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Documento BOE-A-2013-8698

Resolución de 19 de julio de 2013, de la Subsecretaría, por la que se autoriza la eliminación de la serie de traslados de expedientes de derecho de petición custodiada en el Ministerio de la Presidencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2013, páginas 57594 a 57595 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2013-8698

TEXTO ORIGINAL

La Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, en su artículo 58, el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original, y el Real Decreto 1401/2007, de 29 de octubre, por el que regula la composición, funcionamiento y competencias de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos constituyen la normativa que establece el procedimiento para la conservación y eliminación de determinados documentos.

La Orden PRE/680/2004, de 12 de marzo, por la que se modifica la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio de la Presidencia, en su apartado cuarto, establece, como función de la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de la Presidencia, el inicio del procedimiento de eliminación de documentos y series documentales del Ministerio y sus organismos públicos y, en su caso, de conservación de su contenido en soporte distinto al original en el que fueron producidos.

En la reunión del 14 de abril de 2013, la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de la Presidencia procedió al estudio de la propuesta de eliminación de la serie documental de «Traslados de expedientes de derecho de petición» y acordó elevar la petición de dictamen a la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos. Dicha Comisión Superior, en su reunión del 21 de mayo de 2013, dictaminó la eliminación de la citada serie documental.

En virtud de dicho acuerdo, así como en el ejercicio de las competencias que me están conferidas por el artículo 6 del anteriormente mencionado Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, resuelvo:

Primero.

Aprobar la eliminación de los documentos que forman parte de la serie documental de «Traslados de expedientes de derecho de petición (1994-)» que se custodian en el Archivo Central del Ministerio de la Presidencia.

Segundo.

La eliminación se sujetará a los plazos y muestreos según se indican en el anexo, así como a las demás formalidades recogidas en esta resolución conforme con la propuesta dictaminada favorablemente por la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.

Tercero.

El proceso de destrucción se hará anualmente, una vez transcurridos los años de conservación establecidos, quedando autorizadas por la presente las destrucciones regulares una vez cumplidos los plazos obligatorios de conservación.

Cuarto.

El Archivo Central del Ministerio de la Presidencia seleccionará las unidades de instalación que se conservarán como testigo de acuerdo con las propuestas presentadas.

Quinto.

Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto.

La autorización no se hará efectiva hasta transcurridos tres meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta resolución, siempre que en ese plazo no haya constancia de la interposición de recurso de cualquier naturaleza contra la misma.

Séptimo.

No se llevará a cabo la destrucción de documentos autorizada hasta que la presente resolución, en caso de ser impugnada, adquiera firmeza.

Octavo.

Una vez producida la eficacia de la autorización, el proceso de destrucción garantizará la seguridad de la documentación estando protegida contra intromisiones externas, y el método de destrucción será el adecuado para que se imposibilite la reconstrucción de los documentos y la recuperación de cualquier información contenida en ella.

Noveno.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso administrativo de alzada ante la Ministra de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1922, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 19 de julio de 2013.–El Subsecretario de la Presidencia, Jaime Pérez Renovales.

ANEXO

Código propuesta CSCD

N.º Dictamen

Titulo (años extremos)/Productor

Tipo de eliminación

Forma

Plazo

PRE/4/2013-1

11/2013

Traslados de Expedientes de Derecho de Petición (1994-)/ Ministerio de la Presidencia. Subsecretaría. Secretaría General Técnica.

ET

Eliminación total, con muestra de una caja de cada 5 años.

5 años

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