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Documento BOE-A-2013-7776

Resolución de 1 de julio de 2013, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convoca el XXXV Curso Superior de Estudios Territoriales y Urbanísticos. Técnico Urbanista. Segundo año.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2013, páginas 52474 a 52478 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2013-7776

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Resolución de 3 de julio de 2012, del Instituto Nacional de Administración Pública, se convocó el «XXXV Curso Superior de Estudios Territoriales y Urbanísticos» (BOE del 5). El ciclo de estudios de Urbanismo tendente a la obtención del Diploma de Técnico Urbanista consta de dos cursos independientes entre ellos, a la vez que complementarios, denominados Curso Superior de Estudios Territoriales y Urbanísticos, primer y segundo año, con una duración de 300 horas lectivas cada uno, obteniéndose al finalizar el primero el certificado correspondiente, y al terminar el segundo, el Diploma de Técnico Urbanista.

El objeto de esta resolución es convocar el segundo período lectivo del ciclo de estudios de Urbanismo.

Por ello, esta Dirección ha adoptado la siguiente resolución:

Primera. Objeto.

Mediante esta resolución se convoca el «XXXV Curso Superior de Estudios Territoriales y Urbanísticos (segundo año)», con identificación FLP141001, cuyo objetivo es completar la formación teórica y práctica del XXXV Curso Superior de Estudios Territoriales y Urbanísticos (primer año mediante la profundización y ampliación de la formación recibida en aquel, la orientación y mejora de la toma de decisiones en los procesos de transformación urbana, que permitan alcanzar la eficacia de los instrumentos de intervención precisos para la planificación y gestión de la ciudad en un modelo de desarrollo integrado, equilibrado y sostenible.

El número de plazas convocadas es de 40.

Segunda. Destinatarios y requisitos.

1. Podrá solicitar este curso el personal vinculado a las Administraciones locales, otras Administraciones públicas, profesionales libres en ejercicio y titulados universitarios cuyas actividades profesionales estén relacionadas con la aplicación de cada una de las disciplinas especializadas que convergen en la ordenación del territorio y el urbanismo, así como en la gestión de la ciudad, o estén interesados en ellas, y que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser licenciado, arquitecto o ingeniero en cualquier facultad universitaria o escuela técnica superior; graduado, máster o doctor.

b) Haber obtenido el certificado del Curso Superior de Estudios Territoriales y Urbanísticos (primer año); el certificado de Estudios de Urbanismo del INAP, o de aprovechamiento en los cursos de urbanismo anteriores del IEAL (básico, superior o curso de Estudios Territoriales y Urbanísticos, etc.), o un título similar de algún curso en materia de ordenación territorial o urbanismo, cuyo contenido y duración fuera equiparable a los anteriormente expresados, e impartido por otras instituciones públicas o privadas españolas o extranjeras.

2. Tendrán preferencia en el proceso de selección los alumnos del «XXXV Curso Superior de Estudios Territoriales y Urbanísticos (primer año)», así como las promociones precedentes de los cursos de urbanismo impartidos en el INAP e IEAL.

Tercera. Régimen lectivo, fechas y lugar de realización.

El curso tendrá una duración de 300 horas lectivas, en horario de mañana y tarde, y sus fechas de impartición serán las siguientes:

27 a 31 de enero de 2014.

17 a 21 de febrero de 2014.

10 a 14 de marzo de 2014.

31 de marzo a 4 de abril de 2014.

21 a 25 de abril de 2014.

19 a 23 de mayo de 2014.

9 a 13 de junio de 2014.

22 a 26 de septiembre de 2014.

17 a 21 de noviembre de 2014.

El curso se impartirá en la sede del Instituto Nacional de Administración Pública de la calle Atocha, 106, Madrid.

Cuarta. Programa.

El programa del curso será el siguiente:

I. Derecho Urbanístico II (52.5 horas lectivas).

1. Instrumentos de intervención en el mercado inmobiliario.

2. Convenios urbanísticos.

3. Instrumentos jurídicos de la regeneración urbana.

4. Urbanismo y Registro de la Propiedad.

5. Urbanismo y Derecho Penal.

6. El contencioso del urbanismo.

7. Talleres:

a) Proyecto de reparcelación.

b) Proyecto de expropiación.

c) Convenio urbanístico.

d) Expediente sancionador.

Presentación de los Talleres: (4,5 horas lectivas).

II. Regulaciones Sectoriales con incidencia en el Urbanismo (52,5 horas lectivas).

1. Aguas.

2. Costas.

3. Patrimonio histórico.

4. Carreteras y ferrocarriles.

5. Vías pecuarias.

6. Redes energéticas.

7. Puertos y aeropuertos.

8. Grandes establecimientos comerciales.

9. Defensa nacional.

10. Residuos.

11. Protección de la biodiversidad.

12. Calidad del aire.

13. Ruido.

14. Actividades extractivas.

15. Actividades clasificadas.

16. Autorización ambiental integrada.

17. Contabilidad y fiscalidad ambiental.

18. Responsabilidad por daños al medio ambiente.

19. Territorios insulares.

III. Seminarios (28,5 horas lectivas).

1. Las ciudades, nuevos actores mundiales.

2. Urbanismo, turismo y desarrollo sostenible.

3. Transformación urbana: barrio de La Mina.

4. Cohesión social y urbanismo.

5. Planes de ordenación del litoral.

6. Experiencias prácticas.

IV. Talleres (127,5 horas lectivas).

Los objetivos básicos de esta fase del curso se dirigen a explicitar la práctica aplicativa de conocimientos y contenidos teóricos que se han venido desarrollando a lo largo del curso.

Sobre esta base, se establece un marco comprensivo global denominado Instrumentación del desarrollo urbano, que se desagrega en cuatro talleres de contenido especialmente práctico e intencionadamente contrastable con la realidad urbanística concreta, con la finalidad de elaborar documentos propositivos sobre el desarrollo urbano de un municipio determinado, realizados por los alumnos agrupados en siete equipos de trabajo (7-8 alumnos por grupo).

Los talleres se desarrollarán, por tanto, sobre dos contenidos: uno, de carácter más analítico, sobre ejemplos paradigmáticos concretos llevados a cabo en algún municipio español, en reuniones de trabajo de tipo seminario (junto al director del taller); y un segundo contenido, de carácter práctico, que permita conformar una propuesta aplicable a un municipio concreto de dimensiones geográficas y urbanas de tamaño medio, elegido por el grupo de alumnos (que servirá de base para los cuatro talleres) y que constituye un instrumento de desarrollo urbano análogo a los analizados.

Taller 1. Planificación estratégica: estrategias y programación del desarrollo urbano.

Taller 2. Gestión patrimonial: intervención en la ciudad consolidada.

Taller 3. Intervención urbanística y medio ambiente: producción de nuevo suelo urbanizado.

Taller 4. Evaluación económica: análisis de la sostenibilidad económica de una actuación de urbanización.

Quinta. Certificación.

1. Se otorgará el Diploma de Técnico Urbanista a los alumnos que hayan cumplido el régimen de asistencia establecido en la convocatoria y superen las pruebas de evaluación del aprovechamiento que seguidamente se indican:

a) Un trabajo individual de investigación sobre un tema propuesto por el alumno y relacionado con el área jurídica o con alguno de los contenidos de los seminarios. La propuesta de tema se acompañará de un guión de desarrollo y se presentará en el Registro de Entrada del INAP, dirigido al Subdirector de Programas Formativos en Administración Local, antes del 31 de enero de 2014. El INAP comunicará al alumno la aceptación del tema o, en su caso, las adaptaciones necesarias, establecerá los criterios generales para la realización del trabajo y designará para su dirección profesores-tutores o especialistas en la materia. El trabajo se presentará a través del Registro de Entrada del INAP antes del 23 de septiembre de 2014.

b) Un trabajo en equipo que se llevará a cabo, durante el desarrollo de los talleres, por los equipos que se constituyan y que serán dirigidos por los profesores-directores de los talleres. El trabajo se presentará a través del Registro de Entrada del INAP antes del 26 de septiembre de 2014.

2. Las pruebas serán calificadas de 0 a 10 puntos y será necesario para superarlas un mínimo de 5 puntos. La nota final se obtendrá de sumar las puntuaciones, de acuerdo con la siguiente ponderación: trabajo individual, 60%; trabajo en equipo, 40%.

3. Una comisión de evaluación evaluará los trabajos individuales y de equipo realizados durante el curso, ante la cual se expondrán públicamente.

Sexta. Derechos de matrícula.

Los derechos de matrícula se establecen en 2.900 euros. El pago deberá efectuarse mediante ingreso en metálico o cheque nominativo a nombre del Instituto Nacional de Administración Pública ante el Servicio de Régimen Económico del Instituto o mediante giro postal o transferencia bancaria a la cuenta «Cuenta restringida de ingresos Instituto Nacional de Administración Pública», número 2100 5731 77 0200069213, de La Caixa (Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona), oficina institucional, paseo de la Castellana, 51; 28046, Madrid, indicando su nombre y apellidos, corporación o Administración, en su caso, y la denominación del curso. El número de identificación fiscal del INAP es Q-2811002-A. Deberá acreditarse el abono de los derechos de matrícula a la incorporación al curso. El impago será motivo suficiente para causar baja en el curso.

Séptima. Solicitudes.

Quienes deseen participar en el curso deberán presentar antes del día 4 de noviembre de 2013 la solicitud que figura en la página web del INAP (http://www.inap.es) entrando en «Aprendizaje» y, a continuación, en «Formación en Administración Local». En este apartado se publicará la información relativa al curso. Ejecutando la opción «Inscripción» se tendrá acceso al formulario en el que podrán cumplimentar los campos oportunos. Una vez realizado, deberá ejecutarse la opción «Grabar y enviar» para completar la transmisión telemática de datos. A partir de ese momento, se generará una copia del modelo de solicitud que el interesado deberá imprimir y pasar a la firma del superior jerárquico, la cual deberá conservar en su poder hasta que, en el caso de considerarlo necesario, se solicite su presentación.

El interesado deberá indicar en su solicitud, además de sus datos personales, profesionales y académicos, los motivos que le animan a participar en el curso incidiendo especialmente en el interés objetivo de la organización en la que presta sus servicios. El INAP podrá requerir al interesado la ampliación de la información recogida en la solicitud.

El envío de la solicitud debidamente cumplimentada supone la aceptación expresa de las bases, normas y procedimientos que rigen dicho curso.

Octava. Documentación que acompaña a la solicitud.

Excepto los alumnos que estén cursando en 2013 el XXXV Curso Superior de Estudios Territoriales y Urbanísticos (primer año), los solicitantes deberán enviar en soporte informático a la dirección de correo electrónico curso.urbanismo@inap.es la siguiente documentación:

a) En el caso de funcionarios o personal que preste servicios en corporaciones locales u otras Administraciones, un informe suscrito por el superior jerárquico en el cual se justifiquen las necesidades formativas. Si se formulan varias solicitudes de una misma corporación o Administración para asistir al curso, el informe deberá expresar el orden de prioridad entre ellas.

b) En el caso de profesionales libres en ejercicio y titulados universitarios, una justificación acreditativa del interés en asistir al curso, detallando la motivación que les anima a su realización, así como una certificación de la titulación superior acreditada y del desempeño de puestos de trabajo o de la experiencia profesional.

c) En el caso de alumnos que pretendan acceder al segundo año a partir de la acreditación de una formación no impartida por el INAP o el IEAL, la documentación certificada que acredite la realización de los cursos llevados a cabo, su superación, duración y contenidos de los programas, que deberán coincidir con los del primer curso de la titulación de Técnico Urbanista del INAP.

Novena. Selección.

1. La Subdirección de Programas Formativos en Administración Local seleccionará a los asistentes de entre las solicitudes que cumplan los requisitos, atendiendo al perfil de los candidatos en relación con los objetivos del curso.

2. De acuerdo con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en el plazo de un año al servicio activo, procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleados públicos y empleadas públicas. Asimismo, se reservará al menos un 40 por 100 de las plazas en los cursos de formación para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.

3. En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se valorará como criterio de selección a quienes se encuentren afectados por una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por ciento. Las personas con discapacidad que soliciten el curso podrán hacer constar tal circunstancia en la inscripción, y podrán indicar, asimismo, las adaptaciones necesarias en el curso formativo, siempre y cuando hayan sido seleccionadas.

Décima. Régimen de asistencia.

Los alumnos habrán de asistir con regularidad al curso. Una inasistencia superior al diez por ciento en el cómputo total de horas lectivas programadas imposibilitará la expedición de la certificación y dará lugar a la baja en el curso, con pérdida de todos los derechos.

Undécima. Valoración.

A los efectos de lo previsto en el artículo 1.D) de la Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter estatal, en relación con lo establecido en la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública («Boletín Oficial de Estado» de 8 de noviembre), la valoración es 1,90 puntos.

Madrid, 1 de julio de 2013.–El Director del Instituto Nacional de Administración Pública, Manuel Arenilla Sáez.

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