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Documento BOE-A-2013-686

Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Saneamiento y depuración de la comarca agraria de Hervás, términos municipales de Hervás y otros (Cáceres).

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2013, páginas 4173 a 4189 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-686

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado b) del artículo 3.2 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1.ª del capítulo II de la citada Ley, por decisión del entonces Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 12 de diciembre de 2005, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente formular, por delegación del Ministro, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).

El objeto del proyecto es dotar a cada uno de los municipios afectados de la infraestructura necesaria para la depuración de sus vertidos residuales, de acuerdo con lo establecido en la Directiva 91/271/CEE, de 21 de mayo, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, incorporada al ordenamiento jurídico español por el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las Normas Aplicables al Tratamiento de las Aguas Residuales Urbanas.

Las obras proyectadas se localizan en los términos municipales de Baños de Montemayor, La Garganta y Hervás (Cáceres) y consisten en el acondicionamiento y ampliación de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) existente en Hervás, y la construcción de los colectores necesarios para tratar un caudal adicional proveniente de las poblaciones de Baños de Montemayor y La Garganta. Las principales características de la citada EDAR tras su ampliación son:

EDAR Hervás

Invierno

Verano

Capacidad de depuración (habitantes-equivalentes).

7.962

15.963

Superficie de ocupación prevista (m2).

15.397,01

Tanque de tormentas.

Caudal máximo horario (m3/h).

859,51

1.724,52

Volumen (m3).

968

Superficie útil (m2).

242

Caudal medio diario (m3/h).

85,95

172,45

Caudal máximo en pretratamiento (m3/h).

257,85

517,36

Caudal máximo en decantación primaria (m3/h).

257,85

517,36

Caudal máximo futuro tratamiento pluviales (m3/h).

859,51

1.724,52

Los colectores irán enterrados y se han dimensionado para un caudal de diseño de diez veces el caudal medio de verano. Sus pendientes máximas se limitan a no superar la velocidad de 5 m/s en el caso de aguas de pluviales y 3 m/s para las aguas negras. Los colectores proyectados son:

Ubicación

Descripción

Diámetro

(mm)

Longitud

(m)

La Garganta-Baños de Montemayor.

Colector La

Garganta-Baños de Montemayor

Colector V1: parte del punto de vertido V1 hasta conectar con la red de saneamiento existente en Baños de Montemayor.

400

3.024,96

500

62,91

La Garganta.

Colector V2: recoge el punto de vertido V2 hasta conectar con el colector V1.

400

113,96

Colector V3: recoge el punto de vertido V3 hasta conectar con el colector V1.

300

417,7

Baños de Montemayor.

Colector visitable V1: recoge las aguas de lluvia y las dirige hasta la galería existente (galería V2).z

 

811

Colector margen izquierdo: recorrerá el margen izquierdo de la galería V1 existente, recogiendo diversos vertidos del municipio hasta entroncar con el colector de la margen derecha.

400

574

Colector margen derecho: recorrerá el margen derecho de la galería V1 existente, recogiendo diversos vertidos del municipio hasta entroncar con el colector de la margen izquierda.

400

602,51

Colector de conexión con la actual red de saneamiento.

400

145,93

600

172,34

Hervás.

Colector de conexión del emisario actual de Baños de Montemayor con la EDAR.

400

2.650

Colector en impulsión desde la estación de bombeo proyectada* hasta la red de saneamiento del municipio.

100

350

*Se incluye en el proyecto la construcción de una estación de bombeo situada en un polígono industrial en crecimiento del municipio de Hervás.

Asimismo, a lo largo de la traza y generalmente en puntos de conexiones de diferentes colectores, se dispondrán aliviaderos para evacuar el exceso de pluviales. Dichos aliviaderos se dimensionan para dejar pasar únicamente el caudal de diseño.

Las principales características del agua bruta a tratar son:

Parámetro

Invierno

mg/l

Verano

mg/l

Demanda Biológica de Oxígeno media (DBO5)

231,58

231,41

Demanda Química de Oxígeno media (DQO)

463,17

462,82

Sólidos en suspensión medio (SS)

289,48

289,26

Nitrógeno medio (N)

46,32

46,28

Fósforo medio (P)

11,58

11,57

El proceso de depuración que se llevará a cabo en la EDAR es el de fangos activos de baja carga másica en aireación prolongada. Consistirá en un pretratamiento con: pozo de gruesos para retirada de residuos dotado de una reja de predesbaste de 80 mm de paso; desbaste de gruesos en canal mediante una reja de gruesos automática y una manual para by-pass, ambas de 50 mm de paso; bombeo del agua bruta; desbaste de finos mediante dos tamices automáticos de 3 mm de paso tipo step screen, instalándose como by-pass una reja automática de 10 mm de paso; desarenado-desengrasado. Posteriormente, se realiza un tratamiento con un decantador primario circular de tipo rasquetas.

Tras el primario, se proyecta un tratamiento con reactor biológico de tipo carrusel, con eliminación de nitrógeno. El oxígeno necesario para la ejecución de las reacciones se tomará del aire atmosférico, realizándose la transferencia al agua residual por medio de soplantes que lo inyectan en difusores sumergidos de burbuja fina. Asimismo, a las cubas de aireación se les dotará de agitadores sumergidos. Además, se realiza una eliminación biológica y química del fósforo mediante cloruro férrico.

La decantación secundaria se realiza mediante decantadores secundarios circulares de flujo vertical de alto rendimiento equipados con rasquetas de fondo, rasquetas de superficie, equipo de purga de fangos y puente radial de arrastre periférico.

En cuanto a la línea de fangos, los fangos activados acumulados en el fondo del decantador secundario se conducirán hasta el reactor biológico. La biomasa en exceso se bombeará a la entrada del espesador de fangos por gravedad. Una vez espesados, los fangos se someterán a un proceso de deshidratación mecánica en máquina decantadora centrífuga. Finalmente, la torta de fangos deshidratados se transportará a la Planta de tratamiento de lodos de depuración de Mirabel y si es posible, se utilizarán en el sector agrario.

El efluente generado tras la depuración cumplirá con los siguientes límites de vertido:

DBO5: 25 mg/l

NH4: 15 mg/l

SS: 35 mg/l

Fósforo: 2 mg/l

Los fangos cumplirán como mínimo con los siguientes valores:

Sequedad: 22 %.

Reducción materia volátil: 40 %.

Para la alimentación eléctrica de la EDAR se derivará una línea de media tensión subterránea de 150 m de longitud hasta la parcela en donde se ubica la EDAR, en la que también se instalará un centro de transformación de 400KVA tipo interior, estableciéndose el punto de entronque en el apoyo nº 9 de la línea Salugral- Hervás (AT-1223/1). Asimismo, se dispondrá una línea de baja tensión subterránea de 100 m de longitud, para conectar el centro de transformación existente en el paraje Los Picozos con la estación de bombeo proyectada.

Asimismo, para garantizar la comunicación entre el núcleo de población y la EDAR, se proyecta un camino nuevo de acceso de 5 m de ancho desde la carretera comarcal de Hervás a Aldeanueva del Camino.

Las distintas alternativas contempladas en el proyecto se recogen más detalladamente en el apartado 4.1, análisis ambiental para selección de alternativas de la presente declaración.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

La zona de estudio se enmarca en la Comarca Agraria de Hervás, dentro de la cuenca hidrográfica del Tajo, destacando entre los cauces fluviales existentes los ríos Ambroz, Baños y de La Garganta.

Dentro de la vegetación actual aparece una superficie forestal formada por robledal (Quercus pyrenaica); castañares cultivados (destacando el castañar de Hervás); matorral en zonas altas, sobre todo piorno serrano (Cytisus purgans) y brezo (Erica arborea); y alcornocal (Quercus suber), encinar (Quercus ilex) y fresnedas (Fraxinus sp.) en zonas bajas. Por otro lado, la superficie agrícola está compuesta principalmente por prados, olivares y cereales. Respecto a la vegetación de ribera, está formada por chopos (Populus sp.), fresnos (Fraxinus sp.), sauces (Salix sp.) y rebollos (Quercus pyrenaica). Por último, dentro de la flora amenazada destacan las especies cañuela (Festuca summilusitanica), festuca (Festuca elegans), verónica (Veronica micrantha), isoetes (Isoetes boryana) y narciso (Narcissus pseudonacissus nobilis) incluidas en el anexo II de la Ley 42/2007, de  13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y catalogadas las tres primeras como de interés especial según el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (CREAE).

Respecto a la fauna, en el área de estudio destaca la posible presencia de desmán ibérico (Galemys pyrenaicus) y topillo de Cabrera (Microtus cabrerae) catalogado el primero como en peligro de extinción y el segundo como de interés especial según el citado catálogo regional, estando el primero además catalogado como en peligro de extinción según el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. Dentro del grupo de los anfibios y reptiles destacan lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi), lagartija serrana (Lacerta monticola) y galápago leproso (Mauremys leprosa) estando el primero catalogado como vulnerable y el segundo como de interés especial según el catálogo regional.

Dentro de los invertebrados destacan caballito del diablo (Coenagrion mercuriale) y ciervo volante (Lucanus cervus), clasificados como vulnerable; así como otras especies catalogadas como de interés especial según el citado catálogo regional: doncella de ondas (Euphydryas aurinia) y libélula (Gomphus graslinii).

Dentro de las aves, en el área de actuación destacan diversas especies catalogadas como de interés especial según el catálogo regional: abubilla (Upupa epops), arrendajo (Garrulus glandarius), lavandera cascadeña (Motacilla cinerea), ratonero común (Buteo buteo), etc.

En relación con la ictiofauna existente, aparece barbo comizo (Barbus comiza) y colmilleja (Cobitis paludica).

Respecto a los espacios protegidos, algunas de las actuaciones proyectadas se ubican sobre el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES4320038 Sierra de Gredos y Valle del Jerte y LIC ES4320013 Granadilla. Asimismo, a unos 3 km al este de la zona de actuación se localiza la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES4150006 Candelario y a más de 500 m al norte el LIC ES4150101 del mismo nombre. Por último, algunas de las actuaciones se localizan en el Área Importante para las Aves (IBA) nº 67 Sierra de Gredos y Candelario.

Respecto a los hábitats incluidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, las actuaciones podrían afectar a los hábitats prioritarios 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea y 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior; existiendo en la zona teselas de otros hábitats catalogados como 9230 Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica, 9260 Bosques de Castanea sativa, entre otros.

Por último, respecto al patrimonio arqueológico destaca la red de alcantarillado romana existente en Baños de Montemayor. Asimismo, en el territorio de estudio existen varias vías pecuarias, destacando la denominada Vía de la Plata y el Cordel del Berrocal que serán atravesadas por el colector proyectado entre el actual vertido de Baños de Montemayor y la EDAR de Hervás.

3. Resumen del proceso de evaluación.

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto:

3.1.1 Entrada documentación inicial. La tramitación se inició el 30 de mayo de 2005, al recibirse en la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación ambiental relativa al proyecto.

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. Con fecha 28 de julio de 2005, la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental inicia el periodo de consultas previas. En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación a la documentación ambiental:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad (actual Subdirección General de Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente).

Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente (actual Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía) de la Junta de Extremadura.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura (actual Consejería de Educación y Cultura) de la Junta de Extremadura.

X

Diputación Provincial de Cáceres.

Ayuntamiento de Baños de Montemayor (Cáceres).

X

Ayuntamiento de Hervás (Cáceres).

Ayuntamiento de La Garganta (Cáceres).

ADENA.

SEO/Birdlife.

Greenpeace.

Ecologistas en Acción de Extremadura.

Amigos de la Tierra España.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Alternativas. La entonces Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura considera que la alternativa 3 seleccionada podría causar afección ambiental, indicando que la alternativa 1 tendría una mínima afección sobre la Red Natura 2000. Posteriormente durante la fase de información pública, se recibe informe de la entonces Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Junta de Extremadura (actual Dirección General de Medio Ambiente), informando favorablemente el proyecto en la alternativa seleccionada, teniendo en cuenta una serie de medidas ambientales que el promotor incorpora al proyecto.

El Ayuntamiento de Baños de Montemayor señala que no disponen de la información necesaria para poder enviar las sugerencias con respecto a temas medioambientales, por lo que solicitan información y planos más detallados.

Hidrología. La entonces Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura señala que las instalaciones del sistema de depuración deberán estar impermeabilizadas y ser estancas, y el dimensionamiento de cada una de las fases que consta dicha instalación deberá ser adecuado al volumen final estimado de vertido. Asimismo, las características del vertido final depurado se ajustarán a lo establecido en las disposiciones vigentes. Por ello, se dispondrá una arqueta de fácil acceso para toma de muestras, a fin de efectuar un control analítico periódico sobre el agua bruta y el agua tratada.

Asimismo, para asegurar el óptimo funcionamiento del sistema depurador es indispensable realizar un mantenimiento adecuado que incluya: retirada periódica de las materias retenidas en el pretratamiento; realización de las operaciones de mantenimiento preventivo necesarias en los elementos mecánicos y eléctricos; comprobación del buen funcionamiento del dosificador del reactivo para el condicionamiento químico del fango y vaciado periódico del exceso de fangos, para lo que se dispondrá una zona totalmente impermeable a fin de evitar arrastres y/o infiltraciones.

Respecto a las aguas y efluentes industriales evacuados a la red de saneamiento, se deberán someter a un tratamiento previo para garantizar que no se obstaculice el funcionamiento de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales, conforme Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, del desarrollo del Real Decreto 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas y se ajustarán a los límites establecidos en las Ordenanzas de vertidos que promulguen los ayuntamientos.

Residuos. La entonces Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura señala que los distintos reactivos empleados en el proceso de depuración, se almacenarán y gestionarán conforme a su normativa específica. Asimismo, los residuos sólidos urbanos generados se dispondrán en contenedores adecuados hasta su posterior traslado a vertedero controlado, conforme a las disposiciones vigentes. Si en el ejercicio de la actividad se generan residuos calificados como peligrosos, se cumplirán las normas establecidas para la gestión de los mismos.

Asimismo la mencionada Dirección General indica que el destino final del fango será el adecuado a su caracterización y composición. En el caso de que su eliminación sea la aplicación controlada como fertilizante agrícola, se regulará conforme a lo establecido en el Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, procediendo a un tratamiento específico en la planta de compostaje de fangos más cercana.

Patrimonio cultural. La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura señala que las medidas correctoras del impacto arqueológico definidas en el anteproyecto referidas a la prospección de trazados (con especial incidencia en la localidad de Baños de Montemayor), seguimiento y control arqueológico de todos los movimientos de tierras en cotas bajo rasante natural se consideran adecuadas, por lo que se emite informe favorable respecto a las mismas.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

La entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental remitió al promotor, con fecha de 12 de diciembre de 2005, el resultado de las contestaciones a las consultas, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

Posteriormente, la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 17 de enero de 2006, remitió al promotor la consulta extemporánea procedente de la Dirección General de Medio Ambiente de la entonces Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Información pública y consultas a administraciones ambientales afectadas. Resultado.

La Dirección General del Agua sometió conjuntamente el proyecto y su correspondiente estudio de impacto ambiental al trámite de información pública mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», número 272, de 11 de noviembre de 2009, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres» número 217, de 11 de noviembre de 2009 y en el «Diario Oficial de Extremadura», número 218, de 12 de noviembre de 2009.

Con fecha de 7 de abril de 2011, tuvo entrada en la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, procedente de la Dirección General del Agua, el expediente que comprendía el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública.

Posteriormente, con fecha 7 de junio de 2011, la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental remitió al órgano sustantivo oficio solicitando el cumplimiento de los artículos 9.3 y 9.5 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Dicha solicitud fue reiterada el día 17 de abril de 2012, recibiéndose la respuesta a la citada solicitud con fecha 30 de abril 2012.

Se consultó a las administraciones afectadas y organismos que fueron previamente consultados en la fase de consultas, en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Recibiéndose informes de los siguientes organismos: Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente (actual Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía) de la Junta de Extremadura, la Diputación de Cáceres y los ayuntamientos de Baños de Montemayor y Hervás.

Como resultado del periodo de información pública se recibió una alegación procedente de la empresa A.S. Yuste S.L.

A continuación se resumen los aspectos ambientales más significativos del proceso de participación pública:

Alternativas seleccionadas. La Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura recuerda que durante la selección de alternativas se escogerán aquellas en que los movimientos de tierras sean los menores precisos, no supongan un riesgo de erosión o de afección a un curso de agua, y se respete al máximo la vegetación autóctona existente.

Los informes recibidos de los Ayuntamientos de Baños de Montemayor y Hervás, indican que el proyecto dañaría la imagen de la comarca, dado que las instalaciones a realizar tendrían un impacto visual negativo. Por ello proponen la creación de una sola estación de depuración por debajo del pueblo de Abadía donde depurarían La Garganta, Baños de Montemayor, Hervás, Gargantilla, Aldeanueva del Camino y Abadía. Asimismo, el ayuntamiento de Baños de Montemayor plantea una serie de alternativas para los distintos colectores proyectados, al considerar que algunos no son compatibles con el planeamiento urbanístico en tramitación o suponen una solución incompleta a la problemática existente.

Finalmente, la mercantil A.S. Yuste S. L. plantea una modificación en el colector proyectado de la margen izquierda en Baños de Montemayor, por afectar a un solar urbano privado sin consentimiento del propietario.

El promotor considera que la alternativa finalmente planteada es la más viable desde el punto de vista ambiental, la alternativa de una sola estación de depuración por debajo del pueblo de Abadía necesitaría realizar conducciones de gran longitud en zona LIC, provocando gran impacto ambiental. En cuanto al posible impacto visual negativo de la alternativa seleccionada, se aplicarán medidas de integración paisajística, como pantallas vegetales en el perímetro de la EDAR ya existente en Hervás, y se utilizarán materiales, tonos y texturas que no destaquen en el entorno.

En respuesta a la modificación planteada por Yuste S.L., señala que se reajustará el trazado del colector siempre que no se afecte a nuevas propiedades privadas. Respecto a las modificaciones planteadas por el ayuntamiento de Baños de Montemayor el promotor señala que trasladará el aliviadero de crecidas proyectado, aguas abajo del futuro suelo urbano planificado. Respecto al trazado del colector La Garganta-Baños de Montemayor, indica que las modificaciones propuestas por dicho Ayuntamiento serán incorporadas en el proyecto constructivo.

Contaminación atmosférica. La Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura señala que en los periodos climatológicos más desfavorables por falta de lluvia, se deberá proceder al riego sistemático para evitar la formación de polvo.

Hidrología superficial y subterránea. Los emplazamientos designados para la maquinaría, casetas, depósito de materiales, etc., reunirán las condiciones adecuadas de seguridad ambiental, como situarse alejados de los cauces de los cursos de agua, tal y como indica la Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura. Además, se realizarán controles periódicos de la maquinaria y vehículos para reducir la posibilidad de que se produzcan vertidos. En relación con esto, las tareas de mantenimiento de la maquinaria se realizarán en instalaciones aptas para ello.

Edafología. Según informa la Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, previamente a la ocupación de tierras, se procederá a retirar la tierra vegetal, acopiándose para su posterior utilización en tareas de restauración y revegetación de las áreas alteradas. Asimismo, todos los taludes se diseñarán con pendientes que aseguren su equilibrio y faciliten su revegetación. Respecto a los materiales de préstamos, este organismo recuerda que deberán proceder de una cantera o gravera y que los materiales inertes excedentes se llevarán a un vertedero municipal.

Espacios protegidos, vegetación y fauna. La Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura señala que los terrenos afectados se encuentran incluidos en los LIC Sierra de Gredos y Valle del Jerte y Granadilla. Además, recuerda que antes del comienzo de las obras se deberá contactar con el Agente del Medio Natural de la zona, para que supervise los trabajos e imparta las indicaciones oportunas. Respecto a la vegetación existente, señala que, con el fin de evitar daños sobre algún ejemplar de las especies presentes en la zona, se señalizará visualmente la franja de terreno sobre la que se circulará y se actuará, dejando diferenciadas las zonas en las que no se podrá acceder. Además, recuerda que para cualquier actuación que excepcionalmente haya que realizar (podas, cortas, etc) se comunicará al Agente del Medio Natural, y se solicitará, si procede, la correspondiente autorización.

Por otro lado, respecto a los posibles incendios forestales, se extremarán las medidas y se impartirán las instrucciones precisas en los periodos climatológicos más desfavorables por falta de lluvia, debiendo disponer de equipos de pronta actuación de extinción ante un posible conato.

En cuanto a la fauna, el citado organismo indica que salvo que se dé otra indicación, los trabajos se podrán realizar en cualquier época del año. Además, si se prevé la instalación de un cerramiento o vallado, se deberá dar cumplimiento a lo previsto en la Ley 19/2001, de 14 de diciembre, de modificación de la Ley 8/1990, de 21 de diciembre, de caza en Extremadura.

Por último, para la instalación de las líneas eléctricas, establece una serie de prescripciones y recuerda que se deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 47/2004, de 20 de abril, por el que se dictan Normas de Carácter Técnico de adecuación de las líneas eléctricas para la protección del medio ambiente en Extremadura, así como las prescripciones técnicas que se recogen en el Real Decreto 1432/2008, de  29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna cotra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Paisaje. La Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura indica que en las obras de fábrica, las fachadas que queden a la vista se recubrirán con piedra del lugar o se lucirán o pintarán en colores y tonos que faciliten su integración con el ámbito rural de la zona. Del mismo modo, los hormigones a emplear que vayan a quedar a la vista, deberán estar tintados en tonos terrosos. Asimismo, debido al alto valor cultural y paisajístico que tienen las paredes de piedra, las que se vean afectadas por las obras deberán reponerse a su estado original.

Una vez hayan finalizado todas las obras, se deberá proceder a la recuperación, restauración e integración paisajística de las distintas zonas de actuación y para ello todas las superficies afectadas, se deberán recuperar, acondicionándolas morfológicamente o escarificándolas según los casos, y extendiendo tierra vegetal, procediéndose a su revegetación mediante siembras y plantaciones arbustivas con especies autóctonas. Igualmente, se deberá llevar a cabo una limpieza de todos los restos generados durante la fase de obras, y se restituirán todos los elementos singulares que se pudieran haber sido alterados y/o dañados.

Residuos. A lo largo de todo el periodo que duren las distintas actuaciones, deberá quedar garantizada la gestión adecuada de todos los residuos que se puedan generar, tal y como señala la Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura. Se prestará especial atención para que la limpieza de las hormigoneras se lleve a cabo siempre en el mismo emplazamiento.

Medio socioeconómico. La Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura señala que se deberán mantener y en su caso reponer los actuales accesos a las fincas colindantes.

La Diputación Provincial de Cáceres destaca que dado que se afectará a carreteras, se deberá solicitar la correspondiente autorización al dicho organismo.

El promotor responde que se solicitarán las autorizaciones necesarias a la Diputación Provincial de Cáceres.

Respecto a todo lo indicado por la actual Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura en los apartados anteriores, el promotor señala que asume e integra todos los condicionantes incluidos en el informe técnico elaborado por dicho organismo con fecha 16 de febrero de 2010.

4. Integración de la evaluación.

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. El promotor, de acuerdo al estado actual de las redes de saneamiento y los sistemas de depuración de cada municipio ha propuesto las siguientes alternativas:

Alternativa 1: construcción de dos EDAR (una en La Garganta y otra en Baños de Montemayor) y acondicionamiento y ampliación de la EDAR de Hervás.

Alternativa 2: construcción de una EDAR en Baños de Montemayor para tratar las aguas residuales de La Garganta y Baños de Montemayor y acondicionamiento y mejora en la EDAR de Hervás. Implica la ejecución de un colector que uniera las poblaciones de La Garganta y Baños de Montemayor.

Alternativa 3: acondicionamiento y ampliación de la EDAR de Hervás para tratar un caudal adicional proveniente de las poblaciones de Baños de Montemayor y La Garganta. Implica la ejecución de varios colectores.

Para la evaluación de las diferentes alternativas, se identifican y valoran en el estudio de impacto ambiental los impactos que originarán cada una de ellas sobre el medio ambiente, tanto durante la fase de construcción como en la fase de explotación del proyecto. Para ello se han considerado como elementos del medio susceptibles de ser alterados por la actuación prevista la hidrología, calidad del aire, fauna, flora, suelo, paisaje, espacios protegidos, conservación del patrimonio, nivel de empleo, etc. El estudio de impacto ambiental indica a la vista de los resultados obtenidos, que la alternativa 3 es la más favorable desde el punto de vista medioambiental.

Respecto al sistema de tratamiento elegido, se han comparado los siguientes procesos de depuración: procesos de biomasa fija, biodiscos y biofiltros; fangos activos convencionales y fangos activos de baja carga másica en aireación prolongada. Optándose finalmente por este último, al considerarlo el promotor el más idóneo por producir un efluente de muy buena calidad, con el máximo grado de nitrificación; generar unos fangos en exceso estabilizados; eliminar nutrientes (NH4) y ser un proceso muy flexible en cuanto a las condiciones de operación, lo que, teniendo en cuenta la variación de población estacional, ofrece las mejores garantías de obtener la calidad exigida en el efluente en cualquier época del año.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Medidas preventivas y correctoras. A continuación se recogen los impactos más significativos y las medidas protectoras y correctoras diseñadas para su prevención o minimización, contenidos en la documentación ambiental aportada por el promotor.

Atmósfera

Olores, ruido y emisión de partículas. Durante la ejecución de las actuaciones se producirán emisiones de polvo y ruidos, provocadas por el movimiento de tierras y la circulación de tráfico y maquinaria pesada, mientras que durante el funcionamiento de la EDAR, se generarán ruidos, vibraciones y olores debido a las instalaciones y los procesos de depuración, que podrían provocar molestias en la población del entorno.

El promotor propone medidas encaminadas a la minimización de la generación de polvo y partículas, como la limitación de la velocidad de los camiones que transportan el material a 50 km/h, el uso de protectores para polvos sobre las ruedas de los vehículos utilizados, así como el riego del terreno en los meses de sequía en el entorno de los núcleos de población y viviendas situados a una distancia inferior a 100 m. Además, antes de iniciar el transporte, se deberán retirar los sobrantes que quedan después de la carga de los vehículos sobre las estructuras laterales y se procederá a cubrir con lonas los remolques.

En cuanto al ruido, el promotor indica que la maquinaria utilizada en las obras estará homologada por los servicios técnicos autorizados. En ningún caso se superarán los valores recomendados en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones (Comunidad Autónoma de Extremadura). Además, las instalaciones auxiliares se ubicarán a una distancia mínima de 500 m respecto a las viviendas. Asimismo, los colectores irán enterrados, por lo que el funcionamiento de los mismos no va a repercutir sobre el nivel sonoro del medio. Se realizará la desodorización de la zona de pretratamiento, de deshidratación y del espesador de fangos, mediante un sistema de carbón activo.

Hidrología

Se puede producir una reducción de la calidad de las aguas superficiales, por el aporte de materiales sólidos y vertidos accidentales durante la fase de construcción. Del mismo modo, se pueden producir alteraciones en el régimen de las aguas o infiltración de sustancias contaminantes. En general los colectores no son de gran longitud y no atraviesan cauces, a excepción del colector que recoge los vertidos de La Garganta y los traslada hasta la red de saneamiento de Baños de Montemayor, que atraviesa en su tramo inicial el río de la Garganta por debajo del lecho del cauce.

Las actividades auxiliares (parque de maquinaria, zonas de acopio, campamento de obra, etc.) se ubicarán a una distancia mínima de 200 m de los cauces y embalses.

Durante la fase de funcionamiento, se puede producir una rotura en los colectores que transportan el vertido sin depurar, en cuyo caso el vertido puntual sería recogido por los cauces más próximos, no existiendo acuíferos en la zona de actuación. Sin embargo, la presencia de la planta depuradora de aguas residuales en funcionamiento beneficiará a la hidrología de la zona, ya que se depurará la contaminación causada por los actuales vertidos de aguas residuales, y se mejorará la calidad de las aguas receptoras.

Suelo

En la fase de construcción se producirán movimientos de tierra, compactación del suelo y posibles vertidos accidentales, siendo la ocupación permanente de terreno la principal afección que las actuaciones ocasionarán en la fase de funcionamiento. La superficie a excavar será de 15.775 m2 para el colector que une Baños de Montemayor y La Garganta, 4.200 m2 para el colector localizado al oeste de Baños de Montemayor, 13.250 m2 para el colector Baños de Montemayor-EDAR Hervás y 4.800 m2 y 1.750 m2 para la ampliación de la EDAR y el colector en impulsión respectivamente.

Tal como ha solicitado la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental de la Junta de Extremadura, el promotor indica que se señalizará visualmente la franja de terreno sobre la que se circulará y actuará, reduciendo al máximo el paso de maquinaria pesada para evitar la compactación del suelo, manejando el suelo con condiciones de humedad apropiada. Además, todos los taludes se diseñarán con pendientes que aseguren su equilibrio y faciliten su revegetación y se realizará la retirada, acopio, mantenimiento y reposición de tierra vegetal para su posterior uso en las tareas de restauración de las zonas afectadas.

Respecto a los materiales de préstamos, el material necesario se extraerá de una cantera o gravera legal próxima a las obras y actualmente en funcionamiento. Por otra parte, en el caso de verter accidentalmente en el suelo aceites o combustible, se retirará el suelo contaminado en un contenedor específico para su retirada por gestor autorizado. Asimismo, el suelo impermeabilizado para almacenamiento de residuos peligrosos se levantará y sus restos se llevarán a vertedero autorizado. El resto del terreno ocupado por los campamentos de obra, maquinaria y acopio de material se subsolará o escarificará con el fin de descompactarlo y permitir su revegetación posterior.

Vegetación

La vegetación se verá afectada por las acciones derivadas de la construcción de los colectores, estación de bombeo y ampliación de la EDAR. El colector que unirá el municipio de la Garganta con la localidad de Baños de Montemayor de 3.155 m, atravesará zonas de praderas, huertas, choperas, bosques de roble y castaño, matorral y vegetación de ribera (sauce, fresno, majuelo). Puede asimismo afectar a zonas con especies de flora amenazada como Veronica micrantha, Isoetes boryana, Festuca summilusitana y Festuca elegans. El colector que unirá el emisario de Baños de Montemayor con la EDAR ubicada en Hervás de 2.650 m, afectará fundamentalmente a pastizales, aunque también puede afectar a zonas de praderas, olivos, huertos y bosques de robles y matorral. El colector que recoge los vertidos por el oeste de la población de Baños de Montemayor de 840 m, no afectará a ningún tipo de vegetación, ya que discurre muy próximo al casco urbano. Finalmente, la tubería de impulsión recorrerá unos 350 m por cultivos permanentes de secano.

Las actividades auxiliares (parque de maquinaria, zonas de acopio, caminos y viales y el campamento de obra) se ubicarán fuera de zonas arboladas. Respecto a los posibles incendios forestales, se extremarán las medidas y se impartirán las instrucciones precisas en los periodos climatológicos más desfavorables por falta de lluvia, para no provocar un incendio forestal, debiendo disponer de equipos de pronta actuación de extinción ante un posible conato.

Antes de comenzar las obras, se deberá contactar con el Agente del Medio Natural de la zona para que supervise los trabajos e imparta las indicaciones oportunas. Cualquier actuación que excepcionalmente haya que realizar (podas, cortas, etc.) será comunicada a dicho Agente del Medio Natural, y se solicitará si procede, la correspondiente autorización. Antes de comenzar las obras, se realizará un inventario de los árboles que van a resultar afectados por el trazado de las conducciones y se analizará la posibilidad de trasplante. Los árboles que puedan ser afectados por las obras, serán protegidos mediante tablones de madera ligados con alambre hasta una altura no inferior a los 2,5 m, y que serán retirados una vez finalizadas las obras. En el caso de masas de vegetación, la protección consistirá en un jalonado. Se realizarán revegetaciones de los espacios protegidos afectados y del perímetro de las instalaciones de la EDAR. En dichas revegetaciones las plantas serán protegidas de los animales hasta una altura determinada, y se realizarán reposiciones de marras en los años inmediatos a la plantación.

Fauna

La afección más significativa que se puede producir es la destrucción de hábitats como consecuencia de los desbroces, provocando el desplazamiento de las especies afectadas hacia espacios colindantes, y con la consiguiente pérdida de lugares de nidificación, alimentación o refugio.

Por ello y de manera previa, se identificarán las especies protegidas de fauna y se informará al personal de la obra al objeto de que no sean molestadas. Se limitarán las actividades más ruidosas entre el 29 de febrero y el 29 de junio. Antes del cierre de las zanjas se procederá a realizar una inspección, con el fin de identificar y rescatar individuos de distintas especies que pudieran haber quedado atrapados en las mismas.

Además, se cumplirá lo establecido en el Decreto 47/2004, de 20 de abril, por el que se dictan Normas de Carácter Técnico de adecuación de las líneas eléctricas para la protección del medio ambiente en Extremadura.

Respecto a la fauna piscícola presente en el en el río la Garganta, se señala que podría verse afectada por las obras que se realizarán para atravesar el cauce con el colector de conexión con la actual red de saneamiento proyectado en Baños de Montemayor. No obstante, se intentará realizar las obras en verano, cuando el cauce del río esté seco.

La presencia de la planta depuradora de aguas residuales en funcionamiento beneficiará a la fauna piscícola, ya que se depurará la contaminación causada por los actuales vertidos de aguas residuales.

Espacios protegidos

La superficie de afección al LIC Granadilla por la construcción del colector que unirá el emisario actual que parte de Baños de Montemayor con la EDAR ubicada en Hervás es de 4.400 m2, por la construcción que va desde la Garganta a Baños de Montemayor la superficie de afección es de 2.625 m2, y por la construcción del colector que circunvala el oeste de Baños de Montemayor se afecta a 4.000 m2, estando en este último caso muy próximo al casco urbano. La superficie de afección al LIC Sierra de Gredos y Valle del Jerte por la construcción del colector de La Garganta a Baños de Montemayor es 13.150 m2. El estudio de impacto ambiental considera la afección a ambos LIC insignificante, teniendo en cuenta la extensión que ocupan los espacios protegidos, y la proporción de los mismos afectada por el proyecto. Asimismo, en la zona de estudio existen dos hábitats que pueden verse afectados por la ejecución del colector propuesto en La Garganta, 91EO Aluviales residuales y 9260 Bosque de castaños, este último hábitat con una superficie temporal de ocupación de 13.000 m2.

La entonces Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, con fecha 16 de febrero de 2010, informa favorablemente el proyecto si se adoptan las medidas incluidas en dicho informe, que son tenidas en cuenta por el promotor, tal como se indica en el expediente de información pública recibido.

Las instalaciones auxiliares (parque de maquinaria, zonas de acopio, caminos y el campamento de obra) se ubicarán fuera de los espacios naturales protegidos o de interés, y de zonas incluidas en la Red Natura 2000. Asimismo, antes del comienzo de las obras se deberá contactar con el Agente del Medio Natural de la zona, para que supervise los trabajos e imparta las indicaciones oportunas. Tal como se indica en el estudio de impacto ambiental, se prevé el jalonado de vegetación a lo largo de 2.630 m en el LIC Sierra de Gredos y Valle del Jerte, a lo largo de 1.405 m en el LIC Granadilla. Asimismo, una vez terminadas las obras, está previsto reponer la vegetación en el trazado de los colectores que discurren por los LIC´s afectados, con especies autóctonas. De esta forma, a lo largo del trayecto del futuro colector que unirá la Garganta con Baños de Montemayor (2.630 m en el LIC Sierra de Gredos y Valle del Jerte y 525 m en el LIC Granadilla), se realizará la plantación de 500 plantas/ha empleando castaño en un porcentaje del 40  % , rebollo o roble melojo en 35  % , cerezo en un 10  % , y en menor medida nogal, fresno de hoja estrecha y pino silvestre. El paso del río la Garganta por el mencionado colector en el municipio de la Garganta que afectará a 100 m2, se revegetará con roble (Quercus robur) de manera irregular con 1 planta cada 10 m2. A lo largo del trayecto del colector que unirá el punto de vertido de la localidad de Baños de Montemayor con la EDAR de Hervás (880 m dentro del LIC Granadilla), se revegetará con las especies arbóreas que hayan sido arrancadas, principalmente olivos y roble. Con posterioridad a la repoblación, se protegerán las plantas de los animales, mediante protectores tipo tubo invernadero de 60 cm de altura, y se procederá a la reposición de marras en un porcentaje máximo del 5 % .

Paisaje

Durante la fase de construcción del proyecto se estima que el aumento en el tránsito de vehículos, los trabajos de la maquinaria, los movimientos de tierras y la ejecución de las zanjas, van a provocar un deterioro de la estética del paisaje. La superficie que se va a ver afectada por la construcción del colector que unirá la Garganta con Baños de Montemayor va a destacar sobre el paisaje, ya que transcurre en su mayor parte por una zona densa de vegetación formada por bosque caducifolio de robles y castaños. No obstante, tras el cese de las obras el colector irá enterrado y se recuperará el paisaje original. No se prevé que la construcción del resto de colectores afecte de forma significativa al paisaje. Asimismo, la ampliación y acondicionamiento de la EDAR de Hervás no va a tener repercusión sobre el paisaje, ya que éste se encuentra alterado por la presencia de la planta actual. Tampoco se prevé que la estación de bombeo proyectada produzca cambios importantes en el paisaje, al encontrarse en las inmediaciones de un polígono industrial.

A fin de lograr una mayor integración paisajística, en todas las obras de fábrica, las fachadas que queden a la vista se recubrirán con piedra del lugar o se pintarán en colores y tonos que faciliten esa integración. Además, se procederá a la retirada de todos los elementos ajenos al entorno natural y las paredes de piedra afectadas se repondrán a su estado original.

Una vez hayan finalizado todas las obras, se procederá a la recuperación, restauración e integración paisajística de las distintas zonas de actuación. Para ello, todas las superficies afectadas se recuperarán acondicionándolas morfológicamente o escarificándolas según los casos, y extendiendo tierra vegetal. Los taludes se diseñarán con pendientes que aseguren su equilibrio y faciliten su revegetación y se cubrirán con tierra vegetal una vez perfilados, procediéndose a su revegetación mediante siembras y plantaciones arbustivas con especies autóctonas. Asimismo, se dispondrá una pantalla vegetal en el perímetro de las instalaciones de la EDAR de ciprés (Cupressus arizonica).

Residuos

Durante la construcción y posterior mantenimiento, se generarán residuos de distinta naturaleza. En la fase de construcción el material inerte procedente de las excavaciones se aprovechará para relleno, mientras que el sobrante se enviará a vertedero autorizado. Los restos orgánicos serán retirados por el servicio municipal y los materiales inertes excedentarios, piezas metálicas, neumáticos y elementos plásticos se llevarán a vertedero autorizado.

Además, el contratista tendrá que darse de alta como pequeño productor de residuos tóxicos y peligrosos por lo que aplicará el Decreto 133/1996, de 3 de septiembre, por el que se crea el Registro de Pequeños productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos y se dictan normas para minimizar la generación de residuos procedentes de automoción y aceites usados. Durante la fase de funcionamiento, los sólidos finos y gruesos, grasas y sobrenadantes, quedarán recogidos en contenedores para su traslado posterior a vertedero autorizado. Los lodos serán trasladados a la Planta de tratamiento de lodos de depuración de Mirabel (Cáceres). En el caso de que los lodos puedan utilizarse en el sector agrario como fertilizantes, se comprobará que se cumple lo establecido en el Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre de 1990, y en la Orden de 26 de octubre de 1993, por los que se regula la utilización de los lodos de depuración en el sector agrario.

Patrimonio cultural.

El promotor señala que los yacimientos catalogados e incluidos en la Carta Arqueológica de Extremadura no se verán afectados por las obras. Con fecha 30 de septiembre de 2005, la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura emitió informe favorable al proyecto, resaltando que las medidas de protección adoptadas se consideran adecuadas. No obstante, antes de comenzar las obras, técnicos especializados realizarán una prospección arqueológica intensiva en toda la zona afectada. Las instalaciones auxiliares se ubicarán fuera de lugares de interés arqueológico o de zonas con alto potencial arqueológico. Durante la fase de ejecución, se realizará un control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural. En caso de que se detectaran restos arqueológicos, se procederá a la paralización de las obras en la zona de afección y previa evaluación por parte de técnicos de la citada Dirección General de Patrimonio Cultural, se procederá a la excavación completa de los restos localizados.

Respecto a las vías pecuarias existentes, el colector que conduce el vertido desde el emisario actual de Baños de Montemayor hasta la EDAR, cruzará las vías pecuarias Cañada Real de la Plata en una longitud de 27 m y Cordel del Berrocal en una longitud de 25 m. Por ello, se solicitará la correspondiente autorización al órgano competente de la Junta de Extremadura y, posteriormente, se procederá a su reposición siguiendo las directrices que determine la misma. Además, se aplicará el Decreto 49/2000, de 8 de marzo, por el que se establece el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 49/2000, de 8 de marzo.

Medio socioeconómico

Se mantendrán y en su caso se repondrán los actuales accesos a las fincas colindantes. Además, en el caso de realizar un cerramiento o vallado, tal como informó la Junta de Extremadura, se deberá dar cumplimiento a lo previsto en la Ley 19/2001, de 14 de diciembre, de modificación de la Ley 8/1990, de 21 de diciembre, de caza en Extremadura.

4.3 Seguimiento ambiental de las medidas propuestas. El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental (PVA) cuyo objetivo es asegurar el correcto funcionamiento del proyecto, al tiempo que determina la eficacia de las medidas correctoras propuestas y detecta las deficiencias o impactos no previstos de forma que se posibilite una rápida actuación. El PVA se ha estructurado en dos fases:

Fase de construcción: control de la ubicación de la maquinaria y del campamento de obra; de los niveles sonoros de la maquinaria; del transporte de materiales y del riego durante las excavaciones; de la gestión de los residuos; de la retirada, acopio y mantenimiento de tierra vegetal; de la protección de la vegetación; de la reposición de las vías pecuarias; de las medidas de protección del patrimonio cultural; de las medidas correctoras de las líneas eléctricas y del estado y evolución de las medidas de recuperación ambiental e integración paisajística. Durante esta fase se redactará un informe antes del inicio de las obras y otro al finalizar las mismas. Además, se redactarán informes ordinarios, informes extraordinarios en caso de afección no prevista o cuando se precise una actuación inmediata, e informes específicos.

Fase de funcionamiento: control de la calidad del efluente, de los olores, de los niveles sonoros y de la gestión de lodos. Durante esta fase, se elaborará y publicará cada 2 años un informe sobre el vertido de aguas residuales urbanas y de fangos y si el destino final de los lodos es la agricultura, se elaborará con periodicidad anual informe en cumplimiento del artículo 6.º del Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, así como las Fichas Semestrales de Explotación Agrícola de Lodos Tratados (Anexo II de la Orden 26 de octubre de 1993). Además, se realizarán informes mensualmente y durante 2 años relativos a la eficacia de medidas de protección de la fauna, niveles de ruido, eficacia de las medidas de restauración y control de la erosión, etc.

5. Condiciones al proyecto.

Se deberán cumplir todas las medidas preventivas y correctoras propuestas y tenidas en cuenta por el promotor durante todo el proceso de evaluación de impacto ambiental. Además de dichas medidas, se considera necesario incluir las siguientes condiciones de protección ambiental específicas:

5.1 Alternativas. Las modificaciones introducidas en las actuaciones proyectadas, como consecuencia de las alegaciones e informes recopilados durante la fase de información pública, deberán ser informadas favorablemente por la administración competente.

5.2 Hidrología. Instalación de balsas de decantación y/o barreras de retención de sedimentos (láminas filtrantes, geotextiles, balas de paja, ramajes, sacos terreros, etc.) en las inmediaciones de los cauces interceptados y cercanos para evitar el aporte de sólidos o sustancias contaminantes a los mismos.

Disposición de una arqueta de fácil acceso para toma de muestras, a fin de efectuar un control analítico periódico sobre el agua bruta y el agua tratada, según las indicaciones de la Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

Realización de un mantenimiento adecuado del sistema depurador: retirada periódica de las materias retenidas en el pretratamiento; mantenimiento preventivo en los elementos mecánicos y eléctricos; comprobación del buen funcionamiento del dosificador y vaciado periódico del exceso de fangos, disponiendo de una zona totalmente impermeable a fin de evitar arrastres y/o infiltraciones, tal y como señala la Dirección General de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

5.3 Vegetación. Se deberá asegurar la protección de la vegetación natural de interés y de los hábitats afectados por las obras mediante el jalonamiento de los mismos.

Se diseñará un Plan de Prevención de Incendios en función de la época del año y de las características de la vegetación de cada zona y de acuerdo con lo establecido en el Plan de Prevención de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan PREIFEX) y el Plan de Lucha contra los Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX).

5.4 Fauna. En el caso de disponer de alumbrado nocturno de las instalaciones, éste estará dirigido hacia el suelo, apantallado o con luces de baja intensidad para evitar la contaminación lumínica.

Respecto a la ejecución de las obras, se evitará la ejecución de las actuaciones de mayor afección (despejes, desbroces, cortas, movimientos de tierras u otras actividades generadoras de ruidos) durante el periodo comprendido entre el 29 de febrero y 29 de junio. No obstante, este cronograma de obras propuesto deberá contar con la aprobación del organismo autonómico competente, quien podrá modificarlo si así lo estima oportuno.

5.5 Especificaciones para el seguimiento ambiental. Fase de construcción: redacción de informes ordinarios, cuya periodicidad dependerá de las afecciones previstas y de los valores naturales de la zona, informes extraordinarios en caso de afección no prevista o cualquier aspecto que precise una actuación inmediata, e informes específicos.

Fase de funcionamiento: redacción de informes mensuales durante 2 años relativos a la eficacia de medidas de protección de la fauna, ruido, restauración, control de la erosión, etc.; informe de situación sobre el vertido de aguas residuales urbanas y de fangos cada dos años y, si el destino final de los lodos es la agricultura, informe anual (según lo establecido en el Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre).

Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el «BOE» en el que se publica la DIA.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Saneamiento y depuración de la comarca agraria de Hervas de los términos municipales de Hervás y otros (Cáceres), al concluirse que siempre y cuando se realice en la alternativa seleccionada y las condiciones señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, no producirá impactos adversos significativos.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a Confederación Hidrográfica del Tajo para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 28 de diciembre de 2012.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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