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Documento BOE-A-2013-4479

Orden ESS/686/2013, de 12 de abril, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la Orden TIN/2902/2010, de 22 de octubre, por la que se resuelve el concurso convocado por Orden TIN/1119/2010, de 20 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 27 de abril de 2013, páginas 32157 a 32158 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-4479

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TIN/1119/2010, de 20 de abril («BOE» de 3 de mayo), se convocó concurso para la provisión de puestos de Subinspector de Empleo y Seguridad Social en el Ministerio de Trabajo e Inmigración, resolviéndose el precitado concurso por Orden TIN/2902/2010, de 22 de octubre.

Contra la orden de convocatoria, don Fernando Boro Herrera interpuso recurso de reposición y posteriormente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.º 12, solicitando la anulación de la misma.

El citado Juzgado dictó sentencia número 172/2012 estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo y anulando lo que respecta a la valoración de los méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral contenida en el número 5 de la base segunda de la Orden TIN/1119/2010, de 20 de abril, debiendo la Administración, con retroacción del procedimiento del concurso para la provisión de puestos de trabajo, dictar nueva orden en la que se otorgue a cada uno de los conceptos contenidos en el artículo 44.2 del Real Decreto 364/1995, una puntuación que respete lo previsto en el artículo 44.3 del mismo texto reglamentario.

En consecuencia, de acuerdo con lo anteriormente expuesto y al objeto de dar cumplimiento a la referida sentencia en sus propios términos, vista el acta de la reunión celebrada por la Comisión de Valoración el día 12 de abril de 2013,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Adjudicar destino a los funcionarios que se relacionan en el Anexo a esta Orden, en las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social que igualmente se indican.

Segundo.

El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a la publicación de esta Orden, así como el cambio de situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

Tercero.

Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios.

Madrid, 12 de abril de 2013.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P. D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.

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