La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en la Resolución de 27 de diciembre de 2012 ha acordado respecto a la entidad «Cahispa, S.A. de Seguros de Vida», lo siguiente:
Adoptar la medida de control especial prevista en los párrafos 1.º y 2.º de la letra d) del número 2 del artículo 39 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, consistentes en suspender la contratación de nuevos seguros y la aceptación de reaseguro, así como prohibir la prórroga de los contratos de seguro celebrados en todos sus ramos, a la entidad Cahispa, S.A. de Seguros de Vida.
Madrid, 14 de enero de 2013.–La Directora General de Seguros y Fondos de Pensiones, M.ª Flavia Rodríguez-Ponga Salamanca.
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