Por Orden de 29 de abril de 2011 («Boletín Oficial de Aragón» de 5 de mayo), la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, convocó procedimiento selectivo de ingreso y acceso al Cuerpo de Maestros, y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, por Orden de 5 de julio de 2013 («BOA» del 29), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo, a determinados aspirantes que por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por el Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de Nuevas Especialidades en los Cuerpos Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 29 de abril de 2011, que aparecen relacionados en el anexo a esta Orden, con indicación del número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2013.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 9 de septiembre de 2013.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.
Especialidad: 32 Lengua Extranjera: Inglés
NRP: 386324257 A0597. Apellidos y nombre: Jerez Plaza, María Palmira. DNI: 3863242. Turno: 01. Puntuación: 8,4089.
Especialidad: 38 Educación Primaria
NRP:1843834302 A0597. Apellidos y nombre: Malpica López, Catalina. DNI: 18438343. Turno: 01. Puntuación: 8,4119.
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