El Instituto Nacional de Administración Pública y el Museo Nacional del Prado han suscrito, con fecha 1 de abril de 2013, un acuerdo por el que se encomienda al Instituto Nacional de Administración Pública la realización de determinadas actividades necesarias para la realización de pruebas selectivas en el Museo Nacional del Prado. Para general conocimiento, en virtud de lo establecido en el artículo 15 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, se dispone la publicación de dicho acuerdo como anexo a la presente resolución.
Madrid, 10 de abril de 2013.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Zugaza Miranda.
En Madrid, a 1 de abril de 2013.
El Museo Nacional del Prado y el Instituto Nacional de Administración Pública, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
ACUERDAN
Encomendar al Instituto Nacional de Administración Pública la gestión de determinadas actividades necesarias para la realización de las pruebas selectivas para la cobertura de los puestos de trabajo convocados mediante Resolución de 21 de diciembre de 2012, por la que se convocan procesos selectivos de la categoría de Auxiliar de Servicios Generales (Vigilancia de Salas), sujetos al Convenio Colectivo del Museo Nacional de Prado.
Las actividades objeto de esta encomienda consisten en:
a) Confección de listas de colaboradores para la vigilancia de las aulas.
b) Distribución de colaboradores por aulas.
c) Distribución de opositores por facultades y aulas.
d) Colaboración en la preparación del material necesario para la realización del ejercicio.
e) Celebración de sesiones formativas y puesta a disposición de material didáctico para el Órgano de Selección, previo a la celebración del ejercicio.
f) Celebración de sesiones formativas para el personal colaborador del Museo Nacional del Prado, previo a la celebración del ejercicio.
g) Asesoramiento sobre opositores con discapacidad.
h) Asesoramiento al Órgano de Selección.
Los gastos originados por la gestión material objeto de la presente encomienda correrán a cargo del Organismo Público Museo Nacional del Prado.
El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de 4 meses, a contar desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta encomienda.
La Encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Organismo Público Museo Nacional del Prado.
Será competencia del Organismo Público Museo Nacional del Prado dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.
Por el Museo Nacional del Prado, Carlos Fernández de Henestrosa.–Por el Instituto Nacional de Administración Pública, Manuel Arenilla Sáez.
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