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Documento BOE-A-2013-6091

Orden INT/1016/2013, de 28 de mayo, por la que se crea la Unidad Dependiente del Centro de Inserción Social Torre Espioca de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 8 de junio de 2013, páginas 43621 a 43622 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2013-6091

TEXTO ORIGINAL

La Administración Penitenciaria, para conseguir el mejor cumplimiento de sus fines y, entre ellos, facilitar la reinserción de internos clasificados en tercer grado que cumplen condena privativa de libertad en el Centro de Inserción Social Torre Espioca de Valencia, considera necesario crear una unidad dependiente del mismo a tenor de lo previsto en la normativa penitenciaria.

La unidad dependiente denominada «Hogar Scala» nace con la finalidad de albergar condenados a penas privativas de libertad, clasificados en tercer grado de tratamiento y que han demostrado ampliamente una buena trayectoria penitenciaria y una positiva evolución personal.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165 del Reglamento Penitenciario, aprobado por el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, el inmueble donde radica dicha unidad dependiente no tendrá indicativos o señales externas que le identifiquen como un espacio destinado a albergar internos que cumplen pena privativa de libertad, pues la estructura y aspecto externo de las viviendas donde se ubican todas las unidades dependientes que se han creado, no se diferencia en nada de cualquier otra vivienda civil de su entorno.

Se pretende así alcanzar una forma de cumplimiento perfectamente regulada legalmente y de trayectoria ampliamente consolidada, que intenta propiciar la mejor forma de reincorporación social de estos internos, sin merma de las necesarias ayudas y del seguimiento escrupuloso a cargo de la propia Administración Penitenciaria, y que incidirá sobre la actuación y ayuda acordada en el convenio suscrito el 25 de febrero de 2013 entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Secretariado Diocesano de Pastoral Penitenciaria dependiente del Arzobispado de Valencia.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Creación de la unidad dependiente del Centro de Inserción Social Torre Espioca de Valencia, denominada «Hogar Scala».

Se crea una unidad dependiente adscrita al Centro de Inserción Social Torre Espioca de Picassent (Valencia), establecido por Orden INT/2006/2007, de 25 de junio. Dicha unidad estará ubicada en el inmueble de planta baja y piso con sus patios anexos, en la calle Camino de la Punta al Mar, n.º 29, en la pedanía de La Punta (Valencia) y será denominada «Hogar Scala».

Su gestión estará a cargo de los servicios de la Pastoral Penitenciaria dependiente del Arzobispado de Valencia a tenor de lo dispuesto en el convenio de colaboración firmado el 25 de febrero de 2013 entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Secretariado Diocesano de Pastoral Penitenciaria dependiente del Arzobispado de Valencia.

Artículo 2. Destino.

A la referida unidad dependiente podrán destinarse reclusos clasificados en tercer grado de tratamiento penitenciario.

Artículo 3. Organización, administración y funcionamiento.

La organización, administración y funcionamiento de la Unidad Dependiente «Hogar Scala» se regirá por lo dispuesto en la legislación penitenciaria.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden.

Disposición final primera. Autorización a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

Se autoriza al titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para que adopte cuantas medidas sean necesarias, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de mayo de 2013.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.

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