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Documento BOE-A-2013-7938

Resolución de 9 de julio de 2013, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Acondicionamiento del cauce y márgenes del río Cabe a su paso por Monforte de Lemos (Lugo), tramo: A Compañía - Núcleo de Piñeira.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 19 de julio de 2013, páginas 53557 a 53571 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-7938

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el Grupo 9, apartado c, del anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), por lo que, habiéndose sometido a evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

El proyecto de Acondicionamiento del cauce y márgenes del río Cabe a su paso por Monforte de Lemos (Lugo), tramo: A Compañía – Núcleo de Piñeira tiene como objeto la integración de las riberas del río Cabe a su paso por Monforte de Lemos con la finalidad de asegurar la defensa del dominio público hidráulico y de sus servidumbres; prevenir inundaciones; mejora medioambiental del entorno; potenciar el uso social del espacio; incrementar la movilidad del municipio; recuperar zonas abandonadas y deterioradas ambientalmente; mejorar las instalaciones existentes; y fomentar la educación ambiental.

El ámbito de estudio corresponde al tramo del río Cabe a su paso por la localidad de Monforte de Lemos, desde Ponte Nova, aguas arriba del Colegio Compañía de Padres Escolapios, hasta el puente de Piñeira, por donde cruza la carretera que une las poblaciones de Piñeira y Pereira. Presenta una longitud aproximada de 3,2 km con pequeñas ramificaciones del cauce, en algunos casos de origen natural y en otros de origen antrópico.

Monforte de Lemos es una localidad situada al sur de la provincia de Lugo, en la Comunidad Autónoma de Galicia.

El proyecto contiene las siguientes actuaciones:

Demolición de muros y vallas existentes en la zona de actuación, así como de un antiguo transformador de la fábrica de curtidos en desuso.

Desbroce selectivo y eliminación de pies arbóreos que presenten un mal estado sanitario.

Construcción de aproximadamente 910 m de muros de hormigón chapados en piedra natural para la prevención de inundaciones. El muro presentará un espesor de 35 cm sobre el que se colocará una losa de granito, haciendo una anchura total de 40 cm y una altura que oscila entre los 0,8 y 1 m.

Creación de caminos peatonales y carriles-bici. Estos viales tendrán una anchura de 2,5 m, y se diseñan de dos tipos: por un lado un camino peatonal de hormigón de carácter urbano en zona urbana, y por otro, un camino peatonal de jabre estabilizado de carácter fluvial en la zona de ribera. Estas actuaciones implicarán una superficie de ocupación de unos 985 m2 (en zona urbana) y 8.360 m2 en pavimentos para la zona de ribera.

Construcción de 6 pasarelas de madera sobre cursos de agua, para el acceso peatonal. Tendrán una anchura de 3 m y estarán conectadas con los caminos peatonales y carriles-bici:

Pasarela inicial: sobre el cauce del molino de Aceña Nova se ubicará en el entorno del campo de futbol existente detrás del Colegio Compañía de Padres Escolapios. Consta de 4 vanos: 1 de 16,5 m y 3 de 21,5 m.

Pasarela 2: se ubicará aguas arriba del meandro de la calle Pinguela y conectará ambas márgenes del río Cabe. Dispone de 3 vanos: 1 de 34,5 m y 2 de 11 m, respectivamente.

Pasarela 3: al final de esa misma calle, en el entorno del azud del molino de Cobas, comunica ambas márgenes del río Cabe. Tiene 2 vanos de 51,4 m y 11,2 m, respectivamente.

Tres pasarelas menores (8,6 m, 10,5 m y 12,5 m) sobre canales y arroyos de escasa entidad para dar continuidad al trazado del camino peatonal que discurre por la margen izquierda del río, principalmente en el exterior de los meandros.

Estabilización de márgenes, para evitar movimientos de tierras accidentales, entre la calle Pinguela y el núcleo de Piñeira, mediante la instalación de escollera (293 m), muros de escollera (320 m) y técnicas de bioingenieria (135 m).

Construcción de dos escalas de artesas para peces en el azud del Molino de Aceña Nova y en el azud del Molino de Cobas. Estarán construidas en hormigón armado y chapadas en piedra natural. Presentan un caudal de diseño de 0,443 m3/s.

Recuperación ambiental de 3 parcelas colindantes al río Cabe situadas en el margen derecho del azud del molino de Aceña Nova; en la calle Pinguela en la parte exterior del meandro del río Cabe y en el margen derecho a la altura del azud del molino de Cobas. La última parcela está ocupada por chopos de producción.

Revegetación con especies autóctonas de ribera como alisos (Alnus glutinosa), sauces (Salix salviifolia, Salix atrocinerea), saúco (Sambucus nigra) y chopos (Populus nigra y Populus alba), en primera línea del cauce; y fresnos (Fraxinus excelsior), arces (Acer pseudoplatanus), avellanos (Corylus avellana) y olmos (Ulmus gabra), en segunda línea del cauce. También se incluyen especies trepadoras como la hiedra (Hedera hélix).

Instalación de miradores, mobiliario rústico (bancos y papeleras) y paneles de educación ambiental a lo largo del tramo del río.

Amojonamiento de los terrenos expropiados.

El estudio de impacto ambiental presenta una propuesta de alternativas para cada una de las actuaciones propuestas, ya que gran parte de las actuaciones son independientes y no dependen del resto. También se ha considerado la alternativa 0 o de no actuación, la cual se ha descartado por no asegurar los objetivos del proyecto.

Para la selección de las alternativas propuestas, se ha realizado un análisis atendiendo a criterios medioambientales, valorando principalmente la mínima afección sobre la vegetación de ribera presente en el LIC Río Cabe y sobre el hábitat de interés comunitario 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior. Además se ha tenido en cuenta que suponga una mejora en la conectividad entre los márgenes del río para la población; que se integre correctamente en el paisaje; que permita minimizar los movimientos de tierra y el riesgo de erosión; y que asegure la movilidad de la ictiofauna.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

El proyecto se desarrolla en el entorno del río Cabe, afluente del río Sil por su margen derecha, a su paso por Monforte de Lemos, en la provincia de Lugo.

La práctica totalidad del ámbito de actuación, a excepción del tramo que discurre por núcleo urbano, se encuentra incluido en el espacio de la Red Natura 2000, Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES1120016 Río Cabe. Además, el río Cabe está declarado Zona de Especial Protección de los Valores Naturales, según Decreto 72/2004, de 2 de abril, por el que se declaran determinados Espacios como Zonas de Especial Protección de los Valores Naturales.

El interés de este espacio radica en la conservación del bosque de ribera, integrado por formaciones de la asociación Senecio bayonensis-Alnetum glutinosae, que flanquea gran parte de los cursos fluviales del mismo, con un desarrollo del estrato arbóreo y arbustivo. El estrato arbóreo está conformado por alisos (Alnus glutinosa), sauces (Salix atrocinerea) y fresnos (Fraxinus excelsior y Fraxinus angustifolia). En cuanto a la vegetación arbustiva y herbácea, se incluyen diferentes tipos de matorrales y prados seminaturales, en los que es posible encontrar a la gramínea (Festuca elegans), especie incluida en el Anejo II de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. Es característico de la cuenca del río Cabe el matorral de porte arbustivo de ericáceas, jaras, labiérnagos y madroños (asociación Erico scopariae - Arbutetum unedonis) que muestra la penetración de especies termófilas en la depresión de Lemos.

Los hábitats naturales de interés comunitario presentes en el LIC Río Cabe, próximos a la zona de actuación son:

4030 Brezales secos europeos.

4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea

6430 Megaforbios eutrofos higrófilos de las orlas de llanura y de los pisos montano a alpino.

91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior.

9230 Robledales galaico galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica.

9260 Bosques de Castanea sativa.

Respecto a la fauna, el río Cabe funciona como un corredor natural. Entre los taxones inventariados en la zona destacan mamíferos como el desmán ibérico (Galemys pyrenaicus), y la rata de agua (Arvicola sapidus), especies catalogadas respectivamente en peligro y vulnerable en la Lista Roja de Especies Amenazadas (UICN); la nutria (Lutra lutra) o el armiño (Mustela erminea), así como varias especies de quirópteros (murciélago enano o común y murciélago de cabrera). Dentro de las poblaciones de avifauna destaca especialmente una especie por estar dentro de la categoría en peligro de extinción del Catálogo Gallego de Especies Amenazadas (Decreto 88/2007, de 19 de abril, por el que se regula el Catálogo Gallego de Especies Amenazadas): el alcaraván común (Burhinus oedicnemus), así como dos especies consideradas vulnerables en la Lista Roja de Especies Amenazadas: la tórtola europea (Streptopelia turtur) y el aguilucho cenizo (Circus pygargus). Entre la ictiofauna inventariada en el río Cabe destacan la anguila (Anguilla anguilla), la boga de río (Chondrostoma polylepis), la bermejuela (Rutilus arcasii), la trucha común (Salmo trutta) y el salmón atlántico (Salmo salar). También existe una buena representación de herpetofauna con diferentes especies catalogadas como vulnerables, bien en la Lista Roja de Especies Amenazadas (UICN), en el Catalogo Nacional de Especies Amenazadas, o en el Catálogo Gallego de Especies Amenazadas, como el sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi) y la ranita de San Antón (Hyla arborea). Finalmente, también es destacada la población de invertebrados con presencia de mejillón de río (Margaritifera margaritifera) y la libélula Oxygastra curtisii.

Por último, en el entorno del proyecto existe un gran número de bienes del patrimonio cultural de Galicia, incluyendo elementos del patrimonio etnográfico e histórico cultural relacionado con los ríos gallegos y protegidos por la Ley 5/2006, de 30 de junio, para la protección, la conservación y mejora de los ríos gallegos.

3. Resumen del proceso de evaluación.

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto ambiental:

3.1.1 Entrada documentación inicial. Con fecha 25 de octubre de 2010, se recibe la documentación inicial del proyecto, iniciándose así su tramitación ambiental.

3.1.2 Consultas previas, relación de consultados y de contestaciones. La entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental inició a continuación un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas sobre las implicaciones ambientales del proyecto presentado.

En la tabla adjunta se presenta la relación de organismos consultados, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

X

Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia.

X

Dirección General de Sostenibilidad y Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia.

Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Rural de la Junta de Galicia.

Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería del Medio Rural y del Mar de la Junta de Galicia.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Galicia.

X

Ayuntamiento de Monforte de Lemos (Lugo).

X

SEO/BirdLife (Madrid).

Asociación para a Defensa Ecoloxica de Galiza (ADEGA) (Santiago de Compostela – A Coruña).

Ecologistas en Acción – CODA (Madrid).

Amigos da Terra (Ourense).

Los aspectos ambientales más relevantes recogidos en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino señala que las actuaciones coinciden con el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES1120016 Río Cabe y la Zona de Especial Protección de los Valores Naturales (ZEPVN) del Río Cabe, por lo que considera necesario realizar un apartado separado e independiente que contenga un estudio específico de la posible afección a la Red Natura 2000 y determine si las repercusiones sobre hábitats y especies de interés comunitario son significativas. Además, considera necesario incluir un estudio de alternativas que permita cumplir con los objetivos del proyecto, minimizando la afección al LIC Río Cabe. Describe las principales afecciones potenciales sobre la biodiversidad que se podrían generar con la ejecución del proyecto, que son: daños a la vegetación por eliminación de la cobertura existente; fragmentación de los hábitats de interés comunitario presentes en la zona (concretamente los codificados como 3150, 6430 y 91E0*, este último prioritario) por las actuaciones directas de desbroces o tratamientos selvícolas que conllevan pérdida de naturalidad y calidad ecológica; y efectos sobre la fauna por destrucción de los hábitats existentes, pérdida de refugios, alteraciones hidrológicas, etc., para poblaciones sensibles como la del desmán ibérico (Galemys pyrenaicus) o la nutria (Lutra lutra) y otras especies que utilizan el río Cabe como corredor de paso.

Con el fin de proteger la vegetación, la fauna y la integridad de la Red Natura 2000, aconseja incorporar en el estudio de impacto ambiental las siguientes propuestas:

Elección de la ubicación más idónea para las instalaciones auxiliares y áreas de acopio de forma que se produzca una afección mínima sobre la vegetación, la fauna y la hidrología superficial y subterránea. Estos emplazamientos se deberán situar fuera del ámbito del LIC Río Cabe, de los hábitats naturales de interés comunitario y del arbolado, en especial las alisedas, que constituyen el hábitat 91E0*.

Las revegetaciones recrearán las formaciones vegetales existentes, con una disposición natural, utilizando especies características de los hábitats naturales de interés comunitario presentes.

Diseño de medidas para garantizar la compatibilidad de las distintas actividades de obra con los periodos de cría y reproducción de las especies singulares o amenazadas. Se prestará especial atención a las incluidas en los diferentes catálogos de especies amenazadas, como el alcavarán común (Burhinus oedicnemus) y el aguilucho cenizo (Circus pygargus). Para las obras que se sitúen en el cauce del río Cabe, se propone realizar las obras fuera de las épocas de freza de la ictiofauna.

Utilización de elementos de retención de finos y establecimiento de un protocolo de parada de las obras, en caso de que la turbidez del agua supere unos niveles críticos para la fauna acuática.

Definición de un programa de vigilancia ambiental que concrete las acciones que aseguren el cumplimiento de las medidas propuestas, destacando el seguimiento de la eficacia de la escala de peces.

La Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia informa que el proyecto se encuentra dentro del Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), ES1120016, Río Cabe, por ello, y para evitar afecciones sobre los valores naturales de la zona, expone necesidad de modificar lo mínimo imprescindible la dinámica natural del río y, consecuentemente, su ecosistema, reduciendo, tanto las áreas de ocupación de las márgenes y del cauce como la superficie de eliminación de la vegetación de ribera. Asimismo, indica que será necesario:

Permitir que los drenajes propios de las infraestructuras actúen como sistemas de paso de fauna, acondicionándolos de forma que garanticen la permeabilidad del territorio.

El jalonamiento de las zonas de obra.

Medidas para evitar la alteración de las características biológicas y físico-químicas del agua, tales como extremar las precauciones en la realización de los movimientos de tierras programándolas fuera del periodo de lluvias; habilitar balsas de decantación cuando se trabaje con hormigón y cemento en zonas próximas al cauce; especial control de posibles vertidos accidentales; no atravesar corrientes de agua con maquinaria sin utilizar pontones o estructuras similares; y ubicar las instalaciones auxiliares, zonas de acopio de materiales y de almacenamiento de residuos en zonas de bajo valor ambiental, escasa pendiente y alejadas lo máximo posible del cauce o zonas de protección arqueológicas.

Conservación de los viales y servidumbres de paso. Utilización de las infraestructuras auxiliares como vías auxiliares, siempre que sea posible.

La Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Medio Rural de la Junta de Galicia, a través del Servicio de Infraestructuras Agrarias de la Jefatura Territorial de la Consejería de Medio Rural en Lugo, informa que en la zona afectada por el proyecto se llevó a cabo una concentración parcelaria en los años 70 pero que no se prevé la realización de más acciones en la zona ni la afección a ningún proyecto actualmente en ejecución.

La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Galicia señala la presencia de bienes del patrimonio cultural de Galicia situados en la zona de afección del proyecto, por lo que propone adoptar medidas protectoras y correctoras, así como la necesidad de que el estudio de impacto ambiental incorpore una evaluación de impacto del proyecto sobre el patrimonio cultural que incluya una prospección arqueológica de todo el ámbito afectado por el proyecto, fichas indicativas para cada elemento y cartografía a escala significativa.

El Ayuntamiento de Monforte de Lemos realiza una serie de propuestas para su posible incorporación al proyecto, como incluir en las zonas de estancia y recreo toma de agua y de riego, la construcción de un área de interpretación de la zona de Monforte y LIC «río Cabe» y de un embarcadero en la zona de la Laga de la Pinguela y en Cobas, y el acondicionamiento de una zona deportiva con inmobiliario para este tipo de actividades.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

Con fecha 21 de febrero de 2012, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural remitió al promotor el resultado de las contestaciones a las consultas, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos relevantes que deberá incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Con fecha 15 de noviembre de 2012 se recibió en la Dirección General Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural el estudio de impacto ambiental, así como el resultado del trámite de información pública al que fue sometido el proyecto.

Con fecha 11 de abril de 2013 se recibió en la Dirección General Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural el resultado de las consultas realizadas por el organo sustantivo, conforme al artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, y el informe del promotor sobre la consideración de las mismas en el proyecto, de acuerdo con el artículo 9.5. del Real Decreto Legislativo 1/2008.

3.2.1 Información pública, resultado. La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, mediante Resolución de fecha 3 de agosto de 2012, sometió el proyecto y el estudio de impacto ambiental al trámite de información pública, a través de anuncio en el Boletín Oficial del Estado número 207, de 29 de agosto de 2012, en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, número 206, de 6 de septiembre de 2012, y en el tablón de anuncios de las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, en Ourense y Monforte de Lemos.

Durante la Información Pública se presentó una alegación por parte del Ayuntamiento de Monforte de Lemos, con las siguientes sugerencias al proyecto:

Instalación de tomas de agua e instalaciones de riego (aspersión y goteo) en las zonas ajardinadas, césped y zonas de recreo.

El promotor responde que las instalaciones de riego para zona ajardinada no son gastos elegibles dentro de los fondos FEDER.

Eliminación de las plantaciones de la especie Populus nigra (álamo negro) y en su lugar colocar Betula alba (abedul).

El promotor señala que la utilización de abedul no puede considerarse estrictamente como especie de ribera, por lo que no estima conveniente sustituirla por el álamo negro, especie autóctona y característica del bosque ripario.

Informa que la propuesta de plantación de especies ripícolas debería ser distinta a la proyectada, por lo que presenta una propuesta alternativa.

La Confederación responde que la propuesta realizada por el Ayuntamiento es similar a la incluida en el proyecto, solo varía su posición en la ribera del río. Concluye que su propuesta es más adecuada al distribuirse en función de la adaptación de cada especie a las necesidades hídricas.

Propone la inclusión en el proyecto de las siguientes actuaciones:

Centro de interpretación del río Cabe.

Embarcadero en la zona de la Laga, en la Pinguela y en Cobas.

Recuperación de elementos etnográficos y actividades tradicionales vinculadas al río.

Recuperación de los espacios en el área recreativa de Piñeira, entre el puente de Piñeira y el final del tramo de actuación.

El promotor responde que estas actuaciones exceden los objetivos tanto del proyecto como de los fondos FEDER.

Diseño de las pasarelas y puentes según modelos y sistemas tradicionales.

El promotor informa que, por este motivo, se ha propuesto la utilización de pasarelas de madera.

3.2.2 Consultas a administraciones ambientales afectadas, resultado. El contenido de las respuestas se expone a continuación:

La Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia informa que el estudio de impacto ambiental integra los aspectos ambientales indicados durante la fase de consultas. Señala que al desarrollarse el proyecto en el espacio natural protegido río Cabe, declarado Zona de Especial Protección de los Valores Naturales por el Decreto 72/2004, de 2 de abril, deberá disponer de la correspondiente autorización de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Junta de Galicia.

El promotor señala que tiene en consideración este informe.

La Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia informa lo siguiente:

Las trazas de los caminos propuestos en hormigón discurren sobre terrenos antropizados y en zonas ya urbanizadas.

El promotor indica que en el diseño se ha procurado distanciar del cauce del río Cabe las actuaciones previstas en la medida de lo posible.

Los caminos de jabre no afectan a ningún hábitat de interés comunitario, discurriendo por zonas dominadas por plantaciones de chopo, zonas de usos agrario o ganadero y zonas urbanizadas, en mayor o menor medida. No obstante, se procurará distanciar los caminos del borde del cauce, en la medida de lo posible, incluyendo un pequeño murete que se adose a los mismos a modo de mota de protección frente a crecidas.

Están justificadas las medidas de protección del cauce, ya que inciden en zonas erosionadas e inestables y desprovistas de vegetación.

Las pasarelas proyectadas no afectan a ningún hábitat de interés comunitario y los estribos se asientan en zonas degradadas desde un punto de vista ambiental. El resto de las estructuras de paso tampoco afectan a ningún hábitat de interés comunitario.

Considera adecuados los tratamientos previstos para la vegetación, ya que suponen una mejora en su estructura, así como las especies vegetales propuestas.

Indica que será necesario adoptar medias profilácticas para evitar la dispersión de la Phytophthora alni.

El promotor informa que existe un protocolo vigente y aprobado para evitar la transmisión del hongo Phytophthora alni, que será aplicado durante la ejecución de las actuaciones, y se compromete a realizar un estudio fitosanitario previo para determinar los pies afectados por esta plaga.

Se insta a eliminar las especies invasoras presentes en la zona de actuación, extremando las precauciones para evitar su dispersión.

El promotor señala que sólo se procederá a eliminar especies alóctonas invasoras mediante control mecánico y de acuerdo con la normativa vigente, en concreto, el catálogo de especies invasoras existente a nivel nacional, Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras, y a nivel autonómico el Plan Gallego de especies exóticas invasoras, que actualmente se encuentra en desarrollo.

Se consideran adecuados los dispositivos de franqueo proyectados en cuanto a diseño e implantación en los azudes; no obstante, insta a eliminar la compuerta de regulación aguas arriba, ya que la alimentación del dispositivo ha de ser en lámina libre en todo momento. De ser necesaria la regulación del caudal, informa que ha de actuarse sobre el umbral inferior de la escotadura de entrada (elevándolo o bajándolo en la medida que sea necesario en cada caso), con el fin de mantener una alimentación en lámina libre y no en chorro sumergido.

El promotor asegura que se atenderá a estas consideraciones modificando el diseño de la compuerta prevista aguas arriba según los criterios propuestos, de tal modo que la regulación de caudal se realice variando la disposición del umbral inferior de la escotadura de entrada.

Concluye que, en las condiciones en que se ha redactado el proyecto y bajo los supuestos del estudio de impacto ambiental, no son de esperar afecciones significativas al hábitat natural de interés comunitario 91E0*, Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno padion, Alnion incanae, Salicion albae) y, en general, al espacio natural protegido.

El Instituto de Estudios del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia informa que los principales impactos sobre el paisaje que cabe esperar se deben a la aparición de nuevos elementos en la ribera, tales como las pasarelas y los nuevos viales, los cuales, dados los materiales previstos y las características del entorno, se consideran correctamente integrados. En relación a las plantaciones, se propone evitar las plantaciones lineales y alternar especies y tamaños para conseguir trazados discontinuos similares a la distribución natural del bosque de ribera. Informa que, en cumplimiento del art. 11.1 de la Ley 7/2008, de 7 de julio, de protección del paisaje de Galicia, se deberá elaborar un Estudio de impacto e integración paisajística que evalúe los efectos e impactos que el proyecto genere sobre el paisaje, así como las medidas de integración paisajística propuestas.

En atención a este requerimiento la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil elabora un Estudio de impacto e integración paisajística según las prescripciones incluidas en la referida Ley 7/2008. Este documento incluye un diagnóstico del estado actual del paisaje (principales componentes, valores paisajísticos, visibilidad y fragilidad del paisaje), las características principales del proyecto, el impacto del proyecto sobre los elementos que configuran el paisaje, la justificación de la forma empleada para la incorporación al proyecto de los objetivos de calidad paisajística y las determinaciones de las directrices de paisaje establecidas para la unidad de paisaje; así como los criterios y medidas a adoptar para conseguir la integración paisajística del proyecto. Este documento fue remitido por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil al Instituto de Estudios del Territorio de la Junta de Galicia solicitando la emisión de un nuevo informe al respecto.

Una vez analizado el Estudio de impacto e integración paisajística del proyecto, el Instituto de Estudios del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia informa que su contenido se ajusta a las prescripciones del artículo 11.2 de la Ley 7/2008, de 7 de julio, y es congruente con la entidad y características de las obras propuestas, por lo que considera que se cumplen las consideraciones expuestas en el anterior informe.

La Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería del Medio Rural y del Mar de la Junta de Galicia informa que el proyecto se emplaza dentro de la zona de concentración parcelaria de Piñeira, en el Concejo de Monforte de Lemos (Lugo), la cual ha sido finalizada hace más de 40 años. Señala que no consta ninguna actuación dentro de los programas de infraestructuras rurales prevista en la zona que pudiera verse afectada por el proyecto.

4. Integración de la evaluación.

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. El estudio de impacto ambiental realiza un análisis de alternativas para cada una de las actuaciones por separado, incluyendo la alternativa 0 o de no actuación. Esta opción ha sido descartada por no asegurar los objetivos del proyecto.

Para la selección de las alternativas propuestas para cada una de las actuaciones, se ha realizado un análisis basado en criterios medioambientales, valorando la mínima afección sobre la vegetación de ribera presente en el LIC Río Cabe, y sobre el hábitat de interés comunitario 91E0*, prioritario, fundamentalmente. Además, se ha tenido en cuenta que suponga una mejora en la conectividad entre los márgenes del río para la población, que se integre correctamente en el paisaje de la zona, que permita una minimización de los movimientos de tierra y el riesgo de erosión y que proteja la conectividad de la ictiofauna, entre otros.

Las alternativas analizadas para cada actuación y las consideraciones que justifican la selección realizada por el promotor, son las siguientes:

Actuación

Alternativas

Desbroces.

Alternativa 0: No actuar.

Alternativa 1: Desbroce selectivo de masas.

Alternativa 2: Desbroce sistemático (seleccionada por presentar menor afección al LIC río Cabe).

Pasarelas.

Ubicación:

Alternativa 0: No actuar.

Alternativa 1: Aguas abajo del azud del Molino de Aceña Nova.

Alternativa 2: Aguas arriba del meandro de la calle Pinguela (seleccionada al ser más rentable desde el punto de vista social por su emplazamiento y reducir el efecto barrera sobre la población).

Alternativa 3: Entorno del azud del Molino de Coba (seleccionada al ser más rentable desde el punto de vista social por su emplazamiento y reducir el efecto barrera sobre la población).

Alternativa 4: Margen derecha de la carretera del Barrio de Piñeira.

Alternativa 5: Entorno de la calle Poetisa Sara Cao, margen derecho.

Alternativa 6: Aguas arriba del Puente de Piñeira.

Pasarela inicial y tres pasarelas menores: sin alternativa de ubicación.

Materiales:

Alternativa 1: Hormigón.

Alternativa 2: Madera (seleccionada por su mejor integración ambiental).

Alternativa 3: Acero.

Muros para evitar inundaciones.

Localización:

Alternativa 0: No actuar.

Alternativa 1: Construcción de muros de forma discontinua (seleccionada al suponer menores zonas de actuación).

Alternativa 2: Construcción de muros a lo largo del todo el tramo.

Diseño:

Alternativa 1: Escollera (seleccionada únicamente en zonas puntuales con mayor riesgo de erosión, en el exterior de los meandros. Presentan la ventaja de su mayor estabilidad, sin embargo son estructuras de mayor tamaño y mayor impacto paisajístico).

Alternativa 2: Hormigón chapado en piedra (seleccionada en el resto de tramos).

Caminos peatonales.

Alternativa 0: No actuar.

Alternativa 1: Margen izquierda del río Cabe (seleccionada al presentar mejores condiciones urbanísticas y menor impacto ambiental al generar menores movimientos de tierra y discurrir por la margen más modificada por el establecimiento de servicios e infraestructuras).

Alternativa 2: Margen derecha del río Cabe.

Estabilización de taludes.

Alternativa 0: No actuar.

Alternativa 1: Muro de hormigón.

Alternativa 2: Muro de escollera (seleccionada en tramos puntuales de mayor inestabilidad con taludes de gran altura; presenta mejor integración ambiental que la alternativa 1).

Alternativa 3: Métodos de bioingeniería (seleccionada en zonas sin vegetación y menores riesgo de erosión; presenta una mejor integración ambiental).

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias.

Se exponen a continuación las principales afecciones al medio provocadas por la ejecución de las actuaciones, teniendo en cuenta las medidas preventivas y correctoras para mitigar sus efectos propuestas por el promotor en el estudio de impacto ambiental y tras el resultado de la información pública.

4.2.1 Espacios protegidos, protección de la Red Natura 2000. La práctica totalidad del ámbito de actuación coincide con el LIC Río Cabe (ES1120016), con presencia del hábitat natural de interés comunitario prioritario, 91E0*, Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior. Además, esta zona fluvial está declarada como Zona de Especial Protección de los Valores Naturales, según el Decreto 72/2004, del 2 de abril.

De acuerdo con las conclusiones del estudio de impacto ambiental, a efectos de lo establecido en el artículo 45.4 de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se considera que la ejecución del proyecto no causará perjuicio a la integridad del citado LIC.

Los impactos que las actividades proyectadas pudiesen ocasionar sobre estos espacios serán los producidos principalmente por el tránsito de maquinaria, los movimientos de tierra, los desbroces selectivos y la ocupación de territorio por nuevas infraestructuras.

Para la protección de este espacio, se tomarán las medidas que se exponen a continuación relativas a la protección de la vegetación y de la fauna. Además, el promotor prevé la limpieza y retirada de residuos a lo largo de la ribera de todo el tramo afectado.

4.2.2 Protección de la vegetación. Las tareas de desbroce, movimiento de tierras y construcción de infraestructuras pueden suponer la eliminación de pies arbóreos y vegetación arbustiva, o dificultar la regeneración de comunidades vegetales de áreas colindantes no afectadas directamente por el proyecto.

Para mitigar estos efectos el promotor prevé la adopción de las siguientes medidas durante la fase de construcción:

Balizamiento de zonas que presenten vegetación natural a preservar.

Jalonamiento de la superficie ocupada por las instalaciones.

Además de la revegetación objeto del proyecto, se revegetaran las zonas afectadas por el proyecto, como el entorno de los estribos de las pasarelas y las zonas de ocupación temporal, empleando hidrosiembras y especies arbóreas y arbustivas de carácter autóctono.

Estudio sanitario de la vegetación de forma que se analice el estado de las masas forestales para la correcta ejecución de los desbroces, talas y clareos, extrayendo los pies en malas condiciones.

Uso en los trabajos de revegetación de especies autóctonas que consigan proporcionar una cubierta vegetal al suelo capaz de protegerlo contra la erosión y de favorecer los procesos edáficos y evolutivos.

Las plantaciones que se realicen se proyectarán previamente de forma que no generen un efecto de artificialidad, imitando las condiciones de naturalidad y utilizando siempre especies autóctonas.

Se evitará el apeo de alisos (Alnus glutinosa) no dañados o que no presenten síntomas de plagas o enfermedades.

En el tramo inicial del camino peatonal, entre el aparcamiento del Parque de los Condes y la pasarela que cruza sobre el canal del molino de Aceña Nova, con una longitud aproximada de 220 m, se tomarán las siguientes medidas:

Se realizará una adaptación del trazado del camino en obra para minimizar la afección al arbolado existente.

Se podrá incluso modificar la anchura del camino para evitar la afección a especies como alisos y fresnos, así como a otros árboles de interés natural o de gran porte.

Medidas preventivas de incendios, así como disponer de medios de extinción.

Durante la fase de explotación, se asegurará el mantenimiento adecuado de las formaciones vegetales realizando los tratamientos selvícolas que sean necesarios como podas, escardas, tratamientos fitosanitarios, etc.

4.2.3 Protección de la fauna. Durante la fase de construcción se producirán efectos negativos sobre la fauna derivados de las molestias producidas por la maquinaria y los trabajadores; la alteración de hábitats; y la afección a la ictiofauna asociada al río Cabe o a los arroyos locales por posibles episodios de contaminación.

El promotor prevé llevar a cabo las medidas protectoras relativas a la reducción de los ruidos y planificación de la obra. En este sentido se ha propuesto la ejecución de las obras en función del inicio del periodo vegetativo y de la época de cría de las principales especies de fauna existentes, concretamente:

Las labores de desbroce no se realizarán durante el periodo de nidificación y cría de las especies faunísticas de interés natural presentes en el entorno y vinculadas al LIC Río Cabe.

Se evitarán los movimientos de tierras en el entorno del cauce durante la época de freza de la trucha, con objeto de que los posibles aportes de tierra al río Cabe no afecten a las puestas.

El promotor asume el diseño de los dispositivos de franqueo de forma que la alimentación del dispositivo sea en lámina libre en todo momento, y la regulación de caudal se realice variando la disposición del umbral inferior de la escotadura de entrada (elevándolo o bajándolo en la medida que sea necesario en cada caso), con el fin de mantener una alimentación en lámina libre y no en chorro sumergido, tal y como solicitaba la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia.

4.2.4 Medio edáfico, protección de los suelos. Durante la fase de construcción podrían aparecer procesos erosivos como consecuencia de los movimientos de tierras, así como situaciones de degradación del suelo por compactación.

En la fase de funcionamiento el efecto será positivo al producirse la estabilización de varios taludes de ribera y el control de los procesos erosivos actuales. Por otro lado, se generará una ocupación del suelo en el entorno de la ribera por la presencia de viales y estructuras, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento.

Para disminuir este impacto el promotor prevé las siguientes medidas:

Utilización de la mínima superficie indispensable para el desarrollo del proyecto.

No afección a los suelos que se encuentran asentados sobre las superficies dedicadas a zonas verdes.

Señalización de las zonas específicas para el paso de maquinaría.

Retirada selectiva del horizonte superficial o vegetal del suelo afectado, almacenándose de forma adecuada, con el fin de mantenerlo en óptimas condiciones hasta su posterior reutilización en los trabajos de restauración o jardinería.

Revegetación de las superficies alteradas por la obra.

Adecuada gestión de productos contaminantes.

Cumplimiento de las prescripciones recogidas en el Real Decreto 9/2005, de 14 de febrero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo, y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados; y en el Real Decreto 679/2006, de 2 de Junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados.

No se contempla la apertura de zonas de préstamo para la obtención de materiales. Las tierras y zahorras necesarios se obtendrán de explotaciones ya autorizadas. Tampoco se prevén zonas de vertedero.

4.2.5 Medio hídrico, protección de la calidad de las aguas. La calidad del agua del río Cabe puede verse afectada durante la fase de ejecución de las obras como consecuencia del arrastre de sedimentos al cauce. Además, la construcción de las escalas de peces requerirá la instalación de varias playas de tierra para construir la cimentación y muros de las estructuras, lo que incrementará el riesgo de contaminación.

Para evitarlo el promotor incluye en el estudio de impacto ambiental, medidas preventivas relativas a:

Establecimiento de barreras de sedimentos (balas de paja envueltas en geotextil) aguas abajo de la zona de obras.

Habilitar balsas de decantación cuando sean previsibles fugas de cemento u hormigón.

Jalonamiento temporal de las zonas de actuación en los puntos más cercanos al cauce del río Cabe durante la construcción de los estribos y apoyos necesarios para las distintas actuaciones.

Diseño de las pasarelas sin pilas dentro del cauce.

Ubicación del parque de maquinaría alejado del río Cabe.

Prohibición de atravesar corrientes de agua con maquinaria durante la ejecución de las obras.

Construcción de las escalas de peces en épocas de caudales bajos y fuera del periodo de freza de la trucha.

4.2.6 Protección del paisaje. Las nuevas infraestructuras provocarán una modificación del paisaje existente, al introducir elementos que no son propios del medio. Durante la fase de construcción, las afecciones sobre el paisaje vienen ocasionadas por una alteración del contraste cromático y estructural, inclusión de nuevas infraestructuras y modificación de la ordenación del territorio, variación de la diversidad paisajística al introducir elementos no propios del medio, la introducción de nuevas líneas geométricas y la ordenación de los terrenos distribuidos por zonas. Durante la fase de funcionamiento, la modificación del paisaje es consecuencia de la presencia de nuevos elementos geométricos como las pasarelas y los viales (sendas), que implicarán afecciones sobre el paisaje en la ribera del río Cabe.

Para conseguir la máxima integración del proyecto, tal y como se expone en el Estudio de impacto e integración paisajística realizado por el promotor, según las prescripciones incluidas en la Ley 7/2008, de 7 de julio, de protección del paisaje de Galicia, se propone una estrategia de integración de forma que se conserven y mejoren las condiciones ambientales del entorno, favoreciendo las características ecológicas del entorno ripario y teniendo como fin los siguientes objetivos:

Objetivos ecológicos: promover las especies florísticas autóctonas; favorecer las especies faunísticas de la zona aportándoles refugio y alimento; recuperar los espacios degradados y mantener el régimen fluvial natural del río Cabe.

Objetivos sociales: creación de lugares de ocio y esparcimiento; promover actividades lúdicas y deportivas en el entorno del medio fluvial (paseos; uso de la bicicleta, senderismo, deportes autóctonos, etc.); mejorar el aspecto estético del tramo y favorecer el acercamiento de los ciudadanos al bosque de ribera y su entorno (frutos silvestres, sombra, sonido del agua, paisaje, etc.).

La búsqueda de la mayor integración de los elementos proyectados se concreta en una correcta elección de los materiales para las sendas que se adapten a las características de los lugares por los que se va a trazar (firmes adaptados al entorno natural en tramos no urbanos, barandillas de madera, etc.) que se adapten en textura, estructura y color a las condiciones del entorno, el diseño de las zonas arboladas planteando plantaciones con especies autóctonas que consigan la máxima armonía con las formaciones vegetales naturales ya existentes y el diseño de las pasarelas utilizando materiales (en su mayor parte madera) que consigan la máxima adaptación funcional y estética en los lugares que se instalarán.

Los criterios, prescripciones y medidas considerados por el promotor en el diseño de las actuaciones proyectadas consideran las formas; la textura y el color; y visibilidad.

4.2.7 Patrimonio cultural. El proyecto implica actuaciones sobre los azudes del Molino de Cobas y del Molino de Aceña Nova, así como en el canal de restitución del Molino de Aceña Nova. Según la prospección arqueológica aportada por el promotor, el resto de elementos catalogados no se verán afectados directamente por las obras, tan sólo en algunos casos se actuará sobre sus áreas de protección.

El promotor indica que, como medida preventiva, se procederá a la señalización y el balizamiento de los elementos patrimoniales que la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Galicia considere pertinentes, y se realizará el control arqueológico de las zonas afectadas por las obras. Del mismo modo, se evitará cualquier afección al puente romano situado sobre el río Cabe, y se evitará el paso de maquinaria sobre los dos azudes y los respectivos canales en los molinos de Cobas y Aceña Nova.

4.2.8 Medio socioeconómico, protección de la población. El tránsito de vehículos y maquinaria de la obra afectarán al entorno urbano de Monforte de Lemos, pudiendo provocar ruidos, disminución de la calidad del aire, molestias al tráfico, modificación de accesos reduciendo el número de aparcamientos y cerrando calles temporalmente. En el estudio de impacto ambiental se recoge que se tomarán medidas de planificación y control de ruidos y gases con el fin de disminuir las afecciones a la población.

En la fase de explotación la mejora de la conectividad longitudinal y transversal del río Cabe supondrá un impacto positivo para los habitantes de la zona.

4.3 Seguimiento ambiental de las medidas propuestas. El estudio de impacto ambiental contiene un programa de vigilancia ambiental con los objetivos de garantizar la correcta ejecución de las medidas preventivas y correctoras previstas; comprobar la eficacia de esas medidas; e identificar impactos no previstos.

El programa incluye controles y seguimiento sobre los siguientes factores durante la fase de construcción:

Calidad atmosférica: control de niveles de ruido y polvo; mantenimiento periódico de la maquinaria y vehículos de obras; y verificación de la ejecución de los riegos en las zonas de movimientos de tierras.

Agua: seguimiento de la calidad de las aguas mediante análisis físico-químicos en el río Cabe por su proximidad al ámbito de actuación; revisión de los cambios de aceite y manejo de otras sustancias; y verificación del correcto uso de los viales de obra.

Erosión. Seguimiento de posibles fenómenos erosivos; y control de la retirada y correcto acopio de la tierra vegetal.

Vegetación: seguimiento de la mínima superficie de ocupación; control de afección directa o indirecta a masas vegetales de las inmediaciones; inspección del material empleado en la revegetación; y seguimiento de las labores de siembras y revegetaciones.

Fauna: comprobación de la afección de las obras sobre especies animales con algún estado de protección en sus épocas de reproducción o cría; y verificación de la correcta ejecución de las escalas de peces.

Paisaje: seguimiento de las superficies ocupadas; y de los materiales utilizados en cuanto a formas y colores de las instalaciones.

Medio socioeconómico y patrimonio cultural: seguimiento del nivel de ruidos y molestias; vigilar la afección a carreteras y vías públicas; control de garantía en el acceso a parcelas colindantes; seguimiento arqueológico.

Durante la fase de explotación se prevé el seguimiento durante un periodo de dos años de los siguientes factores:

Agua: funcionamiento de las redes de drenaje superficiales y aparición de vertidos.

Erosión: aparición de fenómenos erosivos.

Vegetación: comprobación de que no se produce degradación de las formaciones vegetales cercanas y control del desarrollo de la vegetación instalada (porcentaje de marras).

Fauna: comprobación de variaciones en la composición y comportamiento de las comunidades faunísticas; y eficacia de escalas de peces.

Paisaje: estado de las instalaciones.

5. Condiciones al proyecto.

Para el desarrollo de las alternativas propuestas por el promotor, además de las medidas previstas en el estudio de impacto ambiental, se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:

5.1 Protección de la vegetación. El promotor prevé medidas relativas al mantenimiento de la vegetación actual. No obstante, la definición afectiva sobre el terreno del camino peatonal-carril bici en el entorno de la ribera del río Cabe deberá realizarse de tal forma que asegure la mínima afección, tanto por apeo como por daños durante las obras, a la vegetación arbórea del hábitat de interés comunitario 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior.

En consecuencia, con el objeto de asegurar esa mínima afección, el replanteo definitivo del citado camino se realizara con la participación de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia.

Además el proyecto incluirá la protección efectiva de los ejemplares arbóreos inmediatos al camino peatonal-carril bici. Para su protección se emplearán tablones de madera rodeando el tronco u otro sistema en función de la necesidad de protección.

5.2 Protección de la fauna. El promotor prevé la ejecución de las obras en función del inicio vegetativo y de la época de cría de las principales especies de fauna. No obstante, no aporta detalle sobre el inicio y el final de la obra. En consecuencia el promotor establecerá antes del inicio de las obras en coordinación con la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia, un plan de obra compatible con los periodos más sensibles de la fauna del entorno.

5.3 Especificaciones para el seguimiento y vigilancia ambiental. Se designará un Director Ambiental de las obras que, sin perjuicio de las competencias del Director Facultativo de las obras, será el responsable del seguimiento y vigilancia ambiental, lo que incluirá, además del cumplimiento de las medidas propuestas, la presentación de un registro del seguimiento de las mismas y de las incidencias que pudieran producirse, ante los organismos competentes, así como recoger las medidas a adoptar no contempladas en el estudio de impacto ambiental y en la documentación complementaria.

Durante la fase de construcción y la fase de explotación se elaborarán informes anuales e informes especiales, en respuesta a circunstancias excepcionales, así como un informe final que contendrá el resumen y conclusiones de todas las actuaciones de seguimiento y vigilancia desarrolladas y de los informes emitidos.

El seguimiento de la fase de explotación de dos años previsto en el estudio de impacto ambiental se extenderá un año más.

Los informes del programa de vigilancia ambiental indicados anteriormente quedarán a disposición de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

Considerando las características de las actuaciones proyectadas y la fragilidad del medio en que estas se insertan, la vigilancia ambiental se extremará en la fase de ejecución del camino peatonal-carril bici en el entorno de la ribera del río Cabe, donde la correcta ejecución de las obras deberá asegurar la compatibilidad ambiental del proyecto.

El promotor deberá incluir en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado que se instalen sobre el terreno, la referencia del BOE en el que se ha publicado esta declaración de impacto ambiental.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Acondicionamiento del cauce y márgenes del río Cabe a su paso por Monforte de Lemos (Lugo), tramo: A Compañía –Núcleo de Piñeira, término municipal de Monforte de Lemos (Lugo), al concluirse que siempre y cuando se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedarán adecuadamente protegidos el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 9 de julio de 2013.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

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