El artículo 7.2 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado, dispone que el Real Patronato del Museo estará integrado por un mínimo de veinte vocales y un máximo de cuarenta, de los cuales tendrán el carácter de natos los que determine el Estatuto del Museo Nacional del Prado. El resto de los vocales tendrá el carácter de designados. Estos vocales desempeñarán su mandato durante cinco años.
El artículo 5.2 del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, desarrolla las previsiones de la Ley y regula más detalladamente la composición del Real Patronato y el nombramiento de sus vocales. De acuerdo con este artículo corresponde al Ministro de Educación, Cultura y Deporte nombrar libremente hasta un máximo de quince vocales designados entre personas de reconocida competencia en asuntos relacionados con el patrimonio histórico español o que se hayan distinguido por sus servicios a la cultura.
Teniendo en cuenta lo anterior y dada la existencia de una vacante entre los vocales designados, he resuelto:
Nombrar por un periodo de cinco años al siguiente vocal del Real Patronato del Museo Nacional del Prado:
Don Hernán Cortés Moreno.
Madrid, 27 de mayo de 2013.–El Ministro de Educación, Ministro y Deporte, José Ignacio Wert Ortega.
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