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Documento BOE-A-2013-5362

Resolución de 1 de febrero de 2013, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se incoa expediente para la declaración como bien de interés cultural, con la categoría de monumento, del pozo Sotón, en el concejo de San Martín del Rey Aurelio.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 22 de mayo de 2013, páginas 38758 a 38762 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2013-5362

TEXTO ORIGINAL

El Sotón es uno de los primeros pozos mineros que se profundizaron en la cuenca central asturiana, ya en 1914, siendo el más antiguo de los actualmente en uso. Fue concebido por la Sociedad Metalúrgica Duro Felguera, integrándose en 1967 en la empresa estatal HUNOSA. Se asienta sobre una explanada muy amplia ganada al Nalón, en la que se sitúan ordenadamente los distintos componentes que integran la explotación, entre los que destacan sus dos castilletes metálicos unidos por una estructura peculiar que a media altura los envuelve, permitiendo crear un espacio en el que se desarrolla el trabajo de clasificación del mineral (estructura denominada réter y que es única en Asturias). Otros elementos destacados del conjunto minero son los edificios de la casa de máquinas, las oficinas (antigua colonia residencial), la casa de aseos-lampistería. También se conservan varias de las bocaminas que recuerdan el origen de esta explotación como mina de montaña, ya en las décadas finales del siglo XIX.

Vistos el acuerdo del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, de fecha 11 de enero de 2013, por el que se informa favorablemente la propuesta de incoación de expediente administrativo para la declaración de esta pozo minero como bien de interés cultural, con la categoría de monumento;

Vistas la Ley 1/2001, de 6 de marzo de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/1999, de 15 de julio, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.

Incoar expediente administrativo para declarar como bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el pozo Sotón, en el concejo de San Martín del Rey Aurelio, cuya delimitación y características aparecen detalladas en el anexo I de la presente Resolución. A efectos de esta propuesta, se entiende que el bien de interés cultural estará integrado por los dos castilletes y el réter que los envuelve, así como por la casa de máquinas y oficinas sindicales.

Segundo.

Delimitar un entorno de protección provisional para este pozo, según la descripción literal y gráfica que se concreta en el anexo II de la presente Resolución.

Tercero.

Que este acuerdo se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Oviedo, 1 de febrero de 2013.–La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, Ana González Rodríguez.

ANEXO I
Descripción del pozo Sotón, Concejo de San Martín del Rey Aurelio

El pozo Sotón, promovido por la Sociedad Metalúrgica Duro Felguera (SMDF) y construido entre 1917 y 1922, es una de las primeras unidades de extracción mediante pozo vertical de la minería de la hulla asturiana y la más antigua de las que se hallan en funcionamiento. En 1967, como el resto de la Sección de Minas de la SMDF, el Sotón se integró en la recién creada Hulleras del Norte S.A. (HUNOSA) en cuyas manos sigue hoy en día. El yacimiento sobre el que se sitúa el pozo Sotón venía siendo explotado desde, al menos, el siglo XIX mediante unas minas de montaña bien planificadas y plenamente integradas en una economía hullera de mercado de corte capitalista, adquiridas por la Duro a comienzos del siglo XX. La SMDF aprovechará las minas de montaña para desarrollar el pozo, pero evitando superposiciones entre un estadio y otro, lo que le permitió seguir beneficiando el yacimiento de montaña durante la fase de apertura del pozo vertical y plantear un nuevo espacio de producción amplio, funcional y sin condicionamientos anteriores que dificultasen el correcto desarrollo de la nueva unidad carbonera. La Duro planteará el Sotón no ya como un pozo minero sino como un área industrial carbonera de primer nivel donde se inscriben la propia instalación hullera, un nuevo gran lavadero de carbones con conexión a las líneas ferroviarias del Ferrocarril de Langreo (hoy FEVE) y del Norte (hoy RENFE), y una central termoeléctrica preexistente, de la propia compañía, que recibirá un impulso definitivo en este periodo. Todo este espacio industrial quedó conectado entre sí y con el resto del sistema industrial de la Duro en el valle del Nalón (pozos, talleres, sierras, fábrica metalúrgica…) a través de un ferrocarril propio compuesto y desarrollado por la suma de distintos ramales que atendían a las empresas integradas en la Gran Duro Felguera. Además, el pozo Sotón se planificaría de manera extraordinaria, siempre velando por mantener una plaza minera libre de restricciones para ser atendida por una amplia playa de vías. Para ello el Sotón nacerá con dos pozos verticales, uno principal o maestro y otro auxiliar, atendidos por sendos castilletes, y con unas dependencias para selección de carbones que envuelve los castilletes a media altura con acceso propio a las jaulas, creando en realidad una nueva planta por encima de la cota de exterior. Ello le permitía, y sigue permitiendo, no constreñir la plaza minera, organizar las labores de introducción de insumos y de personal, así como gestionar mejor la salida de los carbones, que eran seleccionados en este cobertizo o réter y que eran cargados directamente al ferrocarril a través de unas tolvas igualmente integradas en la estructura del castillete.

El pozo Sotón, y sus instalaciones asociadas, sería la gran empresa minera de la Duro, que mostrará su orgullo industrial al respecto en no pocas ocasiones, tanto en sus propias memorias de empresa, como en el hecho de que fue el lugar seleccionado para recibir sus visitas más ilustres (Príncipe de Asturias, Jefe del Directorio Militar…) que era un adecuado momento para mostrar su capacidad y modernidad. En este sentido el pozo Sotón estaba a la altura de las circunstancias: Había sido creado plenamente concebido para funcionar con fluido eléctrico, lo que le permitía incorporar la más moderna maquinaria para las labores de extracción y asumir el incremento de las labores de mecanización en arranque a través de los martillos neumáticos, que debían ser servidos por potentes compresores eléctricos. Para albergar estas potentes máquinas se construyeron edificios de una notable calidad que serían ampliados mediada la centuria respetando íntegramente su aspecto y materiales, lo que supone un valor añadido y es una muestra del valor del pozo para la SMDF. Destaca en este sentido la casa de máquinas, un edificio de grandes dimensiones nacido para albergar las máquinas de extracción y los compresores pero que, hasta la década de 1970, concentraría también las oficinas de la instalación. Además de la casa de máquinas, del periodo fundacional del pozo son las naves de la antigua lampistería y casa de aseo, hoy reconvertidas en almacenes generales y botiquín médico, así como el ventilador. El edificio del ventilador, situado extramuros del pozo, pero a escasos metros de las bocas de acceso al interior de la mina, es un inmueble excepcional por cuanto se aleja del proceder habitual de albergarlo en edificios menores y adopta un aspecto idéntico a la casa de máquinas. Tras la Guerra Civil, el desarrollo de la industria hullera en el contexto autárquico impone una ampliación de las instalaciones del pozo Sotón: Las naves de lampistería y casa de aseo duplicarán su número gracias a su carácter seriado, se construirá un edificio para albergar a los trabajadores jóvenes, conocido como colonia residencial, y la casa de máquinas se ampliará para albergar nuevos equipos de aire comprimido y máquinas de extracción más potentes y modernas. A partir de la década de 1970 la reestructuración del subsector hullero impone la concentración de la actividad en las unidades de explotación más centrales, cerrándose progresivamente las instalaciones periféricas, menos rentables y/o más costosas de desarrollar e integrar en red. El Sotón vuelve a adquirir entonces un papel central en el nuevo modelo y, de nuevo, debe crecer y renovarse. Los castilletes son remozados y reforzados, una máquina de extracción se moderniza con el sistema de polea Koepe y, además, nace el último gran edificio de la instalación: La nueva casa de aseo y lampistería. Diseñado por el arquitecto Félix Cienfuegos, el nuevo edificio es un modelo en cuanto a su capacidad de funcionamiento con grandes turnos de trabajadores, disminución de recorridos del personal, de dotación de servicios y de organización, solo comparable con el del cercano pozo Venturo, también de la Duro, diseñado por el arquitecto Fernández Castañón a fines de la década de 1950.

En cuanto a la maquinaria, el pozo Sotón mantiene en la actualidad las máquinas de extracción montadas a fines de la década de 1950, si bien una de ellas sufrió intervenciones para adoptar la polea Koepe en 1985. En cuanto a los compresores siguen funcionando en la instalación los siete montados durante las obras de modernización de 1954-1955, que están relacionados con las posibilidades de incorporación de tecnología que se abrieron con las líneas crediticias y los acuerdos hispanoamericanos de 1953. En la plaza minera, cuidada con jardines, espacios verdes y arbolado, se sitúan además diversas máquinas obsoletas integradas como reflejo de su evolución tecnológica y de sus raíces. Destacan la locomotora a vapor y modelos de locomotoras eléctricas diseñados y construidos por la Duro. Todo ello completa a la perfección la evolución y coherencia de un valioso pozo, cuidado y de impecable aspecto, apreciado por sus trabajadores y por la población, con un valioso Patrimonio Cultural y en el que, afortunadamente, las poleas de los castilletes siguen girando, marcando sus casi 100 años de existencia.

ANEXO II
Delimitación literal del entorno de protección del pozo Sotón

De los distintos elementos que integran el pozo Sotón, se proponen para su declaración como bien de interés cultural los dos castilletes y la estructura metálica de perfiles laminados que los envuelve y que alberga el área de clasificación de carbones (estructura conocida como réter), igualmente, la casa de máquinas y oficinas sindicales.

A estos elementos centrales del pozo se les dota de un entorno de protección integrado básicamente por la parcela en la que se asienta, y que es donde se ubican el resto de elementos vinculados a la explotación y que también tienen interés patrimonial, concretado y definido en el catálogo que acompaña al Plan Territorial Especial de recuperación de los terrenos de HUNOSA. Esos elementos son, entre otros, las naves seriadas tipo shed situadas en el borde NO del pozo, las oficinas y comedor, la casa de aseo… Existe, igualmente, diversa maquinaria expuesta en los jardines a modo de elementos de urbanización.

Fuera de esta parcela hay otros elementos de interés que se incluyen en el entorno de protección del pozo: Bocamina La Sallosa (con antecedentes en 1890) y bocamina El Sotón Nueva, así como una sala de ventilación.

El entorno de protección propuesto para el pozo Sotón tiene una extensión de 14,43 hectáreas, incluyendo, como se señalaba anteriormente, la totalidad de la parcela donde se asienta el pozo. Para fijar los límites nordeste y suroeste del entorno se utilizan los límites impuestos por las infraestructuras de transporte, que trazan con precisión los corredores visuales del ámbito patrimonial. En el caso del suroeste se va más allá de la parcela del pozo con el objetivo de incluir en el entorno elementos relevantes vinculados a la explotación (concretamente el ventilador y las bocaminas La Nueva y La Sallosa).

Este entorno de protección comprende el espacio situado en el interior del perímetro delimitado por la línea que discurre entre los siguientes puntos:

1-2 Intersección de la parcela 655 (pol 21) en su extremo sureste con el arcén de la antigua carretera As-17, trazado perpendicular al borde exterior (este) de la senda fluvial.

2-3 Siguiendo el borde este de la senda fluvial hasta intersacar con la perpendicular a la intersección de la parcela 714 (pol 21) en su extremo sureste, con el arcén de la antigua carretera As-17.

3-4 Trazo recto hasta la intersección definida en el punto anterior.

4-5 Límite este entre las parcelas 714 (pol 21) y antigua carretera As-17 (parcela 9028).

5-6 Límite entre las parcelas 714 (pol 21) y 486 (pol 21).

6-7 Paralela a 25 metros a la antigua As-17 (ref. 9028) en dirección noroeste, hasta intersacar con el borde sur de la parcela 655 (pol 21).

7-1 Borde sur de la parcela 655 (pol 21) hasta el origen.

Parcelas afectadas por la delimitación:

Totalmente: Parcela 1 de la manzana 75550 del polígono 202.

Parcialmente: Parcelas 486, 487, 607 y 9028 del polígono 21.

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