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Documento BOE-A-2013-91

Resolución de 29 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2012 con la Xunta de Galicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2013, páginas 453 a 455 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2013-91

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 22 de octubre de 2012, Convenio específico para el año 2012 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y Consejería de Sanidad de la Xunta de Galicia y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Madrid, 29 de octubre de 2012.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno Bonilla.

ANEXO
Convenio específico para el año 2012 del protocolo general de colaboración suscrito el 1 de septiembre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Consejería de Sanidad de la Xunta de Galicia

En Madrid, a 22 de octubre de 2012.

REUNIDOS

De una parte, D.ª Ana Mato Adrover, Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, nombrada por Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 22 de diciembre), en representación del Gobierno de la Nación, en virtud de las competencias que le atribuyen el artículo 4.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra D.ª Rocío Mosquera Álvarez, Consejera de Sanidad de la Xunta de Galicia, actuando en nombre y representación de la Consellería de Sanidad, en virtud de nombramiento aprobado por el Decreto 10/2012, de 3 de enero, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y por la Ley 12/2007, de 27 de julio, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 310/2009, de 28 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, y de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y buenas prácticas en la Administración pública gallega, así como en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad de la Xunta de Galicia suscribieron un Protocolo general de colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación de la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia en el año 2012 se concretará en el desarrollo de los programas:

– «Programa de prevención del consumo de alcohol y otras drogas en contextos de ocio nocturno y de botellón de Galicia». 50.000,00 euros.

– «Programa de prevención indicada dirigida a la reducción de riesgos y disminución de daños en drogodependientes en situación de emergencia social». 95.000,00 euros.

– «Programa de seguimiento y atención de personas en tratamiento una vez excarceladas, en el ámbito de la incorporación social de trastornos adictivos (programa ITINERE)». 70.000,00 euros.

– «Programa de atención jurídico social en trastornos adictivos con problemática legal asociada (PAJS)». 105.000,00 euros.

– «Programa de atención sanitaria dirigido a los menores de edad atendidos en los servicios de urgencias por problemas agudos relacionados con el alcohol y otras drogas». 60.000,00 euros.

– «Programa de incorporación sociolaboral en el paciente con trastornos adictivos». 75.000,00 euros.

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 1 de junio de 2012, con un total de 455.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.

Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia durante el ejercicio 2012.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico, regirán las disposiciones del citado Protocolo general.

Sexto.

El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 4.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto-legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. No obstante, serán de aplicación los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir serán de la competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha anteriormente indicados.–La Ministra de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover.–La Consejera de Sanidad de la Xunta de Galicia, Rocío Mosquera Álvarez.

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