la Comunidad Foral se limita a exponer datos descriptivos sobre los contratos adjudicados, facilitados por el Registro Público de Contratos y a efectuar recomendaciones generales sobre la contratación administrativa, sin figurar, por tanto, observaciones sobre deficiencias, irregularidades o anomalías observadas en los expedientes de contratación, a diferencia del tratamiento otorgado a la Universidad y las empresas públicas de la Comunidad Foral, sobre las que constan resultados de la fiscalización de sus respectivos contratos.

— El contenido de los informes de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña se limita a exponer datos descriptivos sobre los contratos adjudicados, facilitados por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa y por el Registro Público de Contratos de la Comunidad Autónoma, además de los resultados de contraste de los datos aportados por la Administración General y los aportados por la mencionada Junta en relación con el fomento de los objetivos sociales en la contratación. No constan, por tanto, resultados ni observaciones sobre deficiencias, irregularidades o anomalías observadas en los expedientes de contratación.

— La fiscalización realizada por la Cámara de Cuentas de Andalucía correspondiente al ejercicio 2004 no se extiende a los actos y trámites integrantes de la fase de ejecución de los contratos y se realizó sobre una reducida muestra de cuatro contratos de obras, cuatro de suministro y dos de consultoría, asistencia y servicios, a diferencia de la fiscalización correspondiente al ejercicio 2005, que se extendió a la fase de ejecución y se realizó sobre una muestra de 139 contratos.

— El informe del Consejo de Cuentas de Galicia correspondiente al ejercicio 2005 no contiene resultados de fiscalización de la contratación administrativa, a diferencia del informe elaborado por dicho OCEX para el ejercicio 2004, en el que figuran varias observaciones sobre esta área.

— La fiscalización de la contratación administrativa del Principado de Asturias correspondiente al ejercicio 2004 fue realizada por el Tribunal de Cuentas, mientras que la correspondiente al ejercicio 2005 fue realizada por la Sindicatura de Cuentas del Principado tras la constitución y comienzo de las actividades de este OCEX.

Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, de los informes emitidos por el Tribunal de Cuentas y los OCEX pueden extraerse las siguientes deficiencias, anomalías o irregularidades más frecuentes en la contratación pública:

— Falta de justificación por los servicios promotores de la necesidad de los contratos para el funcionamiento de los correspondientes Servicios públicos o justificaciones carentes de un nivel de concreción razonable.

— Fraccionamiento indebido de la cuantía de los contratos con la finalidad de tramitarlos mediante procedimientos negociados sin publicidad o como contratos menores, según los casos, eludiéndose de este modo los procedimientos y formas de contratación establecidos en la normativa para garantizar el cumplimiento de los principios de transparencia, publicidad y concurrencia, informadores de la contratación pública o los controles y garantías inherentes a los contratos mayores.

— Abuso de la tramitación de urgencia de los expedientes, en muchos casos sin justificarse adecuadamente, que implica la reducción a la mitad de los plazos establecidos en la normativa para la licitación y adjudicación y, en particular, del plazo para presentación de ofertas, lo que, en ocasiones, lleva consigo una restricción de la concurrencia. En otros casos, los tiempos de tramitación de los expedientes acogidos a esta modalidad se han dilatado excesiva e incongruentemente.

— Utilización desproporcionadamente mayoritaria del concurso en detrimento de la subasta, forma ordinaria de adjudicación de obras que se aplicó muy escasamente a pesar de que, por el carácter absolutamente reglado del procedimiento, implicaba un menor riesgo de conculcación de los principios de transparencia y objetividad y de que permitía, generalmente, obtener las mayores bajas sin perjuicio del aseguramiento de los medios, la capacidad y la solvencia de las empresas licitadoras mediante el previo establecimiento de los adecuados requisitos de clasificación y, en su caso, de otros requisitos adicionales mediante la posible utilización del procedimiento restringido, así como de la adecuada calidad en la ejecución mediante la elaboración, replanteo y supervisión rigurosas de los correspondientes proyectos.

— Falta de justificación o justificación inadecuada de la elección del procedimiento y forma de adjudicación de los contratos y, en particular, de los supuestos o de los requisitos legales que permitían la contratación conjunta de proyectos y obras.

— En los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los concursos examinados, los criterios de adjudicación de los contratos no se expresaron con precisión al no establecerse la metodología para su aplicación y para la asignación de las puntuaciones de los correspondientes baremos ni, en ocasiones, con objetividad y se utilizaron como criterios de adjudicación de los contratos aspectos que sólo deben utilizarse para la admisión a las licitaciones, referentes a la valoración de los medios materiales y personales o a la experiencia de las empresas. En algunos casos, se establecieron mayores puntuaciones para los licitadores que acreditaban experiencia o medios vinculados a las respectiva Comunidad Autónoma, lo que resulta contrario a los principios de igualdad y no discriminación, y no siempre se establecieron con precisión límites a las variantes o alternativas que podían ofertar los licitadores, lo que dificultó una valoración homogénea y objetiva de las ofertas. En ocasiones, las adjudicaciones se fundamentaron en informes técnicos de valoración de las ofertas deficientes o incorrectamente motivados.

— Insuficiente valoración en los concursos de las bajas del precio de las ofertas, en los pliegos y/o en los informes de valoración, sin que consten circunstancias que pudieran justificar esta actuación que no es conforme con el principio de economía en la gestión de fondos públicos. Por otra parte, con frecuencia las apreciaciones de temeridad en las bajas ofertadas no se ajustaron a los requisitos legales por no preverse el trámite de audiencia previa a los licitadores afectados para permitirles justificar las bajas ofertadas o por establecerse éstas en función de determinadas cuantías fijas y no de las bajas medias.

— En expedientes tramitados mediante el procedimiento excepcional de emergencia, no se justificó la concurrencia de los supuestos que la normativa requiere para esta tramitación, caracterizada por la absoluta omisión de la publicidad, la transparencia y la concurrencia en la adjudicación de los contratos, así como de los controles y garantías establecidos con carácter general en la normativa.

— En procedimientos negociados sin publicidad, que implican la exclusión de los contratos así tramitados de los principios de publicidad y libre concurrencia, la máxima discrecionalidad en la selección de los adjudicatarios y en los que, además, no suelen obtenerse bajas apreciables, no siempre se justificó la concurrencia de los supuestos legales invocados para su utilización, particularmente, cuando se invocó la existencia de una imperiosa urgencia o de un único empresario capacitado para la realización de las correspondientes prestaciones.

— Incumplimiento del trámite preceptivo establecido en el artículo 87.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que tiene como finalidad dar publicidad a la determinación por la Mesa de la propuesta de adjudicación a fin de que los licitadores disconformes puedan hacer constar observaciones o reservas contra dicho acto y el Órgano de contratación pueda conocerlas y resolverlas antes de adjudicarse el contrato.

— Retrasos en la ejecución de los contratos, particularmente de obras, no siempre amparados en la concesión de prórrogas justificadas y sin que conste la imposición a los contratistas de las sanciones previstas en la normativa; en muchos casos, estas demoras resultan particularmente incongruentes con el hecho de haberse adjudicado los respectivos contratos por concurso a empresas que habían ofrecido reducciones de los plazos de ejecución y en consideración expresa a dicha circunstancia, entre otras.

— Modificaciones de contratos en ejecución, particularmente de obras, que no responden a nuevas necesidades surgidas durante la ejecución sino a imprevisiones y deficiencias en las actuaciones preparatorias de los respectivos contratos primitivos. Las modificaciones se aprobaron sin que, generalmente, conste la práctica de las actuaciones legales para la exigencia de las correspondientes responsabilidades y/o el resarcimiento de los daños y perjuicios causados a las Administraciones. En ocasiones, se tramitaron indebidamente como contratos complementarios algunos que, en realidad, constituyeron modificaciones por contener actuaciones cuya ejecución era absolutamente necesaria e inseparable de las inicialmente proyectadas.

— En contratos de consultoría, asistencia o de servicios, no se justificó con un grado de concreción razonable la imposibilidad de ejecución de las prestaciones con los medios personales o materiales propios de las Administraciones o la conveniencia de no ampliación de los mismos, condición previa necesaria para su celebración, y no siempre se especificaron en los pliegos o en los documentos de formalización las características de las prestaciones que constituyeron sus objetos o los correspondientes plazos de ejecución. En algunos casos, no se han aportado los estudios o cálculos realizados que pudieran fundamentar los presupuestos de licitación, particularmente en contratos de publicidad.

— No se documentaron adecuadamente las recepciones de conformidad de contratos de consultoría, asistencia y servicios y, en ocasiones, se revisaron los precios de los contratos de servicios en función de las subidas salariales pactadas en convenios laborales, lo que contraviene el principio legal de ejecución del contrato a riesgo y ventura del contratista y la preceptiva revisión conforme a fórmulas o índices oficiales de revisión que deben especificarse en los Pliegos, o mediante una incorrecta aplicación del IPC.

XII. CONCLUSIONES

De los resultados expuestos en los apartados anteriores, se deducen las siguientes conclusiones:

1. Las cuentas de las Administraciones Generales de las Comunidades Autónomas han sido rendidas; si bien cuatro de ellas fuera del plazo legalmente establecido. Respecto al resto de entes integrantes del Sector público autonómico, se han rendido fuera de plazo 783 y 843 en cada ejercicio y no se han rendido las cuentas de 87 entes en 2004 y 81 en 2005.

La mayoría de las Leyes de Hacienda de las Comunidades Autónomas coinciden en cuanto al contenido de la Cuenta General respecto de la integración de las cuentas de las Administraciones Generales, de los Organismos Autónomos y de los Entes Públicos con presupuesto limitativo, sin embargo, no hay coincidencia en cuanto a la inclusión de las cuentas correspondientes a las Empresas públicas y otras Entidades (Fundaciones y Consorcios) (Aptdo. II.1).

2. Con carácter general las Comunidades Autónomas han implantado planes de contabilidad pública propios a excepción de la Comunidad Autónoma de Madrid, que no lo hace hasta 2006, la Comunidad Foral de Navarra, que elabora los estados financieros según el Plan General de Contabilidad Pública para el Estado, y el País Vasco, que presentó estados financieros elaborados conforme a un Plan de Cuentas que aún no había sido aprobado. Illes Balears implanta parcialmente su propio Plan General de Contabilidad Pública. Por otro lado, las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla adaptan su contabilidad a la Instrucción de Contabilidad de la Administración Local, conforme a lo establecido en sus respectivos Estatutos. (Aptdo. III.1.2).

3. Los créditos de las Administraciones Generales inicialmente aprobados se incrementaron en un 8 % a través de expedientes de modificación presupuestaria entre los que destacan las generaciones de crédito suponen el 50 % y el 47 % del total del importe modificaciones tramitadas en el ejercicio (Aptdo. III.1.1).

4. Algunas Comunidades Autónomas incluyen indebidamente en sus presupuestos el importe correspondiente a las Corporaciones Locales por su participación en los ingresos del Estado (Aptdo. III.1.1).

5. Como salvedades respecto a la liquidación del presupuesto pueden destacarse (Aptdo. III.1.1.2.1):

— En algunas Comunidades se da un inadecuado tratamiento de las operaciones de endeudamiento debido a que imputan incorrectamente al presupuesto el importe neto de las variaciones de las operaciones de crédito a largo plazo o bien no imputan al presupuesto las variaciones netas de las operaciones de endeudamiento a corto plazo a las que dan tratamiento extrapresupuestario. Además, en algún caso, los derechos derivados de las operaciones de endeudamiento a largo plazo se registran en el momento de su autorización, sin que se produzca la disposición de los fondos en el ejercicio.

— El reconocimiento inadecuado de los derechos en concepto de recursos procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial, al no efectuarse en el ejercicio en que se solicitaron los fondos.

— Se reconocen incorrectamente derechos con base en estimaciones o compromisos de ingresos sin estar acreditado el acto de liquidación de los ingresos correspondientes, circunstancia que destaca en relación con los derechos procedentes de fondos estructurales de la Unión Europea.

— Se incumple el principio contable público de devengo al reconocerse obligaciones sin considerar la corriente real de bienes y servicios que las generan. Igualmente se incumple en el reconocimiento de derechos.

6. Los créditos finales correspondientes al gasto sanitario representan el 33 % y el 32 % de los créditos finales de las Administraciones Generales en 2004 y 2005, respectivamente (Cataluña, 41 % y  39 %; Murcia, 39 % y 38 %; Comunidad Valenciana, 39 % y 40 %, Canarias 38 % y 37 % y Madrid, en 2004, 37 %. Por el volumen de obligaciones devengadas pendientes de reconocer destacan las Comunidades Catalana y Valenciana, con 1.729.527 y 1.240.100 miles de euros en 2004 y con 1.480.720 y 1.129.800 miles de euros en 2005, respectivamente (Aptdo. III.1.1.2.2).

7. La financiación de las Administraciones Generales se compone de recursos percibidos según la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, y de los tributos concertados con la Comunidad Foral de Navarra y el País Vasco (un 77 % y un 80 % del total en 2004 y 2005), de otros recursos percibidos (un 19 % y un 12 %) y de recursos propios (el 8 % en ambos ejercicios). Los recursos percibidos según la Ley 21/2001, se distribuyen entre el fondo de suficiencia (un 24 % y un 23 %), los tributos cedidos (el 28 % en ambos ejercicios), la tarifa autonómica del IRPF y la participación en el rendimiento del IVA (con el 13 % en 2004 y 2005 cada una de ellas) y la participación en los impuestos especiales de fabricación y electricidad (el 8 % en ambos) (Aptdo. III.1.1.4).

8. En cuanto a la situación patrimonial de las Administraciones Generales se observa, entre otros, lo siguiente: Inventarios de bienes y derechos incompletos; bienes sin valorar o indebidamente valorados; no se dotan las correspondientes amortizaciones y en muchos casos no se registran provisiones por la depreciación del inmovilizado financiero; los saldos de deudores y acreedores no están debidamente depurados en cuanto a su posible prescripción. Estas cuestiones condicionan la representatividad de los balances y de las cuentas de resultados económico-patrimonial (Aptdo. III.1.2.1).

9. Los remanentes de tesorería reflejados en las cuentas rendidas suponen un importe agregado de 1.051.067 y 1.776.903 miles de euros en cada uno de los ejercicios. Las salvedades observadas supondrían minorar tales importes en 3.167.601 y 2.429.151 miles de euros, respectivamente, resultando unos remanentes de tesorería agregados negativos en 2.116.534 miles de euros y 652.248 miles de euros (Aptdos. III.1.1.2, III.1.2.1 y III.1.2.3).

Las Comunidades Autónomas carecen, generalmente, de sistemas contables de gastos con financiación afectada; lo que impide conocer las desviaciones de financiación y el remanente de tesorería afectado y pronunciarse sobre la aplicación de los recursos obtenidos a través del endeudamiento a largo plazo para la financiación de las correspondientes inversiones (Aptdo. III.1.2.3.A).

10. Los compromisos de gastos para ejercicios futuros contabilizados ascienden a 54.772.252 miles de euros en 2004 y a 70.457.451 en 2005. En varias Comunidades no se incluye la carga financiera derivada del endeudamiento.

11. Las dotaciones de los Fondos de Compensación Interterritorial consignadas en los Presupuestos Generales del Estado para los ejercicios 2004 y 2005 ascendieron a 1.011.209 y 1.061.815 miles de euros; de este importe, 758.426 y 796.381 miles de euros corresponden al Fondo de Compensación y 252.783 y 265.434 al Fondo Complementario. Estas dotaciones las reciben Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Principado de Asturias, Región de Murcia, C. Valenciana y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Los recursos se han destinado principalmente a inversiones en materia de autopistas, autovías y carreteras, sanidad, vivienda, protección del medio ambiente y educación.

El análisis de la ejecución de las inversiones financiadas con estos recursos se ve limitado por la falta de concreción de gran parte de los proyectos aprobados, así como por la carencia, con carácter general, de un sistema de contabilidad que permita determinar los costes de los proyectos individualizados (Apartado III.2).

12. En el ejercicio 2004 rindieron sus cuentas las 49 universidades públicas, 26 lo hicieron dentro de plazo y 23 fuera de plazo. En el ejercicio 2005, también rindieron sus cuentas las 49 universidades; 36 de ellas lo hicieron dentro del plazo establecido y las 13 restantes fuera de plazo (Aptdo. II.1).

13. Algunas universidades públicas no aprueban los presupuestos antes del inicio del ejercicio, por lo que deben comenzar la gestión con los presupuestos del año anterior prorrogados. En el ejercicio 2004 se dio esta circunstancia en 12 universidades de las 18 objeto de análisis y en el ejercicio 2005 en 9 de un total de 20 analizadas (Aptdo. III.3.3).

14. La media de las modificaciones presupuestarias ha sido, para el ejercicio 2004, el 39,6 % y el 26,8 %, para el ejercicio 2005. El mayor volumen de las modificaciones se produce en el capítulo 6, inversiones reales, con origen en los proyectos de investigación, que presentan grados de ejecución presupuestaria que no superan el 60 % en muchas ocasiones.

Por todo ello, las universidades deberían elaborar con mayor rigor sus presupuestos antes del comienzo del correspondiente ejercicio económico, incluyendo en los mismos toda su actividad docente así como unas previsiones de los proyectos de investigación que se les adjudicarán en el ejercicio y de sus anualidades, de modo que, en su caso, las modificaciones de los créditos presupuestarios iniciales sean las imprescindibles y, en todo caso, debidamente justificadas y acompañadas de la correspondiente financiación (Aptdo. III.3.3.A.1.a).

15. Las obligaciones reconocidas en el periodo 2002-2005, han aumentado a una tasa acumulada anual del 8 %. El crecimiento más significativo se ha producido en el capítulo 6, inversiones reales, con un aumento acumulativo anual del 9 %. En operaciones corrientes este crecimiento ha sido del 7 %; con un aumento acumulado anual en los gastos de personal del 7 %, del 9 % en los financieros y del 5 % en los gastos en bienes y servicios (Aptdo. III.3.3.A.1b).

16. La evolución de las fuentes de financiación para el periodo 2002-2005, presenta un crecimiento acumulado anual del 6,9 %. Las fuentes de financiación propias lo han hecho a una tasa acumulada de crecimiento anual del 4,0 %, mientras que las ajenas lo han hecho a una tasa del 8,0 %, lo que pone de manifiesto que disminuyen las propias y se incrementan las ajenas, fundamentalmente con origen en las subvenciones corrientes (Aptdo. III.3.3.1.c).

17. Los ingresos ordinarios solamente han cubierto un 21,1 % de los gastos de funcionamiento, como media, siendo los más elevados en Cataluña, con un 24,6 %, La Rioja, con un 23,7 %, y Cantabria, con un 23,6 %. Los menores han sido en Canarias, con un 15,7 %, y en Galicia, con un 16,5 % (Aptdo. III.3.3.A.1c).

18. La oferta de plazas se concentra fundamentalmente en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas, con un 41 % de las plazas, seguida de Técnicas con un 30 %. La media de plazas por titulación se sitúa en 133. La demanda se centra, al igual que la oferta, en Ciencias Sociales y Jurídicas y Técnicas, y en 1.er ciclo. el porcentaje medio de plazas ofertadas de nuevo ingreso que son cubiertas por alumnos de nuevo ingreso es del 59 %. Los alumnos matriculados en las universidades objeto de análisis, entre el curso 02/03 y el curso 05/06, evolucionan con una tasa de reducción del 6 % (Aptdo. III.3.3.B.1).

19. La variación del personal de las universidades públicas en el periodo 2002-2005 presenta tasas anuales de incremento acumulado del 2,49 %y 2,34 % para el PDI y el PAS, respectivamente. Se mantiene la tendencia, sin fluctuaciones significativas, a favor de la provisión de puestos de trabajo por personal funcionario, que en el año 2005 representa el 59,46 % de la totalidad del personal cuando en 2002 era del 52,05 %. El 30,2 % y el 31,4 % de los costes de personal, en 2004 y 2005 respectivamente, corresponden a actividades de administración y servicios (Aptdo. III.3.3.B.3).

20. En todas las ramas de enseñanza de las universidades públicas, excepto en Ciencias de la Salud, la media de créditos impartidos por profesor equivalente es inferior a los 24 créditos establecidos en la legislación (Aptdo. III.3.3.B.3).

21. El coste medio estimado de un titulado es de 29.350 euros para los de 1.er ciclo, 42.650 euros para los de 1.º y 2.º ciclo y de 19.550 euros para los de 2.º ciclo (Aptdo. III.3.3.B.4.c).

22. Se mantiene la situación deficitaria del sector empresarial autonómico, lo que motiva la creciente concesión de subvenciones y ayudas públicas y, además, el afianzamiento del endeudamiento financiero de las sociedades participadas (Aptdo. IV).

El endeudamiento financiero de las empresas públicas autonómicas facilitado al Tribunal asciende a 8.763.984 miles de euros en 2004 y a 10.307.438 miles de euros en 2005. En estos importes no se incluyen los correspondientes a las sociedades de Castilla y León y Madrid. Teniendo en cuenta que el saldo final del año 2003 tampoco incluía el del País Vasco, el aumento del endeudamiento financiero interanual se aproxima al 5 % en 2004 y al 17 % en 2005 (Aptdo. IV).

23. Las Fundaciones Públicas de competencia autonómica a pesar de su incremento durante los últimos años, adolecen de un marco jurídico completo y homogéneo dentro del sector público autonómico, en particular en lo relativo a su tratamiento a la hora de confeccionar y rendir cuentas.

24. La legislación autonómica regula de forma muy diversa y heterogénea el régimen presupuestario y de control de los Consorcios administrativos. En la información suministrada por los OCEX no constan actuaciones fiscalizadoras en relación a los Consorcios en Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia, Madrid, País Vasco y C. Valenciana (Aptdos. II.1 y V).

25. El notable número de entes públicos (empresas públicas, fundaciones y consorcios) en las CC.AA., así como el incremento de los mismos que se observa en los últimos ejercicios, requiere una mayor exigencia tanto para justificar la creación de nuevas entidades como para garantizar una mayor eficacia, eficiencia y transparencia en el uso de los recursos públicos (Aptdos. II.1, IV, V, VI).

26. El objetivo de estabilidad presupuestaria para el conjunto de las CCAA se fijó en déficit cero para el 2004 y déficit equivalente al 0,1 % del PIB nacional para el 2005. El reparto nominal para cada una de las Comunidades y Ciudades autónomas fue acordado por el CPFF en los siguientes términos: en 2004 déficit cero para todas ellas y en 2005 para todas a excepción de Cataluña y Galicia, para las que se fijó un déficit del 0,08 % y del 0,01 del PIB nacional.

La IGAE entiende cumplido el objetivo de estabilidad presupuestaria en el ejercicio 2004 en todo el sector público autonómico y en Ceuta y Melilla; no obstante, diez Comunidades presentaron sus cuentas con déficits o con necesidad de financiación, destacando Cataluña, Galicia y la Comunidad Valenciana, que debieron elaborar y presentar planes económicos y financieros de saneamiento para reconducir sus cuentas al equilibrio presupuestario.

La IGAE también concluyó para 2005 que el conjunto de las Comunidades y Ciudades Autónomas había cumplido el objetivo de estabilidad, ya que aunque el déficit o necesidad de financiación agregada había alcanzado el 0,3 % del P.I.B. nacional, superior al objetivo del 0,1 %, debía considerarse que el CPFF había aprobado, con posterioridad a fijar dicho objetivo, planes de saneamiento con nuevos déficits incrementados para siete Comunidades; las tres ya referenciadas para el año 2004, más Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León e Illes Baleares, que no fueron rebasados por las mismas (Apartado VII).

27. El acuerdo del CPFF, de 6 de marzo de 2003, estableció los principios y reglas que deben respetar las Comunidades y Ciudades Autónomas en relación con su endeudamiento financiero, normas complementarias y compatibles con la normativa sobre la estabilidad presupuestaria, entre las que se significa que, en situación de estabilidad presupuestaria, al cierre de cada ejercicio, el endeudamiento financiero del sector autonómico de Administraciones públicas no debía superar el nivel existente al inicio del año.

Prácticamente todas las CCAA aprueban con el Ministerio de Economía y Hacienda en el 2004 los Programas Anuales de Endeudamiento previstos en el citado acuerdo. En 2005, por el contrario, algunas Comunidades no han aprobado dichos Programas. Además, la mayor parte de las Comunidades y Ciudades Autónomas ha aumentado su nivel de endeudamiento financieros en los dos ejercicios (Aptdo. VII).

28. El Ministerio de Economía y Hacienda no ha implantado la Central de información, de carácter público, sobre las operaciones de endeudamiento financiero concertadas por las Administraciones de las CCAA y demás entidades dependientes de las mismas, prevista en el artículo 10 de la LO 5/2001, de 13 de diciembre e instrumento necesario a juicio del Tribunal de Cuentas para el control de la deuda pública financiera del sector público autonómico (Aptdo. VII).

29. El endeudamiento financiero registrado por las Administraciones generales ascendía al cierre del ejercicio 2004 a 40.752.414 miles de euros, un 9 % superior al ejercicio anterior y a 43.187.868 miles de euros en 2005, un 6 % superior al 2004; destacando Cataluña, Andalucía y C. Valenciana, en las que se situaba el 58 % de la deuda financiera autonómica en ambos ejercicios. Los mayores incrementos interanuales se han producido en el 2004 en Cataluña (39 %), Castilla-La Mancha (27 %) y la Ciudad Autónoma de Ceuta (26 %) y en el 2005 en Illes Balears (54,4 %), Canarias (35,7 %) y Castilla-La Mancha (32,1 %). Desciende en el País Vasco en los dos ejercicios.

30. Las Administraciones Públicas conceden ayudas con bases reguladoras incompletas, lo que en determinados casos supone que no existan criterios objetivos para evaluar las solicitudes presentadas o el importe de la subvención; en otras ocasiones, no se justifica suficientemente su concesión, prescindiendo de los principios de publicidad y concurrencia, ni se argumenta la utilización del procedimiento de adjudicación directa en subvenciones no nominativas. A veces, no se concretan aspectos fundamentales relativos a las obligaciones del beneficiario ni a la justificación de la aplicación de los fondos públicos. No se han establecido criterios objetivos para la concesión de anticipos, ni garantías de aplicación de la subvención. Con carácter general, se detectan expedientes de subvenciones incompletos y no consta el cumplimiento de determinados requisitos por los beneficiarios. Así mismo, se advierten ayudas no justificadas y en muchos casos justificadas deficientemente, sin que se controlen adecuadamente los procedimientos de reintegro total o parcial de las subvenciones no justificadas. Se producen demoras en la gestión, produciéndose incumplimientos en los plazos de resolución y notificación a los beneficiarios. En varias Comunidades no existe constancia de que se compruebe la concurrencia con otras ayudas públicas (Aptdo. IX.2).

31. El importe de los avales otorgados por las Administraciones Generales ha aumentado un 15 % en 2004 y un 32,9 % en 2005. En bastantes casos se aprecian deficiencias de contabilización y, en otros, falta de información sobre el número de avales iniciales y finales. En cinco Comunidades se han atendido pagos por avales ejecutados y, en tres, se han reclamado y/o contabilizado importes por avales impagados. La mayoría de las Comunidades Autónomas no proporciona información sobre la recuperación de avales fallidos (Aptdo. X).

32. Se observa un fraccionamiento indebido de la cuantía de los contratos con la finalidad de tramitarlos mediante procedimientos negociados sin publicidad o como contratos menores, según los casos, con la finalidad de eludir, indebidamente, los principios informadores de la contratación pública o los controles y garantías propios de la tramitación ordinaria de los contratos mayores.

33. En la mayoría de los casos, los contratos se adjudicaron por concurso en detrimento de la subasta, forma que se utilizó muy escasamente a pesar de que también era una forma ordinaria de adjudicación de obras públicas. Sin justificarse con concreción la elección de esta forma de adjudicación en la que no se establecieron adecuadamente los criterios de adjudicación en los pliegos, las bajas de los precios de las ofertas fueron escasamente valoradas, no se establecieron con precisión límites a las variantes o alternativas que podían ofertar los licitadores y, en ocasiones, las adjudicaciones se fundamentaron en informes técnicos de valoración de las ofertas deficientes o incorrectamente motivados.

34. En la ejecución de los contratos, se produjeron frecuentes retrasos no siempre amparados en la concesión de prórrogas y sin imposición a los contratistas de las sanciones previstas en la normativa, así como numerosas modificaciones de contratos que no respondieron a nuevas necesidades surgidas durante la ejecución sino a imprevisiones y deficiencias en las actuaciones preparatorias de los respectivos contratos primitivos, siendo también frecuente que se tramitasen indebidamente, como contratos complementarios, algunos que, por contener unidades cuya realización era absolutamente necesaria e inseparable de las inicialmente proyectadas, constituyeron modificaciones.

SECTOR PÚBLICO LOCAL

ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN

I.2. Consideraciones previas

I.3. Ámbito

I.4. Objetivos

I.5. Limitaciones

II. RENDICIÓN DE CUENTAS

II.1. Rendición en plazo

II.2. Cumplimiento de la obligación de rendición

II.3. Contenido de la cuenta general

III. ANÁLISIS DE LA LIQUIDACIÓN DE PRESUPUESTOS

III.1. Aspectos generales

III.2. Diputaciones provinciales y forales, cabildos y consejos insulares

III.3. Ayuntamientos

IV. SOCIEDADES MERCANTILES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL

IV.1. Sociedades mercantiles del Sector Público Local

IV.2. Sociedades mercantiles del Sector Público Local pertenecientes al ámbito territorial de las Comunidades Autónomas sin Órgano de Control Externo con competencias sobre entidades locales

V. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

V.1. Régimen jurídico

V.2. Remisión de información sobre contratación

V.3. Análisis de la contratación

VI. CONCLUSIONES

VI.1. Sobre la rendición de cuentas

VI.2. Sobre la liquidación de los presupuestos

VI.3. Sobre las sociedades mercantiles del sector público local

VI.4. Sobre la contratación administrativa

I. INTRODUCCIÓN

I.2 CONSIDERACIONES PREVIAS

En el presente Informe se recogen los resultados de las actuaciones fiscalizadoras realizadas por el Tribunal sobre las cuentas de los ejercicios 2004 y 2005 de las Entidades locales situadas en Comunidades Autónomas que, al cierre del ejercicio, no tenían constituido Órgano de Control Externo (OCEX), éste no había comenzado todavía su actividad fiscalizadora o carecía de competencias fiscalizadoras sobre la actividad económico-financiera de dichas Entidades(1), así como los que se deducen de los Informes elaborados por los Órganos de Control Externo de Comunidades Autónomas(2) o de la información adicional solicitada a los mismos, todo ello en virtud de las disposiciones específicas reguladoras del Tribunal de Cuentas y de los mencionados Órganos de Control Externo autonómicos y de los artículos 115 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL)(3) y 223, apartados 1 y 4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).

(1) Estas Comunidades Autónomas son Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, Principado de Asturias (ejercicio 2004) y Región de Murcia.

(2) Estas Comunidades Autónomas son Andalucía, Canarias, Castilla y León, Cataluña, Foral de Navarra, Galicia, Islas Baleares, Madrid, País Vasco, Principado de Asturias (ejercicio 2005) y Valenciana.

(3) Esta Ley ha sido objeto de reforma por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

I.3 ÁMBITO

El número de Entidades locales en los ejercicios 2004 y 2005 asciende a 13.000, clasificadas de acuerdo con el artículo 3 de la LRBRL. Los Entes dependientes de las mismas son 2.987 y 3.024, respectivamente, integrados por los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles en cuyo capital tienen participación total o mayoritaria aquéllas, creados como entes descentralizados conforme a lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales (ROF). La clasificación de las Entidades locales y sus Entes dependientes se detalla a continuación para cada uno de los ejercicios(4):

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(4) Fuentes: Revisión del Padrón Municipal de Habitantes a 1 de enero de 2004 y de 2005, publicada por el Instituto Nacional de Estadística; Registro de Entidades Locales de la Dirección General de la Administración Local del Ministerio de Administraciones Públicas a 1 de enero 2004 y 2005; Inventario del Sector Público Local de la Dirección General de Coordinación Financiera con las Entidades Locales del Ministerio de Economía y Hacienda; e información del propio Tribunal de Cuentas o facilitada por los OCEX.

(5) Incluye 1.219 sociedades mercantiles y 5 entidades públicas empresariales.

(6) Incluye 1.296 sociedades mercantiles y 14 entidades públicas empresariales.

La variación neta entre el número de Entidades locales del ejercicio 2004 y el del ejercicio 2003 (13.003) es negativa en 3 entidades, producida por el incremento neto de una Mancomunidad y la disminución de 4 Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, mientras que la variación neta en el ejercicio 2005, respecto al ejercicio 2004 es nula, aunque se produjeron las siguientes variaciones por Entidades:

a) La creación del Municipio de Ziortza-Bolibar, en la provincia de Vizcaya, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) El incremento neto producido en las Mancomunidades, que fue de 3 y la disminución neta producida en Otras Agrupaciones de Municipios y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, que fue de 1 y 3, respectivamente.

Los entes dependientes de las Entidades locales presentaron, en 2004, un incremento neto de 78 respecto al ejercicio anterior con una disminución de 22 organismos autónomos y un aumento de 100 entidades cuya contabilidad se ajusta al Plan General de contabilidad (sociedades mercantiles y entidades públicas empresariales) y, en 2005, un incremento neto de 36, con una disminución de 50 organismos autónomos y un incremento de 86 entidades cuya contabilidad se ajusta al Plan General de contabilidad. Esta tendencia de disminución de organismos autónomos está motivada por la aplicación de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, que modifica, entre otros, el artículo 85 de la LRBRL e introduce como forma de gestión directa de los servicios públicos locales a las entidades públicas empresariales, estableciendo un régimen transitorio, en tanto no se modifique la LHL, por el que será de aplicación a las entidades públicas empresariales lo dispuesto en la citada LHL en referencia a las sociedades mercantiles locales cuyo capital pertenezca íntegramente a las Entidades locales. Asimismo, la Ley 57/2003 establece un plazo de seis meses desde su entrada en vigor para que los Plenos de los Ayuntamientos adecuen los organismos autónomos de carácter administrativo al organismo autónomo local previsto en la Ley y los organismos autónomos de carácter comercial, industrial, financiero o análogo al organismo autónomo local o a la entidad pública empresarial.

En el presente Informe los Consorcios constituidos por la Entidades locales, conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la LRBRL, aumentan respecto al anterior, aunque no se ha dispuesto de esta información para todas las Comunidades Autónomas, por lo que su número no incluye la totalidad de los mismos.

I.4 OBJETIVOS

En el marco de lo previsto en el artículo 13 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas (LOTCu), en el Informe global sobre la actuación y situación del Sector público local se incluyen los resultados de las actuaciones fiscalizadoras del Tribunal de Cuentas y de los OCEX de las Comunidades Autónomas sobre las cuentas de los ejercicios 2004 y 2005 de las Entidades locales situadas en sus correspondientes ámbitos de competencia. Los resultados se exponen de forma que se pueda ofrecer, en la medida de lo posible, una visión global del Sector público local, a la vez que, en el desarrollo de los mismos, se distinguen los diferentes tipos de Entidad local y tramos de población en aquellos casos en los que por su importancia cuantitativa o por sus características especiales se ha estimado conveniente.

Los objetivos generales previstos en la Directrices Técnicas, aprobadas por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 27 de junio de 2007, para valorar la situación y la actividad económico-financiera del Sector público local, son los siguientes:

a) El cumplimiento de la obligación de las Entidades locales de rendir la Cuenta General.

b) Determinar si las Cuentas Generales de las Entidades locales están integradas por las cuentas y estados legalmente establecidos, así como si los mismos se acompañan, en su caso, de los correspondientes anexos y demás documentación complementaria.

c) El análisis de la liquidación de los presupuestos, determinando el grado de ejecución de los respectivos presupuestos de gastos e ingresos y exponiendo las variaciones observadas en relación con el ejercicio precedente.

d) El análisis económico financiero de las sociedades mercantiles locales.

e) El cumplimiento de la obligación de remitir las relaciones de contratos y los expedientes contractuales.

f) El análisis de la contratación administrativa.

Los resultados de las actuaciones del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas de las Entidades locales han sido remitidos en su caso, a cada una de aquéllas para que subsanaran las deficiencias puestas de manifiesto. Las justificaciones recibidas han sido tomadas en consideración, en su caso, en la redacción definitiva de este Informe.

I.5 LIMITACIONES

Con independencia de que en cada uno de los apartados se concretan los aspectos específicos que influyen en los objetivos de este Informe, éstos han estado condicionados por las siguientes limitaciones de carácter general:

a) Un 24 y 27 % de los Ayuntamientos no han rendido las Cuentas Generales de los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente, a la fecha de cierre de los trabajos.

b) Diversas Entidades no han enviado al Tribunal la relación de contratos o, alternativamente, notificación de su no celebración.

c) En cuanto al análisis de la liquidación de presupuestos, dicha liquidación no corresponde a la agregación de la totalidad del Sector al no incluir a algunas Entidades, considerando el gran número existente y la escasa relevancia cuantitativa de los fondos gestionados, ni a las que no han presentado cuentas. Además, no se trata de estados consolidados ni han sido objeto de ajustes.

II. RENDICIÓN DE CUENTAS

Las Entidades locales, sus organismos autónomos y las sociedades mercantiles en cuyo capital tengan participación total o mayoritaria las Entidades locales están sometidas al régimen de contabilidad pública, lo que lleva consigo la obligación de rendir cuentas de sus operaciones al Tribunal de Cuentas, a tenor de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCu) y los artículos 200 y 201 del TRLHL, sin perjuicio de lo que se dispone en los artículos 27 y 29 de la citada LFTCu en relación con las competencias fiscalizadoras de los OCEX.

La Cuenta General, que a tenor del artículo 212.5 del TRLHL debe rendirse debidamente aprobada, comprenderá los siguientes documentos:

— La Cuenta de la propia Entidad, la de sus organismos autónomos y las de las sociedades mercantiles de capital íntegramente propiedad de la misma, de acuerdo con el artículo 209.1 del TRLHL y con las reglas 408 de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Local (ICAL) y 224 de la Instrucción de Contabilidad del tratamiento especial simplificado para Entidades locales de ámbito territorial con población inferior a 5.000 habitantes (ICAL(s)), aprobadas por las dos Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de julio de 1990. La cuenta de la propia Entidad y la de sus organismos autónomos están constituidas por sus respectivos estados y cuentas anuales, sus anexos y justificantes.

— Las cuentas anuales de las sociedades mercantiles en cuyo capital social tenga participación mayoritaria la Entidad local a que alude las reglas 411 de la ICAL y 225 de la ICAL(s) y que como documentación complementaria debe unirse a la Cuenta General.

— Las memorias que, de conformidad con el artículo 211 del TRLHL y regla 409 de la ICAL, deben acompañar los Ayuntamientos de los Municipios con población de más de 50.000 habitantes y las demás Entidades locales de ámbito superior, constituidas por una Memoria justificativa del coste y rendimiento de los servicios públicos y una Memoria demostrativa del grado en que se hayan cumplido los objetivos programados, con indicación de los previstos y no alcanzados y con el coste de los mismos.

— Los estados integrados y consolidados a que se refiere el artículo 209.4 del TRLHL cuando lo determine el Pleno de la Corporación.

II.1 RENDICIÓN EN PLAZO

En concordancia con lo anterior, el artículo 223.2 del TRLHL y las reglas 412 de la ICAL y 226 de la ICAL(s) disponen que las Entidades locales rendirán al Tribunal de Cuentas, antes del 15 de octubre de cada año, la Cuenta General del ejercicio anterior. Además, la normativa autonómica y leyes de creación de los OCEX establecen plazos de rendición de cuentas a los que deben someterse las Entidades de su respectivo territorio autonómico y que, en ocasiones, difieren del señalado en la normativa estatal.

Como consecuencia de lo anterior, aunque la fecha límite fijada legalmente con carácter general para la rendición de las cuentas de los ejercicios 2004 y 2005 es 15 de octubre de 2005 y 15 de octubre de 2006, respectivamente, la considerada como plazo legal o límite en la presentación de las cuentas en el presente Informe no se refiere a una única fecha para todas las Comunidades Autónomas(7).

(7) En la Comunidad Autónoma de Andalucía las cuentas de las Entidades locales se rendirán a la Cámara de Cuentas antes del 1 de noviembre. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León las Entidades locales rendirán sus cuentas al Consejo de Cuentas hasta el 31 de octubre. En la Comunidad Foral de Navarra la legislación foral no establece una fecha de rendición a la Cámara de Comptos, si bien dicha Cámara ha facilitado información sobre las cuentas presentadas a la fecha límite fijada legalmente con carácter general, aunque sin indicar el detalle de las Entidades, únicamente el número. En la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la Ley 4/2004 de la Sindicatura de Comptes Illes Balears establece como fecha de rendición de las cuentas a la Sindicatura de Cuentas hasta el 6 de noviembre. En la Comunidad Autónoma de Madrid el plazo legalmente establecido para la rendición ante la Cámara de Cuentas concluye el 31 de octubre. En el País Vasco la Ley de creación del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas no establece un plazo aunque dicho Tribunal verifica que la Cuenta General se ha aprobado antes del 1 de agosto, aunque de dicha información solamente se ha dispuesto para el ejercicio 2004. En la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, la Ley 3/2003 de la Sindicatura de Cuentas establece como fecha de rendición de las cuentas a la Sindicatura de Cuentas hasta el 31 de octubre, pero la información facilitada es a fecha 7 de noviembre. Por último, en la Comunidad Valenciana las Entidades locales presentarán sus cuentas a la Sindicatura de Cuentas antes del 31 de octubre de 2004.

Con independencia de lo anterior, del total de Entidades locales de los ejercicios 2004 y 2005, han rendido su Cuenta General en plazo legal 3.599 y 3.481 Entidades, lo que representa un porcentaje del 27 y 26 %, respectivamente, superior al del ejercicio 2003 (25 %), sintetizándose los datos en el cuadro siguiente:

ENTIDADES LOCALES QUE HAN RENDIDO EN PLAZO LEGAL

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Con carácter general hay que destacar que hasta la fecha límite fijada legalmente para la rendición de las cuentas de los ejercicios 2004 y 2005 se constatan los siguientes incumplimientos:

a) De las 51 Diputaciones, Cabildos y Consejos insulares no habían rendido en plazo 15 en el ejercicio 2004 y 13 en el ejercicio 2005, el 29 y 25 % del colectivo, respectivamente. De las 41 Diputaciones provinciales y forales, no habían rendido cuentas al finalizar el plazo legal 9 en 2004 y 11 en 2005, el 22 y 27 %, respectivamente; de los 7 Cabildos insulares no rindieron cuentas 3 en el ejercicio 2004 y 1 en 2005; y de los 3 Consejos insulares, ninguno había rendido las cuentas al finalizar el plazo en el año 2004 y 1 no las había rendido en 2005. El detalle de estas Entidades por ejercicios es el siguiente:

— En 2004: las Diputaciones provinciales de Almería, Granada, Málaga, Teruel, Albacete, Guadalajara, León, Valladolid y Cáceres; los Cabildos insulares de Lanzarote, Gomera y La Palma; y los Consejos insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza-Formentera.

— En 2005: las Diputaciones provinciales de Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Teruel, Zaragoza, Albacete, Guadalajara, Zamora, Valladolid y Cáceres, el Cabildo insular de La Palma y el Consejo insular de Menorca.

b) En cuanto a los Ayuntamientos no habían rendido cuentas 5.203 en el ejercicio 2004 y 5.355 en el ejercicio 2005, el 64 y 66 % del colectivo, respectivamente(8). Por estratos de población hay que señalar que de los 130 Ayuntamientos de Municipios de población superior a 50.000 habitantes no han rendido cuentas en plazo 59 y 58 Entidades, respectivamente, que representa el 45 %, en los dos años. De los 1.085 Ayuntamientos de Municipios con población de 5.000 a 50.000 habitantes, en 2004, no rindieron cuentas en plazo un total de 640, el 59 %, siendo de destacar de los mismos los correspondientes a Municipios capitales de Provincia de Huesca, Teruel, Soria, y Ciutadella de Menorca; y de los 1.104, en 2005, no rindieron 688, el 62 %, de los que fueron Municipios capitales de Provincia: Huesca, Teruel, Soria, Eivissa y Ciutadella de Menorca. De los 6.892 Ayuntamientos de Municipios con población inferior a 5.000 habitantes, en 2004, no han rendido cuentas en plazo un total de 4.504, el 65 %, y de los 6.874, en 2005, no rindieron 4.609, el 67 %.

(8) En el ejercicio 2005 se incluyen como no rendidos los 251 Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para los que no se dispuso de información sobre aprobación de la Cuenta General en plazo legal.

Los Ayuntamientos de Municipios de población superior a 50.000 habitantes que no han presentado en plazo las cuentas en los dos ejercicios (38) fueron los correspondientes a los Municipios de Algeciras y Cádiz (Cádiz), Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Estepona, Marbella y Mijas (Málaga), Alcalá de Guadaira (Sevilla), Telde (Las Palmas), Torrelavega (Cantabria), Albacete, Ciudad Real, Guadalajara, Ponferrada (León), Segovia, Cerdanyola del Vallés, Rubí y Santa Coloma de Gramenet (Barcelona), Mérida (Badajoz), Cáceres, Ourense, Logroño, Alcorcón, Collado-Villalba, Fuenlabrada, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pozuelo de Alarcón, Las Rozas de Madrid, y Torrejón de Ardoz (Madrid), Avilés (Asturias), Cartagena y Murcia (Murcia), Orihuela (Alicante) y Sagunto (Valencia).

Además no presentaron las cuentas en 2004 (21) los Municipios de El Puerto de Santa María (Cádiz), Santa Lucía de Tirajana (Las Palmas), Santander, Burgos, Palencia, Badalona, Mollet del Vallés y Viladecans (Barcelona), Lleida, Vigo (Pontevedra), Alcalá de Henares, Getafe, San Sebastián de los Reyes, Vitoria-Gasteiz (Álava), Irún (Guipúzcoa), Barakaldo y Portugalete (Vizcaya), Benidorm y Torrevieja (Alicante), Gandía y Torrent (Valencia); Igualmente, no presentaron las cuentas en 2005 (14) los Municipios de Almería, La Línea de la Concepción, Sanlucar de Barrameda y San Fernando (Cádiz), Vélez-Málaga (Málaga), Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas), Arona y Santa Cruz de Tenerife (Santa Cruz de Tenerife), Puertollano (Ciudad Real), Ávila, León, Zamora, Barcelona y A Coruña y no se tuvo información de los 6 Municipios de población superior a 50.000 habitantes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) De las 80 Comarcas no habían rendido cuentas finalizado el plazo legal 40 en 2004, el 50 %, y 47 en 2005, el 59 %.

d) Las 4 Áreas Metropolitanas rindieron en plazo legal en los dos ejercicios.

e) De las Mancomunidades, 756 en 2004 y 763 en 2005 no habían rendido una vez finalizado el plazo legal, el 78 % en ambos ejercicios.

f) De las Agrupaciones de Municipios, 53 no habían remitido las cuentas al finalizar dicho plazo, el 80 y el 81 %, respectivamente.

g) En cuanto a las Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, 3.036 en 2004 y 2.983 en 2005 no habían presentado las cuentas a la fecha límite, y de 383 y 384, respectivamente, pertenecientes a las Comunidades Autónomas de Andalucía y País Vasco, no se dispuso de información sobre el grado de cumplimiento en la rendición.

h) Respecto de los Consorcios, 231 y 281 no habían remitido las cuentas al finalizar dicho plazo en los ejercicios 2004 y 2005, el 58 %, y de los 25 y 31 restantes, en ambos ejercicios, correspondientes a las Comunidades Autónomas de las Islas Baleares y Foral de Navarra, no se dispuso de información.

II.2 CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE RENDICIÓN

Al cierre de los trabajos para la elaboración de este Informe para las Entidades locales situadas en Comunidades Autónomas que no cuentan con OCEX con competencias sobre Entidades locales y al cierre de los trabajos para las Comunidades que cuentan con dichas Instituciones(9), del total de Entidades del ejercicio 2004 han remitido las cuentas 7.438 de las cuales 3.599 las han presentado dentro del plazo legal y 3.839 fuera de dicho plazo y de las Entidades del ejercicio 2005 las han remitido 7.285, 3.481 en plazo legal y 3.804 fuera de plazo.

(9) La fecha de cierre de los trabajos difiere para cada órgano de control, circunstancia que determina notables diferencias en los porcentajes de rendición. En el Tribunal de Cuentas es 15 de octubre de 2006 (ejercicio 2004) y 15 de octubre de 2007 (ejercicio 2005). En los OCEX es distinta según la Comunidad Autónoma. En Cataluña, Galicia y Madrid, 31 de diciembre de 2005 y de 2006, respectivamente. Valenciana, 30 de abril de 2006 y de 2007. Castilla y León, 31 de mayo de 2006 y de 2007. País Vasco, 12 de julio de 2006, para el ejercicio 2004, y sin determinar para el ejercicio 2005. Principado de Asturias, 1 de agosto de 2007, para el ejercicio 2005. Navarra, 15 de septiembre de 2006 y de 2007. Canarias, 15 de octubre de 2006 y 15 de octubre de 2007. Andalucía, 15 de noviembre de 2006 y de 2007. Las Islas Baleares, 31 de enero de 2007, en el ejercicio 2004 y 5 de diciembre de 2007, en el 2005.

El detalle de las Entidades que no han rendido cuentas al cierre de los trabajos se sintetiza en el cuadro siguiente(10):

ENTIDADES LOCALES QUE NO HAN RENDIDO CUENTAS

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(10) En los anexos IV-1-1 a IV-1-4 se detallan, por Comunidades Autónomas, para cada uno de los dos ejercicios 2004 y 2005, el número de Entidades que no han rendido cuentas al cierre de los trabajos de elaboración de este Informe.

II.2.1 Diputaciones provinciales y forales, Cabildos y Consejos insulares

Todas las Entidades de este colectivo ya habían rendido a fecha de cierre de los trabajos en los ejercicios 2004 y 2005.

II.2.2 Ayuntamientos

El grado de cumplimiento de la obligación de rendición de la Cuenta General por los Ayuntamientos existentes en los ejercicios 2004 y 2005 ha sido del 76 y 73 %, respectivamente, lo que determina la existencia de 1.983 Ayuntamientos en el ejercicio 2004 y 2.187 en el ejercicio 2005 que no la han rendido, siendo el detalle de los mismos, clasificados por estratos de población, el siguiente(11):

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(11) En el anexo IV-2-1 se relacionan los Ayuntamientos que no han rendido las cuentas del ejercicio 2004, las del ejercicio 2005, o las de dos o más ejercicios en el periodo 2001-2005.

En función de su situación geográfica, el índice más elevado de no rendición en los ejercicios 2004 y 2005 corresponde a los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Madrid (71 y 63 %), Aragón (38 y 41 %), Andalucía (35 y 39 %) y La Rioja (34 y 35 %) mientras que los mayores niveles de rendición concurren en las Entidades de las Comunidades Autónomas de Canarias (100 % en los dos ejercicios), Foral de Navarra (99 y 98 %), País Vasco (98 % en los dos ejercicios) y Valenciana (94 y 95 %).

Asimismo, un gran número de Ayuntamientos incumplen reiteradamente la obligación de rendición de cuentas, por cuanto durante el periodo comprendido entre 2001 y 2005, ambos inclusive, no han presentado cuentas de dos o más ejercicios o las correspondientes al año 2004 o al año 2005 un total de 2.748 Ayuntamientos, siendo especialmente relevante que 776 (el 28 % de este conjunto y el 10 % del total Ayuntamientos) no han presentado las cuentas de ninguno de los cinco ejercicios.

II.2.2.1 Ayuntamientos de municipios con población superior a 50.000 habitantes

De los 130 Ayuntamientos de Municipios con población superior a 50.000 habitantes, 11 no han rendido la Cuenta General del ejercicio 2004 y 8 la del ejercicio 2005, siendo los que no han rendido en ninguno de los dos ejercicios los correspondientes a Alcorcón, Fuenlabrada, Móstoles, Parla, Las Rozas de Madrid y Torrejón de Ardoz (Madrid) y Avilés (Asturias). Asimismo, no han rendido la Cuenta General del ejercicio 2004 los Ayuntamientos de Collado Villalba, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón y San Sebastián de los Reyes (Madrid) y la del ejercicio 2005 el Ayuntamiento de León. Por otra parte, el Tribunal de Cuentas del País Vasco comunica que no consta aprobada al cierre de sus trabajos la Cuenta General de los dos ejercicios 2004 y 2005 del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz (Álava) y la del ejercicio 2005 del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián (Guipúzcoa), aunque todas ellas se consideran rendidas.

II.2.2.2 Ayuntamientos de municipios con población de 5.000 A 50.000 habitantes

De los Ayuntamientos de Municipios con población de 5.000 a 50.000 habitantes, 193 en 2004 y 202 en 2005 no han rendido la Cuenta General, cuyos datos se sintetizan en el cuadro siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Destacan en este estrato aquéllos con una población superior a 20.000 habitantes, de los cuales no han presentado cuentas en los dos ejercicios los correspondientes a San Roque (Cádiz), Almuñecar (Granada), Coria del Rio y Ecija (Sevilla), Teruel, Villarrobledo (Albacete), Ames (A Coruña), Ponteareas (Pontevedra), Arganda del Rey, Galapagar, Valdemoro y Villaviciosa de Odón (Madrid), Cieza, Mazarrón y San Javier (Murcia). Asimismo, no rindieron la Cuenta General de 2004 los Ayuntamientos de Carmona y Los Palacios y Villafranca (Sevilla), San Andrés del Rabanedo (León), Marín y Redondela (Pontevedra) y Tres Cantos (Madrid), y no rindieron la correspondiente a 2005 los de Arcos de la Frontera, Los Barrios y Rota (Cádiz), Andujar (Jaén), Coín (Málaga), Tomares (Sevilla), El Masnou, Montcada i Reixac y Pineda de Mar (Barcelona), Tortosa (Tarragona), Cangas y Villagarcia de Arousa (Pontevedra) y Mejorada del Campo (Madrid).

II.2.2.3 Ayuntamientos de municipios con población inferior a 5.000 habitantes

El mayor índice de incumplimiento se concentra en los Ayuntamientos de Municipios con población inferior a 5.000 habitantes, de los que no han rendido cuentas 1.779 Ayuntamientos en el ejercicio 2004 y 1977 en el ejercicio 2005, lo que representa el 26 y 29 %, respectivamente, del total de este colectivo. Asimismo, presentan un menor nivel de rendición los Ayuntamientos de Municipios con menor población dentro del estrato, ya que en 1.079 en 2004 y 1977 en 2005 (el 61 % de los no rendidos) la población es inferior a 501 habitantes y en 271 y 290 (el 15 %) se sitúa de 501 a 1.000 habitantes, presentando no obstante el mismo nivel de rendición los Ayuntamientos de Municipios con población de 1.001 a 2.000 habitantes y de 2.001 a 4.999 habitantes (el 12 %), según se detalla a continuación:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

II.2.3 Comarcas, Áreas Metropolitanas, Mancomunidades y Agrupaciones de Municipios

En los ejercicios 2004 y 2005 existían 80 Comarcas de las que 9 y 12, respectivamente, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Aragón y 2 en el ejercicio 2005 de la Comunidad Autónoma de Cataluña no habían rendido cuentas a fecha de cierre de los trabajos(12).

(12) En el anexo IV-2-2 se relacionan las Comarcas, Mancomunidades y Agrupaciones de Municipios que no han rendido cuentas en cada uno de los dos ejercicios.

Las 4 Áreas Metropolitanas, dos correspondientes a la Comunidad Autónoma de Cataluña y dos a la Comunidad Autónoma Valenciana, ya habían rendido a fecha de cierre de los trabajos.

Respecto a las Mancomunidades y Agrupaciones de Municipios, no habían rendido cuentas al cierre de los trabajos 519 y 47 Entidades en el ejercicio 2004 y 503 y 45, respectivamente, en el ejercicio 2005, cifras similares a la de ejercicios anteriores.

II.2.4 Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio y Consorcios

De las 3.718 y 3.715 Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, en los ejercicios 2004 y 2005, al menos, remitieron sus cuentas 541 y 562, respectivamente, y no se dispuso de información sobre 383 y 384 Entidades pertenecientes a las Comunidades Autónomas de Andalucía y País Vasco.

De los 341 (en 2004) y 391 (en 2005) Consorcios, 173 y 187, respectivamente, remitieron sus cuentas al cierre de los trabajos y no se dispone de información sobre 25, en el ejercicio 2004, y 31, en el ejercicio 2005, pertenecientes a las Comunidades Autónomas de Foral de Navarra y de las Islas Baleares.

II.3 CONTENIDO DE LA CUENTA GENERAL

El análisis efectuado se ha extendido a la documentación aportada por las Entidades locales situadas en Comunidades Autónomas que no cuentan con OCEX con competencias sobre Entidades locales(13), por lo que ha comprendido 1.881 Entidades para el ejercicio 2004 y 1.807 Entidades para el 2005, según el siguiente detalle:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(13) Estas Comunidades Autónomas son Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, Principado de Asturias (ejercicio 2004) y Región de Murcia.

De dicho análisis hay que señalar que, en general, las Entidades remiten la Cuenta integrada por las cuentas correspondientes a la propia Entidad, sus Organismos autónomos y Sociedades mercantiles íntegramente propiedad de la misma, uniéndole las cuentas de las Sociedades mercantiles mayoritariamente participadas, las memorias previstas para los Ayuntamientos de más de 50.000 habitantes y, si así lo hubiera acordado el Pleno de la Corporación, los estados consolidados. Sin embargo, en ocasiones, la Cuenta se remite sin algunos de los estados básicos(14) de la gestión presupuestaria y patrimonial contenidos en las reglas 416 de la ICAL y 230 de la ICAL(s) ó sin que conste su aprobación, o, en su caso, denegación por el Pleno, en cuyo caso las cuentas remitidas no se consideran rendidas ante este Tribunal, circunstancia que concurre en 22 Entidades de las que remitieron cuentas en el ejercicio 2004 (1 Ayuntamiento con población superior a 5.000 habitantes y 15 con población inferior a 5.000 habitantes; 1 Comarca; 4 Mancomunidades; y 1 Agrupación de Municipios) y en 54 Entidades en el ejercicio 2005 (2 Ayuntamientos con población superior a 5.000 habitantes y 50 con población inferior a 5.000 habitantes; 1 Comarca, y 1 Agrupación de Municipios). Con carácter general se han constatado los siguientes incumplimientos en los dos ejercicios:

(14) Estos estados básicos son: Balance de situación, Cuenta de resultados, Liquidación del presupuesto de ingresos y Liquidación del presupuesto de gastos. Sin embargo, para las Entidades sujetas al sistema básico de contabilidad, a partir del 1 de enero de 2006, únicamente se han considerado estados básicos la Liquidación del presupuesto de ingresos y gastos.

a) No acompañan a la Cuenta General el expediente de tramitación y aprobación por el Pleno de la Corporación, o, en su caso, falta el acuerdo de aprobación, requisito exigido por el artículo 212.5 del TRLHL, el Ayuntamiento con población superior a 5.000 habitantes de La Unión (Murcia) en el ejercicio 2005, y 14 Ayuntamientos de Municipios con población inferior a 5.000 habitantes en 2004, y 48 en 2005. Estos Ayuntamientos en 2004 fueron los de: Bisaurri (Huesca), Alloza, Arcos de las Salinas y Villafranca del Campo (Teruel), Carenas, El Frago, El Frasno, Letux y Retascón (Zaragoza), Monteagudo de las Salinas (Cuenca), Fuenlabrada de los Montes (Badajoz), Cuzcurrita de Rio Tirón, Ezcaray y Villarroya (La Rioja). De igual modo, en el ejercicio 2004, no consta la aprobación de la Cuenta General en la Comarca Campo de Cariñena (Zaragoza) y en las Mancomunidades de Municipios Alto Jiloca (Teruel) y Suroccidental de Asturias (Asturias).

Los Ayuntamientos de Municipios con población inferior a 5000 habitantes para los que no consta su aprobación en el ejercicio 2005 fueron los siguientes: Anadón, Arcos de las Salinas, La Cuba, Cuevas de Almuden, Hinojosa de Jarque, Mezquita de Jarque, Torralba de los Sisones, Tramacastilla y Valjunquera (Teruel), Belmonte de Gracián, Carenas, Castejón de las Armas, Contamina, El Frago, Fuendetodos, Godojos, Mainar, Nuevalos, Ores y Villar de los Navarros (Zaragoza), Fuensanta y La Gineta (Albacete), Campos del Paraíso, Minglanilla, Monteagudo de las Salinas, Paracuellos y Valsalobre (Cuenca), Baños de Tajo, Bujalaro, Matillas, Negredo, El Recuenco, Retiendas, Romanones y Sigüenza (Guadalajara), Alcañizo y Mocejon (Toledo), Eljas, Valdecañas de Tajo y Villamiel (Cáceres), Alesanco, Fonzaleche, Leiva, San Millán de Yecora, Sotes, Torrecilla Sobre Alesanco, Treviana y Villavelayo (La Rioja).

El Pleno de la Corporación denegó la aprobación de la Cuenta General en los Ayuntamientos de Retiendas (Guadalajara), para la del ejercicio 2004, y Villalba de los Barros (Badajoz) y Jumilla (Murcia), para la del ejercicio 2005.

b) Respecto a los Entes dependientes, las Entidades analizadas (1.881, en 2004, y 1.807, en 2005) tienen 245 Organismos autónomos y 188 Sociedades mercantiles en el ejercicio 2004 y 219 Organismos y 188 Sociedades en el de 2005; de ellos, en el ejercicio 2004, han remitido cuentas 210 y 153, respectivamente, y no han remitido cuentas 35 Organismos autónomos y 35 Sociedades mercantiles de los que 27 Organismos y 13 Sociedades mercantiles no tenían actividad, con incumplimiento del artículo 209.1 del TRLHL. Respecto al ejercicio 2005 remitieron cuentas 183 Organismos y 136 Sociedades mercantiles, no remitieron 11 y 36, respectivamente, y no presentaron las cuentas por manifestar carecer de actividad 25 Organismos y 16 Sociedades.

c) De los Ayuntamientos de Municipios con población superior a 50.000 habitantes y de las demás Entidades locales de ámbito superior, no acompañan a la Cuenta General la Memoria justificativa del coste y rendimiento de los servicios públicos y la Memoria demostrativa del grado en que se han cumplido los objetivos programados, exigida en el artículo 211 del TRLHL, en los dos ejercicios, las Diputaciones provinciales de Zaragoza, Guadalajara y Cáceres y los Ayuntamientos de Badajoz, Albacete y Talavera de la Reina (Toledo); en el ejercicio 2004 además la Diputación provincial de Albacete y los Ayuntamientos de Zaragoza, Gijón (Asturias) y Cartagena (Murcia); y en el ejercicio 2005 la Diputación provincial de Badajoz y los Ayuntamientos de Ciudad Real y Puertollano (Ciudad Real) y Molina de Segura (Murcia).

d) Por último, en cuanto al nivel de consolidación de las cuentas, el artículo 209.4 del TRLHL indica que «Las Entidades locales unirán a la Cuenta General los estados integrados y consolidados de las distintas cuentas que determine el Pleno de la corporación» y la regla 410 de la ICAL concreta que «El Pleno de la corporación podrá establecer la necesidad de acompañar a la Cuenta General los estados resultantes de consolidar, con criterios usualmente aceptados, aquellas cuentas y estados que considere oportunos, relativos a la propia Entidad, sus organismos autónomos y sociedades mercantiles», por lo que las Entidades locales disfrutan de la opción de presentar o no los estados consolidados. Al respecto es preciso indicar que, con carácter general, las cuentas rendidas no están consolidadas.

Respecto al contenido de la cuenta de la propia Entidad, de los organismos autónomos y de las sociedades mercantiles, diversas entidades no presentan la totalidad de los estados y cuentas anuales y sus anexos, así como los justificantes. En los epígrafes siguientes se exponen los resultados del examen realizado a las cuentas de las 1.683, en 2004, y 1.610, en 2005 Entidades locales anteriormente señaladas (Diputaciones y Ayuntamientos).

II.3.1 Cuenta de las Diputaciones provinciales y Ayuntamientos

II.3.1.1 Estados y cuentas anuales

Los estados contables no rendidos en los ejercicios 2004 y 2005 fueron los siguientes(15):

(15) En el anexo IV-3-1 se sintetizan las carencias que presentan los estados y cuentas anuales de las cuentas recibidas para cada ejercicio.

— Balance de situación (BS): no ha sido presentado por los Ayuntamientos de Salas (Asturias) en el ejercicio 2004, y de Jerez de los Caballeros (Badajoz) en el ejercicio 2005, Municipios con población superior a 5.000 habitantes, y por 15 y 13 Entidades con población inferior a 5.000 habitantes, respectivamente, de las que en 5 del ejercicio 2004 y en 2 del ejercicio 2005 las cuentas remitidas no se consideraron rendidas. Estos son los Ayuntamientos de Villafranca del Campo (Teruel), Carenas, El Frasno y Letux (Zaragoza) y San Lorenzo de la Parrilla (Cuenca), en el ejercicio 2004, y Quismondo (Toledo) y Helechosa de los Montes (Badajoz), en el de 2005.

— Cuenta de resultados (CR): no ha sido presentado por 13 y 10 Entidades con población inferior a 5.000 habitantes, en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente, de las que en 3 y 1, respectivamente, las cuentas remitidas no se consideraron rendidas. Estos son los Ayuntamientos de Villafranca del Campo (Teruel), El Frasno y Letux (Zaragoza), en el de 2004 y Quismondo (Toledo), en el de 2005.

— Cuadro de financiación anual (CFA)(16): no lo rinden 8 Ayuntamientos de Municipios con población superior a 5.000 habitantes en los dos ejercicios.

(16) No exigible para Entidades locales cuyo ámbito territorial tenga una población inferior a 5.000 habitantes.

— Liquidación del presupuesto de gastos y de ingresos, resumen general por capítulos (LPGC) y (LPIC): no ha sido presentado por el Ayuntamiento de Villafranca del Campo (Teruel), Municipio con población inferior a 5.000 habitantes, en el ejercicio 2004.

— El resultado presupuestario (RP): no lo rinden el Ayuntamiento de Abanilla (Murcia) en el ejercicio 2004 y los de Madridejos (Toledo) y Navalmoral de la Mata (Cáceres) en el ejercicio 2005. De los Municipios con población inferior a 5.000 habitantes no lo rindieron 4 y 5, respectivamente en esos ejercicios.

— Los Estados demostrativos de las obligaciones a pagar y de los derechos a cobrar procedentes de presupuestos cerrados (EOPC) y (EDPC), no han sido remitidos por los Ayuntamientos de Tineo (Asturias), ambos estados en el ejercicio 2004, y Quintanar del Rey (Cuenca), el primer estado en el ejercicio 2005, y por 9 y 10 Ayuntamientos de Municipios con población inferior a 5.000 habitantes, respectivamente en 2004, y 6 y 7 en 2005.

— Estado de los compromisos de gasto adquiridos con cargo a ejercicios futuros (ECG): no ha sido remitido por 17, en el ejercicio 2004, y 19, en el de 2005, Ayuntamientos con población superior a 5.000 habitantes, entre los que hay que señalar con población superior a 20.000 habitantes los de Alcazar de San Juan y Tomelloso (Ciudad Real), en el primer caso, y Albacete, Tomelloso (Ciudad Real), Don Benito (Badajoz), Plasencia (Cáceres) y Alcantarilla (Murcia), en el segundo.

— Estado de tesorería (ET): no lo rinden los Ayuntamientos de Navalmoral de la Mata, en el ejercicio 2004, y Quintanar del Rey (Cuenca), Madridejos (Toledo) y Alcantarilla (Murcia) en el de 2005. De los Municipios con población inferior a 5.000 habitantes no lo rindieron 11 en el ejercicio 2004, y 18 en el de 2005.

— Estado de la deuda (ED)(17): no fue presentado por 16 Ayuntamientos en la Cuenta del 2004 y por 18 en la del 2005, de los que de estos últimos únicamente los Ayuntamientos de Castro-Urdiales (Cantabria) y Plasencia (Cáceres) tienen una población superior a 20.000 habitantes.

(17) No exigible para Entidades locales cuyo ámbito territorial tenga una población inferior a 5.000 habitantes.

II.3.1.2 Anexos a los estados y cuentas anuales

Los anexos a los estados contables no remitidos en los ejercicios 2004 y 2005 fueron los siguientes(18):

(18) En el anexo IV-3-2 se sintetizan las carencias que presentan los anexos a las cuentas recibidas para cada ejercicio.

— Balance de comprobación (BC), no lo remitieron en el ejercicio 2005 los Ayuntamientos de Consuegra (Toledo) y Navalmoral de la Mata (Cáceres) de los Municipios con población superior a 5.000 habitantes.

— Estado de modificaciones de crédito, resumen general por grupos de función y resumen general por capítulos (MCF) y (MCC)(19), no ha sido remitido por 5 Ayuntamientos en el ejercicio 2004 y 7 en el primer caso y 6 en el segundo en el ejercicio 2005, siendo Municipios con población superior a 10.000 habitantes los de Illescas (Toledo) y Navalmoral de la Mata (Cáceres) para el primer ejercicio y Bolaños de Calatrava (Ciudad Real) e Illescas y Madridejos (Toledo) para el segundo ejercicio.

(19) No exigible para Entidades locales cuyo ámbito territorial tenga una población inferior a 5.000 habitantes.

— Estado de los compromisos de ingreso con cargo a presupuestos futuros (CPF)(20): no ha sido presentado por 15 y 21 Ayuntamientos, respectivamente, entre los que hay que destacar por su mayor población los de Alcazar de San Juan y Tomelloso (Ciudad Real) en el ejercicio 2004, y Albacete, Tomelloso (Ciudad Real), Don Benito (Badajoz), Plasencia (Cáceres) y Alcantarilla (Murcia).

(20) No exigible para Entidades locales cuyo ámbito territorial tenga una población inferior a 5.000 habitantes.

— Estado de gastos con financiación afectada (GFA): no ha sido remitido por 13 y 14 Entidades con población superior a 5.000 habitantes en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente, siendo el Ayuntamiento de Alcazar de San Juan (Ciudad Real) el único Municipio con población superior a 20.000 habitantes en 2004 y los de Albacete y Don Benito (Badajoz) en 2005.

— Estado de remanente de tesorería (RT), no ha sido rendido por 6 Ayuntamientos en el ejercicio 2004 y 12 en el de 2005, de los que son Municipios con población superior a 5.000 habitantes los de Abanilla y Fortuna (Murcia) en 2004, y Madridejos (Toledo) y Navalmoral de la Mata (Cáceres) en 2005.

— Estado de evolución y situación de los recursos administrados por cuenta de otros Entes públicos (ERA)(21): no ha sido rendido por 4 Entidades en el ejercicio 2004 y 19 en el ejercicio 2005, entre las que se señalan los Ayuntamientos de Navalmoral de la Mata, en 2004, y Albacete, Madridejos (Toledo), Olivenza (Badajoz), Plasencia y Talayuela (Cáceres) y Alcantarilla (Murcia), en 2005, Municipios con población superior a 10.000 habitantes.

(21) No exigible para Entidades locales cuyo ámbito territorial tenga una población inferior a 5.000 habitantes.

— Estado de situación y movimiento de las operaciones no presupuestarias de tesorería (ONPT): no lo han presentado 30 y 17 Ayuntamientos en cada uno de los ejercicios, respectivamente, entre los que hay que señalar Navalmoral de la Mata (Cáceres) y Abanilla (Murcia), Municipios con población superior a 5.000 habitantes en el ejercicio 2004.

— Estado de situación y movimiento de valores (SVD): no fue remitido por los Ayuntamientos con población superior a 5.000 habitantes de Navalmoral de la Mata (Cáceres) y Abanilla (Murcia), en el ejercicio 2004, y Alcantarilla (Murcia) en el ejercicio 2005.

II.3.1.3 Justificantes de los estados y cuentas anuales

Los justificantes que complementan las cuentas anuales de 2004 y 2005 no remitidos fueron los siguientes(22):

(22) En los anexos IV-3-3 se sintetizan las carencias que presentan los justificantes a las cuentas recibidas para cada ejercicio.

— Presupuesto inicial aprobado (PIA): no ha sido remitido por 60 Ayuntamientos en las cuentas de 2004 (el 4 %), y 101 en las cuentas de 2005 (el 6 %) de los que 1 en el primer caso y 6 en el segundo son Municipios con población superior a 5.000 habitantes: Utebo (Zaragoza) en 2004 y Castro Urdiales (Cantabria), Herencia (Ciudad Real), Motilla del Palancar (Cuenca), Madridejos (Toledo), Plasencia (Cáceres) y Abanilla (Murcia) en 2005.

— Relación de las modificaciones de crédito aprobadas (MCA): no ha sido presentada por 15 y 13 Ayuntamientos de Municipios con población superior a 5.000 habitantes, respectivamente.

— Relaciones de las rectificaciones y anulaciones de derechos y obligaciones de presupuestos cerrados (ADO): no ha sido remitida por 24 y 23 Entidades con población superior a 5.000 habitantes en 2004 y 2005, respectivamente, entre las que destaca el Ayuntamiento de Cuenca, en 2004 y el de Badajoz, en los dos ejercicios.

— Actas de Arqueo de las existencias en caja (AA): no la remiten 9 y 6 Ayuntamientos con población superior a 5.000 habitantes, en cada ejercicio.

— Certificaciones de entidades bancarias sobre saldos en cuenta (CEB): no las presentan 108 y 122 Ayuntamientos, de los que 10 son Municipios con población superior a 5.000 habitantes, siendo los de mayor población en 2004, Castro Urdiales (Cantabria) y en 2005, los de Plasencia (Cáceres) y Alcantarilla (Murcia).

— Relaciones nominales de deudores y acreedores (RDA): no fueron remitidas por 15 y 12 Ayuntamientos con población superior a 5.000 habitantes, entre los que hay que destacar en 2004 el de Castro Urdiales (Cantabria) y en 2005 el de Talavera de la Reina (Toledo), Municipios con población superior a 20.000 habitantes.

II.3.2 Cuentas de los Entes dependientes

Del análisis realizado a las cuentas presentadas en los ejercicios 2004 y 2005 por 206 y 180 Organismos autónomos dependientes de Diputaciones provinciales y Ayuntamientos de las Entidades locales anteriormente reseñadas, respectivamente, se deduce lo siguiente:

— Balance de situación y Cuenta de resultados (BS y CR): El Balance de situación no ha sido presentado por 2 y 3 Entidades dependientes de Ayuntamientos en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente, mientras que la Cuenta de resultados no la presentaron cuatro en los dos ejercicios.

— Liquidación del presupuesto de gastos y liquidación del presupuesto de ingresos, resumen general por capítulos (LPGC) y (LPIC): no han sido presentadas por 3 Entes, respectivamente, en los dos ejercicios.

— Resultado presupuestario (RP): no ha sido remitido por 4 Entes dependientes en el ejercicio 2004 y por uno en el ejercicio 2005.

— Estado demostrativo de las obligaciones a pagar y de los derechos a cobrar procedentes de presupuestos cerrados (EOPC y EDPC): no lo han presentado 4 y 5 Entidades en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente.

— Estado de tesorería y Estado de la deuda (ET) y (ED): no lo rinden 6 y 3 Organismos en 2004, respectivamente, y 2 y 9, en 2005.

— Balance de comprobación, Estado de modificaciones de crédito, resumen general por grupos de función y resumen general por capítulos (BC) (MCF) y (MCC): no fueron presentados por 2 Entes dependientes de Ayuntamientos en el ejercicio 2004 y por 4 Organismos en el ejercicio 2005.

— Estado de remanente de Tesorería (RT): no ha sido rendido por 3 y 1 Entidades dependientes, en cada uno de los ejercicios, respectivamente.

— Estado de situación y movimiento de las operaciones no presupuestarias de tesorería (ONPT): no lo han presentado 3 Entidades.

— Presupuesto inicial aprobado (PIA): no ha sido remitido por 8 y 10 Entes, dependientes todos ellos de Ayuntamientos.

— Certificaciones de entidades bancarias sobre saldos en cuenta (CEB): no las presentan 16 y 12 Organismos dependientes, dos de ellos dependientes de Diputaciones en el ejercicio 2005.

III. ANÁLISIS DE LA LIQUIDACIÓN DE PRESUPUESTOS

Los estados agregados de las liquidaciones de presupuestos corresponden a la agregación de las liquidaciones presentadas por las Diputaciones provinciales y forales, Cabildos y Consejos insulares, y Ayuntamientos. No obstante, en el análisis es preciso tener en cuenta lo siguiente:

a) Los estados agregados no reflejan el volumen total del Sector local al no incluir la totalidad de las Entidades locales ni sus Entes dependientes.

b) No se han agregado las Entidades que no han presentado cuentas ni los datos de algunas liquidaciones con errores o incoherencias.

c) No son estados consolidados, que hubieran requerido la eliminación de las operaciones recíprocas.

d) Reflejan el resumen de un procedimiento de verificación formal que, por su propia naturaleza, no conlleva la comprobación de los saldos contables, aunque se ha procedido a rectificar las cifras que figuraban incorrectamente en las liquidaciones de algunas Entidades tras la confirmación por las mismas.

e) Los datos agregados no son homogéneos, puesto que en los mismos se incluyen desde Entidades que manejan, además de sus propios recursos, fondos por importes muy elevados pertenecientes a terceros (cual es el caso de las Diputaciones forales del País Vasco), hasta Ayuntamientos con recursos muy escasos.

III.1 ASPECTOS GENERALES

Las liquidaciones de los presupuestos de ingresos y gastos agregadas son el resultado de la suma de las liquidaciones de todas las Diputaciones provinciales y forales, Cabildos y Consejos insulares y del 75 %, en 2004, y 74 %, en 2005, de las liquidaciones de los Ayuntamientos que rindieron cuentas, por lo que corresponden a un total de 4.625 y 4.443 Entidades locales, respectivamente, que equivalen al 57 %, en el ejercicio 2004, y 54 %, en el de 2005, de las Entidades de esta naturaleza, con el siguiente detalle:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El resumen general de las liquidaciones de los presupuestos de las 4.625 y 4.443 Entidades mencionadas que han presentado las cuentas es el siguiente(23):

RESUMEN DE LAS LIQUIDACIONES AGREGADAS

(Millones de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(23) En los anexos V-1-1 y V-1-2 se recogen los estados agregados de las liquidaciones de los presupuestos de ingresos y gastos de las Entidades locales, para cada uno de los ejercicios, agrupadas por Comunidades Autónomas.

Del análisis de los estados agregados anteriores se deducen las siguientes magnitudes de carácter general:

a) Los créditos iniciales del presupuesto de gastos agregado del ejercicio 2005 se elevaron a 55.806 millones de euros y se incrementaron en 14.338 millones de euros, un 26 %, superior en tres puntos al del ejercicio 2004 (23 %), por lo que los créditos definitivos alcanzaron los 70.144 millones de euros, debiendo destacarse, por el elevado importe y por su desviación respecto a la media nacional, las modificaciones, en el ejercicio 2005, de las Entidades de las Comunidades Autónomas de Aragón (44 %) y La Rioja (42 %), en los ejercicios 2005 y 2004, de Canarias (40 y 37 %, respectivamente), Galicia (39 y 37 %) y Castilla y León (37 y 36 %) y, por último en el ejercicio 2004, de las Islas Baleares (36 %) y siendo las menores modificaciones, en los dos ejercicios, las de las Entidades del País Vasco y Madrid, ambas, con el 15 %, en 2005, y el 12 y 14 %, respectivamente, en 2004(24).

(24) La Cámara de Comptos de Navarra ha remitido al Tribunal de Cuentas unos estados agregados de los Ayuntamientos y Concejos de dicha Comunidad en los que no se consignan, respecto al presupuesto de gastos, los créditos iniciales y sus modificaciones, así como las previsiones iniciales y modificaciones del presupuesto de ingresos, por lo que se han considerado como créditos y previsiones iniciales los importes de los créditos definitivos y de las previsiones definitivas, respectivamente.

b) Las obligaciones reconocidas del ejercicio 2005 sumaron 53.838 millones de euros, por lo que el nivel de ejecución alcanzó un promedio del 77 %, dos puntos inferior al de 2004 (79 %), siendo los más elevados los de las Entidades de las Comunidades Autónomas del País Vasco (91 %, en 2005, y 92 %, en 2004), Madrid (79 y 83 %) y Aragón (81 y 78 %) mientras que el de menor ejecución corresponde a las de La Rioja (60 y 63 %), situación prácticamente idéntica a la de ejercicios anteriores. En relación con el ejercicio 2004, el nivel de ejecución aumentó, únicamente, en las Entidades de las Comunidades Autónomas de Aragón (3 puntos) y Cantabria (1 punto).

c) Los pagos realizados del ejercicio 2005 alcanzaron 46.332 millones de euros, que suponen un nivel medio del 86 %, dos puntos superior al del ejercicio 2004 (84 %), correspondiendo los más altos, en los dos ejercicios, a las Entidades de las Comunidades Autónomas de Cantabria y de Castilla y León (ambas con el 88 %, en 2005, y 89 %, en 2004) y del País Vasco, en 2005, con el 94 %, y los más bajos, en los dos ejercicios, a las de Madrid y Región de Murcia (ambas, el 79 %, en 2005, y 81 y 77 %, respectivamente, en 2004) y Extremadura, en 2005, con el 76 %.

d) Las previsiones iniciales del presupuesto de ingresos agregado del ejercicio 2005 alcanzaron 56.135 millones de euros y se han incrementado en 13.861 millones de euros (el 25 %, dos puntos superior al del ejercicio 2004, —23 %—), por lo que las previsiones definitivas ascendieron a 69.996 millones de euros, destacando el elevado nivel de modificaciones en el ejercicio 2005 de las Entidades de las Comunidades Autónomas de Aragón (43 %) y La Rioja (42 %), y, en el de 2004, de las de Galicia (37 %) y Canarias, Castilla y León y las Islas Baleares (todas ellas con el 33 %), siendo los menos relevantes las del País Vasco y Madrid, con valores entre el 10 y el 14 %.

e) Los derechos reconocidos ascendieron, en el ejercicio 2005, a 57.038 millones de euros, que suponen un nivel de ejecución del 81 %, inferior en un punto al de 2004 (82 %), destacando las Entidades del País Vasco (97 % en 2005 y 93 % en 2004) y Madrid (con el 84 y 87 %, respectivamente), siendo los más bajos los de las Entidades de La Rioja y Castilla y León, ambas el 69 %, en el ejercicio 2005 y Foral de Navarra (70 %) y Extremadura y Castilla y León (ambas el 72 %), en el ejercicio 2004. En relación con el ejercicio anterior, en el ejercicio 2005, únicamente, aumentaron el porcentaje de ejecución las de Aragón, Extremadura, Foral de Navarra y País Vasco.

f) La recaudación neta, en el ejercicio 2005, alcanzó los 50.244 millones de euros, que suponen un nivel medio de cumplimiento del 88 %, idéntico al de los dos ejercicios precedentes, destacando por su mayor volumen las Entidades del País Vasco (97 %, en 2005, y 96 %, en 2004) mientras que las de las restantes Comunidades Autónomas se sitúan entre el 79 y el 90 %.

g) Las bajas por insolvencia y otras causas pasaron de 22.906 miles de euros, en 2004, a 29.069 miles de euros, en 2005.

III.2 DIPUTACIONES PROVINCIALES Y FORALES, CABILDOS Y CONSEJOS INSULARES

Los resultados que se reflejan en este subapartado corresponden al análisis de las liquidaciones de las 51 Entidades que han presentado cuentas de este colectivo: 38 Diputaciones provinciales, 3 Diputaciones forales, 7 Cabildos insulares y 3 Consejos insulares.

En este tipo de Entidades se agrupan instituciones con atribuciones en materia económico-financiera diferentes, como son las Diputaciones forales del País Vasco, que ostentan competencias que en otras Comunidades Autónomas corresponden al Estado o a la propia Comunidad, tales como la recaudación de impuestos estatales y la distribución de la participación de los Ayuntamientos en los tributos del Estado, lo que origina que el montante de los presupuestos de estas Entidades sea superior al del resto del colectivo en su conjunto, por lo que se analizan de forma diferenciada.

El resumen general de las liquidaciones de los presupuestos de las 51 Entidades mencionadas cuyas cuentas se han agregado es el siguiente(25):

RESUMEN DE LAS LIQUIDACIONES AGREGADAS

(Millones de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(25) Los estados agregados de la liquidación de los presupuestos de Diputaciones provinciales y forales, Cabildos y Consejos insulares para cada ejercicio se incluyen en los anexos V-2-1 a V-2-8.

Los resultados del análisis de los estados agregados de la liquidación de los presupuestos de estas Entidades se sintetizan en los apartados siguientes.

III.2.1 Ejecución presupuestaria

III.2.1.1 Diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares

a) Las previsiones iniciales del presupuesto de ingresos, en el ejercicio 2005, son superiores en 6.398 miles de euros a los créditos iniciales del presupuesto de gastos, correspondiendo esta diferencia a las Diputaciones provinciales Valencianas. Asimismo, el incremento de las previsiones iniciales del presupuesto de ingresos es superior en 2.606 miles de euros al de los créditos iniciales del presupuesto de gastos, correspondiendo el 78 % de esta diferencia a las Diputaciones provinciales de Castilla y León, el 21 % a las Diputaciones de Castilla-La Mancha, y el restante 1 % a las de Andalucía. En el ejercicio 2004, la diferencia entre las previsiones y créditos iniciales ascendió a 1.372 miles de euros y se produjo en los Cabildos insulares de Canarias, mientras que las modificaciones del presupuesto de ingresos superiores en 5.087 a las del presupuesto de gastos, correspondieron en un 88 % a las Diputaciones provinciales valencianas y el restante 12 % a las de Castilla-La Mancha.

b) Los créditos iniciales del presupuesto de gastos, en el ejercicio 2005, se incrementaron en un 46 %, superior en 4 puntos al del ejercicio 2004 (42 %), destacando por su elevado importe, en ambos ejercicios, las modificaciones de las Diputaciones provinciales de Galicia (77 %, en 2005, y 71 %, en 2004), Aragón (66 %, en los dos ejercicios) y Castilla y León (59 y 68 %, respectivamente), siendo las menores modificaciones las de las Comunidades Autónomas de las Islas Baleares, en 2005, con el 30 %, y Valenciana, en 2004, con el 24 %. En el ejercicio 2005, los incrementos de los créditos por operaciones corrientes, representan el 18 % del total, por operaciones de capital el 79 %, siendo el restante 3 % por operaciones financieras, mientras que en el ejercicio 2004, estos porcentajes fueron del 19, 74 y 7 %, respectivamente.

c) Los créditos definitivos representaron un promedio de 317 euros por habitante en 2005 y 315 en 2004, destacando, por lo elevado, los Cabildos insulares de Canarias (988 y 972 euros, respectivamente), si bien éstos gestionan los recursos del Régimen fiscal especial de la Comunidad Autónoma y sirven de cauce financiero entre ésta y los Ayuntamientos, con la consiguiente influencia en su presupuesto de gastos, seguido por las Diputaciones de Castilla y León (513 y 520 euros) y los Consejos insulares de las Islas Baleares (449 y 440 euros) en tanto que las Entidades de menor promedio han sido, las Diputaciones provinciales de Cataluña (168 euros, en 2005, y 162, en 2004) y las de la Comunidad Autónoma Valenciana (198 y 254 euros por habitante, respectivamente), situación idéntica a la de ejercicios anteriores.

d) El nivel de ejecución del presupuesto de gastos en el ejercicio 2005, alcanzó un promedio del 66 %, inferior en 2 puntos al del ejercicio anterior (68 %), siendo las Diputaciones de Andalucía, Aragón, Castilla y León y Galicia las que lo presentaron menor (entre el 55 y 66 %, en 2005, y entre el 60 y el 64 %, en 2004), mientras que el de mayor ejecución corresponde a los Consejos insulares de las Islas Baleares, situación idéntica a la de ejercicios anteriores. En la clasificación económica, su nivel de ejecución, en los dos ejercicios, fue del 87 % para las operaciones corrientes y 43 % para las de capital, mientras que para las financieras ascendió al 95 % en el ejercicio 2005 y al 93 % en el de 2004.

e) El nivel medio de los pagos líquidos fue, en 2005, del 87 %, inferior en 3 puntos al del ejercicio 2004 (90 %), correspondiendo los más altos, en los dos ejercicios, a las Diputaciones de Castilla-La Mancha (94 y 95 %, respectivamente) y Galicia (93 y 92 %), destacando por su bajo nivel en el ejercicio 2005 las Diputaciones provinciales de Extremadura que pasaron del 95 % en el año 2004 al 52 % en el de 2005, y presentando los más bajos, en los dos ejercicios, los Consejos insulares de las Islas Baleares (79 % en 2005 y 83 % en 2004).

f) El nivel de ejecución del presupuesto de ingresos del ejercicio 2005, alcanzó un promedio del 69 %, porcentaje inferior en 3 puntos al del ejercicio 2004 (72 %), siendo el más elevado el de las Diputaciones de la Comunidad Autónoma Valenciana en 2004 (80 %) y el de las de Cataluña en 2005 (76 %), mientras que las de Galicia presentaron la ejecución más baja en los dos ejercicios (63 %, en 2005, y 61 %, en 2004)). En la clasificación económica, el nivel de ejecución de las operaciones corrientes fue del 99 %, en los dos ejercicios, de las de capital del 61 % en 2005 y 59 % en 2004, y de las financieras del 23 y 32 %, respectivamente, como consecuencia de la incorporación de remanentes de Tesorería del ejercicio anterior.

g) La recaudación neta del ejercicio 2005 supuso un nivel medio de cumplimiento del 88 %, 2 puntos inferior al del 2004 (90 %), siendo el menor nivel el de los Consejos insulares de las Islas Baleares (75 y 79 %, respectivamente), y las que más han recaudado en los dos ejercicios las Diputaciones provinciales de Extremadura (97 % en 2005 y 95 % en 2004) y las Valencianas y los Cabildos insulares de Canarias, ambos con el 93 %, en los dos ejercicios.

Respecto a la clasificación económica los capítulos en los que se alcanzó un menor nivel de recaudación fueron el 3 (tasas y otros ingresos), con el 63 %, en el ejercicio 2005, y el 75 %, en el de 2004, y el 7 (transferencias de capital), con el 64 y 59 %, respectivamente. Por otra parte, ha mejorado la recaudación del capítulo 1 (impuestos directos) pasando del 78 % en el 2004 al 81 % en el 2005, siendo este capítulo el que sucesivamente en todos los ejercicios anteriores venía presentado un porcentaje menor de recaudación.

h) El resultado presupuestario, diferencia entre derechos y obligaciones reconocidas, experimentó en el ejercicio 2005 una disminución del 12 % en relación con el del ejercicio 2004, pasando de un superávit de 349.428 miles de euros en 2004 a otro de 307.622 miles de euros en 2005. La distribución de este resultado, en función de la clasificación económica, se resume en el cuadro siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

III.2.1.2 Diputaciones forales

a) Las previsiones iniciales del presupuesto de ingresos, en los dos ejercicios, son superiores a los créditos iniciales del presupuesto de gastos, correspondiendo esta diferencia, en ambos casos, al superávit inicial de la Diputación Foral de Álava por 1.797 miles de euros, en el ejercicio 2004, y, por 24.866 miles de euros en el de 2005, siendo el presupuesto de los dos ejercicios prórroga del correspondiente al ejercicio 2003. Asimismo, el incremento de las previsiones iniciales del presupuesto de ingresos es inferior al de los créditos iniciales del presupuesto de gastos en valores de 207 y 533 millones de euros, en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente, debido, por un lado, a que la Diputación Foral de Vizcaya no registró modificaciones presupuestarias sobre el presupuesto de ingresos, ascendiendo las del presupuesto de gastos a 194,7 millones de euros, en 2004, y 474,3 millones de euros, en 2005, y por otro, a que la Diputación Foral de Álava no incluyó la financiación de la incorporación de remanentes por importe de 12,3 y 58,7 millones de euros, respectivamente.

b) Los créditos iniciales del presupuesto de gastos en el ejercicio 2005, se incrementaron en un 11 %, superior en 4 puntos al del ejercicio 2004 (7 %), representando los créditos definitivos un promedio de 5.694 euros por habitante, en 2005, un 11 % superior al obtenido en 2004 (5.146), cifra muy elevada por las propias competencias de las Diputaciones forales. En la clasificación económica difiere notablemente entre los dos ejercicios los incrementos de los créditos, ya que en el ejercicio 2005 por operaciones corrientes, representaron el 78 % del total, por operaciones de capital, el 15 %, y por operaciones financieras, el 7 % restante, mientras que en el ejercicio 2004 estos porcentajes fueron del 44, 28 y 28 %, respectivamente, similares a los de ejercicios anteriores.

c) Los niveles de ejecución de los presupuestos de gastos y de ingresos alcanzaron en 2005, el 96 y 103 %, respectivamente, un punto inferior y cinco puntos superior a los del ejercicio 2004 (97 y 98 %). En la clasificación económica de los gastos, el nivel de ejecución de las operaciones corrientes fue del 99 %, en los dos ejercicios, el de las de capital del 70 % en 2005 y 76 % en 2004, y el de las financieras del 59 y 74 %, respectivamente, mientras que en la de los ingresos fue del 106, 93 y 29 %, en 2005, y del 102, 92 y 30 %, en 2004.

d) Los niveles de pago y de recaudación del ejercicio 2005, 95 y 99 %, respectivamente, fueron quince y un punto superiores, respectivamente, a los del ejercicio anterior (80 y 98 %).

e) El resultado presupuestario, diferencia entre derechos y obligaciones reconocidas, del ejercicio 2005 presentó un importante aumento en relación con el del ejercicio anterior, pasando de un déficit de 26.669 miles de euros en 2004 a un superávit de 259.942 miles de euros en 2005, con la siguiente distribución, en función de la clasificación económica:

(Miles de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

III.2.2 Inversiones reales

El capítulo 6 del presupuesto de gastos (inversiones reales) es el que presenta menor nivel de ejecución para el agregado de las Diputaciones provinciales, Cabildos y Consejos insulares, con un promedio del 42 %, en los dos ejercicios, y un volumen de pagos del 83 %, en 2004, y del 75 %, en 2005. En el cuadro siguiente se comparan los principales indicadores para 2004 y 2005:

CAPITULO 6 (INVERSIONES REALES)

COMPARACIÓN DE ÍNDICES 2004 y 2005 (en  %)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Del análisis de estos datos se deduce lo siguiente:

— Las modificaciones en este capítulo (101 %, exceptuando las Diputaciones forales), duplican los créditos iniciales, presentando mayores porcentajes en los dos ejercicios las Entidades de las Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña y Galicia, mientras que el aumento más relevante en promedio corresponde a las Diputaciones provinciales de Andalucía (32 puntos) y la disminución mayor a las Diputaciones Valencianas (49 puntos).

— El grado de ejecución (42 %), fue inferior en 5 puntos al del ejercicio 2003, y los mayores porcentajes en los dos ejercicios fueron los de las Entidades de las Comunidades Autónomas de Canarias, las Islas Baleares y Valenciana. Este bajo nivel de ejecución es debido a que se consignan créditos para proyectos de inversión que no se inician en el ejercicio o su ejecución se extiende a lo largo de varios años, sin acomodar la presupuestación de las inversiones al previsible ritmo de ejecución, de conformidad con lo establecido en los artículos 79 a 88 del RD 500/1990, convirtiendo así gastos anuales en plurianuales, sin cumplir los requisitos exigidos a los mismos. En este sentido, únicamente los Cabildos insulares de Canarias, los Consejos insulares de las Islas Baleares y las Diputaciones forales del País Vasco alcanzan a ejecutar el importe de las modificaciones de crédito en los dos ejercicios, y en el de 2005, las Diputaciones provinciales Valencianas. Este hecho, advertido ya en años precedentes, pone de manifiesto la incorrecta práctica de incorporar, de manera automática, créditos del ejercicio anterior al presupuesto corriente sin una previa valoración de los proyectos que puedan ser efectivamente ejecutados.

— Los pagos equivalen al 83 y 75 % de las obligaciones reconocidas, en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente, para las Diputaciones provinciales, Cabildos y Consejos insulares, y al 61 y 67 % para las Diputaciones forales, niveles muy inferiores a los de ejercicios anteriores en el caso de las Diputaciones Forales y similar el del 2004 a los anteriores para el primer grupo, destacando en el ejercicio 2005 el bajo nivel de las Entidades de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura, seguidas en los dos ejercicios por la Valenciana y las Islas Baleares que presentan, tradicionalmente, el menor índice e incluyendo además en estos dos ejercicios a las Diputaciones forales del País Vasco.

III.2.3 Transferencias de capital recibidas

El capítulo 7 del presupuesto de ingresos (transferencias de capital) presenta, para las Diputaciones provinciales, Cabildos y Consejos insulares, unos índices de ejecución y recaudación relativamente bajos, 62 y 59 %, respectivamente, en 2004, y 61 y 64 %, en 2005, según se deduce del siguiente cuadro, en el que se comparan los principales indicadores presupuestarios entre ambos ejercicios:

CAPITULO 7 (TRANSFERENCIAS DE CAPITAL)

COMPARACIÓN DE ÍNDICES 2004 y 2005 (en  %)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Del análisis de la ejecución de este capítulo se deduce lo siguiente:

— El índice de modificaciones fue del 50 y 52 %, similar al de ejercicios anteriores, siendo las Entidades de las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla y León, Valenciana y País Vasco las únicas que disminuyeron sus porcentajes en el ejercicio 2005. El porcentaje de modificaciones de las Diputaciones de Cataluña en el año 2005 está motivado por las bajas cifras consignadas como previsión inicial, circunstancia que se puso de manifiesto en los ejercicios 2002 y 2003, que igualmente fueron del 1.285 y 1.027 %, respectivamente.

— El grado de ejecución (62 y 61 %, respectivamente) fue ligeramente superior al de los ejercicios precedentes, siendo los más elevados en los dos ejercicios, a excepción de las Diputaciones Forales del País Vasco, los de los Consejos insulares de las Islas Baleares. Por el contrario, los porcentajes menores fueron los de las Diputaciones provinciales de Extremadura y Valenciana, en los dos ejercicios, y los de Cataluña en el ejercicio 2004.

— La recaudación aumentó del 59 % en 2004 al 64 % en 2005, disminuyendo, únicamente, su nivel de recaudación, en el ejercicio 2005, las Entidades de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla-La Mancha, Cataluña, las Islas Baleares y el País Vasco.

III.2.4 Indicadores

Los cuadros siguientes reflejan los promedios de diversos indicadores, que muestran algunos aspectos de la actividad económico-financiera de las Diputaciones provinciales y forales, Cabildos y Consejos insulares, correspondientes a los ejercicios 2004 y 2005:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

— La carga financiera global(26) fue del 4 % en 2005, inferior en tres puntos a la del ejercicio 2004, y supone 20 euros por habitante, destacando por lo elevado, en los dos ejercicios, las Diputaciones provinciales de Andalucía (20 % y 25-26 euros por habitante) y por la importante disminución en el ejercicio 2005 de la carga en las Comunidades Valenciana (43 puntos) y de Castilla y León (17 puntos) y, en sentido contrario, las Entidades de Galicia (4 % y 6 euros por habitante). Las Diputaciones forales del País Vasco con una carga financiera global del 2 % en 2004 y 1 % en 2005, por habitante asciende a 102 y 55 euros, respectivamente, debido al importante volumen de derechos reconocidos por operaciones corrientes (en particular los capítulos 1 y 2). Similares circunstancias concurren en los Cabildos insulares de Canarias, en los que aquélla asciende al 10 y 7 % % y 60 y 38 euros por habitante, respectivamente.

(26) Mide la proporción entre las obligaciones reconocidas por intereses y por amortización de pasivos financieros a largo plazo (capítulos 3 y 9) y los derechos reconocidos por operaciones corrientes (capítulos 1 a 5).

— El ahorro neto(27), que aumenta en el ejercicio 2005 respecto al del ejercicio 2004 (3,5 puntos), es positivo en todas las Comunidades Autónomas, mientras que en el ejercicio 2004 fue negativo en las de Castilla y León, Islas Baleares y Valenciana, no obstante, presentaron disminuciones respecto al ejercicio anterior las Entidades de Andalucía, Aragón, Canarias y Galicia.

(27) Se entiende por ahorro neto el porcentaje entre la diferencia de los derechos reconocidos por operaciones corrientes (capítulos 1 a 5) y las obligaciones reconocidas por los capítulos 1 a 4 y 9, sobre los derechos reconocidos por operaciones corrientes (capítulos 1 a 5).

— El indicador de transferencias recibidas(28), teniendo en cuenta las especiales características de las Diputaciones provinciales y forales, Cabildos y Consejos insulares, en tanto que sirven de intermediación entre el Estado y otras instituciones y las Entidades locales de nivel territorial inferior (especialmente Ayuntamientos), presenta elevados porcentajes, debido a la dependencia de estos recursos en su financiación, a excepción de los Cabildos insulares de Canarias (37 % en 2004 y 42 % en 2005), y ello por su régimen fiscal especial, y las Diputaciones forales del País Vasco (3 %, en ambos ejercicios), como Instituciones encargadas de la gestión y recaudación del sistema tributario de los Territorios Históricos del País Vasco. En cuanto a las restantes Entidades, las que presentan niveles más elevados en promedio, en los dos ejercicios, son las de las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla-La Mancha y Extremadura (todas ellas, entre el 83 y 84 %).

(28) Representa la proporción entre los derechos reconocidos por los capítulos 4 y 7 (transferencias corrientes y de capital, respectivamente) y el total de los del ejercicio.

En cuanto a su evolución, la media nacional de 2004 y 2005 (27 %) es inferior en cuatro puntos a la de 2003 disminuyendo en las Entidades de todas las Comunidades Autónomas.

Los indicadores que se analizan a continuación son los establecidos en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 20 de septiembre de 1989, sobre estructura de los presupuestos de las Entidades locales, y describen las variaciones en la estructura de su patrimonio:

— La formación bruta de capital(29), con valores similares en los dos ejercicios, supone el 8,9 % del total de gastos en 2005 y ha disminuido el 0,1 % respecto al ejercicio anterior. Por Comunidades Autónomas, las que presentan un menor nivel de inversión en relación con sus gastos totales son las Entidades del País Vasco (4,5 y 4,1 %) y Cataluña (7,6 %).

(29) A estos efectos, la formación bruta de capital se entiende como la diferencia entre las obligaciones y los derechos reconocidos netos por los capítulos 6 (inversiones reales-enajenación de inversiones reales), y guarda una alta correlación con las actividades creadoras de infraestructuras y con el nivel de empleo.

— El saldo neto de transferencias de capital(30) ha experimentado una disminución en el ejercicio 2005 respecto al ejercicio anterior, pasando de una cifra negativa de 18.959 miles de euros en 2004 a otra negativa de 101.128 miles de euros en 2005. Con la excepción de las Diputaciones provinciales de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla y León, Extremadura y Valenciana y los Consejos insulares de las Islas Baleares, las Entidades de las restantes Comunidades Autónomas concedieron mayor volumen de transferencias de capital que el que recibieron, situación similar a la del ejercicio anterior.

(30) Diferencia entre los derechos y las obligaciones reconocidos por el capítulo 7, por lo que representa el volumen de este recurso gestionado directamente por las Entidades.

— La variación neta de activos financieros(31) presenta un saldo global positivo de 61.965 miles de euros, en 2004, y 31.511 miles de euros, en 2005, debido fundamentalmente a las Entidades del País Vasco (82.852 y 57.963 miles de euros, respectivamente), presentando en los dos ejercicios únicamente signo negativo las de las Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha, Castilla y León y Valenciana, y en el ejercicio 2005, los Consejos insulares de las Islas Baleares.

(31) Diferencia entre las obligaciones y derechos reconocidos por el capítulo 8.

— La variación neta de pasivos financieros(32) (196.888 miles de euros, en 2005) aumentó en 140.039 miles de euros respecto al ejercicio 2004 (56.849 miles de euros), y únicamente disminuyen respecto al ejercicio anterior las Entidades de las Comunidades Autónomas de Aragón, Galicia, las Islas Baleares y Valenciana, presentando las dos primeras un saldo negativo.

(32) Diferencia entre los derechos y obligaciones reconocidos por el capítulo 9, por lo que representa el incremento del endeudamiento a largo plazo.

III.3 AYUNTAMIENTOS

En este subapartado se reflejan los resultados del análisis realizado sobre los 4.574 y 4.392 Ayuntamientos de los que se ha agregado la liquidación del presupuesto, en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente, número que equivale al 56 y 54 % de la totalidad del colectivo y que abarca el 88 y 87 % de la población de habitantes del conjunto nacional, según el siguiente detalle:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El resumen general de las liquidaciones de los presupuestos agregadas en los ejercicios 2004 y 2005 de los 4.574 y 4.392 Ayuntamientos, respectivamente, por estratos de población es el siguiente:

RESUMEN DE LAS LIQUIDACIONES AGREGADAS

(Millones de euros)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las conclusiones del análisis de las liquidaciones agregadas de los Ayuntamientos se sintetizan en los siguientes apartados(33).

(33) En los anexos V-3-1 se reflejan las liquidaciones agregadas de los Ayuntamientos por estratos de población y en los anexos V-3-2 y V-3-3 se reflejan las liquidaciones agregadas de los Ayuntamientos, clasificados por Comunidades Autónomas.

III.3.1 Ejecución presupuestaria

Las previsiones iniciales de ingresos superan a los créditos iniciales de gastos en los dos ejercicios, siendo la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el ejercicio 2005, la única que presenta déficit inicial en la aprobación de los presupuestos.

Los incrementos del presupuesto de gastos, que representaron el 24 y 26 % de los créditos iniciales, en 2004 y 2005, respectivamente, fueron igualmente inferiores a los de ingresos, aunque para el conjunto de Ayuntamientos de Municipios con población inferior a 5.000 habitantes en el ejercicio 2004 y con población de 5.000 a 50.000 habitantes en el ejercicio 2005, son superiores en 5.722 y 4.538 miles de euros, respectivamente, diferencia debida, fundamentalmente, a que algunas Entidades no han registrado entre los ingresos la incorporación del remanente de Tesorería del ejercicio anterior, utilizado para la financiación de modificaciones de créditos, según lo previsto en los artículos 36 y siguientes del RD 500/1990 y en la regla 98 de la ICAL [regla 68 para la ICAL (s)].

La recaudación neta superó a los pagos líquidos en los dos ejercicios, un 6,8 % en el ejercicio 2004 y un 9,2 % en el ejercicio 2005.

III.3.1.1 Presupuesto de gastos

En el análisis de las liquidaciones agregadas de los presupuestos de gastos de los Ayuntamientos se deducen los siguientes datos(34):

(34) Las liquidaciones agregadas de los presupuestos de gastos de los Ayuntamientos, clasificación económica, para cada uno de los ejercicios 2004 y 2005, se incluyen en los anexos V-3-5, V-3-7 y V-3-9.

a) Los créditos iniciales de los ejercicios 2004 y 2005 se elevaron a 34.549 y 37.908 millones de euros, respectivamente, y, en lo referente a la clasificación económica, las Entidades más representativas (Ayuntamientos de Municipios con población superior a 5.000 habitantes) aplican, en cifras relativas, un mayor volumen de recursos para atender operaciones corrientes (entre el 66 y el 72 %), mientras que en el conjunto de los Ayuntamientos de Municipios con población inferior a 5.000 habitantes los gastos corrientes se sitúan en torno al 53 % del total y los de capital en el 44 %, siendo el capítulo 6, inversiones reales, la partida más importante (43 % del total). En cuanto a las operaciones financieras del capítulo 9, los créditos iniciales se sitúan entre el 3 % de los gastos totales, para los Municipios menores de 5.000 habitantes y entre el 4 y el 5 % para aquéllos con población superior.

b) Los créditos iniciales se incrementaron en 8.353 y 10.007 millones de euros, que equivalen al 24 % de aquéllos en el ejercicio 2004 y al 26 % en el de 2005. En relación con estas modificaciones hay que destacar lo siguiente(35):

(35) Para la Comunidad Foral de Navarra no se dispone de las cifras de los créditos iniciales ni modificaciones, habiéndose consignado, como créditos iniciales, los créditos definitivos.

— Los Ayuntamientos que presentan un menor volumen de modificaciones son, en términos relativos, los de las Comunidades Autónomas de Aragón (10 %) y Madrid (14 %) en 2004, igual que en ejercicios anteriores, aunque en el ejercicio 2005 la Comunidad Autónoma de Aragón tuvo un incremento de 29 puntos, pasando al 39 % mientras que la de Madrid se mantuvo en el 15 %. En sentido contrario, las más elevadas corresponden a los Ayuntamientos de Canarias (38-43 %), las Islas Baleares (37 % en 2004), La Rioja (34-42 %) y del País Vasco (37 % en 2005). Asimismo, en el ejercicio 2005 únicamente disminuyeron respecto al ejercicio anterior las modificaciones de los créditos de los Ayuntamientos de las Islas Baleares (10 puntos), Región de Murcia (2 puntos) y Extremadura (1 punto).

— Respecto a la clasificación económica, las modificaciones más significativas corresponden al capítulo 6 (inversiones reales), con un incremento en torno al 66 % de las totales, que oscila entre el 54 % para los Ayuntamientos de Municipios con población superior a 50.000 habitantes y el 77 % para los Ayuntamientos de Municipios con población de 5.000 a 50.000 habitantes.

c) Los créditos definitivos representaron un promedio de 1.133 euros por habitante en 2004 y de 1.250 en 2005, destacando, igual que en los ejercicios anteriores, los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Foral de Navarra (1.622 y 1.723 euros) y País Vasco (1.525 y 1.630 euros), mientras que los de menor promedio, fueron los de las Comunidades Autónomas de Galicia (782 y 859 euros), Principado de Asturias (914 y 976) y Extremadura (946 y 996 euros).

d) Las obligaciones reconocidas alcanzaron un nivel de ejecución para el conjunto de Ayuntamientos del 76 % en 2004 y del 74 % en 2005, superando estos valores los Ayuntamientos de Municipios con población superior a 50.000 habitantes con el 80 y 78 %, respectivamente, presentando los mayores niveles los pertenecientes a las Comunidades Autónomas de Aragón (82 % en 2004 y 86 % en 2005) y Madrid (83 % en 2004 y 79 % en 2005), mientras que los índices más bajos correspondieron a los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de La Rioja (63 y 60 %) y Foral de Navarra (68 y 67 %), situación idéntica a la de ejercicios anteriores.

f) Los pagos líquidos han supuesto un nivel medio de cumplimiento, en los dos ejercicios, del 83 %, idéntico al de 2003. Los menores niveles corresponden a los Ayuntamientos de Andalucía, Madrid y Región de Murcia, siendo los más elevados los de las Entidades locales de Cantabria, Castilla y León y País Vasco, situación en ambos casos similar a la de los ejercicios anteriores.

III.3.1.2 Presupuesto de ingresos

De la liquidación agregada de los presupuestos de ingresos de los Ayuntamientos se destacan los siguientes aspectos(36):

(36) Los anexos V-3-4, V-3-6 y V-3-8 incluyen la liquidación de los presupuestos de ingresos de los Ayuntamientos en cada ejercicio.

a) Las previsiones iniciales se elevaron a 34.742 y 38.205 millones de euros en los ejercicios 2004 y 2005, respectivamente. Del análisis de la estructura del presupuesto inicial, clasificando las Entidades según estratos de población, se deduce que existe una directa correlación entre la población de los Municipios y la financiación a través de ingresos corrientes (del 82-80 % de los Ayuntamientos de Municipios con población superior a 50.000 habitantes, al 67-63 % de aquéllos con población inferior a 5.000 habitantes). Para el conjunto de Ayuntamientos estas previsiones fueron del 79 % en 2004 al 77 % en 2005, en las operaciones de capital del 13 al 16 %, mientras que las financieras disminuyen en un punto (del 8 % en 2004, al 7 % en 2005).

b) Las previsiones de ingresos se incrementaron en 8.405 y 10.060 millones de euros, en 2004 y 2005, respectivamente, que equivalen al 24 y 26 %, porcentajes inferiores en 7 y 5 puntos al del año 2003, correspondiendo la mayor parte de aquéllas, al igual que en ejercicios anteriores, al capítulo 8 (activos financieros) por la incorporación de Remanentes de tesorería del ejercicio anterior, con el 50 % del total de las modificaciones y, en menor medida, al capítulo 7 (transferencias de capital) y al capítulo 9 (pasivos financieros), ambos con valores en torno al 15 %.

c) Las previsiones definitivas alcanzaron un promedio de 1.140 y 1.259 euros por habitante en 2004 y 2005, respectivamente, y al igual que en los créditos definitivos los más elevados fueron los de los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Foral de Navarra y País Vasco, mientras que los de índice más bajo fueron los de las Comunidades de Galicia, Principado de Asturias y Extremadura.

d) Los derechos reconocidos netos equivalieron al 80 y 79 % de las previsiones definitivas, en cada uno de los ejercicios 2004 y 2005. Sobre los derechos reconocidos hay que señalar lo siguiente:

— En relación con el promedio general destaca el nivel de ejecución de los Ayuntamientos de Municipios con población superior a 50.000 habitantes (el 84 y 83 %) y, asimismo, el correspondiente en las Comunidades Autónomas de Aragón (86 % en 2004 y 88 % en 2005) y Madrid (87 y 84 %, respectivamente), destacando, en sentido contrario las Comunidades Autónomas de Foral de Navarra (70 y 72 %) y La Rioja (74 y 69 %).

— En cuanto a la clasificación económica, los ingresos corrientes presentan unos índices de liquidación, en todos los estratos, en unos promedios razonables (del 94 % al 99 %), en tanto que los de operaciones de capital son sensiblemente más bajos (del 57 % al 68 %), presentando los porcentajes más elevados los Ayuntamientos de Municipios con población inferior a 5.000 habitantes, a la inversa que en el caso de las operaciones corrientes. El nivel en operaciones financieras, para el capítulo 9 (pasivos financieros), oscila entre el 22 y 45 %, puesto que una parte de los recursos presupuestarios que componen este grupo son los Remanentes de tesorería incorporados que, por su propia naturaleza, no son objeto de liquidación.

e) La recaudación neta representa en los dos ejercicios el 85 % de los derechos reconocidos, porcentaje idéntico al de 2003, con una media de 844 euros por habitante en 2005, importe superior en un 9 % al del año 2004 (774 euros), destacando que el menor nivel de recaudación se alcanzó en los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (78 % en los dos ejercicios), correspondiendo los más altos a los Ayuntamientos de Madrid y Cantabria (con el 89 %) en el ejercicio 2004 y de Aragón (90 %) y Foral de Navarra y Madrid (con el 89 %) en 2005.

III.3.1.3 Resultado presupuestario

El resultado presupuestario, diferencia entre los derechos y las obligaciones reconocidas, presentó un aumento en el ejercicio 2005 del 57 % en relación con el del ejercicio anterior, pasando de un superávit de 1.676.231 miles de euros en 2004 a otro de 2.631.424 miles de euros en 2005. El resultado presupuestario, aunque positivo en todos los tramos de población, presenta un mayor aumento en los Municipios con población superior a 50.000 habitantes (67 %), mientras que el menor incremento se produjo en los de población entre 5.000 y 50.000 habitantes (44 %). La evolución del resultado para el conjunto de Ayuntamientos, según la agrupación de los capítulos de la clasificación económica, fue la siguiente(37):

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(37) Cifras obtenidas de la acumulación de los datos de los ejercicios 2004 y 2005. El número de Entidades acumuladas en 2004 fue de 4.574, representativas del 88 % de la población, mientras que en 2005 se sumaron 4.392 (87 % de la población).

III.3.2 Inversiones reales

El menor índice de ejecución y pago corresponde al capítulo 6 (inversiones reales), con promedios del 46 % y 68 %, respectivamente, en el ejercicio 2004 y del 43 y 64 % en el ejercicio 2005. En el cuadro siguiente se comparan los principales indicadores presupuestarios entre 2004 y 2005:

CAPÍTULO 6 (INVERSIONES REALES)

COMPARACIÓN DE ÍNDICES 2004 y 2005 (en %)(38)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(38) Para la Comunidad Foral de Navarra no se dispuso de las cifras de los créditos iniciales, modificaciones ni créditos definitivos, habiéndose consignado, como créditos iniciales, las obligaciones reconocidas.

Del análisis de estos datos se deduce lo siguiente:

— Las modificaciones en este capítulo suponen el 67 y 69  % de los créditos iniciales, debido, en general, a la incorporación de Remanentes de crédito del ejercicio anterior, destacando los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de las Islas Baleares (164 y 110 %), Cantabria (120 y 124 %), Canarias (112 y 128 %) y País Vasco (107 y 120 %) y, en sentido contrario, los de Aragón (21 y 26 %) y Madrid (49 y 35 %).

— El grado de ejecución (46 % en 2004 y 43 % en 2005), ha disminuido en seis y nueve puntos, respectivamente, respecto al ejercicio 2003 (52 %), destacando por su bajo nivel los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Cataluña, La Rioja y Cantabria, y los más altos los Ayuntamientos de Aragón y Madrid. El bajo nivel de ejecución se debe a que se consignan créditos para proyectos de inversión que no se inician en el ejercicio o su ejecución se extiende a lo largo de varios años, sin acomodar la presupuestación de las inversiones al previsible ritmo de ejecución, de conformidad con lo establecido en los artículos 79 a 88 del RD 500/1990. Este hecho, advertido asimismo en ejercicios anteriores, pone de manifiesto la práctica incorrecta de incorporar de manera automática créditos del ejercicio anterior al presupuesto inmediato siguiente, sin una previa valoración de los proyectos que efectivamente van a ser ejecutados.

Por estratos de población, el nivel más bajo de ejecución lo presentan los Ayuntamientos de Municipios entre 5.000 y 50.000 habitantes (41-38 %) y el más alto los menores de 5.000 habitantes (53-52 %), mientras que en los Municipios de población mayor a 50.000 habitantes se sitúa en el 48 % en 2004 y 43 % en 2005.

— El nivel de pagos fue del 68 % en 2004 y 64 % en 2005, correspondiendo los menores índices, en los dos ejercicios, a los Ayuntamientos de la Región de Murcia (62-57 %), Andalucía (63-57 %) y Canarias (ambos con el 63 %) y en el ejercicio 2005 a los de Madrid con el 54 %, que presenta el mayor porcentaje de disminución con 12 puntos.

III.3.3 Transferencias de capital recibidas

El capítulo 7 (transferencias de capital) fue el que tuvo un menor nivel de ejecución y recaudación, con un 58 % de promedio en ambos casos, en el ejercicio 2004, y un 60 y 56 %, respectivamente, en el de 2005, según se deduce del siguiente cuadro, en el que se comparan los principales indicadores presupuestarios entre ambos ejercicios:

CAPÍTULO 7 (TRANSFERENCIAS DE CAPITAL)

COMPARACIÓN DE ÍNDICES 2004 y 2005 (en %)(39)

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(39) Para la Comunidad Foral de Navarra no se dispuso de las cifras de las previsiones iniciales, modificaciones ni previsiones definitivas, habiéndose consignado, como previsiones iniciales, los derechos reconocidos.

Del análisis de la ejecución de este capítulo se deduce lo siguiente:

— El índice de modificaciones fue del 51 % en 2004 y del 47 % en 2005, siendo los Ayuntamientos de Canarias, en los dos ejercicios, (138 y 104 %) y de Madrid, en 2004, (118 %), los que presentan un mayor porcentaje. Por el contrario, los menores se originan en los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Aragón (18 y 12 %) y La Rioja (17 y 15 %).

— El grado de ejecución (58 % en 2004 y 60 % en 2005), aumenta en mayor medida en los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Canarias (20 puntos) y Castilla-León (14 puntos). Por el contrario, de las ocho Comunidades Autónomas que disminuyeron su nivel de ejecución en 2005 respecto del ejercicio anterior, las mayores disminuciones son las de los Ayuntamientos de Madrid (15 puntos) y Galicia (10 puntos).

Por estratos de población, en los dos ejercicios, el nivel más bajo de ejecución lo presentan los Ayuntamientos de Municipios de población mayor a 50.000 habitantes (52-54 %), seguidos de los de población entre 5.000 y 50.000 habitantes (59-60 %) y el más alto los menores de 5.000 habitantes (62-65 %), situación idéntica a la de ejercicios anteriores.

— La recaudación fue del 58 % en 2004 y 56 % en 2005, siendo los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Cataluña (40-35 %), las Islas Baleares (40-39 %) y Valenciana (41-46 %), los que alcanzaron un menor nivel, aumentando su nivel de recaudación en el ejercicio 2005 los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Foral de Navarra y Valenciana.

III.3.4 Indicadores

Los cuadros siguientes reflejan los promedios de diversos indicadores, que reflejan algunos aspectos de la actividad económico-financiera de los Ayuntamientos en los ejercicios 2004 y 2005:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

— La carga financiera global(40) alcanzó el 9 % en los dos ejercicios, siendo la más elevada en el ejercicio 2004 la de los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Región de Murcia (el 16 %) y de Castilla y León, Islas Baleares y Principado de Asturias (todas, con el 12 %), destacando en el 2005 la de los pertenecientes a Aragón con el 51 % y, en sentido contrario, presentan el menor indicador las Comunidades Autónomas de Canarias, Extremadura, Foral de Navarra y País Vasco (con valores entre el 4 y el 6 %). En relación con el ejercicio 2003, la carga financiera global ha aumentado un punto.

(40) Mide la proporción entre las obligaciones reconocidas por intereses y por amortización de pasivos financieros a largo plazo (capítulos 3 y 9) y los derechos reconocidos por operaciones corrientes (capítulos 1 a 5).

El indicador obtenido para los Municipios con población superior a 50.000 habitantes es del 10 %, superior en un punto al del ejercicio 2003, mientras que disminuye el porcentaje en los estratos de población entre 5.000 y 50.000 habitantes, en un punto en 2004 y en dos en 2005, situándose en el 7 %, y para el estrato de menos de 5.000 habitantes con el 5 %, porcentaje inferior en un punto al del ejercicio 2003.

— El ahorro neto(41) fue positivo, alcanzando el 9,6 % en 2005, similar al de los dos ejercicios anteriores, presentando un promedio positivo todas las Comunidades Autónomas, a excepción de Región de Murcia en 2004 y de Aragón en 2005, lo que significa que los gastos corrientes y de amortización de pasivos financieros fueron inferiores a los ingresos corrientes, es decir, que existió margen de estos últimos para financiar operaciones de capital o de adquisición de activos financieros, siendo los Ayuntamientos de Cataluña y del País Vasco los que presentaron un mayor ahorro neto, en los dos ejercicios, y en sentido contrario, en el ejercicio 2004, los de Andalucía e Islas Baleares el menor de los saldos positivos, con el 3,5 %, y en 2005 los pertenecientes a la Región de Murcia con el 4,5 %. Por tamaño de población, el ahorro neto del ejercicio 2005 es similar al del ejercicio anterior en los Municipios de población mayor a 50.000 habitantes, con el 7,7 %, ha aumentado 1,1 puntos en los de población entre 5.000 y 50.00 habitantes, con un porcentaje del 11,6 % y ha disminuido 0,3 puntos en los Ayuntamientos menores a 5.000 habitantes (14,4 %).

(41) Se entiende por ahorro neto el porcentaje entre la diferencia de los derechos reconocidos por operaciones corrientes (capítulos 1 a 5) y las obligaciones reconocidas por los capítulos 1 a 4 y 9, sobre los derechos reconocidos por operaciones corrientes (capítulos 1 a 5).

— El indicador de transferencias recibidas(42) fue del 34 % en 2005, inferior en dos puntos al de 2004, siendo los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de las La Rioja, Madrid y Cantabria (con el 25 % y 26 %,) los que menor dependencia presentaron de estos recursos; por el contrario, los de las Comunidades Autónomas de País Vasco, Canarias y Extremadura (con valores entre el 46 y el 54 %), fueron los que más han dependido de transferencias de otros Entes. En cuanto a los valores por estratos, los Ayuntamientos de Municipios con población superior a 50.000 habitantes han disminuido el porcentaje en tres puntos (pasan del 34 al 31 %) y los Ayuntamientos de Municipios con población entre 5.000 a 50.000 y menores de 5.000 habitantes presentan un índice del 35 y 47 %, respectivamente, igual e inferior en un punto, al del ejercicio 2004.

(42) Representa la proporción entre los derechos reconocidos por los capítulos 4 y 7 (transferencias corrientes y de capital, respectivamente) y el total de los del ejercicio.

Los indicadores que se analizan a continuación son los establecidos en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 20 de septiembre de 1989, sobre estructura de los presupuestos de las Entidades locales, y describen las variaciones en la estructura del patrimonio:

— La formación bruta de capital(43) alcanzó los 4.399.539 miles de euros, cifra inferior en un 9,5 % a la del ejercicio 2004 (4.857.414 miles de euros) y supone el 12,4 % del total de los gastos del ejercicio, porcentaje inferior en 2,4 puntos al de 2004. Los menores niveles de inversión en el ejercicio 2005 corresponden a los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Madrid (5,8 %) y La Rioja (6,7 %) y, los más elevados a los de la Comunidad de Galicia (17,8 %). Los valores por estratos fueron los siguientes:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(43) A estos efectos, la formación bruta de capital se entiende como la diferencia entre las obligaciones y los derechos reconocidos netos por los capítulos 6 (inversiones reales-enajenación de inversiones reales), y guarda una alta correlación con las actividades creadoras de infraestructuras y con el nivel de empleo.

La aplicación de recursos en la financiación de inversiones es, en términos relativos, inversamente proporcional a la población de los Municipios.

— El saldo neto de transferencias de capital(44) fue positivo en 1.478.130 miles de euros, superior en un 34 % al de 2004 (1.106.622 miles de euros), destacando por su elevada cuantía los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mientras que sólo en los de Cataluña y Madrid se concedió mayor volumen de transferencias de capital de las que se recibieron, situación similar a la de los ejercicios anteriores. Los valores por estratos fueron los siguientes:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(44) Diferencia entre los derechos y las obligaciones reconocidas por el capítulo 7, por lo que representa el volumen de este recurso gestionado directamente por las Entidades.

Los Ayuntamientos de Municipios con población superior a 50.000 habitantes presentan un saldo negativo en este indicador, debido a que una parte de su gestión está descentralizada en otras Entidades (Organismos autónomos, Sociedades mercantiles, Consorcios, etc.), a las que entregan más transferencias de capital de las que perciben. En términos relativos, la aportación de 2005 ha sido inferior en 16 puntos a la de 2004. En sentido inverso, los Ayuntamientos de Municipios con población inferior a 50.000 habitantes gestionan de forma directa el 87 % de las transferencias de capital recibidas, cifra idéntica en los dos ejercicios.

— La variación neta de activos financieros(45) fue positiva en 297.855 miles de euros, cifra superior en un 62 % a la del ejercicio anterior (184.375 miles de euros), lo que significa que durante 2005 el importe por adquisición de deuda, acciones y obligaciones y concesión de préstamos fue mayor que el de enajenaciones y devoluciones o amortizaciones por estos conceptos en el ejercicio, salvo en los Ayuntamientos de las Comunidades Autónomas de Extremadura y La Rioja.

(45) Diferencia entre las obligaciones y derechos reconocidos por el capítulo 8.

— La variación neta de pasivos financieros(46) supuso, en 2005, un incremento del endeudamiento de los Ayuntamientos de 878.438 miles de euros, cifra inferior en un 15 % a la del ejercicio anterior (1.026.447 miles de euros). Los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Madrid son los que mayor endeudamiento presentan con valores de 693.228 en 2004 y 627.624 miles de euros, en 2005, mientras que estos valores son negativos en los Ayuntamientos de cuatro Comunidades Autónomas en 2004 y de seis en 2005.

La distribución por estratos de población de estos dos últimos indicadores es la siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

(46) Diferencia entre los derechos y obligaciones reconocidos por el capítulo 9, por lo que representa el incremento del endeudamiento a largo plazo.

IV. SOCIEDADES MERCANTILES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL

IV.1 SOCIEDADES MERCANTILES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL

En el presente Informe, de modo semejante a los de ejercicios precedentes, pero en este caso abarcando dos ejercicios, los correspondientes a 2004 y 2005, se detalla el número de sociedades mercantiles del Subsector público local a nivel nacional, con su distribución territorial y sectorial, incluyendo tanto la información obrante en el Tribunal de Cuentas como los datos facilitados por los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas. Se analizan, además, el cumplimiento de la legalidad en la constitución de nuevas sociedades, y la situación patrimonial, financiera y los resultados obtenidos en 2004 y 2005, de las empresas ubicadas en Comunidades Autónomas que no tenían constituido un Órgano de Control Externo, o que teniéndolo no tuvieran competencias sobre las Corporaciones locales en dichos ejercicios.

El Subsector local, al cierre de los ejercicios 2004 y 2005, participaba mayoritariamente en el capital de 1.219 y 1.296 sociedades mercantiles, respectivamente. Mientras en el ejercicio 2004 el número de empresas públicas locales creció un 7 % respecto al ejercicio precedente (75 empresas más), en 2005 lo hizo en un 6 % (un aumento de 77 empresas).

A los efectos de ofrecer una visión del crecimiento del número de sociedades mercantiles en el Subsector Público Local, se muestra a continuación la evolución del número de empresas locales existentes en las diferentes Comunidades Autónomas en el periodo 2000-2005(47):

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El número de empresas públicas locales existentes al cierre de cada ejercicio reflejado en este Informe puede no corresponder al reflejado en los respectivos Informes Anuales sobre el Sector Público Autonómico y Local, debido a que incorpora información sobre la constitución y disolución de sociedades mercantiles que no se disponía en las fechas de emisión de dichos Informes Anuales.

Considerando todo el quinquenio 2001-2005, en que el número de empresas públicas locales creció a nivel nacional en un 34 %, el mayor incremento absoluto se produjo en el País Vasco, con un aumento neto de 74 empresas, que representaban el 22 % de todo el incremento agregado (un total de 329 nuevas empresas a nivel nacional). No obstante salvo la Comunidad Autónoma de la Rioja, el mayor incremento relativo se registró en Castilla-La Mancha, que pasó de 13 empresas al final de 2000 a 27 al cierre de 2005, representativa de un aumento del 108 %.

Las Comunidades Autónomas en cuyo territorio se sitúan un mayor número de empresas públicas locales eran, por este orden, Andalucía, Cataluña y País Vasco, que reunían, conjuntamente, al 58 % del total nacional. A diferencia de esta última, cuyo incremento en el número de empresas se ha mencionado antes, Andalucía y Cataluña se situaban entre las Comunidades Autónomas con menores incrementos relativos a lo largo del periodo considerado, con un 11 % y un 13 %, respectivamente. Por su parte, La Rioja, con 2 empresas, y Cantabria, con 12, siguen siendo en 2005, al igual que en los ejercicios precedentes, las Comunidades con un menor número de empresas públicas locales.

La distribución de las sociedades mercantiles según el tipo de Entidad local titular en el periodo 2000-2005 fue la siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Entre las empresas participadas por municipios en 2004 y 2005 se han incluido 20 del País Vasco que, de acuerdo con la información facilitada por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, pertenecen a varios municipios, y entre las empresas provinciales se encuentra una de la misma Comunidad Autónoma que pertenece a varias provincias. En los ejercicios 2002 y 2003 existían respectivamente 12 y 9 empresas que pertenecían a varios Ayuntamientos incluidas entre las empresas municipales. Como muestra el cuadro anterior, de las 1.296 sociedades mercantiles que estaban participadas mayoritariamente a 31 de diciembre de 2005 por Entidades locales, 1.143 eran municipales, 70 pertenecían a Diputaciones provinciales, 28 a Cabildos o Consejos insulares, 15 a Comarcas, otras 23 a Mancomunidades de municipios, 7 a Áreas metropolitanas, 9 a Consorcios y otra más a una Entidad Local de Ámbito Territorial Inferior al Municipio.

El número de empresas por cada millón de habitantes, por Comunidades Autónomas, se detalla en el siguiente cuadro:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

De media, en el conjunto del territorio nacional, existían constituidas al cierre de 2005 más de 29 empresas públicas locales por cada millón de habitantes, lo que respecto a las 24 existentes en el ejercicio 2000 representa un crecimiento del 23 %. El País Vasco, que contaba con casi 80 empresas públicas locales por cada millón de habitantes superaba ampliamente esta media, con un crecimiento del 76 % en el quinquenio. Destaca también Aragón, con más de 61 empresas por millón de habitantes, y un crecimiento en cinco años del 74 %, si bien el aumento más notorio lo presenta Castilla-La Mancha, donde el número de empresas relativo a su población prácticamente se dobló. En el otro extremo, la Comunidad Autónoma con un menor número relativo de empresas sobre su población continuaba siendo, al igual que en ejercicios precedentes, La Rioja, con menos de 7 sociedades por cada millón de habitantes.

Si se consideran únicamente las sociedades mercantiles dependientes de Ayuntamientos, excluidas las que, como antes se señaló, pertenecen a varias Corporaciones, de manera que no pueden encuadrarse en un tramo de población concreto, su distribución en función del tamaño de los municipios sería la siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El crecimiento, tanto en el número de empresas públicas municipales en el periodo 2000-2005, como en el número de municipios titulares de sociedades mercantiles, ha afectado a todos los intervalos de población, si bien fue particularmente significativo entre los municipios más pequeños. Así, pese a que al final de 2005 sólo se redujo el número de municipios en los intervalos de menor población (menores de 1.000 y de 5.000 habitantes, respectivamente), en ambos intervalos se registraron los mayores crecimientos en el número absoluto de empresas, y correlativamente en el número medio por municipio y en el número medio por millón de habitantes, superando el 60 % y el 50 % respectivamente en el primero y segundo intervalos.

La única excepción al crecimiento del número de municipios que tienen constituidas empresas se produjo en el grupo de mayores municipios, donde se pasó de 15 municipios con sociedades mercantiles (el 100 % del total) a 14 (el 88 %).

Todo lo anterior no evitó que siguiera observándose una clara correlación entre el número de empresas por municipio y la población de derecho, de modo que los Ayuntamientos más grandes y con mayores recursos mantenían por término medio un mayor número de sociedades mercantiles. No obstante, el número relativo de empresas públicas locales por cada millón de habitantes es claramente decreciente con el tamaño de los Ayuntamientos, tendencia aún más acusada en 2005 que en 2000.

Atendiendo a la actividad de las empresas públicas locales, su distribución en 2004 y 2005 en cada Comunidad Autónoma, distinguiendo aquellas que constituyen servicios municipales obligatorios de las que no lo son, fue la siguiente:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El número de sociedades mercantiles que incluían entre sus actividades alguno de los servicios públicos de prestación obligatoria para los Ayuntamientos de acuerdo con el artículo 26 de la LRBRL, ascendió a 308 en 2004 y a 323 en 2005, el 25 % del total en cada ejercicio. Por su parte, 883 y 920 empresas, respectivamente, se dedicaban a otras actividades económicas. No se ha dispuesto de información sobre la actividad de 28 empresas públicas locales en 2004 y de 53 en 2005, de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Galicia, País Vasco y Principado de Asturias.

A continuación se muestra la distribución por tramos de población de las empresas que prestan servicios municipales obligatorios u otras actividades, pero en este caso incluyendo únicamente las 1.045 y 1.123 empresas que respectivamente en 2004 y 2005 eran de titularidad municipal:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Cabe señalar que las empresas dedicadas a servicios municipales obligatorios se concentran en aquellos Ayuntamientos de mayor población, lo que se corresponde con el sistema establecido en la LRBRL, que incrementa el número de dichos servicios obligatorios en los municipios mayores. De modo significativo, el tramo de Ayuntamientos de más de 250.000 habitantes es el único en el que son mayoría las empresas dedicadas a servicios públicos municipales obligatorios.

La actividad inmobiliaria es, con diferencia, a la que se dedica el mayor número de empresas (461 y 475 en 2004 y 2005, respectivamente, el 38 % y el 37 % del total). Destacan también las empresas dedicadas a actividades de promoción y desarrollo económico, que totalizaban 144 al final del periodo analizado, y las que prestan servicios culturales y recreativos, que alcanzaban el número de 100 empresas.

Por Comunidades Autónomas, destaca la concentración de más de la mitad de las empresas ubicadas en Aragón y la Comunidad de Madrid en el sector inmobiliario que además aglutina a más del 25 % de las sociedades mercantiles locales en otras 11 Comunidades Autónomas (Andalucía, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Foral de Navarra, Islas Baleares, La Rioja, País Vasco, Principado de Asturias y Región de Murcia).

También recogen más de la cuarta parte de las empresas públicas locales en Canarias, Cantabria y La Rioja el sector de servicios culturales y recreativos y en Extremadura el agropecuario.

IV.2. SOCIEDADES MERCANTILES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL PERTENECIENTES AL ÁMBITO TERRITORIAL DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS SIN ÓRGANO DE CONTROL EXTERNO CON COMPETENCIAS SOBRE ENTIDADES LOCALES

El ámbito subjetivo de los análisis específicos realizados se ha limitado a las empresas públicas locales pertenecientes al ámbito territorial de las Comunidades Autónomas que no contaban con un Órgano de Control Externo en funcionamiento en los ejercicios 2004 y 2005 o que, teniéndolo, no tenía competencias sobre Entidades locales.

El número total de sociedades mercantiles en dicho ámbito territorial era, al cierre de 2004, de 188, cuya relación figura en el anexo VI. De ellas, 7 pertenecían a Diputaciones provinciales, 2 a Comarcas, 2 a Mancomunidades de municipios, 3 a Consorcios y 1 a la Entidad local menor de Escarrilla, en Huesca, correspondiendo las restantes 173 a Ayuntamientos. Al final de 2005, el número de empresas era igualmente de 188 y su relación se encuentra en el anexo VI. De ellas, 7 pertenecían a Diputaciones provinciales, 2 a Comarcas, 2 a Mancomunidades de municipios, una al Consorcio de los Valles (Huesca) y otra a la Entidad local menor de Escarrilla, en Huesca, correspondiendo las restantes 175 a Ayuntamientos.

Del total de 188 sociedades consideradas en 2004, 157 eran de titularidad íntegramente local y 31 contaban con una participación local mayoritaria, mientras que en 2005 la proporción de empresas cuya titularidad era íntegramente local aumentó, pasando a 164, frente a 24 sociedades mixtas, con el siguiente detalle, por Comunidades Autónomas:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

48 Andalucía, Galicia, Cataluña, País Vasco, Madrid, Navarra, Comunidad Valenciana, Castilla y León e Islas Baleares. Desde  2005 también Asturias.

Por sectores de actividad, el detalle es el siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Como se desprende de los datos anteriores, las empresas de titularidad íntegra local son predominantes en las actividades no encuadradas entre los servicios municipales obligatorios, mientras que las sociedades mixtas tienen una mayor presencia en estos últimos, y particularmente en el abastecimiento y saneamiento de aguas y mercados de abastos, superando en estos casos a las de titularidad plena de una Entidad local.

IV.2.1 Cumplimiento de la legalidad en la creación de Sociedades Mercantiles locales en los ejercicios 2004 y 2005

En el ejercicio 2004 se constituyeron 17 nuevas empresas públicas locales en el ámbito territorial considerado, y 2 fueron disueltas, mientras en 2005 se crearon 20 empresas nuevas. Se ha examinado una muestra de 11 expedientes de creación de empresas constituidas en 2004 y 8 expedientes de 2005, tramitados por las respectivas Corporaciones titulares, que se relacionan a continuación:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Como puede observarse en el cuadro anterior, todas las sociedades mercantiles fueron constituidas por Ayuntamientos, y en todos los casos como únicos titulares, con la excepción de la empresa Baronía de Escriche, S.L., constituida en 2004 por la Diputación Provincial de Teruel, con la participación del Instituto Aragonés de Fomento (Gobierno de Aragón).

La potestad de las Entidades locales para constituir sociedades mercantiles, o adquirir participaciones en otras preexistentes, debe ejercerse de acuerdo con el procedimiento previsto para el ejercicio de actividades económicas en el artículo 97 del TRRL, y los artículos 56 y ss. del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (RSCL), aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955. Esta regulación establece el contenido del expediente de creación, que debe incluir los aspectos sociales, jurídicos, técnicos y financieros de la actividad económica, de entre los que cabe destacar la justificación de la oportunidad y conveniencia de la forma de gestión elegida del servicio o la actividad, de entre las previstas en la Ley, y un proyecto de precios del servicio.

No obstante, el artículo 6º.2 del RDL 3/1980, de 14 de marzo, sobre creación de suelo y agilización de la gestión urbanística, excluye expresamente la formación del expediente en el caso de sociedades urbanísticas de titularidad de Corporaciones locales, como eran 8 de las 11 constituidas en 2004, y 6 de las 8 de 2005. En todo caso, en la constitución de todas las sociedades afectadas por dicha norma, excepto Promoción de Suelo y Vivienda de Campos, SRL y San Mateo de Gállego Sociedad Municipal, S.L., constituidas en 2004 y la Sociedad Mercantil de Gestión Urbanística Municipal Caudete S.A., constituida en 2005, se tramitaron los expedientes de municipalización.

En el caso de otras 2 sociedades constituidas en 2004 (Fuerzas eléctricas de Bogarra, S.A. y Onda Cotillas Radio 2000 SL) y 2 en 2005 (Sociedad Mercantil Distribuciones Energías Eléctricas Talayuelas, SL y Empresa pública de servicios del Ayuntamiento de Cuenca, S.A.), ninguna de ellas urbanística, no se ha acreditado la formación del citado expediente con el contenido mínimo exigido.

Con esa salvedad, todas las Entidades locales han dado cumplimiento al requerimiento de documentación realizado por este Tribunal, excepto las escrituras de constitución de Sociedad de Desarrollo de Biescas, S.L., Logroño deporte, S.A., Sociedad de Gestión de Suelo de Caravaca, S.L., Baronía de Escriche, S.L., Sociedad urbanística municipal de Mallén, S.A., San Mateo de Gállego Sociedad Municipal, S.L., Sociedad Desarrollo Urbanístico Villanueva de Gállego, Sociedad de desarrollo de Muel, S.L., Sociedad de vivienda y suelo de Santander, S.A., Promoción Municipal Marimingo S.L. y Sociedad de gestión municipal de Ayerbe SL.

En la revisión de los expedientes examinados se han puesto de manifiesto los siguientes defectos:

— En ninguno de los expedientes examinados se encuentra motivada la elección de forma jurídica de sociedad mercantil para llevar a cabo la actividad correspondiente.

— No consta el nombramiento, por el Pleno de la Diputación Provincial de Teruel, de la Comisión de estudio que debía elaborar la memoria sobre los aspectos técnicos, jurídicos, económico-financieros y sociales de la provincialización en la constitución de la sociedad Baronía de Escriche, S.L.

— El proyecto de precios de los servicios que se van a prestar por las futuras empresas solo consta en la constitución de las sociedades Logroño deporte, S.A., Sociedad de Gestión de Suelo de Caravaca, S.L., Sociedad Desarrollo Urbanístico Villanueva de Gállego, Sociedad de desarrollo de Muel, S.L., Sociedad de vivienda y suelo de Santander, S.A., Promoción Municipal Marimingo, S.L., Pastriz XXI, S.L. y Sociedad de gestión municipal de Ayerbe, S.L.

— No se ha acreditado la exposición pública del expediente de municipalización en la constitución de las sociedades Onda Cotillas Radio 2000, S.L., Sociedad Mercantil Distribuciones Energías Eléctricas Talayuelas, S.L., Sociedad mercantil de gestión urbanística municipal, Caudete S.A. y Empresa pública de servicios del Ayuntamiento de Cuenca, S.A.

Al cierre del ejercicio 2004 se encontraban activas 166 de las 188 empresas objeto de análisis; otras 8 se encontraban en liquidación, y las restantes 14, sin actividad. Se han recibido, hasta la fecha de cierre de los trabajos de análisis, las Cuentas anuales de 144 de las empresas activas, de 4 que se encontraban en liquidación y de 5 sociedades inactivas, debiendo señalarse, como en ejercicios anteriores, que la normativa mercantil no prevé que la falta de actividad suponga una excepción a la obligación de formar Cuentas anuales ni pueden quedar al margen de la obligación de rendir cuentas.

Respecto al ejercicio 2005, las empresas activas eran 166, las inactivas 15 y las que se encontraban en liquidación 7, habiéndose recibido las Cuentas anuales de 130, 3 y 3 empresas, respectivamente.

Las sociedades mercantiles que no han remitido sus cuentas anuales a este Tribunal de Cuentas son las siguientes:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Entre estas sociedades mercantiles se encuentran algunas cuya existencia se constató una vez finalizados los trabajos de análisis, por lo que sus cuentas anuales no fueron requeridas expresamente a las Entidades locales, a diferencia del resto. Esta circunstancia afectó a 21 sociedades en 2004 y a 32 en 2005.

La empresa Polígono Industrial Obanca S.L., del Ayuntamiento de Cangas del Narcea, Asturias, que estaba en liquidación en 2003, se liquidó y disolvió en 2004, mientras que Productos de Carreño S.A., del Ayuntamiento de Carreño, también en Asturias, hizo lo propio en 2005. Las otras dos sociedades que se encontraban en liquidación al cierre de 2003, Herrera del Duque Forestal, S.A. (Ayuntamiento de Herrera del Duque, Badajoz) y Empresa Municipal de la Vivienda de Laredo S.A. (Ayuntamiento de Laredo, Cantabria), continuaban sin disolverse en 2004 ni en 2005, mientras que 5 empresas activas en 2003 se encontraban en liquidación al cierre del ejercicio 2004.

De las 15 empresas sin actividad al cierre del ejercicio 2003, una se liquidó y extinguió en 2004, sin que desde su constitución tuviera ninguna actividad, mientras que del resto, 3 pasaron a tener actividad (Promotora Municipal de Calasparra, S.A., Ayto. Calasparra, Murcia; El Sabinar Sociedad Municipal, S.L., Ayto. Épila, Zaragoza; Jaraba Sociedad Municipal, S.L., Ayto. Jaraba, Zaragoza), y las otras 10 continuaron inactivas. En el ejercicio 2005 estas empresas no cambiaron su estado.

Las 5 empresas inactivas cuyas cuentas de 2004 han sido analizadas, de las que una estaba activa en 2005 (Onda Cotillas Radio 2000 SL, constituida en 2004) y otra no remitió su cuenta de este ejercicio (Fayón de Gestión Urbanística, S.L., sin actividad desde 2003), mantuvieron activos por un valor agregado de 703.229 euros y 697.992 euros, respectivamente, al cierre de 2004 y 2005. Todas ellas se situaban en la Provincia de Zaragoza, salvo una en Murcia, precisamente la del sector de medios de comunicación, que empezó su actividad en 2005, con la siguiente distribución por sectores de actividad:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

De las empresas incluidas en el cuadro anterior en ambos ejercicios, una se encontraba sin actividad desde 1997 (Sociedad Municipal de Fomento de Turismo de Nuévalos, S.L.), otra desde 1998, año en que se constituyó (Mediavega Bilbilitana, S.L.) y otra desde 1999 (Sociedad Urbanística S.A. del Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén), sin disolverse en el periodo fiscalizado.

Se muestra a continuación los datos agregados de activo, patrimonio neto, cifra de negocio y resultados correspondientes a las 144 y 130 sociedades activas al cierre de 2004 y 2005, respectivamente, cuyas cuentas han sido analizadas:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Mientras el descenso en el número de sociedades consideradas entre ambos periodos, debido a la exclusión del Principado de Asturias en 2005, tiene una clara influencia en el descenso de las cifras agregadas, destaca el incremento del 50 % en el resultado agregado del ejercicio 2005 respecto al 2004, pasando de 31 millones de euros a 47 millones de euros.

La primera explicación de ese aumento se encuentra en las pérdidas de casi 6 millones de euros en las empresas asturianas, que no se han considerado en 2005. Si se excluye este efecto, el incremento del resultado agregado sería de un 27 %. Aunque se produjeron aumentos en esta cifra en Aragón, Extremadura y Murcia, la mayor contribución al aumento global se debió a las empresas radicadas en Castilla-La Mancha, que aumentaron sus resultados anuales en más de 7 millones de euros, lo que se debe al incremento de resultados de 2 empresas: URVIAL Sociedad de Gestión Urbanística, S.L., del Ayuntamiento de Albacete y Empresa Municipal de la Vivienda S.A., del Ayuntamiento de Toledo, que aumentaron en 3,7 y 3,3 millones de euros, respectivamente, sus resultados. Estas 2 mismas sociedades fueron las responsables, así mismo, del fuerte aumento de la cifra de negocios en esa Comunidad Autónoma, con 11,6 y 18,2 millones de euros de crecimiento, que explican el total de ese aumento, y el 61 % del total agregado, excluido el efecto de la exclusión del Principado de Asturias.

De las 144 Cuentas anuales de 2004 de empresas activas, 29 mostraban cifras de negocio nulas, y sólo 10 de ellas tuvieron otros ingresos de explotación, por lo que 19 empresas no declaradas expresamente sin actividad no contaron con ingreso de explotación alguno. No obstante, debe mencionarse que 7 de ellas se constituyeron en 2004. Las restantes 12 empresas sin ingresos de explotación, salvo dos del sector de producción y distribución de energía, constituidas en 2002, pertenecían al sector inmobiliario, y 5 de ellas presentaron consumos de explotación negativos, lo que supone, dada la naturaleza de su actividad, un aumento de existencias de producto en curso y terminado, sin resultar aún en ingresos por ventas.

En el ejercicio 2005, de 130 Cuentas anuales de empresas activas, 33 tenían cifras de negocio iguales a cero, 9 de ellas con otros ingresos de explotación. De las restantes 24, 4 se constituyeron en el mismo ejercicio 2005, y sólo 5 pertenecían a actividades distintas a la inmobiliaria, mientras que otras 10 presentaron consumos de explotación negativos.

A continuación se muestran las sociedades activas con cifra de negocio nula, con el detalle, en su caso, de sus otros ingresos de explotación, el resultado neto de explotación, el beneficio del ejercicio y su cifra de capital. Veintidós de ellas presentaban su cifra de negocios a cero tanto en 2004 como en 2005:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

De las 10 empresas que en 2004 presentaron otros ingresos de explotación y de las 9 que hicieron lo propio en 2005 (6 de ellas coincidieron en ambos ejercicios), 8 empresas en cada ejercicio debieron esas cifras en más de un 70 % a subvenciones de explotación. Dichas subvenciones corrientes alcanzaron al 100 % de los ingresos de explotación en 6 casos en 2004 y otros 6 en 2005.

IV.2.2 Situación patrimonial

En el cuadro incluido a continuación se muestra la situación patrimonial al cierre de los ejercicios 2004 y 2005 del conjunto de las 144 y 130 sociedades mercantiles públicas locales, respectivamente, agrupadas por la Comunidad Autónoma a la que pertenecen, cuyas Cuentas anuales han estado a disposición de este Tribunal de Cuentas, con el detalle de las masas contables que componen el patrimonio neto contable, incluidos los ingresos a distribuir en varios ejercicios netos de efecto fiscal, y excluidas las acciones propias, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 20 de diciembre de 1996, del ICAC («Criterios generales para determinar el concepto de patrimonio contable a efectos de los supuestos de reducción de capital y disolución de sociedades regulados en la legislación mercantil»). Junto con las cifras agregadas de patrimonio contable, se recoge el patrimonio medio por empresa en la última columna:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Todas las Comunidades Autónomas consideradas contaban en los ejercicios examinados con agregados de patrimonio neto positivos, si bien destacan las empresas asturianas por contar con un promedio de neto patrimonial por empresa de casi 5 millones de euros al cierre de 2004. No obstante, el efecto global en el patrimonio medio por empresa en 2005 de la exclusión de Asturias fue mínimo, debido a la mejora en las cifras de las empresas del resto de Comunidades Autónomas, salvo en las de Cantabria, que disminuyeron en conjunto un 4 %.

El gran incremento en la cifra global de resultados acumulados, que prácticamente se duplicó entre ambos ejercicios, se debió tanto a la eliminación de las empresas asturianas, que acumulaban pérdidas de casi 8 millones de euros en 2004, como al crecimiento generalizado en el resto de regiones, salvo Cantabria y La Rioja, y particularmente en las empresas castellano-manchegas, que alcanzaron en 2005 resultados acumulados de más de 7 millones de euros, en contraste con el ejercicio 2004, en que no alcanzaron los 0,2 millones de euros.

A fin de analizar la proporción que representaron estos netos patrimoniales sobre el total de los pasivos, como medida de la solvencia a largo plazo, se ha calculado por Comunidad Autónoma, tanto el valor efectivo de este indicador para 2004 y 2005, como el que habría resultado de no contar las subvenciones de capital. La diferencia entre ambos refleja la influencia de las subvenciones de capital en el total de la financiación de la actividad de las empresas, y por ende, en su solvencia a largo plazo.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El grado de solvencia a largo plazo del conjunto de las empresas analizadas permaneció estable, alcanzando el neto patrimonial alrededor de un 36 % del total del pasivo tanto en 2004 como en 2005, si bien ello es reflejo del aumento de estas cifras en 2005 en Aragón, Castilla-La Mancha, Extremadura, y su disminución en Cantabria, La Rioja y, apenas, en Murcia. De modo análogo, el ratio general al eliminar las subvenciones de capital presentaba cifras agregadas de alrededor del 28 % en ambos ejercicios, manteniéndose el efecto agregado de las subvenciones de capital netas de impuestos levemente por encima del 8 % del total del pasivo.

Los mejores indicadores relativos de solvencia a largo plazo se encontraban en el conjunto de empresas de las Comunidades Autónomas de Cantabria, con más del 70 % en cada ejercicio y, a gran distancia, de La Rioja y de Murcia, que se situaban alrededor del 40 %. El agregado de las empresas de Castilla-La Mancha era significativamente inferior a la media, sin alcanzar el 20 % en ninguno de los dos ejercicios.

Las empresas de las Comunidades Autónomas de Aragón y Murcia, con porcentajes superiores al 10 % de las subvenciones sobre el total pasivo en ambos ejercicios, son las que presentaban una dependencia mayor de las subvenciones de capital. El caso contrario lo representaban las empresas de Cantabria, Castilla-La Mancha y La Rioja, todos ellos con un efecto de las subvenciones inferior al 3 % del pasivo total en cualquiera de los ejercicios analizados. Los cambios más significativos en estos indicadores fueron la disminución en las empresas de Cantabria, Castilla-La Mancha y Extremadura, y su crecimiento en las empresas de La Rioja.

Se han analizado las Cuentas anuales de 2004 y 2005 de todas las empresas públicas locales situadas en Comunidades Autónomas sin un Órgano de Control Externo con competencias sobre el Subsector local, incluyendo las empresas sin actividad y las que se encuentran en liquidación, con el fin de determinar cuáles se encuentran en los supuestos de disolución obligatoria previstos en los artículos 260 de la LSA y 104 de la LSRL, cuando el patrimonio neto no alcanza la mitad de la cifra de capital de la sociedad, o de reducción de capital contemplados en los artículos 163.1 LSA y 82 LSRL, cuando el patrimonio quede por debajo de los dos tercios del capital, junto con las que presenten un neto patrimonial negativo.

El detalle de las 37 sociedades mercantiles del Sector público local que se encontraban en alguna de estas situaciones en 2004 o 2005, así como su situación en el ejercicio 2003, se presenta a continuación:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Del análisis efectuado se desprende que 31 empresas se encontraban en algún supuesto de desequilibrio patrimonial a 31 de diciembre de 2004, 4 con un patrimonio neto inferior a dos tercios de su cifra de capital social, otras 11 con un patrimonio inferior a la mitad de su capital, y las 16 restantes con patrimonios netos negativos. Por su parte, al cierre de 2005, 4 empresas disponían de un patrimonio neto inferior a dos tercios de su cifra de capital social, en otras 7 era inferior a la mitad de su capital y en otras 9 sus patrimonios netos eran negativos, totalizando 20 empresas con desequilibrio patrimonial. Debe tenerse en cuenta que, como se ha repetido en este Informe, en 2005 no se han incluido las empresas asturianas.

Es destacable el caso de la Empresa pública de servicios del Ayuntamiento de Cuenca, S.A., con pérdidas que ocasionaron un patrimonio neto negativo al cierre de su primer ejercicio de funcionamiento, en situación de quiebra técnica. En el mismo caso, pero en su segundo ejercicio de vida, se encontraba Onda Cotillas Radio 2000 SL.

De las 31 empresas en desequilibrio en 2004, 24 se encontraban en la misma situación al cierre de 2003, y solamente 4 mejoraron respecto a ese año (Ayuntamiento de Cuenca, Maderas S.A., Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Gijón, S.A., Empresa Municipal Vega Baja S.A. y Promociones e Iniciativas Rio Aranda, S.A.). Por el contrario, empeoraron su situación Sociedad Agropecuaria Provincial de Cáceres, S.A., Radio Ceutí, S.L., Suelo Industrial, S.A. y Sociedad Urbanística de La Puebla de Alfindén, S.A., además de 8 empresas que estaban en equilibrio en 2003, junto con una que comenzó su funcionamiento en 2004.

En 2005, 7 de esas 31 empresas en situación de desequilibrio patrimonial en 2004, pasaron a estar equilibradas, mientras que 14 continuaban en alguna situación de desequilibrio, junto con 6 que en 2004 estaban equilibradas, o no existían aún, haciendo un total de 20 empresas en desequilibrio en 2005. Las cuentas de 2005 de las otras 10 empresas en desequilibrio en 2004 no se han analizado, como se detalla en la tabla anterior, 5 por no haberse recibido las cuentas, 3 por situarse en Asturias, una por haberse enajenado la participación del Ayuntamiento y otra por haberse disuelto. La evolución comparativa en el ejercicio 2005 se muestra en el siguiente cuadro, resumen de la tabla anterior:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Se ha analizado la influencia de las subvenciones de capital en el equilibrio patrimonial de las empresas públicas locales, con el fin de identificar aquellas empresas que mostrarían algún tipo de desequilibrio si no contaran con esta financiación, resultando que 5 empresas pasarían de estar en situación de equilibrio patrimonial a estar desequilibradas:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Como puede apreciarse en el cuadro anterior, 2 empresas alcanzarían en 2004 un patrimonio contable negativo de eliminarse el efecto de las subvenciones de capital pendientes de aplicar a resultados, mientras que otras 2 pasarían a tener un patrimonio inferior a la mitad de su cifra de capital, y otras 2 un patrimonio inferior a los dos tercios del capital. En 2005, una de las que tendrían un patrimonio inferior a la mitad de su capital mejoraría su situación aunque sin llegar a superar los dos tercios de la cifra de capital, y una empresa que en 2004 aparecía equilibrada pasaría a tener un patrimonio inferior a la mitad de su cifra de capital.

Del total de empresas con algún tipo de desequilibrio patrimonial en 2004 o 2005, casi la mitad se concentra en un sólo sector de actividad, el inmobiliario, y, sumados los sectores agropecuario, de comunicación y de servicios culturales y recreativos, agrupan casi el 90 % del total en cada ejercicio, como se detalla a continuación:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Debe hacerse notar que, de modo análogo a ejercicios anteriores, el sector inmobiliario ocupaba una posición preferente en cuanto al número absoluto de empresas en desequilibrio, pero no en cuanto al relativo, debido a su peso en el número total de empresas públicas locales, ya que el porcentaje de empresas dedicadas a esta actividad que se encontraban en desequilibrio es incluso inferior a la media.

Los porcentajes mostrados en el cuadro anterior de empresas en desequilibrio respecto de las integradas en el sector, y cuyas cuentas se han analizado, se encontraban superados en el caso de la industria de la madera, con el 67 % en 2004 (2 empresas de un total de 3) y el 50 % en 2005 (1 empresa de las 2 del sector). Así mismo, la única empresa integrada en 2005 en el sector de varios, por asumir varias actividades, se encontraba en desequilibrio.

IV.2.3 Estructura del pasivo exigible

La estructura del pasivo exigible de las empresas públicas locales del territorio considerado se ha analizado atendiendo al total de sus fondos ajenos y al ratio de endeudamiento resultante de su comparación con el total del pasivo, distinguiendo, así mismo, la composición de la deuda entre pasivos permanentes y circulantes, como se muestra en el cuadro siguiente, con datos agregados por Comunidades Autónomas, de las 144 y 130 empresas activas cuyas cuentas de 2004 y 2005, respectivamente, se han analizado:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La ratio medio de endeudamiento de las empresas se situó en el 0,57 y 0,59 al cierre de los ejercicios de 2004 y 2005, respectivamente, si bien debe destacarse el caso de las empresas de Castilla-La Mancha, que alcanzaban el 0,81 en 2004. De modo aún más acusado, las empresas extremeñas redujeron su ratio de endeudamiento del 0,64 en 2004 al 0,52 en 2005. En cambio, en el caso de Aragón no cambió la ratio de 0,60 de 2004 a 2005.

En el extremo contrario se situaban las empresas públicas locales cántabras, que incluso redujeron la ratio agregado del 0,18 en 2004 a un 0,16 en 2005.

Para poner de manifiesto la evolución de estos índices en estos ejercicios, se muestra a continuación el peso de la Deuda a corto plazo sobre el total de la Deuda y el peso de ésta última sobre el total pasivo (ratio de endeudamiento) de las empresas de cada Comunidad Autónoma en 2004 y 2005, junto con la cobertura de gastos financieros, o proporción del beneficio antes de intereses e impuestos sobre los gastos financieros, como medida del número de veces que se podrían pagar éstos con los beneficios económicos disponibles:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Como se desprende del cuadro anterior, en el conjunto de empresas consideradas el peso agregado de deuda a corto plazo sobre el total de la deuda había empeorado en el ejercicio 2005 respecto a 2004, y la cobertura de gastos financieros había mejorado, mientras que la ratio de endeudamiento permanecía casi igual, como anteriormente se mencionó.

En las 4 Comunidades Autónomas cuyas empresas contaban con fondos ajenos superiores a la mitad del pasivo total, los débitos a corto plazo superaban a los de vencimiento a largo plazo, salvo en las de Castilla-La Mancha en 2005. De hecho, esta situación se daba en todas las Comunidades Autónomas, salvo Asturias en 2004 y el citado caso de Castilla-La Mancha en 2005.

En cuanto a la cobertura de gastos financieros, los valores negativos de las empresas de Asturias en 2004 y de Cantabria y La Rioja en 2005, se debían a pérdidas agregadas antes de intereses e impuestos, y carecen de significado, puesto que indican que no hay beneficios con los que cubrir los gastos financieros. Al margen de las citadas Comunidades Autónomas con pérdidas, en Castilla-La Mancha los beneficios no alcanzaban en 2004 a cubrir los gastos financieros, ya que su ratio de cobertura, 0,58 era inferior a la unidad.

Una medida habitual de la solvencia a corto plazo de la empresa está constituida por la comparación de la cuantía de los fondos ajenos de vencimiento a corto plazo con la de los activos circulantes, cuyo grado de liquidez permitirá hacer frente a los pagos procedentes de aquellos. Esta comparación puede realizarse en términos absolutos (capital circulante o fondo de maniobra), o bien en términos relativos, calculando la ratio de solvencia a corto plazo o relación entre el activo y el pasivo circulante. A continuación se muestran los indicadores calculados para cada una de las Comunidades Autónomas analizadas en 2004 y 2005:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El cuadro anterior muestra unas ratios de solvencia de 1,59 y 1,74 calculadas para el total de empresas consideradas en 2004 y 2005 respectivamente, que indica una mejoría en la medida en que el activo circulante agregado supera a los pasivos circulantes en un 59 % y un 74 %, respectivamente, con unas horquillas entre el 1,42 y el 2,62 en 2004 y entre el 1,45 y el 3,87 en 2005, correspondiendo el mínimo y el máximo de ambos ejercicios a las empresas de Murcia y Cantabria, respectivamente.

Para analizar los problemas de liquidez inmediata se ha calculado la ratio de tesorería mediante la comparación de los activos líquidos de la empresa (inversiones financieras temporales y tesorería) con el total de las deudas a corto plazo, con el objeto de determinar qué porcentaje de éstas podría satisfacerse de modo inmediato. No obstante, en una empresa normal en funcionamiento, la capacidad de generación de liquidez descansa en el ciclo normal de explotación, por lo que el mantenimiento de fondos líquidos inactivos debe reducirse al mínimo exigible por prudencia. A continuación se muestra la ratio de tesorería agregada de las empresas de cada Comunidad Autónoma a 31 de diciembre de 2004 y 2005:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La ratio de tesorería agregado mostró un leve deterioro en 2005 (0,27) respecto a 2004 (0,30), entre otras razones por la eliminación de las empresas asturianas, que en 2004 presentaban uno de los mayores ratios (el segundo mejor, 0,94).

Las ratios de tesorería que se muestran no indican problemas de liquidez a corto plazo, aunque en el caso de las empresas de Cantabria la situación podría ser la inversa, con fondos líquidos superiores al total de los débitos a corto plazo, debido especialmente a dos empresas: Empresa Municipal de la Vivienda de Laredo S.A., que al cierre de 2005 disponía de una tesorería de más de 4 millones de euros, multiplicando por más de 20 la suma de sus pasivos a corto plazo, y Gran Casino del Sardinero, S.A., con unas inversiones financieras temporales de casi 3,7 millones de euros, más de 4 veces sus deudas a corto plazo, lo que en ambos casos parece indicar un exceso de fondos sin rentabilizar.

Mención aparte merece la cifra negativa de tesorería, en ambos ejercicios, en las empresas Iniciativas Para el Desarrollo Industrial de Graus, S.A., Industrias Forestales de Ansó, S.A., Sociedad Municipal Alcanadre, Explotaciones Forestales Valle de Hecho S.L, Gestión del Servicio Eléctrico de Hecho, S.L., Algorrona, S.L., El Sabinar Sociedad Municipal, S.L. y Radio Cieza, S.A. en 2004; en Empresa Municipal de Desarrollo Urbano de Santander, S.A., Fuerzas eléctricas de Bogarra, S.A. y Promociones de Ceutí S.A. en 2005 y en Herrera del Duque Forestal, S.A.

IV.2.4 Rentabilidad económica y financiera

La actividad económica de las sociedades mercantiles, incluidas las públicas, y entre ellas las pertenecientes al Subsector local, se traduce en la obtención de unos ingresos por venta de bienes y servicios que debería cubrir los costes de la explotación necesarios para obtener esa producción vendida, así como los gastos generales y los costes de financiación de la inversión realizada en estructura fija y activos circulantes.

Se ha calculado para las empresas analizadas su rentabilidad financiera, que compara los resultados netos efectivos con la inversión realizada por el titular del capital de la empresa, medida por el patrimonio neto de la misma. La rentabilidad financiera procede de la rentabilidad económica u operativa, modificada por el efecto de la financiación ajena. La rentabilidad operativa compara el resultado antes de intereses e impuestos, como rendimiento total de la empresa, al margen de su distribución para satisfacer intereses, impuestos y retribución a los propietarios, con el valor total del activo de la empresa. Adicionalmente, puede analizarse el margen de explotación como factor explicativo de la rentabilidad operativa, junto con la rotación de activos. El margen de explotación está constituido por la proporción que representa el resultado neto de explotación sobre la cifra de negocios o, desde otro punto de vista, el porcentaje de la cifra de facturación que, después de descontar los costes de explotación, se traduce en rendimiento de la empresa.

A continuación se muestra el importe agregado por Comunidad Autónoma del resultado de las empresas en los ejercicios 2004 y 2005, y el importe agregado descontando los ingresos por subvenciones, tanto brutos como netos de efecto fiscal:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La mejora, más arriba detallada, en los resultados globales de las empresas públicas locales entre los ejercicios 2004 y 2005 es aún más acusada al considerar el resultado eliminando los ingresos por subvenciones netas de efecto fiscal, que pasaron de unas pérdidas agregadas de casi 24 millones de euros a unos beneficios de más de 8 millones. No obstante, debe tenerse en cuenta a este respecto que sólo las empresas del Principado de Asturias explicaban el 97 % de las pérdidas de 2004, y que esas empresas no se han considerado en 2005.

Con independencia de ello, a las empresas murcianas, que en 2004 eran las únicas que presentaban resultados netos de subvenciones positivos, se unieron en 2005 las de Castilla-La Mancha y Aragón, y también las de La Rioja y Cantabria mejoraron sus cifras agregadas.

En todo caso, estos datos muestran hasta qué punto las subvenciones recibidas por las empresas públicas locales son decisivas para el mantenimiento de su actividad. De no contar con ellas, las empresas presentarían pérdidas, o, al menos, presentarían unos resultados sensiblemente inferiores.

A este respecto, el porcentaje de empresas subvencionadas en cada sector, y el total de ingresos por subvenciones netas de impuestos, por agregación de las de explotación y las de capital traspasadas al resultado, fueron las siguientes en los ejercicios 2004 y 2005 para las 144 y 130 empresas activas cuyas cuentas de 2004 y 2005, respectivamente, se han analizado:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El número de empresas subvencionadas es mayoría en todas las Comunidades Autónomas, salvo Castilla-La Mancha y Aragón en 2005, con una media general del 63 % en 2004 y del 52 % en 2005, ascendiendo las subvenciones contabilizadas en los resultados a más de 55 y 39 millones de euros.

Se muestra a continuación el detalle de las 23 empresas cuyas subvenciones corrientes superaron en el año 2004 al importe de sus cifras de negocios y de las 17 en esa misma situación en 2005:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Adicionalmente a los datos agregados, se ha considerado de interés mostrar el número de empresas que, en cada Comunidad Autónoma, obtuvieron en 2004 y 2005 ganancias o pérdidas, así como las que registran un resultado igual a cero:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El hecho de presentar un resultado exactamente igual a cero es, con mucha probabilidad, fruto de una política de financiación de la empresa que calcula las subvenciones que aporta la Corporación titular de su capital para obtener precisamente ese resultado. No obstante, sólo 2 de las empresas que se encuentran en este caso en 2004 y una de las de 2005, registra alguna actividad en su cuenta de pérdidas y ganancias, mientras que el resto no tiene cifra de negocios, otros ingresos de explotación, ni los gastos típicos de una empresa normal en funcionamiento.

A continuación se muestran los indicadores agregados de 2004 y 2005 de las empresas de cada Comunidad Autónoma, correspondientes al margen de explotación, la rentabilidad operativa y la rentabilidad financiera:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Dos Comunidades Autónomas presentaban márgenes de explotación negativos en el ejercicio 2004, concretamente Cantabria y Asturias, indicativos de que, en conjunto, los ingresos corrientes de las empresas no cubrieron sus costes corrientes, al margen de sus costes financieros, aunque la ratio a nivel global se situó en el 7,82 %. En 2005, donde no se incluye a Asturias en el análisis, el dato global ascendió hasta el 12,06 % y también existían 2 Comunidades Autónomas con márgenes de explotación negativos, Cantabria y La Rioja, cuyo caso es llamativo, al presentar en 2004 uno de los indicadores más altos (14,20 %).

La ratio de rentabilidad operativa, que incluye junto al resultado de explotación el derivado de los ingresos y gastos extraordinarios, en los que se incluyen las subvenciones de capital traspasadas a resultados, prácticamente repetía el escenario descrito para el margen de explotación, salvo que mejoraba la situación de las empresas cántabras y asturianas en 2004, aunque en este último caso no llegaba a evitar una rentabilidad negativa.

Las ratios de rentabilidad financiera reproducen prácticamente lo ya indicado para los márgenes y rentabilidades operativas, salvo por los beneficios de las empresas radicadas en Cantabria y las pérdidas de las castellano-manchegas en 2004. La evolución de las empresas de Castilla-La Mancha es, junto con las de La Rioja, especialmente peculiar, pues en la primera de estas Comunidades Autónomas se pasó de una rentabilidad financiera conjunta del –2,58 % en 2004 a otra del 25,56 % en 2005, mientras que en La Rioja se pasó de un 32,62 % en 2004 a un –1,62 % en 2005.

La rotación de activos, obtenida como proporción de la cifra de negocios sobre el valor total de los activos, trata de medir la velocidad media con la que la inversión total realizada en la empresa se convierte, con su paso por el ciclo productivo, en facturación, dando una idea de intensidad de uso de los recursos que tiene a su disposición. Adicionalmente, y al margen de los ingresos y gastos extraordinarios, la rotación del activo sirve como multiplicador para obtener la rentabilidad operativa a partir del indicador de margen de explotación. A continuación se muestran las cifras de negocio y de activo agregadas obtenidas por las empresas de cada Comunidad Autónoma en 2004 y 2005:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

El dato agregado para las empresas públicas locales en 2004 y 2005, de 0,42 y 0,44 respectivamente, era bastante reducido aunque mostraba una tendencia creciente, y sólo las empresas de La Rioja ofrecían en 2004 un indicador superior a la unidad, 1,21 concretamente. Por otra parte, las empresas con menores ratios eran las de Castilla-La Mancha en 2004, con un 0,29, y Aragón en 2005, con un 0,34.

Con el objeto de medir la incidencia de las subvenciones corrientes en las rentabilidades operativas de las empresas de cada Comunidad Autónoma, se han calculado las rentabilidades que se hubieran obtenido si las empresas no contaran con subvenciones, resultando, por diferencia, el margen de contribución de las subvenciones a la rentabilidad económica. Se muestran los datos obtenidos de las Cuentas anuales de las empresas, agrupadas por Comunidad Autónoma, de los ejercicios 2004 y 2005, así como su evolución, por diferencia entre ambos:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La rentabilidad operativa media, al eliminar las subvenciones de explotación se vería reducida en 2004 de un 4,19 % positivo hasta un 3,02 % negativo, disminuyendo la diferencia en el ejercicio siguiente, en que se reduciría de un 6,53 % a un 1,12 %, ambos positivos.

Aunque se aprecian variaciones interanuales significativas en cuanto a la rentabilidad operativa, particularmente en el caso de las empresas de La Rioja, con un deterioro de más de 18 puntos porcentuales, la influencia de las subvenciones de explotación en la rentabilidad operativa se mantiene estable en cada una de las Comunidades Autónomas, pasando de una media general de 7,21 puntos porcentuales en 2004 a 5,42 en 2005.

De modo semejante, se muestra a continuación, agregado por Comunidad Autónoma, tanto el porcentaje de rentabilidad financiera como el que se obtiene al eliminar del resultado las subvenciones, netas de efecto fiscal, en este caso, tanto las de explotación como las de capital traspasadas al resultado del ejercicio.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las rentabilidades sin subvenciones de las empresas consideradas en conjunto, por Comunidad Autónoma, son en general negativas en 6 de las 7 Comunidades Autónomas analizadas en 2004, con la excepción notable de las de Murcia. No obstante, pese a los deterioros en 2005 de las de Cantabria y, especialmente, de las de La Rioja, la mejora en este ejercicio es generalizada, llegando el indicador global a niveles positivos del 2,69 %.

El efecto de las subvenciones en la rentabilidad financiera se mantiene estable en cada Comunidad Autónoma entre ambos ejercicios, aunque no tanto como en el caso de la rentabilidad operativa, con valores entre los 4,11 puntos de las empresas de Murcia y los 80,14 de las de La Rioja en 2004, y desde los 6,75 y los 94,42 puntos entre las mismas Comunidades Autónomas en 2005, registrándose una reducción a nivel general desde los 16,33 puntos porcentuales en 2004 hasta los 12,94 en 2005.

IV.2.5 Análisis sectorial por Comunidades Autónomas

Para culminar este análisis de las empresas públicas locales en los ejercicios 2004 y 2005 se incluyen datos de las principales magnitudes económico-financieras de las empresas públicas locales radicadas en cada una de las Comunidades Autónomas que en el periodo fiscalizado no contaban con un Órgano Autonómico de Control Externo con competencias de fiscalización del Sector público local, agrupadas por sector de actividad.

IV.2.5.1 Empresas locales radicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En la Comunidad Autónoma de Aragón radican la mayoría de las empresas públicas locales analizadas en los ejercicios 2004 y 2005, un total de 48 en 2004 y 49 en 2005. El único sector en el que disminuyó el número de empresas en el periodo fue el de la industria de la madera, que mostraba en 2004 un patrimonio neto negativo, al desaparecer su única empresa en 2005, mientras que aumentó en 2 el número de las encuadradas en el sector inmobiliario.

Son reseñables los niveles de endeudamiento agregados de las empresas de suministro y saneamiento de aguas, y de limpieza, mantenimiento y residuos sólidos, que en 2005 alcanzaban el 0,88 y el 0,98, respectivamente, al margen del caso citado de la industria de la madera en 2004.

En cuanto a su rentabilidad financiera, el descenso a nivel autonómico, concentrado especialmente en los sectores de promoción y desarrollo económico e inmobiliario, que no obstante sigue mostrando en 2005 el mejor de los indicadores (casi un 21 %), convive con una mejora sustancial en los de agua, limpieza, servicios culturales y turismo.

IV.2.5.2 Empresas locales radicadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En Cantabria la única variación en el número de empresas consistió en la creación de una nueva empresa inmobiliaria en 2005. Los cambios más reseñables en las cifras de patrimonio neto consistieron en el aumento en los sectores de servicios culturales e inmobiliario, mientras que los ratios de endeudamiento permanecieron bastante estables en niveles reducidos, con la excepción del sector de promoción y desarrollo económico, que en 2005 alcanzó el 94 %. La rentabilidad financiera se deterioró en todos los sectores salvo el inmobiliario, que no obstante permaneció en 2005 en cifras negativas, pasando el ratio global del 1,94 % positivo a un 0,65 % negativo.

IV.2.5.3 Empresas locales radicadas en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En Castilla-La Mancha se constituyeron 3 nuevas empresas en 2005, en los sectores de producción y distribución de energía, inmobiliario y de varios, coincidiendo con un incremento del 45 % en la cifra agregada de patrimonio, concentrada en el sector inmobiliario. Son notables los niveles de endeudamiento de los sectores de agua, agropecuario, madera, inmobiliario y varios, que superaban el 75 % en ambos ejercicios, al igual que el dato agregado para las empresas locales de toda la Comunidad Autónoma.

La rentabilidad financiera, por el contrario, mejoró notablemente a nivel global, pasando de pérdidas del 2,58 % en 2004 a beneficios de más del 25 % en 2005, aunque dicha mejora se concentró en el sector inmobiliario.

IV.2.5.4 Empresas locales radicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En Extremadura desapareció en 2005 una empresa en cada uno de los sectores de matadero, energía y turismo, que mejoraron sus ratios de rentabilidad financiera y, salvo el sector de mataderos, los de endeudamiento. A nivel autonómico, mejoraron tanto los ratios de endeudamiento como los de rentabilidad financiera del conjunto de las empresas locales.

IV.2.5.5 Empresas locales radicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En La Rioja no se produjeron variaciones en 2005 en el número de sus empresas públicas locales, con una en el sector de servicios culturales y otra en el inmobiliario. El peso de la empresa inmobiliaria es muy superior al de la otra en los totales agregados, por lo que el aumento de su ratio de endeudamiento y el empeoramiento de la rentabilidad financiera repercutieron en los datos a nivel autonómico, pese a que la otra empresa presentó movimientos de signo contrario.

IV.2.5.6 Empresas locales radicadas en el Principado de Asturias

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En el Principado de Asturias, como antes se detalló, la Sindicatura de Asturias asumió competencias de fiscalización del Sector público local a partir del ejercicio 2005, lo que ha provocado que no se incluyera a sus empresas públicas locales en los análisis particulares de ese año realizados por este Tribunal de Cuentas.

En 2004 el sector con mayor número de empresas era el inmobiliario, lo que no impedía que el mayor patrimonio agregado lo tuvieran las empresas de abastecimiento de agua y saneamiento y de limpieza, mantenimiento y residuos sólidos, que ostentaban casi el 81 % de la cifra global, debiendo notarse el patrimonio neto agregado negativo del sector de servicios culturales y recreativos, de casi 4 millones de euros, que hace que su cifra de rentabilidad financiera, del 111 %, no tenga sentido económico, pues compara las pérdidas del ejercicio con esa cifra de neto patrimonial negativo. Son destacables también las rentabilidades financieras negativas de las empresas de transportes (un 69 %) y de turismo y hostelería (un 5 %).

IV.2.5.7 Empresas locales radicadas en la Región de Murcia

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

En la Región de Murcia, la segunda en importancia de las consideradas, en cuanto a número de empresas y, correlativamente, en patrimonio neto de sus empresas públicas locales, no se produjo entre los ejercicios considerados ninguna variación en el censo de sociedades mercantiles locales. Los aumentos en el patrimonio neto fueron especialmente grandes en el sector inmobiliario, pero estuvieron generalizados con la excepción del sector de turismo, que era el único que presentaba rentabilidades negativas. Por el contrario, los sectores de limpieza, comunicación e inmobiliarias presentaron en 2005 cifras de rentabilidad de alrededor del 20 %.

V. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

V.1 RÉGIMEN JURÍDICO

El régimen jurídico de la contratación de las Entidades Locales durante los ejercicios 2004 y 2005 se encontraba, fundamentalmente, en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP), y el RD 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento de la LCAP, con las modificaciones introducidas en aquel por el R D Ley 5/2005, de 11 de marzo, de mejora de la productividad y de la contratación pública. Todo ello, junto las normas orgánicas recogidas en la Ley de Bases de Régimen Local, y el Texto Refundido de la Ley de Régimen Local —con las modificaciones en ellas operadas por la entrada en vigor el 1 de enero de 2004 de la Ley 57/2003, de 17 de diciembre, de medidas para la mejora del gobierno local—, constituyen el marco normativo fundamental de la contratación de los Entes Locales durante el periodo referido.

Con fecha 15 de mayo de 2005, se dio publicidad al Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas, adoptado el 30 de marzo de ese año, por el que se aprobó la Instrucción de remisión de información sobre contratación por las Entidades Locales.

El artículo 40 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCu) impone a las Entidades locales, específicamente, la obligación de remitir anualmente al Tribunal una relación de los contratos celebrados por la entidad, de los recogidos en el artículo 39 del citado texto legal, a la que se acompañará copia autorizada de los respectivos documentos de formalización y de aquellos otros que acrediten su cumplimiento o extinción, sin perjuicio de remitir al Tribunal cualesquiera otros que les requiera.

Por otro lado el artículo 57 del TRLCAP, resulta del siguiente tenor:

«1. Dentro de los tres meses siguientes a la formalización del contrato, para el ejercicio de la función fiscalizadora, se remitirá por el órgano de contratación al Tribunal de Cuentas u órgano de fiscalización correspondiente de la Comunidad Autónoma, una copia certificada del documento mediante el que se hubiere formalizado el contrato, acompañada de un extracto del expediente del que se derive, siempre que la cuantía del contrato exceda de 100.000.000 de pesetas (601.012,10 euros), tratándose de obras y de gestión de servicios públicos, de 75.000.000 de pesetas (450.759,08 euros), tratándose de suministros, y de 25.000.000 de pesetas (150.253,03 euros), en los de consultoría y asistencia, en los de servicios y en los contratos administrativos especiales.

2. Igualmente se comunicarán al Tribunal de Cuentas u órgano de fiscalización correspondiente de la Comunidad Autónoma las modificaciones, prórrogas o variaciones de plazos y extinción de los contratos indicados.

3. Lo dispuesto en los dos apartados anteriores se entenderá sin perjuicio de las facultades del Tribunal de Cuentas o, en su caso, de los correspondientes órganos de fiscalización de las Comunidades Autónomas para reclamar a las distintas Administraciones públicas cuantos datos, documentos y antecedentes estime pertinentes con relación a los contratos de cualquier naturaleza y cuantía.»

V.2 REMISIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE CONTRATACIÓN

V.2.1 Información sobre contratación remitida al Tribunal de Cuentas

V.2.1.1 Relaciones de contratos

En aplicación del artículo 40 de la LFTCu, han sido remitidos a este Tribunal de Cuentas 520 relaciones de contratos correspondientes al ejercicio 2004, por otras tantas entidades locales, frente a las 718 remitidas relativas al ejercicio anterior, de las que tan solo 63 contienen contratos incluidos dentro de los límites indicados en el artículo 39 de la citada Ley, frente a los 81 del ejercicio anterior. Es de destacar que las Diputaciones provinciales de Albacete, Badajoz, Cuenca, Guadalajara, Teruel y Zaragoza han remitido las relaciones referidas al meritado ejercicio 2004, al igual que los Ayuntamientos de Albacete, Badajoz, Cartagena (Murcia), Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Lorca (Murcia), Murcia, Oviedo, Talavera de la Reina (Toledo), Torrelavega (Cantabria) y Zaragoza, todas ellos capitales de provincia o con más de 50.000 habitantes.

Por lo que se refiere al ejercicio 2005, se remitieron al Tribunal de Cuentas 464 relaciones de contratos por otras tantas entidades locales, de las que tan sólo 54 contenían contratos incluidos dentro de los límites indicados en el artículo 39 de la citada LFTCu, frente a las 63 del ejercicio anterior. Durante este ejercicio, las Diputaciones provinciales de Albacete, Cuenca, Guadalajara, Teruel y Zaragoza han remitido las relaciones de contratos, al igual que los Ayuntamientos de Albacete, Badajoz, Cartagena (Murcia), Ciudad Real, Cuenca, Huesca, Logroño, Lorca (Murcia), Mérida (Badajoz), Murcia, Puertollano (Ciudad Real), Santander, Talavera de la Reina (Toledo), Teruel y Zaragoza, todas ellos capitales de provincia o con más de 50.000 habitantes.

V.2.1.2 Extractos de expedientes de contratación comunicados

En aplicación del artículo 57 del TRLCAP, fueron comunicados al Tribunal de Cuentas 307 extractos de expedientes de contratos relativos a expedientes de contratación correspondientes al 2004, ascendiendo el importe de la contratación así comunicada a un total de 429.826.335,72 de euros. Asimismo han sido remitidos, en cumplimiento de idéntico precepto, 279 extractos de expedientes de contratación, correspondientes a contratos formalizados durante 2005, ascendiendo el importe de la contratación así comunicada a un total de 427.020.063,45 de euros.

El desglose de la contratación comunicada al Tribunal de Cuentas en cumplimiento del artículo 57 del TRLCAP, atendido el tipo de contratos y su importe, es el que se recoge en los anexos VII.1; VII.2; VII.3 y VII.4 de este Informe, con carácter general y desglosadas las entidades locales por el ámbito geográfico en atención a las Comunidades Autónomas carentes de Órganos de Control Externo con competencia atribuida por la normativa autonómica sobre las entidades locales al inicio del ejercicio.

De los datos allí recogidos se desprende que el número, entre paréntesis, de extractos de expedientes correspondientes a 2004 remitidos por las entidades locales del ámbito de la C. A. de Aragón (77 contratos) son similares a los remitidos por las Entidades del ámbito de la CA de Castilla-La Mancha (64 contratos) C.A. del Principado de Asturias (64 contratos) y C.A. Región de Murcia (52 contratos), y triplica las remitidas por las Entidades locales del ámbito de la C.A. de Extremadura (23 contratos). Sin embargo, la cuantía total de los contratos comunicados resulta ser muy superior en la proveniente del ámbito de la C.A. de Asturias a la de los restantes ámbitos autonómicos, cuadruplicando la comunicada por la C.A. de Extremadura

El número de extractos provenientes de la C.A. de La Rioja (23 contratos) han se mantiene en los niveles del ejercicio anterior, incrementándose notablemente la diferencia con los remitidos por los Ayuntamientos del ámbito de la CA de Cantabria (4 contratos) y en más del 25 % el importe de los provenientes de las Entidades locales de esta última Comunidad Autónoma.

En comparación con el ejercicio 2003, precedente, las Entidades correspondientes han aumentado notablemente el número de extractos de contratación comunicados las Entidades locales del ámbito de las C.A. De Aragón, Castilla-La Mancha, Murcia y Asturias, manteniéndose el número de las provenientes del ámbito de la C.A. de La Rioja.

Por lo que se refiere al número de contratos comunicados correspondientes a 2005, se ha excluido la información proveniente de Entidades Locales del ámbito de la C.A. de Asturias, dado que en ese ejercicio la información fue suministrada a la Sindicatura de Cuentas del Principado. En todo caso, de la información suministrada resulta especialmente relevante el número (entre paréntesis) de extractos de expedientes remitidos por las entidades locales del ámbito de la C.A. de Aragón (100 contratos), notablemente superior a los remitidos por las Entidades del ámbito de la C.A. de Castilla-La Mancha (56 contratos) y C.A. Región de Murcia (66 contratos), y sextuplica las remitidas por las Entidades locales del ámbito de la CA de Extremadura (16 contratos). Además, la cuantía total de la contratación proveniente de Entidades locales de la meritada C.A. de Aragón (177 millones) resulta ser muy superior a la proveniente de los restantes ámbitos autonómicos, triplicando la comunicada por las Entidades de Castilla-La Mancha y decuplicando la comunicada por las de la C.A. de Extremadura (14 millones). Finalmente, las Entidades locales de la C.A. de La Rioja han remitido 33 expedientes por un importe de 89 millones, cuantía tan solo superada por la de Aragón y notablemente superior, tanto en número de contratos como en cuantía, a las provenientes de la C.A. de Cantabria.

V.2.1.3 Análisis comparativo respecto del contenido de la información comunicada durante los ejercicios 2003 y 2005

Respecto de los contratos celebrados durante el ejercicio 2004, el número de los comunicados al Tribunal de Cuentas por una u otra vía, y excluidos la totalidad de los correspondientes a Entidades Locales de aquellos ámbitos autonómicos que contaban con Órgano de Control Externo propio y facultado para fiscalizar las Entidades locales, fue de 424 contratos, ascendiendo el importe de la contratación así comunicada a un total de 490.070.351,35 de euros.

En definitiva, la contratación relativa al ejercicio 2004, comunicada por el Sector público local correspondiente a ámbitos sujetos exclusivamente al control del Tribunal de Cuentas, tras las sucesivas circularizaciones realizadas por el Tribunal durante los últimos años permite observar, por comparación con la comunicada respecto del ejercicio anterior, un incremento cercano al 10 % en cuanto al número de extractos de expedientes de contratos remitidos y una disminución en el importe de la contratación comunicada, aproximada al 7 %, computados idénticos ámbitos territoriales en los dos ejercicios.

Por lo que a los contratos celebrados durante 2005 se refiere, el número de los comunicados, con independencia de la forma, utilizada fue de 448 con un importe de 520.959.379,89 euros. En ambas magnitudes se aprecia un ligero incremento en valores absolutos, que se acrecienta notablemente si se considera que durante 2005 los Ayuntamientos asturianos pasaron a cumplir la obligación impuesta por el artículo 57 TRLCAP mediante comunicación a la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias, constituida precisamente ese año 2005, excluyéndose, por tanto, no computando dentro de la comunicada a este Tribunal. De excluirse también en 2004 la información remitida por los Ayuntamientos asturianos, el numero de contratos comunicados por las restantes entidades relativos a la contratación celebrada en 2005 sería superior, en un 25 %, al comunicado respecto de 2004 y su importe habría experimentado un incremento cercano al 50 % del comunicado correspondiente a este ultimo año.

El número de contratos administrativos correspondientes al ejercicio 2003 de cuya existencia se informó al Tribunal por las EE. LL. en aplicación conjunta de los citados preceptos de la LFTCu y TRLCAP, ascendió a 391 contratos, ascendiendo el importe de la contratación así comunicada a un total de 494.694.519,79 euros, frente a ello, durante el ejercicio 2004, el número de contratos comunicados ha ascendido a 424 y su importe a 490.694.519,87 euros y durante 2005, pese a la disminución del número de entidades consideradas al excluirse las del ámbito del Principado de Asturias, las cifras han sido de 448 contratos comunicados con importe de 520.959.379, 89 euros.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La contratación comunicada, sea a consecuencia de la aplicación del artículo 57 del TRLCAP sea en cumplimiento del citado artículo 40 de la Ley 7/1988, ha experimentado variaciones en la participación porcentual de las diversos tipos de contratos y de sus formas de adjudicación.

Así, los contratos de obras que supusieron en el ejercicio 2003, de acuerdo con la información aportada hasta el inicio de los trabajos del presente informe, el 64,7 % y el 75,9 % respectivamente del total de contratos y de su importe, supusieron el 52,12  % y el 54,06 %, de idénticas magnitudes durante el 2004: Estos contratos fueron el 54 % de los comunicados durante 2005 pero pasaron a representar el 76,12 % del importe total correspondiente a ese año.

Los contratos de suministros que supusieron durante el ejercicio 2003 el 10,49 y el 6,05 % respectivamente del total de contratos y de su importe, pasaron a constituir durante 2004 el 9,43 y el 6,33 de esas magnitudes y el 13,62 y 5,92 % durante el ejercicio siguiente.

Los servicios y otros, que constituían durante 2003 el 22,76 % y 16,05 % han pasado representar durante el 2004 el 33,96 % del número de contratos comunicados y el 20,44 % de su importe y durante el siguiente 2005, el 29,24 y 12,56 de las respectivas magnitudes.

Finalmente, los contratos de gestión de servicios públicos han pasado de constituir el 2,05 % y 1,99 % de contratos e importes comunicados correspondientes al ejercicio 2003, a representar respecto de la relativa a 2004 el 4,48 % y 19,17 % de esa magnitudes y, en 2005, el 2,90 y el 5,40, respectivamente.

En cada uno de los ámbitos autonómicos se mantiene, durante 2004, la preponderancia de la participación de la contratación de obras en el conjunto de la comunicada, salvo en el caso de las entidades locales de la CA de Asturias, resultando especialmente intenso en el caso de las entidades extremeñas y riojanas. Similar situación respecto a la `preponderancia del contrato de obras se produce durante 2005, con la única salvedad de las entidades del ámbito de la CA de Cantabria.

Por lo que respecta a los procedimientos o formas de adjudicación utilizadas, únicamente resulta reseñable la consolidación del descenso en la utilización del procedimiento negociado que pasa de suponer el 7,3 % y 6,19 % del importe de la contratación comunicada durante los anteriores 2002 y 2003, respectivamente, al 3,08 % en 2004; mientras que el número de los contratos adjudicados mediante esta forma pasa, en los dos primeros años del 18,05 % al 17,14 % y, en 2004, al 11,56 % de los expedientes comunicados correspondiente a ese ejercicio 2004. Durante 2005, si bien el número de licitaciones adjudicadas mediante procedimiento negociado se incrementó hasta el 7,39 % el número de expediente en los que se empleó este procedimiento se situó por debajo del 5 % del total.

El empleo de la subasta ha padecido una situación similar, apreciándose una paulatina reducción de su empleo que ha pasado de suponer el 12,6 % de los expedientes comunicados correspondientes durante 2002, al 11,5 % en 2003, el 8,49 % durante 2004 y situándose en el 8,73 % del total de la licitaciones comunicadas correspondientes al 2005. Igual reducción se aprecia en los importes licitados con tal forma de adjudicación, que han pasado de representar el 11,17 % del total comunicado durante 2002 al 8,49 % respecto de la contratación comunicada durante 2004 y, finamente el 5,74 % de la comunicada durante 2005.

En definitiva, el concurso ha sido la forma de adjudicación utilizada para licitar el 81,47 % de los importes de contratación comunicados durante 2002, al 88,43 % en 2004 y el 86,88 % de los relativos al 2005. Por tanto, ha pasado a ser la forma de adjudicación normalmente utilizada, pese a que el artículo 72 del TRLCAP, prevé compartir esta condición con la subasta.

La información sobre contratación de las entidades locales, correspondiente a los ejercicios 2004 y 2005 y recibida en el Tribunal de Cuentas al inicio de la elaboración del informe, desglosada por ámbitos autonómicos, tipos de contratos y forma/procedimiento de adjudicación, se recogen por cada uno de esos años en los Anexos VII.5 y VII.6 que acompañan a este Informe.

V.2.1.4 Grado de cumplimiento

Las Diputaciones provinciales de Albacete, Badajoz, Cuenca, Guadalajara, Teruel, y Zaragoza; y las capitales de provincia o Municipios de población superior a 50.000 habitantes, de Albacete, Badajoz, Cartagena (Murcia), Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Lorca (Murcia), Murcia, Oviedo, Talavera de la Reina (Toledo) y Zaragoza, dieron cumplimiento respecto del ejercicio 2004 a la doble obligación establecida en los artículos 40.2 de la LFTCu y 57 del TRLCAP.

Las Diputaciones provinciales de Albacete, Teruel y Zaragoza, así como las capitales de provincia o Municipios de población superior a 50.000 habitantes, de Albacete, Cartagena (Murcia), Cuenca, Huesca, Logroño, Murcia, Santander, Talavera de la Reina (Toledo) y Zaragoza, dieron cumplimiento respecto del ejercicio 2005 a la doble obligación.

No han dado cumplimiento a ninguna de las obligaciones de remisión de información, la Diputación provincial de Ciudad Real y los Ayuntamientos de Huesca, Mérida (Badajoz) y Teruel, todas ellos capitales de provincia o municipios con una población superior a los 50.000 habitantes.

Durante el ejercicio 2005, ni la Diputación provincial de Ciudad Real ni el Ayuntamiento de Torrelavega (Cantabria), de entre los Ayuntamientos correspondientes a capitales de provincia o con una población superior a los 50.000 habitantes, han remitido información alguna sobre contratos.

En todo caso, debe tomarse en consideración la exclusión de la información relativa a las Entidades Locales del ámbito de las Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, al haberse constituido la Sindicatura de Cuentas a lo largo del ejercicio 2005.

V.2.2 Información sobre contratación remitida por los OCEx

La normativa citada en el apartado V.1 anterior, junto con la presencia de diversos Órganos de Control Externo (OCEx) de las Comunidades Autónomas con competencia sobre entidades locales a la luz de su normativa autonómica(48), hace que resulte imprescindible examinar la información sobre contratación atendiendo a la que, por su parte, ha sido conocida por los Órganos de Control Externo y remitida a este Tribunal de Cuentas en atención a la petición de colaboración que en tal sentido les ha sido formulada para la redacción de este informe.

(48) Andalucía, Galicia, Cataluña, País Vasco, Madrid, Navarra, Comunidad Valenciana, Castilla y León e Islas Baleares. Desde  2005 también Asturias.

Se ha solicitado a los Órganos autonómicos de Control Externo que ejercían funciones fiscalizadoras en relación con el ejercicio 2004 y 2005, la siguiente información sobre la actividad contractual, en la forma que se refería en un anexo, efectuada durante dicho periodo por las Entidades Locales del ámbito territorial de su competencia:

— Número, clase e importes de los contratos que, en cumplimiento de las obligaciones impuestas por el artículo 57 del TRLCAP, les hayan sido comunicados por las entidades locales del ámbito territorial de la respectiva Comunidad Autónoma obligadas a hacerlo.

— Relación nominal de dichas Entidades.

— Resultados de los análisis correspondientes a la contratación local correspondiente al ejercicio 2004 y 2005, realizados por los respectivos Órganos de Control Externo, especialmente aquel cuyo conocimiento por este Tribunal se considerara relevante.

V.2.2.1 Sindicatura de Cuentas de Cataluña

La Sindicatura de Cuentas de Cataluña señala en el Informe remitido a este Tribunal, previo requerimiento del mismo, que no dispone de información relativa a la contratación de las Entidades Locales de su ámbito territorial relativo a los ejercicios referidos en este informe.

V.2.2.2 Cámara de Cuentas de Andalucía

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha remitido información sobre los contratos que han sido adjudicados los ejercicios de 2004 y 2005 por las Corporaciones Locales de su ámbito geográfico, de donde se desprende que durante 2004 tan sólo las Diputaciones provincialas de Almería, Cádiz, Jaén, y Granada y las capitales de las provincias de Granada, Málaga y Sevilla, han comunicado la celebración de contratos. En el ejercicio siguiente, 2005, sólo las Diputaciones provincialas de Cádiz, Jaén, y Granada y las capitales de las provincias de Cádiz, Granada, Málaga y Sevilla, han comunicado la celebración de contratos. Así:

— En la provincia de Almería tan sólo han comunicado contratación la Diputación provincial, un contrato en cada uno de los dos ejercicios y el Ayuntamiento de Viator en el ejercicio de 2005.

— En la Provincia de Cádiz, por lo que se refiere al ejercicio 2004 tan sólo constan 26 contratos remitidos por la Diputación provincial y tres Ayuntamientos, a saber, Chiclana de la Frontera, Jerez de la Frontera, y El Puerto de Santa María. En 2005, se han comunicado 27 contratos, celebrados por la Diputación provincial, 5 Ayuntamientos: El Puerto de Santa María, Jerez de la Frontera, Ubrique, Cádiz, y Olvera, y una Mancomunidad, la del Campo de Gibraltar.

— En la Provincia de Córdoba consta que, en el ejercicio de 2004, se han celebrado tan sólo 2 contratos por otros tantos Ayuntamientos, Palma del Río y Lucena, ambos contatos de obras y con un importe conjunto de 4,1 millones de euros Correspondientes a 2005, tan sólo consta la celebración de un contrato por el Ayuntamiento de Iznájar

— En la Provincia de Granada se han comunicado un total de 31 contratos correspondientes a 2004, de los que 26 corresponden al Ayuntamiento de Armilla y los restantes cuatro al Ayuntamiento de Granada y una al de Guadix. Correspondientes al ejercicio 2005, se han comunicado 11 contratos, de los que 9 corresponden al Ayuntamiento de Granada, uno al de Armilla y otro al de Cúllar

— En la Provincia de Huelva se comunica la celebración de 4 contratos durante el ejercicio 2004, por los Ayuntamientos de Aljaraque y Punta Umbría. Durante 2005, tan solo consta la celebración de dos contratos, ambos por el Ayuntamiento de Punta Umbría.

— En el caso de la provincia de Jaén no consta que ninguno de los municipios de su ámbito territorial haya celebrado contrato alguno en los ejercicios analizados, tan sólo consta la celebración por la Diputación provincial de 12 contratos durante 2004 y 6 contatos durante el ejercicio siguiente.

— En la provincia de Málaga se han comunicado 40 contratos de los que 39 han sido celebrados por el Ayuntamiento de la capital y sus organismos autónomos y Fundaciones y uno por el de Torrox. Durante 2005, constan celebrados 55 contratos, de los que 52 corresponden al Ayuntamiento de Málaga y sus Organismos; dos al de Nerja; y uno al de Torox.

— Por último, por lo que a la Provincia de Sevilla se refiere y respecto el ejercicio 2004, tan sólo consta la celebración de 18 contratos, todos ellos por el Ayuntamiento de Sevilla, de ellos 16 por la Gerencia Municipal de Urbanismo. Durante 2005, se ha comunicado la celebración de 12 contratos, 9 por el Ayuntamiento de Sevilla, y uno por cada uno de los siguientes Ayuntamientos: Bollullos de la Mitación, Alcalá de Guadaira y Tomares.

V.2.2.3 Tribunal Vasco de Cuentas Públicas

De acuerdo con la información enviada por el Tribunal de Cuentas del País Vasco, en lo que se refiere a la recibida en cumplimiento del artículo 57 del TRLCAP, corresponde a 57 contratos por un importe de 114, 91 millones de euros, que ha sido enviada por 7 Entidades Locales de población superior a los 20.000 habitantes, concretamente los Ayuntamientos de Bilbao, Basauri, Leioa, Erandio, Galdako, y Eibar, así como el Patronato de Deportes de San Sebastián.

La contratación remitida, sin desglose por ejercicios, corresponde a 27 contratos de obras, por un importe de 30,66 millones de euros, 2 contratos de suministros, con un importe de 1,79 millones de euros; un contrato de servicios públicos, por un importe 35,99 millones de uros; 6 de consultoría y asistencia, con un importe 1,04 millones de euros, 15 de servicios, por un importe de 40,10 millones de euros y 6 a otros, por un importe de 5,31 miles de euros.

Asimismo, se comunica la información proveniente de los Territorios Históricos de Vizcaya y Álava, correspondiente a contratos de importe superior a 150.000 euros celebrados durante los ejercicios 2004 y 2005.

Por lo que se refiere al Territorio de Histórico de Vizcaya, la contratación de la que se informa, correspondiente al ejercicio 2004, es de 119 contratos con importe total de 221,38 millones de euros. De los citados contratos, 62 fueron de obras, 9 de suministros y 48 de consultorías, servicios y asistencia técnica. Las formas de adjudicación empleadas fueron, en 110 ocasiones el concurso, en 7 el procedimiento negociado y tan solo en dos ocasiones la subasta. Durante el 2005, el número de contratos comunicados asciende a 93, con un importe total de 368,97 millones de euros, de los que 47 corresponden a obras, 37 a consultorías, servicios y asistencia técnica y tan sólo 9 a suministros. Las formas de adjudicación de los citados contratos fueron en 85 ocasiones el Concurso, en 5 el procedimiento negociado y tan sólo en 3 ocasiones la subasta.

La información comunicada del Territorio Histórico de Álava, ascendió, respecto del ejercicio 2004, a un total de es de 46 contratos con importe total de 28,16 millones de euros. De los citados contratos, 16 fueron de obras, 6 de suministros y 25 de consultorías, servicios y asistencia técnica. Las formas de adjudicación empleadas fueron, en 35 ocasiones el concurso, en 10 el procedimiento negociado y en una ocasión la subasta. Durante el 2005, el número de contratos comunicados asciende a 63, con un importe total de 79,39 millones de euros. de los que 41 corresponden a obras, 13 a consultorías, servicios y asistencia técnica y 9 a suministros. Las formas de adjudicación de los citados contratos fueron en 52 ocasiones el concurso, en 10 el procedimiento negociado y en una ocasión la subasta.

V.2.2.4 Cámara de Comptos de Navarra

La Cámara de Comptos ha comunicado al Tribunal, en atención al requerimiento efectuado sobre la materia, que al haberse implantado un nuevo Portal de contratación los datos de los que disponen no son suficientes «la información no es completa». En consecuencia no se ha remitido ninguna información sobre la contratación de las Entidades Locales navarras.

V.2.2.5 Sindicatura de Cuentas de Valencia

La Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana remite información relativa a número e importe de la información contractual remitida en cumplimiento de la previsiones contenidas en el articulo 57 del TR LCAP correspondiente a los años 2004 y 2005, así como información derivada de la que, a su vez, esa Sindicatura recibió informando de la contratación anual correspondiente a esos ejercicio, en todo caso resulta reseñable que han remitido información las tres Diputaciones provinciales así como lo Ayuntamientos que son capitales de las provincias de Castellón y Valencia.

Además, indica la Sindicatura que, según la información recibida, en 2004 se adjudicaron un total de 4.846 contratos, por un importe total de adjudicación de 755.334.304 euros. Destacan 1.747 contratos de obras (un 36 %), con un volumen de 360.691.684 euros, el 48 % del total. Dentro de este tipo de contratos predomina la adjudicación mediante concurso público, con 659 contratos y un importe de 216.660.695 euros (un 38 % y un 60 % del total, respectivamente, de este tipo de contratos), y mediante procedimiento negociado sin publicidad, con 690 contratos y 64.420.508 euros (el 40 % y el 18 % del total de esos contratos).

A los contratos de obra les siguen en importancia los contratos de servicios, con 992 contratos y una adjudicación de 123.691.400 euros, representando un 21 % y un 16 % del total, respectivamente. También destacan los contratos de suministros, con 1.008 contratos adjudicados (el 21 %) y un volumen de 57.407.542 euros (el 8 %). En estos dos tipos de contratos, al igual que en el de consultoría y asistencia, la forma de adjudicación más utilizada, por número de contratos, es el procedimiento negociado sin publicidad, aunque el mayor importe de adjudicación corresponde al concurso.

Por lo que se refiere a la información correspondiente al ejercicio 2005, se adjudicaron un total de 5.797 contratos, con un importe total de adjudicación de 1,029.833.754 euros. Destacan 2.206 contratos de obras (un 38 %), con un volumen de 508.673.824 euros, el 49 % del total. Dentro de este tipo de contratos predomina la adjudicación mediante concurso público, con 823 contratos y un importe de 369.920.998 euros (un 37 % y un 73 % del total, respectivamente, de ese tipo de contratos), y mediante procedimiento negociado sin publicidad, con 940 contratos y 53.453.768 euros (el 43 % y el 11 % del total de esos contratos).

A los contratos de obras les siguen en importancia los contratos de servicios, con 1.134 contratos y una adjudicación de 128.251.226 euros, representando un 20 % y un 12 % del total, respectivamente. También destacan los contratos de suministros, con 1.217 contratos adjudicados (el 21 %) y un volumen de 58.589.903 euros (el 6 %). En estos dos tipos de contratos, al igual que en el de consultoría y asistencia, la forma de adjudicación más utilizada, por número de contratos, es el procedimiento negociado sin publicidad, aunque el mayor importe de adjudicación corresponde al concurso.

Los contratos de gestión de servicios han ascendido a 159 y a una adjudicación de 136.891.459 euros, representando un 3 % y un 13 % del total, respectivamente. En este tipo de contratos la forma de adjudicación más utilizada es el concurso con 104 contratos adjudicados (el 65 %) y un importe de 134.404.780 euros (el 98 %).

Hay que destacar que en la realización de este resumen no se han tenido en cuenta los contratos menores ni las obras ejecutadas por la Administración. Tampoco se han considerado los contratos cuyos precios de adjudicación vienen fijados mediante tarifas, recargos o precios únicos.

Además, en ambos años y varios casos, según indica la Sindicatura, la información facilitada es incompleta, por faltar datos como los importes de adjudicación o el número de contratos, o por no especificar la forma de adjudicación, por lo que no se ha podido incluir esta información.

V.2.2.6 Audiencia de Cuentas de Canarias

La Audiencia de Cuentas de Canarias comunica que, respecto de la contratación realizada durante el ejercicio 2004, en cumplimiento del artículo 57 del TRLCAP, 2 Cabildos insulares y 6 Ayuntamientos han remitido contratos, en número de 43 y por un importe de 75,228 millones de euros, además han remitido información del Instituto Insular de Deportes de Gran Canaria y del Insular de Atención Social de Lanzarote. Del total de contratos comunicados, 21 corresponde a obras, con un importe de 88,18 millones de euros; ocho a suministros con un importe de 22, 55 millones euros, uno a gestión de servicios con un precio de 6,2 millones euros, cuatro de consultoría y asistencia con un importe de 1,34 millones de euros; 12 de servicios, con un importe de 22,55 millones de euros; y cinco, genéricamente a otros, con un importe de 2,08 millones de euros.

Por lo que se refiere al ejercicio 2005, la información comunicada corresponde a 69 contratos por un importe de 88,58 millones de euros formalizados por 3 Cabildos, cinco Ayuntamientos y un Instituto. De ellos, 26 contratos corresponde a obras, por un importe de 55,18 millones de euros, cinco a suministros con un importe de 1,22 millones de euros, siete a gestión de servicios con un precio de 7,29 millones euros; tres corresponden a contratos de consultoría y asistencia, con un importe de 0,49 millones de euros; 23 son contratos de servicios, con un importe de 23,11 millones de euros; y cinco, genéricamente a otros, con un importe de 1,10 millones de euros.

V.2.2.7 Consejo de Cuentas de Galicia

De la información suministrada por el Consejo de Cuentas se desprende que las Diputaciones Provinciales han celebrado, durante 2004, un total de 42 contratos por un importe de 119,84 millones de euros. De ellos, 8 contratos son de obras, adjudicados en 5 ocasiones mediante subasta y en 3 por concurso alcanzando un importe total de 9,32 millones de euros; los 19 contratos de suministros se han adjudicado por concurso, con un importe total de 109,50 millones de uros y los 4 restantes se califican como otros, con un importe total de 1,01 millones de euros. Durante 2005, las Diputaciones han comunicado la celebración de 17 contratos, con un importe de 11,04 millones de euros. De ellos, 8 contratos son de obras, adjudicados en 4 ocasiones mediante subasta, en 3 por concurso y en una mediante otra forma de adjudicación alcanzando un importe total de 5,00 millones de euros; los 2 contratos de suministros se han adjudicado por concurso y subasta, respectivamente, con un importe total de 10,87 millones de euros y los 7 restantes se califican como otros, con un importe total de 5,16 millones de euros.

Por lo que a los Ayuntamientos se refiere, consta la comunicación de un total de 34 contratos celebrado durante 2004 de los recogidos en el artículo 57 del TRLCAP. De ellos, 22 son de obras habiendo sido adjudicados mediante concurso 18,2 mediante subasta y los 2 restantes se dicen adjudicados por otros procedimientos, siendo el importe total de 24,51 millones de euros. No se ha comunicado la celebración de ningún contrato de suministro, sí la celebración de un contrato de gestión de Servicios Público, adjudicado por concurso y con un importe de 6,68 millones de euros y 11 denominados como «otros», con un cuantía total de 16,53 millones de euros, y que han sido adjudicados en 6 casos mediante concurso, en dos mediante subasta y en tres ocasiones mediante otras formas de adjudicación.

Durante el ejercicio 2005, los Ayuntamientos han comunicado la celebración de 38 contratos, con un importe total de 63,57 millones de euros. Corresponden a obras 27 de esos contratos con un importe total de 43,88 millones de euros siendo adjudicados en 21 ocasiones por concurso, en 1 por subasta y las 5 restantes por otras formas de adjudicación. Se ha comunicado, asimismo la celebración de dos contratos de gestión de servicios públicos por importe de 3,94 millones de euros y 8 denominados «otros» con un importe de 14,62 millones de euros.

No consta la celebración de contratos por ni mancomunidades ni por entidades locales menores en ninguno de los ejercicios considerados.

Sin embargo los consorcios han comunicado la celebración de tres contratos durante 2004, con importe total de 2,19 millones de euros, de los que 2 son de obras, adjudicados ambos mediante concurso con un importe total de 1,71 millones de euros y uno de suministros, con un importe de 0,47 millones de euros. Correspondiente al ejercicio 2005, han comunicado la celebración de 4 contratos, con un importe de 3,76 millones de euros los que dos son de obras, por importe de 2,71 millones de euros y los restantes de suministros con importe total de 1,05 millones de euros

V.2.2.8 Cámara de Cuentas de Madrid

La Cámara de Cuentas de Madrid, en cumplimiento del requerimiento realizado por este Tribunal, ha remitido información relativa a las actividad desarrollada por esa Cámara para la fiscalización de contratos celebrados por las Entidades Locales comprendidas dentro de su territorio.

Comunica la Cámara haber requerido a cada una de esas Entidades Locales una relación de los contratos que han celebrado de cuantía superior a las indicada en el artículo 57 del TRLCAP, correspondientes tanto al 2004 como al 2005.

Así, respecto al año 2004, se efectuó el requerimiento a 179 Ayuntamientos, remitiendo la relación certificada de los contratos celebrados en el año 2004 en ese ejercicio 172 de esos municipios; igualmente se requirió a 37 mancomunidades idéntica relación, dando contestación 28 de ellas. Resultaron positivas, las certificaciones remitidas por 56 Ayuntamientos y 5 Mancomunidades, las restantes certificaciones refieren no haber celebrado contratos con las características indicadas en el requerimiento.

Por lo que se refiere al año 2005, la Cámara de Cuentas requirió nuevamente a los 179 Ayuntamientos incluidos dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid la relación certificada de contratos celebrado durante el meritado ejercicio 2005, así como a 36 Mancomunidades, dando cumplida respuesta a la petición deducida 171 Ayuntamientos y 31 de las Mancomunidades. Resultaron positivas, las certificaciones remitidas por 71 Ayuntamientos y 1 Mancomunidad, las restantes certificaciones refieren no haber celebrado contratos con las características indicadas en el requerimiento.

De los 56 Ayuntamientos que remitieron certificación positiva, comunica la Cámara que 14 de ellos quedaron sujetos a una fiscalización específica, excluyéndose la contratación a ellos referida del cómputo de contratos que a continuación se refiere y que queda reducida a los restantes 42 Ayuntamientos, los cuales certifican la celebración durante 2004 de 147 contratos por un importe de 142 millones de euros. De ellos, 57 contratos corresponden a obras, por un importe de 90,1 millones e euros, 1 a suministros, por 0,75 millones de euros, 15 son contratos de Gestión de servicios públicos, por un importe de 22 millones de euros, seis son contratos administrativos especiales por 1,1 millones de euros y 6 contratos de consultoría y asistencia y servicios, con un importe total de 28 millones de euros.

De los 856 contratos recogidos en las certificaciones remitidas por los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid correspondientes a 2004, por un importe total de 11. 434 millones de euros, 318 corresponden a obras, con un importe de 1.369 millones de euros; 42 a suministros, por un total de 69,4 millones de euros; de gestión de servicios públicos se han comunicado 46, por un total de 9.666 millones de euros; con un importe total de 293 millones de euros hay 377 contratos de consultoría y asistencia y servicios; 3 contratos de Concesión de obra pública por un importe de 2,5 millones de euros; y 70 contratos administrativos especiales, por importe de 32,5 millones de euros.

V.2.2.9 Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares

La Sindicatura de Cuentas de las Islas Baleares remite información sobre la contratación a ella comunicada respecto de la contratación desarrollada en los ejercicios 2004 y 2005 por las Entidades locales del ámbito de la Comunidad Autónoma. Asimismo comunica que la Sindicatura no ha efectuado ningún tratamiento de dicha documentación, salvo en lo que respecta a la contratación realizada por los Consejos Insulares.

Comunica la Sindicatura que, respecto de la contratación celebrada durante 2004, han remitido información los tres Consejos Insulares y 7 Ayuntamientos; mientras que, relativa al año 2005, han comunicado información sobre la contratación celebrada, además de los tres Consejos Insulares, 12 Ayuntamientos.

Por lo que se refiere a la contratación realizada por los Consejos Insulares, comunica la Sindicatura de Cuentas información individualizada de cada uno de ellos, así:

El Consejo Insular de Mallorca ha comunicado, como contratación correspondiente a 2004, 111 contratos por un importa de 58,9 millones de euros. La contratación comunicada, correspondiente a 2005, asciende a 138 contratos por un importa de 111,7 millones de euros.

El Consejo Insular de Menorca ha comunicado, como contratación celebrada durante 2004, 75 contratos por un importa de 24,1 millones de euros y como celebrada durante 2006, 59 contratos por un importa de 6,4 millones de euros.

Finalmente el Consejo Insular de Eivissa-Formentera, ha comunicado 47 contratos por un importa de 5,9 millones de euros, celebrados durante 2004. Correspondientes a 2005, se han comunicado 52 contratos por un importe de 13,1 millones de euros.

Por lo que a la actividad comunicada por los 7 Ayuntamientos, correspondiente a 2004, se informa la celebración de un total de 26 contratos por un importe 3,07 millones de euros.

Los Ayuntamientos que han remitido información son los de Alaró (1 contrato), Calvía (11 contratos), Es Mercader (1 contratos), Esporles (1 contrato), Mahón (1 contrato), Palma (10 contratos), y Son Servera (1 contrato).

Por lo que se refiere a la contratación celebrada durante 2005, han comunicado su realización 12 Ayuntamientos, informando de un total de 26 contratos por un importe 31,35 millones de euros.

Los Ayuntamientos que han remitido información son los de Calvía (2 contratos), Capdepera (2 contratos), Eivissa (1 contrato), Es Castell (1 contrato), Llubi (1 contrato), Mahón (5 contratos), Mercadal (2 contratos), Son Servera (2 contratos), Santa Eularia de Riu (2 contratos), Marrachí (1 contrato), Palma (9 contratos), y Santa Margalida (2 contratos).

V.2.2.10 Consejo de Cuentas de Castilla y León

El Consejo de Cuentas de Castilla y León, emite información relativa a la contratación comunicada por las Entidades locales de esa Comunidad Autónoma y durante los ejercicios referidos.

Por lo que respecta al ejercicio 2004, comunica haber recibido información proveniente de 20 entidades Locales, 17 Ayuntamientos, entre las que se encuentran 2 capitales de provincia (Ávila y Palencia), y 3 Diputaciones provinciales, las de Salamanca, Segovia y Valladolid. La información remitida corresponde a la celebración por las Diputaciones de 162 contratos por un importe de 26,64 millones de euros y los 27 contratos por importe de 29,88 millones celebrados por los Ayuntamientos.

De los contratos comunicados 117 eran contratos de obras, con un importe de 49,30 millones de euros; 42 de Consultoría y asistencia, por importe de 5,26 millones de euros; 25 de suministros por importe de 1,94 millones de euros; 2 de gestión de servicios públicos; y 2 correspondientes a «otros» por un importe de 0,01 millones de euros.

Asimismo, comunica el Consejo de Cuentas haber recibido información de la contratación celebrada durante el ejercicio 2005 de 24 entidades, de las que 20 son Ayuntamientos, 4 de ellos capitales de provincia (Ávila, Palencia, Valladolid, y Zamora); 3 Diputaciones provinciales, las de Ávila, Salamanca y Valladolid; y un Consorcio. La información remitida corresponde a la celebración por las Diputaciones de 151 contratos por importe de 48,49 millones de euros, 38 contratos por importe de 23,84 millones de euros celebrados por los Ayuntamientos, y un contrato celebrado por el Consocio con un importe de 1,14 millones de euros.

La contratación comunicada relativa a 2005, corresponde a: 89 contratos de obras, por un importe de 46,49 millones de euros; 62 de Consultoría y asistencia, con un importe de 17,54 millones de euros; 28 de suministros por importe de 6,72 millones de euros; 3 de gestión de servicios públicos, un importe 1,14 millones de euros; y 8 correspondientes a «otros» por importe de 0,59 millones de euros.

V.2.2.11 Sindicatura de Cuentas de Asturias

La Sindicatura remite información correspondiente al año 2005 pues es a partir de ese año cuando asumió íntegramente la función fiscalizadora.

De acuerdo con la información remitida, 17 Ayuntamientos, 3 patronatos y una fundación enviaron a la Sindicatura información sobre la contratación anual realizada, siendo el total de ésta 179 contratos por importe, también total, de 39,93 millones de euros.

Sin embargo, tan sólo tres Ayuntamientos, los de Avilés, Castrillón y Tineo, remitieron extractos de expediente de contratación, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 57 del TR LCAP. Tales extractos correspondieron a 1 contrato de concesión de obras públicas, un contrato administrativo especial y uno de obras.

V.3 Análisis de la contratación

Se han examinado los 586 extractos de expedientes de contratación remitida al Tribunal de Cuentas, correspondientes a los ejercicios 2004 y 2005, verificándose que se adecuaban a las exigencias contenidas en el artículo 57 de la LCAP y a la Instrucción sobre remisión de documentación recogida en el Acuerdo adoptado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 30 de marzo de 2005; y, en su caso, se ha interesado la subsanación de las deficiencias. Además, se han examinado contratos remitidos por los Ayuntamientos de Albacete, Cáceres, Guadalajara, Illescas (Toledo), Toledo, Molina de Segura (Murcia), Murcia, Santander, Diputación Provincial de Badajoz y el Consorcio de Aguas de La Rioja, de los que 14 tenían vinculación con el mantenimiento de parques y jardines.

V.3.1 Irregularidades generales de la contratación

A continuación se exponen las irregularidades más destacables, atendiendo a las diferentes fases del procedimiento contractual en que se hubieren manifestado.

V.3.1.1 Actuaciones preparatorias

En varios de los contratos examinados, no se hace constar o no existe la delegación de competencia del órgano de contratación en otro, en los términos establecidos en los artículos 11.2.a) del TRLCAP, y concordantes de la normativa local, y artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Igualmente, se han observado supuestos en los que no constan los Informes preceptivos ni del Secretario ni del Interventor de la Corporación sobre el expediente de contratación.

La gran mayoría de los contratos analizados, se han adjudicado mediante concurso, debiendo señalarse a este respecto que, normalmente, esta elección tampoco se justifica como exige el artículo 75.2 del TRLCAP.

Los criterios de selección recogidos en algunos de los Pliegos de Cláusulas contravienen el contenido del artículo 86.1 del TRLCAP, puesto que no pueden ser considerados como criterios de carácter objetivo, sino que su valoración y reconocimiento se deja a la subjetividad del órgano encargado de su ponderación. Así, a título de ejemplo, en uno de los expedientes analizados se atribuye la máxima puntuación (40 %) al criterio de las mejoras «adecuadas e integradas al espíritu de la obra a decisión de la Mesa de contratación», favoreciendo una actuación arbitraria de la Mesa a la hora de otorgar aquella y que se pone de manifiesto en el informe técnico previo a la adjudicación, según el cual una mayor valoración económica de las mejoras no supone una mayor puntuación (por ejemplo, un licitador oferta mejoras valoradas aproximadamente en 71.884 euros, adjudicándosele 12 puntos y al posterior adjudicatario, con unas mejoras valoradas en 66.500 euros, se le adjudican 30 puntos).

Respecto a la valoración del criterio económico del precio, los procedimientos utilizados en alguno de los expedientes pudieran desvirtuar la objetividad de dicho criterio ya que se acude a fórmulas matemáticas, tales como la baja ponderada o a la media aritmética de las ofertas, que impiden una valoración proporcional de las ofertas económicas presentadas e incluso pueden provocar que no sea la oferta económica más baja la que obtenga, en consecuencia, la puntuación más alta, como exige la adecuada aplicación del artículo 85.1 del TRLCAP.

V.3.1.2 Selección, adjudicación y formalización

Como se ha expuesto, en algunos contratos la valoración de los criterios de selección pudiera resultar contraria al principio de objetividad que deben presidir las licitaciones públicas.

En lo que se refiere a la Mesa de contratación, se ha apreciado la presencia de diversas irregularidades que afectan, fundamentalmente, a su constitución y composición, tal y como establece el artículo 81 del TRLCAP, y en lo que se refiere a la normativa local específicamente la DA 9ª.3 de ese texto legal. Así, la composición de la Mesa no es coincidente con lo dispuesto legalmente al respecto, o bien, la que efectivamente se constituye para la selección del adjudicatario no es coincidente con la prevista en los pliegos o con la establecida con carácter general por el Ayuntamiento.

Respecto a la adjudicación, en un supuesto se efectúa la misma a favor de anteriores contratistas sin un fundamento preciso en los criterios de valoración previstos en los pliegos y en otros a favor del único licitador resultante tras el rechazo de otras ofertas, sin que resulte acreditada que dicha decisión resulte conveniente al interés público a satisfacer con la contratación ya que se indica de forma expresa que «al no haber más ofertantes, no procede aplicar los criterios de valoración».

V.3.1.3 Ejecución

Como irregularidades más comunes a los diferentes contratos analizados, con independencia de la clase o categoría a la que pertenecen, se ha de destacar las siguientes:

Incumplimiento de los plazos tanto para la realización del contenido del contrato (existiendo, incluso, algunos contratos que no han sido ejecutados ni siquiera, varios años después del inicio del expediente y de su adjudicación), como del pago del precio al contratista, lo que conlleva el pago de intereses de demora por parte de la Administración. Igualmente, se ha observado que emitida acta de recepción con detalle de los defectos en la obra que impiden la misma, no consta más de seis meses después que aquellos hayan sido subsanados por el contratista en el plazo fijado para ello, ni la concesión de un nuevo plazo improrrogable por la entidad local o, en su caso, la resolución del contrato.

Se acude con demasiada frecuencia, y sin justificación válida alguna, a contratos modificados y complementarios, cuando son debidos a la inadecuada realización de las actuaciones previas del contrato, o bien, a cambios que se quieren ejecutar una vez formalizado éste, sin que se acuda a una nueva licitación u obviando la tramitación prevista en la Ley al respecto. Todo ello hace que se produzcan notables incrementos en los precios de los contratos por los que han sido adjudicados; en numerosas ocasiones, ha sido la oferta sobre esta cuestión determinante en la adjudicación del contrato a uno u otro interesado.

V.3.2 Análisis de la contratación de Mantenimiento de parques y jardines

El análisis se extiende a los 14 expedientes de contratación remitidos con un importe total de 32,4 millones de euros, cuyo objeto está vinculado con la actividad que en el encabezamiento del epígrafe se indica, habiéndose apreciado las siguientes particularidades:

V.3.2.1 Actuaciones preparatorias

— Indistinta calificación de gestión de servicio público o servicios para la contratación de esta actividad.

Con arreglo a los artículos 25.1, 25.2, 26.1 y 85.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) el servicio de parques y jardines es considerado un servicio público local de competencia exclusiva de los municipios, en la extensión de todas sus actividades: conservación (riego, siega, recorte y poda), reposición y limpieza.

Por otra parte, atendida la normativa contractual y la reguladora de los servicios de las Corporaciones Locales contenida en los artículos. 155 y 163 TRLCAP y artículo 43 RSCL, uno de los requisitos para la gestión indirecta de los servicios públicos es que éstos tengan carácter económico, que permitan obtener un beneficio económico a resultas de su gestión, lo que excluiría a aquellos servicios respecto de los que no sea posible la exacción de una tarifa o, en términos más generales, su explotación económica. En este mismo sentido, el artículo 86 de la LRBRL establece un numerus clausus de servicios públicos económicos de carácter local —ampliable cuando así lo prevea una ley autonómica— entre los que no se encuentra el servicio público referido en el párrafo anterior.

Conforme a lo indicado, por tanto, el servicio público de mantenimiento y conservación de parques y jardines, en principio, no resulta susceptible de explotación económica y, por ello, su gestión tan sólo podría ser efectuada directamente por la Administración municipal, sin perjuicio de que, puntualmente, pueda ser asistida por un tercero para actividades concretas y localizadas por medio de contratos de servicios, a los que se refiere el artículo 196.3 del TRLCAP y que, en atención a las distintas especialidades y a efectos de clasificación, se recogen expresamente en el artículo 37 del RGCAP y en su Anexo II, como Grupo O, subgrupo 6:Trabajos de conservación y mantenimiento de montes, jardines, parques y otras zonas verdes, que incluyan poda, reposición, desbroce, riego, abonado, tratamientos fitosanitarios y demás trabajos agrícolas y forestales.

No obstante lo anterior, la jurisprudencia no ha declarado, de forma expresa, la inviabilidad de esta forma de gestión en sus pronunciamientos sobre determinados aspectos relativos al contrato de gestión de servicio público(49) de mantenimiento de parques y jardines. Por ello, admitiendo, la legalidad de esta contratación, resulta en todo caso imprescindible, para que ello pueda predicarse de cada caso concreto, que, con anterioridad a la adjudicación, concurran las siguientes circunstancias y actuaciones:

(49) STS de 31 de enero de 1984, STS de 18 de diciembre de 2001. Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de fechas 27 de mayo de 2002 y 16 de junio de 2003, Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 31 de enero de 2002.

a) Ha de estar aprobada la llamada «Ley del servicio», esto es, su régimen jurídico básico (arts. 155.2 TRCAP y 33 RSCL en relación con el art. 115 RSCL, que establece las cláusulas básicas que regirán en la concesión) sin que resulte admisible que la gestión quede exclusivamente supeditada a las cláusulas del contrato. No obstante, el proyecto de bases de concesión puede servir de punto de partida para elaborar la disposición que establezca el régimen jurídico de este servicio y de su concesión.

b) Es requisito previo e indispensable la existencia del Proyecto de explotación, con anterioridad a la apertura del concurso (art. 183 RGCE). A través de este proyecto de explotación puede la Administración llegar a un criterio firme sobre los aspectos económicos y de rentabilidad, y definir «a priori» el proyecto financiero y la posición del Ayuntamiento frente al mismo. Determina la rentabilidad neta de la inversión, lo que permite enjuiciar con acierto las ofertas.

c) Estudio económico-financiero del servicio.

d) Acuerdo plenario, en caso del cambio de gestión, con motivación de su conveniencia e indicación de la forma indirecta más conveniente para el interés público.

e) Valoración patrimonial de los bienes de dominio público a ocupar, y

f) Acta de ocupación de los bienes, en su caso.

Sin embargo, en los contratos de gestión de servicio público de mantenimiento y conservación de parques y jardines examinados, no constan ninguna de las actuaciones anteriores, tramitándose, en definitiva, como si se trataran de contratos de servicios, pero sin exigencia de clasificación a los contratistas.

— Duración del contrato.

En los pliegos se aprecia, con carácter general, el establecimiento de un plazo inicial de 10 años, prorrogables hasta un máximo de 50, cuando se califica de gestión de servicios públicos.

En los contratos de servicios se establecen plazos iniciales de 2 años, prorrogables hasta un máximo de 4. Sin embargo, en algún supuesto se ha observado la fijación injustificada de un plazo inicial de duración de 8 años, prorrogables hasta un máximo de 10, con fundamento en lo previsto en el artículo 174.4 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, vinculando, indebidamente, el concepto de compromisos de gasto de carácter plurianual con el de duración contractual.

V.3.2.2 Ejecución

En los contratos de gestión de servicio público se producen, transcurrido un breve periodo de tiempo desde la adjudicación, sucesivas ampliaciones del objeto del contrato calificadas, incorrectamente, como modificaciones del mismo, como consecuencia de la encomienda al concesionario de zonas ajardinadas preexistentes a aquella.

Esta circunstancia resulta irregular, pues acudiendo a la gestión indirecta del servicio público, lo procedente hubiera sido homogeneizar su prestación para toda la comunidad vecinal, en relación con la totalidad de metros cuadrados de zonas verdes a conservar por el concesionario y existentes en el momento de convocar el concurso, de forma que los licitadores pudieran tener una información completa del objeto del contrato a efectos de presentar sus ofertas.

La justificación aportada para las sucesivas ampliaciones del objeto del contrato, la imposibilidad de los servicios municipales para atender las zonas verdes no integradas desde el inicio en el objeto de la concesión, no hace sino corroborar la ausencia de un estudio económico y técnico previo en que se fundara la necesidad del Ayuntamiento de cambiar la gestión de directa a indirecta, en aras del interés público.

VI. CONCLUSIONES

En este apartado de conclusiones del Informe del Sector Público Local se reflejan los resultados más relevantes deducidos de las verificaciones realizadas por el Tribunal sobre las cuentas de los ejercicios 2004 y 2005 de las Entidades locales situadas en Comunidades Autónomas que, al cierre del ejercicio, no tenían constituido Órgano de Control Externo, éste no había comenzado todavía su actividad fiscalizadora o carecía de competencias fiscalizadoras sobre la actividad económico-financiera de dichas Entidades(50), así como los que se deducen de los Informes elaborados por los Órganos e Control Externo de Comunidades Autónomas(51) o de la información adicional remitida por los mismos.

(50) Estas Comunidades Autónomas son Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, Principado de Asturias (ejercicio 2004) y Región de Murcia.

(51) Estas Comunidades Autónomas son Andalucía, Canarias, Castilla y León, Cataluña, Foral de Navarra, Galicia, Islas Baleares, Madrid, País Vasco, Principado de Asturias (ejercicio 2005) y Valenciana.

El número de Entidades locales en los ejercicios 2004 y 2005, considerando los Consorcios, asciende a 13.341 y 13.391, respectivamente y el de sus Entes dependientes a 2.998 en 2004 y 3.034 en 2005, integrados éstos últimos por sus Organismos autónomos, Entidades públicas empresariales y Sociedades mercantiles en cuyo capital tienen participación total o mayoritaria aquéllas. Sin embargo, los objetivos de este Informe han estado condicionados por el elevado número de Entidades que no han rendido la Cuenta General. Además, diversas Entidades no han enviado la relación de contratos o, alternativamente, notificación de su no celebración.

VI.1 Sobre la rendición de cuentas

1. Las cuentas de la mayor parte de las Entidades locales se han recibido en el Tribunal o en los Órganos de Control Externo con posterioridad a la fecha límite fijada en el art. 223.2 del TRLHL o en la normativa autonómica. Así, hasta la fecha límite fijada legalmente para la rendición de las cuentas de los ejercicios 2004 (15 de octubre de 2005) y 2005 (15 de octubre de 2006) no habían rendido cuentas en dicho plazo 9 y 11 Diputaciones provinciales (el 22 y 27%); 3 y 1 Cabildos insulares (el 43 y 14%); 3 y 1 Consejos insulares (el 100 y 33%); 5.203 y 5.355 Ayuntamientos (el 64 y 66%); 40 y 47 Comarcas (el 50 y 59%); 756 y 763 Mancomunidades (el 78%); 53 Agrupaciones de Municipios en los dos ejercicios (el 80 y 81%); 3.036 y 2.983 Entidades locales de ámbito territorial inferior al Municipio (el 82 y 80%); y 231 y 281 Consorcios (el 68 y 72%, respectivamente).

2. Al cierre de los trabajos para la elaboración de este Informe, para las Entidades situadas en Comunidades Autónomas sin OCEX con competencias sobre Entidades locales, y al cierre de los correspondientes trabajos en las Comunidades con dichas Instituciones de Control(52), no habían rendido las cuentas las Entidades locales, cuyos datos se sintetizan a continuación:

(52) La fecha de cierre de los trabajos difiere para cada Órgano de Control. En el Tribunal de Cuentas es 15 de octubre de 2005, mientras que la de los OCEX difiere según la Comunidad Autónoma, circunstancia que determina notables diferencias en los porcentajes de rendición.

a) De las Diputaciones provinciales y forales, Cabildos y Consejos insulares, han rendido las cuentas de los dos ejercicios todas las Entidades de este colectivo.

b) El grado de cumplimiento de la obligación de rendición de la Cuenta General por los Ayuntamientos ha sido del 76% en el ejercicio 2004 y del 73% en el de 2005, lo que determina la existencia de 1.983, en 2004, y 2.187, en 2005, que no han rendido la misma. En función de su clasificación por estratos de población, 11 en 2004 y 8 en 2005 corresponden a Municipios con población superior a 50.000 habitantes, 193 y 202 a Municipios con población de 5.000 a 50.000 habitantes y, 1.779 y 1.977, respectivamente, a Municipios con población inferior a 5.000 habitantes.

Asimismo, un gran número de Ayuntamientos incumplen reiteradamente la obligación de rendición de cuentas, por cuanto durante el periodo comprendido entre 2001 y 2005, ambos inclusive, no han presentado cuentas 2.748, siendo especialmente relevante que 776 (el 28% de este conjunto y el 10% del total Ayuntamientos) no han presentado las cuentas de ninguno de los cinco ejercicios.

c) Respecto a las Entidades supramunicipales (Comarcas, Áreas metropolitanas, Mancomunidades y Agrupaciones de Municipios) no habían rendido cuentas 9 y 12 Comarcas en 2004 y 2005, respectivamente, de las que 9 y 10, respectivamente, pertenecen a la Comunidad Autónoma de Aragón y 2 en 2005 a la Comunidad Autónoma de Cataluña; 519 y 503 Mancomunidades y 47 y 45 Agrupaciones de Municipios, respectivamente.

d) De las 3.718 y 3.715 Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, en los ejercicios 2004 y 2005, al menos, remitieron sus cuentas 541 y 562, respectivamente, y no se dispuso de información sobre 383 y 384 Entidades pertenecientes a las Comunidades Autónomas de Andalucía y País Vasco; y, de los Consorcios, 173 en 2004 y 187 en 2005 remitieron sus cuentas al cierre de los trabajos y no rindieron 143 y 173, respectivamente, mientras que no se dispone de información sobre 25 y 31, pertenecientes a las Comunidades Autónomas de las Islas Baleares y Foral de Navarra.

3. Las Entidades locales que rinden la Cuenta General lo realizan, generalmente, integrada por las cuentas correspondientes a la propia Entidad, sus Organismos autónomos y Sociedades mercantiles pertenecientes a la misma, uniéndole las cuentas de las Sociedades mercantiles mayoritariamente participadas y las memorias previstas para los Ayuntamientos de Municipios con población superior a 50.000 habitantes y de las demás Entidades locales de ámbito superior.

Por otra parte, 76 Entidades (68 Ayuntamientos, 3 con población superior a 5.000 habitantes y 65 con población inferior a 5.000 habitantes; 2 Comarcas, 4 Mancomunidades y 2 Agrupaciones de Municipios) remitieron las cuentas sin algunos de los estados básicos(53) de la gestión presupuestaria y patrimonial contenidos en las reglas 416 de la ICAL y 230 de la ICAL(s) o sin que conste su aprobación, o, en su caso, denegación por el Pleno, incumpliendo el art. 212.5 del TRLHL, en cuyo caso las cuentas remitidas no se consideraron rendidas ante este Tribunal. Dichos incumplimientos se detallan a continuación:

(53) Estos estados básicos son: Balance de situación, Cuenta de resultados, Liquidación del presupuesto de ingresos y Liquidación del presupuesto de gastos. Sin embargo, para las Entidades sujetas al sistema básico de contabilidad, a partir del 1 de enero de 2006, únicamente se han considerado estados básicos la Liquidación del presupuesto de ingresos y gastos.

a) No acompañan a la Cuenta General el expediente de tramitación y aprobación por el Pleno de la Corporación o, en su caso, falta el acuerdo de aprobación en 63 Ayuntamientos, de los que uno es Municipio con población superior a 5.000 habitantes, en una Comarca y en 2 Mancomunidades.

b) Los estados contables no acompañan el Balance de situación y la Cuenta de Resultados en 9 y 4 Ayuntamientos, respectivamente, de los que 7, en el primer caso, y, los 4 en el segundo corresponden a Municipios con población inferior a 5.000 habitantes. Por otra parte, únicamente un Ayuntamiento de población inferior a 5.000 habitantes no incluye la Liquidación del presupuesto de gastos y de ingresos.

Respecto al contenido de la cuenta de la propia Entidad, algunas no presentan la totalidad de los estados y cuentas anuales y sus anexos, así como los justificantes, siendo especialmente relevante la falta del Estado de los compromisos de gasto adquiridos con cargo a ejercicios futuros, Estado de la deuda, Estado de los compromisos de ingreso con cargo a presupuestos futuros, Estado de gastos con financiación afectada, y Presupuesto inicial aprobado.

VI.2 Sobre la liquidación de los presupuestos

Las liquidaciones de los presupuestos de ingresos y gastos agregadas son el resultado de la suma de las liquidaciones de todas las Diputaciones provinciales y forales, Cabildos y Consejos insulares y del 75%, en 2004, y 74%, en 2005, de las liquidaciones de los Ayuntamientos que rindieron cuentas, por lo que corresponden a un total de Entidades locales de 4.625 en 2004 y 4.443 en 2005, que equivalen al 57 y 54%, respectivamente, de las Entidades de esta naturaleza y que abarcan una población del 88 y 87%, respectivamente, del conjunto nacional.

Del análisis de los estados agregados señalados se deducen las siguientes magnitudes de carácter general:

1. Los créditos iniciales de los presupuestos de gastos se elevaron a 51.663 millones de euros en 2004 y a 55.806 millones de euros en 2005 y se incrementaron en un 23 y 26%, respectivamente, de aquéllos, por lo que los créditos definitivos alcanzaron los 63.659 y 70.144 millones de euros. En las modificaciones de créditos destacan, en los dos ejercicios, por su elevado importe y por las desviaciones con respecto a la media, las de las Entidades de las Comunidades Autónomas de Canarias (37 y 40%), Galicia (37 y 39%) y Castilla y León (36 y 37%), siendo las menores modificaciones, igualmente en los dos ejercicios, las de las Entidades del País Vaco (12 y 15%) y Madrid (14 y 15%).

2. Las obligaciones reconocidas, 50.049 millones de euros en 2004 y 53.838 millones de euros en 2005, suponen un grado medio de ejecución del 79 y 77%, respectivamente. Este nivel medio fluctúa entre el de las Entidades del País Vasco (92 y 91%), Madrid (83 y 79%) y Aragón (78 y 81%), por una parte, y el de las Corporaciones de La Rioja (63 y 60%) que presenta el más bajo, situación prácticamente idéntica a la de ejercicios anteriores. El nivel de ejecución del ejercicio 2005 ha disminuido respecto del de 2004 en las Entidades de todas las Comunidades Autónomas, a excepción de Aragón y Cantabria.

La estructura de las obligaciones reconocidas, en función de la clasificación económica del presupuesto, es la siguiente:

Respecto al grupo de Ayuntamientos destacar que esta estructura difiere en función de la población ya que para los Municipios con población superior a 50.000 habitantes, se sitúa en 72, 20-19 y 8-9%, respectivamente, para los de población entre 5.000 y 50.000 habitantes, en 71, 23-24 y 6-5%, respectivamente, y, por último, en los Municipios con población inferior a 5.000 habitantes es del 61-60, 36-37 y 3%, respectivamente.

Destaca, asimismo, que los menores niveles de ejecución corresponden al capítulo 6 (inversiones reales), con promedios del 42% para el primer grupo de Entidades (Diputaciones provinciales, Cabildos y Consejos insulares) y del 46% en 2004 y 43% en 2005, para el conjunto de los Ayuntamientos, debido, en ambos casos, a que las Corporaciones consignan créditos para proyectos que no se inician en el ejercicio o su ejecución se extiende a varios años sin acomodar la presupuestación de las inversiones al previsible ritmo de ejecución, de conformidad con los arts. 79 a 88 del RD 500/1990, hecho reiteradamente advertido en ejercicios anteriores y que pone de manifiesto la práctica incorrecta de incorporar, de manera automática, créditos del ejercicio precedente en el presupuesto del inmediato siguiente, sin una valoración previa de los proyectos que puedan ser efectivamente ejecutados.

3. Se han realizado pagos por 41.804 millones de euros en 2004 y 46.332 millones de euros en 2005 (el 84 y 86% de las obligaciones reconocidas), correspondiendo la media más alta, en los dos ejercicios, a las Entidades de las Comunidades Autónomas de Cantabria y de Castilla y León (ambas con el 89% en 2004 y 88% en 2005) y del País Vasco en 2005 con el 94%, y los más bajos a las de Madrid y Región de Murcia (con el 81 y 77% en 2004, respectivamente, y ambas con el 79% en 2005) y a las de Extremadura, en 2005, con el 76%.

4. Las previsiones iniciales de los presupuestos de ingresos se elevaron a 51.859 millones de euros en 2004 y 56.135 millones de euros en 2005, que fueron incrementadas en el 23 y 25%, respectivamente, de aquellas, por lo que las previsiones definitivas alcanzaron los 63.705 millones de euros en 2004 y 69.996 millones de euros en 2005. Los mayores incrementos de las previsiones iniciales corresponden en 2004 a las Entidades locales de las Comunidades Autónomas de Galicia (37%) y Canarias, Castilla y León y las Islas Baleares (todas ellas con el 33%) y en 2005 a las de Aragón (43%) y La Rioja (42%) mientras que los menores concurren en las Entidades del País Vasco y Madrid

En cuanto a su naturaleza, la mayor parte de las modificaciones corresponde, al igual que en años precedentes, a la incorporación de Remanentes positivos de tesorería del ejercicio anterior a través del capítulo 8.

5. Los derechos reconocidos ascendieron a 52.047 millones de euros en 2004 y a 57.038 millones de euros en 2005, que suponen un nivel de ejecución del 82 y 81%, respectivamente, destacando las Entidades del País Vasco (93 y 97%) y Madrid (con el 87 y 84%, respectivamente) y, en sentido contrario, las de Foral de Navarra (con el 70% en 2004) y La Rioja y Castilla y León (ambas con el 69% en 2005).

6. La recaudación neta alcanzó los 45.954 y 50.244 millones de euros, respectivamente, que suponen un nivel medio de cumplimiento del 88% en los dos ejercicios, destacando, por lo elevado de dicha media, las Entidades de las Comunidades Autónomas del País Vasco (96% en 2004 y 97% en 2005), en tanto que en las restantes Comunidades los niveles se sitúan entre el 79% y el 90%.

Destaca, asimismo, que los menores niveles de recaudación corresponden al capítulo 7 (transferencias de capital) con promedios del 59 y 64%, respectivamente, para el grupo de Diputaciones provinciales, Cabildos y Consejos insulares y del 58 y 56% para los Ayuntamientos.

7. El resultado presupuestario, diferencia entre los derechos y las obligaciones reconocidas, presentó un aumento en el ejercicio 2005 del 60% en relación con el del ejercicio 2004, pasando de un superávit de 1.998.990 miles de euros en 2004 a otro de 3.198.988 miles de euros en 2005. Su detalle por tipo de entidades, según la agrupación de los capítulos de la clasificación económica, fue la siguiente:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI.3 Sobre las sociedades mercantiles del sector público local

1. En el ejercicio 2004 el número de empresas públicas locales creció un 7% respecto al ejercicio precedente, pasando de 1.144 Entidades en 2003 a 1.219 en 2004. Por su parte, en 2005 el número de empresas aumentó en 71, representativo de un 6%, alcanzando la cifra total de 1.290. Considerando todo el quinquenio 2001-2005, el número de empresas públicas locales creció a nivel nacional un 33%, registrándose el mayor incremento absoluto en el País Vasco (74 empresas) mientras el mayor crecimiento relativo se produjo en Castilla-La Mancha (un 108%). Las Comunidades Autónomas en cuyo territorio se situaban un mayor número de empresas públicas locales al cierre de 2005 eran, por este orden, Andalucía, Cataluña y País Vasco, que reunían conjuntamente al 56% del total nacional, mientras que La Rioja, con 2 empresas, y Cantabria, con 12, eran las Comunidades con un menor número de empresas públicas locales.

2. De media, en el conjunto del territorio nacional, en 2005 existían constituidas 29 empresas públicas locales por millón de habitantes. El País Vasco, que cuenta con casi 80 empresas públicas locales por cada millón de habitantes, supera ampliamente esta media, destacando también Aragón, con más de 61 empresas por millón de habitantes, y un crecimiento en cinco años del 74%, si bien el aumento más notorio lo presentaba Castilla-La Mancha, donde el número de empresas relativo a su población prácticamente se dobló. En el otro extremo, la Comunidad Autónoma con un menor número relativo de empresas sobre su población era La Rioja, con menos de 7 sociedades por cada millón de habitantes.

3. La actividad inmobiliaria era a la que se dedicaba el mayor número de empresas (461 y 473 en 2004 y 2005, respectivamente, el 38% y el 37% del total). Destacaban también las empresas dedicadas a actividades de promoción y desarrollo económico, que totalizaban 142 al final del periodo analizado, y las que prestan servicios culturales y recreativos, que alcanzaban el número de 100 empresas.

4. Se han realizado análisis específicos sobre las 188 empresas dependientes de Entidades locales pertenecientes a Comunidades Autónomas que no contaban con un Órgano de Control Externo con competencias sobre el Sector público local, ascendiendo a 157 y 164 el número de empresas de titularidad íntegramente local en 2004 y 2005, respectivamente y a 31 y 24 las que en cada ejercicio contaban con una participación mayoritaria pero inferior al 100%.

En el ejercicio 2004 se encontraban activas 166 de las 188 empresas, 8 en liquidación y 14 sin actividad. Al cierre de 2005 existían 166 empresas activas, 7 en liquidación y 15 sin actividad. De las 166 empresas activas en 2004, 29 mostraban en sus Cuentas anuales cifras de negocio nulas, y sólo 10 de ellas tuvieron otros ingresos de explotación. En 2005, de otras tantas 166 empresas activas, 33 tenían cifras de negocio iguales a cero, 9 de ellas con otros ingresos de explotación.

5. En los ejercicios 2004 y 2005 se constituyeron 17 y 20 empresas públicas locales, respectivamente, en el ámbito territorial analizado. Los expedientes de creación de sociedades mercantiles locales examinados (19 en total) adolecieron de los siguientes defectos: ausencia del preceptivo proyecto de precios (11 expedientes), ausencia de memoria de aspectos técnicos, jurídicos, económico-financieros y sociales (4 expedientes), ausencia de exposición pública del expediente (4 expedientes), y falta de aprobación por el Pleno del inicio del expediente (1 expedientes). En ninguno de los expedientes examinados se motivaba la elección de forma jurídica de sociedad mercantil para llevar a cabo la actividad correspondiente.

6. Entre los ejercicios 2004 y 2005 descendieron los agregados de activo, patrimonio neto y cifra de negocios de las empresas del ámbito territorial analizado, aunque también lo hizo el propio número de empresas analizadas, debido a que en ese último ejercicio entró en funcionamiento la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias, y sus empresas no se incluyeron en los análisis de ese año. No obstante, el resultado agregado del ejercicio 2005 se incremento en un 50% respecto a 2004, pasando de 31 millones de euros a 47 millones de euros. Al eliminar el efecto debido a las Empresas públicas locales radicadas en el Principado de Asturias, las cifras agregadas de activo, patrimonio neto y cifra de negocio de 2005 superarían en alrededor de 15% a las 2004, mientras que las resultadas del ejercicio habrían crecido en un 27% en el mismo periodo. El número de empresas analizadas en 2005 por su parte aumentaría en un 2% respecto a las de 2004

El grado de solvencia a largo plazo del conjunto de las empresas permaneció estable, alcanzando el neto patrimonial alrededor de un 36% del total del pasivo tanto en 2004 como en 2005. De modo análogo, el ratio general al eliminar las subvenciones de capital presentaba cifras agregadas de alrededor del 28% en ambos ejercicios, manteniéndose el efecto agregado de las subvenciones de capital netas de impuestos levemente por encima del 8% del total del pasivo.

Del análisis efectuado se desprende que 31 empresas se encontraban en algún supuesto de desequilibrio patrimonial a 31 de diciembre de 2004, 4 con un patrimonio neto inferior a dos tercios de su cifra de capital social, 11 con un patrimonio inferior a la mitad de su capital, y las 16 restantes con patrimonios netos negativos. Siete de estas empresas reequilibraron su situación patrimonial en el ejercicio 2005, 14 siguieron desequilibradas y de 10 no se ha dispuesto de información. Por su parte, al cierre de 2005, 4 empresas disponían de un patrimonio neto inferior a dos tercios de su cifra de capital social, en otras 7 era inferior a la mitad de su capital y en otras 9 sus patrimonios netos eran negativos, totalizando 20 empresas con desequilibrio patrimonial.

7. El ratio de endeudamiento de las empresas públicas locales analizadas en el ejercicio 2004 fue un 57%, y en 2005 de un 59%. Del pasivo exigible, el 66% correspondía en 2004 a deuda a corto plazo, y en 2005 el 69%.

8. Las 144 y 130 sociedades activas de las que se ha dispuesto de sus Cuentas anuales de 2004 y 2005, respectivamente, tuvieron unos beneficios agregados de 31,4 y 47,3 millones de euros en dichos ejercicios, respectivamente, resultado en 2004 de 89 empresas con resultados positivos, por un importe total de 46,0 millones de euros, otras 51 con pérdidas, que sumadas ascendieron a 14,6 millones de euros, y 4 empresas más con resultado igual a cero. En 2005 las empresas con resultados positivos, por un importe total de 51,8 millones de euros, eran 77, otras 48 presentaron pérdidas de un total agregado de 4,5 millones de euros, y las 5 restantes tenían un resultado nulo.

9. En el ejercicio 2004, las empresas analizadas registraron ingresos por subvenciones por importe de 55,2 millones de euros en sus cuentas de resultados, 39,1 millones de euros en 2005. Las empresas públicas locales presentarían fuertes pérdidas económicas de no contar con estos ingresos, pasando los resultados agregados del conjunto de empresas de unos beneficios de 31,4 millones de euros en 2004, a unas pérdidas de 43,5 millones si consideramos las subvenciones brutas, y de 23,8 millones si se elimina el efecto fiscal en las empresas con ganancias. En 2005, los beneficios agregados de 47,3 millones de euros se convertirían en pérdidas de 6,7 millones de euros al eliminar las subvenciones brutas, y en beneficios de 8,1 millones de euros si se descuentan las subvenciones netas de efecto fiscal.

En 2004, 23 empresas obtuvieron subvenciones corrientes que supusieron más de la mitad del total de sus ingresos de explotación, y en 2005 hubo 17 en esa misma situación.

10. La rentabilidad operativa media del conjunto de empresas fue de un 4,19% en 2004 y del 6,53% en 2005, y la rentabilidad financiera de un 9,29% y un 15,64% respectivamente en cada ejercicio.

Descontando el apoyo recibido vía subvenciones, la rentabilidad operativa pasaría en 2004 a ser negativa de un 3,02% y la rentabilidad financiera, también negativa de un 7,04%. En el ejercicio 2005, la rentabilidad operativa descendería, sin llegar a niveles negativos, hasta un 1,12% y la rentabilidad financiera pasaría a un 2,69%, también positivo.

VI.4 Sobre la contratación administrativa

El inicio de actividades por un nuevo Órganos de Control Externo, la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias durante 2005, ha provocado una modificación en el número de expedientes remitidos al Tribunal de Cuentas que dificulta la comparación en valores absolutos entre los diversos ejercicios, no obstante cabe apreciar que la información proveniente de Entidades Locales provenientes de ámbitos autonómicos carentes de Órgano de Control Externo con competencia sobre estas entidades ha experimentando un notable incremento, al que sin duda no ha sido ajeno la instrucción sobre remisión de información sobre contratos por las Entidades Locales.

Sin embargo, lo anteriormente expuesto no permite presumir el general cumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 40 de la Ley 7/1988, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas y 57 del TRLCAP, sea por la no remisión de la información o por las deficiencias que presenta la misma.

En síntesis, las deficiencias más sustanciales apreciadas en la contratación son las siguientes:

Se han apreciado deficiencias en el cumplimiento de normas sobre competencia, delegación y avocación de facultades, en los términos exigidos artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Los contratos declarados urgentes carecen, con carácter general, de válida justificación de esa forma de tramitación, en los términos exigidos por el artículo 71.1 del TRLCAP, y en ocasiones, la declaración de urgencia queda desvirtuada por el incumplimiento de los plazos a este respecto previstos en la Ley,

Los criterios de selección recogidos en los Pliegos de Cláusulas, en ocasiones carecen de la necesaria objetividad. Igualmente se ha constatado la utilización de sistemas de valoración de ofertas que desvirtúan el principio de economía.

En los contratos de servicios, no se exige clasificación empresarial a los licitadores, cuando en esta clase de contratos es necesario. Asimismo, en ocasiones no se ha apreciado la existencia del preceptivo y previo informe sobre la insuficiencia la inadecuación o la inconveniencia de la no ampliación de los medios materiales y personales con los que cuenta la Administración para la celebración del contrato en cuestión.

En lo que se refiere a la Mesa de contratación, este órgano de asesoramiento de contratación presentan irregularidades que afectan fundamentalmente a su composición y configuración, tal y como establece el artículo 81 del TRLCAP, y en lo que se refiere a la normativa local específicamente la DA 9.ª.3 del propio texto legal, y específicamente la ausencia de constancia de la delegación con la que los miembros de la misma actúan.

Se produce un general incumplimiento de los plazos previstos, bien de los recogidos en la normativa contractual vigente, o bien de los recogidos en los pliegos., sea el de la comunicación de la adjudicación, la publicación de la adjudicación en los periódicos oficiales preceptivos, e, incluso, en la formalización del propio contrato adjudicado, ya que éste se formaliza después del plazo previsto sin causa alguna que lo justifique.

Incumplimiento de los plazos tanto para la realización del contenido del contrato como del pago del precio al contratista.

Incumplimiento de los plazos de inicio de las obras y en el régimen de concesión de prórrogas. En ocasiones, ese incumplimiento en el inicio de la ejecución desvirtúa la justificación de la declaración de urgencia.

Se han producido modificaciones sin que la causas alegadas en su justificación reúnan los requisitos exigidos en el artículo 101.1 del TRLCAP, incluso en algún caso las modificaciones se han producido de hecho, sin ajustarse a los procedimientos establecidos para ello.

El examen de la contratación del mantenimiento y conservación de jardines pone de relevancia deficiencias tanto en la justificación de la modalidad contractual utilizada como en su tramitación cuando ésta ha sido la de gestión de servicios públicos.

Madrid, 30 de noviembre de 2010.—El Presidente, Manuel Núñez Pérez.

ANEXOS Y APÉNDICES
ANEXOS
ANEXOS 2004 Y 2005
ÍNDICE

Anexo I.1. «Liquidación Agregada de los Presupuestos de Gastos» (AAPP).

Anexo I.1.1. «Liquidación de los Presupuestos de Gastos» (AAGG).

Anexo I.1.2. «Liquidación Agregada de los Presupuestos de Gastos» (OOAA).

Anexo I.1.3. «Liquidación Agregada de los Presupuestos de Gastos» (EEPP).

Anexo I.1.4. «Liquidación Agregada de los Presupuestos de Gastos» (UUPP).

Anexo I.2. «Liquidación Agregada de los Presupuestos de Ingresos» (AAPP).

Anexo I.2.1. «Liquidación de los Presupuestos de Ingresos» (AAGG).

Anexo I.2.2. «Liquidación Agregada de los Presupuestos de Ingresos» (OOAA).

Anexo I.2.3. «Liquidación Agregada de los Presupuestos de Ingresos» (EEPP).

Anexo I.2.4. «Liquidación Agregada de los Presupuestos de Ingresos» (UUPP).

Anexo I.3. «Modificaciones de Créditos Presupuestarios» (AAGG).

Anexo I.4.1. «Obligaciones Reconocidas» (AAGG).

Anexo I.4.2. «Derechos Reconocidos» (AAGG).

Anexo I.5. «Resultados y Saldos Presupuestarios Agregados del ejercicio» (AAPP).

Anexo I.5.1. «Resultados y Saldos Presupuestarios Agregados del ejercicio» (AAGG).

Anexo I.5.2. «Resultados y Saldos Presupuestarios Agregados del ejercicio» (OOAA).

Anexo I.5.3. «Resultados y Saldos Presupuestarios Agregados del ejercicio» (EEPP).

Anexo II.1. «Balances Agregados» (AAPP).

Anexo II.1.1. «Balances Agregados» (AAGG).

Anexo II.1.2. «Balances Agregados» (OOAA).

Anexo II.1.3. «Balances Agregados» (EEPP).

Anexo II.1.4. «Balances Agregados» (UUPP).

Anexo II.1.5. «Deudores» (AAGG).

Anexo II.1.6. «Tesorería» (AAGG).

Anexo II.1.7. «Acreedores» (AAGG).

Anexo II.2. «Resultados Económico-patrimoniales Agregados» (AAPP).

Anexo II.2.1. «Resultados Económico-patrimoniales Agregados» (AAGG).

Anexo II.2.2. «Resultados Económico-patrimoniales Agregados» (OOAA).

Anexo II.2.3. «Resultados Económico-patrimoniales Agregados» (EEPP).

Anexo II.2.4. «Resultados Económico-patrimoniales Agregados» (UUPP).

Anexo II.3.1. «Balances Agregados» (Empresas Públicas).

Anexo II.3.2. «Cuentas Agregadas de Pérdidas y Ganancias» (Empresas Públicas).

Anexo II.4.1. «Balances Agregados (Fundaciones Públicas).

Anexo II.4.2. «Cuentas de Resultados (Fundaciones Públicas).

Anexo III.1.1. «Fondo de Compensación Interterritorial. Liquidación de los Créditos del Fondo de Compensación» (AAGG).

Anexo III.1.2. «Fondo de Compensación Interterritorial. Liquidación de los Créditos del Fondo Complementario» (AAGG).

Anexo III.2.1. «Fondo de Compensación Interterritorial. Liquidación de los Recursos del Fondo de Compensación» (AAGG).

Anexo III.2.2. «Fondo de Compensación Interterritorial. Liquidación de los Recursos del Fondo Complementario» (AAGG).

Anexo IV-1-1. Rendición de cuentas. Diputaciones Provinciales y Forales, Cabildos y Consejos Insulares.

Anexo IV-1-2. Rendición de cuentas. Ayuntamientos por tramos de población.

Anexo IV-1-3. Rendición de cuentas. Comarcas, Áreas metropolitanas, Mancomunidades y Agrupaciones de municipios.

Anexo IV-1-4. Rendición de cuentas. Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio.

Anexo IV-2-1. Relación de Ayuntamientos que no han rendido las cuentas de 2004 o de 2005 o las de dos o más ejercicios durante el quinquenio 2001-2005.

Anexo IV-2-2. Relación de Comarcas, Mancomunidades y Agrupaciones de municipios que no han rendido las cuentas de 2004 al Tribunal de Cuentas.

Anexo IV-3-1. Entidades que no rinden todos los estados y cuentas anuales.

Anexo IV-3-2. Entidades que no rinden todos los anexos a los estados anuales.

Anexo IV-3-3. Entidades que no rinden todos los justificantes de los estados y cuentas anuales y de sus anexos.

Anexo V-1-1. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de ingresos. Total Entidades locales. Resumen general por Comunidades Autónomas.

Anexo V-1-2. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de gastos. Total Entidades locales. Resumen general por Comunidades Autónomas.

Anexo V-2-1. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de ingresos. Diputaciones Provinciales y Forales, Cabildos y Consejos Insulares. Resumen general por Comunidades Autónomas.

Anexo V-2-2. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de gastos. Diputaciones Provinciales y Forales, Cabildos y Consejos Insulares. Resumen general por Comunidades Autónomas.

Anexo V-2-3. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de ingresos. Diputaciones Provinciales y Forales, Cabildos y Consejos Insulares. Resumen general por capítulos.

Anexo V-2-4. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de gastos. Diputaciones Provinciales y Forales, Cabildos y Consejos Insulares. Resumen general por capítulos.

Anexo V-2-5. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de ingresos. Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares. Resumen general por capítulos.

Anexo V-2-6. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de gastos. Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares. Resumen general por capítulos.

Anexo V-2-7. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de ingresos. Diputaciones Forales. Resumen general por capítulos.

Anexo V-2-8. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de gastos. Diputaciones Forales. Resumen general por capítulos.

Anexo V-3-1. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de Ayuntamientos. Resumen general por estratos de población.

Anexo V-3-2. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de ingresos. Ayuntamientos. Resumen general por Comunidades Autónomas.

Anexo V-3-3. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de gastos. Ayuntamientos. Resumen general por Comunidades Autónomas.

Anexo V-3-4. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de ingresos. Ayuntamientos de municipios mayores de 50.000 habitantes. Resumen general por capítulos.

Anexo V-3-5. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de gastos. Ayuntamientos de municipios mayores de 50.000 habitantes. Resumen general por capítulos.

Anexo V-3-6. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de ingresos. Ayuntamientos de municipios entre 5.000 y 50.000 habitantes. Resumen general por capítulos.

Anexo V-3-7. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de gastos. Ayuntamientos de municipios entre 5.000 y 50.000 habitantes. Resumen general por capítulos.

Anexo V-3-8. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de ingresos. Ayuntamientos de municipios menores de 5.000 habitantes.

Anexo V-3-9. Estado agregado de la liquidación del presupuesto de gastos. Ayuntamientos de municipios menores de 5.000 habitantes.

Anexo VI. Relación de Sociedades Mercantiles.

Anexo VII-1. Resumen de contratos recibidos vía art. 57. Clasificados por forma.

Anexo VII-2. Resumen de contratos recibidos vía art. 57. Clasificados por objeto.

Anexo VII-3. Contratos adjudicados comunicados al Tribunal de Cuentas.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

APÉNDICES

APÉNDICES 2004

ÍNDICE

1. Programas de fiscalización de los OCEx para 2004.

2. Informes aprobados por los OCEx en 2004.

1. PROGRAMA DE FISCALIZACIONES DE LOS OCEx PARA 2004

CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Cuenta General, Contratación Administrativa de la Junta de Andalucía y Fondo de Compensación Interterritorial de 2003.

— Servicio de Protección Civil de la Junta de Andalucía.

— Fiscalización de los gastos electorales de las elecciones al Parlamento de Andalucía. 2004.

— Gestión de los Parques Naturales de Andalucía.

— Gestión del Sistema Andaluz de Museos.

— III Plan Andaluz de Investigación 2000-2003.

— Subvenciones a Empresas Privadas y Familias e Instituciones sin fines de Lucro. Perceptores del Segmento de 0,6 a 1,8 millones de euros.

— Cuentas anuales de las Universidades Públicas de Andalucía. 2001-2002.

— Cetursa Sierra Nevada, S.A.

— Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (INTURJOVEN).

— Universidades Públicas de Andalucía. 2003.

— Eficacia y Eficiencia de los Servicios de radiodiagnóstico de Hospitales del SAS.

— Real Escuela Andaluza de Arte Ecuestre.

— Empresa Municipal de Aguas de Málaga, S.A. (EMASA).

Actuaciones en el ámbito de Corporaciones Locales

— Informe Anual del Sector Público Local Andaluz.

— Rendición de cuentas de las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos con población superior a 50.000 habitantes.

— Ayuntamiento de Jódar.

— Ayuntamiento de Arcos de la Frontera.

— Ayuntamiento de Almería.

— Convenio Urbanístico (por determinar).

— Diputación de Jaén.

SINDICATURA DE CUENTAS DE LAS ILLES BALEARS

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Informe sobre la cuenta general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2002.

— Informe sobre la cuenta general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización de la organización, la actividad económico-financiera y la gestión de la Universidad de las Islas Baleares, ejercicio de 2003.

Actuaciones en el ámbito de Corporaciones Locales

— Informe sobre las cuentas generales de los Consejos Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza-Formentera, del año 2002.

— Informes globales del Sector Local. Ejercicios 2001 y 2002.

AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

— Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Canarias, ejercicio 2003.

— Fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial, ejercicio 2003.

— Fiscalización de la empresa pública MERCOCANARIAS, S.A. ejercicio 2002.

— Fiscalización de la Universidad de La Laguna, ejercicio 2003.

— Fiscalización de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las Inversiones de la Universidad de La Laguna contempladas en el P.I.U.C. a 31 de diciembre de 2003.

— Fiscalización de las Inversiones de la Universidad de las Palmas de Gran Canaria contempladas en el P.I.U.C. a 31 de diciembre de 2003.

— Informe sobre las transferencias de capital gestionadas a través del programa 723 C «Apoyo PYMES industriales».

— Fiscalización de la empresa pública Sociedad Canaria de las Artes Escénicas y de la Música (SOCAEM, S.A.), ejercicio 2003.

— Fiscalización de la empresa pública Sociedad de Desarrollo Económico de Canarias (SODECAN, S.A.), ejercicio 2003.

— Informe sobre la actividad empresarial de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2002.

— Fiscalización de la Agencia Canaria de Protección del Medio Urbano y Natural, ejercicio 2002.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales.

— Fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2002.

— Fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2003.

— Fiscalización del Ayuntamiento de La Laguna, ejercicio 2002.

— Fiscalización del Cabildo Insular de La Palma, ejercicio 2002.

— Fiscalización del Cabildo Insular de Fuerteventura, ejercicio 2002.

— Fiscalización del Ayuntamiento de Valle Gran Rey (La Gomera), ejercicio 2002.

— Fiscalización del Ayuntamiento de Garafia (La Palma), ejercicio 2002.

SINDICATURA DE CUENTAS DE CASTILLA-LA MANCHA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ejercicio 2.003.

— Informe de fiscalización sobre el FCI, ejercicio 2003.

— Informe Anual sobre el Sector Público de Castilla-La Mancha, ejercicio 2003.

— Informe de rendición de cuentas y revisión formal de la Cuenta de la Universidad de Castilla-La Mancha, ejercicio 2003.

— Informe de rendición de cuentas y revisión formal de las Cuentas de las empresas y entidades del Sector Público Regional, no sometidos a Contabilidad Pública, correspondientes al ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización del Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización de determinados Centros de gasto dependientes de la Consejería de Educación.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Informes de fiscalización de las subvenciones recibidas, durante el ejercicio 2002, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma con cargo al Fondo Regional de Cooperación Local.

— Informes de fiscalización especiales de las Corporaciones Locales que se relacionan, a instancia de las mismas y con autorización por la mesa de las Cortes Regionales: Ayuntamientos de Almorox (Toledo), Belmonte (Cuenca), Iniesta (Cuenca), Peñascosa (Albacete) y Talayuelas (Cuenca).

— Otros informes e fiscalización especiales de aquellas Corporaciones Locales que lo soliciten y sean autorizados por la Mesa de las Cortes Regionales durante el ejercicio 2004, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas, en relación con el artículo 13.2 de la Ley 5/1993.

CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Los trabajos de análisis y comprobación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ejercicio 2003, incluyendo el Fondo de Compensación Interterritorial.

— Fiscalizaciones específicas referidas al sector público autonómico, proyectadas sobre la administración general, organismos autónomos y otros entes públicos.

— Colaborar con el Tribunal de Cuentas, en la medida de las posibilidades del Consejo de Cuentas, en la Fiscalización Horizontal sobre Universidades Públicas concretamente en el área económico-financiera.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Los trabajos de análisis y comprobación de las cuentas del ejercicio 2003 que rindan a este Consejo las Entidades Locales de la Comunidad.

SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Informe de la Cuenta General de la Generalidad Catalana, ejercicio 2002.

— Informe de la Cuenta General de la Generalidad Catalana, ejercicio 2003.

— Informe de los contratos y gastos efectuados por el Grupo Indra, ejercicio 1996-2002.

— Informe de TVC,S.A., ejercicio 2000 y 2001.

— Universidad de Barcelona, ejercicios 2000 y 2001.

— Universidad Politécnica de Cataluña, ejercicio 2003.

— Agregado de las universidades, ejercicio 2000.

— Agencia Catalana del Agua, ejercicio 2000.

— Gestión de Infraestructuras, S.A., ejercicio 2000.

— Instituto Catalán del Suelo (INCASOL), ejercicio 2001 y 2002.

— Agencia Catalana del Agua, ejercicios 2001 y 2002.

— Instituto Catalán de Finanzas, ejercicio 2002.

— Instituto Catalán de Finanzas, ejercicio 2003.

— Autoridad del Transporte Metropolitano, ejercicios 2001-2002.

— Subdirección General de Riesgos y Seguros.

— Subvenciones en investigación y desarrollo en los departamentos de la Administración de la Generalitat, ejercicio 2002.

— Cuentas extrapresupuestarias, ejercicio 2002.

— Turismo Juvenil de Cataluña, S.A., ejercicio 2003.

— Instituto Catalán de Finanzas Holding, S.A., ejercicio 2002.

— Instituto Catalán de Finanzas Holding, S.A., ejercicio 2003.

— Entidad Autónoma Diario Oficial de la Generalitat, ejercicio 2003.

— Ferrocarriles de la Generalitat de Cataluña (FGC), ejercicio 2002.

— Departamento de Bienestar y Familia. Subvenciones a la integración laboral, ejercicio 2003.

— Agencia Evaluación de Tecnología e Investigación Médicas (AATM), ejercicio 2003.

— Corporación Catalana de Radio y Televisión (CCRTV), ejercicios 2002-2003.

— Televisión de Cataluña, S.A., ejercicios 2002-2003.

— Centro de Telecomunicaciones y Tecnología de la información, ejercicios 2002-2003.

— Universidad de Barcelona, ejercicio 2003.

— Universidad Autónoma de Barcelona, ejercicio 2003.

— Universidad Pompeu Fabra, ejercicio 2003.

— Universidad de Girona, ejercicio 2003.

— Universidad de Lleida, ejercicio 2003.

— Universidad Rovira y Virgili, ejercicio 2003.

— Departamento de Enseñanza: fiscalización operativa de costos de enseñanza no universitaria, ejercicio 2002.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Cuenta General de las corporaciones locales, ejercicio 2002.

— Cuenta General de las corporaciones locales, ejercicio 2003.

— Informe sobre la Resolución 1120/VI, de 19 de febrero de 2002, sobre la concesión y control posterior de fondos públicos transferidos a la confederación de empresarios del Bajo Llobregat para los programas de formación profesional ocupacional en el periodo 1995-2001.

— Ayuntamiento de Bigues y Riells, ejercicio 2001.

— Análisis de las cuentas municipales, ejercicio 2001.

— Incumplimiento de la rendición de cuentas de la Cuenta General de los ayuntamientos, periodo 1998-2002.

— Instituto Municipal de Parques y Jardines, Ayuntamiento de Barcelona. Contratación ejercicios 1997-2001.

— Ayuntamiento de Badía del Vallés y Badia 2004 Promociones, S.L., ejercicio 2002.

— Ayuntamiento de Ascó, ejercicio 2002.

— Ayuntamiento de Alcanar, ejercicio 2002.

— Ayuntamiento de Breda. Servicio de suministro de agua y de alcantarillado, ejercicios 2000-2001.

— Ayuntamiento de La Aldea, ejercicio 2002.

— Ayuntamiento de Castellvell del Camp, ejercicio 2002.

— Ayuntamiento de Riudecols, ejercicio 2002.

— Ayuntamiento de Badia del Valles y Badia 2004, S.L., ejercicio 2003.

— Ayuntamiento de Barcelona, ejercicio 2003.

— Ayuntamiento de Tarragona, ejercicio 2003.

— Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet, ejercicio 2003.

— Ayuntamiento de Balaguer, ejercicio 2003.

— Ayuntamiento de Balnes, ejercicio 2003.

— Ayuntamiento de Roses, ejercicio 2003.

— Informe sobre modificaciones presupuestarias, contratación administrativa y gestión de personal de las diputaciones. Ejercicio 2003.

— Informe sobre modificaciones presupuestarias, contratación administrativa y gestión de personal de los consejos comarcales, ejercicio 2003.

— Organismo de recaudación de tributos de Tarragona, ejercicio 2003.

— Informes derivados del Acuerdo de transparencia y autolimitación de gastos electorales y de financiación de los partidos políticos de 26 de febrero de 2001:

Fiscalización de los presupuestos electorales de los partidos políticos.

Fiscalización de la contabilidad de los partidos políticos.

— Informe sobre las elecciones al Parlamento de Cataluña 2003.

— Informe sobre las elecciones al Consejo General de Arán 2003.

— Informe sobre las elecciones en las cámaras agrarias 2003.

— Informes de fiscalización sobre distribución y uso de los fondos ocupacionales dentro de los programas operativos del Fondo social europeo y las iniciativas comunitarias en el periodo 1990-1997 y Resoluciones posteriores del Parlamento de Cataluña: tres informes, sobre los periodos 1990-1997, 1998-2000 y 2001.

CONSEJO DE CUENTAS DE GALICIA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Informe de fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial, ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización de los Fondos procedentes de la Unión Europea, ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización de las subvenciones concedidas a CEG financiadas con Fondos Europeos, derivadas de proposición no de Ley 30 de Mayo 2001 del Parlamento de Galicia.

— Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Administración, ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización del SERGAS, ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización del organismo autónomo Escuela Gallega de Seguridad, ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización del Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE), ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización de la Agencia Gallega de Desenvolvimiento Rural (AGADER), ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización Centro de Supercomputación de Galicia, S.A. (CESGA), ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización del Instituto Gallego de Medicina Técnica, S.A. (MEDTEC), ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización de la Red Técnica Gallega, S.A. (RETEGAL), ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización de la Televisión de Galicia (TVG), ejercicio 2002.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Informe de fiscalización del Sector Público Local de Galicia, ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización horizontal del urbanismo en el periodo 1999/2002, en tres ciudades:

Lugo, Orense, Pontevedra.

Una mancomunidad que se decidirá cuando se analice la documentación rendida.

— Informe de fiscalización horizontal de transferencias corrientes y de capital, así como de situación económico-financiera de la Diputación de Orense en los ejercicios 2001-2002.

— Fiscalización horizontal de los ingresos y gastos por transferencias corrientes y de capital de los ejercicios 2001-2002 de los siguientes concejos: Narón, Lalín, Cambados, Sarria, Verín, Caldas de Reis, Padrón, Silleda, Baleira, Bande, Lobios y Pol.

— Análisis del cumplimiento del ejercicio 2004 de las recomendaciones formuladas por el Consejo de Cuentas de los informes de fiscalización de 2000 relativos al remanente de tesorería.

CÁMARA DE CUENTAS DE MADRID

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Informe de la Cuenta General de la Cámara de Comercio e Industria de Madrid del ejercicio 2003.

— Informe sobre la Cuenta General de la Comunidad de Madrid del ejercicio 2003.

— Informe de las Empresas Públicas y otros Entes Públicos de la Comunidad de Madrid correspondiente a los ejercicios 2002 y 2003.

— Fiscalización del ciclo urbano del agua en la Comunidad de Madrid.

— Fiscalización del Convenio para el equilibrio presupuestario y contención del endeudamiento suscrito entre la Comunidad de Madrid y las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Fiscalización de la actividad económica y financiera del Ayuntamiento de Morata de Tajuña y de los Organismos Autónomos dependientes del mismo, así como de las Sociedades municipales y participadas, desde el año 2000, solicitada por dicha corporación.

— Informe de fiscalización de la actividad económica y financiera del Ayuntamiento de Alcorcón y sus Organismos Autónomos dependientes, referidas a los años 2000 y 2001.

— Informe de las Cuentas de las Corporaciones Locales del ejercicio 2001.

— Informe de las Cuentas de las Corporaciones Locales del ejercicio 2002 y de las cuentas de los ejercicios 2000 y 2001 no analizadas hasta este momento, por haberse rendido fuera de los plazos establecidos.

— Informe de las Cuentas de las Corporaciones Locales del ejercicio 2003 así como de las cuentas de las Corporaciones de años anteriores recibidas y no incluidas en punto III de este programa.

— Fiscalización de la Cuenta General del Ayuntamiento de Las Rozas correspondiente al ejercicio 2002, solicitada por dicha corporación.

CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Examen y censura de las Cuentas Generales de Navarra de 2003.

— Asesoramiento sobre las Cuentas del Parlamento de Navarra de 2003.

— Revisión de las Cuentas de la Cámara de Comptos de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Consejo de Navarra de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Defensor del Pueblo de Navarra de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Consejo Audiovisual de 2003.

— Fiscalización de las cuentas y gestión económica de la Universidad Pública de Navarra de 2001, 2002 y 2003.

— Fiscalización sobre el desarrollo y ejecución de los conciertos que el Instituto Navarro de Bienestar Social mantiene con la Fundación Aspace, durante el periodo 1999-2003.

— Fiscalización sobre la construcción y puesta en marcha del edificio Baluarte o Palacio de Congresos y Auditorio de Navarra.

— Conclusión del informe sobre la fiscalización de la progresividad del sistema fiscal de Navarra desde 1997 (IRPF e Impuesto de Sociedades).

— Conclusión del informe sobre la fiscalización de fondos provenientes de la Unión Europea para formación, periodo 1997-2002.

— Informe sobre el incremento del módulo aplicable a las actuaciones protegibles en materia de vivienda para el ejercicio 2005.

— Asesoramiento sobre la adecuación a los costes reales del módulo aprobado para 2004 así como la validez de la fórmula prevista en la Ley Foral 9/2002, de 6 de mayo, para la correcta fijación de los costes reales de promoción y construcción de viviendas protegidas.

— Fiscalización sobre la partida presupuestaria «ayudas a la adquisición de libros de texto y material escolar» correspondiente al presupuesto prorrogado para 2003.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Informe sobre el Sector Público Local (ejercicio 2003).

— Seguimiento de las recomendaciones del sector público local, periodo 1999-2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Tudela de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Barañaín de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Burlada de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Estella de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Tafalla de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Altsasu-Alsasua de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Zizur Mayor de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Villava de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Baztan de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Corella de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Ansoain de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Berriozar de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de San Adrián de 2002-2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Peralta de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Cintruénigo de 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento del Valle de Egües de 2002-2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Allo de 2002-2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Orcoyer de 2002-2003.

— Fiscalización sobre diversas cuestiones relativas a la gestión urbanística del Valle de Egües.

TRIBUNAL VASCO DE CUENTAS PÚBLICAS

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Fiscalización de la Cuenta de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi 2003. Se incluye la fiscalización del programa Izartu.

— Administración institucional de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, 2003.

— Fiscalización de la Universidad del País Vasco 2003.

— Fiscalización de los programas Bideratu y Gauzatu, 2003.

— Fondos públicos aportados a la Fundación Catedral Santa María de Vitoria, 2003.

— Bilbao Exhibition Centre. Análisis de los gastos de construcción, una vez finalizadas las obras.

— Análisis de los gastos de personal, mantenimiento e inversiones realizadas en los centros vascos e instituto ubicados fuera de la CAE correspondientes al ejercicio 2003.

— Análisis de la contratación de obras, servicios, suministros y del personal del grupo EITB, correspondiente al periodo comprendido entre los años 1999-2003.

— Análisis comparativo de las liquidaciones presupuestarias de las DDFF y de sus estados financieros, 2003.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Cuenta General de la Diputación Foral de Álava 2003.

— Cuenta General de la Diputación Foral de Bizkaia 2003.

— Cuenta General de la Diputación Foral de Guipúzcoa 2003.

— Ayuntamiento de Portugalete, 2003.

— Ayuntamiento de Getxo, 2003.

— Diagnóstico de Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2003.

— Matadero de Bilbao, 2003.

— Fiscalización de los siguientes convenios del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz: Convenio para el traslado de Eroski y la construcción de un centro comercial de los terrenos de Sidenor; Planes de Empleo 2003; Plan de Empleo de escuelas infantiles del año 2000; Convenios urbanísticos firmados por el ayuntamiento entre 1998 y 2003.

— Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, 2003.

— Ayuntamiento de Urretxu, 2003.

— Ayuntamiento de Andoain, 2003.

— Ayuntamiento de Okondo, 2003.

— Análisis transversal comparativo de los ayuntamientos de la CAE, comprendidos entre 5.000 y 20.000 habitantes, en relación con las siguientes materias: Participación en los consejos de administración; Flujos de información ayuntamiento-ciudadano; Composición tribunales calificadores en procedimientos de selección de personal; Análisis de convenios urbanísticos; Análisis de contratación.

SINDICATURA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Cuenta de la Administración de la Generalidad Valenciana del año 2003.

— Informe de fiscalización de las Entidades Autónomas de la Generalidad Valenciana.

— Informe de fiscalización de Programas de Asistencia Sanitaria de la Consellería de Sanidad.

— Informe de fiscalización de las Sociedades Mercantiles de la Generalidad Valenciana de 2003.

— Informes parciales de los entes de derecho público:

— Grupo Radiotelevisión Valenciana (RTVV).

— Ente Público Radio Televisión Valenciana.

— Televisión Autonómica de Valencia.

— Radio Autonomía Valenciana

— Ferrocarriles de la Generalidad Valenciana (FGV).

— Teatros de la Generalidad Valenciana (TEATRES).

— Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM).

— Instituto de la Mediana y Pequeña Industria de la Generalidad Valenciana (IMPIVA).

— Instituto Valenciano de Finanzas (IVF).

— Agencia Valenciana del Turismo (AVT).

— Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana (SAR).

— Instituto Valenciano de Cinematografía «Ricardo Nuñoz Suay».

— Instituto Cartográfico Valenciano.

— Instituto Valenciano de la Música.

— Instituto Valenciano de Atención a los Discapacitados (IVADIS).

— Entidad Pública de Transporte Metropolitano de Valencia.

— Agencia Valenciana de Energía.

— Fundaciones Públicas de la Generalidad Valenciana.

— Universidades de la Comunidad Valenciana.

— Informe de fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial de la Comunidad Valenciana. Ejercicio 2003.

— Cámaras de Comercio de la Comunidad Valenciana.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Elaboración y publicación de la Cuenta General de las Entidades Locales, ejercicio 2002, ampliada según las nuevas competencias atribuidas por la Ley 11/2002, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana.

— Fiscalización del Ayuntamiento de Sollana.

— Fiscalización del Ayuntamiento de Favara.

— Fiscalización del Ayuntamiento de Chelva.

— Fiscalización del Ayuntamiento de Coves de Vinromà.

— Fiscalización del Ayuntamiento de Onil.

2. INFORMES DE FISCALIZACIÓN APROBADOS POR LOS OCEx DURANTE 2004

CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

De la Comunidad Autónoma

— Cuenta General, Contratación Administrativa y Fondo de Compensación Interterritorial 2002.

— Programa de Planificación Integral de las playas de Andalucía. 1999-2002.

— Programa operativo Doñana II Fase (MAC 94-99 Fondos FEDER).

— Operaciones extrapresupuestarias de la Cuenta de la Comunidad Autónoma de Andalucía 2002.

— Rendición de las Cuentas Anuales de las Universidades de Andalucía. 1999-2000.

— Programa Presupuestario de Atención a la Infancia y a la Familia. 2002.

— Gasto farmacéutico en Hospitales del SAS. 2002.

— Fundación de Ayuda a la Integración Social del Enfermo Mental (FAISEM). 2002.

— Centro de Tecnología de las Comunicaciones, S.A. (CETECOM). 2002.

— Residencias de mayores concertadas con el IASS. 2002.

— Gastos electorales de las elecciones al Parlamento de Andalucía. 2004.

— Cuenta General. Contratación Administrativa y Fondo de Compensación Interterritorial. 2003.

De las Corporaciones Locales

— Rendición de cuentas de las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos con población superior a 50.000 habitantes. 2002.

— Informe anual del Sector Público Local Andaluz. 2001.

— Empresa Municipal de Aguas de Sevilla, S.A. (EMASESA). 2002.

— Ayuntamiento de Jaén, 2001.

— Enajenación de los bienes del patrimonio municipal del suelo de los Ayuntamientos de más de 50.000 habitantes 1999-2000.

— Ayuntamiento de El Puerto de Santa María. 2000.

— El tratamiento de los residuos sólidos urbanos de Andalucía. 2001.

— Determinadas áreas de la Diputación Provincial de Sevilla. 2002.

— Sociedad de Desarrollo Económico Municipal de Dos Hermanas, S.A. (DESADOS). 2001-2002.

— Ayuntamiento de Tarifa. 2001.

— Ayudas a la modernización y promoción del sector agroalimentario. 2003.

SINDICATURA DE CUENTAS DE LAS ILLES BALEARS

— Informe anual de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2002.

AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS

De la Comunidad Autónoma

— Informe de Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2003.

— Informe de Fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial, ejercicio 2002.

— Informe de Fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial, ejercicio 2003.

— Fiscalización del Estado de Liquidación del Presupuesto de la Universidad de La Laguna. Ejercicio 2001.

— Fiscalización del Estado de Liquidación del Presupuesto de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Ejercicio 2001.

— Fiscalización de las Inversiones de la Universidad de La Laguna contempladas en el PIUC a 31 de diciembre de 2002.

— Informe de Fiscalización de las Inversiones de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria contempladas en el P.I.U.C. a 31 de diciembre de 2002.

— Informe sobre la regularidad de las contabilidades de Ingresos y Gastos electorales derivados de las elecciones al Parlamento de Canarias de 25 de mayo de 2003.

— Informe de Fiscalización de las Inversiones de la Universidad de La Laguna contempladas en el P.I.U.C. a 31 de Diciembre de 2003.

— Informe de Fiscalización de las Inversiones de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria contempladas en el P.I.U.C. a 31 de diciembre de 2003.

— Informe de Fiscalización de la Actividad Financiera y de la Tesorería de la Comunidad Autónoma. Ejercicio 2002.

De las Corporaciones Locales

— Informe General del Sector Público Local, ejercicio 2001.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana (Gran Canaria). Ejercicios 2000-2001.

— Informe de Fiscalización de la Contratación Administrativa del Cabildo Insular de Gran Canaria y sus Organismos Autónomos. Ejercicios 2000-2001.

— Informe de Fiscalización de la Mancomunidad del Norte de Gran Canaria. Ejercicios 2001-2002.

— Informe de Fiscalización de la Mancomunidad del Norte de Tenerife. Ejercicios 2001-2002.

SINDICATURA DE CUENTAS DE CASTILLA-LA MANCHA

De la Comunidad Autónoma

— Informe definitivo sobre revisión formal cuentas anuales AGECAM, ejercicio 2001.

— Informe definitivo sobre revisión formal cuentas anuales Consejo Regional de la Juventud, ejercicio 2001.

— Informe definitivo sobre revisión formal cuentas anuales GICAMANSA, ejercicio 2001.

— Informe definitivo sobre revisión formal cuentas anuales Ente Público RTV-CLM, ejercicio 2001.

— Informe definitivo sobre revisión formal cuentas anuales AGECAM, ejercicio 2002.

— Informe definitivo sobre revisión formal cuentas anuales Consejo Regional de la Juventud, ejercicio 2002.

— Informe definitivo sobre revisión formal cuentas anuales GICAMANSA, ejercicio 2002.

— Informe definitivo sobre revisión formal cuentas anuales Ente Público RTV-CLM, ejercicio 2002.

— Informe definitivo sobre revisión formal cuentas anuales Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, ejercicio 2002.

— Informe definitivo sobre revisión formal cuentas anuales de la Universidad de Castilla-La Mancha, ejercicio 2002.

De las Corporaciones Locales

— Informe definitivo de fiscalización del Ayuntamiento de Las Mesas (Cuenca), ejercicios 1993 a 1999.

— Informe definitivo de fiscalización del Ayuntamiento de Mondejar (Guadalajara), ejercicios 1995 a 2000.

— Informe definitivo de fiscalización de las ayudas concedidas al Ayuntamiento de Albacete por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha durante 1995 a 1998 y de la contratación administrativa y patrimonial, ejercicios 1996 a 2001.

— Informe definitivo de fiscalización del Ayuntamiento de Belmonte (Cuenca), ejercicios 1999 a 2002.

SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA

De la Comunidad Autónoma

— Cuenta General de la Generalidad de Cataluña, 2003.

— Informe 5/2004: Autoridad del Transporte Metropolitano (ATM). Ejercicios 2001 y 2002.

— Informe 6/2004: Agregado de las universidades públicas de Cataluña. Ejercicio 2001.

— Informe 7/2004: Agencia Catalana del Agua (ACA). Ejercicio 2000.

— Informe 9/2004: Gestión de Infraestructuras, S.A. (GISA). Ejercicio 2000.

— Informe 10/2004: Televisión de Cataluña, S.A. (TVC). Ejercicios 2000-2001.

— Informe 11/2004. Subvenciones en investigación y desarrollo en los departamentos de la Administración de la Generalidad. Ejercicio 2002.

— Informe 16/2004: Consejo Catalán del Deporte. Ejercicio 2002.

— Informe 18/2004: Ferrocarriles de la Generalidad de Cataluña. Ejercicio 2002.

— Informe 19/2004: Subdirección General de Riesgos y Seguros. Fiscalización de eficacia. Ejercicio 2003.

— Informe 21/2004: Contrataciones y gastos efectuados por la Generalidad o sus empresas y organismos autónomos y por las administraciones locales como: Europraxis Consulting Holding, S.L.; Europraxis Consulting, S.A.; Comopraxis, S.A.; Indra (o empresas del grupo). Ejercicios 1996-2002.

— Informe 25/2004: Cuenta de operaciones de la tesorería de la Administración General de la Generalidad. Ejercicio 2002.

— Informe 26/2004: Universidad de Barcelona. Ejercicios 2000 y 2001.

— Informe 27/2004: Instituto Catalán de Finanzas Holding, S.A. Ejercicios 2002 y 2003.

De las Corporaciones Locales

— Cuenta de las Corporaciones Locales. Ejercicio 2003.

— Informe 3/2004-IP: Ayuntamiento de Alcanar. Ejercicio 2002.

— Informe 4/2004-IP: Ayuntamiento de Ascó. Ejercicio 2002.

— Informe 8/2004: Servicio de suministro de agua y de alcantarillado al Ayuntamiento de Breda. Ejercicios 2000 y 2001.

— Informe 12/2004: Ayuntamiento de La Aldea. Ejercicio 2002.

— Informe 13/2004: Ayuntamiento de Badía del Vallés y Badia 2004 Promociones, S.L. Ejercicio 2002.

— Informe 14/2004: Diputación de Barcelona. Ejercicio 1999.

— Informe 15/2004: Ayuntamiento de Bigues y Riells. Ejercicio 2001.

— Informe 17/2004: Barcelona Regional, Agencia Metropolitana de Desarrollo Urbanístico y de Infraestructuras, S.A. Ejercicios 1993-2001.

— Informe 20/2004: Ayuntamiento de Castellvell del Campo. Ejercicio 2002.

— Informe 22/2004: Incumplimientos en la remisión de la documentación de la Cuenta General por parte de los ayuntamientos. Ejercicios 1998-2002.

— Informe 23/2004: Instituto Municipal de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Barcelona. Contratación. Ejercicios 1997-2001.

— Informe 24/2004: Análisis de las cuentas generales de los municipios. Ejercicio 2001.

CONSEJO DE CUENTAS DE GALICIA

De la Comunidad Autónoma

— Declaración definitiva sobre el examen y comprobación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Galicia, ejercicio 2001.

— Fondo de Compensación Interterritorial (FCI).

— Fondos procedentes de Unión Europea.

— Cuenta general del Servicio Gallego de Salud.

— Fiscalización del gasto farmacéutico extrahospitalario.

— Informe general de farmacia hospitalaria.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital Arquitecto Marcide-Novoa Santos.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital Juan Canalejo-Marítimo Oza.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital de Pontevedra.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital Xeral-Calde.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital Xeral-Cies.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital Barco de Valdeorras.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital da Costa.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital do Meixoeiro.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital Nicolás Peña.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital de Barbanza.

— Farmacia Hospitalaria: Hospital Virxe da Xunqueira.

— Xestión Urbanística da Coruña (Xestur Coruña).

— Centro Informático para a Xestión Tributaria, Económico-Financeira e Contable (Cixtec).

— Instituto Galego de Consumo.

— Xes Galicia, SXECR, S.A. e SODIGA, SCR, S.A.

— Informe relativo a la gestión de personal en el sector institucional no administrativo de la CC.AA.

— Fundación Empresa-Universidade Galega (FEUGA).

De las Corporaciones Locales

— Cuenta General agregada de las Entidades Locales. Ejercicio 2001.

— Informe de las Entidades Locales. Ejercicio 2001.

— Deputación de A Coruña.

— Deputación de Lugo.

— Concello de A Coruña.

— Consorcio de Santiago.

— Concello de Vigo.

— Concello de Arteixo.

— Concello de A Estrada.

— Concello de Boiro.

— Concello de Redondela.

— Concello de Tui.

— Concello de Culleredo.

— Concello de Porriño.

— Concello de Carballo.

— Concello de Sanxenxo.

— Concello de O Grove.

— Concello de Ames.

— Concello de Oleiros.

— Concello de Nigrán.

— Concello de Poio.

— Mancomunidade do Salnés.

— Resumo de fiscalizaciones horizontales a concellos gallegos: urbanismo y gastos de personal.

CÁMARA DE CUENTAS DE MADRID

De la Comunidad Autónoma

— Informe de Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad de Madrid, ejercicio 2003.

— Informe de Fiscalización sobre los gastos electorales de las elecciones autonómicas de Octubre de 2003.

— Informe de Fiscalización de la Cámara de Comercio e Industria de Madrid.

De las Corporaciones Locales

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Fuenlabrada, Ejercicio 2000.

— Informe de Fiscalización de la Cuenta de las Corporaciones Locales. Ejercicio 2001.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Alcorcón y Organismos Autónomos dependientes. Ejercicios 2000-2001.

CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA

De la Comunidad Autónoma

— Informe de fiscalización de la Cuenta General de Navarra, ejercicio 2003.

— Informes sobre la legalidad de las modificaciones presupuestarias realizadas por la Administración de la Comunidad Foral.

— Informes sobre la legalidad de los contratos de la Administración de la Comunidad Foral.

— Informe de asesoramiento sobre la adecuación del módulo vivienda de protección oficial a los costes reales 2004.

— Informe de fiscalización sobre desarrollo y ejecución de los conciertos que el Instituto Navarro de Bienestar Social mantiene con la Fundación Aspace, durante el período comprendido entre 1999 y 2003.

— Informe sobre ayudas a la adquisición de libros de texto y material escolar.

— Informe de fiscalización del expediente de obras de desdoblamiento del puerto de Etxegarate.

— Informe de fiscalización sobre la construcción y puesta en marcha del edificio Baluarte o Palacio de Congresos y Auditorio de Navarra.

— Informe de fiscalización referente a la actividad desarrollada por la Fundación Museo Jorege Oteiza.

De las Corporaciones Locales

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, ejercicio 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Berriozar, ejercicio 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Aras, ejercicio 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Villava, ejercicio 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Cintruénigo, ejercicio 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de San Adrián, ejercicio 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona, ejercicio 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Corella, ejercicio 2002.

— Informes sobre la legalidad de los contratos de las entidades locales de Navarra.

— Fiscalización sobre la construcción de instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Corella (1997-2003).

— Fiscalización del Sector Público Local, correspondiente a 2001.

— Fiscalización sobre diversas cuestiones acerca de la gestión urbanística del Ayuntamiento del Valle de Egües.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Tafalla, correspondientes a 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Ansoáin, correspondientes a 2003.

— Fiscalización del Sector Público Local, correspondiente a 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, correspondientes a 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Zizur Mayor, correspondientes a 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Berriozar, correspondientes a 2003.

Otros informes

— Revisión de las Cuentas de la Cámara de Comptos, ejercicio 2003.

— Asesoramiento sobre las cuentas del Parlamento de Navarra, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Consejo de Navarra, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Defensor del Pueblo de Navarra, ejercicio 2003.

— Fiscalización sobre el Consejo Audiovisual de Navarra, ejercicio 2003.

TRIBUNAL VASCO DE CUENTAS PÚBLICAS

De la Comunidad Autónoma

— Informe de Fiscalización de la Cuenta de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, 2001.

— Informe de Fiscalización de la Fundación Privada para el centro superior de música del País Vasco, 2001.

— Informe de Fiscalización de la Fundación Artium, 2001-2002.

— Informe de Fiscalización del Consorcio de Transportes de Bizkaia, 2002.

— Análisis de la sentencia 3/2003 del Tribunal Constitucional sobre el recurso de inconstitucionalidad n.º 2872/2002 contra la ley 1/2002 del Parlamento Vasco.

— Informe de Subvenciones concedidas a la Fundación Elkargunea, 2001-2002.

— Informe de Fiscalización de las Subvenciones concedidas a diversos entes, 2001.

— Informe de legalidad de las sociedades con participación pública superior al 50%, 2002.

— Informe de Fiscalización del Ente Público de derecho privado Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, 2001.

— Informe referido al Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo (FOCAD).

— Informe de Fiscalización de la cuenta de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, 2002.

— Informe de Fiscalización de la Universidad del País Vasco, 2002.

— Informe de Fiscalización de Entes y Sociedades Públicas dependientes de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, 2001.

De las Corporaciones Locales

— Informe sobre las cuentas de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi 2000 y 2001.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Lanciego, 2001.

— Informe de Fiscalización de los concejos de Larrimbe y Lezama, 1999-2000-2001.

— Informe de Fiscalización de los concejos de Rivabellosa, Zambrana y Manzanos de Alava, 2001.

— Informe de Fiscalización de la Mancomunidad de Municipios de la Margen Izquierda de la Ría del Nervión, 2001.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Abanto y Ciérvana, 2001.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Amurrio, 2001.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Navaridas, 2001.

— Análisis comparativo de las liquidaciones presupuestarias de los Ayuntamientos de Bilbao, Donostia-San Sebastián y Vitoria-Gasteiz, 1999-2000-2001.

— Informe de Fiscalización de la Cuenta General de la Administración Institucional del Territorio Histórico de Bizkaia, 2002.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Laguardia, 2001.

— Informe de Fiscalización de la Cuadrilla de Laguardia-Rioja Alavesa, 2001.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Barakaldo, 2002.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Urnieta y sus sociedades, 2001.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Gorliz, 2002.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Plentzia, 2002.

— Informe de Fiscalización de la Cuenta General del Territorio Histórico de Álava, 2002.

— Informe de Fiscalización de la Cuenta General de la Administración Institucional de Álava, 2002.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Mondragón, 2002.

— Informe de Fiscalización de Subvenciones a Udalbiltza, 2000-2003.

SINDICATURA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

De la Comunidad Autónoma

— Informe sobre la Cuenta General de 2003.

— Informe de Fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial, ejercicio de 2003.

De las Corporaciones Locales

— Cuenta General de las Entidades Locales del ejercicio 2002.

— Informe de Fiscalización del municipio Coves de Vinromà (Castellón). Ejercicio 2002.

— Informe de Fiscalización del municipio Chelva. Ejercicio 2002.

— Informe de Fiscalización del municipio Favara. Ejercicio 2002.

— Informe de Fiscalización del municipio Sollana. Ejercicio 2002.

— Informe de Fiscalización del municipio Onil (Alicante). Ejercicio 2002.

APÉNDICES 2005

ÍNDICE

1. Programas de fiscalización de los OCEx para 2005.

2. Informes aprobados por los OCEx en 2005.

3. Relación de entidades del Sector Público Autonómico en 2005.

4. Directorios de los OCEx.

1. PROGRAMA DE FISCALIZACIONES DE LOS OCEx PARA 2005

CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Cuenta General. Contratación Administrativa de la Junta de Andalucía y Fondo de Compensación Interterritorial de 2004.

— Programa de ayudas a las zonas declaradas de acción especial.

— Plan INFOCA.

— Las Cartas de Servicios ofrecidas por la Administración de la Junta de Andalucía.

— La Oficina Virtual Tributaria y de Recaudación de la Consejería de Economía y Hacienda.

— Gestión de los parques Naturales de Andalucía.

— Gestión del Sistema Andaluz de Museos.

— III Plan Andaluz de Investigación. 2000.2003.

— Subvenciones a empresas privadas y familias e instituciones sin fines de lucro. Perceptores del segmento de 0,6 a 1,8 M euros.

— Fundación Andaluza de Servicios Sociales.

— Consorcio Escuela Internacional de Artes Circenses de Granada.

— Empresa Pública de Programas Culturales.

— Hospital de Poniente de Almería.

— Determinadas áreas del Servicio andaluz de Empleo.

— Seguimiento de las recomendaciones incluidas en informes de la Cámara de Cuentas de Andalucía de ejercicios anteriores.

Actuaciones en el ámbito de Corporaciones Locales

— Informe Anual del Sector Público Local Andaluz en 2003.

— Rendición de cuentas de las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos con población superior a 50.000 habitantes. 2003.

— Determinadas áreas de la Diputación Provincial de Huelva.

— Ayuntamiento de Benalmádena (Málaga).

— Ayuntamiento de Illora (Granada).

— Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz).

— Determinadas áreas del Ayuntamiento de Córdoba.

— Fiscalización horizontal sobre Medio Ambiente en determinados Ayuntamientos.

— Convenio urbanístico en la Provincia de Almería.

— Empresa de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe (ALJARAFESA).

SINDICATURA DE CUENTAS DE LAS ILLES BALEARS

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Informe sobre la cuenta general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de sus entidades vinculadas, correspondiente al ejercicio 2005.

— Informe sobre la cuenta general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de sus entidades vinculadas, correspondiente al ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización de la organización, la actividad económico-financiera y la gestión de la Universidad de las Illes Balears, ejercicio 2003.

— Informe sobre la cuenta general de la Universidad de las Illes Balears y de sus entidades vinculadas, correspondiente al ejercicio 2004.

Actuaciones en el ámbito de Corporaciones Locales

— Informe de las cuentas generales de los Consejos Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza-Formentera y de sus entidades vinculadas, correspondientes al ejercicio 2002.

— Informe de las cuentas generales de los Consejos Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza-Formentera y de sus entidades vinculadas, correspondientes al ejercicio 2003.

— Informe sobre las cuentas generales de los Consejos Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza-Formentera y de sus entidades vinculadas, correspondientes al ejercicio 2004.

— Informe agregado de las cuentas generales correspondiente al ejercicio 2003, de las entidades locales (ayuntamientos, mancomunidades y otras entidades locales) y de sus entidades vinculadas.

AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Canarias, ejercicio 2004.

— Fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial, ejercicio 2004.

— Fiscalización del Estado de la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2004 de la Universidad de La Laguna.

— Fiscalización del Estado de la Liquidación del Presupuesto del ejercicio 2004 de la Universidad de La Palmas de Gran Canaria.

— Fiscalización de la Sociedad Anónima de Promoción del Turismo, la Naturaleza y el Ocio (SATURNO), ejercicio 2004.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales.

— Informe General del Sector Público Local, ejercicio 2004.

— Fiscalización del Cabildo Insular de Fuerteventura, ejercicio 2004.

SINDICATURA DE CUENTAS DE CASTILLA-LA MANCHA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ejercicio 2.004.

— Informe de fiscalización sobre el FCI, ejercicio 2004.

— Informe de rendición de cuentas y revisión formal de la Cuenta de la Universidad de Castilla-La Mancha, ejercicio 2004.

— Informe de rendición de cuentas y revisión formal de las Cuentas de las empresas y entidades del Sector Público Regional, no sometidos a Contabilidad Pública, correspondientes al ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización del Ente Público Radio Televisión de Castilla-La Mancha y sus sociedades dependientes, ejercicio 2004.

— Censo de entidades y revisión formal de las cuentas de las Fundaciones de titularidad autonómica.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Informes de fiscalización de las subvenciones recibidas, durante el ejercicio 2003, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma.

— Informes de fiscalización especiales de aquellas Corporaciones Locales que lo soliciten y sean autorizados por la Mesa de las Cortes Regionales en dicho ejercicio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la sindicatura de Cuentas en relación con el artículo 13.2 de la Ley 5/1993.

— Otros informes e fiscalización específicos, solicitados y autorizados, en su caso, por las propias Cortes Regionales durante el 2005, conforme a lo que dispone el art, 13.1 de la Ley 5/1993.

CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad, ejercicio 2004.

— Fiscalización de expedientes justificados al F.C.I. durante 2004.

— Contratación ámbito Comunidad Autónoma, ejercicio 2004.

— Fiscalización de la actividad contractual de la Consejería de Educación, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas de inmovilizado material de la Administración Institucional.

— Fiscalización de las ayudas concedidas por el Servicio de Empleo Público (Ecyl), dentro del Plan de Formación e Inserción Profesional (FIP), ejercicio 2004.

— Fiscalización de la actividad contractual de la Gerencia de Servicios Sociales, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las subvenciones concedidas por la Agencia de Desarrollo Económico a la empresa «Sociedad Exportadora de Castilla y León, S.A. (EXCAL, S.A.)», ejercicio 2004.

— Fiscalización de la actividad de la Fundación General de la Universidad de Burgos, ejercicio 2004.

— Fiscalización de la actividad de la Fundación General de la Universidad de Valladolid, ejercicio 2004.

— Fiscalización de la Gestión Económico-financiera de la Universidad Pública de Burgos, ejercicio 2004.

— Fiscalización de la Gestión Económico-financiera de la Universidad Pública de León, ejercicio 2004.

— Fiscalización de la Gestión Económico-financiera de la Universidad Pública de Salamanca, ejercicio 2004.

— Fiscalización de la Gestión Económico-financiera de la Universidad Pública de Valladolid, ejercicio 2004.

— Otras posibles colaboraciones con el Tribunal de Cuentas y el Tribunal de Cuentas Europeo, en las actuaciones que sean necesarias, siempre teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos en cada en cada caso.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Informe anual del Sector Público Local de Castilla y León, ejercicio 2004.

— Informe de seguimiento de Corporaciones Locales que no rindieron sus Cuentas en los últimos ejercicios, o las rindieron fuera del plazo establecido.

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de Toro (Zamora).

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de Cacabelos (León).

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de Valencia de Don Juan (León).

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de El Tiemblo (Ávila).

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de Sariegos (León).

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de Villarejo de Órbigo (León).

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de Cigales (Valladolid).

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de Vitigudino (Salamanca).

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de El Hoyo de Pinares (Ávila).

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de Nava del Rey (Valladolid).

— Fiscalización de la organización, rendición de cuentas y sistema contable del Ayuntamiento de Piedralaves (Ávila).

— Fiscalización de los contratos de obras correspondientes a las Diputaciones Provinciales, ejercicio 2004.

— Fiscalización sobre la gestión y control de los recursos integrantes del patrimonio Municipal del Suelo en los Ayuntamientos mayores de 50.000 habitantes y de las capitales de provincia.

SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Informe de la Cuenta General de la Generalidad Catalana, ejercicio 2003.

— Informe de la Cuenta General de la Generalidad Catalana, ejercicio 2004.

— Informe de TVC,S.A., ejercicio 2000 y 2001.

— Universidad de Barcelona, ejercicio 2003.

— Universidad Autónoma de Barcelona, ejercicio 2003.

— Universidad Politécnica de Cataluña, ejercicio 2003.

— Agregado de las universidades, ejercicios 2000 y 2003.

— Procedimiento de contratación de la Administración de la Generalidad.

— Personal de la Administración de la Generalidad.

— Contratación administrativa de la Generalidad.

— Agencia Catalana del Agua, ejercicio 2000.

— Instituto Catalán del Suelo (INCASOL), ejercicio 2003.

— Gestión de Infraestructuras, S.A. (GIGSA), ejercicios 2001 y 2002.

— Agencia Catalana del Agua, ejercicio 2003.

— Instituto Catalán de Finanzas, ejercicio 2004.

— Instituto Catalán de Finanzas (según Resolución 213/VII).

— Cuentas entidades administrativas, ejercicio 2004.

— Centro de Estudios Jurídicos, ejercicio 2004.

— Instituto Catalán de la Mujer, ejercicio 2004.

— Instituto de Estadística, ejercicio 2004.

— Consejo Catalán del Deporte, ejercicio 2003.

— Entidad Autónoma del Diario Oficial y Publicaciones. Objetivos e indicadores, ejercicio 2004.

— Gestión de Infraestructuras, S.A. (GISA), ejercicio 2003.

— Ferrocarriles de la Generalitat de Cataluña (FGC), ejercicio 2003.

— Autoridad del Transporte Metropolitano (ATM), ejercicio 2003.

— Anexo al Informe de la Cuenta General: Empresas públicas, ejercicio 2004.

— Administración, Promoción y Gestión, S.A. (ADIGSA), ejercicio 2003.

— Un informe de carácter horizontal sobre las participaciones en empresas adscritas a los departamentos asignados al Sectorial B.

— Agencia Catalana del Agua (ACA), ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización de los ingresos por tasas del Departamento de Salud, ejercicios 2002-2004.

— Informe de fiscalización de los gastos en asistencia hospitalaria con medios ajenos, ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización del Servicio de residencias asistidas para la gente mayor, ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización de la financiación del sistema sanitario, ejercicios 2002-2004.

— Informe de fiscalización del Hospital de Tortosa Virgen de la Cinta, ejercicio 2004.

— Cuenta General del Servicio Catalán de la Salud (SCS) y Entidades gestoras de la Seguridad Social (ICS, ICASS). Ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización de las actuaciones de la Administración Pública para el control e inspección de las condiciones técnico-sanitarias aplicables a las torres de refrigeración y condensadores de vapor.

— Informe de fiscalización de Logaritmo Servicios Logísticos, AIE, ejercicios 2001-2004.

— Informe de fiscalización de los hoteles de entidades del Departamento de Bienestar y Familia, ejercicio 2004.

— Universidad Pompeu Fabra, ejercicio 2003.

— Universidad de Girona, ejercicio 2003.

— Universidad de Lleida, ejercicio 2003.

— Universidad Rovira i Virgili, ejercicio 2003.

— Universidad Abierta de Catalunya, ejercicio 2003.

— CCRTV, ejercicio 2004.

— Cuenta general de la Generalitat-CCRTV, ejercicio 2004.

— Televisión de Cataluña, ejercicios 2002-2004.

— Centro de Telecomunicaciones, ejercicios 2002-2004.

— Informe a determinar en el ámbito de la enseñanza.

— Informe a determinar en el ámbito del Departamento de Cultura.

— Cuenta general de la Generalitat de Cataluña, ejercicio 2003. Introducción y estados consolidados.

— Cuenta general de la Generalitat de Cataluña, ejercicio 2003. Organismos autónomos comerciales, industriales y financieros.

— Informe sobre las elecciones al Parlamento de Cataluña, 2003.

— Informes derivados del Acuerdo de transparencia y autolimitación de gastos electorales y de financiación de los partidos políticos de 26 de febrero de 2001.

— Programas operativos del Fondo Social Europeo y las iniciativas comunitarias en el periodo 1990-1997 y resoluciones posteriores del Parlamento de Cataluña: tres informes, sobre los periodos 1990-1997, 1998-2000 y 2001.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Cuenta General de las corporaciones locales, ejercicio 2003.

— Cuenta General de las corporaciones locales, ejercicio 2004.

— Informe sobre la Resolución 1120/VI, de 19 de febrero de 2002, sobre la concesión y control posterior de fondos públicos transferidos a la confederación de empresarios del Bajo LLobregat para los programas de formación profesional ocupacional en el periodo 1995-2001.

— Consejo comarcal de l’Alta Ribagorca, ejercicio 2003.

— Consejo comarcal de la Terra Alta, ejercicio 2003.

— Consejo comarcal del Baix Empordá, ejercicio 2003.

— Ayuntamiento de Barcelona, ejercicio 2003.

— Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet, ejercicio 2003.

— Ayuntamiento de Badia del Vallés y Badia 2004, S.L., ejercicio 2004.

— Ayuntamiento de Blanes, ejercicio 2004.

— Ayuntamiento de Cardedeu, ejercicio 2004.

— Ayuntamiento de Rosas, ejercicio 2004.

— Barcelona de Servicios Municipales, S.A., ejercicios 2001-2003.

— Información y Comunicación de Barcelona, S.A., ejercicios 2001-2003.

— Infraestructuras del Levante de Barcelona, S.A., ejercicios 2001-2003.

— Ayuntamiento de Reus, ejercicio 2004.

— EMSC, S.A. de LLeida, ejercicio 2004.

— Ayuntamiento de Cercs y organismos y empresas dependientes, ejercicios 1998-2002.

— Diputación de Barcelona, ejercicio 2003.

— Diputación de Tarragona, ejercicio 2003.

— Diputación de Girona, ejercicio 2003.

— Consejo Comarcal del Girones, ejercicio 2003.

— Cuentas del Organismo Autónomo de Racaptación de Tributos de la Diputación de Tarragona, ejercicio 2003.

— Cuenta general de las corporaciones locales, ejercicio 2002.

— Informe sobre las elecciones al Consejo General de Arán 2003.

— Informe sobre las elecciones a las cámaras agrarias 2002.

CONSEJO DE CUENTAS DE GALICIA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Informe de fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial, ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización de los Fondos procedentes de la Unión Europea, ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización de S.A. Gestión de Plan Jacobeo, ejercicio 2006.

— Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Administración, ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización del SERGAS, ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización de la Fundación Foro Permanente Gallego Iberoamericano y de la Salud, ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización de fundación Pública Escuela Gallega de Administración Sanitaria (FEGAS), ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización de adquisición de alimentos y de la gestión en el área de alimentación en centros hospitalarios (Hospital Meixoeiro, Hospital Comarcal de Valdeorras y Fundación Pública Hospital de Barbanza), ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización de la Universidad de Coruña-Ferrol y entidades dependientes, ejercicios 2000 a 2003.

— Informe de fiscalización de la Universidad de Santiago de Compostela-Lugo y entidades dependientes, ejercicios 2000 a 2003.

— Informe de fiscalización de la Universidad de Vigo-Orense-Pontevedra y entidades dependientes, ejercicios 2000 a 2003.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Informe de fiscalización del Sector Público Local de Galicia, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las subvenciones otorgadas en los ejercicios 2002-2003 y fiscalización de las cuentas de un Organismo Autónomo dependiente.

— Fiscalización horizontal del sistema de gestión de la subadministración y tratamiento de las aguas en tres ciudades, que afectará a;

A Coruña, EMALCSA (Empresa Municipal de Aguas de La Coruña, S.A.)

Ferrol, EMAFESA (Empresa Mixta de Aguas de Ferrol, S.A.)

Santiago de Compostela (Concesión AQUAGEST).

— Análisis de las causas de la no rendición y fiscalización de las cuentas del conjunto de concejos que se relacionan a continuación y que reiteradamente no cumplen con la obligación de rendir sus cuentas al Consejo de Cuentas de Galicia:

Grupo 2.2: Marín.

Grupo 2.4: Cervo, Cospeito, Cuntis, A Fonsagrada, Saviñao.

Grupo 2.5: Antas de Ulla, Bande, Barreiros, A Bola, Cortegada, A Golada, As Nogais, Pol, A Porqueira, Ribas de Sil, Rodeiro, Tricastela.

CÁMARA DE CUENTAS DE MADRID

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad de Madrid, ejercicio 2004.

— Informe sobre la gestión económico-presupuestaria de prestación de servicios sanitarios por los hospitales de la Comunidad de Madrid a personas desplazadas.

— Fiscalización de la empresa Arrendamientos y Promociones de la Comunidad de Madrid (ARPROMA), así como de los contratos y convenios que la misma haya realizado en relación con la reconstrucción del Palacio de los Deportes de la Comunidad de Madrid.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Fiscalización de las Cuentas de las Corporaciones Locales, ejercicio 2004 y de las cuentas de ejercicios anteriores rendidas fuera de plazo.

CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Examen y censura de las Cuentas Generales de Navarra de 2004.

— Asesoramiento sobre las Cuentas del Parlamento de Navarra de 2004.

— Revisión de las Cuentas de la Cámara de Comptos de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Consejo de Navarra de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Defensor del Pueblo de Navarra de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Consejo Audiovisual de 2004.

— Fiscalización de las cuentas y gestión económica de la Universidad Pública de Navarra, ejercicio 2004.

— Informe sobre subvenciones concedidas y convenios formalizados por los Departamentos de Bienestar social, Deporte y Juventud y el de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, del Gobierno de Navarra.

— Informe sobre el expediente de contratación de las obras de los túneles de Ezcaba.

— Fiscalización de los servicios generales de los centros hospitalarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

— Informe sobre gestión de pasivos de los Montepíos de Navarra.

— Asesoramiento sobre la adecuación a los costes reales del módulo aprobado para 2005 así como la validez de la fórmula prevista en la Ley Foral 9/2002, de 6 de mayo, para la correcta fijación de los costes reales de promoción y construcción de viviendas protegidas.

— Fiscalización sobre el suministro informático para la coordinación del servicio de SOS NAVARRA.

— Informe de fiscalización de las ayudas públicas concedidas a la empresa TASUBINSA durante el ejercicio 2004.

— Fiscalización horizontal sobre contratación de personal, adquisiciones e ingresos por transferencias de Empresas Públicas.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Informe sobre el Sector Público Local, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Tudela de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Barañaín de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Burlada de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Estella de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Tafalla de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Altsasu-Alsasua de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Zizur Mayor de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Villava de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Baztan de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Corella de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Ansoain de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Berriozar de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de San Adrián de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Peralta de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Leitza de 2004.

— Estudio plurianual sobre la gestión de los ingresos patrimoniales de los Ayuntamientos de Navarra.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Cintruénigo de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Aoiz de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Puente la Reina de 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Liédena de 2004.

— Fiscalización de las inversiones y seguimiento de recomendaciones formuladas por la Cámara de Comptos al Ayuntamiento de Azagra 2001-2004.

SINDICATURA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma

— Cuenta de la Administración de la Generalidad Valenciana del año 2004.

— Informe de fiscalización de Programas de Asistencia Sanitaria de la Consellería de Sanidad.

— Informes de los entes de derecho público:

— Grupo Radiotelevisión Valenciana (RTVV).

— Ente Público Radio Televisión Valenciana.

— Televisión Autonómica de Valencia.

— Radio Autonomía Valenciana

— Ferrocarriles de la Generalidad Valenciana (FGV).

— Teatros de la Generalidad Valenciana (TEATRES).

— Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM).

— Instituto de la Mediana y Pequeña Industria de la Generalidad Valenciana (IMPIVA).

— Instituto Valenciano de Finanzas (IVF).

— Agencia Valenciana del Turismo (AVT).

— Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana (SAR).

— Instituto Valenciano de Cinematografía «Ricardo Nuñoz Suay».

— Instituto Cartográfico Valenciano.

— Instituto Valenciano de la Música.

— Instituto Valenciano de Atención a los Discapacitados (IVADIS).

— Entidad Pública de Transporte Metropolitano de Valencia.

— Agencia Valenciana de Energía.

— Informes de las Sociedades Mercantiles:

— Construcciones e Infraestructuras Educativas de la GV, S.A.

— Grupo Proyectos Temáticos (4 empresas).

— Grupo Ciudad de las Artes y de las Ciencias, S.A., CACSA.

— Instituto Valenciano de la Vivienda, S.A.

— Grupo Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, S.A., VAERSA.

— Grupo Seguridad y Promoción Industrial Valenciana SEPIVA.

— Circuito del Motor y Promoción Deportiva, S.A.

— Proyecto Cultural de Castellón, S.A.

— Instituto de Acreditación y Evaluación Prácticas Sanitarias, S.A.

— Informes de las Entidades Autónomas:

— Servicio Valenciano de Empleo y Formación.

— Instituto Valenciano de la Juventud.

— Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias.

— Las Fundaciones Públicas de la Generalidad Valenciana siguientes:.

— Fundación de la C.V. «La Luz de las imágenes».

— Fundación Oftalmológica del Mediterráneo de la CV.

— Fundación Instituto de Propietarios Extranjeros de la C.V.

— Fundación de la CV para la Investigación Hospital Clínico.

— Fundación de la CV Ciudad de las Artes Escénicas.

— Fundación de la CV Bienal de las Artes.

— Fundación de la CV para la Investigación del Hospital La Fe.

— Fundación Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo.

— Fundación Servicio Valenciano de Empleo de la CV.

— Fundación Generalitat Valenciana-Iberdrola.

— Fundación de la CV para el Estudio de la Violencia.

— Fundación Valenciana de la Calidad.

— Fundación de la CV para la Prevención de Riesgos Laborales.

— Fundación de la CV para la Investigación del Audiovisual.

— Fundación de la CV Consejo Mundial de las Artes.

— Fundación Medioambiental de la CV Buseo.

— Fundación de Derechos Humano de la Comunidad Valenciana.

— Fundación Comunidad Valenciana-Región Europea.

— Informe de fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial de la Comunidad Valenciana.

— Cámaras de Comercio de la Comunidad Valenciana.

— Informe sobre la regularidad de las contabilidades electorales, elecciones autonómicas de 2003.

Otros Entes

— Academia Valenciana de la Lengua.

— Consejo Jurídico Consultivo.

— Consejo Valenciano de Cultura.

Actuaciones en el ámbito de las Corporaciones Locales

— Informe de fiscalización sobre el seguimiento de la situación puesta de manifiesto sobre los 11 ayuntamientos nombrados en el informe sobre rendición de cuentas de las Entidades locales realizado en el 2003.

— Informe de fiscalización de la Vall d’Uixó.

— Informe de fiscalización de Paiporta.

— Informe de fiscalización de Canals.

— Informe de fiscalización de Castelló de la Ribera.

— Informe de fiscalización de Ayora.

— Informe de fiscalización de El Verger.

2. INFORMES DE FISCALIZACIÓN APROBADOS POR LOS OCEx DURANTE 2005

CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

De la Comunidad Autónoma

— Cuenta General, Contratación Administrativa y Fondo de Compensación Interterritorial de 2003.

— III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo. 1999-2002.

— Fiscalización de algunos de los principales perceptores de subvenciones concedidas por la Junta de Andalucía.

— Ayudas a la modernización y promoción del sector agroalimentario.

— Universidad de Granada.

— CETURSA Sierra Nevada, S.A.

— Empresa andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (INTURJOVEN).

— La Administración de la Junta de Andalucía en la Web.

— Tasas en materia de caza y pesca.

— Instituto de Estadística de Andalucía (IEA).

— Servicio de Protección Civil de la Junta de Andalucía.

— Real Escuela Andaluza de Arte Ecuestre.

— Cuenta General, Contratación Administrativa y Fondo de Compensación Interterritorial. 2004.

— Gestión Urbanística de la Empresa Mixta SOMIXUR del Ayuntamiento de Algeciras.

De Corporaciones Locales

— Rendición de cuentas de las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos con población superior a 50.000 habitantes.

— Ayuntamiento de Écija.

— Ayuntamiento de Tarifa.

— Determinadas Áreas del Ayuntamiento de Málaga.

— Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Granada.

— Informe Anual del Sector Público Andaluz.

— Empresa Municipal de Aguas de Málaga, S.A. (EMASA).

— Análisis y comprobación de los Planes de Saneamiento financiero existentes en las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos con población superior a 50.000 habitantes.

SINDICATURA DE CUENTAS DE LAS ILLES BALEARS

De la Comunidad Autónoma

— Informe de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares correspondiente al ejercicio 2003.

De Corporaciones Locales

— Informe de fiscalización de la Cuenta general del Consejo Insular de Mallorca correspondiente al ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización de la Cuenta general del Consejo Insular de Menorca correspondiente al ejercicio 2002.

— Informe de fiscalización de la Cuenta general del Consejo Insular de Ibiza y Formentera correspondiente al ejercicio 2002.

AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS

De la Comunidad Autónoma

— Informe de Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2004.

— Informe de Fiscalización de la Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2001.

— Informe de Fiscalización sobre la Gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados, Ejercicio 2001.

— Informe de Fiscalización de la Empresa Pública Mercocanarias, S.A., ejercicio 2002.

De las Corporaciones Locales.

— Informe General del Sector Público Local, ejercicio 2002.

— Informe de Fiscalización de la Contratación Administrativa del Cabildo Insular del Hierro y sus Organismos Autónomos, ejercicios 2000-2002.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Ingenio (Gran Canaria), ejercicio 2002.

— Informe de Fiscalización del Cabildo Insular de Lanzarote y su Organismo Autónomo, ejercicios 2001-2002.

— Informe General del Sector Público Local, ejercicio 2003.

SINDICATURA DE CUENTAS DE CASTILLA-LA MANCHA

De la Comunidad Autónoma

— Informe definitivo de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha correspondientes al ejercicio 2002.

— Informe definitivo de fiscalización de los Proyectos Financiados con cargo al Fondo de Compensación Interterritorial correspondientes al, ejercicio 2002.

— Informe definitivo de fiscalización de la Universidad de Castilla-La Mancha, ejercicio 2003.

— Informe definitivo de fiscalización de las ayudas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para formación ocupacional.

De las Corporaciones Locales

— Informe sobre el estado de rendición de la información requerida a las entidades locales de la región acerca de las subvenciones recibidas durante los años 2001 y 2002.

— Informe definitivo de fiscalización del ayuntamiento de Talayuelas (Cuenca), ejercicios 1999 a 2002.

— Informe definitivo de fiscalización del ayuntamiento de Iniesta (Cuenca), ejercicios 1999 a 2003.

CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN

De las Corporaciones Locales

— Informe anual sobre el Sector Público Local de la Comunidad de Castilla y León, ejercicio 2003, aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas de Castilla y León de 29 de noviembre de 2005.

SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA

De la Comunidad Autónoma

— Cuenta General de la Generalidad de Cataluña, 2003.

— Corporación Catalana de Radio y Televisión (CCRTV). Ejercicios 2002 y 2003.

— Agencia Catalana del Agua (ACA). Ejercicios 2001 y 2002.

— Elecciones al Consejo General de Arán celebradas el 25 de mayo de 2003. Compatibilidades y subvenciones electorales.

— Instituto Catalán del Sol (INCASOL). Ejercicios 2001 y 2002.

— Gestión de Infraestructuras, S.A. (GISA). Obras de ampliación de la línea 5 del metro de Barcelona.

— Universidad de Barcelona. Ejercicio 2003.

— Universidad Politécnica de Cataluña. Ejercicio 2003.

— Elecciones al Parlamento de Cataluña celebradas el 16 de noviembre de 2003. Compatibilidades y subvenciones electorales.

— Ferrocarriles de la Generalitat de Cataluña. Ejercicio 2003.

— Turismo Juvenil de Cataluña, S.A. (TUJUCA). Ejercicio 2003.

— Agencia de Evaluación de Tecnología e Investigación Médica (AATRM). Ejercicio 2003.

— Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones (EADOP). Costos. Ejercicio 2003.

— Subvenciones a la integración sociolaboral, del Departamento de Bienestar y Familia. Ejercicio 2003.

— Fundación para la Universidad Abierta de Cataluña (FUOC). Ejercicio 2003.

— Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada. Sistemas y procedimientos. Ejercicio 2004.

De las Corporaciones Locales

— Cuenta de las Corporaciones Locales. Ejercicio 2003.

— Ayuntamiento de Badía del Vallés y Badia 2004 Promociones, S.L. Ejercicio 2003.

— Elecciones a cámaras agrarias celebradas el 1 de diciembre de 2002. Subvenciones por los gastos electorales.

— Ayuntamiento de Riudecols. Ejercicio 2002.

— Ayuntamiento de Barcelona. Ejercicio 2003.

CONSEJO DE CUENTAS DE GALICIA

De la Comunidad Autónoma

— Declaración definitiva sobre el examen y comprobación de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Galicia, ejercicio 2002.

— Fondo de Compensación Interterritorial (FCI), ejercicio 2002.

— Fondos procedentes de Unión Europea, ejercicio 2002.

— Cuenta general del Servicio Gallego de Salud, ejercicio 2002.

— Farmacia Hospitalaria: Complejo Hospitalario de Santiago, 2002.

— Farmacia Hospitalaria: Fundación Pública Hospital do Salnés, 2002.

— Farmacia Hospitalaria: Complejo Hospitalario de Ourense, ejercicio 2002.

— Farmacia Hospitalaria: Fundación Pública Hospital de Verín, ejercicio 2002.

— Farmacia Hospital: Hospital Comarcal de Monforte, ejercicio 2002.

— Fundación Centro de Transfusiones de Galicia, ejercicio 2003.

— Agencia Gallega de Desenvolvimiento Rural (AGADER), ejercicio 2002.

— Academia Gallega de Seguridad, ejercicio 2002.

— Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE), ejercicio 2002.

— Redes de Telecomunicación de Galicia (RETEGAL), ejercicio 2002.

— Televisión de Galicia, S.A., ejercicio 2002.

— S.A. Gestión del Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA), ejercicio 2002.

De las Corporaciones Locales

— Cuenta General agregada de las Entidades Locales. Ejercicio 2002.

— Informe de las Entidades Locales. Ejercicio 2002.

— Diputación de Ourense.

— Fiscalización de Urbanismo del Concejo de Lugo, ejercicio 2002.

— Fiscalización de Urbanismo del Concejo de Pontevedra, ejercicio 2002.

— Fiscalización de Urbanismo del Concejo de Orense, ejercicio 2002.

— Fiscalización selectiva del Concejo de Verín, ejercicio 2002.

— Fiscalización selectiva del Concejo de Lobios, ejercicio 2002.

— Fiscalización selectiva del Concejo de Cambados, ejercicio 2002.

— Fiscalización selectiva del Concejo de Caldas de Reis, ejercicio 2002.

— Fiscalización selectiva del Concejo de Lalín, ejercicio 2002.

— Fiscalización selectiva del Concejo de Silleda, ejercicio 2002.

— Fiscalización selectiva del Concejo de Sarria, ejercicio 2002.

— Fiscalización selectiva del Concejo de Narón, ejercicio 2002.

— Fiscalización selectiva del Concejo de Padrón, ejercicio 2002.

CÁMARA DE CUENTAS DE MADRID

De la Comunidad Autónoma

— Informe de Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad de Madrid, ejercicio 2004.

— Informe de Fiscalización de las Cuentas de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de la Comunidad de Madrid, ejercicio 2003.

— Informe de Fiscalización del Ciclo Urbano del Agua en la Comunidad de Madrid,

— Informe de las Empresas Públicas y otros entes públicos de la Comunidad de Madrid, ejercicios 2002 y 2003.

De las Corporaciones Locales

— Informe de Fiscalización de la Cuenta de las Corporaciones Locales. Ejercicio 2002.

— Informe de Fiscalización de la Cuenta General del Ayuntamiento de Las Rozas. Ejercicio 2002.

— Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Morata de Tajuña. Ejercicios 2000, 2001 y 2002.

CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA

De la Comunidad Autónoma

— Informe sobre el examen y censura de las Cuentas Generales de Navarra correspondientes al ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización sobre los gastos de la delegación del Gobierno de Navarra en Madrid, durante los años 2001 a 2004.

— Informe de asesoramiento en relación con la garantía que la normativa vigente sobre actividad de fomento ofrece en orden a garantizar la permanencia de las empresas en territorio foral.

— Informe de fiscalización sobre la gestión de la nómina del personal pasivo adscrito a los Montepíos de la Administración de la Comunidad Foral y General Municipal.

— Informe de fiscalización sobre la Universidad Pública de Navarra, ejercicios 2001 a 2003.

— Informe de fiscalización sobre los servicios generales de la red pública hospitalaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, ejercicio 2004.

De las Corporaciones Locales

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Tudela, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Ansoáin, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Zizur Mayor, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Burlada, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Tafalla, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas de los Ayuntamientos de La Barranca: Uharte Arakil, Arruazu, Irañeta, Lakuntza, Bakaiku, Arbizu y Ergoiena, ejercicio 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Peralta, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Berriozar, ejercicio 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Barañáin, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Aras, ejercicio 2002.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Estella, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Baztán, ejercicio 2003.

— Informes sobre la legalidad de los contratos de las entidades locales de Navarra.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Corella, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Villava, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de San Adrián, ejercicios 2002 y 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Cintruénigo, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Allo, ejercicio 2003.

— Fiscalización del expediente de contratación del servicio público de transporte comarcal de la Comarca de Pamplona.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Orkoien, ejercicio 2003.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Estella, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Burlada, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Tudela, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Berriozar, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona, ejercicio 2004.

Otros informes

— Revisión de las Cuentas de la Cámara de Comptos, ejercicio 2004.

— Asesoramiento sobre las cuentas del Parlamento de Navarra, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Consejo de Navarra, ejercicio 2004.

— Fiscalización de las cuentas del Defensor del Pueblo de Navarra, ejercicio 2004.

— Fiscalización sobre el Consejo Audiovisual de Navarra, ejercicio 2004.

TRIBUNAL VASCO DE CUENTAS PÚBLICAS

De la Comunidad Autónoma

— Entidades de derecho privado con participación de las Administraciones Vascas superior al 10% del capital social, 2002.

— Informe de fiscalización de subvenciones concedidas al amparo de Fondos Europeos, 1999-2001.

— Informe de fiscalización de la Cuenta General del Territorio histórico de Bizkaia, 2003.

— Análisis de gastos de centros vascos, institutos y delegaciones fuera de la CAE, 2003.

— Dictamen sobre contabilidades electorales. Elecciones al Parlamento Vasco del 17 de abril de 2005.

— Informe de fiscalización de la Cuenta de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, 2003.

— Informe de fiscalización de los programas de ayudas BIDERATU y GAUZATU, 2003.

— Informe de fiscalización de la Cuenta General del Territorio Histórico de Álava, 2003.

De las Corporaciones Locales

— Informe sobre las cuentas de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi 2002.

— Cuenta General de la Diputación Foral de Guipúzcoa, 2003.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Getxo, 2003.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Mungia, 2002.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Andoain, 2003.

— Informe de fiscalización de los convenios urbanísticos suscritos por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz entre los años 2000 y 2003.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, 2003.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Ermua, 2002.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Portugalete, 2003.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Urretxu, 2003.

— Informe de fiscalización del Convenio para el traslado de Eroski y la construcción de un centro comercial y de ocio en los terrenos de Sidenor en Vitoria-Gasteiz.

— Informe sobre las Cuentas de las Entidades Locales de la CAE, 2003.

SINDICATURA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

De la Comunidad Autónoma

— Informe sobre la Cuenta General de 2004.

— Informe de Fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial, ejercicio de 2004.

— Informe de fiscalización de Universidad de Valencia, ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización Universidad Politécnica de Valencia, ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización Universidad de Alicante, ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización Universidad Jaime I, ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización Universidad Miguel Hernández.

— Informe de fiscalización de la Cámara de Comercio Alicante, ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización de la Cámara de Comercio Alcoy, ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización de la Cámara de Comercio Castellón, ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización de la Cámara de Comercio Orihuela, ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización de la Cámara de Comercio Valencia, ejercicio 2004.

— Informe de fiscalización del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunidad Valenciana, ejercicio 2004.

De las Corporaciones Locales

— Cuenta General de las Entidades Locales del ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento La Vall d’Uixo. Ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Villanueva de Castellón. Ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Canals. Ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Paiporta. Ejercicio 2003.

— Informe de fiscalización del Ayuntamiento de Ayora. Ejercicio 2003.

3. RELACIÓN DE ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO

ANDALUCÍA

1. Organismos Autónomos

— Agencia Andaluza del Agua

— Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria

— Centro Andaluz de Arte Contemporáneo

— Instituto Andaluz de Administración Pública

— Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentación y de la Producción Ecológica.

— Instituto Andaluz de la Juventud

— Instituto Andaluz de la Mujer

— Instituto Andaluz de Reforma Agraria

— Instituto de Estadística de Andalucía

— Patronato de La Alhambra y el Generalife

— Servicio Andaluz de Empleo

— Servicio Andaluz de Salud

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Andaluza de Infraestructuras y Servicios Educativos

— Agencia Andaluza de Energía

— Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA)

— Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (EPES)

— Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales

— Empresa Pública de Radio y Televisión de Andalucía (RTVA)

— Empresa Pública de Puertos de Andalucía (EPPA)

— Empresa Pública de Suelo de Andalucía (EPSA)

— Empresa Pública Hospital Alto Guadalquivir

— Empresa Pública Hospital de la Costa del Sol

— Empresa Pública Hospital de Poniente de Almería

— Ente Público de Gestión de Ferrocarriles

— Instituto Andaluz de Finanzas (INAFIN)

3. Empresas Públicas

— Agencia Andaluza de Promoción Exterior EXTENDA, S.A.

— Alfombras La Alpujarreña, S.A.

— Apartahotel Trevenque, S.A.

— Canal Sur Radio, S.A. (CSR)

— Canal Sur Televisión, S.A. (CSTV)

— Cartuja 93, S.A.

— Centro de Innovación y Transferencia de Tecnología de Andalucía, S.A.U.

— Centro de Tecnología de las Comunicaciones, S.A. (CETECOM)

— Centro de Transportes y Mercancías de Sevilla, S.A. (CTMS)

— Centro de Turismo de Interior de Andalucía, SAU

— Cetursa Sierra Nevada, S.A. (CETURSA)

— Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (INTURJOVEN)

— Empresa de Gestión Medioambiental, S.A. (EGMASA)

— Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A.

— Empresa Pública para el Desarrollo Agrario y Pesquero de Andalucía, S.A. (DAP)

— Escuela Andaluza de Salud Pública, S.A. (EASP)

— Eurogate Servicios Logísticos, S.A.

— Fomento Asistencia y Gestión Integral de Andalucía, S.L.

— Fomento Empresarial, S.A. (FOMESA).

— Gestión de Infraestructuras de Andalucía, S.A. (GIASA)

— Hijos de Andrés Molina, S.A.

— Incubadoras de Emprendedores de Andalucía

— Infraestructuras Turísticas Andalucía, SAU

— Inversión y Gestión de Capital Riesgo de Andalucía

— Linares Fibras Industriales, S.A. (LIFISA)

— Parque Logístico de Córdoba, S.A.

— Parque Tecnológico de Andalucía, S.A. (PTA)

— Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L.

— Promonevada, S.A.

— Santana Motor Andalucía, S.L.

— Santana Motor. S.A.

— Sierra Nevada Club Agencia de Viajes, S.A.

— Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, S.A. (SADESI)

— Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A. (SANDETEL)

— Sociedad Andaluza para el Desarrollo Energético de Andalucía, S.A. (SODEAN)

— Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A. (SOPREA)

— Tecnoparque Bahía de Cádiz, S.L.

— Turismo Andaluz, S.A. (TURASA)

— Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. (VEIASA)

4. Fundaciones

— Agregación de Fundaciones benéfico-particulares de la provincia de Cádiz

— Agregación de Fundaciones benéfico-particulares de la provincia de Jaén

— Agregación de Fundaciones benéfico-particulares de la provincia de Málaga

— Agregación de Fundaciones benéfico-particulares de la provincia de Sevilla

— Fundación Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía

— Fundación Andaluza de Servicios Sociales

— Fundación Andaluza Fondo de Formación

— Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias

— Fundación Andaluza para la Integración Social del Enfermo Mental (FAISEM)

— Fundación Audiovisual de Andalucía

— Fundación Baremboin-said

— Fundación Centro de Estudios Andaluces

— Fundación Gastronomía Andaluza

— Fundación Hospital Clínico de Granada

— Fundación Hospital Reina Sofia-Caja Sur de Córdoba

— Fundación Instituto Mediterráneo para el avance de la Biotecnología y la Investigación Sanitaria

— Fundación Juan Nepomuceno Rojas

— Fundación Museo Picasso de Málaga

— Fundación para el Avance Tecnológico y el Entrenamiento Profesional

— Fundación para el Desarrollo del Legado Andalusí

— Fundación para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su Entorno

— Fundación para la Investigación Biosanitaria en Andalucía Oriental «Alejandro Otero»

— Fundación Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada.

— Fundación Progreso y Salud

— Fundación Real Patronato de la Escuela Andaluza de Arte Ecuestre

— Fundación Red Andaluza de Economía Social

— Fundación Reina Mercedes para la Investigación

— Fundación Valme

5. Consorcios

6. Universidades

— Universidad de Almería

— Universidad de Cádiz

— Universidad de Córdoba

— Universidad de Granada

— Universidad de Huelva

— Universidad de Jaén

— Universidad de Málaga

— Universidad de Sevilla

— Universidad de Pablo de Olavide

— Universidad Internacional de Andalucía

ARAGÓN

1. Organismos Autónomos

— Instituto Aragonés de la Mujer

— Instituto Aragonés de Empleo

— Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores

— Instituto Aragonés de la Juventud

— Instituto Aragonés de Servicios Sociales

— Servicio Aragonés de la Salud

2. Entes Públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria

— Aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos

— Aragonesa de Servicios Telemáticos

— Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentarias de Aragón

— Consejo Aragonés de Personas Mayores

— Consejo Nacional de la Juventud de Aragón

— Corporación Aragonesa de Radio y Televisión

— Corporación Aragonesa de Medios Audiovisuales

— Instituto Aragonés del Agua

— Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud

— Instituto Aragonés de Fomento

— Instituto Aragonés de Gestión Ambiental

— Institución Feria Oficial y Nacional de Muestras de Zaragoza

— Instituto Ferial de Calamocha

— Instituto Tecnológico de Aragón

3. Empresas Públicas

— Aeronáutica de los Pirineos, S.A.

— Aragonesa de Avales, S.G.R.

— Aramón, Montañas de Aragón, S.A.

— Asitel Servicio de Interpretación Telefonica, S.A.

— Centro Dramático de Aragón, S.A.

— Centro Europeo de Empresas e Innovación de Aragón, S.A.

— Ciudad del Motor de Aragón, S.A.

— Escuela Superior de Hostelería de Aragón, S.A.

— Estación Aduanera de Zaragoza y Servicios Complementarios, S.A.

— Gestora Turística de San Juan de la Peña, S.A.

— Inmuebles Gran Teatro Fleta, S.L.

— Nieve de Aragón, S.A.

— Parque Tecnológico de Walqa, S.A.

— Platea y Gestión, S.A.

— Plataforma Logística de Zaragoza, S.A.

— Promoción Aeropuerto de Zaragoza, S.A.

— Radio Autonómica de Aragón, S.A.

— Savia Capital Inversión, S.A.U.

— Sociedad de Desarrollo Medioambiental de Aragón, S.A.

— Sociedad de Promoción y Gestión del Turismo Aragonés, S.A.

— Sociedad Infraestructuras Rurales Aragonesa, S.A.

— Sociedad Instrumental para la Promoción del Comercio Aragonés, S.A.

— Suelo y Vivienda de Aragón

— Televisión Autonómica de Aragón, S.A.

4. Fundaciones

— Fundación Andrea Prader

— Fundación Agencia Aragonesa para I+D

— Fundación Conjunto Paleontológico Teruel

— Fundación Desarrollo de Nuevas Tecnologías del Hidrógeno de Aragón.

— Fundación Emprender en Aragón

— Fundación Gran Teatro Fleta

— Fundación Jaca 2007. Juego de Invierno de la Juventud Europea

— Fundación Jaca 2010

— Fundación Santa María de Albarracín

— Fundación Torralba-Fortún

— Fundación Tutelar Aragonesa de Adultos

— Fundación Zaragoza Logístic Center

5. Consorcios

— Consorcio Hospitalario de Jaca

— Consorcio Urbanístico Canfranc 2000

6. Universidades

— Universidad de Zaragoza

CANARIAS

1. Organismos Autónomos

— Academia Canaria de Seguridad (ACS)

— Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria (ACECAU)

— Instituto Canario de Administración Pública (ICAP)

— Instituto Canario de Estadística (ISTAC)

— Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia (ICHH)

— Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA)

— Instituto Canario de la Mujer (ICM)

— Instituto Canario de la Vivienda

— Servicio Canario de Empleo

— Servicio Canario de Salud (SCS)

2. Entes Públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural

— Consejo Económico y Social de Canarias

— Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias

— Radiotelevisión Canaria (RTVC)

3. Empresas Públicas

— Canarias Congress Bureau Maspalomas-Gran Canaria, S.A. (C.C.B. MPMAS-GC)

— Canarias Congress Bureau Tenerife-Sur, S.A. (C.C.B. TF-SUR)

— Canarias Cultura en Red, S.A.

— Cartográfica de Canarias, S.A. (GRAFCAN)

— Compañía Energética Vientos del Atlántico, S.A.

— Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad de Canarias, S.A. (GSC)

— Gestión Recaudatoria de Canarias, S.A. (GRECASA)

— Gestión Urbanística de Las Palmas, S.A. (GESTUR LPA)

— Gestión Urbanística de Santa Cruz de Tenerife, S.A. (GESTUR TFE)

— Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN)

— Hoteles Escuela de Canarias, S.A. (HECANSA)

— Instituto Tecnológico de Canarias, S.A, (ITC)

— Mercados en Origen de Productos Agrarios de Canarias, S.A. (MERCOCANARIAS)

— Promotur Turismo de Canarias, S.A.

— Proyecto Monumental Montaña de Tindaya, S.A. (PMMT)

— Sociedad Anónima de Gestión del Polígono el Rosario (PROSA)

— Sociedad Anónima de Promoción del Turismo, Naturaleza y Ocio (SATURNO)

— Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (SOFESA)

— Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias, S.A. (SODECAN)

— Televisión Pública de Canarias, S.A. (TVPC)

— Transportes Interurbanos de Tenerife, S.A. (TITSA)

— Viviendas Sociales e Infraestructura de Canarias, S.A. (VISOCAN)

4. Fundaciones

— Fundación Canaria «Academia Canaria de la Lengua»

— Fundación Canaria Agencia de Becas de Canarias

— Fundación Canaria de Investigación y Salud (FUNCIS)

— Fundación Canaria de Juventud Ideo

— Fundación Canaria «Museo de la Ciencia y la Tecnología de Las Palmas de Gran Canaria»

— Fundación Canaria para el Conservatorio Superior de Música de Canarias

— Fundación Canaria para el Fomento del Trabajo

— Fundación Canaria para el Instituto Tricontinental de la Democracia Parlamentaria y los Derechos Humanos

— Fundación Proexca Miami Incorporation

5. Consorcios

6. Universidades

— Universidad de La Laguna

— Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

CANTABRIA

1. Organismos Autónomos

— Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria

— Centro de Investigación del Medio Ambiente

— Instituto Cántabro de Estadística

— Oficina de Calidad Alimentaria

— Servicio Cántabro de Empleo

— Servicio Cántabro de Salud

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Consejo Asesor de Radio Televisión Española en Cantabria

— Consejo de la Juventud de la Cantabria

— Consejo de la Mujer de Cantabria

— Consejo Económico y Social de Cantabria

3. Empresas Públicas

— Aberekin, S.A.

— Agua de Solares, S.A.

— Balneario y Agua de Solares, S.A. (en liquidación)

— Ciudad de Transportes de Santander, S.A. (CITRASA)

— Ecoparque de Reocín, S.L.

— Empredinser, S.L.

— Empresa Cántabra para el Desarrollo de Nuevas Tecnologías en la Administración, S.L.

— El Soplao, S.L.

— Gestión de Viviendas e Infraestructuras en Cantabria, S.L (GESVICAN)

— Gran Casino del Sardinero, S.A.

— Medio Ambiente, Agua, Residuos y Energia de Cantabria, S.A.

— Parque Empresarial de Cantabria, S.L

— Servicio de Emergencias de Cantabria, S.A (SEMCA)

— Sistemas Medioambientales de Cantabria, S.A.

— Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A. (SODERCAN)

— Sociedad Gestora de Parque Científico, Tecnológico de Cantabria, S.L.

— Sociedad Regional Cántabra de Promoción Turística, S.A. (Cantur, S.A)

— Sociedad Gestora de Activos Inmobiliarios de Cantabria, S.L.

— Sociedad Regional de Coordinación Financiera de Empresas Públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria, S.L.

— Sociedad Regional de Turismo de Cantabria, S.A.

— Sociedad Regional para la Gestión y Promoción de Actividades Culturales de Palacio de Festivales de Cantabria, S.A.

— Sociedad Regional para la Representación de Cantabria en la Exposición Universal de Sevilla de 1992, S.A.

— Suelo Industrial de Cantabria, S.L (SICAN)

— Suelo Industrial de Torrelavega

4. Fundaciones

— Fundación Campus Comillas

— Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social

— Fundación Centro Tecnológico de Componentes

— Fundación Centro Tecnológico en Logística Integral

— Fundación Festival Internacional de Santander

— Fundación Organismo de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales

— Fundación Pública Marqués de Valdecilla

5. Consorcios

— Consorcio Cabo Mayor Buque Escuela para Cantabria

— Consorcio Centro Asociado de la UNED de Cantabria

— Consorcio de la Feria de Muestras de Cantabria

— Consorcio Museo de Cantabria

6. Universidades

— Universidad de Cantabria.

CASTILLA-LA MANCHA

1. Organismos Autónomos

— Instituto de la Vid y el Vino de Castilla-La Mancha (IVICAM)

— Instituto de Estadística de Castilla-La Mancha (IES)

— Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha

— Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)

— Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Consejo Regional de la Juventud de la Castilla-La Mancha (CRJ)

— Ente Público Aguas de Castilla-La Mancha

— Ente Público Consejo Económico y Social

— Ente Público Radiotelevisión de Castilla-La Mancha

— Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha

3. Empresas Públicas

— Agencia de Gestión de la Energía de Castilla-La Mancha, S.A.

— D. Quijote de la Mancha 2005, S.A.

— Empresa Auxiliar de Servicios, Infraestructuras y Asistencia, S.A.

— Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha, S.A.

— Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A.

— Radio Autonómica de Castilla-La Mancha (RCM), S.A.

— Servicios, Inspección y Certificación Agroalimentaria de Castilla-La Mancha, S.A.

— Sociedad de Carreteras de Castilla-La Mancha

— Televisión Autonómica de Castilla-La Mancha (CMT), S.A.

4. Fundaciones

— Fundación Castilla-La Mancha Tierra de Viñedos

— Fundación Cultura y Deporte de Castilla-La Mancha

— Fundación Castellano manchega de Cooperación

— Fundación de Castilla-La Mancha para la Diabetes

— Fundación Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración

— Fundación Jurado Arbitral de Castilla-La Mancha

— Fundación para la Investigación Sanitaria en Castilla-La Mancha

— Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha para la Integración Sociolaboral del enfermo mental.

— Fundación Universitaria de Puertollano

5. Consorcios

6. Universidades

— Universidad de Castilla-La Mancha

CASTILLA Y LEÓN

1. Organismos Autónomos

— Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León

— Gerencia Regional de la Salud

— Servicio Público de Empleo

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración de la C.A.

— Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León

— Consejo de la Juventud

— Consejo Económico y Social de Castilla y León

— Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León

— Instituto Tecnológico Agrario

3. Empresas Públicas

— Agrupación de Productores de Patata de Siembra de Castilla y León, S.A. (APPACALE, S.A.)

— Gestión de Infraesctructuras de Castilla y León, S.A. (GICAL, S.A.)

— Gestión Urbanística de Castilla y León, S.A. (GESTURCAL, S.A.)

— Parque Tecnológico del Boecillo, S.A.

— Sociedad de Promoción del Turismo de Castilla y León, S.A. (SOTUR, S.A.)

4. Fundaciones

— Fundación General de la Universidad de Valladolid

— Fundación Hemoterapia y Hemodonación de Castilla y León

— Fundación Hospital Clínico Veterinario

— Fundación del Patrimonio Natural de Castilla y León

— Fundación para la Enseñanza de las Artes de Castilla y León

— Fundación Santa Bárbara

— Fundación Siglo para las Artes de Castilla y León

— Fundación Universidad de Verano de Castilla y León

5. Consorcios

— Consorcio Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León

6. Universidades

— Universidad de Burgos

— Universidad de León

— Universidad de Salamanca

— Universidad de Valladolid

CATALUÑA

1. Organismos Autónomos.

— Agencia Catalana del Consumo

— Agencia Catalana de Protección de Datos

— Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria (ACSA)

— Biblioteca de Cataluña

— Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada

— Consejo Catalán de Deportes

— Escuela de Administración Pública de Cataluña

— Escuela de Policía de Cataluña

— Instituto Catalán de la Mujer

— Instituto Catalán de la Viña y el Vino

— Instituto Catalán del Acogimiento y la Adopción

— Instituto Catalán del Voluntariado

— Instituto de Estadística de Cataluña

— Instituto de Estudios de la Salud

— Instituto de las Letras Catalanas

— Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña

— Instituto para el Desarrollo de las Comarcas del Ebro

— Instituto para el Desarrollo y Promoción del Alto Pirineo y Aran

— Instituto para la Promoción y Formación Cooperativas

— Museo Arqueológico de Cataluña

— Museo de la Ciencia y de la Técnica de Cataluña

— Patronato de la Montaña de Montserrat

— Servicio Catalán de Tráfico

— Servicio de Empleo de Cataluña

— Tribunal de Defensa de la Competencia

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General.

— Agencia Catalana de Cooperación y Desarrollo

— Agencia Catalana de Protección de Datos

— Agencia Catalana del Agua

— Agencia de Evaluación de Tecnología e Investigaciones Médicas

— Agencia de Gestión y Ayudas Universitarias y de Investigación

— Agencia de Residuos de Cataluña

— Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña

— Aguas Ter-Llobregat

— Centro de Alto Rendimiento Deportivo

— Centro de Iniciativas por la Reinserción

— Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial

— Centro de la Propiedad Forestal

— Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña

— Centro de Transfusión y Banco de Tejidos

— Corporación Catalana de Radio y Televisión

— Ente de Infraestructuras Ferroviarias de Cataluña

— Entidad Autónoma de Difusión Cultural

— Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas

— Entidad Autónoma Diario Oficial y Publicaciones de la Generalidad de Cataluña

— Ferrocarriles de la Generalidad de Cataluña

— Gestión de Servicios Sanitarios

— Gestión y Prestación de Servicios de la Salud

— Instituto Cartográfico de Cataluña

— Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales

— Instituto Catalán de Crédito Agrario

— Instituto Catalán de Finanzas

— Instituto Catalán de Industrias Culturales

— Instituto Catalán de la Energía

— Instituto Catalán de la Salud

— Instituto Catalán de Oncología

— Instituto Catalán del Suelo

— Instituto de Asistencia Sanitaria

— Instituto de Diagnóstico por la Imagen

— Instituto de Investigación Aplicada del Automóvil

— Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentaria

— Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones

— Parque Sanitario Pere Virgili

— Puertos de la Generalidad

— Servicio Catalán de la Salud

— Servicio Metereológico de Cataluña

3. Empresas públicas

— Activa 3, IT Soluciones y Tecnologías, SL (Activa 3)

— Administración, Promoción y Gestión, SA

— Agencia de Patrocinio y Mecenazgo, SA

— Cataluña Radio, Servicio de Radiodifusión de la Generalidad, SA (CR)

— Centro Integral de Mercancías y Actividades Logísticas, SA

— Centro para la Empresa y el Medio Ambiente, SA

— Corporación Catalana de Radio y Televisión, Interactiva, S.A.

— Corporación Catalana de Radio y Televisión, Servicios Generales, S.A.

— Eficiencia Energética, SA

— Empresa de Promoción y Localización Industrial de Cataluña, SA

— Energética de Instalaciones Sanitarias, SA

— Equacat, SA

— Forestal Catalana, SA

— Gestión de Infraestructuras, SA

— Intracatalonia, S.A.

— Instituto Catalán de Finanzas Equipaments, S.A.

— Portal Salud y Calidad de Vida, S.A.

— Promotora de Exportaciones Catalanas, SA

— Regt Sistema Segarra-Garrigues, S.A.

— Riegos de Cataluña, SA

— Saneamiento Energía, SA

— Sistema de Emergencias Médicas, SA

— Teatro Nacional de Cataluña, SA

— Televisión de Cataluña, SA (TVC)

— Túnel del Cadí, SAC

— Túneles y Accesos de Barcelona, SAC

— Turismo Juvenil de Cataluña, SA

— TVC Ediciones y Publicaciones, SA

— TVC Multimedia, SL (TVCM)

— TVC Netmedia Audiovisual, SL

4. Fundaciones

— Fundación Centro de Documentación Política

— Fundación Dr. Josep Trueta

— Fundación Germans Trias i Pujol

— Fundación Instituto de Investigación Hospital Universitario Vall d’Hebron

— Fundación Jordi Gol y Gurina

— Fundación Parque Taulí

— Fundación Privada del Hospital Universitario de Tarragona Joan XXIII

— Fundación Privada Doctor Ferran

— Fundación Privada Dr. Pifarré

— Fundación Privada Hospital de Viladecans

— Fundación Privada Instituto de Investigación Biomédica de Bellvitge

5. Consorcios

— Centro de Investigación Economía Internacional

— Consorcio Administración Oberta Electrónica de Cataluña

— Consorcio Casa Asia

— Consorcio Centro de Terminología TERMCAT

— Consorcio Circuito de Cataluña

— Consorcio de Atención Primaria de Salud y del Ensanche

— Consorcio de Promoción Comercial de Cataluña

— Consorcio del Laboratorio Intercomarcal del Alto Penedes Anoia y el Garraf

— Consorcio del Montsec

— Consorcio Hospitalario de Vic

— Consorcio Memorial de los Espacios de la Batalla de l’Ebre

— Consorcio para la Normalización Lingüística

— Consorcio Portal de la Costa Brava. Isla de Blanes

— Consorcio Sanitario de Barcelona

— Consorcio Sanitario de l’Anoia

— Consorcio Sanitario de la Marisma

— Consorcio Sanitario de Mollet del Vallés

— Consorcio Sanitario de Terrassa

— Consorcio Sanitario del Alto Penedès

— Consorcio Sanitario Integral

— Corporación de Salud de la Marisma y la Selva

— Corporación Sanitaria Parque Taulí

— Instituto Europeo de la Mediterrania

— Instituto Universitario de Estudios Europeos

— Patronato Catalán de la Vall de Núria

— Patronato Catalán Pro-Europa

— Turismo de Cataluña

6. Universidades

— Universidad Autònoma de Barcelona (UAB)

— Universidad de Barcelona (UB)

— Universidad de Gerona (UdG)

— Universidad de Lérida (UdL)

— Universidad Politècnica de Cataluña (UPC)

— Universidad Pompeu Fabra (UPF)

— Universidad Rovira y Virgili (URV)

EXTREMADURA

1. Organismos Autónomos

— Consejo de la Juventud de Extremadura

— Instituto de la Mujer de Extremadura

— Instituto del Corcho, la Madera y el Carbón Vegetal

— Servicio Extremeño de Salud

— Servicio Extremeño Público de Empleo

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Agencia Extremeña de la Vivienda

— Consejo Económico y Social de Extremadura

— Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales

3. Empresas Públicas

— Centro de Estudios Socioeconómicos de Extremadura, S.A.

— Fomdisa Andalucía, S.A.

— Fomento de la Iniciativa Joven, S.A.

— Fomento de la Industria del Turismo, Ocio y Tiempo Libre, S.A.

— Fomento Exterior de Extremadura, S.A.

— Fomento Extremeño de Infraestructuras Industriales, S.A.

— Fomento Extremeño de Mercado Exterior, S.A.

— Fomento Jóvenes Emprendedores Extremeños, S.A.

— Fomento y Distribución, S.A.

— Gestión de Bienes de Extremadura, S.A.

— Gestión de infraestructuras Suelo y Vivienda de Extremadura, S.A.

— Gestión y Estudios Mineros, S.A.

— Gestión y Explotación de Servicios Públicos Extremeños, S.A.

— Pabellón de Extremadura en la Exposición Universal de Sevilla 1992, S.A.

— Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura, S.A.

— Sociedad de Gestión de Imagen de Extremadura, S.A.

— Sociedad de Gestión Pública de Extremadura, S.A.

— Sociedad Pública de Radiodifusión Extremeña, S.A.

— Sociedad Pública de Televisión Extremeña, S.A.

— Urbanización y Viviendas de Extremadura, S.A.

4. Fundaciones

— Fundación Academia Europea de Yuste

— Fundación Centro Extremeño de Estudios y Cooperación con Iberoamérica

— Fundación de Relaciones Laborales de Extremadura

— Fundación Orquesta de Extremadura

— Fundación para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en Extremadura

5. Consorcios

— Consorcio Ciudad Monumental, Histórico-Artístico y Arqueológico de Mérida

— Consorcio Gran Teatro de Cáceres

— Consorcio Institución Ferial de Feval-Feria de Muestras de Extremadura

— Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana

— Consorcio Museo Vostell-Malpartida

— Consorcio para la Gestión del Centro de Cirugía de Mínima Invasión

— Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción

— Consorcio Patronato del Festival de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida

— Consorcio Teatro López de Ayala Badajoz 2000

6. Universidades

— Universidad de Extremadura

FORAL DE NAVARRA

1. Organismos Autónomos

— Estación de Viticultura y Enología de Navarra (EVENA)

— Hacienda Tributaria de Navarra

— Instituto Navarro de Administraciones Públicas (INAP)

— Instituto Navarro de Bienestar Social

— Instituto Navarro de Deporte y Juventud

— Instituto Navarro de la Mujer (INAM)

— Instituto Navarro de Salud Laboral

— Servicio Navarro de Empleo

— Servicio Navarro de Salud (OSASUNBIDEA)

2. Entes Públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Consejo Audiovisual de Navarra

3. Empresas Públicas

— Agencia Navarra de Innovación y Tecnología, S.A.

— Autopistas de Navarra, S.A. (AUDENASA)

— Baluarte Palacio de Congresos y Auditorio de Navarra, S.A.

— Centro Europeo de Empresas e Innovación de Navarra, S.A. (CEINSA)

— Centro Navarro de Autoaprendizaje de Idiomas, S.A.

— Ciudad del Transporte de Pamplona, S.A. (CTPSA)

— Gestión Ambiental-Viveros y Repoblaciones de Navarra, S.A.

— Gestión de Deudas, S.A.(GEDESA)

— Instituto de Calidad Agroalimentaria de Navarra, S.A. (ICAN)

— Instituto Técnico y de Gestión Agrícola, S.A. (ITGASA)

— Instituto Técnico y de Gestión Ganadero, S.A.

— Natural Climate Systems, S.A.

— Navarra de Financiación y Control, S.A. (NAFINCO, S.A.)

— Navarra de Gestión para la Administración, S.A.

— Navarra de Infraestructuras Locales, S.A. (NILSA)

— Navarra de Medio Ambiente Industrial, S.A.

— Navarra de Servicios, S.A. (NASERSA)

— Navarra de Suelo Industrial, S.A. (NASUINSA)

— Navarra de Suelo Residencial, S.A. (NASURSA)

— Navarra de Verificaciones Legales, S.A.

— Obras Públicas y Telecomunicaciones de Navarra, S.A. (OPNATEL)

— Planetario de Pamplona, S.A.

— Potasas de Subiza, S.A. (POSUSA)

— Riegos de Navarra, S.A.

— Riegos del Canal de Navarra, S.A.

— Sal Doméstica, S.A. (SALDOSA)

— Sociedad de Desarrollo de Navarra, S.A. (SODENA)

— Sociedad de Promoción de Inversiones e Infraestructuras de Navarra, S.A.

— Start Up Capital de Navarra, S,A.

— Trabajos Catastrales, S.A. (TRACASA)

— Viviendas de Navarra, S.A. (VINSA)

4. Fundaciones

— Fundación Amado Alonso

— Fundación Baluarte

— Fundación Cener-Ciemat

— Fundación Cetenasa

— Fundación Centro de Recursos Ambientales de Navarra

— Fundación Itoiz-Canal de Navarra

— Fundación Escuela Práctica Jurídica Estanislao Aranzadi

— Fundación Miguel Servet

— Fundación Navarra para la Calidad

— Fundación Navarra para la Tutela de Personas Adultas

— Fundación Pablo Sarasate.

— Fundación para la Conservación del Patrimonio Histórico

— Fundación Universidad-Sociedad

5. Consorcios

— Consorcio de Bomberos de Navarra

6. Universidades

— Universidad Pública de Navarra

GALICIA

1. Organismos autónomos

— Aguas de Galicia

— Centro de Estudios Judiciales y Seguridad Pública de Galicia

— Escuela Gallega de Administración Pública (ECAP)

— Fondo Gallego de Garantía Agraria

— Instituto Gallego de Artes Escénicas y Musicales (IGAEM)

— Instituto Gallego de Consumo (IGC)

— Instituto Gallego de Estadística (IGE)

— Instituto Gallego de Vivienda y Suelo (IGUS)

— Servicio Gallego de Promoción de Igualdad del Hombre y de la Mujer (SEGAPIHOM)

— Servicio Gallego de Salud (SERGAS)

— Tribunal Gallego de Defensa de la Competencia

2. Entes Públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Agencia Gallega de Desarrollo Rural (AGADER)

— Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable (CIXTEC).

— Compañía Radio-Televisión de Galicia

— Consejo Económico y Social

— Instituto Energético de Galicia (iNEGA)

— Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE)

— Instituto Tecnológico para el Control del Medio Marítimo (INTERMAR)

— Obras y Servicios Hidráulicos

— Puertos de Galicia

3. Empresas Públicas

— Autoestrada Alto de Santo Domingo-Ocense, S.A.

— Centro Europeo de Empresas e Innovación de Galicia, S.A. (C.E.E.I.)

— Galicia Calidad, S.A.

— Genética Fontao, S.A.

— Gestión Urbanística de A Coruña, S.A.

— Gestión Urbanística de Lugo, S.A.

— Gestión Urbanística de Orense, S.A.

— Gestión Urbanística de Pontevedra, S.A.

— Instituto Gallego de Medicina Técnica, S.A. (MEDTEC)

— Radio-Televisión de Galicia, S.A.

— Redes de Telecomunicación Gallegas, S.A. (RETEGAL)

— S.A. de Gestión del Plan Jacobeo

— S.A. de Gestión del Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA)

— Sociedad de Imagen o Promoción Turística de Galicia, S.A. (TURGALICIA)

— Sociedad Gallega del Medio Ambiente, S.A. (SOGAMA)

— Sociedad para el Desarrollo Comarcal de Galicia, S.A.

— Sociedad para el Desarrollo Industrial de Galicia, S.A. (SODIGA).

— Sociedad Pública de Inversiones de Galicia, S.A.

— Televisión de Galicia, S.A.

— Xes Galicia, Sociedad Gestora de Entidades de Capital-Riesgo, S.A.

4. Fundaciones

— A Ulloa (Palas de Rei)

— Arzúa

— Baixo Miño

— Bergantiños

— Betanzos

— Caldas

— Carballiño

— Centro de Transfusiones de Galicia

— Centro Gallego de Artesanía de Diseño

— Centro Tecnológico del Mar

— Chantada

— Ciudad de la Cultura de Galicia

— Deporte Gallego

— Deza

— Empresa-Universidad de Galicia (FEUGA)

— Escuela Gallega de Administración Sanitaria

— Eume

— Exposiciones y Congresos de la Estrada

— Ferias y Exposiciones de Lugo

— Ferias y Exposiciones de Ourense

— Fexdega

— Fomento de la Calidad Industrial y Desarrollo Tecnológico de Galicia

— Fonsagrada

— Foro Permanente Gallego e Iberoamericano de la Salud

— Gallega de Medicina Económica

— Hospital Comarcal de Barbanza

— Hospital de Salnés

— Hospital de Verín

— Hospital Virgen de Junqueira

— Instituto Gallego de Oftalmología

— Mariña Central

— Mariña Occidental

— Mariña Oriental

— Meixonovo

— Morrazo

— Muros

— Noia

— O Salnés

— Ordes

— Ortegal

— Os Ancares

— Para la Prevención de Riesgos Laborales

— Para la tutela de adultos

— Paradanta

— Protección de Discapacitados Psíquicos Comarca de Verín

— Ribeiro

— Rof Codina

— Santiago

— Semana Verde de Galicia

— Tabeirós-Terra de Montes

— Terra Cha

— Terra de Caldelas

— Terra de Celanova

— Terra de Lemos

— Terra de Melide

— Terra de Soneira

— Terra de Trives

— Urgencias Sanitarias 061

— Valdeorras

— Verín

5. Consorcios

— Consorcio Audiovisual de Galicia

— Consorcio Bibliotecas Universitarias de Galicia

6. Universidades

— Universidad de A Coruña

— Universidad de Santiago de Compostela

— Universidad Vigo

ILLES BALEARS

1. Organismos Autónomos

— Instituto Balear de Asuntos Sociales

— Instituto Balear de la Mujer

— Instituto de Estadística de las Islas Baleares

— Instituto de Estudios Baleares

— Servicio Balear de la Salud

— Servicio de Empleo de las Islas Baleares

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Consejo Económico y Social

— Instituto Balear del Turismo

— Gestión Sanitaria de Mallorca

— Instituto Balear de la Naturaleza

— Instituto Balear de la Vivienda

— Instituto Balear del Agua y la Energía

— Instituto Balear del Saneamiento

— Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares

— Servicio de Salud de las Islas Baleares

— Servicio Ferroviario de Mallorca

3. Empresas Públicas

— BIT Baleares Innovación Telemática, S.A.

— CAIB PATRIMONIO, S.A.

— Ferias y Congresos de Baleares, S.A.

— Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares

— Gestión de Emergencias de las Islas Balears

— Infraestructuras y Obras Portuarias, S.A.

— Instituto de Biología Animal de Baleares, S.A.

— ParcBIT Desarrollo, S.A.

— Servicio de Información Territorial de las Islas Baleares, S.A.

— Servicio Ferroviario de Mallorca

— Servicio de Mejora Agraria, S.A.

— Televisión de las Islas Baleares

4. Fundaciones

— Fundación Balears al Exterior

— Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares

— Fundación contra la Violencia de género

— Fundación Caubert Cimera Islas Baleares

— Fundación de ayuda a la reinserción de las Islas Baleares

— Fundación Hospital de Manacor

— Fundación Hospital Son Llátzer

— Fundación IBIT - Islas Baleares Innovación Tecnológica

— Fundación Instituto Socioeducativo S’Estel

— Fundación Jardín Botánico de Soller

— Fundación Juegos Mundiales Universitarios Universiada Palma de Mallorca 1999

— Fundación Mateu Orfila

— Fundación Museo Textil «Sa Fàbrica Nova» de Soller

— Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares

— Fundación para el Desarrollo sostenible de las Islas Balears

— Fundación para el Soporte y la Promoción del Deporte Balear

— Fundación Robert Graves

— Fundación Tribunal de Arbitraje y Mediación de las Islas Baleares.

5. Consorcios

— Consorcio Agencia de Calidad de las Islas Balears

— Consorcio Aubarca - Es Verger

— Consorcio Centro Baleares Europa

— Consorcio Centro de Tecnificación Deportiva de Calvía

— Consorcio de Aguas de Algaida

— Consorcio de Aguas de Andratx

— Consorcio de Aguas de Arta

— Consorcio de Aguas de Banyalbufar

— Consorcio de Aguas de Ciutadella

— Consorcio de Aguas de Consell

— Consorcio de Aguas de Deiá

— Consorcio de Aguas de Formentera

— Consorcio de Aguas de Fornalutx

— Consorcio de Aguas de Ibiza Capital

— Consorcio de Aguas de la Badia de Palma

— Consorcio de Aguas de Lloseta

— Consorcio de Aguas de Mancor de la Val

— Consorcio de Aguas de Maò

— Consorcio de Aguas de Maria de la Salud

— Consorcio de Aguas de Mercadal

— Consorcio de Aguas de Petra

— Consorcio de Aguas de Pollença

— Consorcio de Aguas de Puigpunyent

— Consorcio de Aguas de Sa Pobla

— Consorcio de Aguas de San Antonio de Portmany

— Consorcio de Aguas de Santa Maria del Camino

— Consorcio de Aguas de Selva

— Consorcio de Aguas de Valldemosa

— Consorcio de la Gola-Pollenca

— Consorcio del Juego Hípico

— Consorcio del Museo Joaquin Torrents Lladó

— Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de Ibiza y Formentera

— Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de Mallorca

— Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de Menorca

— Consorcio Desarrollo de Formentera

— Consorcio Escuela Balear del Deporte

— Consorcio Escuela de Hosteleria de las Islas Baleares

— Consorcio Europeo de Empresas Innovadores de las Islas Baleares

— Consorcio Fundación Pública de las Baleares para la Música

— Consorcio Instituto Ramón Llull

— Consorcio Pabellón Deportivo Multifuncional de Mao

— Consorcio Penya-Segats de Mao

— Consorcio para la Construcción del Velódromo Palma

— Consorcio para la Mejora de Embellecimiento Playa Palma

— Consorcio para la Protección y Acogida de las Personas Disminuidas Psíquicas Profundas de las Islas Baleares

— Consorcio para el Desarrollo Económico de las Islas Baleares

— Consorcio para el Desarrollo de Actuación de Mejora y Construcción de Infraestructuras del Territorio de entidad local Menor de Palmanyola.

— Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias

— Consorcio para la Recuperación de la Fauna de las Islas Baleares

— Consorcio para el Fomento del uso de la Lengua Catalana y la Proyección Exterior de la Cultura de las Islas Baleares

— Consorcio Parque de las Estaciones

— Consorcio Turismo Joven de las Islas Baleares

6. Universidades

— Universidad de las Islas Baleares

LA RIOJA

1. Organismos Autónomos

— Servicio Riojano de Empleo

— Servicio Riojano de Salud

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja

— Cámara Agraria de La Rioja

— Consejo de la Juventud

— Consejo Económico y Social

3. Empresas Públicas

— ADER. Infraestructuras Industriales, S.L.

— Entidad de Control, Certificación y Servicios Agroalimentarios, S.A.

— Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.

— Prorioja, S.A.

— Sociedad Anónima de Informática de la Comunidad Autónoma de La Rioja

— Sociedad de Desarrollo Turístico de la Rioja, S.A.

— Valdezcaray, S.A.

4. Fundaciones

— Fundación General de la Universidad de La Rioja

— Fundación Hospital de Calahorra

— Fundación Patrimonio Paleontológico de La Rioja

— Fundación Práxedes Mateo Sagasta

— Fundación Rioja Deporte

— Fundación Rioja Salud

— Fundación Riojana para la Sociedad del Conocimiento

— Fundación San Millán de la Cogolla

— Fundación Tribunal Laboral de Conciliación, Mediación y Arbitraje

— Fundación Tutelar de La Rioja

5. Consorcios

— Servicio de Extinción de Incendios, Salvamento y Protección Civil de La Rioja

6. Universidades

— Universidad de La Rioja

MADRID

1. Organismos Autónomos

— Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid

— Agencia Financiera de Madrid

— Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor

— Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

— Consorcio Regional de Transportes

— Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid

— Instituto de la Vivienda de Madrid

— Instituto Madrileño de Administración Pública

— Instituto Madrileño de Investigación, Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario

— Instituto Madrileño del Deporte, el Esparcimiento y la Recreación

— Instituto Madrileño del Menor y la Familia

— Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo

— Madrid 112

— Patronato Madrileño de Áreas de Montaña

— Servicio Regional de Bienestar Social

— Servicio Regional de Empleo

— Tribunal de Defensa de la Competencia

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid

— Agencia de la Calidad, Acreditación y Prospectiva de las Universidades de Madrid

— Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid

— Agencia Laín Entralgo para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid (FIESCAM).

— Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos

— Agrupación de Interés Económico Centro Superior de Investigación del Automóvil y de la Seguridad Vial

— Canal de Isabel II

— Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid

— Consejo de la Mujer de la Comunidad de Madrid

— Fundación Hospital Alcorcón

— Hospital de Fuenlabrada

— Instituto de Realojamiento e Integración Social

— Instituto de Salud Pública de la Comunidad de Madrid

— Instituto Madrileño de la Salud

— Instituto Madrileño del Desarrollo

— Instituto Madrileño para la Formación

— Instituto Superior de Estudios de Seguridad de la Comunidad de Madrid

— MINTRA, Madrid Infraestructuras del Transporte

— Radio Televisión Madrid

— Servicio Madrileño de Salud

3. Empresas Públicas

— Alcalá Natura 21, S.A.

— ARPEGIO, Áreas de Promoción Empresarial y Gestión Industrial Organizada, S.A.

— ARPROMA, Arrendamientos y Promociones de la Comunidad de Madrid, SAU

— Canal de Comunicaciones Unidas, S.A.

— Canal Energía, S.L.

— Canal Energía Comercialización, S.L.

— Canal Energía Distribución, S.L.

— Canal Energía Generación, S.L.

— Canal Gas Distribución, S.L.

— Canal Extensia, S.A.

— Capital Riesgo, S.A.

— Campus de la Justicia de Madrid, S.A.

— Centro de Transportes de Coslada, S.A.

— Ciudad Deportiva de la Comunidad Autónoma de Madrid, S.A.U.

— Consorcio Turístico de Madrid, S.A.

— Deporte y Montaña de la Comunidad de Madrid, S.A.

— Gestión y Desarrollo del Medio Ambiente de Madrid, S.A.

— Hidráulica Santillana, S.A.

— Hispanagua, S.A.

— Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad de Madrid, S.A.U.

— Madrid Excelente, S.A.U.

— Mercado Puerta de Toledo, S.A.U.

— Metro de Madrid, S.A.U.

— Parque Científico-Tecnológico de la Universidad de Alcalá, S.A.U.

— Promomadrid, Desarrollo Internacional de Madrid, S.A.

— Radio Autonomía Madrid, S.A.U.

— Residuos de Construcción y Demoliciones Navalcarnero, S.A.

— Televisión Autonomía Madrid, S.A.

— Tres Cantos, S.A.

— Turmadrid, S.A.U

— Viren, S.L.

4. Fundaciones

5. Consorcios

6. Universidades

— Universidad de Alcalá de Henares

— Universidad Autónoma de Madrid

— Universidad Carlos III de Madrid

— Universidad Complutense de Madrid

— Universidad Politécnica de Madrid

— Universidad Rey Juan Carlos de Madrid

PAÍS VASCO

1. Organismos Autónomos

— Academia de Policía del País Vasco

— Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP)

— Instituto Vasco de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE)

— Instituto Vasco de Educación Física (IVEF)

— Instituto Vasco de Estadística (EUSTAT)

— Instituto Vasco de la Mujer (EMAKUNDE)

— Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales (OSALAN)

2. Entes Públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Ente Público Radio Televisión Vasca (EITB)

— Ente Vasco de la Energía (EVE)

— Real Ferroviaria Vasca

— Servicio Vasco de Salud

3. Empresas Públicas

— Abanto Zierbenako Industrialdea, S.A.

— Aiara Araneko Industrialdea, S.A.

— Bio San Markos, S.A.

— Busturialdeko Industrialdea, S.A.

— Central Hidroeléctrica de Sologoen, S.A.

— Central Hidroeléctrica San Pedro de Araira, S.A.

— Centro de Empresas de Zamudio, S.A.

— Centro de Empresas e Innovación de Álava, S.A.

— Centro para el Ahorro y Desarrollo Energético y Minero, S.A.U. (CADE)

— Deba Beheko Industrialdea, S.A.

— Deba Goieneko Industrialdea, S.A.

— Ente Público Radio Televisión Vasca NET, S.A.U. (EITBNET)

— Elorrioko Industrialdea, S.A.

— Goierri Beheko Industrialdea, S.A.

— Euskadiko Kirol Portua, S.A.

— Euskotren Participaciones, S.A.

— Ferrocarriles Vascos, S.A. (ET/FV, S.A.)

— Gestión de Capital y Riesgo del País Vasco, S.A.

— Goierri Beheko Industrialdea, S.A.

— Hernaniko Industrialdea, S.A.

— Igorreko Industrialdea, S.A.

— Ingeniería para el Metro de Bilbao, S.A. (IMEBISA)

— Instituto Vasco de Investigación y Desarrollo Agrario, S.A. (NEIKER)

— Irungo Industrialdea, S.A.

— ITELAZPÌ, S.A.

— Lanbarren Parque Logístico, S.A.

— Lautadako Industrialdea, S.A.

— Mallabiako Industrialdea, S.A.

— Mendikoi Nekazaritza Garapenerako Institutua, S.A.

— Oarsoaldeako Industrialdea, S.A.

— Okamikako Industrialdea, S.A.

— Orduñako Industrialdea, S.A.

— Orquesta Sinfónica de Euskadi, S.A.

— Parque Tecnológico de Álava, S.A.

— Parque Tecnológico de San Sebastián, S.A.

— Parque Tecnológico, S.A.

— Radio Vitoria, S.A.

— Radiodifusión Vasca, S.A.

— S.A. para la Promoción de la Formación y el Empleo (EGAILAN)

— Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A.

— Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A. (EJIE)

— Sociedad para el Aprovechamiento Energético Biogardelegui, S.A.

— Sociedad para la Gestión de Centrales Hidroeléctricas Municipales, S.A. (UZESA)

— Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI)

— Sociedad Pública de Gestión Ambiental, S.A. (IHOBE)

— SPRILUR, S.A.

— Tecnología Sanitaria de Euskadi, S.A.(OSATEK)

— Televisión Vasca, S.A.

— Tolosaldeko Apattaerreka Industria Lurra, S.A.

— Urola Erdiko Industrialdea, S.A.

— Urola Garaiko Industrialdea, S.A.

— Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. (VISESA)

— Zarautzko Industrialdea, S.A.

— Zazpiturri, S.A.

— Zuatzu Parque Empresarial, S.A.

— Zumaiako Kirol Portua, S.A.

4. Fundaciones

5. Consorcios

6. Universidades

— Universidad del País Vasco

PRINCIPADO DE ASTURIAS

1. Organismos Autónomos

— Centro Regional de Bellas Artes

— Comisión Regional del Banco de Tierras

— Consejo de la Juventud

— Establecimientos Residenciales para Ancianos del Principado de Asturias (ERA).

— Instituto Asturiano de prevención de Riesgos Laborales

— Junta de Saneamiento

— Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias

— Servicio de Salud del Principado de Asturias

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— 112 Asturias

— Bomberos del Principado de Asturias

— Caja de Crédito de Cooperación Local

— Consejo Económico y Social

— Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias

— Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias

— Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias

— Real Instituto de Estudios Asturianos

— Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (SERIDA)

3. Empresas Públicas

— Albancia, S.A.

— Ciudad Industrial Valle del Nalón, S.A. (VALNALÓN, S.A.)

— Empresa Asturiana de Servicios Agrarios, S.A. (EASA)

— Empresa Pública Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A.

— Gestión de Infraestructuras Sanitarias del Principado de Asturias, S.A.

— Hostelería Asturiana, S.A. (HOASA)

— Inspección Técnica de Vehículos de Asturias, S.A. (ITVASA)

— Parque de la Prehistoria, S.A.

— Productora de Programas del Principado de Asturias, S.A.

— Radio del Principado de Asturias, S.A.

— Sedes, S.A.

— Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales, S.A. (SADEI)

— Sociedad Inmobiliaria del Real Sitio de Covadonga, S.A.

— Sociedad Regional de Promoción del Principado de Asturias, S.A. (SRP)

— Sociedad Regional de Recaudación del Principado de Asturias, S.A.

— Sociedad Regional de Turismo, S.A.

— Sociedad de Servicios del Principado de Asturias, S.A.

— Televisión del Principado de Asturias

— Viviendas del Principado de Asturias (VIPASA)

4. Fundaciones

— Fundación Asturiana de Atención y Protección a Personas con Discapacidades y/o Dependencias (FASAD)

— Fundación Asturiana de la Energía

— Fundación Barredo

— Fundación Comarcas Mineras para la Formación y Promoción del Empleo (FUCOMI)

— Fundación del Hospital del Oriente de Asturias «Francisco Grande Covián»

— Fundación «Oso de Asturias»

— Fundación APRA el fomento de la Economía Social

5. Consorcios

— Consorcio de Transportes de Asturias

— Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime

6. Universidades

— Universidad de Oviedo

REGIÓN DE MURCIA

1. Organismos Autónomos

— Agencia Regional de Recaudación

— Imprenta Regional

— Instituto de la Juventud

— Instituto de la Mujer

— Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia

— Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia

— Instituto de Vivienda y Suelo de la Región de Murcia

— Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario

— Servicio Regional de Empleo y Formación.

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Cámara Agraria de la Región de Murcia

— Campus Universitario de Lorca

— Consejo de la Juventud de la Región de Murcia

— Consejo Económico y Social de la Región de Murcia

— E.P. del Agua de la Región de Murcia

— E.R. de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales

— Instituto de Fomento de la Región de Murcia

— Onda Regional de Murcia

— Radio Televisión de la Región de Murcia

— Servicio Murciano de Salud

3. Empresas Públicas

— Caravaca Jubilar, S.A.

— Cartagena Puerto de Culturas, S.A.

— Centro de Alto Rendimiento Región de Murcia. S.A.U.

— Centro Integrado de Transportes de Murcia, S.A.

— Centro Turístico Talasoterapia de S. Pedro del Pinatar, S.A.

— CYUM Tecnologías y Comunicaciones, S.L.

— Gestora de Infraestructuras Sanitarias de la CARM, S.A.

— Industrialhama, S.A.

— Lorcatur, Lorca taller del tiempo, S.A.U.

— Murcia Cultural, S.A.

— Onda Regional de Murcia, S.A.

— Región de Murcia Turística, S.A.

— Sociedad para la Promoción Turística del Noroeste, S.A.

— Televisión Autonómica de Murcia, S.A.

4. Fundaciones

— Fundación Agencia de Gestión de Energía

— Fundación Amigos del Casino

— Fundación Cluster para la Protección y Conservación Mar Menor

— Fundación de la Universidad Politécnica de Cartagena (UPCT) para el Progreso Científico y Tecnológico

— Fundación Esteban Romero (Universidad de Murcia)

— Fundación Hospital de Cieza

— Fundación Instituto de la Comunicación de la Región Murcia

— Fundación Instituto Euromediterráneo de Hidrotecnia

— Fundación Instituto para la Formación e Investigación Sanitaria en la Región de Murcia

— Fundación Instituto de Estudios Económicos de la Región de Murcia

— Fundación Integra

— Fundación Mariano Ruiz Funes

— Fundación Murciana para la Tutela y Defensa Judicial de Adultos

— Fundación Orquesta Sinfónica de la Región de Murcia

— Fundación para los Estudios de la Ingeniería Aplicada a la Integración del Discapacitado

— Fundación Séneca

— Fundación Universidad Empresa de la Región de Murcia

5. Consorcios

— Consorcio Agencia para el desarrollo de la Comarca del Noroeste

— Consorcio Cartagena Puerto de Culturas

— Consorcio Centro Turístico de Talasoterapia de San Pedro del Pinatar

— Consorcio del Depósito Franco de Cartagena

— Consorcio para Construcción y Financiación de un Palacio de Deportes en Cartagena

— Consorcio para Construcción y Financiación de una Piscina Cubierta en Alguazas

— Consorcio para Construcción y Financiación de una Piscina Cubierta en Alhama de Murcia

— Consorcio para Construcción y Financiación de una Piscina Cubierta en Archena

— Consorcio para Construcción y Financiación de una Piscina Cubierta en el Municipio de Abarán

— Consorcio para Construcción y Financiación de una Piscina Cubierta en el Municipio de Ceutí

— Consorcio para el Desarrollo Turístico y Cultural de Lorca

— Consorcio para la Cooperación Técnica, Económica y Administrativa de la Vía Verde del Noroeste

— Consorcio Piscina Municipal Cieza

— Consorcio Turístico Desfiladero de Almadenes

— Consorcio Turístico Mancomunidad Valle de Ricote

— Consorcio Turístico de Mazarrón

— Consorcio Turístico Medina Nogalte de Puerto Lumbreras

— Consorcio Turístico Murcia Cruce de Caminos

— Consorcio Turístico Sierra Minera

— La Manga Consorcio

6. Universidades

— Universidad de Murcia

— Universidad Politécnica de Cartagena

COMUNIDAD VALENCIANA

1. Organismos Autónomos

— Agencia Valenciana de Salud

— Instituto Cartográfico Valenciano

— Instituto Valenciano de Estadística

— Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias

— Instituto Valenciano de la Juventud

— Servicio Valenciano de Empleo y Formación

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Agencia Valenciana de la Energía

— Agencia Valenciana de Turismo

— Comité Económico y Social

— Ente Gestor de la Red de Transporte y de Puertos de la Generalitat Valenciana

— Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana

— Entidad Pública de Transporte Metropolitano de Valencia

— Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana

— Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana

— Instituto Valenciano de Arte Moderno

— Instituto Valenciano de Atención al Discapacitado

— Instituto Valenciano de Cinematografía «Ricardo Muñoz Suay»

— Instituto Valenciano de Conservación y Restauración de Bienes Culturales

— Instituto Valenciano de Finanzas

— Intercova I. Fondo de Capital Riesgo

— Intercova II. Fondo de Capital Riesgo

— Instituto Valenciano de la Música

— Radiotelevisión Valenciana

— Teatres de la Generalitat Valenciana

3. Empresas Públicas

— Agencia Valenciana de Prestaciones Sociales, S.A.U.

— Aeropuerto de Castelló, S.L.

— Centro de Ocio Mundo Ilusión, S.L.

— Circuito del Motor y Promoción Deportiva, S.A.

— Ciudad de la Luz, S.A.

— Ciudad de las Artes y de las Ciencias, S.A.

— Comunidad Valenciana de Inversiones, S.A.

— Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat Valenciana, S.A.

— Instituto para la Acreditación y Evaluación de las Prácticas Sanitarias, S.A.

— Instituto Valenciano de la Exportación, S.A.

— Instituto Valenciano de la Vivienda, S.A.

— Nuevas Viviendas Valencianas, S.A.

— Parque Castelló-El Serrallo, S.L.

— Planta de Residuos Ibi, S.A.

— Proyecto Cultural de Castellón, S.A.

— Radio Autonomía Valenciana, S.A.

— Reciclados y Compostaje Piedra Negra, S.A.

— Reciclaje de Residuos de la Zona XIV, S.A.

— Reciclaje de Residuos La Marina Alta, S.A.

— Residuos Industriales de la Madera y Afines, S.A.

— Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, S.A.

— Sociedad de Gestión de L’Hemisfèric de Valencia, S.L.

— Sociedad de Gestión de L’Oceanogràfic de Valencia, S.L.

— Sociedad de Gestión del Aparcamiento de la Ciudad de las Artes y las Ciencias, S.L.

— Sociedad de Gestión del Museo de las Ciencias Príncipe Felipe de Valencia, S.L.

— Sociedad de Gestión del Palacio de las Artes de Valenciana, S.L.

— Sociedad Gestora para la Imagen Estratégica y Promocional de la C.V., S.A.U.

— Sociedad de Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana, S.A.

— Sol y Viviendas del Mediterráneo, S.A.

— Suelo y Viviendas Valencianas, S.A.

— Televisión Autonómica Valenciana, S.A.

— Técnicas y Tratamientos Energéticos de Residuos, S.A.

— Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, S.A.

4. Fundaciones

— Fundación Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo

— Fundación Comunidad Valenciana-Región Europea

— Fundación de Derechos Humanos de la Comunidad Valenciana

— Fundación de la C.V. Agua y Progreso

— Fundación de la C.V. Bienal de las Artes

— Fundación Medioambiental de la C.V. Buseo

— Fundación de la C.V. Ciudad de las Artes Escénicas

— Fundación de la C.V. Ciudad de las Artes y de las Ciencias

— Fundación de la C.V. Consejo Mundial de las Artes

— Fundación de la C.V. de Estudios Bursátiles y Financieros

— Fundación de la C.V. frente a la Discriminación y a los Malos Tratos Tolerancia Cero

— Fundación de la C.V. «La Luz de las imágenes»

— Fundación de la C.V. Marca de Garantía del Puerto de Valencia

— Fundación de la C.V. para el Estudio de la Violencia

— Fundación de la C.V. Palau de las Artes

— Fundación de la C.V. para la Investigación del Audiovisual

— Fundación de la C.V. para el Estudio, Prevención y Asistencia a las Drogodependencias

— Fundación de la C.V. para la Investigación del Hospital Universitario La Fe de Valencia.

— Fundación de la C.V. para la Atención a las Víctimas del Delito y Encuentro Familiar

— Fundación de la C.V. para la Investigación Agroalimentaria, Agroalimed

— Fundación de la C.V. para la Prevención de Riesgos Laborales

— Fundación Generalitat Valenciana-Iberdrola

— Fundación de la C.V. para la Investigación Biomédica, la Docencia y la Cooperación Internacional y para el Desarrollo del H.G.U. de Elche

— Fundación Instituto de Propietarios Extranjeros de la C.V.

— Fundación de la C.V. para la Investigación en el H.G.U. de Alicante

— Fundación Museo de las Ciencias Príncipe Felipe

— Fundación de la C.V. para la Investigación en el Hospital Universitario Doctor Peset de Valencia

— Fundación Oftalmológica del Mediterráneo de la C.V.

— Fundación de la C.V. Universidad Internacional de Valencia

— Fundación para la Investigación Hospital Clínico de Valencia

— Fundación Instituto Portuario de Estudios y Cooperación a la C.V.

— Fundación Servicio Valenciano de Empleo de la C.V.

— Fundación Valenciana de la Calidad.

5. Consorcios

6. Universidades

— Universidad de Alicante

— Universidad Jaime I

— Universidad Miguel Hernández

— Universidad Politécnica de Valencia

— Universidad de Valencia

CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

1. Organismos Autónomos

— Consejo Económico y Social (CES)

— Instituto Ceutí de Deportes (ICD)

— Instituto de Estudios Ceutíes (IEC)

— Patronato Municipal de Música (PMM)

— Residencia de la Juventud (RJ)

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

3. Empresas Públicas

— Acuicultura de Ceuta, S.A.

— Aguas de Ceuta, S.A. (ACEMSA)

— Aparcamientos Municipales y Gestión Vial de Ceuta, S.A.

— Empresa Municipal de la Vivienda, S.A. (EMVICESA)

— Heliceuta, S.A.

— Obimace, S.L.U.

— Obras, Infraestructuras y Medio ambiente de Ceuta, S.A. (OBIMASA)

— Parque Marítimo del Mediterráneo, S.A.

— Puerta de Africa, S.A.

— Radio-Televisión de Ceuta, S.A. (TRV Ceuta)

— Servicios Tributarios de Ceuta, S.L.

— Servicios Turísticos, S.L.

— Sociedad para el Fomento y Promoción del desarrollo socioeconómico de Ceuta, S.A. (PROCESA)

— Teleceuta, S.A.

4. Fundaciones

— Fundación Premio de Convivencia

— Fundación Patronato de Viviendas San Daniel

5. Consorcios

— Consorcio Rector del Centro Asociado de la UNED

6. Universidades

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

1. Organismos Autónomos

— Fundación de Asistencia al Drogodependiente

— Patronato del Centro Asociado a la UNED de Melilla

2. Entes públicos vinculados o dependientes de la Administración General

— Fundación Melilla Ciudad Monumental

3. Empresas públicas

— Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Melilla, S.A. (EMVISMESA)

— Información Municipal de Melilla, S.A. (INMUSA)

— Proyecto Melilla, S.A. (PROMESA)

— Residuos de Melilla, S.A. (REMESA)

4. Fundaciones

5. Consorcios

— Consorcio Melilla Puerto Siglo XXI

6. Universidades

4. DIRECTORIOS DE LOS OCEx

CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 1/1988, de 17 de marzo, de creación la Cámara de Cuentas de Andalucía.

— Año de constitución: 1989

— Primer ejercicio fiscalizado: 1989

— Consejero Mayor: Excmo. Sr. D. Rafael Navas Vázquez

— Dirección: Hospital de las Cinco Llagas. C/ D. Fadrique, s/n. 41009-SEVILLA

— Teléfono: 955 00 96 00

— Fax: 955 00 96 46

— Página web: www.ccuentas.es

— Email: registro-ccuentas-and@ccuentas.es

CÁMARA DE CUENTAS DE ARAGÓN

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 11/2009, de 30 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Aragón.

— Año de constitución:

— Primer ejercicio fiscalizado:

— Presidente: Antonio Laguarta Laguarta

— Dirección: Edificio El Cubo. C/ Eduardo Ibarra, s/n. 50009-ZARAGOZA

— Teléfono: 976 28 95 35

— Fax:

— Página web:

— Email: alaguarta@camaracuentasaragon.es

SINDICATURA DE CUENTAS DE ASTURIAS

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley Principado de Asturias 3/2003, de 24 de marzo, modificada por la Ley 3/2006, de 10 de marzo. Estatutos de organización y funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias (BOPA 27 de enero de 2006).

— Año de constitución: 2005

— Primer ejercicio fiscalizado: 2005

— Síndico Mayor: Excmo. Sr. D. Avelino Viejo Fernández

— Dirección: C/ Fruela, 5-5.ª planta. 33007 OVIEDO

— Teléfono: 985 10 91 16

— Fax: 985 10 91 12

— Página web: www.sindicastur.es

— Email: sindicastur@sindicastur.es

AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 4/1989, de 2 de mayo, de creación de la Audiencia de Cuentas de Canarias.

— Año de constitución: 1989

— Primer ejercicio fiscalizado: 1989

— Presidente: Excmo. Sr. D. Rafael Medina Jáber

— Dirección: C/ Suárez Guerra n.º 18 - Edificio La Tarde. 38003 SANTA CRUZ DE TENERIFE

— Teléfono: 922 28 00 66 (550) (493) (Tenerife). 928 37 28 37 (Las Palmas)

— Fax: 922 27 90 40 - 928 36 61 36 - 922 27 39 98

— Página web: www.acuentascanarias.org

— Email: institucional@acuentascanarias.org

SINDICATURA DE CUENTAS DE CASTILLA-LA MANCHA

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 5/1993, de 27 de diciembre, de creación de la Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha.

— Año de constitución: 1994

— Primer ejercicio fiscalizado: 1993

— Síndico: Excmo. Sr. D. Miguel Angel Cabezas de Herrera Pérez

— Dirección: C/ Plata, 20. 45071 TOLEDO

— Teléfono: 925 28 40 10

— Fax: 925 28 40 11

— Página web: www.sindiclm.es

CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

— Año de constitución: 2003

— Primer ejercicio fiscalizado: 2003

— Presidente: Excmo. Sr. D. Pedro Martín Fernández

— Dirección: C/Duque de la Victoria, 8. 47001 VALLADOLID

— Teléfono: 983 41 30 32

— Fax: 983 41 30 89

— Página web: www.consejodecuentas.es

— Email: consejodecuentas@consejodecuentas.es

SINDICATURA DE CUENTAS DE CATALUÑA

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 6/1984, de 5 de marzo, de creación de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña.

— Año de constitución: 1984

— Primer ejercicio fiscalizado: 1984

— Síndico Mayor: IIustre Sr. D. Joan Colom i Naval

— Dirección: Avinguda Litoral, 12-14. 08005 BARCELONA

— Teléfono: 932 70 11 61

— Fax: 932 70 15 70 - 932 70 15 87

— Página web: www.sindicatura.org

— Email: sindicatura@sindicatura.org

CONSEJO DE CUENTAS DE GALICIA

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 6/1985, de 24 junio, de creación del Consejo de Cuentas de Galicia.

— Año de constitución: 1991

— Primer ejercicio fiscalizado: 1990

— Consejero Mayor: Excmo. Sr. D. Luciano Fariña Busto

— Dirección: C/ Domingo Fontán, 7. 15771 SANTIAGO DE COMPOSTELA

— Teléfono: 981 54 22 11

— Fax: 981 54 22 40

— Página web: www.ccontasgalicia.es

— Email: ccontas@corevia.com

SINDICATURA DE CUENTAS DE LAS ILLES BALEARS

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 1/1987, de 18 de febrero, de regulación de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears.

— Año de constitución: 2003

— Primer ejercicio fiscalizado: 2002

— Síndico Mayor: Honorable Sr. Pere Antoni Mas Cladera

— Dirección: C/S. Feliú, 8-A. 07012 PALMA DE MALLORCA

— Teléfono: 971 21 48 00

— Fax: 971 21 48 01

— Página web: www.sindicaturaib.org

— Email: info@sindicaturaib.org

CÁMARA DE CUENTAS DE MADRID

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 11/1999, de 29 de abril, de creación de la Cámara de Cuentas de Madrid.

— Año de constitución: 2000

— Primer ejercicio fiscalizado: 2000

— Presidente: Excmo. Sr. D. Manuel Jesús González González

— Dirección: Avda. de los Madroños, 29. 28071 MADRID

— Teléfono: 91 420 78 75

— Fax: 91 420 78 98

— Página web: www.camaradecuentasmadrid.org

CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley Foral 19/1984, de 20 de diciembre, de regulación de la Cámara de Comptos de Navarra.

— Año de constitución: 1980

— Primer ejercicio fiscalizado: 1981

— Presidente: Excmo. Sr. D.Heliodoro Robleda Cabezas

— Dirección: C/ Ansoleaga, 10. 31001 PAMPLONA

— Teléfono: 948 42 14 15

— Fax: 948 42 77 66

— Página web: www.cfnavarra.es/camara.comptos

— Email: ccomptos@cfnavarra.es

TRIBUNAL VASCO DE CUENTAS PÚBLICAS

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 27/1983, de 25 de noviembre, y la Ley 1/1988, de 5 de febrero, de creación del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.

— Año de constitución: 1989

— Primer ejercicio fiscalizado: 1987

— Presidente: Excmo. Sr. D. Jose Ignacio Martínez Churiaque

— Dirección: C/ Beato Tomás de Zumárraga, n.º 69. 01008 VITORIA-GASTEIZ (ÁLAVA)

— Teléfono: 945 01 60 00

— Fax: 945 01 60 01

— Página web: www.tvcp.org

— Email: presidencia@tvcp.org

SINDICATURA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

— Disposición de creación y/o funcionamiento:

Ley 6/1985, de 11 de mayo, de regulación de la Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana.

— Año de constitución: 1985

— Primer ejercicio fiscalizado: 1985

— Síndico Mayor: Excmo. Sr. D. Rafael Vicente Queralt

— Dirección: C/ San Vicente, 2. 46002-VALENCIA

— Teléfono: 963 87 64 00 - 963 87 60 21

— Fax: 963 87 64 17 - 963 87 64 19

— Página web: www.sindicom.gva.es

— Email: sindicom@sindicomgva.es

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid