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Documento BOE-A-2013-7087

Resolución de 18 de junio de 2013, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a las entidades colaboradoras por la gestión de las subvenciones concedidas en el marco del programa de cooperación interuniversitaria con Brasil, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 2013, páginas 48905 a 48906 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-7087

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en las Órdenes EDU/1639/2010, de 8 de junio, y EDU/1510/2011, de 25 de mayo, por la que se convocan subvenciones para la cooperación interuniversitaria con Brasil, al amparo del Convenio de Cooperación suscrito entre el anterior Ministerio de Educación, Cultura y deporte y el Ministerio de Educación de Brasil, se indica que las entidades a las que están adscritos los beneficiarios de la convocatoria asumirán la condición de entidad colaboradora.

Al respecto y de conformidad con dicha normativa, las Universidades de adscripción de beneficiarios del citado programa vienen suscribiendo el correspondiente Convenio de colaboración, en el que se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3, m), de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la entidad colaboradora recibirá como compensación por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una subvención proporcional al número de beneficiarios activos, cuya cuantía se fijará anualmente a través de resolución del Secretario General de Universidades.

Por las razones expuestas, esta Secretaría General ha resuelto:

1. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido para las subvenciones del Programa de Cooperación Interuniversitaria con Brasil y en los correspondientes Convenios firmados con las entidades colaboradoras, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de estas ayudas se establece en ciento veinticinco euros por beneficiario de las ayudas de las submodalidades A.1. y A.3, así como de doscientos cincuenta euros, en el caso de beneficiarios de la submodalidad A.2. Asimismo, por la gestión de las subvenciones para talleres y seminarios, modalidad B, las entidades percibirán ciento veinticinco euros por cada proyecto financiado.

2. La compensación referida al ejercicio 2012, por un importe de 8.750,00 euros, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.06 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2013.

3. En el anexo de la presente resolución se relacionan las entidades colaboradoras y la cuantía de la compensación que les corresponde por el número de beneficiarios activos en el ejercicio 2012, en las distintas modalidades del programa, así como en las submodalidades correspondientes.

Madrid, 18 de junio de 2013.–El Secretario General de Universidades, Federico Morán Abad.

ANEXO
Importe de la compensación económica a las entidades colaboradoras, por la gestión de subvenciones para el Programa de Cooperación Interuniversitaria con Brasil

 

N.º proyectos modalidad B

N.º beneficiarios estancias movilidad

N.º beneficiarios Predoctorales

N.º beneficiarios posdoctorales

Total beneficiarios programa

Total gastos gestión programa

Universidad Autónoma de Barcelona

2

5

0

0

7

875,00

Universidad Autónoma de Madrid

0

1

0

0

1

125,00

Universidad Carlos III

2

 

0

1

3

500,00

Universidad Complutense de Madrid.

3

3

0

0

6

750,00

Universidad de Alicante

0

4

1

0

5

625,00

Universidad de Almería

0

1

0

0

1

125,00

Universidad de Barcelona

3

1

0

0

4

500,00

Universidad de Castilla-La Mancha

0

1

0

0

1

125,00

Universidad de Girona

0

2

0

0

2

250,00

Universidad de Granada

0

1

0

0

1

125,00

Universidad de Huelva

2

 

0

0

2

250,00

Universidad de Lleida

1

 

0

0

1

125,00

Universidad de Málaga

0

2

0

0

2

250,00

Universidad de Murcia

0

1

1

0

2

250,00

Universidad de Oviedo

0

1

0

0

1

125,00

Universidad de Salamanca

0

2

0

0

2

250,00

Universidad de Valencia/Estudi General

0

3

0

0

3

375,00

Universidad de Valladolid

0

2

1

1

4

625,00

Universidad de Zaragoza

0

1

0

0

1

125,00

Universidad Pablo Olavide de Sevilla.

0

1

0

0

1

125,00

Universidad Politécnica de Cataluña

1

1

0

0

2

250,00

Universidad Politécnica de Madrid

1

 

0

0

1

125,00

Universidad Politécnica de Valencia

2

9

0

0

11

1.375,00

Universidad Rey Juan Carlos

0

1

0

0

1

125,00

Universidad Rovira i Virgili de Tarragona

0

1

0

0

1

125,00

Universitat Jaume I de Castelló

0

2

0

0

2

250,00

Total

17

46

3

2

68

8.750,00

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