Con arreglo al artículo 2.4 del Estatuto Orgánico del Consorcio de Compensación de Seguros, dictado al amparo del artículo 5.3 del Texto Refundido de su Estatuto Legal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, el mandato de los vocales del Consejo de Administración del Consorcio de Compensación de Seguros tendrá una duración de tres años.
Próximo a concluir el mandato del actual Consejo de Administración, procede llevar a cabo su renovación.
En su virtud, he tenido a bien disponer:
Al amparo del artículo 4.3 del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros y del artículo 2.2 de su Estatuto Orgánico cesan como Vocales del Consejo de Administración del Consorcio de Compensación de Seguros, agradeciéndoles los servicios prestados:
Don José Boada Bravo.
Don Raúl Casado García.
Don Javier de Agustín Martín.
Don Ignacio Eyries García de Vinuesa.
Don Francisco Antonio Fernández Monge.
Don José María García de Francisco.
Don Carmelo García Pérez.
Don Jesús Huerta de Soto Ballester.
Don Antonio Huertas Mejías.
Don Fernando Pablo Moreno Gamazo.
Don Pablo Muelas García.
Don Tomás Muniesa Arántegui.
Don Ignacio Ruiz Bravo.
Don José María Serra Farré.
El cese de los Vocales referidos en el apartado precedente tendrá lugar el día 29 de julio de 2013.
Madrid, 26 de julio de 2013.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre.
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