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Documento BOE-A-2013-8593

Orden JUS/1495/2013, de 10 de julio, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de don Julio Ribera Torres.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2013, páginas 56930 a 56930 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2013-8593

TEXTO ORIGINAL

Por escrito de 22 de abril de 2013, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia, en la que se sigue Ejecutoria 57/2008-MC del Rollo n.º 8/08, Procedimiento Abreviado 19/03 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Sueca, seguida contra don Julio Ribera Torres, funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, destinado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Sueca, significa que, por conversación telefónica con el Centro Penitenciario, se les había informado que el condenado don Julio Ribera Torres había ingresado en prisión el 22 de diciembre de 2007, y que actualmente se encontraba cumpliendo una pena de seis años de prisión impuesta en Ejecutoria de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia.

Considerando que en el artículo 443.2.f), en relación con el artículo 491.2, de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se establece que la condición de funcionario se pierde «por condena a pena de privativa de libertad superior a tres años por razón de delito doloso».

Este Ministerio, en el ejercicio de la competencia conferida por el artículo 494 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, acuerda la pérdida de la condición de funcionario de carrera de don Julio Ribera Torres, con D.N.I. n.º 52730099-T, con efectos del día de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 10 de julio de 2013.–El Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

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